BASES TECNICAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PARA EMPRESAS CONTRATISTAS.

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1 Bases técnicas de prevención de riesgos para empresas contratistas Revisión 6.0 del 14 de Enero del de 29 BASES TECNICAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PARA EMPRESAS CONTRATISTAS. Escrito por: Erika Rodríguez Q. Especialista Sénior Prevención de Revisado Por: Pablo Torres Z. Subgerente Prevención de Entel Aprobado Por: Pablo Torres Z. Subgerente Prevención de Entel

2 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de 29 CONTENIDOS 1 INTRODUCCIÓN OBJETIVO ALCANCE RESPONSABILIDADES LEGISLACION APLICABLE DOCUMENTACION APLICABLE TERMINOLOGIA TRABAJADORES EQUIPOS Y HERRAMIENTAS VEHÍCULOS ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL ETAPA DE EVALUACION DE CONTRATISTAS NUEVOS ETAPA DE INICIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS SISTEMA DE GESTIÓN PREVENTIVO EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL (SGP-SSO) REQUISITOS DEL SISTEMA DE GESTION PREVENTIVO EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL (SGP-SSO) ACREDITACION INDIVIDUAL DE TRABAJADORES SAI SUBCONTRATOS PLAZOS DE CUMPLIMIENTO FLUJO DEL PROCESO DE PPRR DE EVALUACIÓN DE CONTRATISTAS NUEVOS FLUJO DEL PROCESO DE INICIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS: Flujo simple y secuencial de las acciones con contratistas: CONTROL DE CAMBIOS... 29

3 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de 29 1 INTRODUCCIÓN El presente documento contiene las bases técnicas de Seguridad y salud ocupacional de Entel para las empresas contratistas que participan en procesos de evaluación y calificación para ingresar al registro de contratistas de Entel, procesos de licitación y/o adjudicación de nuevos proyectos y/o servicios. Las presentes bases se ajustan con el Sistema de Gestión Preventivo en Seguridad y Salud Ocupacional (SGP-SSO), el que está basado en lo establecido en el D.S. Nº 76, que aprueba el Reglamento para la aplicación del artículo 66 bis de la Ley Nº sobre la gestión de la seguridad y salud en el trabajo en obras, faenas o servicios en que laboren trabajadores sujetos a régimen de subcontratación, el cual está orientado a desarrollar, implementar, revisar y mantener al día los lineamientos establecidos en la legislación vigente y en la Política de Seguridad y Salud Ocupacional de Entel, de modo de vigilar el cumplimiento tanto de contratistas como subcontratistas de las normas de higiene y seguridad que apliquen a los trabajadores que participan en la prestación de servicios o ejecución de obras contratadas por Entel. Las disposiciones del sistema, en caso alguno, eximirán a las empresas contratistas y subcontratistas, de sus obligaciones individuales respecto de la protección de la seguridad y salud de sus trabajadores, para lo cual deberán cumplir con las normas legales vigentes en dichas materias. 2 OBJETIVO Comunicar a las empresas contratistas los requisitos para la etapa de evaluación durante el proceso de postulación al registro de contratistas de Entel, en etapa de licitación o adjudicación de proyectos o nuevas obras o servicios y dar a conocer los estándares de seguridad y salud ocupacional que aplican a todas las empresas contratistas que inicien servicios o ejecuten obras incluidos aquellos que aplicaran para la implementación de un sistema de gestión a objeto de desarrollar la prevención de riesgos y salud ocupacional al interior de cada empresa, independiente de las actividades que hayan implementado en estas materias para otros servicios y/o proyectos. De esta forma, cada contratista creará su propio sistema de gestión preventivo según los estándares entregados por Entel en las actividades realizadas, el que será escrito, implementado y difundido a toda la organización y verificado por Entel durante el tiempo en que se presten los servicios o ejecuten las obras contratadas.

4 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de 29 3 ALCANCE 3.1 Aplicación durante la etapa de postulación al registro de contratistas de Entel: Cada empresa contratista que postule a prestar servicios o ejecutar obras debe ser evaluada en materias de prevención de riesgos en forma previa al inicio de la prestación de servicios o la ejecución de obras, los elementos a evaluar son aquellos relacionados con el cumplimiento legal en prevención de riesgos tanto en gestión preventiva como con sus trabajadores. Nota: Las obligaciones legales relacionadas con el cumplimiento de cada Empresa contratistas en materias de Seguridad y salud ocupacional deben estar regularizadas antes de iniciar la prestación de servicios, como referencia ver anexo 1 Estándar Legal. 3.2 Referencia de requisitos para la etapa de Prestación de Servicios o ejecución de obras: Una vez terminada la etapa de evaluación y siendo informada la empresa contratista de la adjudicación del proyecto, servicio o la ejecución de la obra, la empresa deberá iniciar la implementación del SISTEMA DE GESTIÓN PREVENTIVO EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL DE ENTEL, constituido por los siguientes elementos: Sistema de Gestión en Seguridad y salud ocupacional. Estándar legal. Estándar Entel. Estándar superior. Estándar técnico. Reglamento especial para empresas contratistas. Cada empresa contratista una vez adjudicada deberá realizar actividades de implementación, mantención y mejora continua de un sistema de gestión preventivo en seguridad y salud ocupacional el que será aplicado a todas las actividades sean estas productivas, administrativas, comerciales, obras, faenas o servicios, incluyendo a las posibles visitas.

5 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de 29 4 RESPONSABILIDADES 4.1. riesgos de Entel: Dar a conocer y difundir las presentes bases para el conocimiento de las VP, Gerencias o áreas que desarrollan obras, servicios con la colaboración de empresas contratistas o subcontratistas VP, Gerencias o áreas: incorporar las presentes bases en los procesos de licitación y/o incluir en los documentos que deben ser conocidos por las empresas contratistas en una etapa previa a la asignación o adjudicación de obras o servicios Empresas contratistas: Considerar el presente documento como parte de las obligaciones que adquiere con Entel al momento de aceptar una obra o servicio encargada por Entel o adjudicarse un proyecto. 5 LEGISLACION APLICABLE Las acciones enumeradas en este guía se fundamentan esencialmente sobre la base del cumplimiento de todas las materias legales vigentes en el ámbito de la legislación laboral y de la ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, decretos, dictámenes y reglamentos, en general de todas las disposiciones contenidas en los cuerpos legales vigentes, cuya aplicación es de carácter obligatorio para las Empresas Contratistas. 6 DOCUMENTACION APLICABLE Para dar cumplimiento al sistema establecido por Entel se deben considerar los siguientes documentos: 1. REC-IN-04 Instructivo calificación en PPRR_Rev Reglamento especial de control de riesgos para empresas contratistas y subcontratistas Entel (RE-PRP-001). 3. Sistema de acreditación individual de trabajadores subcontratados (PR-SAI-02). 4. Procedimientos asociados al sistema de gestión preventivo de Entel. 5. Estándar Legal. 6. Estándar Entel. 7. Estándar Técnico FDS, Fichas de seguridad. 8. OHSAS :2007 Sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajorequisitos.

6 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de 29 7 TERMINOLOGIA 7.1 SGL-SSO: Se entenderá por Sistema Gestión Legal en Seguridad y Salud Ocupacional; el trabajo conjunto de elementos que integran la prevención de riesgos, a fin de garantizar la protección de la salud y la seguridad de todos los trabajadores que da cumplimiento a los establecido en el DS 76 que APRUEBA REGLAMENTO PARA LA APLICACION DEL ARTICULO 66 BIS DE LA LEY N Aplica para todas las empresas contratistas de Entel. 7.2 *SGP-SSO: Se entenderá por Sistema Gestión Preventivo en Seguridad y Salud Ocupacional; el Trabajo conjunto de elementos que integran la prevención de riesgos, a fin de garantizar la protección de la salud y la seguridad de todos los trabajadores que da cumplimiento a los establecido en el DS 76 que APRUEBA REGLAMENTO PARA LA APLICACION DEL ARTICULO 66 BIS DE LA LEY N diseñando, planificado, implementado y auditado bajo la norma OHSAS 18001:2007. Transcurridos 6 meses de iniciada la prestación de servicios se analizara según corresponda si aplica o no a cada empresa la implementación de la segunda etapa del sistema. * Entregables de Entel SGP-SSO/SGL-SSO: Son documentos guía para la confección de procedimientos, diseño del programa y planificación. 7.3 Entregables del contratista SGP-SSO/SGL-SSO: Carpeta con documentos e información que entrega cada empresa contratista para dar cumplimiento a los requisitos del sistema. 7.4 Estándar Técnico de seguridad FDS: Constituyen el estándar mínimo que cada empresa contratista debe considerar para las actividades con mayor potencial de riesgo. 7.5 Carpeta de Obra: Carpeta con documentos de la obra o faena exigidos en el reglamento 76, artículo Reglamento Especial para Empresas Contratistas REC: Reglamento especial para empresas contratistas. 7.7 críticos: Actividades relacionadas con trabajo en altura tales como en torres, postes, escalas, techumbres, azoteas, andamios, otro tipo de estructuras sobre 1,5 mt de altura, instalaciones y/o exposición a riesgos eléctricos, conducción en lugares de difícil acceso (cerros, caminos rurales, etc), espacios confinados y otros que sean evaluados con consecuencia (severidad) de carácter grave o fatal.

7 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de 29 8 TRABAJADORES. *Sin perjuicio de lo anterior (punto 7.2), será la Subgerencia de Prevención de de Entel la que analizara y determinará si aplica el SGP-SSO o el SGL-SSO, dependiendo de la VP o Gerencia a la que la empresa prestará servicio o ejecutará obras, el potencial de Riesgo de la actividad que la empresa realizará, la cantidad de trabajadores, la criticidad de la actividad y los antecedentes históricos que presente la empresa en gestión preventiva. La empresa contratista deberá determinar las competencias, formación técnica o profesional y/o experiencia así como también la cantidad mínima de trabajadores que conformen los equipos de trabajo en base a una estimación técnica o cubicación y considerando siempre la evaluación de los riesgos y las medidas de control que sea necesario implementar de acuerdo a la obra a ejecutar o el servicio contratado dando garantías de la idoneidad y la cantidad optima en términos de productividad y eficiencia involucrando en todos los casos la seguridad de las personas como parte de todos los procesos, técnicos, operativos, administrativos, comerciales y financieros. La determinación de esta variable debe garantizar el cumplimiento de la legislación laboral vigente, la ley 16744, en general toda la legislación aplicable. 9 EQUIPOS Y HERRAMIENTAS Todos los equipos y herramientas necesarios para la ejecución de los trabajos estarán a cargo de las empresas contratistas (de acuerdo a su especialidad), y serán éstas mismas las responsables del control y registro de su estado de calibración y verificación, como también la definición y determinación de los equipos y herramientas necesarios en relación al trabajo a desarrollar en el marco de las obras y/o servicio contratados. Será responsabilidad de la empresa contratista considerar la legislación vigente y normas que apliquen, como también verificar las certificaciones y requisitos que correspondan a cada equipo y herramientas incluida en la propuesta económica que presente. Con todo deberá garantizar a Entel la calidad, estado e idoneidad de todos los equipos y herramientas que utilice en la prestación del servicio u obra contratada. 10 VEHÍCULOS. Los vehículos de propiedad de la empresa contratista utilizados directamente en la prestación de los servicios o ejecución de las obras contratadas por Entel no podrán exceder una antigüedad superior a 5 años o kilómetros, lo que ocurra primero.

8 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de 29 Sin perjuicio de lo anterior cada área podrá según la naturaleza del proyecto, obra o servicios a adjudicar determinar requisitos específicos según la actividad a realizar o de los requisitos de clientes de Entel, con todos dichos requisitos específicos no podrán ser superiores al rango de antigüedad o kilometraje establecido como estándar Entel. La empresa contratista deberá garantizar las condiciones mecánicas y de carrocería, que aseguren una excelente presentación y la continuidad del servicio. En general, el contratista deberá mantener en perfectas condiciones de uso todos los vehículos empleados en el servicio o en la obra, y disponer de todos los dispositivos de seguridad y resguardos necesarios establecidos en la ley de tránsito. En lo particular el Contratista deberá mantener al día todas las mantenciones y reparaciones de sus vehículos, ya sean por trabajos preventivos o correctivos. 11 ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL. Los elementos de protección personal (EPP) son equipos de uso individual destinados a proteger al trabajador frente a eventuales riesgos que afecten su integridad física, para esto Entel ha definido estándares para cada EPP, los cuales deberán contar con certificaciones técnicas de calidad para su utilización en los servicios prestados por empresas contratistas y subcontratistas a Entel (Ver FDS 26). Sin perjuicio de lo anterior este requisito debe ser determinado por cada empresa contratista como resultado de la identificación de peligro, evaluación de riesgos y las correspondientes medidas de control que en base a un análisis técnico correspondan según la actividad que sea contratada por Entel y los riesgos a los que sus trabajadores están expuestos. 12 ETAPA DE EVALUACION DE CONTRATISTAS NUEVOS. Esta etapa esta descrita en forma detallada en el instructivo de Calificación de PPRR adjunto a este documento. La empresa será evaluada en relación al siguiente estándar con sus correspondientes evidencias: Estándar Legal: Ver anexo 1

9 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de 29 Para cumplir con el proceso de evaluación cada empresa que postule al registro deberá presentar los siguientes documentos ajustados a formato y a través de los medios informados en el instructivo de calificación de PPRR. Documentos para evaluación en Prevención de riesgos, cada empresa debe presentar: Antecedentes PPRR Dcto. Interno Documento Comentario Legal Estadística Experto en Prevención Reglamentos 2.1 Responder Encuesta en Linea. 2.8 Certificado de afiliación a una mutualidad o ISL 2.9 Certificado de cotizaciones ley al dia Certificado Copia de acta de de tasa constitución de cotización del vigente comité paritario de la mutual timbrada o el INP. por la Inspección del Trabajo, si corresponde por quórum (más de trabajadores) 2.11 CERTIFICADO DE TASAS:.- Total accidentes 2.13 Acta de constitución comité paritario Acta dereunion del comité paritario de los ultimos 6 meses. Certificado emitido por la Entidad administradora de la ley N último periodo anual (AÑO CALENDARIO).- Total días perdidos.- Número de Trabajadores.- Tasa de frecuencia.- Tasa de gravedad.- Tasa de siniestralidad por incapacidad temporal.- Tasa de siniestralidad por invalides y muertes.- Tasa de siniestralidad total.- Tasa de accidentalidad.- Nº de pensionados por accidente y enfermedad.- Nº Indemnizados por accidentes. y enfermedades.- Nº Accidentes fatales. Periodos 2011, 2012, 2013, a la Fecha. Deben ser estos periodos Prevencionista de Riesgo (Contrato del experto en prevención) >= 100 trabajadores: Adjuntar Contrato < 100 trabajadores: Adjuntar registro de visitas (6 meses) Revisar Instructivo de documentos solicitados Autorización del experto en prevención a ejercer su actividad.(copia de la resolución) Emitido por Servicio de Salud correspondiente, si corresponde por quórum. Certificado de recepción por la dirección del trabajo y el MINSAL. (Empresa Certificación del Reglamento Interno de Orden, Higiene y seguridad. Postulante) Declaración de recepción del REGLAMENTO ESPECIAL ENTEL PARA 2.18 EMPRESAS CONTRATISTAS (REC) Y SUBCONTRATISTAS (*) Cuando NO APLICA el documento, se debe enviar en una hoja aparte una explicacion de la situacion (Seguir forma:"justificacion en caso que no aplique documento", documento guardado en carpeta Ant.Generales). Se adjunta copia reglamento *Cuando NO APLICA el documento, se debe enviar en una hoja Justificación explicación de la situación. una

10 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de ETAPA DE INICIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Se solicita considerar como información de referencia de los procesos de la riesgos que se activan una vez iniciada la relación comercial con Entel Responsabilidades: En esta etapa en particular se entenderá como responsabilidad de cada empresa contratista al menos las siguientes: Informar el inicio de la prestación de servicios o la ejecución de obras a la a través del formulario: ctrl+clic para seguir el vínculo: O al correo sgpentel@entel.cl; sgpentel@bureauveritas.cl Facilitar la implementación del sistema en cada una de sus etapas De ser necesario solicitar asesoría en la implementación del sistema a la riesgos de Entel, al correo sgpentel@entel.cl; o a Bureau Veritas si corresponde al correo sgpentel@bureauveritas.cl Dar cumplimiento a los requisitos establecidos en los diferentes estándares Dar cumplimiento en forma permanente a las obligaciones legales vigentes en materias laborales y de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales Cada empresa contratista deberá mantener copia y registro de la documentación del sistema entregada a Entel. La empresa contratista deberá asignar responsabilidades en prevención de riesgos considerando como mínimo las siguientes Áreas, cargos o funciones Gerencia general de la empresa Contratista: Les corresponde velar por el cumplimiento de las obligaciones legales y contractuales. Proporcionar los recursos necesarios para cumplir con los requisitos legales y los compromisos contractuales. Ejercer un liderazgo visible en temas de Prevención de riesgos.

11 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de Administrador de contrato: Deberá designar por escrito un representante autorizado denominado ADMINISTRADOR DEL CONTRATISTA aceptado por Entel para que lo represente y actúe en su nombre determinando el alcance de las facultades de dicho representante el que será el canal de comunicación y coordinación oficial y formal para Entel y será obligación de la empresa contratista mantener sus datos de contacto actualizado ante el cambio de su administrador Asesor en Prevención de de la empresa Contratista. La empresa deberá considerar contar con un profesional como encargado del sistema o para asesorar al encargado del sistema de gestión preventivo en Seguridad y salud ocupacional. Sus responsabilidades serán aquellas determinadas en la legislación laboral y de higiene y seguridad vigente y sus decretos, asesorar a su empresa en la identificación de peligros y evaluación de situaciones de emergencia que se puedan generar en las distintas actividades productivas realizadas para Entel. Participar activamente de las actividades que le competan en el desarrollo del sistema de gestión preventivo definido por Entel. Colaborar en las actividades de Prevención de riesgos liderada por la sub gerencia de prevención de riesgos de Entel. El Contratista y subcontratista debe informar al Área de Prevención de de ENTEL, el nombre, categoría y tipo de contrato del Experto en Prevención de que lo representa entregando la evidencia inscripción ante el Ministerio de Salud correspondiente. El perfil del experto profesional en prevención de riesgos deberá cumplir en primera instancia con los requisitos establecidos en las bases técnicas de licitación del cliente. Para ejecución de obras o servicios directos para Entel los requisitos mínimos serán los siguientes: Titulo técnico profesional que corresponda según decreto supremo N 40.

12 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de 29 Antigüedad superior a un año de experiencia acreditable en el rubro de la obra o servicio contratada. Antigüedad igual o superior a tres años de experiencia acreditable otros rubros. Tratándose de Empresas Contratistas que tengan menos de 10 trabajadores, deberá acreditar la asesoría a través de un informe, como mínimo una visita mensual del profesional de Prevención de asignado por su mutualidad. Por disposición de ENTEL todas aquellas Empresas Contratistas entre 11 y 99 trabajadores, deberán tener un Experto Asesor en Prevención de con tiempo de dedicación de a lo menos dos jornadas mensuales. Para empresas que tengan 100 o más trabajadores deberá acreditar un experto jornada completa. Sin perjuicio de lo anterior cada área podrá según la naturaleza del proyecto, obra o servicios a adjudicar determinar requisitos específicos según la actividad a realizar o de los requisitos de clientes de Entel, con todos dichos requisitos específicos no podrán ser inferiores al estándar del cliente o de Entel Encargado del sistema de gestión preventivo. La empresa deberá designar una persona responsable del SISTEMA, para responder y hacer entrega a Entel o a quién éste designe, la documentación del sistema de gestión preventivo que, implementarán y mantendrán vigentes mientras ejecuten actividades para Entel, responsable de implementar y mantener el sistema de gestión preventivo, asegurar que los informes generados por el desempeño del sistema de gestión preventivo sean conocidos por la gerencia de la empresa contratista y Entel. Colaborar en la coordinación de auditorías de parte de Entel. Gestionar las no conformidades internas y externas generadas por incumplimientos a los estándares. Cumplir con el programa de auditoría anual y preparar programa de auditoría. Mantener recuperables los registros del cumplimiento con el sistema de gestión preventivo. Para asignar esta función la empresa contratista garantizara la idoneidad y competencia del encargado del sistema en las materias bajo su responsabilidad.

13 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de 29 Otras responsabilidades y responsables que deban responder a aquellas correspondientes a la implementación, mantención y mejora continúan del SISTEMA DE GESTION PREVENTIVO DE SSO de Entel SISTEMA DE GESTIÓN PREVENTIVO EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL (SGP-SSO) La implementación del presente sistema de gestión preventivo es para las empresas contratistas de Entel en sus distintas áreas de trabajo, las que incluyen sus respectivos procesos productivos y administrativos. El SGP-SSO incluye, procedimientos operacionales, instructivos y registros asociados, orientados a demostrar y verificar el cumplimiento de los requisitos legales y los establecidos por Entel. El presente SGP-SSO, contiene la estructura para alcanzar el mejoramiento continuo y verificación sistemática del desempeño de Seguridad y Salud Ocupacional, que permita dar cumplimiento a los requisitos establecidos por Entel y a lo establecido en el Reglamento especial de control de riesgos para empresas contratistas y subcontratistas (RE-PRP-001). Durante el proceso de implementación del presente sistema la empresa contratista contara con el apoyo y asesoría de la de Entel, a través de la división de gestión y desarrollo de empresas contratistas o de quien ésta designe, en el desarrollo tanto de los documentos como en la implementación de los procesos, se realizaran reuniones periódicas y las capacitaciones que correspondan para la aplicación de plataformas o software informáticos que apliquen a través de profesionales de Entel o de las empresas de servicios que colaboran con la subgerencia de prevención de riesgos a fin de facilitar su compresión y aplicación REQUISITOS DEL SISTEMA DE GESTION PREVENTIVO EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL (SGP-SSO). Todas las empresas contratistas deberán documentar las actividades que darán cumplimiento a los estándares definidos por Entel (ver anexo 1, 2 y 3) en la presente guía, estableciendo claramente en sus distintos procedimientos, documentos y registros la metodología, tiempo de realización y forma de verificación de los estándares que Entel determine. Se deben incluir todos los procesos definidos o identificados para su contrato y/o servicios, cumplir una política, objetivos y metas planteados para la gestión de prevención de riesgos.

14 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de 29 El sistema de gestión preventivo se desarrollará en función de los riesgos a los cuales los trabajadores de las empresas contratistas y/o subcontratistas estarán expuestos y deberá ser creado con apoyo de parte del asesor en prevención de riesgos y aprobado por el representante legal de la empresa contratista. Con la finalidad de alcanzar la mejora continua de este sistema, se deberá revisar al menos una vez al año o cada vez que se genere un suceso importante en la gestión preventiva que así lo requiera Política de prevención de riesgos y salud ocupacional. La política deberá ser: - Definida y autorizada por parte de la gerencia general de la empresa contratista. - Apropiada y coherente a las actividades realizadas por la empresa contratista y a los riesgos asociados a sus tareas realizadas para Entel. - Incluir compromisos de prevención de lesiones, enfermedades y de mejora continua. - Incluir compromisos tanto de cumplimientos legales vigentes como de los requerimientos de Entel. Esta política deberá ser documentada, difundida, aprobada por la gerencia general de la empresa contratista por medio de firma y conocida por todo el personal dentro del alcance del sistema de gestión preventivo y debe estar disponible en los lugares de aplicación Objetivos y programas. Las empresas contratistas deben documentar sus objetivos. Estos deberán ser específicos, medibles, cuantificables y coherentes con su política de seguridad y salud ocupacional incluyendo el compromiso de prevenir lesiones y enfermedades, cumplimiento legal y de los requisitos de Entel y con un tiempo de duración establecido, llevando a la mejora continua Requisitos legales. La empresa contratista deberá dar cumplimiento a todas aquellas regulaciones, leyes, decretos, reglamentos específicos de distinta índole, así como aquellos requisitos formales establecidos por Entel, los cuales tengan directa relación con las actividades y/o servicios.

15 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de Liderazgo y compromiso para la gestión de la seguridad y salud ocupacional. La responsabilidad principal de la Gerencia general y del administrador de contrato de cada empresa contratista se basa en asumir la posición de líder en lo que respecta a la gestión preventiva, velando por cumplir y hacer cumplir la Política que la empresa contratista determine en estas materias, asignando responsabilidades a su línea de mando, asignando los recursos necesarios para su implementación, realizando inspecciones a las obras, sitios, faenas o lugares donde se realicen trabajos para Entel, participación en reuniones con sus supervisores, con Entel o quién éste designe Asignación de responsabilidades. Disponer por parte de las empresas contratistas de los recursos necesarios para la implementación del SGP SSO, definiendo encargados y responsables competentes, estableciendo responsabilidades claras para la realización de la implementación considerando los recursos humanos, financieros o cualquier otro recurso para realizar gestión en prevención Capacitación y entrenamiento. Entel ha definido una malla curricular complementaria (GESPER) para la realización de capacitaciones y entrenamiento por parte de la empresa contratista la cual debe ser desarrollada según sea aplicable al tipo de actividad de cada empresa. Sin perjuicio de lo anterior este requisito debe ser determinado por cada empresa contratista como resultado de la identificación de peligro, evaluación de riesgos y las correspondientes medidas de control que en base a un análisis técnico correspondan según la actividad que sea contratada por Entel y los riesgos a los que sus trabajadores están expuestos. Cursos de riesgos críticos obligatorios para empresas contratistas cuyas obras o servicios realizan las siguientes actividades relacionadas con los siguientes peligros: Altura física, electricidad, conducción, espacios confinados.

16 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de 29 USO Y MANEJO DE EXTINTORES CONDUCCIÓN A LA DEFENSIVA CURSO CONDUCCIÓN 4X4 EN TORRES DE TELECOMUNICACIONES (8 HORAS). RESCATE EN ALTURA (8 HORAS). TRABAJO SOBRE TECHUMBRES Y AZOTEAS (8 HORAS). POSTACIONES (8 HORAS). ANDAMIOS (8 HORAS). ESCALERAS (8 HORAS). IZAJE Y MANEJO DE CARGA CURSO DE RIESGOS ELECTRICOS CURSOS AISLACION Y BLOQUEO. CURSO PARA TRABAJO EN ESPACIOS CONFINADOS. CURSO UV ***CURSOS MALLA GESPER ESTANDAR LEGAL Art. 184 del Código del trabajo/183 E ley de Subcontratación. *CERTIFICADO DE CURSO VIGENTE Si las empresas cuentan con cursos desde antes de iniciar la relación comercial con Entel se consideraran válidos para la acreditación por un plazo no mayor a 24 meses desde su realización, en forma posterior a la adjudicación y para la actualización de la capacitación deberán consultar las OTEC validadas por Entel para realizar este tipo de capacitación. DO-03-02_OTEC Validadas Identificación de peligros, evaluación y control de riesgos. La empresa contratista deberá contar con un procedimiento en el cual se establecen los criterios y la metodología a utilizar para realizar una identificación de los peligros y evaluación de riesgos en todos aquellos procesos y actividades que realicen tanto sus trabajadores como visitantes, siendo estas actividades rutinarias o no rutinarias y que se encuentren dentro del alcance del sistema de gestión. Posterior a la evaluación de los riesgos y dependiendo de la criticidad de estos, la empresa contratista deberá adoptar medidas de control para cada uno de los riesgos evaluados con la finalidad de controlarlos Controles operacionales. Los controles operacionales deben nacer de las medidas tomadas de la identificación de peligros y evaluación de riesgos y estos deben considerar como mínimo las siguientes acciones. a) Charlas de 5 minutos. b) AST (Análisis de Seguridad en el Trabajo). c) Inspección de seguridad. d) Difusión de Procedimiento de Trabajo Seguro.

17 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de Creación y difusión de documentación operativa. Entre los cuales se encuentran los siguientes: - Procedimientos de trabajo de las actividades con una magnitud de riesgo intolerable o crítico. - Instrucciones de funcionamiento y manuales de operación de máquinas, equipos e instalaciones. - Normas de seguridad, instrucciones de trabajo, procedimientos operativos (Entel o propios) y fichas de seguridad. - Comunicación a proveedores y subcontratistas de los procedimientos relacionados con la seguridad y salud y con los riesgos laborales significativos identificados (Reglamento especial para contratistas). - Control sobre las posibles situaciones de emergencia, evacuación, simulacros de emergencias y primeros auxilios, para proteger la seguridad y salud de los trabajadores (PR-SGP-07). - Controles propuestos para los riesgos laborales obtenidos de la Identificación de peligros y evaluación de riesgos. - Control relativo a la adquisición y uso adecuado de los equipos de protección individual. - Control sobre los posibles incidentes que ocurran en el lugar de trabajo, mediante la investigación de los mismos (PR-SGP-10) Control de las condiciones de seguridad Mediante la realización de inspecciones u observaciones de seguridad comprobando como mínimo los siguientes aspectos: - Normativa legal vigente. - Procedimientos de trabajo. - Realización de actividades de prevención. - Maquinaria / equipos de trabajo. - Herramientas. - Emergencias y evacuación. - Orden y limpieza. - Almacenamiento. - Electricidad Preparación y respuesta ante emergencias La empresa contratista deberá establecer los mecanismos internos y actividades que implementará para dar respuestas a distintas situaciones de emergencias originadas en los servicios u obras o faenas de Entel.

18 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de Investigación de accidentes. Toda empresa contratista que sufra accidentes debe realizar un reporte detallado cuando ocurra, con el objetivo de establecer las causas básicas por las cuales se generan y la posterior adopción de medidas de prevención y control, dependiendo del grado de criticidad, para así proteger la salud, la vida de los trabajadores y evitar su repetición Programas de seguimiento de higiene y salud en el trabajo. La empresa contratista, deberá establecer un programa para evitar la ocurrencia de enfermedades profesionales en sus trabajadores, para ello debe ser asesorada por personal competente de su respectivo organismo administrador, quienes en base a los peligros identificados establecerán acciones necesarias para la gestión de la salud y seguridad ocupacional Tratamiento de no conformidades de prevención de riesgos y salud ocupacional. La empresa contratista debe establecer cuál será la metodología utilizada para el tratamiento de las no conformidades detectadas en los trabajos y procesos que se realicen para Entel, así como del establecimiento y control de las acciones preventivas y correctivas tomadas Comunicaciones. La empresa contratista deberá establecer las pautas para la adopción de mecanismos y métodos documentados para realizar comunicaciones internas y comunicación hacia Entel, pudiendo corroborar que la documentación comunicada sea recibida, conocida y comprendida por quien la recepciona Participación y consulta. La empresa contratista deberá velar por la participación activa de sus trabajadores en temas de seguridad y salud ocupacional, así como la realización de consultas, tanto a Entel, empresas subcontratistas y a todas sus partes externas interesadas, en aquellas materias que interactúen directamente con el sistema de gestión Documentación. Los documentos que toda empresa contratista debe mantener en sitio, obra, faena o actividad realizada a nombre de Entel, está orientado al cumplimiento de los requisitos de la Ley y el reglamento 76 art 5.. La empresa contratista debe mantener actualizada la documentación suficiente para asegurar que los requerimientos entregados por Entel en la presente guía, pueden entenderse adecuadamente y operarse de manera eficaz y eficiente.

19 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de Control de la documentación. La empresa contratista deberá identificar y controlar cada uno de los documentos que intervengan en el SGP-SSO, sean estos internos o de origen externo, con el propósito de mantenerlos disponibles cuando se requieran Registros asociados. La empresa contratista debe mantener los registros para demostrar que se está haciendo funcionar los requerimientos entregados por Entel de manera eficaz y que está gestionando sus riesgos de seguridad y salud ocupacional Auditorías internas. Se debe por parte de la empresa contratista establecer una calendarización y una metodología para la realización de auditorías internas con la finalidad de verificar el cumplimiento de los Requisitos legales y de Entel., así como sus actividades y procesos Medición y seguimiento del desempeño. La empresa contratista deberá determinar un mecanismo que permita conocer y evaluar cuál es el su desempeño en las actividades asociadas al SGP-SSO Revisión por parte de Gerencia. Todos los compromisos y actividades para dar cumplimiento al estándar establecido por Entel deben ser revisados al menos 1 vez al año por parte de la Gerencia General o la Alta Dirección de la empresa contratista que prestan servicios a Entel. Durante el primer mes de iniciada la prestación de servicios los requisitos del sistema que las empresas contratistas deben desarrollar son aquellos descritos en los puntos , , , , , , , de este documento o aquellos que la Subgerencia de prevención de riesgos determine de acuerdo al resultado del análisis de la matriz de riesgo del servicio, obra o faena a desarrollar. 14 ACREDITACION INDIVIDUAL DE TRABAJADORES SAI. La empresa contratista deberá contar con la evidencia suficiente que permita establecer el cumplimiento legal en materias de higiene y seguridad con sus trabajadores, establecido en el estándar legal el que será verificado una vez iniciada la prestación de servicio, obra o faena a través del proceso de acreditación individual de trabajadores denominado ACREDITACIÓN SAI el que tiene por objeto verificar en forma documental el cumplimiento de las obligaciones de cada empleador con sus trabajadores en relación a lo establecido en la Ley N , sus Decretos Complementarios y la normativa laboral vigente.

20 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de 29 La empresa deberá presentar los documentos de Prevención asociado a cada trabajador que participara de la prestación o la ejecución de obras contratadas por Entel los que serán auditados y determinaran si el trabajador esta ACREDITADO. Como resultado de este proceso y de acuerdo al nivel de cumplimiento de los aspectos a evaluar, se determinara si el trabajador cuenta con acreditación o no que le permita acceder a las obras o servicios contratados por ENTEL. Ver documento adjunto PR-SAI SUBCONTRATOS DE LA AUTORIZACIÓN Y DE LAS OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS CONTRATISTAS CON SUS EMPRESAS SUBCONTRATISTAS. Dado que las empresas contratistas están afectas a prohibición contractual de utilizar subcontratos solo en casos debidamente justificados, ante la necesidad de utilizar un subcontrato, la empresa contratista debe solicitar formalmente una autorización de uso de subcontrato al área y al responsable de Entel de asignar trabajos a su empresa y someter a evaluación y autorización de Entel la participación de un tercero en la ejecución de la obra o prestación del servicio contratado. Las empresas contratistas de todas las VP o Gerencias que sean autorizadas por escrito para incorporar empresas subcontratistas para la prestación de los servicios o ejecución de las obras encargados por Entel, deberán presentar los documentos de evaluación de su subcontrato, dicha autorización y evaluación debe ser solicitada antes de incorporar a la empresa a la cadena de valor del servicio o la obra contratada. La evaluación y autorización será solo hasta un tercer eslabón en dicha cadena de valor entendiendo por Empresa principal Entel, Contratista y Subcontratista no existiendo posibilidad de incorporar un subcontratista del subcontrato. Siendo la empresa contratista informada por escrito del resultado de la evaluación de las empresas subcontratista presentadas y siendo calificada como ACEPTADA o PROPUESTA, la empresa contratista toma conocimiento y asume la responsabilidad de la implementación del SISTEMA DE GESTION PREVENTIVO EN SSO DE ENTEL que incluye todos sus requisitos y obligaciones respondiendo por esta en el alcance general y global

21 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de 29 del sistema garantizando a Entel la incorporación especificaciones del SGP-SSO de Entel. al sistema y cumplir con las Velar por el cumplimiento del sistema de acreditación SAI de Entel con los trabajadores de las empresas Subcontratistas autorizadas. Lo anterior implica contar con sistema de control de sus subcontratos donde se detalle los requerimientos a cumplir de parte de los subcontratistas. Si en conjunto, el o los subcontratos suman un total de 50 trabajadores, la empresa contratista debe contar con un sistema de gestión según lo establecido en el DS 76. La empresa contratista autorizada por escrito para trabajar con empresas subcontratistas deberá cumplir con lo establecido en el documento PLANIFICACION PREVENTIVA lo referido al punto 6.0 Gestión de subcontratos. La empresa subcontratista deberá emitir mensualmente un informe de gestión de las actividades realizadas en materias de prevención de riesgos con sus empresas subcontratistas el que será enviado como plazo máximo el día 05 de cada mes con las acciones ejecutadas el mes inmediatamente anterior. El formato y los contenidos del informe serán determinados por Entel. 16 PLAZOS DE CUMPLIMIENTO Una vez adjudicado el servicio o la obra e iniciada la prestación de servicio o ejecución de obras las empresas contratistas cuentan con 5 días para presentar la planificación de la implementación del sistema a través de una carta Gantt y devolver firmada la recepción de documentos y toma de conocimiento de la información y requisitos. La implementación del SGP-SSO será establecida a través de una carta Gantt a ajustar a contar del 6 mes de iniciada la prestación de servicios. El estándar Legal debe estar cumplido en un 100% antes del inicio de la prestación de servicio o la ejecución de obras.

22 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de 29 ANEXO 1 Cuadro Estándar Legal Empresas: Cumplimiento como Evaluación de Ingreso al registro de contratistas de Entel. VOLVER LOS REQUISITOS DEL ESTÁNDAR LEGAL CONSTITUYEN LA BASE DE EVALUACIÓN ACEPTABLE COMO MEDICIÓN DE INGRESO PARA LAS EMPRESAS QUE POSTULAN AL REGISTRO DE CONTRATISTAS DE ENTEL. REQUISITOS ESTANDAR LEGAL MARCO LEGAL/NORMA EVIDENCIA *COMITÉ PARITARIO Art.66 Ley 16744;art.1 DS 54 Acta de constitución. CONSTITUCION DEL COMITÉ Tiene constituido el Comité Paritario de Higiene y Seguridad. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 66 de la Ley y art. 1 del D.S. N 54 de 1969 Ministerio del Trabajo y Previsión Social El Comité Paritario de Higiene y Seguridad cuenta con programa de trabajo. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al Acta de constitución firmada por los representantes, art. 24 D.S. 54 de 1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social presentada y timbrada por los organismos La empresa otorga las facilidades para que el Comité Paritario funcione adecuadamente. fiscalizadores Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art 14 del D.S Nº 594 de 1999, Ministerio de Salud Los representantes Titulares de los trabajadores han elegido al trabajador aforado. Art 243 Código del Trabajo Art.16 DS 54/1969 Mintrab COPIA DE LA REUNIONES MENSUALES DEL COMITÉ El Comité Paritario se reúne como mínimo una vez al mes o cada vez que ocurre un accidente mortal, o a petición de los miembros del comité. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 16 D.S. 54 de 1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social Art.66 Ley /1969 Formulario de reuniones. Actas de reunión mensuales, firmadas por los participantes donde se establezcan acuerdos con sus respectivas fechas de cumplimiento Registro de la empresa REGISTRO DE LA IMPLEMENTACION DE LOS El empleador cumple los acuerdos del Comité Paritario de Higiene y Seguridad. Art. 184 del Código del Trabajo en relación ACUERDO Y COMPROMISOS. al art. 66, Ley Evidencias objetivas del cumplimiento de los acuerdos El Comité Paritario realiza investigación de los accidentes. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 24 D.S. 54 de generados en las reuniones mensuales 1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social *REGLAMENTO INTERNO Art.14 DS 40/1969 Mintrab Tiene confeccionado el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 14 del D.S. N 40 Ministerio del Trabajo y Previsión Social Tiene confeccionado el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad. Art. 153, inc. 1 Código del Trabajo Tiene confeccionado el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad. Art. 154, inc. 1 Código del CONFECCION Trabajo Copia de Reglamento interno Incorpora disposiciones mínimas adecuadas a los riesgos de al empresa Art. 184 del Código del Trabajo en relación a los arts.16 al 20 D.S N 40, Ministerio del Trabajo y Previsión Social Incorpora los temas relacionados con acoso sexual. Art. 154 del Codigo del Trabajo inc. 12 Los representantes Titulares de los trabajadores han elegido al trabajador aforado. Art 243 Código del Trabajo Art.14 DS 40/1969 Mintrab Correo/carta nductora/aviso PUBLICACION Entrega copia del Reglamento Interno de Higiene y Seguridad a los trabajadores. Art. 184 del Código del Registros firmados por los trabajadores Trabajo en relación al art. 14 del D.S. N 40 Ministerio del Trabajo y Previsión Social. acusando recibo del reglamento Art.14 DS 40/1969 Mintrab Acreditación SAI/recepción DISTRIBUCION Entrega copia del Reglamento Interno de Higiene y Seguridad a los trabajadores. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 14 del D.S. N 40 Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Documento con timbre de la Inspección y el Art.153 C del T Minsal CERTIFICACION (MINSAL/INSPECCION DEL Carta firmada por el representante de la TRABAJO). Entrega copia del Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad al Ministerio de Salud y a la Dirección del empresa, para ser presentada y timbrada por Trabajo. Art. 156 inc. 3 Código del Trabajo los organismos fiscalizadores ***CHARLA ODI CHARLA ODI DE INGRESO Art.21 DS 40/1969 Mintrab Documento Interno/Acreditación SAI Informa a los trabajadores acerca de los riesgos laborales. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. CHARLA ODI ACTUALIZACION 21 del D.S. N 40 de 1969, Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Documento con datos del trabajador, firma, CHARLA ODI CAMBIO DE PROCESOS. Informa a los trabajadores sobre las medidas de prevención de los riesgos laborales y los métodos de huella digital y fecha en la cual recibió la trabajo seguro. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 21 del D.S. N 40 de 1969, Ministerio del inducción Trabajo y Previsión Social. CHARLA ODI CAMBIO DE ACTIVIDADES *DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS Art.66 Ley 16744;Art 8 DS 40 /1969 Mintrab Tiene Departamento de Prevención de Profesionales. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 8 del DS N 40 de 1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social El Departamento tiene programa de trabajo, Artículo 184 del Código del Trabajo en relación al artículo N 8 Organigrama de la empresa, cuando esta FORMACION DEL DEPARTAMENTO DE PPRR. D.S. N 40 de 1969, Ministerio del Trabajo y Previsión Social. cuente con mas de 100 trabajadores El Departamento lleva estadísticas de los accidentes. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 12 D.S. 40 de 1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social La empresa pone en práctica las medidas de prevención que le indica el Departamento de prevención de. Art 66 de la Ley Art.66 Ley 16744;Art 8 DS 40 /1969 Mintrab El Departamento de Prevención de es dirigido por un experto profesional o a un experto técnico (según corresponda). Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 10 D.S. N 40 de 1969, modificado CONTRATACION DEL EXPERTO. Contrato de trabajo del experto por el DS 95 de 1995, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social El Experto cumple con la jornada correspondiente. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 11 D.S. 40 de 1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social Art.8 y 10 DS 40 El Departamento de Prevención de es dirigido por un experto profesional o a un experto técnico Copia del registro del experto de la empresa REGISTRO SEREMI DE SALUD (según corresponda). Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 10 D.S. N 40 de 1969, modificado otorgada por SEREMI por el DS 95 de 1995, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social **GESTION EMPRESA ESTANDAR LEGAL. Certificado emitido por su mutualidad con no CERTIFICADO DE ADHESION A UNA MUTUALIDAD La empresa se encuentra aderida a alguna mutualidad o al ISL. Ley mas de 30 días de antigüedad. ORGANIGRAMA DE LA EMPRESA La empresa cuenta con un organigrama de acuerdo a lo descrito en el DS 76 Art. 9 Estructura organizacional de la empresa, donde se evidencien cargos y responsabilidades CONTRATO DE TRABAJO DEL EXPERTO EN PREVENCION DE RIESGOS, REGISTRO SEREMI CERTIFICADO MENSUAL DE TASAS DE ACCIDENTABILIDAD El Departamento de Prevención de es dirigido por un experto profesional o a un experto técnico (según corresponda). Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 10 D.S. N 40 de 1969, modificado por el DS 95 de 1995, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social La empresa que no estan obligadas a tener un Departamento de Prevencion de Riesgo deberan llevar la información basica para el computo de las tasas. DS 40 Art. 13 Las empresas con Departamento de Prevencion de deberan mantener un registro actualizado de tasas. DS 76 Art. 31 Contrato de trabajo del experto Certificado emitido por el organismo administrador del seguro, firmado por responsable de la empresa que establece la tasa de accidentabilidad de la empresa CERTIFICADO DE COTIZACIONES DE SU MUTUALIDAD AL DIA CUMPLIMIENTO PLAN DE FORMACION ACTIVIDADES CRITICAS ESTANDAR LEGAL TRABAJADORES Y SUPERVISORES REPORTE DE ACCIDENTES. REGISTRO DE ACCIDENTES INVESTIGACION DE ACCIDENTES GRAVES Y FATALES. REGISTRO DE ESTADISTICAS DE ACCIDENTES RECEPCION DEL REGLAMENTO ESPECIAL PARA CONTRATISTAS Art. 184 del Código del trabajo/183 E ley de Subcontratación. El Departame,nto lleva estadísticas de los accidentes. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 12 D.S. 40 de 1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social Articulo 66bis, reglamento 76 Certificado emitido por el organismo administrador del seguro, firmado por responsable de la empresa que establece el pago de las cotizaciones Acreditación SAI. Documento estándar. Documento estándar. Documento estándar. Documento propio de la empresa contratista, actualizado mensualmente, en el cual mantiene un registro permanente de las estadísticas de accidentes de su empresa Formulario Entel

23 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de 29 Cuadro Estándar Legal Trabajadores: Cumplimiento como Evaluación de Ingreso al registro de contratistas de Entel. En la etapa de evaluación o licitación no se solicitarán documentos de respaldo. ACREDITAR QUE EL TRABAJADOR ESTA PROTEGIDO Y CUENTA CON EL SEGURO DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES (LEY ) ***GESTION TRABAJADORES ESTÁNDAR LEGAL Art. 184 Deberá asimismo prestar o garantizar los elementos necesarios para que los trabajadores en caso de accidente o emergencia puedan acceder a una oportuna y adecuada atención médica, hospitalaria y farmacéutica. ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO HABER CUMPLIDO D.S 40 Aprueba Reglamento sobre Prevención de Profesionales CON LA OBLIGACION DE INFORMAR LOS RIESGOS 07 Marzo de 1969, ART 21. A LOS TRABAJADORES (DAS). COPIA DE CONTRATOS DE TRABAJO, VIGENTES. REGISTRO DE ASISTENCIA DEL TRABAJADOR SUBCONTRATADO A LA CHARLA DE OBLIGACIÓN DE INFORMAR DE LOS RIESGOS LABORALES (FORMULARIO PROPUESTO). DFL Nº 1 Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Código del Trabajo, Art 153., LEY ACREDITAR ENTREGA A LOS TRABAJADORES DEL Establece norma sobre accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, Art. 14. Establecer y REGLAMENTO INTERNO DE HIGIENE Y SEGURIDAD mantener al día un reglamento interno de seguridad e higiene (RISH) en el trabajo, cuyo cumplimiento será DE LA EMPRESA CONTRATISTA. obligatorio para los trabajadores., Entregar gratuitamente un ejemplar del reglamento a cada trabajador ACREDITAR EL RECIBO DE LOS ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL ACREDITAR CAPACITACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN EL USO Y CUIDADO DE LOS EPP. ACREDITAR CHARLA SAI DE LA EMPRESA PRINCIPAL. ACREDITAR EXÁMENES MÉDICOS OCUPACIONALES DE LOS TRABAJADORES. ACREDITAR LA CAPACITACIÓN EN RIEGOS CRITICOS DE LOS TRABAJADORES (ALTURA FISICA/ELECTRICIDAD/CONDUCCIÓN). 1COPIA FIRMADA POR EL TRABAJADOR DE LA RECEPCIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA EMPRESA CONTRATISTA (FORMULARIO PROPUESTO). LEY 16.74, Establece norma sobre accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, Art 68.las COPIA FIRMADA POR EL TRABAJADOR DE LA empresas deberán proporcionar a sus trabajadores, los equipos e implementos de protección necesarios, no RECEPCIÓN DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN pudiendo en caso alguno cobrarles su valor. PERSONAL. Art. 184, El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, informando de los posibles riesgos y manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales. Art. 183 E, La empresa principal deberá adoptar las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de todos los trabajadores que laboran en su obra, empresa o faena, cualquiera sea su dependencia, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 66 bis de la ley Nº y el artículo 3º del decreto supremo Nº 594, de 1999, del Ministerio de Salud. Art. 183 E, La empresa principal deberá adoptar las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de todos los trabajadores que laboran en su obra, empresa o faena, cualquiera sea su dependencia, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 66 bis de la ley Nº y el artículo 3º del decreto supremo Nº 594, de 1999, del Ministerio de Salud. Art. 183 E, La empresa principal deberá adoptar las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de todos los trabajadores que laboran en su obra, empresa o faena, cualquiera sea su dependencia, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 66 bis de la ley Nº y el artículo 3º del decreto supremo Nº 594, de 1999, del Ministerio de Salud. COPIA FIRMADA POR EL TRABAJADOR DE LA ASISTENCIA A LA CAPACITACIÓN DE USO Y CUIDADO DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL. *REGISTRO DE ASISTENCIA DEL TRABAJADOR SUBCONTRATADO A INDUCCIÓN PARA INGRESAR A OBRAS O FAENAS DE ENTEL. *EXAMEN MÉDICO VIGENTE PARA TRABAJOS EN ALTURA FÍSICA Y GEOGRÁFICA CUANDO EL DESEMPEÑO DE LAS FUNCIONES LO REQUIERA. CERTIFICADO DE CURSOS VIGENTES PARA TRABAJOS EN ALTURA FÍSICA CUANDO EL DESEMPEÑO DE LAS FUNCIONES LO REQUIERA U OTROS DE ACUERDO A LAS TAREAS ESPECÍFICAS DEL CARGO TALES COMO: CONTROL DE RIESGOS PARA TRABAJO EN POSTACIONES, CONTROL DE RIESGOS ELÉCTRICOS, TRABAJOS SEGUROS SOBRE ANDAMIOS, TRABAJO EN ALTURA SOBRE TECHUMBRES Y AZOTEAS, TRABAJO EN POSTACIONES, ESPACIOS CONFINADOS. Art. 183 E, La empresa principal deberá adoptar las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de todos los trabajadores que laboran en su obra, empresa o faena, cualquiera sea su dependencia, ACREDITAR APTITUD LEGAL PARA CONDUCTORES. *LICENCIA DE CONDUCIR en conformidad a lo dispuesto en el artículo 66 bis de la ley Nº y el artículo 3º del decreto supremo Nº 594, de 1999, del Ministerio de Salud. Art. 183 E, La empresa principal deberá adoptar las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de todos los trabajadores que laboran en su obra, empresa o faena, cualquiera sea su dependencia, *CERTIFICADO DE CURSO MANEJO A LA ACREDITAR FORMACIÓN PARA CONDUCTORES. en conformidad a lo dispuesto en el artículo 66 bis de la ley Nº y el artículo 3º del decreto supremo DEFENSIVA (CONDUCTORES) Nº 594, de 1999, del Ministerio de Salud. Art. 183 E, La empresa principal deberá adoptar las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y ACREDITAR FORMACIÓN CRITICA PARA *CERTIFICADO DE CURSO VIGENTE DE salud de todos los trabajadores que laboran en su obra, empresa o faena, cualquiera sea su dependencia, CONDUCTORES EN LUGARES ADVERSOS O DE CONDUCCIÓN VEHÍCULO 4X4 (SI en conformidad a lo dispuesto en el artículo 66 bis de la ley Nº y el artículo 3º del decreto supremo DIFICIL ACCESO. CORRESPONDE POR CARGO). Nº 594, de 1999, del Ministerio de Salud. ACREDITAR LA CAPACITACIÓN EN EL USO DE EXTINTORES. USO Y MANEJO DE EXTINTORES CONDUCCIÓN A LA DEFENSIVA CURSO CONDUCCIÓN 4X4 EN TORRES DE TELECOMUNICACIONES (8 HORAS). RESCATE EN ALTURA (8 HORAS). TRABAJO SOBRE TECHUMBRES Y AZOTEAS (8 HORAS). POSTACIONES (8 HORAS). ANDAMIOS (8 HORAS). ESCALERAS (8 HORAS). IZAJE Y MANEJO DE CARGA CURSO DE RIESGOS ELECTRICOS CURSOS AISLACION Y BLOQUEO. CURSO PARA TRABAJO EN ESPACIOS CONFINADOS. CURSO UV Decreto 594, Art. 48, Todo el personal que se desempeña en un lugar de trabajo deberá ser instruido y entrenado sobre la manera de usar los extintores en caso de emergencia. *ESTAS OBLIGACIONES SI EVALUAN SI APLICAN, SEGÚN LA CANTIDAD DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA EN PROCESO DE EVALUACIÓN. ** REQUISITO DE CUMPLIMIENTO LEGAL DE LA EMPRESA EVALUADA- ***CURSOS MALLA GESPER ESTANDAR LEGAL Art. 184 del Código del trabajo/183 E ley de Subcontratación. *CERTIFICADO DE CURSO DE USO Y MANEJO DE EXTINTORES. (TODOS LOS TRABAJADORES). (PUNTO 8 ANEXO 9). *CERTIFICADO DE CURSO VIGENTE ***LA VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO, PRESENTACIÓN Y REVISIÓN DE DOCUMENTOS DE ESTE ESTÁNDAR SE REALIZA DURANTE LA ETAPA DE ACREDITACIÓN DE TRABAJADORES UNA VEZ INICIADA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS. ESTE PROCESO ES ADMINISTRADO POR LA SUBGERENCIA DE OUTSOURCING DE ENTEL.

24 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de 29 Anexo 2 Cuadro Estándar Entel Empresa: Las empresas deben considerar su cumplimiento una vez iniciada la prestación de servicios y/o la ejecución de obras. VOLVER COMPROMISO DE LA DIRECCIÓN (POLITICA SSO) LOS REQUISITOS DEL ESTÁNDAR ENTEL CONSTITUYEN LA BASE DE EVALUACIÓN ESPERADA DESDE EL INICIO DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Y POR TODO EL PERIODO DE VIGENCIA DE LA RELACIÓN COMERCIAL. REQUISITOS ESTANDAR ENTEL MARCO LEGAL/NORMA EVIDENCIA GESTION EMPRESA ESTANDAR ENTEL (GESTION PREVENTIVA). *SISTEMA DE GESTION DE SSO MG-SGP-SSO:MANUAL O PROGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN PREVENTIVO EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS. PR-SGP-01:IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN DE RIESGOS Y DETERMINACIÓN DE CONTROLES. PR-SGP-02:REQUISITOS LEGALES Y DE ENTEL. PR-SGP-03:FORMACIÓN. PR-SGP-04:COMUNICACIÓN. PR-SGP-05:PARTICIPACIÓN Y CONSULTA. PR-SGP-06:CONTROL DE DOCUMENTOS Y REGISTROS. PR-SGP-07:PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS. PR-SGP-08:MEDICIÓN Y SEGUIMIENTO DEL DESEMPEÑO. PR-SGP-09:EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO LEGAL. PR-SGP-10:INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES. PR-SGP-11:NO CONFORMIDADES, A/I, ANÁLISIS DE CAUSA, A/C, A/P. PR-SGP-12:CONTROL DE REGISTROS. PR-SGP-13: AUDITORÍAS. ADHERIDO A MUTUAL (DISTINTO A ISL) **GESTION EMPRESA ESTANDAR ENTEL. NO REGISTRAR ACCIDENTES FATALES O ENFERMEDADES PROFESIONALES DURANTE LOS ULTIMOS 6 MESES PLANILLA DE CONTROL DE INCIDENTES (GLOBAL) REGISTRO DE TASAS DE SERVICIO CONTRATADO REGISTRO DE INCIDENTES. INVESTIGACION DE ACCIDENTES. REGISTRO DE TASAS DE SERVICIO CONTRATADO REQUISITO OBLIGATORIO CONFIRMACIÓN ADHESION AREA SEGUROS (CORREO ELECTRONICO) SGP-SSO SGP-SSO/SGL-SSO SGP-SSO/SGL-SSO SGP-SSO SGP-SSO SGP-SSO SGP-SSO SGP-SSO SGP-SSO/SGL-SSO SGP-SSO SGP-SSO SGP-SSO/SGL-SSO SGP-SSO SGP-SSO SGP-SSO *SISTEMA QUE APLICA MARCO LEGAL/NORMA La empresa se encuentra aderida a alguna mutualidad o al ISL. Ley Contar con una política, cumpliendo con lo establecido en el SGP-SSO, enviando de manera permanente la ultima versión asociada al documento Contar con un procedimiento especifico de la actividad a realizar, cumpliendo con lo establecido en el SGP-SSO, enviando de manera permanente la ultima versión asociada al documento Contar con un procedimiento especifico de la actividad a realizar, cumpliendo con lo establecido en el SGP-SSO, enviando de manera permanente la ultima versión asociada al documento Contar con un procedimiento especifico de la actividad a realizar, cumpliendo con lo establecido en el SGP-SSO, enviando de manera permanente la ultima versión asociada al documento Contar con un procedimiento especifico de la actividad a realizar, cumpliendo con lo establecido en el SGP-SSO, enviando de manera permanente la ultima versión asociada al documento Contar con un procedimiento especifico de la actividad a realizar, cumpliendo con lo establecido en el SGP-SSO, enviando de manera permanente la ultima versión asociada al documento Contar con un procedimiento especifico de la actividad a realizar, cumpliendo con lo establecido en el SGP-SSO, enviando de manera permanente la ultima versión asociada al documento Contar con un procedimiento especifico de la actividad a realizar, cumpliendo con lo establecido en el SGP-SSO, enviando de manera permanente la ultima versión asociada al documento Contar con un procedimiento especifico de la actividad a realizar, cumpliendo con lo establecido en el SGP-SSO, enviando de manera permanente la ultima versión asociada al documento Contar con un procedimiento especifico de la actividad a realizar, cumpliendo con lo establecido en el SGP-SSO, enviando de manera permanente la ultima versión asociada al documento Contar con un procedimiento especifico de la actividad a realizar, cumpliendo con lo establecido en el SGP-SSO, enviando de manera permanente la ultima versión asociada al documento Contar con un procedimiento especifico de la actividad a realizar, cumpliendo con lo establecido en el SGP-SSO, enviando de manera permanente la ultima versión asociada al documento Contar con un procedimiento especifico de la actividad a realizar, cumpliendo con lo establecido en el SGP-SSO, enviando de manera permanente la ultima versión asociada al documento Contar con un procedimiento especifico de la actividad a realizar, cumpliendo con lo establecido en el SGP-SSO, enviando de manera permanente la ultima versión asociada al documento Certificado emitido por el organismo administrador del seguro, firmado por responsable de la empresa que establece que la empresa se encuentra adherida a una mutualidad distinta a ISL Registros de tasas donde se evidencie la no ocurrencia de accidentes y enfermedades profesionales Documento en el cual la empresa contratista mantiene un registro permanente de las estadísticas de incidentes de su empresa Contar con un detalle de las tasas correspondientes a los trabajadores que prestan servicios a Entel, de forma independiente a la tasa genérica de la empresa Documento en el cual la empresa contratista mantiene un registro permanente de las estadísticas de incidentes de su empresa Correo electrónico o póliza de seguros contratada con Entel SISTEMA DE GESTION DE CONTROL DE SUBCONTRATOS Requisitos del DS 76 (Art 9 y 11) Requisitos del DS 76 (Art 9 y 11) DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS ASESORIA DE EXPERTO EN PREVENCION DE RIESGOS PERMANENTE PARTICIPACION EN REUNIONES DE PREVENCIÓN DE RIESGOS SEGUIMIENTO DE LOS ACUERDOS *COMITÉ PARITARIO *PLAN DE FORMACION COMPLEMENTARIA CUMPLIMIENTO PLAN DE FORMACIÓN ESTANDAR ENTEL PARA TRABAJADORES Y SUPERVISORES CUMPLIMIENTO PLAN DE FORMACION DEL EXPERTO. CUMPLIMIENTO PLAN DE FORMACIÓN ESTANDAR ENTEL COMITES PARITARIOS. MARCO LEGAL/NORMA MARCO LEGAL/NORMA MARCO LEGAL/NORMA Auditorias

25 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de 29 Cuadro Estándar Entel Trabajadores: Las empresas deben considerar su cumplimiento una vez iniciada la prestación de servicios y/o la ejecución de obras. ***CURSOS COMPLEMENTARIOS MALLA GESPER ESTANDAR ENTEL BASICO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS MEJORAMIENTO CONDUCTUAL EN PREVENCIÓN DERIESGOS. MANEJO MANUAL DE CARGAS. IDENTIFICACION DE PELIGROS EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL PREVENCION DE RIESGOS EN HERRAMIENTAS DE MANO. PROTECCION DE MAQUINAS. ORDEN Y ASEO. RESPONSABILIDAD LEGAL TRABAJADORES. ERGONOMIA Y AUTOCUIDADO EN EL TRABAJO. MEJORAMIENTO CONDUCTUAL EN PPRR. PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON SU CARGO. PREVENCION DE RIESGOS PARA CPHS (Miembros del comité paritario). IDENTIFICACION DE PELIGROS(Miembros del comité paritario). INVESTIGACION DE ACCIDENTES(Miembros del comité paritario). FORMACIONDE BRIGADAS DE EMERGENCIA (Miembros del comité paritario). BASICO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS PRIMEROS AUXILIOS MANEJO MANUAL DE CARGAS EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL RESPONSABILIDAD LEGAL IDENTIFICACION DE PELIGROS ANALISIS SEGURO DEL TRABAJO. ELABORACION DE PROCEDIMENTOS DE TRABAJO. INVESTIGACION DE ACCIDENTES. GESTION DE CONTRATISTAS COMUNICACIÓN EFECTIVA. MANEJO DE CONFLICTOS ****CURSOS RIESGOS CRITICOS MALLA GESPER ESTANDAR ENTEL CONDUCCIÓN A LA DEFENSIVA CURSO CONDUCCIÓN 4X4 EN TORRES DE TELECOMUNICACIONES (8 HORAS). RESCATE EN ALTURA (8 HORAS). TRABAJO SOBRE TECHUMBRES Y AZOTEAS (8 HORAS). POSTACIONES (8 HORAS). ANDAMIOS (8 HORAS). ESCALERAS (8 HORAS). IZAJE Y MANEJO DE CARGA CURSO DE RIESGOS ELECTRICOS CURSOS AISLACION Y BLOQUEO. CURSO PARA TRABAJO EN ESPACIOS CONFINADOS. Art. 184 del Código del trabajo/183 E ley de Subcontratación. CERTIFICADO DE CURSOS VIGENTES : OTEC VALIDADAS POR ENTEL, SEGUN MALLA CURRICULAR. *REQUISITOS SE EVALUAN SI APLICAN, SEGÚN EL ALCANCE DEL SISTEMA DE GESTION PREVENTIVO DE SSO (SGP-SSO O SGP-SSO) ** REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA TODAS LAS EMPRESAS DEL REGISTRO DE CONTRATISTAS. *** CURSOS COMPLEMENTARIOS MALLA GESPER ESTANDAR ENTEL QUE APLIQUEN SEGÚN "MIPER" U OTROS SON DE LIBRE DISPOSICIÓN DE LAS EMPRESAS CONTRATISTAS CON QUE OTEC LOS REALIZAN, DEBEN SER PLANIFICADOS EN UN PERIODO NO MAYOR A 18 MESES Y SEGÚN PRIORIDAD ESTABLECIDA EN LA MALLA CURRICULAR. ****LA VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO, PRESENTACIÓN Y REVISIÓN DE DOCUMENTOS DE ESTE ESTÁNDAR SE REALIZA DURANTE LA ETAPA DE ACREDITACIÓN DE TRABAJADORES UNA VEZ INICIADA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS, ESTE PROCESO ES ADMINISTRADO POR LA SUBGERENCIA DE OUTSOURCING DE ENTEL.

26 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de FLUJO DEL PROCESO DE PPRR DE EVALUACIÓN DE CONTRATISTAS NUEVOS. FLUJO DE EVALUACION DE NUEVOS CONTRATISTAS (ETAPA SUBGERENCIA DE PPRR) Envío de Solicitud de Documentos COMPRAS Dctos. De Empresa. Dctos. De Outsourcing. Dctos. De PPRR. Recepciona Correo con solicitud de Dctos. CONTRATISTA Recepciona Correo con solicitud de evaluación nuevo contratista. PREVENCION DE RIESGOS ENTEL Recibe Encuesta Contratistas Envía correo Encuesta PPRR ENTEL Responde Encuesta Encuesta Recibe confirmación de Encuesta PPRR ENTEL Registro Respuestas. Sistema en línea Envía doctos. Solicitados Contratistas Recibe Carpeta de Dctos. PPRR ENTEL Recibe, revisa, registra Dctos. PPRR ENTEL Emite Informe NO RECOMENDABLE PPRR ENTEL NO Dctos OK SI Emite Informe RECOMENDABLE/ RECOMENDABLE CON REPAROS PPRR ENTEL CONTRATISTAS Responsable PPRR ENTEL Responsable COMPRAS Responsable El plazo de entrega del informe es de 3 días hábiles desde el momento de la recepción de los documentos Envía informe a compras. PPRR ENTEL Informa resultado a Ejec. Com Compras. Fin Informe Cliente Interno. Ejec. Compras Informe al contratista Ejec. Compras

27 Revisión 6.0 del 14 de Enero de de FLUJO DEL PROCESO DE INICIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS: DO-MG-01 FLUJO COMUNICACIÓN SGL A EMPRESAS CONTRATISTAS REV. 1.0 Inicio V&C Compras Correo electrónico al cliente interno con: - Razón social - Rut - Fecha de inicio de prestación de servicios Informa inicio prestación de servicio de empresa contratista Compras Recibe información Responde Encuesta web Subgerencia PPRR Se registra en Maestro de contratista y cuadro de cumplimiento. Entregables a empresas contratistas. 1) PR-SGP-01 Identificación de Entregables de Entel Subgerencia PPRR peligros, evaluación de riesgos y determinación de controles. 2) PR-SGP-07 Preparación y respuesta ante emergencias. 3) PR-SGP-10 Investigación de incidentes. 4) IN Instructivo de creación Estándar Tecnico de seguridad correo electrónico a empresas contratistas. de procedimientos. 5) IN-MG-01 Instructivo implementación SGL-SSO. Subgerencia PPRR. 6) RG-SGP-01 Glosario de términos utilizados en el SGP-SSO. Anexos Solicitud de Fichas de Seguridad entregables contratistas Plazo máximo 30 días Acuso de recibo de documentación Empresa Contratista 1) IN-MG-01 Instructivo de Implementación SGL- Entrega de documentos a Entel SSO. Empresa Contratista SGP-SSO PCC 01 SI Se informa a las áreas usuarias a fin de evaluar la continuidad de la empresa contratista Subgerencia PPRR. No Se insiste una vez sobre la documentación solicitada a empresa contratista Subgerencia PPRR. Recepción del 100% Doc. Según IN- MG-01? No PCC 02 Recepción del 100% Doc. Según IN- MG-01? SI A los 180 dias Auditorias Documentales y/o en terreno para el control del SGL-SSO Evaluación de criticidad y potencial riesgo del servicio prestado. Potencial de riesgo CRITICO o ALTO NO Registro en el maestro, en el CC. PCC Punto critico del proceso que requiere cumplir SI Subgerencia PPRR. Fin primera Etapa En este punto se analiza y determina que Sistema de gestión aplica para la empresa, según los criterios definidos por Entel relacionado con la criticidad y riesgo del servicio prestado. SGL-SSO Página 1

28 Bases técnicas de prevención de riesgos para empresas contratistas Revisión 6.0 del 14 de Enero del de Flujo simple y secuencial de las acciones con contratistas: Escrito por: Erika Rodríguez Q. Especialista Sénior Prevención de Revisado Por: Pablo Torres Z. Subgerente Prevención de Entel Aprobado Por: Pablo Torres Z. Subgerente Prevención de Entel

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