[Plazos de Caducidad y Prescripción en Derecho Laboral] 25 de marzo de 2012
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- Andrés Gómez Toledo
- hace 8 años
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1 Plazos y términos Concepto/acción/derecho Plazo/término/duración Entrega copia básica del Exigencia de formalización por escrito del Al concertar el contrato y durante el transcurso de la relación laboral. Cómputo formalización del concertación del Norma/disposición legal 8.3.a) T.R.L.E.T. 8.4 T.R.L.E.T. Tiempo hábil para la celebración del contrato de trabajo en prácticas. 4 años inmediatamente siguientes a la terminación de los estudios. (6 años en caso de trabajador discapacitado) terminación de los estudios T.R.L.E.T. Técnicos Titulados: 6 meses como máximo. Demás trabajadores: Período de prueba en el 2 meses como máximo. En empresas de menos de 25 trabajadores: vigencia del 14.1 T.R.L.E.T. 3 meses como máximo para trabajadores que no sean técnicos titulados. Registro/Comunicación de contratos ante Oficina Pública de Empleo. 10 días naturales siguientes a su concertación. concertación del 16.1 T.R.L.E.T. Contestación/adopción de medidas por empresario o requerimiento de delegados de prevención o representantes legales de los trabajadores. 4 días naturales. recepción del requerimiento T.R.L.E.T. Técnicos: Pacto de no competencia para después de extinguido el máximo de 2 años. Demás trabajadores: extinción del 21.2 T.R.L.E.T. máximo de 6 meses. Preaviso del trabajador para rescindir el pacto de plena 30 días naturales T.R.L.E.T.
2 dedicación. Pacto de permanencia obligada del trabajador en la empresa por recibir especialización profesional a cargo del empresario. Período máximo de liquidación y abono periódico del salario. Plazo para preavisar a la empresa de retorno a jornada ordinaria por trabajador con permiso de lactancia o reducción de jornada por motivos familiares. Fijación del calendario de vacaciones. Posibilidad de reclamar ascenso profesional por desempeño de funciones de categoría superior. Notificación de la decisión empresarial de traslado de centro de trabajo a los trabajadores. Período de consultas en caso de movilidad geográfica cuando se sobrepasen umbrales mínimos del número de trabajadores. Plazo para informar al trabajador del desplazamiento temporal acordado por la empresa. Comunicación de modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter individual a los trabajadores afectados y sus representantes legales. Período de consultas en caso de modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter colectivo. Subcontratas. Plazo de libramiento por la T.G.Seg.Soc. de certificación 2 años como máximo. 2 años como máximo T.R.L.E.T. 1 mes T.R.L.E.T. 15 días T.R.L.E.T. 2 meses antes del comienzo de su disfrute. Más de 6 meses en el período de un año, o más de 8 meses en el período de 2 años. 30 días naturales de antelación a la fecha de su efectividad. 15 días naturales como mínimo 5 días laborables de antelación a la fecha de su efectividad 30 días naturales de antelación a la fecha de su efectividad. 15 días naturales como mínimo. 30 días naturales. Fecha de inicio del disfrute. Fecha de inicio de desempeño de funciones superiores. Fecha efectividad del traslado. Fecha iniciación consultas. Fecha efectividad del desplazamiento temporal Fecha efectividad de la modificación. Fecha iniciación consultas. registro de la solicitud T.R.L.E.T T.R.L.E.T T.R.L.E.T T.R.L.E.T T.R.L.E.T T.R.L.E.T T.R.L.E.T T.R.L.E.T.
3 negativa de descubiertos del subcontratista a los efectos de exoneración de responsabilidades de la empresa contratante principal. Subcontratas. Plazo de responsabilidad para el empresario principal, solidariamente con el contratista, respecto a las obligaciones salariales y de Seg.Soc. contraídas y no satisfechas por el subcontratista durante la vigencia de la contrata. Sucesión de empresas. Plazo de responsabilidad solidaria cedente-cesionario respecto de obligaciones laborales nacidas antes de la transmisión y no satisfechas. Solicitud de reingreso tras excedencia forzosa. Excedencia voluntaria. Plazo que debe transcurrir para solicitar nueva excedencia después de una anterior. Excedencia para atender al cuidado de cada hijo. Excedencia cuidado familiares Plazo de reserva de puesto de trabajo en caso de excedencia por cuidado de hijo. Plazo de reserva de puesto de trabajo en caso de excedencia por cuidado de hijo. Para trabajador de Familia Numerosa categ. Gral. Plazo de reserva de puesto de trabajo en caso de 1 año (prescripción). 3 años (prescripción). 1 mes. 4 meses a 5 años. 4 años. Máximo 3 años. Máximo 2 años. 1 año 15 meses 18 meses terminación del encargo o contrata. la sucesión/transmisión. cese en el cargo público. su inicio. finalización de la anterior excedencia. nacimiento del hijo/ resol. administrativa. Desde inicio excedencia inicio de la excedencia. inicio de la excedencia inicio de la 42.2 T.R.L.E.T T.R.L.E.T T.R.L.E.T T.R.L.E.T T.R.L.E.T T.R.L.E.T T.R.L.E.T T.R.L.E.T T.R.L.E.T T.R.L.E.T.
4 excedencia por cuidado de hijo. Para trabajador de Familia Numerosa categ.especial excedencia Período de consultas en caso de suspensión de contratos por causas tecnológicas, económicas o de fuerza mayor. 15 días naturales iniciación de consultas 47.1 T.R.L.E.T. Subsistencia de la suspensión de contrato con derecho de reserva del puesto de trabajo tras declaración de incapacidad cuando el órgano calificador estima una previsible reincorporación del trabajador por mejoría. 2 años. la resolución administrativa declaratoria de Incapacidad Permanente T.R.L.E.T. Plazo de reincorporación en casos de suspensión por servicio militar o prestación social sustitutoria, ejercicio de cargo público representativo o funciones sindicales de ámbito provincial o superior. 30 días naturales. cese en el servicio, cargo o función T.R.L.E.T. Suspensión del contrato por maternidad. 16 semanas, ampliables en 2 semanas más por cada hijo a partir del 2º, en caso de parto múltiple. inicio del descanso por maternidad T.R.L.E.T. Suspensión por parto prematuro o necesidad de hospitalización del neonato por periodo superior a 7 dias. Ampliacion suspensión 48.4 TRLET hasta un máx. adicional de 13 semanas. A partir del parto º párf. Suspensión del contrato por adopción de: adoptado menor de 9 meses adoptado mayor de 9 meses y menor de 5 años 16 semanas. 6 semanas. la decisión administrativa o judicial de acogimiento, o bien desde la fecha de la resolución judicial por la que se constituya la adopción T.R.L.E.T. Suspensión del contrato por adopción y acogimiento de menores de 6 años, o mayores de tal edad 16 semanas, ampliables a 2 más por cada hijo a partir del 2.º. la decisión administrativa o judicial de 48.4 T.R.L.E.T.
5 discapacitados/minusválidos o con dificultades de inserción social y familiar. acogimiento, o bien desde la fecha de la resolución judicial por la que se constituya la adopción. Plazo para la subsanación de10 días naturales defectos en la solicitud empresarial de Despido Colectivo ante la autoridad laboral. notificación del requerimiento de subsanación T.R.L.E.T. Plazo para la evacuación de Informes de la Inspección de Trabajo y demás necesarios para fundamentar la resolución de la autoridad laboral en Expediente de Regulación de Empleo. recepción del requerimiento de informe T.R.L.E.T. Período de consultas en Expedientes de Regulación de Empleo de extinción de contratos: Empresa de 50 o más trabajadores 30 días naturales. 15 días naturales. iniciación de consultas T.R.L.E.T. Empresa de menos de 50 trabajadores Plazo para dictar resolución la autoridad laboral en Expediente de Regulación de empleo para extinción de contratos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. 15 días naturales. notificación a la autoridad laboral de la finalización del período de consultas T.R.L.E.T T.R.L.E.T. Plazo para dictar resolución la autoridad laboral en Expediente de Regulación de Empleo para extinción de contratos por causa de fuerza mayor. 5 días naturales. la solicitud T.R.L.E.T. Plazo de preaviso en caso de extinción de contrato por causas objetivas. 30 días naturales. entrega de la comunicación personal al trabajador c) T.R.L.E.T. Plazo para efectuar nuevo Despido Disciplinario cuando Desde el día siguiente a la fecha 55.2 T.R.L.E.T.
6 en el precedente no se hubieran respetado los requisitos formales. del primer despido. Plazo para el ejercicio del derecho de opción empresarial en caso de despido declarado improcedente. 5 días naturales. notificación de la Sentencia T.R.L.E.T. Plazo para el depósito de la indemnización por el empresario en caso de reconocimiento de improcedencia del despido (para limitar salarios de trámite) 48 horas. comunicación del despido y hasta la fecha de la conciliación 56.2 T.R.L.E.T. Plazo para el ejercicio de acciones derivadas del contrato de trabajo que no tengan señalado plazo especial. 1 año (prescripción). fecha determinación del 59.1 T.R.L.E.T. Plazo para el ejercicio de acciones encaminadas a exigir percepciones económicas o cumplimiento de obligaciones de tracto único que no puedan tener lugar después de extinguido el 1 año (prescripción). Desde el día o fecha en que la acción pudiera ejercitarse T.R.L.E.T. Acción de desahucio de vivienda ocupada en razón del contrato de trabajo, una vez extinguido el mismo. 15 años (prescripción). Desde el día/fecha en que pueda ejercitarse la acción 1969 C.C. 1964C.C. Plazo de prescripción de las infracciones empresariales (excepto en materia de Seg.Soc.). 3 años. fecha en que se cometió la infracción T.R.L.E.T. Prescripción de las faltas del os trabajadores: leves graves muy graves 60 días naturales. Desde que la empresa tuvo conocimiento de su comisión T.R.L.E.T. Prescripción larga de las faltas de los trabajadores. 6 meses. fecha en que se cometió la falta laboral T.R.L.E.T. Prescripción de faltas laborales del alto directivo 12 meses. su comisión o desde que 13 R.D.1382/1985
7 sometido al R.D. 1382/1985. el empresario tuvo conocimiento de la falta. Plazo máximo para facilitar información sobre el sector a que pertenece la empresa, a los representantes unitarios del personal. 3 meses (trimestralmente) l último traslado de información T.R.L.E.T. Plazo para entrega de la copia básica de los contratos a los representantes de los trabajadores unitarios del personal. fecha en que se concertó el º T.R.L.E.T. Plazo máximo para facilitar a los representantes de los trabajadores estadísticas sobre índices de absentismo, accidentes de trabajo, índices de siniestrabilidad y mecanismos de prevención. 3 meses (trimestralmente). l último traslado de información T.R.L.E.T. Plazo para la emisión de informes por parte de los representantes unitarios de los trabajadores. 15 días naturales. fecha en que fue interesado el informe o notificada la circunstancia que pudiera motivarlo T.R.L.E.T. Caducidad Concepto/acción/derech o Plazo/término/duració n Cómputo Norma/disposició n legal Plazo para accionar contra despido y resolución/extinción de contratos temporales. 20 días hábiles. Desde el cese en la prestación de servicios T.R.L.E.T T.R.L.P.L. Plazo para accionar contra la decisión extintiva del contrato por causas objetivas y otras causas de extinción. 20 días hábiles. Desde el día siguiente a la fecha de extinción del 121 T.R.L.P.L. Plazo para accionar contra decisiones empresariales en materia de movilidad geográfica y modificación Sustancial de condiciones de trabajo. 20 días hábiles. Desde el día siguiente a la fecha de notificación de la decisión empresarial T.R.L.E.T. Plazo para impugnar sanciones laborales impuestas por el empresario. 20 días hábiles. notificación de la sanción T.R.L.P.L.
8 Plazo para optar el empresario, en el supuesto de despido improcedente, entre la readmisión o el abono de indemnización. 5 días naturales. notificación de la Sentencia que declare el despido improcedente T.R.L.P.L. Plazo para proceder el empresario a un nuevo despido cuando el anterior fuera declarado improcedente por incumplimiento de requisitos formales y se hubiere optado por la readmisión. 7 días naturales. notificación de la Sentencia T.R.L.P.L. Plazo para proceder el empresario a un nuevo despido disciplinario cuando el anterior se hubiera realizado sin observar los requisitos formales del art.55.1 T.R.L.E.T. Desde el día siguiente al del primer despido T.R.L.E.T. Plazo para la reincorporación del trabajador a la empresa por causa de recuperación si se halla en situación de incapacidad permanente total o absoluta. 1 mes. la declaración de aptitud emitida por el órgano competente. 3.1 R.D.1451/1983 Acción para reclamar fijación de disfrute de fecha de vacaciones: Si la fecha está fijada en Convenio Colectivo, por acuerdo empresario/trabajadores, o unilateralmente por aquél Cuando la fecha de disfrute no estuviere señalada 2 meses, al menos, de antelación a la fecha de disfrute pretendida por el trabajador. Desde que se tuviera conocimiento de la fecha. 125.a) T.R.L.P.L. 125.b) T.R.L.P.L. Acción para la impugnación de acuerdo de conciliación concluido ante el servicio administrativo. Acción para impugnar la validez de la conciliación judicial. 30 días naturales. 15 días naturales. Para las partes: desde el día en que se adoptó el acuerdo. para terceros posibles perjudicados: desde el día que conocieron el acuerdo. fecha en que se celebró la conciliación T.R.L.P.L T.R.L.P.L. Plazo para instar el 10 días hábiles T.R.L.E.T.
9 procedimiento arbitral en materia electoral si se impugnasen actos del día de la votación o posteriores. Plazo para instar el procedimiento arbitral en materia electoral si se impugnasen actos anteriores al día de la votación. entrada/registro de las actas en la oficina pública dependiente de la autoridad laboral. Desde el día siguiente a aquél en que se hubieran producido los hechos o resuelto la reclamación por la mesa. Desde el día en que se tuvo conocimiento/notificació n del laudo. 3 días hábiles T.R.L.E.T. Acción para impugnar laudos arbitrales en materia electoral. 3 días naturales T.R.L.P.L. Acción para la impugnación de la resolución administrativa que deniegue el registro de actas relativas a elecciones de Delegados de Personal y miembros del Comité de Empresa. Plazo para accionar judicialmente contra decisiones empresariales de movilidad geográfica y modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo Plazo para accionar judicialmente contra la disconformidad empresarial respecto a la elección horaria y determinación temporal de los permisos por lactancia y reducción de jornada por motivos familiares. Desde el día en que se notifique la resolución administrativa. 134 T.R.L.P.L. 20 días hábiles Desde el día de notificación de la decisión empresarial T.R.L.P.L. 20 días hábiles. Desde el día en que el empresario comunique su disconformidad con la elección del trabajador/a. 138 bis T.R.L.P.L. Acción para la impugnación de la resolución administrativa denegatoria del depósito de los Estatutos de los Sindicatos. 10 días hábiles. Desde el día de la notificación de la resolución denegatoria expresa, o transcurra 1 mes desde la presentación de los estatutos sin que se hubieren notificado a los promotores defectos a subsanar. 166 T.R.L.P.L. Ejecución de sentencias. Plazo general Concepto/acción/derecho Plazo/término/duración Cómputo Norma/disposición
10 Plazo para instar la ejecución de Sentencias (prescripción). El mismo que el fijado por las leyes sustantivas para el ejercicio de la acción tendente al reconocimiento del derecho cuya ejecución se pretenda. Plazos especiales firmeza de la Sentencia. legal T.R.L.P.L. Concepto/acción/derecho Plazo/término/duración Cómputo Plazo para reclamar entrega de sumas de dinero(prescripción). 1 año firmeza de la Sentencia Norma/disposición legal T.R.L.P.L. fecha señalada para la readmisión Plazo para instar la ejecución de Sentencias de despido cuando el empresario no procediera a la readmisión del trabajador. Cuando no se hubiera señalado fecha para reanudarla prestación laboral. En caso de readmisión irregular. fecha en que expire el plazo de los 10 días siguientes al de la notificación de la Sentencia (art. 276 T.R.L.P.L.) a) T.R.L.P.L b) T.R.L.P.L c) T.R.L.P.L. fecha en que la readmisión tuvo lugar. No obstante, y sin perjuicio de que no se devenguen los salarios correspondientes a los días transcurridos desde la expiración de los plazos (20 días naturales) anteriores y la fecha en que se solicite la ejecución del fallo, la acción para ejercitar esta última habrá de efectuarse dentro de los 3 meses siguientes a la firmeza de la Sentencia (art T.R.L.P.L.). Autor: Manuel Moya Castilla Cuadro extraido de la obra: Prontuario Laboral
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