PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO CONSEJO DE LA JUDICATURA
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- Fernando Velázquez Bustos
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1 PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LA OFICINA DE CENTRAL DE CONSIGNACIONES
2 PÁG. 2 DE ÍNDICE SEC TEMA PÁGINA 1.- ÍNDICE INTRODUCCIÓN MARCO LEGAL MISIÓN VISIÓN VALORES ORGANIGRAMA ATRIBUCIONES OBJETIVO Y FUNCIONES POR PUESTO... 8 JEFE DE CENTRAL DE CONSIGNACIONES... 8 SECRETARIA SECRETARIA ARCHIVO SUPERVISOR DE LA OFICINA CENTRAL DE CONSIGNACIONES (MÓDULOS UBICADOS EN JUZGADOS CIVILES, FAMILIARES Y PENALES DE QUERÉTARO Y SAN JUAN DEL RÍO) ACTUARIO EJECUTIVA DE CONSIGNACIONES (MÓDULOS UBICADO EN JUZGADOS CIVILES, FAMILIARES Y PENALES DE QUERÉTARO Y SAN JUAN DEL RÍO) CAJERO GENERAL Y CAJERO B ARCHIVISTA B EXPEDICIÓN... 24
3 PÁG. 3 DE INTRODUCCIÓN El presente manual tiene como finalidad establecer el marco legal, la misión visión, valores, atribuciones y la estructura orgánica de la Oficina Central de Consignaciones, así como las funciones y niveles jerárquicos de cada miembro que la compone. Facilita asimismo, la inducción del personal adscrito así como la preparación del de nuevo ingreso, proporcionando una visión específica que permita conocer la función que desempeña esta Oficina. Permite saber, capacitar, delimitar y describir las actividades y las responsabilidades de cada integrante. Evita duplicidad de funciones y permite el ahorro de tiempo en la ejecución de las labores, optimizando de esta suerte, su desempeño. Cada uno de los elementos que conforman la plantilla de personal, deben conservar este documento a efecto de solventar cualquier duda relacionada con la organización del área a la cual se encuentran adscritos. El acceso a la consulta electrónica de este manual, se encuentra a disposición de los usuarios externos de la página Web del Poder Judicial del Estado de Querétaro, con el propósito de transparentar y hacer públicas las funciones que desempeña esta Oficina.
4 PÁG. 4 DE MARCO LEGAL 1. Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Querétaro, Artículos 220, 226, 227, Código Civil para el Estado de Querétaro, Artículo Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Querétaro, Artículo Reglamento Interno de la Oficina Central de Consignaciones. 5. Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado. 6. Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos. 7. Ley que Establece las Bases para la Entrega Recepción Administrativa en el Estado de Querétaro.
5 PÁG. 5 DE MISIÓN Somos un órgano de apoyo a la función jurisdiccional que recibe los depósitos que como consignación en pago deban hacerse ante autoridades judiciales, emitiendo el certificado de depósito que acreditará la consignación hecha en la Oficina, así como notificar personalmente al consignatario; y hacer la entrega de las cantidades correspondientes previo cumplimiento de los requisitos legales, para dar cumplimiento a lo indicado por los jueces. 5.- VISIÓN Ser un órgano auxiliar de la administración e impartición de Justicia que recibe y entrega el dinero de forma oportuna y correcta, regida por los valores de honestidad y rendición de cuentas, a través de la mejora continua de los procesos de trabajo con personal comprometido y competente. 6.- VALORES Honestidad. Responsabilidad. Servicio. Transparencia.
6 PÁG. 6 DE ORGANIGRAMA
7 PÁG. 7 DE ATRIBUCIONES Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Querétaro Sección Segunda De la Oficina Central de Consignaciones Artículo 90. La Oficina Central de Consignaciones es la dependencia encargada de recibir los pagos o depósitos que deban hacerse ante las autoridades judiciales, emitiendo al efecto las constancias o certificados respectivos. El titular de la Oficina Central de Consignaciones y los notificadores, tendrán fe pública sólo por lo que respecta a los actos que realicen en cumplimiento de sus funciones. Al efecto contará con las funciones siguientes: I. Recibir todos los depósitos que como consignación en pago deban hacerse ante las autoridades judiciales; II. Emitir el certificado de depósito con el cual se acreditará la consignación hecha en la Oficina y servirá para efectuar, ante el banco, el depósito de la cantidad consignada; III. Notificar personalmente en el domicilio del consignatario la existencia del depósito hecho a su favor; IV. Si no hay oposición a la consignación, se expedirá el certificado correspondiente y se entregará al beneficiario para que pueda retirar el depósito; V. En caso de existir oposición, se dejarán a salvo los derechos de la parte interesada y, en su caso, remitirá el expediente al juez competente; y VI. Las demás que le confiera la presente Ley, otras disposiciones legales aplicables y los órganos competentes del Poder Judicial.
8 PÁG. 8 DE OBJETIVO Y FUNCIONES POR PUESTO PUESTO JEFE DE CENTRAL DE CONSIGNACIONES OBJETIVO: Supervisar y coordinar las funciones del personal del la Oficina de Central de Consignaciones, para asegurar el correcto desempeño de las funciones y observancia de la ley, con respecto a lo ordenamientos legales, en base a los procedimientos y normatividad aplicable. FUNCIONES: 1. Implementar sistemas de supervisión de las actividades y conducta de los servidores públicos adscritos a la Oficina Central de Consignaciones, para segurar el correcto funcionamiento de la Oficina. 2. Instrumentar las medidas y registros necesarios para el adecuado funcionamiento de la Oficina Central de Consignaciones. 3. Vigilar que los procedimientos relacionados con los depósito y retiros hechos ante la Oficina Central de Consignaciones se hagan conforme lo dispone el Reglamento de la Oficina Central de Consignaciones y los requisitos de la Ley sustantiva civil, así como los lineamientos que emita el. 4. Mantener comunicación constante con la Dirección de Contabilidad y Finanzas así como con las autoridades Judiciales correspondientes a cada depósito, para verificar el correcto orden del ingreso y egreso. 5. Ordenar las notificaciones personales en los domicilios de los beneficiarios de la existencia de los depósitos hechos a su favor, distribuyendo los cuadernos en forma equitativa entre los actuarios, para su cumplimiento,
9 PÁG. 9 DE Disponer lo conducente para que se entregue con absoluta certeza a los beneficiarios el certificado de retiro por las cantidades correspondientes. 7. Firmar los certificados de retiro (a partir de $30, treinta mil pesos 00/100 m.n.) y enviar en su caso a los beneficiarios a la Institución Bancaria correspondiente, para su cobro e informar a la dirección de Contabilidad y Finanzas del Poder Judicial. 8. Firmar constancias relativas a los actos que realice en cumplimiento de las funciones de la Oficina Central de Consignaciones. 9. Autorizar con su firma y sello de la Oficina Central de Consignaciones, la apertura de todos los libros de registro, asentando en su primera y última hoja las constancias y fecha respectiva. 10. Vigilar el registro de los libros de control de la Oficina Central de Consignaciones y supervisar los de los demás módulos. 11. Reportar las causas de cancelación de los certificados en el libro correspondiente, para llevar un registro actualizado de los mismos e informar del motivo de cancelación. 12. Rendir al, dentro de los cinco primeros días hábiles de cada mes, un informe de actividades de la Oficina Central de Consignaciones y módulos anexos, para mantenerlo enterado. 13. Rendir los informes que les sean solicitados por los órganos competentes, para mantenerlos enterados según lo solicitado. 14. Solicitar al personal de la Oficina Central de Consignaciones los informes que requiera, así como los reportes de cualquier indigencia que pueda alterar el normal funcionamiento de la Oficina, para realizar el informe correspondiente 15. Supervisar cuando menos una vez al mes, los módulos de consignaciones ubicados en los distritos Judiciales, para verificar el orden y buen funcionamiento del personal así como el servicio prestado a los Jueces y usuarios en general. 16. Autorizar el rol de guardias que el personal deba cubrir tanto en periodo vacacional como en guardias de fin de semana.
10 PÁG. 10 DE Elaborar y firmar los decretos que se realicen en los cuadernos de depósitos, dando contestación y seguimiento a los preliminares y peticiones de los usuarios. 18. Hacer del conocimiento del el desempeño laboral de los servidores públicos de la Oficina Central de Consignaciones, con una periodicidad de seis meses. 19. Proponer al los criterios y medidas para el adecuado cumplimiento de las atribuciones de la Oficinas Central de Consignaciones. 20. Las demás atribuciones que le confiera otras disposiciones aplicables y órganos competentes del Poder Judicial del Estado. 21. Coadyuvar con eficiencia en la realización de los objetivos del área de adscripción y en general de los programas del Poder Judicial, en actividades requeridas y compatibles con las atribuciones al nombramiento asignado.
11 PÁG. 11 DE 25 PUESTO SECRETARIA OBJETIVO: Realizar tareas administrativas y secretariales de acuerdo a las indicaciones del Jefe inmediato, con el fin de atender de manera oportuna las funciones de la Oficina de Central de Consignaciones, optimizando los recursos materiales, de acuerdo a los procedimientos y normatividad aplicable. FUNCIONES: 1. Controlar y dar seguimiento al archivo de correspondencia de la Oficina Central de Consignaciones. 2. Gestionar los oficios de trámite a Jueces y demás usuarios respecto a los trámites de depósitos y retiros competencia de la Oficina Central de Consignaciones. 3. Requerir mensualmente el material y documentación oficial al Departamento de Compras y Almacén de Suministros del Poder Judicial, así como los certificados correspondientes, para el correcto desempeño de la Oficina de Central de Consignaciones. 4. Llevar el control de documentos exhibidos por las partes, mismos que son guardados en los secretos de esta Oficina y documentos de valor en caja de seguridad, para su resguardo. 5. Apoyar directamente al Jefe de la Oficina en actividades diversas encaminadas a proporcionar un servicio eficiente. 6. Colaborar en el envío de cuadernos que por falta de actividad son remitidos al Archivo Judicial, para su archivo. 7. Llevar el control de rol de guardias del personal de la Oficina de Central de Consignaciones, para realizar los oficios necesarios para el pago oportuno de los mismos y evitar descuentos de nómina.
12 PÁG. 12 DE Cubrir guardias los fines de semana en la Oficina Central de Consignaciones así como en períodos vacacionales, en base a la programación. 9. Apoyar en la realización de actividades diversas, encaminadas a cumplir con las funciones de la Oficina de Central de Consignaciones. 10. Las demás atribuciones que le confiera otras disposiciones aplicables y órganos competentes del Poder Judicial del Estado. 11. Coadyuvar con eficiencia en la realización de los objetivos del área de adscripción y en general de los programas del Poder Judicial, en actividades requeridas y compatibles con las atribuciones al nombramiento asignado.
13 PÁG. 13 DE 25 PUESTO OBJETIVO: SECRETARIA ARCHIVO Realizar las tareas encaminadas a la revisión, guarda y distribución correcta de los certificados de depósitos y retiros como documentos base de la función de la Central de Consignaciones, al ser emitidos como comprobantes de recepción y pago de dinero, para su resguardo correspondiente, en base a los procedimientos y normatividad aplicable. FUNCIONES: 1. Revisar la continuidad de control de folios que amparan el dinero, a fin de reportar cualquier irregularidad que permita una aclaración para el correcto orden y control de los folios y tramites registrados de depósitos y retiros de la Oficina de Central de Consignaciones y autoridades Judiciales correspondientes. 2. Revisar y archivar los Certificados de Depósito y Retiro validando la correcta impresión de sellos, rubricas y firmas con los que debe obrar un certificado de la Central de Consignaciones. 3. Revisar y elaborar listado correspondiente para enviar cuadernos por caducidad y prescripción procesal, al Archivo General de la Central de Consignaciones para su guarda. 4. Proporcionar información del archivo a las Ejecutivas de Consignaciones ó a cualquier usuario. 5. Coadyuvar en la revisión del área proporcionando información y documentación requerida por el Departamento de Contraloría del Poder Judicial. 6. Auxiliar en la expedición de copias certificadas o simples de los cuadernos competencia de la Central de Consignaciones, para atender las solicitudes de los usuarios.
14 PÁG. 14 DE Cubrir guardias los fines de semana en la Oficina Central de Consignaciones así como en períodos vacacionales, en base a la programación. 8. Apoyar en la realización de actividades diversas, encaminadas a cumplir con las funciones de la Oficina de Central de Consignaciones. 9. Las demás atribuciones que le confiera otras disposiciones aplicables y órganos competentes del Poder Judicial del Estado. 10. Coadyuvar con eficiencia en la realización de los objetivos del área de adscripción y en general de los programas del Poder Judicial, en actividades requeridas y compatibles con las atribuciones al nombramiento asignado.
15 PÁG. 15 DE 25 PUESTO SUPERVISOR DE LA OFICINA CENTRAL DE CONSIGNACIONES (MÓDULOS UBICADOS EN JUZGADOS CIVILES, FAMILIARES Y PENALES DE QUERÉTARO Y SAN JUAN DEL RÍO) OBJETIVO: Coordinando las funciones del personal adjunto y en comunicación con el Jefe de Central de Consignaciones, para ofrecer un servicio eficiente y asegurar un correcto desempeño y observancia de la ley aplicable al área administrativa a su cargo, en base a los procedimientos y normatividad aplicable. FUNCIONES: 1. Recibir la dotación diaria de dinero, conciliando el efectivo contra el reporte de la Caja General, para su control, según aplique. 2. Recopilar el registro en los libros de control del módulo de la Oficina Central de Consignaciones a su cargo. 3. Vigilar que los procedimientos relacionados con los depósitos hechos ante la Oficina Central de Consignaciones o módulos correspondientes se hagan conforme lo disponen los lineamientos legales así como aquellos que emita el. 4. Ordenar las notificaciones personales en los domicilios de los beneficiarios de la existencia de los depósitos hechos a su favor, distribuyendo los cuadernos en forma equitativa entre los actuarios para su cumplimiento. 5. Atender al usuario en la recepción de los certificados de depósito en la Oficina Central de Consignaciones o módulos a su cargo y disponer lo conducente para la entrega de dinero, observando los requisitos señalados por la Ley correspondiente así como los lineamientos emitidos por el e indicaciones del Jefe de la Oficina Central de Consignaciones.
16 PÁG. 16 DE Recibir las órdenes de depósitos y de pago emitidas por los Juzgados de Primera Instancia y Municipales que corresponda, así como verificar los datos asentados en ellas. 7. Informar al Jefe de la Oficina Central de Consignaciones de los oficios que le envíen los Juzgados de Primera Instancia y Municipales que corresponda para su contestación y cumplimiento. 8. Atender directamente a los representantes de las empresas que asistan a la Oficina de Central de Consignaciones para la recepción de depósitos de pensión alimenticia, así como realizar las altas y bajas del catalogo. 9. Entregar diariamente el efectivo de acuerdo al cierre de caja emitido por el sistema, para ser remitido a la Institución bancaria correspondiente, para su custodia en Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia. 10. Capturar los certificados enviados al fondo auxiliar para la administración de Justicia, para el control y registro de ingresos y egresos con el departamento del Contabilidad y Finanzas del Poder Judicial. 11. Controlar el archivo administrativo, para el debido registro de los cuadernos vigentes y aquellos que son remitidos al archivo del H. Tribunal Superior de Justicia. (aplica en módulos de San Juan del Río, Qro.). 12. Elaborar el informe mensual de actividades y remitirlo al Jefe de la Oficina Central de Consignaciones, para mantenerlo enterado. 13. Elaborar Informe Mensual de Certificados Cancelados al Departamento de Contabilidad, remitiendo los documentos originales con sus correspondientes copias. 14. Cubrir las guardias de fin de semana y periodos vacacionales en el modulo de la Oficina Central de Consignaciones que le corresponda o donde indique el Jefe de Consignaciones.
17 PÁG. 17 DE Expedir las constancias relativas a los actos que realice en cumplimiento de las funciones de la Oficina Central de Consignaciones. 16. Administrar y gestionar aquellos trámites que se efectúan a través de Institución Bancaria para cobro con tarjeta de débito; procurando el buen manejo y dispersión a los consignatarios de los valores (esto aplica para módulos de Centro de Justicia Querétaro y San Juan del Río, Qro., juzgados Civiles-Familiares). 17. Gestionar aquellos depósitos en DIE, para procurar de inmediato su registro en certificado previo orden de depósito de autoridad judicial. (aplica solo a módulos de Penales Qro., San Juan del Río, Qro., y Juzgado Civiles San Juan del Río, Qro.) 18. Contestar por escrito las observaciones y correcciones que la Dirección de Contraloría indique respecto de los registros de depósitos y retiros, para el correcto desempeño de los trámites. 19. Apoyar en la realización de actividades diversas, encaminadas a cumplir con las funciones de la Oficina de Central de Consignaciones. 20. Las demás atribuciones que le confiera otras disposiciones aplicables y órganos competentes del Poder Judicial del Estado. 21. Coadyuvar con eficiencia en la realización de los objetivos del área de adscripción y en general de los programas del Poder Judicial, en actividades requeridas y compatibles con las atribuciones al nombramiento asignado.
18 PÁG. 18 DE 25 PUESTO ACTUARIO OBJETIVO: Realizar las notificaciones que se le asignen en tiempo y forma, para enterar a los beneficiarios de la Oficina Central de Consignaciones sobre depósitos hechos a su favor, en cumplimiento a los procedimientos y reglamentos establecidos. FUNCIONES: 1. Practicar las notificaciones personales que por razones a los preliminares de consignaciones conforme a derecho deba gestionar, así como aquellas que le encomiende el Jefe o Supervisor de la Oficina Central de Consignaciones. 2. Asentar en el cuaderno correspondiente, en forma clara y con letra legible la constancia de las notificaciones practicadas cumpliendo los requisitos legales establecidos. 3. Devolver inmediatamente los cuadernos que le fueron turnados, una vez practicada las notificaciones agregando al cuaderno la constancia respectiva. 4. Auxiliar al Jefe o Supervisor de la Oficina Central de Consignaciones en las labores que le encomienden relacionadas con las funciones de la Oficina. 5. Las demás atribuciones que le confiera otras disposiciones aplicables y órganos competentes del Poder Judicial del Estado. 6. Coadyuvar con eficiencia en la realización de los objetivos del área de adscripción y en general de los programas del Poder Judicial, en actividades requeridas y compatibles con las atribuciones al nombramiento asignado.
19 PÁG. 19 DE 25 PUESTO EJECUTIVA DE CONSIGNACIONES (MÓDULOS UBICADO EN JUZGADOS CIVILES, FAMILIARES Y PENALES DE QUERÉTARO Y SAN JUAN DEL RÍO). OBJETIVO: Ejecutar tareas administrativas para proporcionar un servicio eficiente en el trámite de depósito y retiros ante la Central de Consignaciones y módulos anexos de los Juzgados de Primera Instancia Civil, Familiar y Penal de Querétaro y San Juan del Río, Qro., así como trámites diversos en base a los criterios de caja y en cumplimiento a los procedimientos y normatividad aplicable. FUNCIONES: 1. Recibir la dotación diaria de dinero, conciliando el efectivo contra el reporte de Caja General y registrar en sistema la dotación e imprimir el Reporte para entregar a Caja General. 2. Atender al usuario en recepción y entrega de dinero por concepto de Pensión Alimenticia y Preeliminares de Consignación y proporcionarle información en caso de requerirla. 3. Recibir los depósitos que se hagan en la Oficina de Central de Consignaciones y elaborar el certificado correspondiente una vez recibido el efectivo, para su entrega al usuario y archivo. 4. Recibir el efectivo y elaborar los certificados de las promociones presentadas por conducto de Oficialía de Partes fuera de los horarios de la Oficina Central de Consignaciones. 5. Custodiar los valores que reciba hasta su entrega al final de la jornada de trabajo al Cajero General o encargado del envío de dinero al Banco correspondiente para su guarda. 6. Realizar los retiros solicitados a la Oficina de Central de Consignaciones por los beneficiarios una vez conformado los datos del mismo y emitir
20 PÁG. 20 DE 25 el certificado correspondiente, para comprobar su entrega una vez firmado. 7. Observar, invariablemente que los depósitos y retiros que se hagan en la Oficina Central de Consignaciones o módulos anexos reúnan los requisitos legales y que cumplan también con aquellos lineamientos que emite el. 8. Usar los elementos técnicos que se implementen en la Oficina Central de Consignaciones para que el servicio que se preste sea en forma eficiente. 9. Canalizar las promociones que requieran, decreto o información diversa, haciendo entrega al Jefe o Supervisor de Consignaciones del oficio con sello impreso del responsable de la elaboración y las copias de los certificados. 10. Auxiliar al Jefe o Supervisor de la Oficina Central de Consignaciones en las labores que le encomienden relacionadas con las funciones de la Oficina, así como en la asignación de guardias de periodos vacacionales y fines de semana. 11. Atender y girar con autorización del Jefe o Supervisor de la Central de Consignaciones las correcciones que conforme a derecho puedan hacerse a los certificados de depósitos así como al sistema de cómputo en base a los requerimientos del proceso y previo escrito de solicitud al Jefe de Informática 12. Cubrir guardias los fines de semana en la Oficina Central de Consignaciones así como en períodos vacacionales, en base a la programación. 13. Las demás atribuciones que le confiera otras disposiciones aplicables y órganos competentes del Poder Judicial del Estado. 14. Coadyuvar con eficiencia en la realización de los objetivos del área de adscripción y en general de los programas del Poder Judicial, en actividades requeridas y compatibles con las atribuciones al nombramiento asignado. PUESTO
21 PÁG. 21 DE 25 CAJERO GENERAL Y CAJERO B OBJETIVO: Recibir, verificar y enviar el dinero en efectivo y cheque, entregado como dotación para el óptimo funcionamiento de las cajas de la Oficina y módulos correspondientes, para proporciona un servicio eficiente, en base a los procedimientos y reglamentos establecidos para la Central de Consignaciones. FUNCIONES: 1. Solicitar a la Dirección de Contabilidad y Finanzas del Poder Judicial del Estado la dotación de dinero en efectivo y distribuirlo entre las diferentes cajas para el servicio de depósitos y retiros., previa verificación de autenticidad de los billetes entregados por el Servicio de SEPSA. 2. Identificar y aplicar diferencias de efectivo en coordinación con la Dirección de Contabilidad y Finanzas del Poder Judicial del Estado. 3. Verificar los arqueos de caja al término de la jornada laboral y revisar el efectivo. 4. Identificar para su aplicación inmediata los depósitos que se hagan con cheques de la Institución bancaria designada por el Consejo de la Judicatura para el depósito de los recursos que integran el Fondo Auxiliar de la Administración de Justicia. 5. Elaborar y enviar el embalaje diario a la empresa contratada para el servicio seguridad o resguardo de valores, teniendo la custodia durante la jornada de trabajo hasta su entrega a dicha empresa. 6. Elaborar un reporte diario de ingresos y egresos, y remitirlo a la Dirección de Contabilidad y Finanzas del Poder Judicial del Estado.
22 PÁG. 22 DE Auxiliar al Jefe y Supervisor de la Oficina Central de Consignaciones en las labores que le encomienden relacionadas con las funciones de la Oficina. 8. Cubrir guardias los fines de semana en la Oficina Central de Consignaciones así como en períodos vacacionales, en base a la programación. 9. Las demás atribuciones que le confiera otras disposiciones aplicables y órganos competentes del Poder Judicial del Estado. 10. Coadyuvar con eficiencia en la realización de los objetivos del área de adscripción y en general de los programas del Poder Judicial, en actividades requeridas y compatibles con las atribuciones al nombramiento asignado. PUESTO
23 PÁG. 23 DE 25 OBJETIVO: ARCHIVISTA B Atender al usuario en la recepción y entrega de dinero, así como apoyar en la guarda y custodia de los certificados de depósitos y retiros, en base al procedimiento y en cumplimiento a los reglamentos establecidos. FUNCIONES: 1. Realizar las funciones descritas en los puestos de archivista y ejecutivo de consignaciones de este manual, para desahogar las funciones del modulo de consignaciones. 2. Auxiliar al Jefe y Supervisor de la Oficina Central de Consignaciones en las labores que le encomienden relacionadas con las funciones de la Oficina. 3. Cubrir guardias los fines de semana en la Oficina Central de Consignaciones correspondiente, así como en períodos vacacionales, en base a la programación. 4. Las demás atribuciones que le confiera otras disposiciones aplicables y órganos competentes del Poder Judicial del Estado. 5. Coadyuvar con eficiencia en la realización de los objetivos del área de adscripción y en general de los programas del Poder Judicial, en actividades requeridas y compatibles con las atribuciones al nombramiento asignado.
24 PÁG. 24 DE EXPEDICIÓN En cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 101 fracción XII, 102 fracción II, 103 párrafo cuatro de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Querétaro; artículos 9 fracción I, 50 fracción I, 94 del Reglamento del del Poder Judicial, el Lic. Jorge Herrera Solorio, expide el presente manual de organización para su debida difusión y observancia al interior del Poder Judicial del Estado de Querétaro, siendo las 13:00 trece horas del día 07 siete de Julio del 2010 dos mil diez. El presente documento entrará en vigor al día hábil siguiente de su autorización por el. La Dirección de Contraloría Interna será la dependencia encargada de coordinar los trabajos de elaboración y modificación de los diversos manuales administrativos de las dependencias o unidades administrativas del Poder Judicial, debiendo conservar una copia de los documentos autorizados. ATENTAMENTE LIC. JORGE HERRERA SOLORIO MAGISTRADO PRESIDENTE DEL PLENO DEL T.S.J. Y DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
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Publicado en el Periódico Oficial del Estado el 15 de junio de 2009 TEXTO VIGENTE
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