LA NÓMINA Y SUS EFECTOS FISCALES PARA 2014
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- Aurora Velázquez Rojo
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2 LA NÓMINA Y SUS EFECTOS FISCALES PARA 2014 C.P.C. y P.C.FI. José Martín Aguayo Solano Audit Tax Advisory
3 Deducible el 53% de los gastos que representen ingresos exentos de los trabajadores EL 47% cuando prestaciones que sean ingresos exentos disminuyan respecto de las del ejercicio anterior Entre otros: Previsión Social Cajas y fondos de ahorro Pagos por separación Aguinaldo Horas extras Prima vacacional y dominical PTU??? Deducciones INGRESOS EXENTOS PARA TRABAJADORES (ARTÍCULO 28 FR. XXX) Bajo el principio de Simetría Fiscal Disposición aplicable a PM Título III? Se deberá pagar ISR por la parte ND? Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 2
4 NO deducibles las cuotas de seguridad social de los trabajadores pagadas por los patrones LISR vigente a partir del 1 de enero de 2014 Cuotas Obreras al IMSS Artículo 28. Para los efectos de este Título, no serán deducibles: Deducciones I. Los pagos por impuesto sobre la renta a cargo del propio contribuyente o de terceros ni los de contribuciones en la parte subsidiada o que originalmente correspondan a terceros, conforme a las disposiciones relativas, excepto tratándose de aportaciones pagadas al Instituto Mexicano del Seguro Social a cargo de los patrones, incluidas las previstas en la Ley del Seguro de Desempleo. LISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2013 Artículo 32. Para los efectos de este Título, no serán deducibles: I. Los pagos por impuesto sobre la renta a cargo del propio contribuyente o de terceros ni los de contribuciones en la parte subsidiada o que originalmente correspondan a terceros, conforme a las disposiciones relativas, excepto tratándose de aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social. Tampoco serán deducibles los pagos del impuesto empresarial a tasa única ni del impuesto a los depósitos en efectivo, a cargo del contribuyente. Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 3
5 Deducciones PROCEDIMIENTO PARA CUANTIFICAR LA PROPORCIÓN DE LOS INGRESOS EXENTOS RESPECTO DEL TOTAL DE LAS REMUNERACIONES ( Regla RMF I ) DETERMINACIÓN DE COCIENTE, FRACCIÓN I: REMUNERACIONES Y PRESTACIONES EXENTAS DEL EJERCICIO TOTALES REMUNERACIONES Y PRESTACIONES PAGADAS POR EL CONTRIBUYENTE A SUS TRABAJADORES EN EL EJERCICIO $ 3,000 $ 10, Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 4
6 Deducciones PROCEDIMIENTO PARA CUANTIFICAR LA PROPORCIÓN DE LOS INGRESOS EXENTOS RESPECTO DEL TOTAL DE LAS REMUNERACIONES ( Regla RMF I ) DETERMINACIÓN DE COCIENTE, FRACCIÓN II: REMUNERACIONES Y PRESTACIONES EXENTAS DEL EJERCICIO ANTERIOR TOTALES REMUNERACIONES Y PRESTACIONES PAGADAS POR EL CONTRIBUYENTE A SUS TRABAJADORES EN EL EJERCICIO ANTERIOR $ 4,000 $ 10, Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 5
7 Deducciones PROCEDIMIENTO PARA CUANTIFICAR LA PROPORCIÓN DE LOS INGRESOS EXENTOS RESPECTO DEL TOTAL DE LAS REMUNERACIONES ( Regla RMF I ) DETERMINACIÓN DE DISMINUCIÓN DE PRESTACIONES III: COCIENTE DETERMINADO EN FRACCION I: 0.3 < COCIENTE DETERMINADO EN FRACCION II: 0.4 Cuando el cociente determinado conforme a la fracción I de esta regla sea menor que el cociente que resulte conforme a la fracción II, se entenderá que hubo disminución de las prestaciones otorgadas por el contribuyente a favor de los trabajadores. En el ejemplo sí hay disminución de prestaciones Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 6
8 Para determinar los cocientes señalados, se considerarán, entre otros, las siguientes erogaciones: 1. Sueldos y salarios. 2. Rayas y jornales. 3. Gratificaciones y aguinaldo. 4. Indemnizaciones. 5. Prima de vacaciones. 6. Prima dominical. 7. Premios por puntualidad o asistencia. 8. Participación de los trabajadores en las utilidades. 9. Seguro de vida. 10. Reembolso de gastos médicos, dentales y hospitalarios. Deducciones PROCEDIMIENTO PARA CUANTIFICAR LA PROPORCIÓN DE LOS INGRESOS EXENTOS RESPECTO DEL TOTAL DE LAS REMUNERACIONES ( Regla RMF I ) CONTINÚA Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 7
9 Para determinar los cocientes señalados, se considerarán, entre otros, las siguientes erogaciones: 11. Previsión social. 12. Seguro de gastos médicos. 13. Fondo y cajas de ahorro. 14. Vales para despensa, restaurante, gasolina y para ropa. 15. Ayuda de transporte. 16. Cuotas sindicales pagadas por el patrón. 17. Fondo de pensiones, aportaciones del patrón. 18. Prima de antigüedad (aportaciones). 19. Gastos por fiesta de fin de año y otros. 20. Subsidios por incapacidad. Deducciones PROCEDIMIENTO PARA CUANTIFICAR LA PROPORCIÓN DE LOS INGRESOS EXENTOS RESPECTO DEL TOTAL DE LAS REMUNERACIONES ( Regla RMF I ) CONTINÚA Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 8
10 Deducciones PROCEDIMIENTO PARA CUANTIFICAR LA PROPORCIÓN DE LOS INGRESOS EXENTOS RESPECTO DEL TOTAL DE LAS REMUNERACIONES ( Regla RMF I ) Para determinar los cocientes señalados, se considerarán, entre otros, las siguientes erogaciones: 21. Becas para trabajadores y/o sus hijos. 22. Ayuda de renta, artículos escolares y dotación de anteojos. 23. Ayuda a los trabajadores para gastos de funeral. 24. Intereses subsidiados en créditos al personal. 25. Horas extras. 26. Jubilaciones, pensiones y haberes de retiro. 27. Contribuciones a cargo del trabajador pagadas por el patrón. Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 9
11 Deducciones FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES (ARTÍCULO 25 FR. X) Aportaciones para la creación o incremento de las reservas destinadas a fondos de pensiones o jubilaciones del personal, complementarias a las que establece la Ley del SS Deducibles en un 53% del monto de la aportación Deducibles en un 47% cuando las prestaciones otorgadas al los trabajadores que sean ingresos exentos disminuyan respecto de las otorgadas en el ejercicio fiscal inmediato anterior Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 10
12 VALES DE DESPENSA (Artículo 27 Fr. XI ) Deducciones Se condiciona la deducibilidad de vales de despensa a que sean pagados a través de monederos electrónicos autorizados por el SAT Concepto de vales de Despensa (Regla I ) Se entenderá por vale de despensa, aquél que independientemente del nombre que se le designe, se proporcione a través de monedero electrónico y permita a los trabajadores que los reciban, adquirir canastillas de alimentos en términos de la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores. Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 11
13 Requisitos de los vales electrónicos a) Consistir en un dispositivo en forma de tarjeta plástica que cuente con una banda magnética o algún otro mecanismo tecnológico que permita identificarla en las terminales de los establecimientos afiliados a la red del emisor de la tarjeta b) Especificar expresamente que se trata de un vale para despensas c) Indicar de manera visible el nombre o la razón social de la empresa emisora de la tarjeta, y d) Utilizarse únicamente para la adquisición de despensas Deducciones VALES ELECTRÓNICOS (Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores) Artículo 11 fracción II Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 12
14 VALES DE DESPENSA (Artículo 27 Fr. XI ) Deducciones Prórroga Deducibilidad de vales de despensa Regla I Aún cuando no se hayan entregado mediante monederos electrónicos Por el periodo 1 de enero a 30 de junio 2014 Siempre que se canjeen en un plazo no mayor de 30 días posteriores a su entrega. Y se cumplan con los demás requisitos de deducibilidad Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 13
15 VALES DE DESPENSA (Artículo 27 Fr. XI ) Deducciones Características de monederos electrónicos de vales de despensa (Regla I ) Se entenderá como monedero electrónico de vale de despensa: Cualquier dispositivo tecnológico que se encuentre asociado a un sistema de pagos, que proporcione, por lo menos, los servicios de liquidación y compensación de los pagos que se realicen entre los patrones contratantes de los monederos electrónicos, los trabajadores beneficiarios de los mismos, los emisores autorizados de los monederos electrónicos y los enajenantes de despensas. Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 14
16 Características de monederos electrónicos de vales de despensa (Regla I ) Los emisores de monederos electrónicos de vales de despensa Podrán determinar libremente las características físicas de los monederos Siempre y cuando se especifique que se trata de un monedero electrónico utilizado en la adquisición de despensas. Los monederos electrónicos de vales de despensa Deberán estar limitados a la adquisición de despensas Dentro del territorio nacional, y No podrán utilizarse: Para disponer de efectivo VALES DE DESPENSA (Artículo 27 Fr. XI ) Intercambiarse por títulos de crédito, ó Para obtener bienes distintos a despensas. Deducciones Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 15
17 REQUISITOS de la DOCUMENTACIÓN (ARTÍCULO 27 FR. III) Amparadas con un comprobante fiscal Deducciones Pagos cuyo monto exceda a $ 2, Transferencia electrónica, desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente Cheque nominativo de la cuenta del contribuyente con clave del RFC y para abono en cuenta del beneficiario Tarjeta de Crédito, debito, servicios o monedero electrónico Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 16
18 REQUISITOS de la DOCUMENTACIÓN (ARTÍCULO 27 FR. III) Se elimina la posibilidad de pagar sueldos y salarios a través de efectivo Deducciones Por Montos superiores a $2, LFT: Los sueldos y salarios deberán pagarse con moneda de curso legal. Podrá realizarse por otros medios (depósito, transferencia, etc.) siempre condicionado al consentimiento del trabajador (ART. 101 LFT) Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 17
19 Deducciones FORMAS DE PAGO DE DEDUCCIONES (Fracción III Artículo 27) Regla PERMANECE DEDUCCIÓN DE SALARIOS EN EFECTIVO REQUISITOS: Cumplir todas las obligaciones en materia de sueldos y salarios Se expida CFDI por concepto de nómina. Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 18
20 Deducciones Consten en comprobantes fiscales conforme CFF Erogaciones por concepto de remuneración Las retenciones correspondientes Se cumplan con las siguientes obligaciones Efectuar retenciones Calcular el impuesto anual SUELDOS Y SALARIOS (ARTÍCULO 27 FR. V) Expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban los pagos en la fecha en que se realice la erogación correspondiente Solicitar datos para inscripción en RFC Subsidio al empleo e inscripción en IMSS Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 19
21 Audit Tax Advisory Expedición de CFDI por concepto de nómina (Regla I RMF) Los CFDI que se emitan por las remuneraciones que se efectúen por concepto de salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, deberán cumplir con el complemento que el SAT publique en su página de Internet. Entrega del CFDI por concepto nómina (Regla I RMF) Deducciones Los contribuyentes entregarán o enviarán a sus trabajadores el formato electrónico XML de las remuneraciones cubiertas. Podrán entregar una representación impresa del CFDI de las remuneraciones cubiertas a sus trabajadores Y deberá contener al menos los siguientes datos: El folio fiscal. El RFC del empleador. El RFC de empleado. Los contribuyentes podrán optar por lo establecido en la regla hasta el 30 de junio de 2014 (Artículo Cuadragésimo Transitorio RMF). 2013, Gossler, SC 20
22 Expedición de CFDI por concepto de nómina (Artículo Cuadragésimo Cuarto Transitorio RMF) Las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado hubieran obtenido para efectos del ISR, ingresos acumulables iguales o inferiores a $500, Podrán continuar expidiendo hasta el 31 de marzo de 2014, comprobantes fiscales en forma impresa o CFD, siempre que el 1 abril de 2014 migren al esquema de CFDI Las PF que opten por esta facilidad: Deducciones No estarán obligados a expedir CFDI por nominas ni por retenciones efectuadas por el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de marzo de 2014 Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 21
23 Deducciones Expedición de CFDI por concepto de nómina (Artículo Cuadragésimo Quinto Transitorio RMF) Las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado hubieran obtenido para efectos del ISR, ingresos acumulables superiores a $500,000.00, así como las personas morales podrán optar por diferir la expedición de CFDI por concepto de sueldos y salarios, así como por las retenciones de contribuciones que efectúen durante el período comprendido del 1 de enero de 2014 al 31 de marzo del mismo año: Aplicara siempre que el 1 de abril de 2014 hayan migrado totalmente al esquema de CFDI y emitido todos los CFDI de cada uno de los pagos o de las retenciones efectuadas por las que hayan tomado la opción de diferimiento señalada. La opción prevista en esta regla, se ejercerá a través de la presentación de un caso de aclaración en la página de Internet del SAT, en la opción Mi portal. Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 22
24 Deducciones Momento de deducibilidad del CFDI de las remuneraciones cubiertas a los trabajadores (Regla I ) Se considera que los contribuyentes que expidan CFDI por las remuneraciones que cubran a sus trabajadores, tendrán por cumplidos los requisitos de deducibilidad para efectos fiscales al momento que se realice el pago de dichas remuneraciones, con independencia de la fecha en que se haya emitido el CFDI Emisión de comprobantes y constancias de retenciones de contribuciones a través de CFDI (Regla I ) Las constancias de retenciones se emitirán mediante el complemento que el SAT publique al efecto en su página de Internet. Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 23
25 OBLIGACIONES DE LOS PATRONES Artículo 99 LISR. Quienes hagan pagos por concepto de sueldos y salarios, tendrán las siguientes obligaciones: III. Expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo, en la fecha en que se realice la erogación correspondiente, los cuales podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación laboral a que se refieren los artículos 132 fracciones VII y VIII, y 804, primer párrafo, fracciones II y IV, de la Ley Federal de Trabajo. Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 24
26 OBLIGACIONES DE LOS PATRONES LEY FEDERAL DEL TRABAJO Obligaciones de los Patrones Artículo 132. Son obligaciones de los patrones: VII. Expedir cada quince días, a solicitud de los trabajadores, una constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibido; VIII. Expedir al trabajador que lo solicite o se separe de la empresa, dentro del término de tres días, una constancia escrita relativa a sus servicios; De las documentales Artículo 804. El patrón tiene obligación de conservar y exhibir en juicio los documentos que a continuación se precisan: II. Listas de raya o nómina de personal, cuando se lleven en el centro de trabajo; o recibos de pagos de salarios; IV. Comprobantes de pago de participación de utilidades, de vacaciones y de aguinaldos, así como las primas a que se refiere esta Ley, y pagos, aportaciones y cuotas de seguridad social; y Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 25
27 Liga en página del SAT COMPLEMENTO DE NÓMINA s/comprobantes_fiscales/66_22071.html Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 26
28 COMPLEMENTO DE NÓMINA 2. Datos que debe incluir el CFDI de nómina Atributos requeridos: Registro Patronal Numero Empleado CURP Numero Seguridad Social Fecha Pago Fecha Inicial Pago Numero Días Pagados Fecha Inicio Relación Laboral Antigüedad Puesto Periodicidad Pago Salario Base Cotización Aportaciones Salario Diario Integrado Tipo Régimen Tipo Contrato Tipo Jornada Riesgo Puesto Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 27
29 COMPLEMENTO DE NÓMINA Atributos opcionales: -Departamento -CLABE -Banco -Elemento: Percepciones Atributos requeridos: -Total Gravado -Total Exento -Concepto -Importe Gravado -Importe Exento -Tipo Percepción -Clave Elemento o grupo: Deducción Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 28
30 COMPLEMENTO DE NÓMINA Atributos requeridos Concepto Importe Gravado Importe Exento Tipo Deducción Clave Elemento: Incapacidad Atributos requeridos Días Incapacidad Descuento Tipo Incapacidad Elemento: Horas extras Atributos requeridos Tipo Horas Horas Extra Importe Pagado Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 29
31 COMPLEMENTO DE NÓMINA 4. Atributo: Tipo Percepción Clave Descripción 001 Sueldos, Salarios Rayas y Jornales 002 Gratificación Anual (Aguinaldo) 003 Participación de los Trabajadores en las Utilidades PTU 004 Reembolso de Gastos Médicos Dentales y Hospitalarios 005 Fondo de Ahorro 006 Caja de ahorro 009 Contribuciones a Cargo del Trabajador Pagadas por el Patrón 010 Premios por puntualidad 011 Prima de Seguro de vida 012 Seguro de Gastos Médicos Mayores 013 Cuotas Sindicales Pagadas por el Patrón 014 Subsidios por incapacidad 015 Becas para trabajadores y/o hijos Continua Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 30
32 COMPLEMENTO DE NÓMINA 4. Atributo: Tipo Percepción Clave Descripción 016 Otros 017 Subsidio para el empleo 019 Horas extra 020 Prima dominical 021 Prima vacacional 022 Prima por antigüedad 023 Pagos por separación 024 Seguro de retiro 025 Indemnizaciones 026 Reembolso por funeral 027 Cuotas de seguridad social pagadas por el patrón 028 Comisiones 029 Vales de despensa 030 Vales de restaurante Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC Continua 31
33 COMPLEMENTO DE NÓMINA 4. Atributo: Tipo Percepción Clave Descripción 031 Vales de gasolina 032 Vales de ropa 033 Ayuda para renta 034 Ayuda para artículos escolares 035 Ayuda para anteojos 036 Ayuda para transporte 037 Ayuda para gastos de funeral 038 Otros ingresos por salarios 039 Jubilaciones, pensiones o haberes de retiro Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 32
34 COMPLEMENTO DE NÓMINA 5. Atributo: Tipo Deducción Clave Descripción Comentario 001 Seguridad social 002 ISR 003 Aportaciones a retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. 004 Otros 005 Aportaciones a Fondo de vivienda 006 Descuento por incapacidad Sumatoria de los valores de los atributos Descuento del nodo Incapacidad 007 Pensión alimenticia 008 Renta 009 Préstamos provenientes del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores 010 Pago por crédito de vivienda Continua Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 33
35 COMPLEMENTO DE NÓMINA 5. Atributo: Tipo Deducción Clave Descripción Comentario 011 Pago de abonos INFONACOT 012 Anticipo de salarios 013 Pagos hechos con exceso al trabajador 014 Errores 015 Pérdidas 016 Averías 017 Adquisición de artículos producidos por la empresa o establecimiento 018 Cuotas para la constitución y fomento de sociedades cooperativas y de cajas de ahorro 019 Cuotas sindicales 020 Ausencia (Ausentismo) 021 Cuotas obrero patronales Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 34
36 NUEVOS RECIBOS DE NÓMINA? Imagen de un recibo de nómina tradicional: Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 35
37 NUEVOS RECIBOS DE NÓMINA? Representación impresa del recibo de nómina digital Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 36
38 Inscripción de Trabajadores al RFC A través de la página de internet del SAT CFDI NÓMINA Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 37
39 Inscripción de Trabajadores al RFC A través de la página de internet del SAT CFDI NÓMINA Las personas que vayan a entrar a trabajar como asalariados Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 38
40 Inscripción de Trabajadores al RFC A través de la página de internet del SAT CFDI NÓMINA Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 39
41 Inscripción de Trabajadores al RFC (Artículo 27 Quinto párrafo CFF) Ficha 41/CFF Anexo 1-A RMF 2014 Inscripción al RFC de trabajadores Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales en su carácter de empleador o patrón que realice la inscripción de 2 o más trabajadores. Dónde se presenta? En la página de Internet del SAT (Mi portal) o en salas de Internet de cualquier ALSC, preferentemente con cita. Qué documento se obtiene? Comprobante de envío de la solicitud con número de folio. Cuándo se presenta? CFDI NÓMINA Cuando se dé el supuesto (trabajadores de nuevo ingreso sin RFC) Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 40
42 Inscripción de Trabajadores al RFC (Artículo 27 Quinto párrafo CFF) Archivo que se anexa al tramite En formato de texto (txt) El nombre del archivo debe estar compuesto de la siguiente manera RFCddmmaaaa_consecutivo de dos dígitos(##) Donde el RFC Se refiere al RFC del patrón persona física o moral ddmmaaaa dd día mm mes aaaa año consecutivo Número consecutivo Sin tabuladores, únicamente mayúsculas ejemplo XAXX010101AAA _01 CFDI NÓMINA Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 41
43 Inscripción de Trabajadores al RFC (Artículo 27 Quinto párrafo CFF) Información del archivo (7 campos delimitados por pipes l ) Primera columna.- CLAVE C.U.R.P. A 18 POSICIONES del asalariado. Segunda columna.- Apellido paterno del asalariado. Tercera columna.- Apellido materno del asalariado. (No obligatorio) Cuarta columna.- Nombre (s) del asalariado.. Quinta columna.- Fecha de ingreso del asalariado, debe ser en formato DD/MM/AAAA CFDI NÓMINA CONTINÚA Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 42
44 Inscripción de Trabajadores al RFC (Artículo 27 Quinto párrafo CFF) Sexta columna.- Marca del indicador de los Ingresos del asalariado de acuerdo a los valores siguientes: (únicamente pueden ser los valores 1, 2, 3, 4, 5 o 6.) 1. Asalariados con ingresos mayores a $400, Asalariados con ingresos menores o iguales a $400, Asimilables a salarios con ingresos mayores a $400, CFDI NÓMINA 4. Asimilables a salarios con ingresos menores o iguales a $400, Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios conforme al artículo 110, fracción VI de la Ley del ISR con ingresos mayores a $400, Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios conforme al artículo 110, fracción VI de la Ley del ISR con ingresos menores o iguales a $400, Séptima columna.- Clave de R.F.C. del patrón a 12 o 13 posiciones, según corresponda Persona Moral o Persona Física Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 43
45 CFDI NÓMINA INSC_ASALARIADOS Administración Local de Servicios al Contribuyente de su domicilio Solicitud de Inscripción de asalariados Audit Tax Advisory El archivo que se adjunte deberá estar comprimido en zip Se solicita la inscripción en el Padrón del RFC de los asalariados para efectos de la regla I de la RMF , Gossler, SC 44
46 Declaraciones Informativas y Constancias (Fracciones IX y X Artículo Noveno DT) Presentar declaraciones informativas del ejercicio de 2013 a más tardar el 15 de febrero de Continuar presentando declaraciones informativas y entregar constancias, del 1 de enero de 2014 hasta el 2016: Pagos por sueldos y salarios. Retenciones honorarios, arrendamiento, etc. Prestamos al extranjero. Clientes y proveedores. Pago de dividendos. Retenciones por pagos al extranjero. Donativos. OBLIGACIONES Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 45
47 Deducciones CONSTANCIAS DE SUELDOS Y SALARIOS Opción para expedir constancias de retenciones por salarios Regla II Opción para utilizar en lugar del formato 37 Las impresiones del anexo 1 de la forma oficial 30 Declaración Informativa Múltiple Deberá contener adicionalmente, sello, en caso de que se cuente con éste y firma del empleador que lo expide. Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 46
48 Deducciones CONSTANCIAS DE SUELDOS Y SALARIOS Leyenda en constancias de sueldos y salarios Regla II "Se declara, bajo protesta de decir verdad, que los datos asentados en la presente constancia, fueron manifestados en la respectiva declaración informativa (múltiple) del ejercicio, presentada ante el SAT con fecha y a la que le correspondió el número de folio o de operación, así mismo, SI ( ) o NO ( ) se realizó el cálculo anual en los términos que establece la Ley del ISR. Las constancias a que se refiere la presente regla, podrán proporcionarse a los trabajadores a más tardar el 28 de febrero de cada año. Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 47
49 Tarifa Mensual (Artículo 96) RETENCIONES A PF Límite Inferior Límite Superior Cuota Fija % Excedente % , % 4, , % 7, , % 8, , % 10, , , % 20, , , % 32, , , % 62, , , % 83, , , % 250, En adelante 78, % Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 48
50 Tarifa Anual (Artículo 152) RETENCIONES A PF Límite Inferior Límite Superior Cuota Fija % Excedente , % 5, , % 50, , , % 88, , , % 103, , , % 123, , , % 249, , , % 392, , , % 750, ,000, , % 1,000, ,000, , % 3,000, En adelante 940, % Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 49
51 Tabla de subsidio para el empleo Decreto del 26/Dic/2013 Artículo TABLA Subsidio para el empleo mensual Límite inferior Límite superior Subsidio para el empleo , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , En adelante 0.00 RETENCIONES A PF Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 50
52 PTU PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES (ART. 9 Último párrafo ) Se deroga el artículo 16, la base de PTU será la misma utilidad de ISR: Menos: Igual: Por: Igual: Ingresos acumulables totales Deducciones autorizadas Utilidad fiscal base de PTU % PTU PTU a distribuir No se disminuirá la PTU pagada, ni las pérdidas fiscales pendientes de aplicar. Se disminuirán de los ingresos acumulables las cantidades no deducibles por pagos exentos a empleados (Fracción Artículo 28). Deducción inmediata hasta 2013 de bienes aplicación de la deducción lineal. (último párrafo fracción XXXIV del artículo Noveno de las DT) Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 51
53 Gracias Tel (55) (55) Ext Audit Tax Advisory 2013, Gossler, SC 52
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55 ASPECTOS INCONSTITUCIONALES Limitante Deducción Ingresos Exentos a Trabajadores ISR 2014 Lic. Juan Carlos Reza Priana
56 CONSIDERACIONES GENERALES Ø Reforma Controver-da- Limita Deducciones Indispensables - Previsión Social- Prestaciones (Aguinaldo, Prima Vacacional etc..) - Aportaciones adcionales Fondos Pensiones y Jubilaciones - Cuotas IMSS (pagadas por cuenta de trabajador) (ELIMINA DEDUCCIÓN) Ø Impacto nega-vo a Empresas (Patrones)- Costo Considerable Ø Incons-tucional- Análisis Ø Oportunidad Juicio de Amparo
57 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS q PROCESO LEGISLATIVO à Fundar y Mo-var Reformas q SCJNà Importancia en Reformas Fiscales q EJECUTIVOà Exposiciones de Mo-vos Extensas (Jus-ficación) q SIMETRIA FISCAL à Método de Interpretación Fiscal SIMETRÍA FISCAL. NO ES UNA GARANTÍA CONSTITUCIONAL Y SU AUSENCIA NO PROVOCA NECESARIA Y AUTOMÁTICAMENTE UNA TRANSGRESIÓN AL ARTÍCULO 31, FRACCIÓN IV, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. Visible en Seminario Judicial de la Federación, Novena Época, Pleno, Tomo XXXIII, enero de 2011, Pág. 67.
58 RAZONAMIENTO SIMETRÍA FISCAL q Mejora Estructura ISR q SCJNà Principio de Polí-ca Tributaria q Genera Equilibrio à Ingresos/Deducciones q Todo Ingreso = Una Deducción (Correspondencia) q Asimetría Perjudicial q Limitante Deducción = Procedente
59 ELIMINACIÓN IETU q Eliminación Impuesto Mínimo de Control q Ausencia Simetría Fiscal q Pagos Nómina no Deducibles = Crédito q Efecto IETU = Compensado
60 INCONSTITUCIONALIDAD Proporcionalidad Tributaria q SCJNà Dos Tipos de Deducciones: Estructurales = Gastos Estrictamente Indispensables No Estructurales=Concesiones Graciosas (Dona-vos) DEDUCCIONES. CRITERIOS PARA DISTINGUIR LAS DIFERENCIAS ENTRE LAS CONTEMPLADAS EN LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, A LA LUZ DEL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA CONSAGRADO EN EL ARTÍCULO 31, FRACCIÓN IV, CONSTITUCIONAL Visible en Seminario Judicial de la Federación, Novena Época, Primera Sala, Tomo XXX, diciembre 2009, Pag. 108
61 INCONSTITUCIONALIDAD q Gastos Nómina = Obtención Ingreso q Amparos IETU= SCJN Dis-nta Naturaleza ISR Grava Retribución Factores de Producción Reconoce ISR = Gastos Nómina=Estrictamente Indispensables q Obligaciones Legales / Contractuales = Contratos Colec-vos e Individuales q CPEUM/LFT = Aguinaldo, Prima vacacional,, etc.
62 INCONSTITUCIONALIDAD q Cuotas IMSS Eliminación Deducción No sólo Prestación /Obligación Patrón Casos Específicos Ley= Carácter de Patronales Retenciones Inadecuadas Avisos o Modificación Salario Extemporáneas Corrección de Salarios Dictamen/Autocorrección/Actos de Fiscalización q PTU= Base ISR Deducible al 100% - SIMETRIA FISCAL?
63 Limitante Deducción 47% / 53% INCONSTITUCIONALIDAD q Jus-ficado y Razonable? q Exposición de Mo-vos 41% q En realidad no existe jus-ficación / No existe fin extra fiscal q Incer-dumbre jurídica dado que no se conocen las razones del límite (%).
64 Derechos Humanos INCONSTITUCIONALIDAD q Reforma Cons-tucional Importante (Junio 2011) q Incorporación de Derechos Humanos a la Cons-tución q Obligación Autoridades/Jueces de Respetarlos q PREVISIÓN SOCIAL = Derecho Humano
65 PROCEDIMIENTO DE IMPUGNACIÓN q Juicio de Amparo (Incons-tucionalidad de Leyes) q Dos Momentos de Impugnación (Ley de Amparo/SCJN) Leyes Autoaplica-vas = 30 días entrada en vigor Leyes Heteroaplica-vas = 15 días primer acto concreto de aplicación EMPRESARIAL A TASA ÚNICA. LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 1 DE OCTUBRE DE 2007, SON DE NATURALEZA AUTOAPLICATIVA Visible en Seminario Judicial de la Federación, Novena Época, Pleno, Tomo XXXII, julio de 2010 Pág. 10 q Procedente Amparo Norma Autoaplica-va = Vence 12 de febrero 2014
66 OTRAS CONSIDERACIONES q AMPAROS conforme a vigencia LISR 2013 q Diversos temas de la LISR (Ejemplo:Previsión Social/ Límite de Sindicalizados y No Sindicalizados) q LISR 2014 casos en que no cambia contenido de estos temas q Pierden validez legal sentencias Amparo q Conveniencia de nuevo Juicio de Amparo
67 LIC. JUAN CARLOS REZA PRIANA DEL CASTILLO REZA, RUBIO & YÁÑEZ, S.C
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69 Act. Roberto A. Rocha López 2
70 Aspectos actuariales de la Reforma Qué hace un actuario en un seminario sobre nóminas? Reforma no es solo una afectación económica inmediata, también acentúa la indefensión de la sociedad mexicana ante riesgos que enfrenta o enfrentará en el corto, mediano y largo plazo, parbcularmente el envejecimiento. Ahí es donde el actuario puede jugar un roll importante. 3
71 Tres temas que inciden en cascada en materia de riesgos 1. Limitación a deducción a aportaciones a fondos de pensiones y jubilaciones. 2. Limitación de Deducciones Personales. 3. Deducción de ingresos remuneraavos otorgados a los trabajadores y que están total o parcialmente exentos del ISR. 4
72 1. Limitación a deducción de aportaciones a fondos de pensiones y jubilaciones LISR 2013, ArIculo 29. Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes:.... VII. Las aportaciones efectuadas para la creación o incremento de reservas para fondos de pensiones o jubilaciones del personal, complementarias a las que establece la Ley del Seguro Social, y de primas de anbgüedad consbtuidas en los términos de esta Ley. LISR 2014, Art 25. Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes:.... X. Las aportaciones efectuadas para la creación o incremento de reservas para fondos de pensiones o jubilaciones del personal, complementarias a las que establece la Ley del Seguro Social, y de primas de anbgüedad consbtuidas en los términos de esta Ley. El monto de la deducción a que se refiere esta fracción no excederá en ningún caso a la canadad que resulte de aplicar el factor de 0.47 al monto de la aportación realizada en el ejercicio de que se trate. El factor a que se refiere este párrafo será del 0.53 cuando las prestaciones otorgadas por los contribuyentes a favor de sus trabajadores que a su vez sean ingresos exentos para dichos trabajadores, en el ejercicio de que se trate, no disminuyan respecto de las otorgadas en el ejercicio fiscal inmediato anterior. 5
73 Limitación a deducción de aportaciones a fondos de pensiones y jubilaciones Evolución del número de Planes de Pensiones Complementarios a la SS Número de planes registrados 1,629 1,702 1,793 1,809 1,832 1,946 2,002 Nuevos Planes Diferencia 1,629 1,612 1,702 1,530 1,565 1,628 1,728 % de Crecimiento 5.58% 5.35% 18.24% 17.06% 19.53% 15.86% Elaboración propia con datos de CONSAR. 62% de los planes complementarios tiene menos de 10 años de haberse establecido. Fuente: CONSAR 6
74 Limitación a deducción de aportaciones a fondos de pensiones y jubilaciones Población cubierta por Planes de Pensiones Complementarios a la SS Empleados acbvos 1,015,475 1,022,108 1,120,210 1,114,939 1,113,586 1,349,971 1,251,727 Pensionados 40,131 51,532 65,545 53,741 55,779 57,617 38,785 Derechos Adquiridos 19,733 23,607 28,341 35,954 37,358 22,470 59,611 Total de personal cubierto 1,075,339 1,097,247 1,214,096 1,204,634 1,206,723 1,430,058 1,350,123 Recursos acumulados en Planes de Pensiones Complementarios a la SS AcBvos Registrados (millones pesos) , , , , , , ,483 InverBdos en deuda del Gobierno 40.00% 47.00% 45.00% 41.20% 44.60% 45.13% 46.45% % PIB 2.0% 3.5% 3.1% 2.8% 3.0% 3.2% 3.0% Elaboración propia con datos de CONSAR. 7
75 Limitación a deducción de aportaciones a fondos de pensiones y jubilaciones A quién está enfocado esto?, es solo para los ejecubvos de las empresas? 8
76 Limitación a deducción de aportaciones a fondos de pensiones y jubilaciones Qué ha sucedido?, ya somos muy responsables? Modificación de la estructura poblacional que impactará en la operación de las empresas. Este proceso de envejecimiento tomó a Europa 2 siglos, a México tomará sólo 60 años. Población de 0 a millones Población de 15 a millones Población de 65 y millones (6% población) Fuente: Proyecciones CONAPO Tasa de Crecimiento Anual 65 y mayores: 3.15% Menores a 5: -0.19% Decremento 8% Incremento 30% Incremento 245% Población de 0 a millones Población de 15 a millones Población de 65 y millones (16% población) 9
77 Limitación a deducción de aportaciones a fondos de pensiones y jubilaciones Pero tenemos pensión del IMSS, no hay que preocuparse.... o si? Ante el bajo nivel de reemplazo de las pensiones de la seguridad social, las empresas habían empezado a comprender la importancia de incorporar beneficios que mejoraran la expectabva de ingreso al momento de la jubilación. Edad de Retiro - 65 Años cotizados a la Seguridad Social % 50.00% 84.50% 43.50% 82.50% 81.30% 32.60% 26.10% 79.40% 79.40% 65.90% 19.80% 18.50% 16.90% 52.70% 14.50% 33.00% 26.40% 9.20% 9.00% Ley 1973 SS Pension Old Law SS Ley Pension 1997 New Law Los niveles de reemplazo de los nuevos sistemas, son inferiores a los sistemas previos 0.00% $3,000 $4,000 $5,000 $10,000 $20,000 $40,000 $50,000 $80,000 $100,000 Último salario mensual 10
78 Limitación a deducción de aportaciones a fondos de pensiones y jubilaciones Qué hacen otros países? Fuente: TAX TREATMENT OF PRIVATE PENSION SAVINGS IN OCDE COUNTRIES, OECD Economic Studies No. 39, 2004/2 11
79 Limitación a deducción de aportaciones a fondos de pensiones y jubilaciones Qué hacen otros países? Fuente: TAX TREATMENT OF PRIVATE PENSION SAVINGS IN OCDE COUNTRIES, OECD Economic Studies No. 39, 2004/2 12
80 Limitación a deducción de aportaciones a fondos de pensiones y jubilaciones Qué hacen otros países? Fuente: TAX TREATMENT OF PRIVATE PENSION SAVINGS IN OCDE COUNTRIES, OECD Economic Studies No. 39, 2004/2 13
81 Limitación a deducción de aportaciones a fondos de pensiones y jubilaciones Entonces, qué pasó? La limitante de deducción de aportaciones a planes de pensiones desincenavará conanuar financiando éstos, lo que generará una inceradumbre para el trabajador sobre la solvencia de la empresa dada la falta de financiamiento previo. Al no contar con el incenbvo ni con reglas para su consbtución estos recursos no crecerán, sino que disminuirán durante los próximos años, eliminándose una de las fuentes de generación de ahorro interno del país, 60% de estos recursos están inverbdos en instrumentos del Gobierno Federal. 14
82 2. Limitación de Deducciones Personales. LISR 2013, ArIculo 176. Las personas isicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales: I. Honorarios médicos y dentales. II. III. Gastos de funerales. Los donabvos no onerosos ni remunerabvos IV. Intereses reales por créditos hipotecarios de su casa habitación. V. Aportaciones complementarias de rearo a subcuenta de aportaciones (AFORE) o a las cuentas de planes personales de rearo. VI. Primas por seguros de gastos médicos. VII. Transportación escolar. VIII. Impuesto local sobre ingresos por salarios LISR 2014, ArIculo 151. Las personas isicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales:..... El monto total de las deducciones que podrán efectuar los contribuyentes en los términos de este arkculo y del arkculo 185, no podrá exceder de la canadad que resulte menor entre cuatro salarios mínimos generales elevados al año del área geográfica del contribuyente ($98,243), o del 10% del total de los ingresos del contribuyente, incluyendo aquéllos por los que no se pague el impuesto. Lo dispuesto en este párrafo, no será aplicable tratándose de los donabvos a que se refiere la fracción III de este arkculo. 15
83 Limitación de Deducciones Personales. Ejemplo ilustrabvo del uso de PPR en compensación ejecubva, con topes de 2012 Op. 1. Contribución patronal al PPR a través de un aumento del sueldo del empleado. SUELDO MENSUAL DEL TRABAJADOR = $94,809 Op. 2. Empresa y t r a b a j a d o r contribuyen al PPR a través de un incremento de sueldo y el ahorro personal. INCREMENTO AL SALARIO = $8,619 SUELDO MENSUAL DEL TRABAJADOR = $94,809 INCREMENTO AL SALARIO = $4, CONTRIBUCIÓN DEL TRABAJADOR = $4, SUELDO MENSUAL DEL TRABAJADOR = $94,809 Contribución anual de la empresa al PPR del trabajador ($103,428) Contribución anual de la empresa al PPR del trabajador ($51,714) Contribución anual del trabajador a su PPR ($51,714) 16
84 Limitación de Deducciones Personales. Entonces, qué pasó? El límite impuesto al total de las deducciones representa apenas el 80% del límite que en la anterior legislación tenían por sí solos las aportaciones a planes personales de rearo. Para las personas isicas independientes, los planes personales de rebro, se habían consbtuido como herramientas de prevención a riesgos a la vejez. La prácbca por incenbvar estos mecanismos ha sido exitosa en países con un nivel de desarrollo económico como al que aspira México. 17
85 3. Deducción de ingresos remuneraavos otorgados a los trabajadores y que están total o parcialmente exentos del ISR LISR 2013, ArIculo 32. Para los efectos de este Título, no serán deducibles: No exiska arkculo antecedente. LISR 2014, ArIculo 28. Para los efectos de este Título, no serán deducibles:.... XXX. Los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador, hasta por la canadad que resulte de aplicar el factor de 0.53 al monto de dichos pagos. El factor a que se refiere este párrafo será del 0.47 cuando las prestaciones otorgadas por los contribuyentes a favor de sus trabajadores que a su vez sean ingresos exentos para dichos trabajadores, en el ejercicio de que se trate, no disminuyan respecto de las otorgadas en el ejercicio fiscal inmediato anterior. 18
86 Deducción de ingresos remuneraavos otorgados a los trabajadores y que están total o parcialmente exentos del ISR Entonces, qué pasó? Los gastos realizados por el patrón, que consbtuyan un ingreso exento para el empleado, sólo será deducibles al 53%, aunque Regla Miscelánea 2014, Procedimiento para cuanbficar la proporción de los ingresos exentos respecto del total de las remuneraciones, regla I por su redacción haría pensar que la deducción será del 47% Argumento: simetría fiscal, si alguien lo deduce alguien lo acumular. Estamos hablando de ingresos para el trabajador como: fondos de ahorro, despensas, aguinaldo, etc. Mecanismos de ahorro y uso específico de ingresos, pueden perderse. 19
87 Deducción de ingresos remuneraavos otorgados a los trabajadores y que están total o parcialmente exentos del ISR Entonces, qué pasó? Con esto, el objebvo de la Previsión Social: erogaciones efectuadas que tengan por objeto sacsfacer concngencias o necesidades presentes o futuras, así como el otorgar beneficios a favor de los trabajadores o de los socios o miembros de las sociedades cooperacvas, tendientes a su superación Isica, social, económica o cultural, que les permitan el mejoramiento en su calidad de vida y en la de su familia., se diluye, en el mejor de los casos. Es cierto que hubo abusos, pero en lugar de corregirlos puntualmente, le cortaron la cabeza a estos mecanismos a favor del trabajador. 20
88 Aspectos actuariales de la Reforma la gran pregunta Y esto cuánto cuesta? 21
89 22
90 23
91 Opciones que plantea la reforma para el manejo de las prestaciones 1. Mantener prestaciones asumiendo el costo de la deducibilidad parcial. 2. Liquidar beneficios y ajustar la compensación para integrarlos a ingreso gravable. 3. MoneBzar compensando impuestos e integrar los beneficios a ingreso gravable. 4. Vía jurídica? Cualquier opción es amarga y cada empresa Bene que analizar para qué le alcanza, porque el costo es: Económico Distracción de Bempo y recursos de la empresa para entender efectos y luego explicar a accionistas y al trabajador. Afectación de la relación con el personal. 24
92 Comentarios finales Con o sin reforma, el envejecimiento no se va a detener y sus consecuencias persisten, por lo cual el riesgo se acentúa, ya que la reforma implica: o Pérdida de esimulos para que empresa y colaboradores se ocupen del rebro. o Pérdida neta de riqueza, que dificulta el ahorro de largo plazo. o Necesidad urgente de elegir los mecanismos que nos permitan realizar una adecuada administración de riesgos en materia de rearo. Para los planes de pensiones vigentes, graves perjuicios e inseguridad para más de 1,350,123 trabajadores cubiertos. Inhibición o cancelación de ahorro interno equivalente a 3% del PIB, que a 2012 significaba 416,483 millones de pesos. Presión sobre sus costos, también para empresas e insbtuciones del Estado, descentralizadas y paraestatales, muchas de ellas Benen planes de pensiones. Mayor presión sobre las pensiones de la seguridad social. 25
93 Comentarios finales Es posible evaluar alternabvas de reducción de beneficios del plan de pensiones para buscar mibgar el costo para la empresa, en lugar de cancelar los planes. En el caso de planes de contribución definida (parbcularmente cuando las aportaciones se realizan mensualmente), puede ser adecuado modificar las reglas del plan de pensiones para interrumpir aportaciones y lograr Bempo para definir la posición a asumir. Efecto en aplicación de NIF D- 4 Impuestos diferidos. 26
94 27
95
96 Principales reformas fiscales en las Entidades Federativas en México 2014 C.P.C. JOSE GUADALUPE GONZALEZ MURILLO
97 Principales cambios en ISN Incremento de tasas Aguascalientes Distrito Federal Estado de México Baja California Chihuahua Puebla San Luis Potosí Hidalgo (tarifa progresiva)
98 Principales cambios en ISN En-dades federa-vas que lo reforman Aguascalientes Baja California Sur Guerrero Jalisco Morelos Puebla Quintana Roo Sonora Tamaulipas Veracruz
99 Principales cambios en ISN Beneficios fiscales Nuevo León Baja California Sur Chihuahua Durango Estado de México Jalisco Oaxaca Puebla
100 ESTADO DE MEXICO Impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal. Tasa Se incrementa la tasa del 2.5% al 3%
101 ESTADO DE MEXICO Exención (1/4) No se causara el impuesto por pagos a: Personas discapacitadas o con enfermedades en estado terminal, crónicas o degenera-vas, que les impida o limite el desempeño o desarrollo en forma habitual de sus funciones en un trabajo.
102 Exención (2/4) ESTADO DE MEXICO Los contribuyentes que generen empleos nuevos en el Estado de México para trabajadores de 60 años de edad o mayores, para personas que hubieren concluido una carrera terminal, técnica, tecnológica o profesional, en los años 2012, 2013 ó 2014, así como las empresas que teniendo fuentes empleo en cualquier en-dad federa-va dis-nta al Estado de México, las cambien a esta en-dad, gozarán de un subsidio el 100% en el pago de este impuesto, por los 36 meses posteriores a su generación o cambio.
103 Exención (3/4) ESTADO DE MEXICO Los contribuyentes que contraten personal que acceda por primera vez al mercado laboral, gozarán del subsidio señalado en el párrafo anterior, por los 24 meses posteriores a su contratación.
104 Exención (4/4) ESTADO DE MEXICO Las empresas que durante el ejercicio fiscal 2014 inicien operaciones con su fuente de empleo y domicilio fiscal en el Estado de México, gozarán de un subsidio del 100% en el pago del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal, por los 3 meses siguientes al mes de su inicio de operaciones.
105 ESTADO DE MÉXICO Reglas de obligatoriedad de dictamen con-núan iguales: 200 trabajadores en promedio, Pagos por erogaciones por $400,000 promedio al mes, o Fusión, Escisión o liquidación
106 AGUASCALIENTES Sujetos Se precisa como sujetos de este impuesto: Las asociaciones en par-cipación, Fideicomisos, Federación, Estados, Municipios, en-dades paraestatales y organismos autónomos que realicen remuneraciones por el trabajo personal subordinado.
107 Objeto AGUASCALIENTES Se adiciona al objeto del impuesto, las erogaciones en servicios por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado o por concepto de remuneraciones asimiladas de conformidad con la Ley del Impuesto sobre la Renta prestados dentro del territorio del Estado, independientemente de la denominación que se otorgue. Tasa Se incrementa la tasa del 1.5% al 2%
108 AGUASCALIENTES Retención a prestadores de servicios de personal Se establece la obligación de la retener y enterar el impuesto a las personas usicas y morales, asociaciones en par-cipación, fideicomisos, Federación, Estado, Municipios, sus en-dades paraestatales y los organismos autónomos que, contraten la prestación de servicios que incluyan la prestación de servicios del personal dentro del territorio del Estado, de contribuyentes domiciliados dentro del territorio del Estado o en otra en-dad federa-va.
109 AGUASCALIENTES Dictamen Se establece la opción a los contribuyentes de dictaminar por contador público registrado el cumplimiento de sus obligaciones en materia de impuesto sobre nóminas, para lo que deberán presentar un escrito libre y el dictamen dentro de los treinta días siguientes al término del ejercicio.
110 BAJA CALIFORNIA Impuesto sobre remuneraciones al trabajo personal. Tasa Se establece que este impuesto se causará con una tasa del 1.80%. Adicional al porcentaje anterior, se establece una sobretasa del Impuesto Sobre Remuneraciones al Trabajo Personal del 0.63% sobre la base establecida en la Ley de Hacienda del Estado.
111 BAJA CALIFORNIA SUR Impuesto sobre nóminas Subsidios Se establece un es-mulo fiscal a las empresas que integren a su plan-lla laboral, personas con 60 años de edad o mayores, y gozarán de un subsidio del 100% respecto del impuesto que se cause por las erogaciones a estos trabajadores.
112 CAMPECHE Sujeto Los intermediarios serán considerados patrones cuando presten servicios a otras personas para ejecutarlos con elementos propios y suficientes de acuerdo a lo es-pulado en la Ley Federal del Trabajo.
113 CAMPECHE Base Se adiciona a la base del impuesto a las erogaciones por pagos realizados a los administradores, comisarios o miembros de los consejos direc-vos y de vigilancia, consul-vos o de cualquier otra índole en toda clase de sociedades o asociaciones.
114 Impuesto Sobre Nóminas CHIHUAHUA Tasa Se elimina la tarifa del impuesto sobre nóminas y se establece una tasa del 3%.
115 Esfmulos fiscales CHIHUAHUA Se establece un esvmulo fiscal a los contribuyentes causantes del impuesto sobre nóminas que cuenten con hasta 50 trabajadores, consistentes en la reducción de un 40%, 30% y 20% en el pago del impuesto determinado según corresponda el rango de trabajadores con los que cuenten.
116 CHIHUAHUA Eshmulo fiscal Asimismo, las personas usicas y morales que durante 2014 inicien ac-vidades empresariales en el Estado, gozarán de un 100% de reducción en el Impuesto sobre nóminas durante tres años contados a par-r de la fecha en que inicien ac-vidades empresariales.
117 Impuesto sobre nóminas DURANGO Reducción Se establece una reducción del 10% del impuesto sobre nóminas causado para aquellos contribuyentes que paguen en una sola exhibición a mas tardar el día 17 del mes de febrero, siempre y cuando no exceda de la can-dad de doscientas veces el salario mínimo general diario vigente en el Estado al cierre de dicho ejercicio y el monto de lo pagado en el ejercicio fiscal inmediato anterior.
118 GUERRERO Impuesto sobre remuneraciones al trabajo personal. Objeto Se precisa que el trabajo personal es aquel que se preste no sólo dentro del territorio del Estado, sino también cuando se realice en la zona federal marí-mo terrestre y territorios ganados al mar, ubicados en la franja costera en la que colinde el Estado de Guerrero con el Océano Pacífico.
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