Evolución del proyecto de ley de Carrera Docente a lo largo de su tramitación legislativa
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- Ángeles Belmonte Piñeiro
- hace 7 años
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1 Evolución del proyecto de ley de Carrera Docente a lo largo de su tramitación legislativa Proyecto de ley original Aprobado en Cámara de Diputados Formación Inicial Docente Aprobado Senado Acreditación: - Sólo universidades acreditadas podrán impartir carreras de pedagogía, siempre que las carreras y programas estén también acreditadas. - La Universidad deberá aplicar una prueba diagnóstica de la formación en pedagogía. Acreditación: - Sólo Universidades acreditadas por la CNA podrán impartir carreras de pedagogía. Se deben acreditar además las carreras y programas. - Se incluyen seis nuevos criterios para la acreditación de carreras de educación. - Se deberá aplicar una prueba diagnóstica (de carácter formativo) al inicio de la carrera y otra durante los doce meses que anteceden al año de egreso. Se agregan las siguientes condiciones: - Prueba inicial de la carrera será de carácter formativa, la universidad deberá tomar las acciones remediales para alumnos con bajo resultado. - Prueba final también será de carácter formativo y obligatorio para el alumno (no podrá titularse si no la da). Su resultado incidirá en la acreditación de la carrera. 1
2 Requisitos alternativos para el ingreso a pedagogías: a) Haber obtenido 550 puntos PSU o más (promedio lenguaje-matemáticas); b) Ranking de notas superior o igual al 30%; o c) Haber realizado un programa de preparación y acceso de estudiantes de enseñanza media. Requisitos alternativos para el ingreso a pedagogías: a) Sobre 550 puntos en PSU o más (promedio lenguaje-matemáticas); b) Ranking de notas superior o igual al 10%; c) Ranking superior o igual 30% y 550 puntos PSU o más (promedio lenguaje-matemáticas); d) Haber realizado programa de preparación y acceso estudiantes de enseñanza media para continuar estudios en pedagogía; o e) Haber sido seleccionado por mecanismo que mida conocimientos y habilidades alternativas y haber obtenido 550 puntos PSU o más (promedio lenguaje-matemáticas). Requisitos alternativos para el ingreso a pedagogías: a) Percentil 70 o superior en PSU (promedio lenguajematemáticas: + o 550 ptos*) b) Ranking de notas al 10% o superior. c) Ranking de notas al 30% o superior y percentil 50 o superior en PSU (promedio lenguaje- matemáticas: + o 500 ptos*) d) PACE para pedagogía, deberá estar en el 15% de ranking de notas y rendir PSU. Se eliminan sistemas alternativos de selección de universidades. Aumenta el valor de la Bonificación de Reconocimiento Profesional (BRP). El monto máximo de BRP sería de $ mensual por título y $ mensual por mención, para 30 o más horas de contrato (o proporcional en caso de ser menos de 30 horas). Se establece una Asignación por Tramo de Desarrollo Profesional (ATDP) en base al tramo en que se encuentre el profesional y sus bienios. El monto máximo de la asignación (para 44 horas y 15 bienios) es: - Inicial: $ Temprano: $ Avanzado: $ Experto: $ Se establece una Asignación de Reconocimiento por Docencia en Establecimientos de Alta Concentración de Alumnos Prioritarios (Asignación de vulnerabilidad) BRP se mantiene igual. Remuneraciones La ATDP fue modificada, descomponiéndose en 3 componentes: 1. Componente de Experiencia: se aplica sobre RBM y equivale a un 3,38% por los primeros 2 años y 3,33% por cada 2 años adicionales. 2. Componente Progresión: depende del tramo en que se encuentra el docente y los bienios de experiencia 3. Componente fijo: suma complementaria para los tramos Avanzado ($90.000), Experto I ($ ) y Experto II ($ ). Asignación de vulnerabilidad: Se modifica y corresponde ahora a un monto fijo máximo de $ (para un contrato de 44 horas semanales) más un monto equivalente al 20% de la ATDP. 2 BRP título disminuye a $ (Bajó $4.529). La ATDP no sufre cambios en sus tres componentes. Se elimina la Asignación de Experiencia (3,33% por cada bienio sobre la renta básica mínima nacional) para el sector particular subvencionado. Esto se justificó para dar margen financiero a sostenedores y respetar negociaciones colectivas. Asignación de vulnerabilidad: En esta materia se mantiene la asignación que proponía el proyecto de ley que ingresó al Senado (asignación para los docentes iniciales cercana a los 43 mil pesos más el 20% de la ATDP que aumenta en la medida que estos docentes avanzan en la carrera). Se sumó al beneficio un monto adicional de $ (por un contrato de 44 horas cronológicas) para los docentes que se desempeñen en establecimientos con un 80% o más de alumnos
3 correspondiente al 40% de la ATDP. prioritarios y que estén ubicados en los tramos Avanzado, Experto I y Experto II. Para docentes que se desempeñen entre 45% y 60%, se mantiene la asignación del 10% del ATDP. Inducción La inducción es voluntaria y durará hasta 10 meses dentro de un año. El CPEIP administra sistema de cupos y los asigna en base a ciertos criterios. Se establece como requisito para acceder a la inducción tener un contrato con jornada semanal de mínimo 15 horas y máximo 38 horas. Se consagra la inducción como un derecho, pero sigue siendo voluntaria. Se mantiene la duración de 10 meses, y se agrega que ésta puede realizarse dentro de los primeros dos años. También se incorpora que los planes de inducción podrán establecerse en conjunto con los directores. Se mantienen cupos para inducción, que serán administrados por el CPEIP, y se elimina el mínimo de 15 horas pero se mantienen el máximo de 38 horas. Los establecimientos educacionales que sean considerados de Desempeño Alto podrán implementar y administrar sus propios Procesos de Inducción. Podrán solicitar autorización para implementar sus propios planes de inducción aquellos establecimientos educacionales considerados de Desempeño Medio. Para los otros establecimientos, CPEIP designará los mentores, quienes según necesidades de la escuela, implementarán la inducción. Inducción tomará un mínimo de 4 y un máximo de 6 horas semanales e implicará asistir a actividades que convoque el CPEIP relacionadas con inducción. Universalidad de la carrera docente La carrera docente regirá para todos los docentes que ejerzan en establecimientos con fondos públicos, cuando la ley esté en régimen. El ingreso a la carrera docente para el sector municipal será el año 2018; para el particular subvencionado será voluntario entre los años 2018 y 2025, y obligatorio a partir de 2025 para este sector. Los educadores de párvulo que ejerzan en colegios, ingresarán de acuerdo al régimen del colegio. Los que se desempeñan en establecimiento de la Fundación Integra y VTF, podrán ingresar desde el año 2018, con cupos, siendo obligatorio desde el año Para los educadores de JUNJI se compromete dictar una norma Se mantienen los plazos de ingreso para de los distintos establecimientos. Adicionalmente, en los artículos transitorios se comprometió la redacción de un estatuto especial para los asistentes de la educación en un plazo de 2 años después de la promulgación de la ley. 3 Aumento de remuneraciones mediante ingreso a la carrera desde el 2017 para los municipales, ingreso de particulares subvencionados es gradual a partir del 2017 hasta el 2025 de manera voluntaria. Docentes del particular subvencionado podrán evaluarse el primer año luego del ingreso de su establecimiento a la carrera. Se elimina la Asignación de Excelencia Profesional (que permitía poder evaluarse antes del ingreso a la carrera). Para los establecimientos de educación de párvulos, se elimina el requisito de contar con el reconocimiento oficial para poder ingresar a la carrera cuando le
4 un año después de la entrada en vigencia de la ley de carrera docente, luego que se adecuen los elementos de la carrera docente a la realidad institucional de JUNJI. corresponda en el proceso de transición (hasta antes del 2025). Para los educadores de párvulos, se establece la prórroga del contrato durante enero y febrero para aquellos que no contaban con esta protección. Estructura de la Carrera La carrera profesional se compone de 5 tramos, los primeros 3 obligatorios (Inicial, Temprano y Avanzado) y 2 voluntarios (Superior y Experto). El ingreso a la carrera está supeditado a un proceso de certificación (evaluación a través de portafolio y prueba de conocimientos). Se mantienen los tramos, con un cambio de nombre (Superior ahora se llama Experto I). Se elimina la condición de evaluación para ingresar a la carrera docente, bastando sólo el título profesional. El plazo mínimo para alcanzar el último tramo de la carrera es de 10 años El plazo mínimo para alcanzar el último tramo de la carrera es de 6 años Es causal de salida no alcanzar el tramo Avanzado para docentes que ingresan el 2025 a la carrera teniendo 14 años para lograrlo. El plazo mínimo para alcanzar el último tramo de la carrera es de 14 años. Sistema de evaluación para la carrera docente El Centro administrará el sistema de certificación de competencias pedagógicas y conocimientos disciplinarios para cumplir con los estándares de desarrollo profesional. Los instrumentos para evaluar esto son: -Prueba escrita de conocimientos disciplinarios; y -Portafolio profesional de competencias pedagógicas. Cambia el nombre de certificación a Sistema de Reconocimiento y Promoción del Desarrollo Profesional Docente. Los medios de evaluación son: - Un instrumento de evaluación de conocimientos específicos y pedagógicos, atingentes a la disciplina y nivel que imparte: y - Un portafolio profesional de competencias pedagógicas, que además considerará el contexto y evidencias de sus mejores prácticas, incluyendo el perfeccionamiento que sea pertinente a su ejercicio profesional. Antes de marzo del 2020 CPEIP debe hacer una 4 Los docentes que acceden a los tramos Experto I y II deberán tener un área de expertise. Los instrumentos de evaluación serán creados por CPEIP y la Agencia de la Calidad, siendo aprobados por el Consejo Nacional de Educación. CPEIP será en el encargado de evaluar el portafolio y la Agencia de la Calidad la prueba de conocimientos disciplinarios. En 6 años se deberá evaluar el sistema de evaluación del CPEIP a través de un organismo internacional, cuyo resultado será entregado y analizado por la Agencia de la Calidad.
5 adecuación del portafolio de evaluación para modalidades especiales. Y el 2017 adecuará los instrumentos del reconocimiento profesional para docentes de especialidad técnico-profesional (TP). Además, los profesores con buenos resultados en los instrumentos de evaluación podrán no rendirlos en los procesos siguientes. Por último, se sube el estándar para alcanzar el tramo óptimo de la carrera docente (tramo Avanzado), cambiando la disposición que permitía que aun con los resultados más bajos en un instrumento, los docentes pudiesen alcanzar el tramo Avanzado si es que en el otro instrumento alcanzaban el máximo resultado. Horas lectivas y no lectivas En el proyecto original se aumenta la proporción de horas no lectivas (HNL) de un 25% a un 35%, para el año 2018, luego de un aumento gradual. Se mantiene el aumento de la proporción de HNL (35%), y los docentes que ejerzan en establecimientos con una concentración igual o mayor a un 80% de alumnos prioritarios, entre 1 y 4 básico, alcanzarán la proporción 60/40 de horas lectivas y no lectivas. Además, se establece un aumento gradual para alcanzar la proporción 60/40 para todas las escuelas con fondos públicos, pero esto sólo si se cumplen una serie de condiciones macroeconómicas en los próximos años. El 40% de las HNL se deben destinar a la preparación de clases, evaluación de aprendizajes y atención de alumnos y apoderados. El resto del tiempo se destinará a labores propias del quehacer docente, lo cual se determinará en conjunto con el Consejo de Profesores. La Superintendencia de Educación fiscalizará el cumplimiento del uso de las horas no lectivas. Se resguarda el uso del 40% de las horas no lectivas para uso pedagógico: planificación y evaluación de clases. Se deja al consejo de profesores como un ente consultivo sobre el uso de horas no lectivas. Aumento de horas no lectivas a partir de 2017 para todos los docentes de establecimientos municipales, particulares subvencionados y de administración delegada. 5
6 Derecho a la formación para el desarrollo profesional Tal como está regulado hoy, se consagra el "derecho a la formación para el desarrollo profesional". El CPEIP colaborará en el desarrollo de los profesionales de la educación, ejecutando, programas, cursos, actividades de formación y otorgando becas. El CPEIP certificará los programas que impartan las distintas instituciones y tendrá un sistema de seguimiento de éstos. Dentro de los criterios para asignar cupos a quienes postulen a estos cursos y actividades de formación se considera el aporte que puede realizar el establecimiento patrocinador o el mismo postulante. Se asegura no sólo el derecho, sino también una formación "gratuita y pertinente", agregando que los profesionales son responsables de su avance en el desarrollo profesional. El CPEIP colaborará ejecutando programas y cursos gratuitos (sin considerar postgrados). Los cursos impartidos por parte del CPEIP deberán provenir de instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, sin fines de lucro. Se establece un apoyo especial a los docentes en los primeros 4 años de ejercicio y/o que no han logrado pasar al tramo temprano en su primer proceso de reconocimiento. Se elimina el criterio para postular a programas y becas de formación que beneficiaba al docente que contaba con un aporte monetario suyo o del sostenedor. Se instaura una formación en servicio local que fomente el trabajo colaborativo y la retroalimentación pedagógica en y entre comunidades escolares, buscando generar apoyo y la mejora constante de los profesores. Bono de Retiro Aunque no estaba considerado en el proyecto original, en la discusión en la Cámara de Diputados algunos parlamentarios incorporaron un bono de incentivo al retiro para profesores en edad de jubilar. Si bien se rechazó en la votación respectiva, el MINEDUC comprometió extender el actual bono de retiro hasta el año 2018, a través de otra ley específica. Se compromete que antes del 21 de mayo, el Ejecutivo ingresará al Congreso un proyecto de ley que extenderá el bono de incentivo al retiro para profesores, que beneficiará a unos 20 mil profesionales en un período de 8 años. 6
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