EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA BACHILLERATO

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1 D O C U M E N T O M A R C O P L A N D E E M P R E N D I M I E N T O E D U C A T I V O D E C A N T A B R I A E M P R E N D E R, C R E A R, I N N O V A R EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA BACHILLERATO

2 D O C U M E N T O M A R C O P L A N D E E M P R E N D I M I E N T O E D U C A T I V O D E C A N T A B R I A E M P R E N D E R, C R E A R, I N N O V A R EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA BACHILLERATO Autoría y maquetación: Alberto José Hontañón Talledo Logotipo del Plan de Emprendimiento: José Miguel Saiz Gómez Edita: Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria 2015, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria 2

3 P R E S E N T A C I Ó N El alumnado es el centro y la razón de ser de la educación. El aprendizaje en la escuela debe ir dirigido a formar personas autónomas, críticas, con pensamiento propio. Todos los alumnos y alumnas tienen un sueño, todas las personas jóvenes tienen talento. Nuestras personas y sus talentos son lo más valioso que tenemos como país. Preámbulo de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE del 10 de diciembre de 2013). 3

4 P R E S E N T A C I Ó N El Plan de Emprendimiento Educativo de Cantabria: Emprender, Crear, Innovar nace con la intención de recoger la esencia y la filosofía de las múltiples y variadas actuaciones desarrolladas en el ámbito del emprendimiento educativo por parte de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria durante la presente legislatura, sirviendo como referente para el fomento del espíritu emprendedor en los centros educativos de nuestra región, y como herramienta para contribuir al logro del desarrollo integral de nuestro alumnado. En particular, en lo referido a las características vinculadas con el desarrollo de la iniciativa emprendedora, como son la capacidad creativa, las habilidades de liderazgo, el desarrollo de la autonomía, la motivación y el esfuerzo, las estrategias de comunicación, de negociación, de toma de decisiones y de planificación, el trabajo en equipo, la convivencia y la ejecución de proyectos de toda índole. Pretendemos que a través de este documento marco los docentes de nuestra región potencien en los centros el desarrollo de la competencia clave de Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor; una competencia que el alumnado debe desarrollar y adquirir de forma transversal, a través del trabajo en todas las áreas y materias del currículo, y en todas las etapas educativas. Para ello, resulta necesario que los centros educativos fomenten aquellas estrategias didácticas que posibiliten al alumnado la puesta en práctica de sus ideas y de proyectos de toda índole, y en las que se garantice la plena participación de la comunidad educativa. Por último, este documento recoge el catálogo de actuaciones desarrolladas en esta materia por parte de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, a las que les invitamos a participar en función del contexto, la idiosincrasia y las necesidades e intereses de cada centro. Miguel Ángel Serna Oliveira Consejero de Educación, Cultura y Deporte 4

5 Í N D I C E 1. Justificación Aproximación conceptual Origen y concepto La estrategia de emprendimiento en la Unión Europea y su progresiva incorporación al currículo educativo Referencias normativas La iniciativa personal y el espíritu emprendedor en la LOE El espíritu emprendedor en la LOMCE Elementos vinculados al desarrollo del espíritu emprendedor en la Ley de Educación de Cantabria Otras referencias normativas vinculadas al desarrollo del emprendimiento En Educación Infantil En Educación Primaria En Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato Finalidad Objetivos Ámbitos de actuación Fases de desarrollo Indicadores de desempeño Catálogo de actividades Referencias Referencias bibliográficas Referencias normativas 64 5

6 1 J U S T I F I C A C I Ó N 6

7 1. J U S T I F I C A C I Ó N 1.1. A p r o x i m a c i ó n c o n c e p t u a l Origen y concepto El término emprendimiento tiene sus orígenes, según las investigaciones de Vérin (1982), entre finales del siglo XVII y principios del XVIII. Deriva, de forma concreta, de un concepto acuñado por el francés Richard Cantillon en el siglo XVIII (entrepreneur) en el texto Essai Sur la Nature du Commerce en Général. En su origen, el término se relacionó con el ánimo de quien emprende una conquista, resaltando las cualidades de arrojo y valentía que el propio término conlleva. Ser emprendedor, para del Campo y Martínez (2004), implica la configuración de una serie de rasgos psicológicos, atributos, actitudes y valores individuales que motivan a aventurarse o tomar una iniciativa ( ). Para Hisrich (1988, 1990), en Campo y Martínez (2004), el perfil de emprendedor es alguien que tiene iniciativa y creatividad al pensar, que es capaz de organizar, de dar soluciones, y que acepta el riesgo y el fracaso. Así, el desarrollo de la iniciativa emprendedora se configura como uno de los principales impulsores de la innovación, la competitividad y el desarrollo económico y social (Carree y Thurik, 2003; van Stel et al., 2005; Wennekers y Thurik, 1999; y Wennekers et al., 2005, entre otros, en Alemany, 2011). A su vez, emprender supone, según Martínez (2009), un ejercicio de madurez, responsabilidad y autogobierno que se muestra mediante un alto grado de autonomía del alumnado. Actualmente, no existe en la literatura pedagógica ninguna definición comúnmente aceptada de iniciativa emprendedora aplicada al ámbito educativo, si bien podemos partir de la definición del concepto emprender que la Real Academia Española plasma en su Diccionario de la lengua española (2012): Acometer y comenzar una obra, un negocio, un empeño, especialmente si encierran dificultad o peligro. ( ). Tomar el camino con resolución de llegar a un punto. 7

8 La estrategia de emprendimiento en la Unión Europea y su progresiva incorporación al currículo educativo Para la OCDE (1998), en Callejón y Castany (2008), los emprendedores son agentes del cambio y del crecimiento ( ) y pueden actuar para acelerar la generación, difusión y aplicación de ideas innovadoras. Por su parte, la Comisión de las Comunidades Europeas define la iniciativa emprendedora en el Libro Verde del Espíritu empresarial en Europa (2003), como una forma de pensar o una mentalidad que incluye la motivación y la capacidad del individuo, bien sea de forma independiente o dentro de una organización, para identificar una oportunidad y luchar por ella, y así producir nuevo valor económico y/o social. La iniciativa emprendedora incluye la propensión a inducir cambios en uno mismo, la capacidad de aceptar y apoyar la innovación provocada por factores externos, de dar la bienvenida al cambio, de asumir la responsabilidad por las propias acciones (sean positivas o negativas), de terminar lo que se empieza, de saber en qué dirección se está yendo, de establecer objetivos y cumplirlos, y de tener la motivación necesaria para el éxito. Desde el comienzo de este siglo, la iniciativa emprendedora es una de las competencias básicas que deben adquirir los ciudadanos para lograr que la Unión Europea sea la economía basada en el conocimiento más competitiva y dinámica del mundo, capaz de crecer económicamente de manera sostenible con más y mejores empleos y con mayor cohesión social (Consejo Europeo de Lisboa, 2000). Así entendida, la iniciativa emprendedora debe ser una competencia que el alumnado desarrolle de forma transversal, a través del trabajo en todas las áreas y materias del currículo, y en todas las etapas educativas, procurando su adquisición progresiva entre la población escolar, como se ha hecho ya con la competencia digital o con el conocimiento de idiomas extranjeros, tan extendidos y apoyados hoy por las Administraciones públicas. De hecho, así lo establece la legislación vigente, como veremos en detalle posteriormente, situando el espíritu emprendedor entre las competencias clave que deben ser fomentadas de forma transversal en todas las etapas educativas. Para ello, se hace necesario que los centros apuesten por la utilización de aquellas estrategias didácticas que 8

9 posibiliten al alumnado el desarrollo de valores, conocimientos, habilidades y competencias, facilitando la puesta en práctica de ideas y proyectos de toda índole. En este sentido, como recoge Alcover (2012), resulta comúnmente asumido que las características personales y las habilidades de los emprendedores pueden ser desarrolladas a través de la educación. Efectivamente, la investigación sugiere que la conducta emprendedora puede ser estimulada a través de programas formales de educación (Bechard y Toulouse, 1998; Gorman, Hanlon y King, 1997). Asimismo, según la Comisión Europea (2009), la capacidad de la Unión Europea de afrontar con éxito los desafíos de la competitividad y del crecimiento depende, sobre todo, del dinamismo del espíritu emprendedor, competencia clave que debe desarrollarse desde una edad muy temprana. La iniciación de los jóvenes en el espíritu emprendedor contribuye a desarrollar su creatividad, su espíritu de iniciativa y la confianza en sí mismos cuando emprendan una actividad; además, les alienta a comportarse de una forma socialmente responsable. Por lo tanto, el espíritu emprendedor es útil en la vida cotidiana, tanto en el ámbito personal como en el social. En la misma línea, el nuevo Marco para la cooperación europea en educación y formación, aprobado por el Consejo de Ministros de la Unión Europea el 12 de mayo de 2009, estableció como objetivos estratégicos para el año 2020 los siguientes, entre los cuales se encuentra uno destinado al logro del afianzamiento de la creatividad, la innovación y el espíritu emprendedor en todos los niveles educativos y formativos: a) Hacer realidad el aprendizaje a lo largo de la vida y la movilidad. b) Mejorar la calidad y la eficiencia de la educación y la formación. c) Promover la equidad, la cohesión social y la ciudadanía activa. d) Afianzar la creatividad y la innovación, incluyendo el espíritu emprendedor, en todos los niveles de educación y formación. La Comisión Europea, además, presentó en 2010 una comunicación titulada Europa 2020: Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador en la que se señala que el crecimiento inteligente significa la consolidación del conocimiento y la innovación como impulsores de nuestro crecimiento futuro. Esto requiere mejorar la 9

10 calidad de nuestra educación, consolidar los resultados de la investigación, promover la innovación y la transferencia de conocimientos en toda la Unión, explotar al máximo las TIC y asegurarse de que las ideas innovadoras puedan convertirse en nuevos productos y servicios que generen crecimiento y empleos de calidad y que ayuden a afrontar los retos derivados de los cambios sociales en Europa y en el mundo. Pero para tener éxito, esto debe combinarse con un espíritu emprendedor, una financiación y una atención prioritaria a las necesidades de los usuarios y a las oportunidades del mercado. En definitiva, queda claro que el fomento de la iniciativa emprendedora no es una cuestión baladí, pues existe un gran consenso en su consideración como elemento clave que debe ser trabajado de forma transversal en todas las materias y en todas las etapas educativas, a fin de contribuir a la realización y desarrollo personal de los individuos, para favorecer su incorporación a la vida activa, la inclusión social, el bienestar y el pleno empleo R e f e r e n c i a s n o r m a t i v a s La iniciativa personal y el espíritu emprendedor en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación Partiendo del marco anteriormente descrito, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, establece como fines del sistema educativo, entre otros, algunos especialmente vinculados al desarrollo y adquisición del espíritu emprendedor, como el desarrollo de las capacidades de los alumnos para regular su propio aprendizaje, confiar en sus aptitudes y conocimientos, así como para desarrollar la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor; la capacitación para el ejercicio de actividades profesionales; así como la preparación para el ejercicio de la ciudadanía y para la participación activa en la vida económica, social y cultural, con actitud crítica y responsable y con capacidad de adaptación a las situaciones cambiantes de la sociedad del conocimiento. 10

11 Para cada una de las etapas educativas a las que se dirige este documento marco, en relación con aquellos contenidos que esta Consejería considera que están íntimamente vinculados al desarrollo de la iniciativa emprendedora, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, establece lo siguiente: - LOE: CAPÍTULO I. Educación infantil. Artículo 13. Objetivos: c) Adquirir progresivamente autonomía en sus actividades habituales. f) Desarrollar habilidades comunicativas en diferentes lenguajes y formas de expresión. Artículo 14. Ordenación y principios pedagógicos: 2. En ambos ciclos de la educación infantil se atenderá progresivamente al desarrollo afectivo, ( ), a las manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, a las pautas elementales de convivencia y relación social, así como al descubrimiento de las características físicas y sociales del medio en el que viven. Además se facilitará que niñas y niños elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada y adquieran autonomía personal. - LOE: CAPÍTULO II. Educación primaria. Artículo 16. Principios generales: 2. La finalidad de la Educación Primaria es facilitar a los alumnos y alumnas los aprendizajes de la expresión y comprensión oral, la lectura, la escritura, el cálculo, la adquisición de nociones básicas de la cultura, y el hábito de convivencia así como los de estudio y trabajo, el sentido artístico, la creatividad y la afectividad, con el fin de garantizar una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de la personalidad de los alumnos y alumnas y de prepararlos para cursar con aprovechamiento la Educación Secundaria Obligatoria. 11

12 Artículo 17. Objetivos de la educación primaria: b) Desarrollar hábitos de trabajo individual y de equipo, de esfuerzo y responsabilidad en el estudio, así como actitudes de confianza en sí mismo, sentido crítico, iniciativa personal, curiosidad, interés y creatividad en el aprendizaje. i) Iniciarse en la utilización, para el aprendizaje, de las tecnologías de la información y la comunicación desarrollando un espíritu crítico ante los mensajes que reciben y elaboran. j) Utilizar diferentes representaciones y expresiones artísticas e iniciarse en la construcción de propuestas visuales y audiovisuales. Artículo 18. Organización: 6. Sin perjuicio de su tratamiento específico en algunas de las áreas de la etapa, la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las Tecnologías de la Información y la Comunicación, el emprendimiento y la educación cívica y constitucional se trabajarán en todas las áreas. - LOE: CAPÍTULO III. Educación secundaria obligatoria. Artículo 22. Principios generales: 2. La finalidad de la educación secundaria obligatoria consiste en lograr que los alumnos y alumnas adquieran los elementos básicos de la cultura, especialmente en sus aspectos humanístico, artístico, científico y tecnológico; desarrollar y consolidar en ellos hábitos de estudio y de trabajo; prepararles para su incorporación a estudios posteriores y para su inserción laboral y formarles para el ejercicio de sus derechos y obligaciones en la vida como ciudadanos. 3. En la educación secundaria obligatoria se prestará especial atención a la orientación educativa y profesional del alumnado. 12

13 Artículo 23. Objetivos: b) Desarrollar y consolidar hábitos de disciplina, estudio y trabajo individual y en equipo como condición necesaria para una realización eficaz de las tareas del aprendizaje y como medio de desarrollo personal. e) Desarrollar destrezas básicas en la utilización de las fuentes de información para, con sentido crítico, adquirir nuevos conocimientos. Adquirir una preparación básica en el campo de las tecnologías, especialmente las de la información y la comunicación. g) Desarrollar el espíritu emprendedor y la confianza en sí mismo, la participación, el sentido crítico, la iniciativa personal y la capacidad para aprender a aprender, planificar, tomar decisiones y asumir responsabilidades. l) Apreciar la creación artística y comprender el lenguaje de las distintas manifestaciones artísticas, utilizando diversos medios de expresión y representación. Artículo 24. Organización del primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria: 4. Los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias del bloque de asignaturas específicas en cada uno de los cursos: c) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, un mínimo de una y, máximo de cuatro, de las siguientes materias del bloque de asignaturas específicas, que podrán ser diferentes en cada uno de los cursos: ( ) 3 º Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial. ( ) 6. Sin perjuicio de su tratamiento específico en algunas de las materias del ciclo, la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las Tecnologías de la Información y la Comunicación, el emprendimiento y la educación cívica y constitucional se trabajarán en todas las materias. 13

14 Artículo 25. Organización de cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria: 5. En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, los alumnos y alumnas deben cursar al menos dos materias de entre las siguientes materias de opción del bloque de asignaturas troncales: 1º Ciencias Aplicadas a la Actividad Profesional. 2º Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial. 3º Tecnología. Artículo 26. Principios pedagógicos: 1. Los centros ( ) arbitrarán métodos que tengan en cuenta los diferentes ritmos de aprendizaje de los alumnos, favorezcan la capacidad de aprender por sí mismos y promuevan el trabajo en equipo. 2. En esta etapa se prestará una atención especial a la adquisición y el desarrollo de las competencias básicas ( ). - LOE: CAPÍTULO IV. Bachillerato. Artículo 32. Principios generales: 1. El bachillerato tiene como finalidad proporcionar a los alumnos formación, madurez intelectual y humana, conocimientos y habilidades que les permitan desarrollar funciones sociales e incorporarse a la vida activa con responsabilidad y competencia. ( ). Artículo 33. Objetivos: b) Consolidar una madurez personal y social que les permita actuar de forma responsable y autónoma y desarrollar su espíritu crítico. ( ). g) Utilizar con solvencia y responsabilidad las tecnologías de la información y la comunicación. 14

15 h) Conocer y valorar críticamente las realidades del mundo contemporáneo, sus antecedentes históricos y los principales factores de su evolución. Participar de forma solidaria en el desarrollo y mejora de su entorno social. k) Afianzar el espíritu emprendedor con actitudes de creatividad, flexibilidad, iniciativa, trabajo en equipo, confianza en uno mismo y sentido crítico. Artículo 35. Principios pedagógicos: 1. Las actividades educativas en el bachillerato favorecerán la capacidad del alumno para aprender por sí mismo, para trabajar en equipo y para aplicar los métodos de investigación apropiados. 2. Las Administraciones educativas promoverán las medidas necesarias para que en las distintas materias se desarrollen actividades que estimulen el interés y el hábito de la lectura y la capacidad de expresarse correctamente en público El espíritu emprendedor en la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa ilustra de forma clara la filosofía de este documento marco. En este sentido, la LOMCE establece en su Preámbulo que una sociedad más abierta, global y participativa demanda nuevos perfiles de ciudadanos y trabajadores, más sofisticados y diversificados, de igual manera que exige maneras alternativas de organización y gestión en las que se primen la colaboración y el trabajo en equipo, así como propuestas capaces de asumir que la verdadera fortaleza está en la mezcla de competencias y conocimientos diversos. La educación es la clave de esta transformación mediante la formación de personas activas con autoconfianza, curiosas, emprendedoras e innovadoras, deseosas de participar en la sociedad a la que pertenecen, de crear valor individual y colectivo, capaces de asumir como propio el valor del equilibrio entre el esfuerzo y la recompensa. El sistema educativo debe posibilitar tanto el aprendizaje de cosas distintas como la enseñanza de manera diferente, para poder satisfacer a unos alumnos y alumnas, que han ido cambiando con la sociedad. Las habilidades cognitivas, siendo imprescindibles, no son suficientes; es necesario adquirir desde edades tempranas 15

16 competencias transversales, como el pensamiento crítico, la gestión de la diversidad, la creatividad o la capacidad de comunicar, y actitudes clave como la confianza individual, el entusiasmo, la constancia y la aceptación del cambio. La educación inicial es cada vez más determinante por cuanto hoy en día el proceso de aprendizaje no se termina en el sistema educativo, sino que se proyecta a lo largo de toda la vida de la persona. Necesitamos propiciar las condiciones que permitan el oportuno cambio metodológico, de forma que el alumnado sea un elemento activo en el proceso de aprendizaje. Los alumnos y alumnas actuales han cambiado radicalmente en relación con los de hace una generación. La globalización y el impacto de las nuevas tecnologías hacen que sea distinta su manera de aprender, de comunicarse, de concentrar su atención o de abordar una tarea Elementos vinculados al desarrollo del espíritu emprendedor en la Ley de Cantabria 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria En nuestro contexto más cercano, la propia Ley de Cantabria 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria, establece como uno de sus principios la formación de ciudadanos críticos y responsables que sean capaces de comprender y participar activamente en el mundo actual. Obviamente, el desarrollo y adquisición de la competencia de Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor contribuirá plenamente al logro de dicho principio. En su artículo 3, sobre las líneas prioritarias de actuación, recoge que el sistema educativo de Cantabria considera prioritarias, entre otras, la adquisición y el desarrollo de las competencias básicas con el objetivo de formar alumnos competentes, capaces de responder a demandas complejas y llevar a cabo tareas diversas de forma adecuada. Por otra parte, en línea con lo expresado en anteriores apartados, la misma Ley reconoce en su artículo 8, sobre los principios que orientan el currículo, que el currículo de las enseñanzas reguladas en la presente Ley se orientará fundamentalmente a: b) la adquisición, por parte del alumnado, de una formación integral, posibilitada por una perspectiva global e interdisciplinar de los contenidos, potenciando aprendizajes significativos y relevantes. 16

17 c) El desarrollo de procesos de aprendizaje vinculados a proyectos y trabajos de investigación y orientados a mejorar la capacidad del alumno para que pueda aprender por sí mismo, trabajar de forma cooperativa y aplicar procedimientos de búsqueda, selección y tratamiento de la información. d) El desarrollo de prácticas educativas y estrategias metodológicas que faciliten la participación de todo el alumnado y que promuevan el diálogo, el debate y la reflexión crítica. e) El uso de enfoques didácticos integrados, socioculturales, comunicativos, funcionales y prácticos, adecuados a la diversidad del alumnado. Además, el artículo 9 de la citada norma, sobre competencias básicas, establece como una de las competencias que deben adquirir y desarrollar los alumnos en la educación básica la de Autonomía e iniciativa personal, íntimamente relacionada con el desarrollo de la iniciativa emprendedora y que, tras la publicación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa ha sido sustituida por la competencia clave de Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor Otras referencias vinculadas al desarrollo del emprendimiento En Educación Infantil Real Decreto 1630/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas del segundo ciclo de Educación infantil El artículo 2, sobre los fines educativos, establece que la finalidad de la Educación infantil es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños y de las niñas. En ambos ciclos se atenderá progresivamente al desarrollo afectivo, al movimiento y los hábitos de control corporal, a las manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, especialmente el lenguaje oral, a las pautas elementales de convivencia y relación social, así como al descubrimiento de las características físicas y sociales del medio. Además se facilitará que los niños elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada y adquieran autonomía personal. 17

18 Decreto 143/2007, de 31 de octubre, por el que se establecen los contenidos educativos del primer ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Cantabria El artículo 3 del Decreto 143/2007, de 31 de octubre, por el que se establecen los contenidos educativos del primer ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Cantabria, dedicado a recoger los principios pedagógicos del ciclo, establecen que en este ciclo se atenderá progresivamente al desarrollo afectivo, al movimiento y los hábitos de control del propio cuerpo, a las manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, a las pautas elementales de convivencia y relación social, así como al descubrimiento de las características físicas y sociales del medio en el que viven los niños. Además, se facilitará que el alumnado elabore una imagen positiva y equilibrada de sí mismo y adquiera autonomía personal. En relación a los contenidos que pudieran estar más íntimamente vinculados al desarrollo del espíritu emprendedor, la citada norma establece en su artículo 5 objetivos como los que destacamos: a) Identificar los sentimientos y emociones en relación con uno mismo, con los otros y con los objetos. c) Comprender mensajes orales y corporales en contextos habituales de comunicación, y relacionarse con los demás a través de ellos, y expresar sentimientos, emociones, deseos y experiencias en situaciones comunicativas diversas. e) Desarrollar la autonomía e identidad personal a través del descubrimiento, conocimiento y control del propio cuerpo, mediante la realización de actividades cotidianas de contacto con el medio físico y social, adquiriendo, de forma progresiva las destrezas necesarias para actuar en el entorno inmediato, así como seguridad emocional y confianza en uno mismo. g) Participar, progresivamente, en los diversos grupos en los que se desenvuelve, iniciándose en el conocimiento de normas básicas y de comportamiento social, con el fin de iniciar vínculos de relación interpersonal con los demás. 18

19 h) Fomentar el desarrollo de las capacidades sensoriales y perceptivas para favorecer la curiosidad por el entorno inmediato y por los elementos que lo configuran, atribuyéndoles una significación. i) Descubrir, experimentar, interpretar y utilizar diversas formas de comunicación y representación, tales como los lenguajes musical, gestual, plástico, audiovisual y de las tecnologías de la información y la comunicación, desarrollando, de forma progresiva, actitudes de cooperación y ayuda a los demás. Decreto 79/2008, de 14 de agosto, por el que se establece el currículo del segundo ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Cantabria El artículo 3 de la norma, sobre los fines educativos, establece que la finalidad de la Educación Infantil es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños. En el segundo ciclo de la Educación Infantil se atenderá progresivamente al desarrollo afectivo, al movimiento y los hábitos de control corporal, a las manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, especialmente el lenguaje oral, a las pautas elementales de convivencia y relación social, así como al descubrimiento de las características físicas y sociales del medio. Además se facilitará que los niños elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada y adquieran autonomía personal. Además, el artículo 5, sobre los objetivos, establece que la Educación Infantil contribuirá a desarrollar en los niños las capacidades que les permitan contribuir a facilitar el desarrollo de las competencias básicas establecidas para la educación básica, entre las que se encuentra, como sabemos, la competencia clave de Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor En Educación Primaria Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria El Real Decreto establece en su artículo 2.2, que una de las competencias del currículo será la de Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor. Además, en el mismo artículo 19

20 establece que para una adquisición eficaz de las competencias y su integración efectiva en el currículo, deberán diseñarse actividades de aprendizaje integradas que permitan al alumnado avanzar hacia los resultados de aprendizaje de más de una competencia al mismo tiempo. Por su parte, el artículo 7 de la citada norma, sobre los objetivos de la Educación Primaria, establece que la etapa contribuirá a desarrollar en los niños y niñas las capacidades que les permitan : b) Desarrollar hábitos de trabajo individual y de equipo, de esfuerzo y de responsabilidad en el estudio, así como actitudes de confianza en sí mismo, sentido crítico, iniciativa personal, curiosidad, interés y creatividad en el aprendizaje, y espíritu emprendedor. Finalmente, su artículo 10, sobre los elementos transversales, establece que: 1. Sin perjuicio de su tratamiento específico en algunas de las asignaturas de cada etapa, la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las Tecnologías de la Información y la Comunicación, el emprendimiento y la educación cívica y constitucional se trabajarán en todas las asignaturas. ( ) 4. Los currículos de Educación Primaria incorporarán elementos curriculares orientados al desarrollo y afianzamiento del espíritu emprendedor. Las Administraciones educativas fomentarán las medidas para que el alumnado participe en actividades que le permita afianzar el espíritu emprendedor y la iniciativa empresarial a partir de aptitudes como la creatividad, la autonomía, la iniciativa, el trabajo en equipo, la confianza en uno mismo y el sentido crítico. Decreto 27/2014, de 5 de junio, que establece el currículo de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Cantabria El Decreto establece en su artículo 3, sobre los objetivos de la Educación Primaria, que la etapa contribuirá a desarrollar en los niños y niñas las capacidades que les permitan : 20

21 b) Desarrollar hábitos de trabajo individual y de equipo, de esfuerzo y de responsabilidad en el estudio, así como actitudes de confianza en sí mismo, sentido crítico, iniciativa personal, curiosidad, interés y creatividad en el aprendizaje, y espíritu emprendedor. En su artículo 8, la norma establece como competencia establecida para la etapa de Educación Primaria la de Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor. El mismo artículo, en su punto 5 establece que la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las tecnologías de la información y la comunicación, el emprendimiento y la educación cívica y constitucional constituyen elementos fundamentales para el desarrollo de las competencias y se trabajarán en todas las áreas. Por último, el Anexo I de la norma establece, para cada área, la vinculación con la competencia de Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor En Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria, modificado por el Real Decreto 1146/2011, de 29 de julio. En su artículo 3, sobre los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria, establece que la etapa contribuirá a desarrollar en los alumnos y las alumnas las capacidades que les permitan : b) Desarrollar y consolidar hábitos de disciplina, estudio y trabajo individual y en equipo como condición necesaria para una realización eficaz de las tareas del aprendizaje y como medio de desarrollo personal. e) Desarrollar destrezas básicas en la utilización de las fuentes de información para, con sentido crítico, adquirir nuevos conocimientos. Adquirir una preparación básica en el campo de las tecnologías, especialmente las de la información y la comunicación. 21

22 g) Desarrollar el espíritu emprendedor y la confianza en sí mismo, la participación, el sentido crítico, la iniciativa personal y la capacidad para aprender a aprender, planificar, tomar decisiones y asumir responsabilidades. En el anexo I de la norma se recoge el desarrollo de las competencias básicas, entre las que se encuentra la de Autonomía e iniciativa personal que desarrollamos a continuación por su especial vinculación con la actual competencia clave de Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor: Esta competencia se refiere, por una parte, a la adquisición de la conciencia y aplicación de un conjunto de valores y actitudes personales interrelacionadas, como la responsabilidad, la perseverancia, el conocimiento de sí mismo y la autoestima, la creatividad, la autocrítica, el control emocional, la capacidad de elegir, de calcular riesgos y de afrontar los problemas, así como la capacidad de demorar la necesidad de satisfacción inmediata, de aprender de los errores y de asumir riesgos. Por otra parte, remite a la capacidad de elegir con criterio propio, de imaginar proyectos, y de llevar adelante las acciones necesarias para desarrollar las opciones y planes personales -en el marco de proyectos individuales o colectivosresponsabilizándose de ellos, tanto en el ámbito personal, como social y laboral. Supone poder transformar las ideas en acciones; es decir, proponerse objetivos y planificar y llevar a cabo proyectos. Requiere, por tanto, poder reelaborar los planteamientos previos o elaborar nuevas ideas, buscar soluciones y llevarlas a la práctica. Además, analizar posibilidades y limitaciones, conocer las fases de desarrollo de un proyecto, planificar, tomar decisiones, actuar, evaluar lo hecho y autoevaluarse, extraer conclusiones y valorar las posibilidades de mejora. Exige, por todo ello, tener una visión estratégica de los retos y oportunidades que ayude a identificar y cumplir objetivos y a mantener la motivación para lograr el éxito en las tareas emprendidas, con una sana ambición personal, académica y profesional. Igualmente ser capaz de poner en relación la oferta académica, laboral o de ocio disponible, con las capacidades, deseos y proyectos personales. Además, comporta una actitud positiva hacia el cambio y la innovación que presupone flexibilidad de planteamientos, pudiendo comprender dichos cambios como oportunidades, adaptarse crítica y constructivamente a ellos, afrontar los problemas y encontrar soluciones en cada uno de los proyectos vitales que se emprenden. En la medida en que la autonomía e iniciativa personal involucran a menudo a otras personas, esta competencia obliga a disponer de habilidades sociales para relacionarse, cooperar y trabajar en equipo: ponerse en el lugar del otro, valorar las 22

23 ideas de los demás, dialogar y negociar, la asertividad para hacer saber adecuadamente a los demás las propias decisiones, y trabajar de forma cooperativa y flexible. Otra dimensión importante de esta competencia, muy relacionada con esta vertiente más social, está constituida por aquellas habilidades y actitudes relacionadas con el liderazgo de proyectos, que incluyen la confianza en uno mismo, la empatía, el espíritu de superación, las habilidades para el diálogo y la cooperación, la organización de tiempos y tareas, la capacidad de afirmar y defender derechos o la asunción de riesgos. En síntesis, la autonomía y la iniciativa personal suponen ser capaz de imaginar, emprender, desarrollar y evaluar acciones o proyectos individuales o colectivos con creatividad, confianza, responsabilidad y sentido crítico. En el anexo II de la cita norma se puede consultar la vinculación concreta de cada una de las materias de la etapa con las diferentes competencias básicas. Decreto 57/2007, de 10 de mayo, por el que se establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Cantabria. La norma establece en su artículo 4, sobre los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria, que la etapa contribuirá a desarrollar en los alumnos las capacidades que les permitan: b) Desarrollar y consolidar hábitos de disciplina, estudio y trabajo individual y en equipo como condición necesaria para una realización eficaz de las tareas del aprendizaje y como medio de desarrollo personal. e) Desarrollar destrezas básicas en la utilización de las fuentes de información para, con sentido crítico, adquirir nuevos conocimientos ( ). g) Desarrollar el espíritu emprendedor y la confianza en sí mismo, la participación, el sentido crítico, la iniciativa personal y la capacidad para aprender a aprender, planificar, tomar decisiones y asumir responsabilidades. En el anexo I de la norma se recoge el desarrollo de las competencias básicas, entre las que se encuentra la de Autonomía e iniciativa personal, especialmente vinculada con la actual competencia clave de Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor. 23

24 El anexo II de la cita norma, por su parte, concreta la relación de cada una de las materias de la etapa con las diferentes competencias básicas. Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas. En su artículo 3, la norma establece que el bachillerato contribuirá a desarrollar en los alumnos y las alumnas las capacidades que les permitan : k) Afianzar el espíritu emprendedor con actitudes de creatividad, flexibilidad, iniciativa, trabajo en equipo, confianza en uno mismo y sentido crítico. Decreto 74/2008, de 31 de julio, por el que se establece el currículo de Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Cantabria, modificado por Decreto 12/2013, de 4 de abril, que modifica el Decreto 74/2008, de 31 de julio, por el que se establece el currículo de Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Cantabria. En su artículo 4, la norma establece que el bachillerato contribuirá a desarrollar en los alumnos y las alumnas las capacidades que les permitan : m) Afianzar el espíritu emprendedor con actitudes de creatividad, flexibilidad, iniciativa, trabajo en equipo, confianza en uno mismo y sentido crítico. Decreto 75/2010, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria El citado Decreto señala, en su artículo 34.2, entre las competencias del departamento de Formación y Orientación Laboral, la promoción de la cultura emprendedora en el instituto, la gestión de la empleabilidad de los alumnos apoyando e impulsando entre éstos, en coordinación con otros departamentos del instituto y otras entidades, el autoempleo como posibilidad de inserción en el mercado laboral, así como informar y asesorar a emprendedores. 24

25 Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato Para su aplicación a partir de los cursos y , respectivamente, tal y como se establece en su Disposición final primera (Calendario de implantación), en que progresivamente se derogarán los Reales Decretos 1631/2006 y 1467/2007 (Disposición derogatoria única del RD 1105/2014), conviene partir de lo que establece el artículo 2.2, que establece como una de las competencias del currículo la de Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor. Establece, a su vez, que para una adquisición eficaz de las competencias y su integración efectiva en el currículo, deberán diseñarse actividades de aprendizaje integradas que permitan al alumnado avanzar hacia los resultados de aprendizaje de más de una competencia al mismo tiempo Por otra parte, el artículo 6.1 de la citada norma establece que en Educación Secundaria Obligatoria, sin perjuicio de su tratamiento específico en algunas de las materias de cada etapa, ( ) el emprendimiento y la educación cívica y constitucional se trabajarán en todas las materias. El artículo 6.3, a su vez, establece que los currículos de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato incorporarán elementos curriculares orientados al desarrollo y afianzamiento del espíritu emprendedor, a la adquisición de competencias para la creación y desarrollo de los diversos modelos de empresas y al fomento de la igualdad de oportunidades y del respeto al emprendedor y al empresario, así como a la ética empresarial. Las Administraciones educativas fomentarán las medidas para que el alumnado participe en actividades que le permita afianzar el espíritu emprendedor y la iniciativa empresarial a partir de aptitudes como la creatividad, la autonomía, la iniciativa, el trabajo en equipo, la confianza en uno mismo y el sentido crítico. 25

26 2 F I N A L I D A D 26

27 2. F I N A L I D A D Por todo lo descrito anteriormente, la finalidad del Plan de Emprendimiento Educativo de Cantabria: Emprender, Crear, Innovar es doble: a) Contribuir a la consecución de los Objetivos Educativos Europeos para el año 2020, en concreto al afianzamiento de la creatividad y la innovación, incluyendo el espíritu emprendedor, en todos los niveles de educación y formación. b) Establecer un marco de actuación que facilite la incorporación de la competencia de Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor a la cultura escolar de los centros, concretada en la incorporación de dicho elemento transversal en el Proyecto educativo y documentos programáticos de centro, y en las actividades habituales que se desarrollan en el aula, con la colaboración y participación del conjunto de la comunidad educativa y de la propia Administración educativa. 27

28 3 O B J E T I V O S 28

29 3. O B J E T I V O S O b j e t i v o g e n e r a l El objetivo general, y por tanto principal, del Plan de Emprendimiento Educativo de Cantabria: Emprender, Crear, Innovar es la contribución al desarrollo y la adquisición de la competencia de Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor por parte del alumnado escolarizado en Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, en el sistema educativo de Cantabria. O b j e t i v o s e s p e c í f i c o s Para poder lograr la consecución del mencionado objetivo general se proponen los siguientes objetivos específicos que el Plan de Emprendimiento Educativo de Cantabria: Emprender, Crear, Innovar pretende lograr: 1. Difundir el catálogo de actuaciones de emprendimiento, que se incluye en el presente documento, entre los centros sostenidos con fondos públicos de la región, que impartan sus enseñanzas en Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, favoreciendo su participación. 2. Facilitar la puesta en marcha de proyectos innovadores vinculados al fomento de la competencia de Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor en los centros educativos de la región, y la difusión de los mismos entre los diferentes miembros de la comunidad educativa. 3. Favorecer el liderazgo de los miembros de los equipos directivos y el desarrollo del desempeño profesional del profesorado de los centros de la región, como facilitadores de la adquisición de la competencia clave de Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor, dotándoles de los recursos necesarios y de estrategias didácticas innovadoras a través de su participación en las actividades de formación permanente que a tal efecto organice la Consejería de Educación, Cultura y Deporte. 29

30 4. Posibilitar la recogida de información acerca del desarrollo y adquisición de la competencia de Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor en los centros educativos de nuestra región, con el fin de facilitar la toma de decisiones de mejora pertinentes. 5. Propiciar la reflexión del profesorado sobre alternativas metodológicas y estrategias didácticas que favorezcan la adquisición de las competencias, en especial de la competencia de Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor, posibilitando con ello la innovación educativa y la mejora de la calidad de la educación. 6. Establecer las bases para la creación progresiva de una Red de Centros Emprendedores que reciban, en su caso, una especial orientación, asesoramiento, recursos y formación, que favorezca la difusión de buenas prácticas de fomento de la competencia de Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor. 30

31 4 Á M B I T O S D E A C T U A C I Ó N 31

32 4. Á M B I T O S D E A C T U A C I Ó N Se proponen, en función de las cuestiones que hemos ido recogiendo a lo largo del presente documento, los siguientes ámbitos de actuación para el desarrollo de la competencia de Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor que los centros, en función de su contexto, sus necesidades e intereses y su idiosincrasia, podrán desarrollar con la autonomía que les concede la legislación vigente (Art. 15 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; Art. 120 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; Arts. 124 y 128 de la Ley de Cantabria 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria): - Ámbito de desarrollo de la creatividad. - Ámbito de desarrollo de las habilidades de liderazgo. - Ámbito de desarrollo de la autonomía. - Ámbito de desarrollo de la motivación y el esfuerzo. - Ámbito de desarrollo de las estrategias de comunicación, negociación, toma de decisiones y planificación. - Ámbito de desarrollo del trabajo en equipo y la convivencia. - Ámbito de desarrollo de la ejecución de proyectos, la investigación y la innovación. Sin lugar a dudas, en línea con el hilo conductor del presente documento marco, el fomento, impulso y desarrollo de estos ámbitos de actuación contribuirá significativamente al desarrollo y la adquisición en nuestro alumnado de la competencia de Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor, que es lo que pretende este trabajo. Por ello, recomendamos especialmente el fomento y puesta en marcha de diferentes tipos de estrategias, como las que siguen: - Impulsar la programación, realización y evaluación de actividades, que mediante diferentes tipos de agrupamientos, fomenten el desarrollo de la creatividad, las habilidades de liderazgo, la autonomía, la motivación y el esfuerzo, las estrategias de comunicación, negociación, toma de decisiones y planificación, el trabajo en equipo y la convivencia, la ejecución de proyectos y la investigación e innovación en todos los 32

33 ámbitos de la vida escolar, y su incorporación a los documentos programáticos del centro. - Innovar y explorar nuevas metodologías y estrategias didácticas que favorezcan el desarrollo de la creatividad, las habilidades de liderazgo, la autonomía, la motivación y el esfuerzo, las estrategias de comunicación, negociación, toma de decisiones y planificación, el trabajo en equipo y la convivencia, la ejecución de proyectos y la investigación e innovación en todos los ámbitos de la vida escolar, mediante la utilización de enfoques integrados, socioculturales, comunicativos, funcionales y prácticos, adecuados a la diversidad del alumnado. - Fomentar la colaboración de los diferentes agentes de la comunidad educativa en la programación general de la enseñanza y favorecer la adopción de acuerdos para el desarrollo de la creatividad, las habilidades de liderazgo, la autonomía, la motivación y el esfuerzo, las estrategias de comunicación, negociación, toma de decisiones y planificación, el trabajo en equipo y la convivencia, la ejecución de proyectos y la investigación e innovación en todos los ámbitos de la vida escolar, familiar y social. - Potenciar la formación docente para el desarrollo de la creatividad, las habilidades de liderazgo, la autonomía, la motivación y el esfuerzo, las estrategias de comunicación, negociación, toma de decisiones y planificación, el trabajo en equipo y la convivencia, la ejecución de proyectos y la investigación e innovación en todos los ámbitos de la vida escolar, mediante la organización en los centros de grupos de trabajo y/o seminarios de formación, entre otros. - Facilitar la creación de sinergias y potenciar la colaboración con entidades culturales y sociales del entorno que favorezcan el desarrollo de la creatividad, las habilidades de liderazgo, la autonomía, la motivación y el esfuerzo, las estrategias de comunicación, negociación, toma de decisiones y planificación, el trabajo en equipo y la convivencia, la ejecución de proyectos y la investigación e innovación en actividades complementarias y/o extraescolares que se desarrollen dentro o fuera del centro. 33

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