GUÍA PEDAGÓGICA PARA REDISEÑAR EL MANUAL DE CONVIVENCIA, BAJO EL ENFOQUE DE COMPETENCIAS CIUDADANAS Y EL EJERCICIO DE DERECHOS HUMANOS

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2 PARA REDISEÑAR EL MANUAL DE CONVIVENCIA, BAJO EL ENFOQUE DE COMPETENCIAS CIUDADANAS Y EL EJERCICIO DE DERECHOS HUMANOS Ministerio de Educación Nacional -MEN-. Banco Interamericano de Desarrollo -BID-. Alcaldía del Municipio de Itagüí. Secretaría de Educación. Carlos Andrés Trujillo González Alcalde de Itagüí. Guillermo León Restrepo Ochoa Secretario de Educación. Equipo ejecutor del proyecto: Alejandro Pimienta Betancur Doctor en Educación Formación Ciudadana. Cruz Helena Benjumea Pérez Asesora Pedagógica. Richard Gómez Rodríguez Politólogo. Josué Camilo López Benjumea Sistematizador. Contratista Holisis Ltda.

3 CONVENIO INTERADMINISTRATIVO No DE 2013 SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Y EL MUNICIPIO DE ITAGÜÍ El Ministerio de Educación Nacional realizó convocatoria en el mes de septiembre de 2012, para la asignación y ejecución de recursos del Fondo Concursable para el financiamiento de propuestas relacionadas con el desarrollo de iniciativas de competencias ciudadanas y el ejercicio de los derechos humanos, ejecutados por las Secretarías de Educación y las Escuelas Normales Superiores. El propósito del Fondo Concursable es incentivar la ejecución de propuestas relacionadas con la formación para la ciudadanía, como la promoción de la convivencia pacífica, la participación democrática, educación para el ejercicio de los derechos humanos, educación para la sexualidad entre otros, teniendo como atributos mínimos el enfoque inclusivo y el enfoque diferencial liderados por las Secretarías de Educación y las Escuelas Normales Superiores. El Fondo Concursable busca que el desarrollo de estas propuestas contribuya a la consolidación de una formación ciudadana en los términos definidos en la Política de Educación Educación de calidad: El camino para la prosperidad que promueva una educación que forme mejores seres humanos, ciudadanos con valores éticos, competentes, respetuosos de lo público que ejercen los derechos humanos, cumplen con sus deberes y conviven en paz. El fin último es fortalecer la capacidad de los establecimientos educativos de preescolar, básica y media para crear ambientes de aprendizaje democráticos que incidan en la percepción del clima escolar, favorezca el desempeño de los estudiantes y contribuyan con el mejoramiento de la calidad educativa. La Secretaría de Educación de Itagüí participó de la convocatoria con el proyecto Competencias ciudadanas eje transformador y constructor de sociedad, el cual pretende generar una estructura de modernización en los procesos de planeación de la educación, para hacer posible la institucionalización social para el desarrollo de las competencias ciudadanas y el ejercicio de los derechos humanos en el ámbito local. Es así que uno de los proyectos seleccionados por el Ministerio de Educación, fue el presentado por la Secretaría de Educación de Itagüí cumpliendo con todos los requisitos de elegibilidad.

4 CONTENIDO PRESENTACIÓN EDUCACIÓN, DEMOCRACIA Y CONVIVENCIA 7 2. EL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR 8 3. PROYECTO COMPETENCIAS CIUDADANAS EJE TRANSFORMADOR Y CONSTRUCTOR DE SOCIEDAD 9 Enfoque pedagógico de competencias ciudadanas para el Manual de Convivencia Escolar: Construir comunidades democráticas Reconocimiento del territorio GUÍA PARA LA REVISIÓN Y RESIGNIFICACIÓN DE LOS MANUALES DE CONVIVENCIA ESCOLAR Referente Normativo Referentes Técnicos de los Manuales de Convivencia COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR MOMENTOS DEL PROCESO DE REVISIÓN, RESIGNIFICACIÓN Y DESARROLLO DE L LOS MANUALES DE CONVIVENCIA 28

5 PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR BAJO LOS LINEAMIENTOS DE LA LEY 1620 DE 2013 Y SU DECRETO REGLAMENTARIO 1965 Promoción Prevención Atención Seguimiento Comité de Convivencia Escolar Conformación del Comité antes del 11 de Marzo de 2014 Evaluación Continua Manual de Convivencia Escolar Coordinar Comunidad Educativa Activa PROTOCOLOS Tipo I, II y III Revisión y Ajuste bajo los Principios de Participación, Corresponsabilidad, Autonomía, Diversidad e Integralidad Reflexión Construcción Implementación Evaluación Seguimiento Momentos del Proceso Ruta de Atención Integral para la Convivencia

6 PARA REDISEÑAR EL MANUAL DE CONVIVENCIA, BAJO EL ENFOQUE DE COMPETENCIAS CIUDADANAS Y EL EJERCICIO DE DERECHOS HUMANOS PRESENTACIÓN En el marco del proyecto Competencias Ciudadanas Eje Transformador y Constructor de Sociedad, en proceso de implementación por la Secretaría de Educación en asocio con el Ministerio de Educación Nacional y el Banco Interamericano de Desarrollo, se requiere la actualización del Manual de Convivencia Escolar con enfoque de competencias ciudadanas; por tal razón se presenta este documento que pretende servir de guía conceptual y pedagógica para su resignificación y para contextualizarlo con el Municipio de Itagüí se parte de las siguientes orientaciones: Desde el Plan de Desarrollo Unidos Hacemos el Cambio, se evidencia la intencionalidad de la actual administración en el desarrollo de las competencias ciudadanas, en cuanto que busca desde el fortalecimiento de la familia como eje articulador de las políticas sociales transformar la cultura hacia un nuevo estilo y modelo de convivencia a partir del enfoque de derechos, de género, poblacional y territorial 1. El contexto actual del municipio reclama la reconstrucción del tejido social a partir de modelos de convivencia que mejoren la vida en los entornos familiares y comunitarios, con la certeza de que el grado de convivencia de una sociedad depende de su capacidad de concertar intereses de una forma participada a todo nivel: Familiar, barrial, veredal, regional, nacional e internacional, como también en el institucional; logro que será una realidad siempre y cuando se fortalezcan los valores de la familia y permanezca ella como eje transversal del desarrollo del municipio PLAN DESARROLLO ITAGÜÍ UNIDOS HACEMOS EL CAMBIO. Pag., 15 2 Idid., 16. 5

7 Se constituye en un reto para la educación pública, educar a la familia itagüiseña para la convivencia y la vida, en el marco del respeto por el semejante y su entorno, haciendo uso eficiente y racional de las oportunidades que ofrece el mundo globalizado, para propiciar la ruta del desarrollo sostenible a las próximas generaciones itagüiseñas 3. Educar para la convivencia, más que enmarcar el componente educativo, refleja también el carácter normativo y político, porque es de esta forma que se va consolidando el tipo de ciudadano que el municipio le está apostando en su plan de desarrollo. El documento guía para resignificar el Manual de Convivencia, está diseñado desde una visión general de lo que implica la Ley 1620/2013 y su Decreto reglamentario 1965/2013, en el marco de las Competencias Ciudadanas; incluye los lineamientos dados desde a Constitución Nacional de 1991, la Ley general de educación 115/1994 y su Decreto reglamentario 1860/1994; la Ley 1098/2006, el Decreto 1290/2009 y algunos referentes normativos como los tratados o Convenciones ratificadas por Colombia, las Sentencias de la Corte Constitucional, entre otros. Se espera que las instituciones educativas inicien el proceso de revisión y resignificación de los Manuales de Convivencia Escolar al inicio del año 2014, puesto que se dispone de un plazo relativamente corto (marzo), para convocar a la comunidad educativa y construir con ellos dinámicas reflexivas y críticas donde la sensibilización, motivación y compromiso, generen construcciones democráticas que permitan de un lado, el aprendizaje significativo sobre formación en ciudadanía, democracia, convivencia y solución de conflictos, y de otro lado, comprender la corresponsabilidad con su aplicación para mejorar el clima escolar y familiar. 3 Idid., 51. 6

8 1. EDUCACIÓN, DEMOCRACIA Y CONVIVENCIA La educación ha sido y sigue siendo una tarea eminentemente social, porque su función es la promoción de la cohesión social, la movilidad humana y el aprendizaje de la vida en comunidad. Todo lo que sucede en el espacio escolar tiene consecuencias en el proceso de construcción de sociedades estables, pues se educa para una ciudadanía plena, regida por normas de participación democrática que permiten la adquisición de competencias indispensables para la consolidación de las culturas donde se pueda resistir a los procesos de exclusión, se reconozca la diversidad, y el respeto por la diferencia como principio y fundamento de todo su accionar. La convivencia democrática es un modo de ser y de actuar que promueve la construcción participativa y solidaria de alternativas pedagógicas, curriculares, administrativas, culturales y sociales que propicien mejores ambientes institucionales. Por tal razón una educación de calidad pasa necesariamente por mejorar el ambiente humano en la escuela y en la sociedad; la calidad de la educación se concreta en cada institución educativa y tiene que ver con la relación entre la vida escolar, las propuestas de desarrollo para la convivencia y la demostración de una democracia participativa que permita mejorar la vida de las comunidades y formar los ciudadanos que el país y las regiones necesitan para su transformación. La convivencia desde un punto de vista estratégico, es el tejido esencial para la reflexión permanente sobre el conjunto de la vida escolar desde un currículo en torno a los valores asumidos colectivamente, que va más allá de la organización de las áreas hacia el conjunto de actividades y procesos que de manera 7

9 sistemática e intencionada generan lecturas de contexto donde se ven y se sienten ambientes sinérgicos de convivencia. La reproducción de la violencia en la escuela tiene que ver con los procesos y procedimientos inadecuados en los ámbitos de la gestión y la administración escolar, con experiencias de aprendizaje no gratificantes y poco significativas, con la manera como se conciben y como se tramitan los conflictos y con las rupturas de la escuela y el entorno. 2. EL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR El Manual de Convivencia Escolar es una herramienta pedagógica que sintetiza los lineamientos fundamentales que una institución educativa construye para guiar el proceso formativo de sus estudiantes; en el sentido de promover valores de convivencia y desarrollar competencias para ejercer la democracia e interactuar con los demás en un marco de respeto a los derechos, manejar de manera adecuada los conflictos y participar en alternativas para establecer una sociedad equitativa justa y en paz. Los manuales de convivencia escolar son el fundamento constitucional y legal que el Ministerio de Educación, las Secretarías de Educación departamentales y municipales y las instituciones educativas contemplan para establecer reglas de juego en la convivencia escolar. 8

10 3. PROYECTO COMPETENCIAS CIUDADANAS EJE TRANSFORMADOR Y CONSTRUCTOR DE SOCIEDAD Enfoque pedagógico de competencias ciudadanas para el Manual de Convivencia Escolar. La actualización de los Manuales de Convivencia debe entenderse como un proceso pedagógico que no se quede en la simple actualización de un texto, es decir, es importante tanto el proceso como el producto. Por esa razón siempre es necesario volver sobre la pregunta fundacional: Para qué hacemos lo que hacemos? En este caso, para qué tenemos un Manual de Convivencia Escolar? y eso qué aporta a la formación de los estudiantes? En este apartado se brindan algunos elementos pedagógicos de las Competencias Ciudadanas para abordar esa cuestión, de manera que no se pierda el sentido teleológico y político del quehacer formativo. Por supuesto que este sentido no puede ser impuesto externamente y le corresponde a los actores educativos retomar críticamente estos aportes, es decir, contextualizarlos a las realidades situadas de las instituciones. Dos propósitos fundamentales que se deben tener en cuenta para la actualización de los manuales de convivencia (esquema 1) son: 1. Construir comunidades democráticas: Trabajar para la promoción de ambientes educativos democráticos y pacíficos, en la que se viva una ética del cuidado de sí mismo, que reconoce la responsabilidad social e individual en la formación ciudadana. 2. Reconocimiento del territorio: Formar sujetos con pertenencia ciudadana al territorio de Itagüí, con valoración y respeto de los vínculos sociales, 9

11 buscando que los ciudadanos se vinculen a la construcción de proyectos colectivos y participativos. A continuación se desarrollan de manera un poco más amplia estos dos propósitos formativos de las competencias ciudadanas en Itagüí: Esquema 1: Propósito de las competencias ciudadanas en Itagüí. 1. Construir comunidades democráticas. Vivir en sociedad exige la construcción de culturas políticas con normas mínimas de convivencia que deben ser comprendidas y respetadas por quienes hacen parte de esa sociedad. La combinación de diversos factores tales como el debilitamiento de los agentes socializadores primarios y su reemplazo por los medios masivos de comunicación, la globalización, el reconocimiento de la pluralidad étnica y la diversidad cultural, el mundo globalizado, entre otros; han 10

12 implicado una relativización de normas y valores. Esto a su vez trae como consecuencia un cierto desdibujamiento de los puntos de cohesión de los individuos, que obstaculiza la definición de metas comunes y acciones orientadas hacia esas metas y por lo tanto, se ve afectada la convivencia entre las personas. La cultura ciudadana es fundamental dentro de la construcción de comunidad con ética del cuidado, es decir, una comunidad que asuma su responsabilidad del cuidado de sí y el cuidado de otros. Una comunidad es una colectividad o conjunto de personas que se relacionan entre sí porque comparten algo en común, por ejemplo intereses, necesidades, costumbres, valores, historia, un lugar, pero que a la vez difieren en múltiples aspectos. Esta comunidad debe contar con la participación activa de sus miembros que son quienes la construyen en su cotidianidad, así como también regularse mediante la construcción de normas y acuerdos que sean legítimos tanto desde el punto de vista legal, como cultural y moral. De esta forma los ciudadanos regulan el comportamiento propio y de la comunidad logrando una convivencia armónica. En el contexto colombiano, que ha pretendido pasar de una democracia representativa a una democracia participativa, se espera que la comunidad de ciudadanos no se limiten a recibir jurídicamente un estatus sino que ejerzan su rol como miembro activo de la comunidad con el fin de lograr un balance entre el propio desarrollo y el bienestar del grupo. La construcción de comunidades democráticas implica identificarse y comprometerse con aquello a lo que se pertenece asumiendo colectivamente, la responsabilidad que este vínculo implica. Esto supone, en el caso del Manual de Convivencia Escolar, una actitud consciente de cuidado y compromiso con los demás, ejerciendo una participación activa en su desarrollo y construcción constante. 11

13 Es también un proceso de responsabilidad social, que implica el libre y activo compromiso de las personas y organizaciones con la construcción de una sociedad inclusiva, democrática, sostenible y solidaria. Se trata de la inversión personal en el bienestar de todos y del planeta; del desarrollo de una actitud colectiva de interés y compromiso hacia las personas que hacen parte de la comunidad y frente a los problemas de interés público, así como la consideración ética de principios de justicia y cuidado en las acciones colectivas que buscan el bienestar de la comunidad y sus miembros. Además requiere del ejercicio activo de la ciudadanía, esto es, de tomar parte en la generación de acciones grupales encaminadas al beneficio de la comunidad. Esta forma de concebir la responsabilidad social supone por parte del individuo o de la comunidad, el reconocimiento de su pertinencia e inclusión en una red social más compleja y de los deberes y derechos que ésta relación supone. Cuando decimos que se debe tener una ética del cuidado, estamos diciendo que los individuos construyen un vínculo con los otros, caracterizado por la preocupación y el interés por el bienestar de los demás. Esta preocupación e interés llevan al individuo a cuidar a los demás, a actuar en pro del bienestar de los demás y, sobre todo, a desarrollar las competencias emocionales y cognitivas requeridas para ello. La construcción de ambientes educativos democráticos está basada entonces en una preocupación e interés auténtico por las personas que hacen parte de una comunidad, en el compromiso emocional que con ellas se tiene y en las acciones en pro de su bienestar. Es una preocupación por el cuidado e interés por el bienestar de uno mismo y se extiende a los otros cercanos, que hacen parte de lo que Noddings (1992) llama el círculo interno, en el que se encuentra la familia y los amigos, hasta llegar a los extraños y los otros distantes. 12

14 El cuidado abarca también a los animales, las plantas, el planeta, el mundo de las cosas hechas por los humanos, e inclusive de las ideas. Entonces, la responsabilidad social implica la construcción de un vínculo caracterizado por el cuidado no sólo de las personas que hacen parte de la comunidad a la que se pertenece, sino también de la comunidad misma, sus lugares, su patrimonio social, cultural, histórico y natural. El fomento de comunidades democráticas desde la ética del cuidado y la responsabilidad social supone el desarrollo de unas competencias ciudadanas determinadas, que según el enfoque del MEN, se ubican en el grupo de participación y responsabilidad democrática e incluyen tanto conocimientos como competencias de los diferentes tipos señalados por el MEN. Entre estas están: De conocimiento, como los diferentes mecanismos de participación relacionados con instancias que pueden incidir en el afrontamiento de problemas de la comunidad; Cognitivas, como el análisis crítico de los problemas de la institución, del barrio o la ciudad y los intereses de los diferentes actores involucrados; Emocionales, como la capacidad de experimentar emociones coherentes con el sufrimiento de las personas de la comunidad (empatía); Comunicativas, como la capacidad de comunicar ideas de manera asertiva frente a diversos estamentos que tienen injerencia en problemas de la comunidad, y Competencias integradoras, como el diseño y participación en proyectos de servicio comunitario. 2. Reconocimiento del territorio Reconocer el territorio es hablar de la pertenencia de las personas, se hace referencia al hecho de ser parte y tener algún tipo de relación con alguien, grupos o instituciones que están en un territorio. Es importante entender que la pertenencia ciudadana es el vínculo -cognitivo y afectivo- que una persona 13

15 establece con el entorno y la ciudad tanto en relación con los espacios físicos como con las comunidades que allí habitan, vínculo que debe caracterizarse por ser consciente, crítico, incluyente, participativo y responsable frente a estos espacios y comunidades. Desde una perspectiva externa, se puede ser parte de un grupo, entre otras razones, por asignación de un derecho, por azar, por voluntad o porque se paga por ello. Pero lo que aquí interesa es la perspectiva del sujeto que pertenece, su vivencia personal del vínculo que va construyendo a partir de la interacción con sitios, personas y grupos, de una historia de vida compartida sobre la cual reflexiona. Aunque la pertenencia ciudadana puede tener diferentes grados de conciencia para la personas, el Manual de Convivencia Escolar debe promover la reflexión consciente de lo que él significa con el fin de movilizar sentimientos, percepciones e ideas que puedan conducir a un ejercicio activo de la ciudadanía. Es por esto que se resalta la idea de que la pertenencia implica un fuerte componente afectivo y está compuesta además por percepciones, valoraciones, disposiciones y acciones de quienes integran un colectivo al cual pertenecen. De esta manera, el desarrollo de esta pertenencia es consistente con el fortalecimiento de las competencias ciudadanas en tanto supone el fomento de diferentes tipos de habilidades (cognitivas, emocionales, comunicativas e integradoras) para que los sujetos ejerzan su ciudadanía por medio de acciones que a su vez reflejen una alta pertenencia, es decir, interés, compromiso y respeto por el espacio físico y la comunidad que lo habita. En las acciones del Manual de Convivencia Escolar, se debe hacer claridad que la pertenencia ciudadana es el resultado de un fuerte vínculo -cognitivo y afectivocon el objeto al que se pertenece, en este caso, con el entorno: Institución educativa, Municipio de Itagüí. 14

16 La satisfacción de necesidades es un componente primordial en la construcción y fortalecimiento de este vínculo y requiere de una relación de doble vía en la que, por un lado, los espacios y las estructuras sociales de la institución, el barrio y el municipio sirven a los individuos y a los grupos para satisfacer necesidades tales como la construcción de su propia identidad, la asociación, la recreación, el uso del tiempo libre, la seguridad, etcétera; y por otro lado, los individuos se comprometen con el cuidado de los espacios y las demás personas que los habitan. Un ciudadano puede pertenecer a muy diversos grupos o comunidades a la vez; el vínculo implica tener conciencia de ocupar un lugar dentro de una estructura de significados socialmente construidos lo cual contribuye a la cohesión del grupo y a la necesidad de pertenecer de cada uno de sus miembros. A continuación se desarrolla con mayor detalle cada una de estas ideas. El reconocimiento del territorio también es fortalecimiento de la identidad, que se entiende como la forma en que una persona se percibe a sí misma, es decir, la representación mental que tiene de sus rasgos, capacidades, creencias y demás características personales que lo hacen un ser único, a partir de diferentes referentes sociales y culturales. Así, la identidad es proceso que se extiende a través de todo el ciclo del desarrollo humano, tiene un fuerte componente social y puede aplicarse no sólo a los individuos sino también a las dinámicas de los grupos sociales y los espacios urbanos. La identidad se construye en un proceso de identificación y diferenciación a lo largo de la vida a partir de la interacción con otros. El desarrollo de la identidad sobre referentes de entorno y ciudad debe además estar enmarcado en el respeto a las diferentes identidades que en estos espacios se encuentran. En este sentido, las competencias ciudadanas que se pretenden fomentar a partir del trabajo sobre este eje, tienen que ver no sólo con la construcción de identidad frente a los referentes mencionados, sino también con el 15

17 desarrollo de las competencias ciudadanas necesarias para que esta identidad se sustente en la tolerancia y el respeto por las diferencias. Dichas competencias incluyen la valoración de la diversidad, la identificación y cuestionamiento de prejuicios tanto propios como ajenos, así como el cuestionamiento y la acción en contra de la exclusión. El reconocimiento del territorio, incluye la pertenencia ciudadana y la identidad, supone el trabajo sobre las competencias relacionadas con el grupo de identidad, pluralidad y respeto por las diferencias, según el enfoque del Ministerio de Educación Nacional. En este grupo se incluyen conocimientos, por ejemplo qué es un prejuicio o qué es exclusión; competencias cognitivas como el análisis crítico de los prejuicios o las similitudes y diferencias intra e inter grupales; competencias emocionales, como el orgullo por pertenecer a una comunidad determinada o la indignación frente a acciones de exclusión; competencias comunicativas, como el diálogo y la discusión constructiva con personas diversas; e integradoras, como por ejemplo la realización de acciones concretas en contra de la exclusión. 16

18 4. GUÍA PARA LA REVISIÓN Y RESIGNIFICACIÓN DE LOS MANUALES DE CONVIVENCIA ESCOLAR 4.1. Referente Normativo La construcción del Manual de Convivencia ha tenido varias etapas de desarrollo, todo en estrecha relación con los cambios en las leyes y normas, que demanda de forma constante la actualización de contenidos, la asimilación de nuevos procesos y la institucionalización de prácticas en pro del bienestar de la comunidad educativa. Las normatividades bajo las cuales se realizan cambios y transformaciones dentro de las instituciones educativas en especial con los Manuales de Convivencia es la siguiente: Los aspectos constitucionales y legales de los Manuales se encuentran directamente en la Constitución Política de Colombia de 1991, específicamente en lo relativo con Derechos Fundamentales y Humanos; y en el Artículo 29, que se refiere al debido proceso, el cual enuncia la preexistencia de normativa escrita, las garantías legales y constitucionales, el juez o tribunal imparcial y competente y las garantías procesales. El debido proceso es una garantía con rango constitucional que permite a todo individuo asegurar sus derechos en los procesos jurídicos, administrativos y disciplinarios que se adelanten contra él, tiene carácter de principio universal, se entiende que surge en contraposición del absolutismo, el autoritarismo y la arbitrariedad que el mundo sufre a través de la historia. Ley 115 de 1994 denominada Ley de la Educación, plantea que en las instituciones educativas debe existir un Proyecto Educativo Institucional - PEI - el cual recoge las formas organizacionales e institucionales, propias de cada institución, entre ellas el Manual de Convivencia Escolar en donde se plasman las reglas de juego de la normativa constitucional, legal, social y cultural pretendiendo 17

19 con ellas, la reflexión acción en la formación de ciudadanos que interactúen en la construcción permanente de la sociedad, la política y la democracia, la participación y la convivencia, la tolerancia, el respeto por el otro, y la capacidad de actuar con autonomía. En el Decreto Reglamentario 1860 de 1994 en su Artículo 17 se enuncian los requisitos mínimos para la elaboración de un Manual de Convivencia Escolar. La competencia en la aplicación del debido proceso en los establecimientos escolares le corresponde al rector o rectora, esto se encuentra señalado en el Artículo 25 del Decreto 1860 de La aplicación del debido proceso en el Manual de Convivencia Escolar de un establecimiento educativo comienza culturalmente por entender que la escuela debe tener como presupuestos fundamentales el aspecto pedagógico, la intencionalidad y el sentido del proceso y la sanción disciplinaria es corregir, mejorar, reformar, orientar, facilitar la convivencia en el mundo escolar, quiere decir ello, que en lo posible debe desmontarse en la escuela la figura de la judicialización puesto que la escuela desarrolla procesos pedagógicos de formación y construcción de ciudadanos con autonomía portadores de derechos y deberes. Los conductos regulares establecidos pueden variar de acuerdo con las instancias que sean creadas, acordadas y consensuadas en la institución educativa sobre la elaboración del Manual. La aplicación del debido proceso toca lo académico, es importante que un Manual de Convivencia Escolar establezca la metodología de seguimiento, evaluación y promoción académica, dicho procedimiento debe ser claro. 18

20 El debido proceso académico debe incluir la elaboración de un plan de nivelación, profundización y recuperación, la existencia de unas recomendaciones generales para la comunidad educativa, un compromiso entre las partes y el procedimiento de reclamación ante el consejo académico del establecimiento educativo. (Consultar Sentencia de la Corte Constitucional Tutela-435/02), Decreto 1290/2009. Las funciones del personero estudiantil, se encuentran reseñadas en el Decreto 1860 de 1994, en el Artículo 28; la representación estudiantil ante el Consejo Directivo, en el Artículo 93 de la Ley 115 de 1994; los mecanismos de representación y la participación de los estudiantes en los establecimientos educativos privados se regirán por lo dispuesto en el Artículo 142. Deberán incluirse dentro de los Manuales de Convivencia los siguientes elementos del Decreto 1290 de 2009, por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media: Artículo No. 5 definición de la escala valorativa de cada establecimiento educativo en concordancia con la escala nacional, Artículo 12, 13,14 y 15, sobre deberes y derechos de padres y estudiantes, Artículo No. 4, numeral 10: Instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre evaluación y promoción; y el Artículo No. 18: Requisitos para obtener el título de bachiller. En la Ley de infancia y adolescencia o ley 1098 del 2006, el Artículo 2º señala como objeto: Establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las leyes, así como su restablecimiento. Dicha garantía y protección será obligación de la familia, la sociedad y el Estado. 19

21 Los Artículos comprendidos entre el 17 y el 37 de la Ley 1098 de 2006, describen los derechos que deben garantizarse a todos los niños, niñas y adolescentes; el cumplimiento de estos derechos deben ser una preocupación constante de los instituciones educativas. En la misma Ley 1098 de 2006, aparecen tres tipos de obligaciones para los establecimientos educativos, ellas son: Obligaciones especiales (Artículo 42), obligaciones éticas (Artículo 43) y obligaciones complementarias (Artículo 44). La Ley de infancia y adolescencia de forma expresa y clara prohíbe a los educadores y rectores de los establecimientos educativos, sanciones crueles, humillantes o degradantes (Artículo 45). Debe recordarse que estos, son ante todo pedagogos y que el sentido del Manual debe ser orientar, corregir, estimular y direccionar los comportamientos académicos y de convivencia de sus alumnos, para el logro de una convivencia democrática en la escuela. La perspectiva punitiva de corte autoritaria de los modelos tradicionales debe abolirse, de allí el énfasis en un manual de convivencia para lo escolar y la formación ciudadana. La Ley 1620 y su Decreto reglamentario 1965 de 2013, crean el Sistema Nacional de Convivencia y señala nuevos lineamientos para la actualización de los Manuales de Convivencia con el objetivo de fortalecer la convivencia escolar, la formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Fallos de la Corte Constitucional. Garantías y Derechos Fundamentales: La Corte Constitucional dicta la sentencia C-386 de 1994, donde se señalan los alcances y fundamentos de los reglamentos educativos. La orientación constitucional debe ser observada, garantizada y cumplida por la comunidad educativa, de cara a los principios de la función pública. 20

22 Las siguientes son sentencias de Corte Constitucional, que deben ser tenidas en cuenta en la actualización del Manual: Sentencia Unificadora-641 y Sentencia Unificadora-642, ambas de noviembre 5 de Tutela 345/08, Tutela 351/08, Tutela 1233/03, Tutela 578/08, Tutela 1591/00, Tutela 360/08, Tutela 767/05, Tutela 272/01, Tutela 239/00, Tutela 839/07, y Tutela 348/07. También sirve de complemento para la garantía de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, los tratados o Convenciones ratificadas por Colombia ellos son: Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño. Declaración de los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General el 20 de noviembre de 1959, y reconocida en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (en particular, en el artículo 241). Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (en particular, en el artículo 102). Los estatutos e instrumentos pertinentes de los organismos especializados y de las organizaciones internacionales que se interesan en el bienestar del niño Referentes Técnicos de los Manuales de Convivencia Los elementos que deben contener los Manuales de Convivencia Escolar, respetando las singularidades de cada una de las instituciones educativas, quienes, además, tienen autonomía para consignar aspectos referidos a la orientación, formación y competencias en sus comunidades educativas, son los siguientes: 21

23 Misión y visión de la institución educativa. Principios constitucionales, legales, éticos, culturales y sociales. Enfoques pedagógicos. Objetivos del Manual de Convivencia Escolar. Derechos, deberes y garantías de la comunidad educativa. Normativa de convivencia. Disposiciones institucionales. Gobierno escolar con sus respectivos procesos y procedimientos para la elección, funciones y reglamento. Reglas de higiene personal y de salud pública que preserven el bienestar de la comunidad educativa, la conservación individual de la salud y la prevención frente al consumo de sustancias psicotrópicas. Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo, tales como equipos, instalaciones e implementos. Pautas de presentación personal que preserven a los alumnos de la discriminación por razones de apariencia. Definición de sanciones disciplinarias aplicables a los alumnos, incluyendo el derecho a la defensa. Calidades y condiciones de los servicios de alimentación, transporte, recreación dirigida y demás conexos con el servicio de educación que ofrezca la institución a los alumnos. Funcionamiento y operación de los medios de comunicación internos del establecimiento, tales como periódicos, revistas o emisiones radiales que sirvan de instrumentos efectivos al libre pensamiento y a la libre expresión. Uso general de libros, uniformes, seguros de vida y salud. Reglas para uso de la biblioteca escolar. Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar. Normas de conducta de alumnos y profesores que garanticen el mutuo respeto. 22

24 Debido proceso: Definición de las instancias, procedimientos y mecanismos para la defensa, conciliación, apelación y reposición, para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad. Deben incluir instancias de diálogo y de conciliación. Además de estos elementos enunciados y que son conocidos por la comunidad educativa en los Manuales de Convivencia, se anexan las nuevas disposiciones que la Ley 1620 de 2013 y su Decreto reglamentario describen para el desarrollo del Sistema de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. Ambos definen pautas necesarias para que el Sistema logre alcanzar los objetivos sobre el fortalecimiento del clima escolar, a través de la intervención adecuada en cada una de las situaciones que atentan contra la comunidad educativa. De esta manera se hace necesario poner en conocimiento de todos los actores que conforman la comunidad educativa, unas definiciones que sirven para identificar ciertas acciones que se presentan y que vulneran la convivencia escolar. Al respecto, el Artículo 39 del Decreto Reglamentario 1965 de 2013, define los siguientes términos: Conflictos, conflictos manejados inadecuadamente, agresión escolar (física, verbal, gestual, relacional, electrónica), acoso escolar (bullying), ciberacoso escolar (ciberbullying), violencia sexual, vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. 23

25 Estas definiciones muestran la diversidad de situaciones que se pueden generar en un contexto específico, lo cual demanda que los actores responsables de velar por la convivencia escolar tengan las herramientas necesarias para una toma de decisión acertada, en donde no se vulnere el debido proceso y mucho menos los derechos de aquellas personas involucradas en algunas acciones que inciden de forma negativa en el clima escolar. Es así que el Decreto 1965 de 2013, hace una clasificación de situaciones en el Artículo 40 y el cual se relaciona a continuación. Clasificación de situaciones que afectan la convivencia escolar: Situaciones Acciones Conflictos Tipo I Patrón de comportamiento manejados Los efectos están relacionados con el inadecuadamente, clima escolar y en ningún caso genera situaciones daños en el cuerpo o la salud. esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar. Que se presenten de manera repetida o sistemática. Agresión escolar acoso Tipo II Que causen daños al cuerpo o la salud escolar sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los (bullying) involucrados. ciberacoso (ciberbullying) Las acciones que atentan contra el clima escolar en la situación Tipo II, no pueden tener características de un delito. Acciones relacionadas con presuntos Tipo III Agresión escolar delitos en contra de la libertad, integridad y formación sexual. 24

26 Cada una de las situaciones debe tener descrito dentro del Manual de Convivencia unos protocolos (Artículo 41 Decreto 1965), que fijen los procedimientos necesarios para asistir oportunamente a la comunidad educativa frente a situaciones que afectan la convivencia escolar. De forma general los protocolos deben tener unos aspectos mínimos en su diseño, los cuales se resumen en: 1. Iniciación, recepción y radicación de las quejas. 2. Mecanismos para garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad. 3. Mecanismos para la protección de quien informe la ocurrencia de situaciones. 4. Estrategias y alternativas de solución. 5. Consecuencias aplicables y medidas adoptadas (cumpliendo las normas y leyes). 6. Seguimiento de los casos y de las medidas adoptadas. 7. Directorio de datos actualizados de entidades y personas responsables de ciertas acciones, y funciones necesarias para la intervención de situaciones acontecidas que vulneran a la comunidad educativa. Las situaciones con su respectiva tipología, demandan desde el Decreto Reglamentario 1965 de 2013, un protocolo particular, de esta forma dentro del manual de convivencia se deben describir los pasos a seguir en cada una de las situaciones. Protocolo para la atención de situaciones Tipo I: Artículo 42. Protocolo para la atención de situaciones Tipo II: Artículo 43. Protocolo para la atención de situaciones Tipo III: Artículo

27 5. COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR Las instituciones educativas y centros educativos públicos y privados, deberán conformar el Comité Escolar de Convivencia, este será el encargado de apoyar la promoción, prevención, atención y seguimiento de la Convivencia Escolar. El Comité Escolar debe ser conformado antes del 11 de marzo de año 2014 y a su vez elaborar su reglamento de funcionamiento, este reglamento debe hacer parte del Manual de Convivencia de cada una de las instituciones educativas. Las sesiones del comité se realizarán mínimo cada dos veces, de las cuales siempre se realizará un acta la cual tendrá como especificaciones las disposiciones que hace referencia el Artículo 10 del Decreto 1965 de Funciones del Comité de Convivencia Escolar Liderar el ajuste de los manuales de convivencia conforme con lo establecido en el artículo 21 de la ley 1620 de Promover políticas institucionales que favorezcan el bienestar individual y colectivo, que puedan ser desarrolladas en el marco del Proyecto Educativo Institucional -PEI-. Acciones del Liderar el desarrollo de iniciativas de formación de la componente de comunidad educativa en temáticas tales como promoción derechos humanos, sexuales y reproductivo. Fortalecer la proyectos pedagógicos implementación de y evaluación educación para de la sexualidad y construcción de ciudadanía desde preescolar. Articular el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de proyectos para el desarrollo de competencias ciudadanas orientados a fortalecer un 26

28 clima escolar. Generar mecanismos y herramientas para que el desarrollo de competencias ciudadanas y formación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos se lleve a cabo. Identificación de riesgos de ocurrencia de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar. Acciones componente Fortalecimiento de las acciones que contribuyan a la de prevención mitigación de las situaciones que afectan la convivencia escolar. Diseño de protocolos para la atención oportuna e integral de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar. Asistir a los miembros de la comunidad frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el Acciones componente atención de ejercicio de los derechos humanos, mediante la implementación y aplicación de los protocolos internos y activación cuando sea necesario de los protocolos de atención. Acciones componente seguimiento Registro y seguimiento de las situaciones de tipo II y III a de través del Sistema Convivencia Escolar. 27 de Información unificado de

29 6. MOMENTOS DEL PROCESO DE REVISIÓN, RESIGNIFICACIÓN Y DESARROLLO DE LOS MANUALES DE CONVIVENCIA a) Reflexión, conocimiento: Quiénes deben participar?, cómo contarles qué es un manual y cuál va a ser su participación?, con qué frecuencia se van a reunir? b) Construcción: Qué es un manual?, para qué se elabora?, quiénes participan?, cómo se construye?, fundamentación conceptual y contenido del manual. c) Implementación: Cuáles son las fundamentaciones legales y conceptuales que lo orientan?, cómo se modifica? d) Evaluación: Cada cuánto se revisa?, qué aspectos están débiles?, cómo fortalecerlos? e) Control y vigilancia: Cuándo entra en vigencia?, cómo adquiere legitimidad?, qué pasa si no se cumple con lo que dice el manual? 28

30

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