INFORME NACIONAL DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY. Trata de mujeres con fines de explotación sexual. Paraguay

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1 INFORME NACIONAL DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY Trata de mujeres con fines de explotación sexual Paraguay Institución Responsable a nivel Nacional: Secretaria de la Mujer de la Presidencia de la Republica del Paraguay Consultora Nacional Responsable: Lourdes Barboza, Centro de Estudios en Derechos Humanos, Niñez y Juventud CENIJU

2 INDICE 1. PRESENTACION 2. INTRODUCCION 3. MAGNITUD DEL PROBLEMA 3.1. Cantidad de casos de trata de personas con fines de explotación sexual comercial en el Paraguay Cantidad de casos de trata interna: Cantidad de casos de trata internacional: Relación porcentual entre la trata internacional y la trata interna: 3.2. Cantidad de denuncias, de procesos judiciales y de condenas judiciales por trata de personas con fines de explotación sexual 3.3. Cantidad de casos de mujeres desaparecidas 3.4. Cantidad de mujeres derivadas a las instalaciones de asistencia en los últimos dos años 3.5. Cantidad de mujeres víctimas de la trata de personas con fines de explotación sexual que fueron asistidas por las Embajadas o Consulados de su país durante los últimos dos años 3.6. Información oficial y estadísticas sobre víctimas de la trata de personas, tratantes y condenas Victimas de trata y casos atendidos Delincuentes Condenas 3.7. Presupuesto asignado a las acciones de prevención, sanción y atención a las víctimas de la Trata de Personas en el Paraguay

3 4. FACTORES DE VULNERABILIDAD 4.1.Rasgos relacionados las diferencias de género y a la discriminación contra la mujer: 4.2. Rasgos relacionados a la situación económica y laboral: 4.3. Migración Internacional: 4.4. Migración interna permanente: Migraciones internas temporales y transfronterizas 4.5.Rasgos relacionados con prácticas interculturales 4.6. Otras situaciones que generan condiciones de vulnerabilidad frente a la trata de personas 5. CARACTERIZACION GENERAL DE LA TRATA DE PERSONAS EN EL PARAGUAY 6. LOS TRATANTES. EXPRESIONES EN EL PARAGUAY 7. LAS VICTIMAS DE TRATA 7.1. Edades 7.2. Zona de procedencia 7.3. Personas de las que depende económicamente la víctima Personas que dependen de la víctima (hijos/as, otros familiares, otros) 7.5. Antecedentes de violencia domestica y/o abuso sexual 7.6. Antecedentes de situaciones de trata o explotación sexual en la familia Situación socioeconómica 7.8. Etnia, raza, origen nacional 7.9. Situación sanitaria: adicciones, salud mental, salud sexual 8. ETAPAS DE LA TRATA DE PERSONAS 8.1. Captación y reclutamiento Viaje y tránsito Destino y explotación.

4 9. RESPUESTAS INSTITUCIONALES DEL PARAGUAY ANTE LA TRATA DE PERSONAS. BUENAS PRÁCTICAS INSTITUCIONALES 9.1. Políticas públicas de prevención y enfrentamiento a la trata Instituciones con competencia en trata de personas El Poder Ejecutivo: Ministerio de Relaciones Exteriores Secretaría de la Mujer de la Presidencia de la República Secretaría Nacional de la Niñez y la Adolescencia Ministerio del Interior (MI): Policía Nacional. Migraciones Secretaría de Desarrollo para Repatriados y Refugiados Connacionales: Ministerio de Justicia y Trabajo (MJT) Secretaria Nacional de Turismo (Senatur) Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPBS) Ministerio de Educación y Cultura (MEC) Ministerio de Industria y Comercio (MIC) Secretaría de Acción Social (SAS) Secretaría Técnica de Planificación (STP) Gobiernos Departamentales y Municipales: Gobernaciones Municipalidades Poder Judicial Ministerio Público Defensoría del Pueblo Poder Legislativo 9.3. Capacitación y Sensibilización sobre trata de personas Conceptualización de la trata Recepción y abordaje institucional de los casos, pasos a seguir, protocolos de actuación, otros aspectos.

5 9.6. Formas de coordinación y cooperación con otros organismos del País, con otros Países y con ONGs Con otros países en la investigación y atención a las victimas 9.7. Presupuesto estatal específico para el tema, o financiamiento de cooperación Modalidad de intercambio de la información confidencial entre organismos y forma de protección de los datos sensibles o reservados. Recomendaciones para estos aspectos Descripción de los principales problemas con los que las instituciones se enfrentan en las prácticas de prevención, persecución y protección a las víctimas Líneas de acción para la prevención Líneas de acción para la protección y atención integral a personas víctimas Líneas de acción para la investigación, persecución, juzgamiento y sanción penal Líneas de acción para la cooperación local, nacional e internacional Instituciones con más fortaleza institucional para el abordaje de la problemática a nivel estatal, nacional e internacional: 10. LEGISLACIÓN APLICABLE A LA TRATA DE PERSONAS EN EL PARAGUAY La penalización de la trata de la trata de personas en el Paraguay, tipo penal de trata de personas con fines de explotación sexual. El consentimiento. La distinción entre victimas adultas y niñas, niños y adolescentes. Los delitos conexos Ley 3440/08 - Que modifica el Código Penal de la Republica del Paraguay Otras Leyes Nacionales que se refieren a la Trata de Personas: Normas Internacionales: Persecución del Delito: Responsabilidad penal de los agentes de investigación. Prerrogativas de investigación especiales Asistencia/Cooperación internacional

6 10.4. Extradición Responsabilidad de personas jurídicas Garantías para el acceso a la justicia Protección y Restitución de derechos Forma de regulación de la prostitución o trabajo sexual en el Paraguay. 11. COOPERACIÓN INTERNACIONAL.1. Acuerdos/convenios/tratados de cooperación para la intervención en situaciones de trata de personas..2. Ejemplos de Buenas Prácticas en la Atención de Casos de Trata de Personas en el País. Articulación entre países. 12. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES GENERALES 13. BIBLIOGRAFIA 14. ANEXOS

7 DESARROLLO DEL INFORME 1. PRESENTACION El objetivo del presente informe sobre la trata de mujeres con fines de explotación sexual en el Paraguay es lograr a partir del mismo, caracterizar el estado de situación del país en la temática con el fin de proveer insumos para la elaboración de un diagnóstico regional en el tema trata de mujeres con fines de explotación sexual comercial en el MERCOSUR, lo cual a su vez permitirá la concreción de un Protocolo Regional para la detección, intervención, rescate y reintegración de mujeres víctimas de trata con fines de explotación sexual comercial, adecuado a las necesidades de la región. Para este fin, fue desarrollada una revisión documental y bibliográfica, complementada con entrevistas a algunos actores claves a nivel nacional. 2.INTRODUCCION La trata de personas en el Paraguay afecta principalmente a mujeres, niñas y adolescentes del sexo femenino, aun cuando se han detectado caso de trata de hombres, niños y adolescentes de sexo masculino y transexuales, estos son aun escasos, se tiene conocimiento de la existencia de estos casos principalmente a través de investigaciones realizadas en la temática, los casos denunciados o detectados en relación a trata de personas de sexo masculino son principalmente de trata con fines de explotación laboral. Estas referencias se realizan al solo efecto de enfatizar que la trata de personas en el Paraguay corresponde principalmente a la trata de mujeres, niñas y adolescentes de sexo femenino. En igual sentido, la principal finalidad de la trata de personas detectada en el Paraguay, es la explotación sexual, si bien ya existen casos denunciados de trata con fines de explotación laboral y no obstante el sesgo de esta información que podría haberse originado en el hecho de que el tipo penal de trata de personas contemplado en la Ley Penal del Paraguay, hasta hace poco tiempo, sancionaba exclusivamente la trata con fines de explotación sexual. No obstante, las investigaciones de tipo cualitativas realizadas en el Paraguay dan cuenta principalmente de la existencia de trata de personas con fines de explotación sexual, al menos hasta el momento de este informe.

8 En cuanto a la expresión internacional de la trata de personas, el Paraguay es señalado principalmente como país de origen de la trata internacional con fines de explotación sexual, si bien se han dado casos en los cuales ha funcionado como país de tránsito de trata de personas con fines de explotación sexual, cuyas víctimas mujeres dominicanas, estaban en tránsito en la ciudad fronteriza de Ciudad del Este y eran llevadas con destino a Europa. También el Paraguay funciona como país de destino de la trata con fines de explotación sexual principalmente en zonas de fronteras, cruces estratégicos de rutas internacionales y zonas de cultivo intensivo principalmente habitadas por colonias de migrantes. Si bien existen referencias acerca de turismo sexual en el Paraguay, a través de ofertas en internet, principalmente en zonas de frontera, no existen casos registrados que pudieran acreditar la existencia de esta modalidad de explotación sexual a víctimas de trata de personas. Los principales países de destino de la trata con fines de explotación sexual con victimas de origen paraguayo son principalmente Argentina y España, también son países de destino a nivel Regional, Bolivia y Chile. En zonas fronterizas Brasil. En cuanto a destinos transcontinentales, se cuenta a España en primer lugar y otros destinos en Europa, tales como Italia y Francia. Se han dado también casos de trata de personas en matrimonio servil con destino en países del Asia, específicamente Corea, también casos en el Japón y en el África Sudáfrica. La trata interna en el Paraguay no se encuentra penalizada como tal, esta expresión se encuentra subregistrada en el país por lo cual es difícil dimensionar la magnitud. No obstante se conoce por la experiencia en investigación de la trata interna a través de otros delitos como proxenetismo o rufianería, así como por las investigaciones sociales realizadas en la materia, que esta expresión de la trata de personas afecta principalmente a personas menores de edad de sexo femenino, tratadas con fines de explotación sexual. Esta explotación se realiza frecuentemente en burdeles y otras modalidades similares y las víctimas son trasladadas del interior del país a centros urbanos y zonas fronterizas. Conforme a la experiencia de los órganos de atención nacionales, muchas veces la trata interna precede a la trata internacional. En general, resulta difícil dimensionar cuantitativamente la trata de personas en el Paraguay dado que sumado a las limitaciones del tipo penal de la trata de personas que incide en la detección y registro de la misma como tal, existen deficiencias en cuanto al registro y sistematización de la información tales como: falta de formularios unificados, poca tradición de sistematización escrita de la información, sistemas de información insuficientes o inapropiados, complejidad en el relevamiento y manejo de información en estos casos. No obstante existen interesantes iniciativas llevadas adelante desde los órganos públicos competentes, principalmente en materia de atención e investigación, tales como Fiscalía general del Estado y Secretaria de la Mujer de la Presidencia de la Republica, así como de organizaciones de la sociedad civil, dirigidas a revertir esta deficiencia. Las redes de tratantes en el Paraguay, tomándolo principalmente como país de origen de las mujeres víctimas de trata internacional de personas con fines de explotación sexual, funcionan con la participación de personas y empresas que cumplen distintos roles durante el proceso de captación, documentación para el traslado al extranjero y traslado. Puede mencionarse al captador, el gestor de documentación de viaje, las agencias de

9 viajes, los financistas, los explotadores en el extranjero que se mantienen en contacto, seleccionan las mujeres y también en determinados casos financian los viajes. Es posible encontrar en el Paraguay, redes de tratantes de condiciones poco sofisticadas, que sin embargo funcionan a la perfección aun ocasionalmente para lograr el fin de captar, trasladar, y en otros casos recepcionar y explotar a mujeres víctimas de trata de personas con fines de explotación sexual. Sin embargo, también existen en el Paraguay redes de tratantes más sofisticadas y organizadas, generalmente estas están vinculadas a la comisión de otros delitos trasnacionales como el trafico de drogas. Estas tienen un proceder diferente a las redes más precarias. Sin lugar a dudas existen en el Paraguay factores que favorecen la trata de personas, entre los cuales se podría mencionar la corrupción, la impunidad, los altos niveles de pobreza e inequidad, la falta de oportunidades, la falta de acompañamiento suficiente a los migrantes, el escaso control fronterizo, los factores culturales que conllevan discriminación basada en el género, la violencia domestica y el abuso sexual, la precarización del empleo, la poca formalidad de los actos incluyendo la falta de documentación personal y de propiedad de la tierra, entre otros. En cuanto a las políticas públicas, en el Paraguay funciona una Mesa Interinstitucional para la Prevención y el Combate de la Trata de Personas en la Republica del Paraguay, que constituye la política de articulación y coordinación interinstitucional e intersectorial a nivel nacional. Fue creada `por Decreto del Poder Ejecutivo Nro. 5093/05. De la mesa participan en carácter de miembros de 47 instituciones públicas y organizaciones de la sociedad civil y desde sus inicios se han elaborado planes estratégicos y anuales de trabajo de esta instancia. Actualmente fue aprobado por esta Mesa el documento referente a la Política Nacional de Prevención y Combate a la Trata de Personas, , sin embargo esta política aun no fue aprobada por Decreto del Poder Ejecutivo y carece de creación presupuestaria en el presupuesto público, por lo tanto aun no se encuentra implementada. En materia legislativa, la situación del Paraguay es precaria dado que el tipo penal de trata de personas no contempla la expresión de la trata interna y en aspectos generales no se ajusta a la definición del artículo 3 del Protocolo adicional a la Convención de las Naciones Unidas contra el Crimen organizado transnacional para Prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente de mujeres y niños, conocido como Protocolo de Palermo, ratificado por el Paraguay a través de la Ley Nro. 2396/04. El Paraguay también ha ratificado la Convención de las Naciones Unidas contra el Crimen organizado transnacional. Actualmente se encuentra en elaboración un anteproyecto de ley sobre trata de personas, para abordar esta dificultad legislativa. En materia de cooperación internacional, existen experiencias principalmente con la Argentina, Chile, Bolivia y España, para la investigación penal de los casos y la atención de las víctimas. Finalmente, los problemas relacionados a la trata de personas en el Paraguay son múltiples, y los recursos y esfuerzos para enfrentarlos aun escasos, sin embargo se van dando importantes avances en este sentido, pero es necesario admitir que aun resultan insuficientes, lo cual afecta al número creciente de mujeres que resultan víctimas de este delito.

10 3. MAGNITUD DEL PROBLEMA En el Paraguay resulta difícil dimensionar la magnitud del problema de la trata de personas dadas las dificultades para la detección y el registro de los casos de trata de personas existente, lo cual a su vez tiene origen en múltiples causas tales como: dispersión de la información en las instituciones competentes para la atención de las víctimas y la persecución y sanción de los tratantes, deficiencias en la formulación del tipo penal de trata de personas lo cual permite que situaciones de trata ingresen al sistema de denuncias a través de algún delito conexo por ejemplo, proxenetismo, rufianería, entre otros, confundiéndose los casos de trata de personas en las estadísticas referentes a otros tipos penales. A esto se suma, la falta de un registro unificado, las debilidades propias del sistema estadístico del país, aun en otras materias, la escasa tradición de la cultura escrita en las prácticas institucionales, entre otras. Sin embargo, se ha tomado conciencia en el Paraguay acerca de esta debilidad y se han realizado importantes avances en materia de sistematización de la información existente y organización de la información que se va recabando, lo cual se menciona en este punto. Es difícil también cuantificar la inversión pública en las respuestas a la trata de personas, dado que aun el presupuesto asignado a programas específicos es escaso y otras inversiones en la materia son destinadas a acciones de carácter general Cantidad de casos de trata de personas con fines de explotación sexual comercial en el Paraguay Cantidad de casos de trata interna: Si bien la trata interna de mujeres con fines de explotación sexual es una realidad en el país, no es posible contar con información disponible referente a aspectos cuantitativos de esta modalidad, dado que los casos de trata interna no se denuncias, identifican ni registran como tales ya que el tipo penal de trata de personas en el Paraguay, solo penaliza la Trata de Personas con destino internacional y no se encuentra penalizada como trata de personas, la trata interna. Esta modalidad, generalmente se denuncia, se persigue y ocasionalmente se sanciona como proxenetismo, rufianería u otros delitos habitualmente conexos a la trata de personas Cantidad de casos de trata internacional: Conforme a la Memoria de la Mesa Interinstitucional para la Prevención y Combate a la Trata de Personas, desde el año 2004 y hasta diciembre del 2008, los proveídos por la Secretaria de la Mujer, Secretaria de la Niñez y la Adolescencia, otras instituciones y el Ministerio Publico, se habían recibido 84 denuncias de trata con fines de explotación sexual, cuyas víctimas mujeres mayores de edad, ascendía a un total de 103 mujeres.

11 Los datos oficiales presentados por el Ministerio Publico, en el Informe de Gestión de la Fiscalía General del Estado, correspondiente al año 2008, señalan que hasta ese año se habían recibido alrededor de 100 denuncias, de las cuales se ingresaron 43 causas. 49 víctimas fueron rescatadas de los países de destino Argentina, Corea, Chile, entre otros. No es posible conocer en esta fuente la cantidad de víctimas involucradas en estas causas, y si bien todas son mujeres tratadas con fines de explotación sexual, de conformidad al tipo penal de trata de personas, vigente en dicho año, no es posible discriminar las causas que involucran a victimas menores de edad de aquellas que hacen referencia a victimas mayores de edad. Como es posible observar los datos no son homologables, los criterios de sistematización han sido diferentes y abarcan distintos periodos de tiempo. El informe del Componente Estadístico elaborado por la Dirección General de Estadísticas, Encuestas y Censos de la Presidencia de la Republica del Paraguay, en el año 2009, en el marco del Programa de Apoyo a la Lucha contra la Trata de Personas, especialmente Mujeres, Niñas y Niños de la Secretaria de la Mujer, con apoyo del BID, identifico de fuentes del Ministerio Publico un total de 199 casos de trata de personas con fines de explotación sexual, ingresados a la Fiscalía desde el año 2003 al año 2009 a través de todas las jurisdicciones del país. Se mencionan especialmente la cantidades correspondientes a la Ciudad de Asunción, donde se registraron 87 casos, Encarnación 23 casos y Ciudad de Este 32 casos. No fue posible discriminar cuantas victimas están involucradas en estos casos. Conforme al mismo componente estadístico, el informe basado en los registros físicos disponibles en las instituciones de atención directa a las víctimas que integran la Mesa Interinstitucional para el Combate a la Trata de Personas en el Paraguay, correspondientes al periodo , de un total de 87 víctimas registradas en el periodo comprendido entre agosto del 2008 a julio del 2009, 86 resultaron mujeres. Sin embargo el universo de personas víctimas de trata de personas cuyos casos son analizados en este componente, corresponden a trata de personas con diversos fines, ya que las instituciones a atención a víctimas, no obstante las limitaciones de la configuración del tipo penal de trata de personas en el Paraguay, que en el periodo de tiempo analizado, solo hacía referencia a la trata de personas con fines de explotación sexual, también han brindado asistencia a víctimas de trata con fines de explotación sexual, trabajo o servicio forzado, servidumbre y matrimonio forzoso. Efectivamente, del total de 87 víctimas, 57 han sido víctimas de trata de personas con fines de explotación sexual, 2 víctimas de trabajo o servicio forzado, 1 de servidumbre, 1 matrimonio forzoso. Sin embargo en 26 casos esta información no se encuentra disponible. En cuanto a la edad, no es posible discriminar entre mujeres mayores y menores de edad, si en cuanto a grupos de edad. Ya que la mayoría de edad en el Paraguay, está determinada en 18 años. 1 1 Conforme a la Lley Nº 2169/03 que establece la mayoría de edad

12 La información disponible indica que del total de 87 víctimas de trata de personas, 55,2% están comprendidas en la franja etarea de 15 a 19 años,18,4% entre 20 y 14 años;11,5% entre 25 a 29 años, 3,4% entre 30 y 34 años y 3,4% entre 35 y mas años Relación porcentual entre la trata internacional y la trata interna: No es posible hacer referencia a este aspecto dada la falta de información cuantitativa en relación a la trata interna en el Paraguay, debido a las razones mencionadas en el punto específico de trata interna. a. Cantidad de denuncias, de procesos judiciales y de condenas judiciales por trata de personas con fines de explotación sexual La cantidad de denuncias judiciales registradas en el Ministerio Publico fue señalada en el ítem anterior. El informe del Componente Estadístico elaborado por la Dirección General de Estadísticas, Encuestas y Censos de la Presidencia de la Republica del Paraguay, en el año 2009, en el marco del Programa de Apoyo a la Lucha contra la Trata de Personas, especialmente Mujeres, Niñas y Niños de la Secretaria de la Mujer, con apoyo del BID, identifico de fuentes del Ministerio Publico un total de 199 casos de trata de personas con fines de explotación sexual, ingresados a la Fiscalía desde el año 2003 al año 2009 a través de todas las jurisdicciones del país. Se mencionan especialmente la cantidades correspondientes a la Ciudad de Asunción, donde se registraron 87 casos, Encarnación 23 casos y Ciudad de Este 32 casos. No fue posible discriminar cuantas victimas están involucradas en estos casos. La Fiscalía especializada en Trata de Personas, menciona que dentro del periodo comprendido entre los años 2008 al 2009 se han obtenido 25 condenas en casos de trata internacional de mujeres con fines de explotación sexual. De acuerdo al informe de gestión del Ministerio Publico, correspondiente al periodo comprendido entre el 01/01/2009 al 31/10/2009, existe un total de 83 causas de trata de personas ingresadas, todas ellas referentes a trata internacional de mujeres con fines de explotación sexual. b. Cantidad de casos de mujeres desaparecidas No se conoce, el sistema de ingreso de denuncias del Ministerio Publico no permite discriminar entre mujeres y hombres el tipo penal de denuncia de desaparición de persona. No se cuenta en el país con otras fuentes o registros para relevar esta información. c. Cantidad de mujeres derivadas a las instalaciones de asistencia en los últimos dos años Conforme al componente estadístico referente a víctimas de trata de personas con fines de explotación sexual, del total de 87 víctimas a las que hacen referencia los registros del periodo de tiempo ya mencionado , en el momento de la detección,

13 generalmente acontecida en el país de destino, el 21% de las victimas recibió atención medica, el 16% de las victimas recibió atención psicológica, el 14 % de las victimas recibió atención legal, también el 14 % de las victimas recibió atención económica, y el 14 % de las victimas recibió albergue, sin embargo no en el 21% de las víctimas no se encuentra disponible la información acerca de qué tipo de atención le fue proporcionada en este momento. Para la reintegración social de las víctimas, el informe refiere que para la reintegración social y familiar, el 25,3% de las victimas recibió asistencia psicológica, 22,2 % apoyo en albergues, el 19,1% asistencia legal, 8,2%asistencia medica, 5,2% asistencia económica, 3,6% en capacitación y estudios, otras asistencias 2,6%. En un 13,9% de las victimas esta información no se encuentra disponible. d. Cantidad de mujeres víctimas de la trata de personas con fines de explotación sexual que fueron asistidas por las Embajadas o Consulados de su país durante los últimos dos años Siempre conforme al componente estadístico de referencia y en el periodo de tiempo que el mismo abarca, solo un 5,8 % del total de víctimas fueron asistidas para su retorno por el Ministerio de relaciones Exteriores, del cual dependen las Embajadas y consulados del Paraguay. (Con la salvedad de que 1% de este total corresponde a un hombre víctima y la discriminación entre mayores y menores de edad no es posible) e. Información oficial y estadísticas sobre víctimas de la trata de personas, tratantes y condenas i. Victimas de trata y casos atendidos La información referente a víctimas y casos de trata, se encuentra dispersa en diferentes instituciones de atención a víctimas e investigación de la trata de personas, no existe un registro único de casos de trata de personas, por lo que los aspectos relevados en relación a los casos en sí y a las victimas muchas veces no son homologables. A esto se suma el hecho el escaso hábito de registrar en forma escrita el historial de acciones realizadas en los casos y en relación a las víctimas no se encuentra instalada en la práctica, por lo que mas allá de los expedientes judiciales o las carpetas fiscales las acciones realizadas principalmente desde otras instituciones no se pueden historiar, salvo por el relato verbal que se pierde con la rotación o salida de los funcionarios responsables de la atención. No obstante estas limitaciones, las instituciones con competencia para la atención directa de los casos de trata de personas, tales como la Secretaria de la Mujer y la Secretaria de la Niñez y la Adolescencia, cuentan con fichas de registro, distintas pero dirigidas al mismo fin. También el Ministerio Publico cuenta con un sistema informático, inicialmente en funcionamiento en red con ambas secretarias mencionadas, para el registro de los casos de trata de personas. Sin embargo dicho sistema es escasamente utilizado. La Dirección General de Estadísticas, Encuestas y Censos dependiente de la Secretaria Técnica de Planificación de la Presidencia de la Republica, desarrollo una ficha básica de registro de casos de trata de personas, con el objetivo de homologar la información existente en las instituciones abocadas a la atención directa a las víctimas de trata de personas y a la investigación y persecución. Dicha ficha básica fue pasada a los

14 funcionarios responsables de las dependencias asignadas a la atención de la trata y a las unidades especializadas de la Fiscalía General del Estado, con cuyo resultado se elaboro el componente estadístico, al que se hiso referencia en apartados anteriores como fuente del presente informe. El componente Estadístico elaborado por la Dirección General de Estadísticas, Encuestas y Censos de la Presidencia de la Republica del Paraguay, en el año 2009, en el marco del Programa de Apoyo a la Lucha contra la Trata de Personas, especialmente Mujeres, Niñas y Niños de la Secretaria de la Mujer, con apoyo del BID, contiene la información disponible en materia cuantitativa en relación a la trata de personas y específicamente a las víctimas de trata de personas con fines de explotación sexual. ii. Delincuentes Si bien es posible conocer la cantidad de personas imputadas y condenadas por trata de personas, esta información no se encuentra sistematizada a nivel nacional. Se conoce la cantidad de causas de trata de personas, no así la cantidad de procesados involucrados en dichas causas. La cantidad de condenas. No así la cantidad de condenados en dichas condenas. iii. Condenas La Fiscalía especializada en Trata de Personas, menciona que dentro del periodo comprendido entre los años 2008 al 2009 se han obtenido 25 condenas en casos de trata internacional de mujeres con fines de explotación sexual. f. Presupuesto asignado a las acciones de prevención, sanción y atención a las víctimas de la Trata de Personas en el Paraguay La información existente consiste en información puntual de cada institución, sin que esto sea posible cuantificar y en muchos casos siquiera desagregar lo correspondiente en forma específica a la prevención y el combate de la Trata de Personas. Por ejemplo, el Ministerio Publico cuenta con el presupuesto asignado a sus unidades especializadas en materia de Trata de Personas, que actualmente suman 2 unidades especializadas proyectándose otras 2 más para el presente año La Secretaria de la Mujer de la Presidencia de la Republica, cuenta con un presupuesto propio para la Dirección de Trata y el albergue para victimas, aun cuando dicho presupuesto resulta insuficiente para las necesidades. La Secretaria de la Mujer cuenta también con el apoyo de la empresa Bi Nacional de Itaipu a través de la Comisión de Equidad y Género de dicha Bi Nacional, con lo cual se sustenta acciones como reintegración a víctimas. Conforme a los delineamientos trazados por la Mesa Interinstitucional de Combate a la Trata de Personas, las instituciones integrantes deben propiciar la asignación de fondos propios para los programas de prevención y lucha contra la trata de personas, sin

15 embargo los esfuerzos en este sentido son aun incipientes y no existen investigaciones respecto a la inversión que se realiza en esta materia. 4. FACTORES DE VULNERABILIDAD Los principales factores de vulnerabilidad del Paraguay frente a la trata de personas con fines de explotación sexual fueron identificados en el diagnostico realizado para la elaboración de la Propuesta de Política Nacional de Prevención y Combate a la Trata de Personas en Paraguay , en forma conjunta con las instituciones y organizaciones que integran la Mesa Interinstitucional para la Prevención y el Combate de la Trata de Personas, determinó como contextos facilitadores de la trata de personas, los rasgos relacionados a la situación económica y laboral, específicamente la pobreza, los aspectos relacionados al género y la discriminación contra la mujer,, la migración internacional, la migración interna permanente, las migraciones internas temporales y fronterizas y los rasgos relacionados con prácticas interculturales. Otras situaciones que generan condiciones de vulnerabilidad frente a la trata de personas en el Paraguay son: la violencia doméstica e intrafamiliar, la violencia estructural e institucional, el maltrato hacia las niñas, niños y adolescentes, el abuso sexual y la explotación sexual infantil, la explotación laboral de niñas, niños y adolescentes, particularmente en el trabajo doméstico y sobre todo en la modalidad de criaditas y criaditos, el trabajo forzoso de mujeres y hombres, la migración interna e internacional no asistida y sin recursos suficientes, el desempleo y el subempleo, las bajas oportunidades y las escasas alternativas de educación, formación profesional y acceso al empleo, la expulsión de las comunidades indígenas y campesinas de las tierras para el cultivo intensivo, la falta de documentación de identidad civil, la baja coordinación interinstitucional en las respuestas frente a condiciones de amenaza, vulneración y violación de derechos, sobre todo de los derechos económicos, sociales y culturales. 4.1 Rasgos relacionados las diferencias de género y a la discriminación contra la mujer: Este aspecto es coincidente con los factores sociales identificados como facilitadores de la Trata de Personas en el Paraguay, conforme al Componente Estadístico ya referenciado, donde se hace relación a la realidad de las mujeres jefas de hogar en el Paraguay, donde se menciona que conforme al Censo Nacional de Población y Vivienda 2002, del total de hogares, el 74% de los mismos tiene al hombre como jefe de hogar y el 26% como jefa de hogar a una mujer, lo que equivale a hogares de cuales el 67% se hallan ubicados en el area urbana. La jefatura de hogar femenina está presente en todos los grupos etareos, existiendo incluso un número pequeño de hogares a cargo de niñas de 10 a 14 años de edad. Un total de hogares a cargo de mujeres adolescentes de entre 15 y 19 años de edad, de los cuales el 63% se encuentra en zona urbana y el 37% en el área rural. El 43% de los hogares con jefaturas de mujeres se encuentran ubicados en Asunción y el Departamento Central, el 9% en

16 Alto Paraná y el 8% en Itapua, ambos Departamentos del país ubicados en zonas de frontera. La composición de los hogares bajo jefatura de mujeres, es el hogar extendido 41%.La principal actividad que ocupa a la población de mujeres jefas de hogar económicamente activas es el trabajo no calificado 30%, entre los que se encuentran actividades como personal domestico, limpiadoras de oficinas, hoteles y otros establecimientos, lavanderas, planchadoras, servicios y ventas de comercio, operarias y artesanas. Estas informaciones señalan la precariedad de las ocupaciones de las mujeres jefas de hogar que no se compadecen del volumen de obligaciones familiares con que las mismas cargan, lo que impacta en relación a su nivel de vida y de las personas a su cargo. De igual modo merman las posibilidades objetivas de las mismas en cuanto al progreso y mejoramiento de su condición de vida así como de los proyectos de vida y superación de su descendencia. Por otro lado el componente estadístico, hace referencia también al temprano ingreso al mundo laboral de las niñas y adolescentes, sobre todo en la actividad domestica en hogares de terceros con el consecuente temprano desarraigo familiar y social, principalmente para las niñas y adolescentes empobrecidas del interior del país Rasgos relacionados a la situación económica y laboral: Otro aspecto mencionado en el diagnostico realizado para la elaboración de la Propuesta de Política Nacional de Prevención y Combate a la Trata de Personas en Paraguay , como parte de un contexto favorable a la trata, es la pobreza en el Paraguay, que representa cerca del 40% del total de la población, en tanto el desempleo abierto que alcanza al 6% de la población económicamente activa (PEA), lo que sumado al 25% de la PEA en condiciones de subempleo, representa un 31% con problemas para mantenerse en el campo laboral (DGEEC, 2003, 2004, 2005 y 2007). Todo ello, coloca a las personas en situación de potencial vulnerabilidad a la trata, sobre todo cuando convergen otras condiciones como la insuficiencia de servicios sociales básicos, el inadecuado acceso a información pertinente, la debilidad en las relaciones comunitarias y familiares, entre otras. 4.3 Migración Internacional: La migración internacional de la población paraguaya ha aumentado en el último decenio, sobre todo la que se realiza a países como Argentina, España y Estados Unidos motivada por oportunidades de mejoras laborales. Esto se ve reflejado en el aumento de la recepción de remesas del extranjero, dado que el 12% de los hogares paraguayos cuentan al menos con un familiar en el extranjero y en general dependen económicamente de sus envíos de dinero (DGEEC, 2008).

17 Esto a su vez ha generado un imaginario sobre los beneficios de la migración, especialmente en sectores de la sociedad con pocas perspectivas de desarrollo en el país, situación muchas veces aprovechada por los y las tratantes que estimulan una supuesta migración voluntaria y segura. Investigaciones recientes indican que las personas que resultaron víctimas de trata internacional contaban con un proyecto migratorio, o sea deseaban salir del país para mejorar sus condiciones de vida, particularmente en relación a su campo laboral y de ingresos. Es decir, se trataba de una intención de realizar una migración voluntaria y segura, sin embargo no contaban con recursos propios para concretarla en forma independiente; situación que en todos esos casos fue aprovechada por las personas tratantes (Grupo Luna Nueva, 2005) Migración interna permanente: Al mismo tiempo no se pueden desconocer los movimientos de personas en el territorio nacional. Hasta 1970, fue muy importante en nuestro país la migración entre zonas rurales, porque era el campesinado que se movía de áreas de asentamiento tradicional a áreas de nueva colonización. Pero, como las tierras sin dueños se acabaron a fines de la década del 70, ese flujo casi desapareció. Conforme a los datos estadísticos disponibles (encuestas integradas y permanentes), la migración entre zonas urbanas es la que más ha crecido en los últimos veinte años. Pero esta inferencia puede resultar engañosa, porque estos datos reflejan los cambios de domicilios dentro de un mismo conglomerado urbano, lo que mostraría más una inestabilidad habitacional de la población que una efectiva migración. La migración de zonas rurales a zonas urbanas es un fenómeno propio de América latina, que empezó a darse con la industrialización de algunos países, situación que no se dio en Paraguay. A fines de los años 50, ciudades como Buenos Aires, San Pablo, Santiago de Chile, Quito y Lima ya contaban con más de dos millones de habitantes, mientras que 7 de cada 10 paraguayos y paraguayas vivían en zonas rurales. Sin embargo, el proceso migratorio en Paraguay llevó a que en 2002 la relación se invirtiera hasta llegar a que 6 de cada 10 vivían en zonas urbanas. En Paraguay, como no hubo industrialización a la escala de los otros países, el proceso de urbanización fue muy tardío, se intensifica realmente a partir de la década del 70 y se refleja en el Censo de Este proceso de urbanización obedece a una concentración poblacional, más que a una planificación territorial, registrada en Asunción y Central, que juntas reúnen a cerca de 1 millón 800 mil personas, es decir, 1 de cada 3 habitantes del país. Pero, las ciudades no estaban preparadas para recibir un flujo de familias campesinas que, a pesar de contar con competencias para

18 desempeñarse en actividades agrícolas, estaban muy poco entrenadas para enfrentar un ambiente urbano que les resultara hostil. Este fenómeno, se intensifica tanto a fines de los 70 como a fines de los 90, muy ligado a procesos agrarios. Como no hay dónde dejar al grupo familiar, se produce en estas condiciones la migración conjunta, por lo que resulta permanente y forzada. Las consecuencias, con impacto sobre todo en niñas, niños y adolescentes, implican un proceso altamente violento de desarraigo. En no pocos casos también este proceso migratorio significa la destrucción del nicho de contención familiar Migraciones internas temporales y transfronterizas Todavía como parte de las migraciones internas, se encuentran modalidades de migración voluntaria de carácter temporal, donde uno o más miembros de un grupo familiar se trasladan a otra localidad por un período de tiempo para realizar actividades económicas, generalmente la zafra, la cosecha, la tala de madera y, en menor medida, actividades en temporada veraniega. Asimismo, las migraciones transfronterizas implican la movilidad de personas en un territorio social que se constituyen en ámbitos geográficos de Estados diferentes, pero para quienes la frontera internacional no representa más que parte de su cotidiano de trabajo, educación, consumo y recreación. En nuestro país particularmente se produce en la zona de la Triple Frontera, Salto del Guairá y las fronteras secas con el Brasil, particularmente Pedro Juan Caballero y Ponta Porá; así como en las fronteras con Argentina a través de los ríos Pilcomayo, Paraguay y Paraná, siendo los de mayor movimiento Puerto Elsa y Clorinda, Alberdi y Formosa, Ayolas e Ituzaingó, Encarnación y Posadas El componente estadístico, menciona en relación a la migración de la población como factor de vulnerabilidad, le hecho de que generalmente la victima de trata tenía un proyecto migratorio, deseaba salir del país para mejorar económicamente sin embargo no contaba con recursos propios para realizar una migración independiente, lo cual generalmente es aprovechado por los tratantes (Luna Nueva, 2005). Menciona que la búsqueda de oportunidades de la población paraguaya en el extranjero a través de la migración ha sido una constante, en aumento en los últimos años, es ai que el 12% de los hogares del Paraguay cuenta con al menos un familiar en el extranjero( Encuesta Permanente de Hogares 2008). Por lo cual las remesas enviadas por los paraguayos desde el extranjero a sus familiares constituye una fuente de ingresos importante para numerosas personas en el Paraguay.

19 Entre el año 2003 al 2007 han emigrado personas, sin diferencias significativas de sexo, principalmente adultas. El mayor flujo de migrantes hacia el extranjero se dio en el año 2007 con la salida de personas que hacen al total del 30% de emigrantes. El principal destino es la Argentina, país en el que reside el 60% de los emigrantes paraguayos, el siguiente destino es España, donde reside el 32% del total de emigrantes, otros destinos de la emigración son Brasil y Estados Unidos de Norteamérica. En cuanto al nivel de instrucción de los emigrantes, el 42% de las personas aprobaron el bachillerato o su equivalente en la educación media, el 27% la instrucción primaria hasta el 6º grado, y el 18% la educación escolar básica hasta el 9º grado. Existen diferencias en cuanto al nivel de instrucción de los emigrantes, ya que a la Argentina viajan personas con el nivel de educación primaria y los que viajan a España son principalmente egresados del Bachillerato o educación secundaria. La principal causa de expulsión es la falta de trabajo, mencionada por el 92% de los emigrantes, seguida de motivo familiar que afecta al 4% de los emigrantes Rasgos relacionados con prácticas interculturales Los aspectos interculturales son mencionados en el diagnostico de referencia, se menciona que históricamente en el Paraguay, las relaciones interculturales tuvieron como signo la opresión de los pueblos indígenas por parte de la denominada comunidad nacional, particularmente de quienes cuentan con el poder socio económico y político para hacerlo, lo que al unirse a la expulsión de sus territorios y a la captación en ellos, se constituiría en trata con fines de explotación laboral. En 2009, el Foro Permanente de las Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas, en su segunda visita al Paraguay, relevó nuevamente las condiciones similares a la esclavitud en que viven las personas de los pueblos indígenas que trabajan en las estancias del Chaco paraguayo y el riesgo a que son expuestas las niñas, adolescentes y jóvenes cuando sus comunidades son expulsadas de sus territorios ancestrales a causa del avance de la frontera agrícola y su instalación en los centros urbanos, donde están más vulnerables a la trata con fines de explotación sexual (Foro Permanente de las Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas, 2009). Por otro lado, en la migración rural urbana, el entorno de la ciudad no favorece las condiciones para la inclusión de las personas migrantes, particularmente de las mujeres adolescentes y jóvenes ni de las niñas y los niños. Esto se origina en la insuficiente atención a las diferencias culturales entre el campo y la ciudad, las que se expresan en el idioma, las costumbres, las pautas de crianza y convivencia, el uso diferenciado de las tecnologías de información, comunicación y transportes, entre otros. Todo ello puede llegar a producir exclusión, discriminación y aislamiento social, con lo cual aumenta las condiciones de vulnerabilidad frente a la trata.

20 4.6.Otras situaciones que generan condiciones de vulnerabilidad frente a la trata de personas Junto con las inequidades interculturales, generacionales, de género y de situaciones socio económicas, hay otras situaciones que vuelven más vulnerables a la población en general y a diversos sectores en particular frente a la trata de personas: La violencia doméstica e intrafamiliar. La violencia estructural e institucional. El maltrato hacia las niñas, niños y adolescentes. El abuso sexual y la explotación sexual infantil. La explotación laboral de niñas, niños y adolescentes, particularmente en el trabajo doméstico y sobre todo en la modalidad de criaditas y criaditos. El trabajo forzoso de mujeres y hombres. La migración interna e internacional no asistida y sin recursos suficientes. El desempleo y el subempleo. Las bajas oportunidades y las escasas alternativas de educación, formación profesional y acceso al empleo. La expulsión de las comunidades indígenas y campesinas de las tierras para el cultivo intensivo. La falta de documentación de identidad civil. La baja coordinación interinstitucional en las respuestas frente a condiciones de amenaza, vulneración y violación de derechos, sobre todo de los derechos económicos, sociales y culturales. En cuanto a las zonas de frontera, es de destacar la existencia de numerosos puntos de cruce de frontera sin control fronterizo y los escasos elementos y estrategias de control de las fronteras fluviales. 5. CARACTERIZACION GENERAL DE LA TRATA DE PERSONAS EN EL PARAGUAY : (teniendo en cuenta, aspectos tales como la trata interna, la trata internacional, la condición de país de destino, transito u origen, las zonas más vulnerables, las rutas de trata, los países de destino la existencia de turismo sexual en el país) La trata constituye un fenómeno poco percibido socialmente y considerado como un problema de otros y de pocos. Es reciente en nuestro medio, el plantearse que

21 situaciones referidas a delitos conexos -como explotación de la prostitución ajena, trabajo forzoso, tráfico de personas- también podrían configurar situaciones de trata de personas. Por otra parte es un problema con profundas raíces sociales y económicas, también propiciado por una serie de factores facilitadores de índoles económica, social y cultural. Las personas victimas pueden provenir de diversos lugares, o encontrarse en situaciones diversas al momento de la captación. Se ha encontrado que los sectores y grupos más vulnerables son las mujeres de todas las edades, los niños y adolescentes, los miembros de pueblos indígenas y quienes viven situaciones de violencia, discriminación o pobreza extrema. En el Paraguay existe trata interna, lo cual resulta evidente para las instituciones y personas que asisten a las mujeres cuyos derechos se encuentran violados, y es especial aquellas que trabajan con niñas y adolescentes, ya que más comúnmente estas son víctimas de trata interna. Sin embargo, la legislación penal paraguaya no sanciona esta modalidad de la trata de personas, ante lo cual las causas penales ingresan como otros tipos penales, generalmente como explotación sexual infantil, proxenetismo, y producción de pornografía, cuando se trata de adolescentes y niñas y cuando se trata de mujeres adultas, lo cual es menos frecuente, como rufianería. Las victimas de trata interna son generalmente adolescentes captadas en localidades del interior del país y trasladas hacia los centros urbanos de la capital y de otras capitales departamentales. Por ejemplo Coronel Oviedo, Ciudad del Este, Encarnación. Muchas veces cuentan con el consentimiento verbal no formal de los padres que creen que sus hijas viajan para el servicio domestico. En los centros urbanos son ingresadas a lupanares. En los registros de una de las Unidades Especializada de Trata de Personas de la Fiscalía se identifica solo un caso de trata de mujer mayor de edad víctima de trata interna con fines de explotación sexual. Esta causa fue caratulada como Rufianería, dadas las limitaciones del tipo penal de la ley para dicha acción constituya trata de personas. En este caso, la mujer fue trasladada de una localidad llamada Barrero del interior del país, hasta la Ciudad de Caaguazú. La mujer mayor de edad fue captada por su hermana menor de edad que ya se encontraba siendo explotada sexualmente en el mismo lugar. La trata de personas con destino internacional, se encuentra sancionada por el Código Penal Paraguayo, que en su modificación del año 2008, realizada por Ley Nro. 3440, amplia la definición de la trata de personas, hacia aquella realizada para otros fines a más de la explotación sexual. Se incluyen en la sanción establecida la trata con fines de explotación laboral, personal y de extracción de órganos. En dicha modificación también fue incrementado el marco punitivo de la trata de personas, pasando de 6 años hasta llegar a 12 años de privación de libertad como pena máxima, para las personas halladas responsables de trata de personas con cualquiera de los fines. Esta pena a su vez puede ser aumentada con el concurso de otros delitos que normalmente se producen durante el proceso de realización de la trata, tales como producción de documento no autentico, coacción grave, entre otros.

22 En cuanto a la trata de personas con destino internacional, el Paraguay constituye principalmente país de origen. Sin embargo existen casos de trata con fines de explotación sexual en los que el Paraguay constituye, tanto un país de tránsito como de destino. Como país de origen de la trata de personas, los principales destinos de las víctimas son: Argentina, España, Chile, Bolivia, Brasil. En relación al Brasil y conforme a información proporcionada por la Unidad Especializada en Trata de personas de la Fiscalía, se tienen actualmente 2 casos denunciados de mujeres que regresaron a su país, no así causas conjuntas con el Brasil, ya que los únicos 2 casos detectados formalmente, fueron abiertos en el Brasil en forma exclusiva, e involucran a mujeres menores de edad. Otros países de destino, son por ejemplo en Europa Italia, Francia, además de destinos en el Asia, tales como Corea y Japón y en el África, Sudáfrica. Como país de tránsito, en el Paraguay se han detectado casos de mujeres provenientes de Colombia con destino a Europa, están quedaron transitoriamente en hoteles de la ciudad fronteriza, en la zona conocida como tres fronteras, denominada Ciudad del Este. Algunos de estos casos se trata se encuentran caracterizados en cuanto a su modus operandi, ya que las victimas se embarcan vía aérea por la Ciudad por Foz de Iguazú, ciudad fronteriza con Ciudad del Este. No fue posible la apertura de una causa por la falta de elementos constitutivos del tipo penal y la negación de las víctimas. Como país de destino, Paraguay recepciona victimas de trata de personas principalmente zona de triple frontera Ciudad del Este y otras localidades del Departamento de Alto Paraná, tales como Santa Rita, Hernandarias, Pte. Franco, entre otros. Las mujeres generalmente llegan al país, provenientes del Brasil por vía terrestre en los camiones trasportadores de granos y son entregadas por los choferes de estos camiones a las dueñas de lupanares de dichas zonas algunas de las cuales son brasileras y otras paraguayas. Las victimas quedan a cargo de las mismas y son explotadas por ellas. Las mujeres víctimas, generalmente carecen de documentación. Con el Brasil, fue posible en algunos casos la cooperación internacional con los servicios de atención a víctimas, pero no se abrieron causas penales de investigación conjunta en relación a delitos de trata de personas. Del lado Paraguayo fueron abiertas causas para investigar el tipo penal de rufianería, considerando que las victimas mayores de edad no admitían estar en condición de victimas de trata, no aceptaban colaborar y no existían más elementos en torno a la trata de personas de la que pudieron haber resultado victimas, mas allá de las informaciones que ellas pudieran aportar. Poco se pudo saber acerca de la captación y el traslado de dichas mujeres, salvo en lo referente a que fueron engañadas a través de supuestos noviazgos o vinculación sentimental con los camioneros, que la trajeron bajo promesas de volver a buscarlas del lupanar donde las abandonaron a su suerte. Las mujeres en estos lugares quedaron endeudadas con las dueñas de los locales, sin lugar a donde ir y se sintiéndose obligadas a trabajar sexualmente para pagar sus deudas. Si bien existen referencias acerca de turismo sexual en el Paraguay, a través de ofertas en internet, principalmente en zonas de frontera, no existen casos registrados que

23 pudieran acreditar la existencia de esta modalidad de explotación sexual a víctimas de trata de personas. 6. LOS TRATANTES: (descripción de los agentes de la trata de personas con fines de explotación sexual. Integración de las redes y forma de funcionamiento, modus operandi. Las redes de crimen organizado trasnacional, redes de trata interna, redes familiares) Síntesis: Las expresiones de las redes en el Paraguay son principalmente de poca sofisticación,, están compuestas principalmente por captadores, empresas de viajes y funcionarios de estas, así como por facilitadores de documentación y salida del país, esto último incluye a funcionarios públicos. Los captadores muchas veces son familiares, amigos, novios, vecinos y en general,, personas cercanas a las víctimas, en menor número de casos se trata de extraños. Muchas veces las redes son articuladas ocasionalmente para el envio de determinadas victimas al extranjero y luego nuevamente son dejadas sin efecto las conexiones realizadas, ya que los captadores pueden trabajar para varios receptores/explotadores y asociarse puntualmente con cada uno, igual forma de trabajo suele darse con los facilitadores del viaje de las víctimas. Los lugares de captación se han ampliado de lugares públicos con flujo de mujeres en proceso de migración interna, como por ejemplo la terminal de ómnibus u otros lugares públicos frecuentados por mujeres jóvenes, tales como los shoppings a los barrios y comunidades familiares de las víctimas. La trata interna explota principalmente a mujeres menores de edad en los burdeles y prostíbulos generalmente ubicados en zonas de frontera, centros urbanos y zonas sojeras y de mucho transito. También se han detectado casos de trata interna en las casas de masajes que abundan en las principales ciudades del país tales como Asunción y Ciudad del Este. Los servicios de acompañantes es otra forma de explotación interna detectada. Si bien la definición contenida en la Convención de las NNUU sobre el Crimen Trasnacional Organizado, refiere como red a una organización integrada por más de tres personas, en una percepción de mayor sofisticación de las redes delincuenciales, es posible encontrar en el Paraguay, redes de tratantes de condiciones más precarias y poco sofisticadas, que sin embargo funcionan a la perfección aun ocasionalmente para lograr el fin de captar, trasladar, y en otros casos recepcionar y explotar a mujeres víctimas de trata de personas con fines de explotación sexual. La experiencia en el Paraguay, demuestra que existen redes que se conforman solo ocasionalmente con determinados captadores de mujeres destinadas a ser víctimas de trata de personas, por ejemplo puede darse que el captador tenga nexo con varios explotadores en el país de destino y para lograr el objetivo de trasladar a la persona contacta con un financista loca al que luego vincula con el explotador en el extranjero, para la recuperación del dinero invertido en el viaje de la víctima, en un caso puntual, y repite luego igual procedimiento con otros financistas del viaje de las víctimas y explotadores. O sea la red de tratantes en el Paraguay, tomándolo principalmente como país de origen de las mujeres víctimas de trata internacional de personas con fines de explotación sexual, funcionan con la participación de personas y empresas que cumplen distintos

24 roles durante el proceso de captación, documentación para el traslado al extranjero y traslado. Puede mencionarse al captador, el gestor de documentación de viaje, las agencias de viajes, los financistas, los explotadores en el extranjero que se mantienen en contacto, seleccionan las mujeres y también en determinados casos financian los viajes. Sin embargo, también existen en el Paraguay redes de tratantes más sofisticadas y organizadas, generalmente estas están vinculadas a la comisión de otros delitos trasnacionales como el trafico de drogas. Estas tienen un proceder diferente a las redes más precarias. En cuanto al desarrollo de los diversos roles, el captador de difícil caracterización ya que puede tratarse de trabajadores informales tales como taxistas, vendedores ambulantes, despenseros, así como vendedores de pasajes de agencias de viajes, entre otros y hasta familiares, amigos y vecinos de las víctimas. El captador es el responsable de identificar y convencer a las futuras o posibles víctimas, generalmente operan en una localidad del país determinada o sea cuentan con un ámbito territorial de influencia u operación natural, ya sea porque viven o trabajan en esa zona. Por ejemplo en una Ciudad o barrio determinado o porque han identificado una zona especialmente vulnerable o una población en condiciones vulnerables a las que pueden acceder en búsqueda de las víctimas. Esto incluye a captadores que se orientan a reclutar mujeres de su propia familia o barrio. El captador está vinculado, en forma directa o a través de intermediarios en el extranjero a los explotadores que recepcionan a las víctimas en el exterior del país. Como se mencionara antes, existen captadores que reciben pedidos puntuales, frecuentes o no, y que con los pedidos de mujeres por parte de los explotadores en el extranjero, reciben dinero para la preparación y traslado de las víctimas, de esta suma de dinero recibida, también cobran su recompensa que no es inferior a 200 euros por víctima cuando el destino es Europa. También es posible que el captador opere reclutando victimas a las que convence de financiar su propio viaje a través de deudas, para lo cual el mismo captador le consigue el financista, al que la víctima o familiares de la misma, firman documentos obligatorios tales como pagares, transferencias de inmuebles entre otros, a modo de garantía de la deuda, lo cual es utilizado luego por el explotador para obligar a la victima a someterse a la explotación, en estos casos generalmente el captador vincula o comunica al financista con el explotador en el extranjero, de modo a proporcionarle mayor garantía de pago, lo que se realiza una vez que la victima llega a destino. En esta modalidad de redes más precarias, es el captador el responsable de tejer la red de operaciones a nivel nacional, preparando el viaje de la víctima. El captador contacta con gestores que facilitan a las mujeres victimas la obtención de documentos de viajes, estos gestores reciben pago en efectivo por las acciones realizadas y muchas veces son o están contactados con funcionarios públicos responsables de la producción de dicha documentación. También puede darse que los captadores contacten con las agencias de viajes, para conseguir los pasajes, otras veces son los explotadores quienes seleccionan las agencias.

25 Las agencias de viaje, sobre todo en los casos en que el destino es Europa, buscan estrategias que faciliten el ingreso de las victimas a los lugares de destino, principalmente España, para lo cual gestionan invitaciones especiales para las víctimas, organizan excursiones por ejemplo de tipo religiosas en donde incluyen a las víctimas para que las mismas pasen desapercibidas, entre otras. Con países más cercanos como la Argentina, se da la modalidad que el propio explotador viaja al Paraguay y organiza su red, dejando un captador a cargo de activar a todos los actores en cada caso concreto de envió de mujeres. El explotador contacta con las agencias de trasportes, se manejan comprando el pasaje de ida a las víctimas y enviando dinero al captador. También existen redes familiares de captación, donde un familiar como por ejemplo una persona que ya se encuentra en el extranjero, solicita a otro familiar suyo residente en el Paraguay, que le consiga mujeres familiares o vecinas que deseen viajar, con promesas de buen salario, enviando a través de este familiar de contacto, el dinero para los gastos del cual ya queda el pago para el familiar que oficia de captador. Es común, en los casos en que familiares de las víctimas han recibido amenazas como modo de amedrentamiento para evitar denuncias o retener a las víctimas en la explotación, que dichas amenazas lleguen hasta los familiares de las victimas a través del captador. Generalmente las amenazas se producen cuando las victimas ya se encuentran en el lugar de destino siendo explotadas. En el lugar de destino de las víctimas, la organización de la recepción y el traslado hasta el local final corre por cuenta del explotador, quien generalmente hace buscar a las mujeres en el aeropuerto, con guardias u otros miembros de la red. En el Paraguay también funcionan redes de tratantes mucho más sofisticadas que generalmente operan en zonas de frontera tales como Ciudad del Este, sin embargo en estos casos las redes se encuentran articuladas no solo para la comisión de delitos de trata de personas, sino también para otros delitos trasnacionales como el tráfico de drogas. En estas redes los captadores son fijos, pertenecen a una sola red y operan en forma continua. Generalmente, en los procedimientos de captación y traslado de mujeres para la trata por porte de estas redes, las mujeres son preparadas y permanecen durante un periodo de tiempo en la principal ciudad donde opera la red en el país. Por ejemplo la victima puede ser captada en la Capital y llevada hasta Ciudad del este como una escala de preparación para el viaje. Compra de ropas, valijas, entre otros, es común que estas víctimas a su vez sean utilizadas como mulas para el trasporte de drogas sin saberlo, sin embargo se conoce por la práctica de la red que el destino final de las mismas seria la explotación sexual LAS VICTIMAS DE TRATA ( Características más habituales de las víctimas de trata de personas con fines de explotación sexual comercial en el Paraguay) 2 La información contenida fue proporcionada por la Unidad Especializada de Trata de Personas del Ministerio Público.

26 Síntesis: Este punto hace referencia a las edades, orientación e identidad sexual zonas de procedencia, situación familiar, socioeconómica, origen étnico, racial y nacionalidad de las víctimas. Así como a los antecedentes de violencia domestica y/o abuso sexual de las victimas y situaciones de trata o explotación sexual en la familia de las mismas. También hace referencia a las personas de las que depende económicamente la víctima (hijos/as, otros familiares entre otros) y a la situación sanitaria, adicciones, salud mental y salud sexual de las víctimas. Las victimas de trata de personas en el Paraguay son principalmente mujeres mayores de edad, generalmente estas son víctimas de trata internacional con fines de explotación sexual. Es común que las victimas procedan de zonas empobrecidas del interior del país, principalmente cuando la trata tiene como destino la Argentina, cuando el destino es España u otros países de Europa es posible encontrar mujeres provenientes de estratos sociales más elevados y con mayor nivel de educación. Lo común es que las mujeres victimas tengan escaso nivel educativo e incluso muyas de ellas son exclusivamente guaraní parlantes o sea no conocen el idioma español. Existen mujeres indígenas que han sido víctimas de trata de personas con fines de explotación sexual, pero principalmente en la trata interna y en la trata internacional con destino a Bolivia, pero en menor cantidad. Varias víctimas de trata refieren haber sido víctimas de abuso y maltrato intrafamiliar y muchas de ellas presentan adicciones a drogas y alcohol, así como enfermedades de trasmisión sexual. Todas las victimas presentan daños psicológicos al momento de ser rescatadas o de escapar e incluso daños y secuelas físicas. Existen también victimas menores de edad de sexo femenino, pero principalmente para la trata interna. Las victimas en el Paraguay son principalmente de nacionalidad paraguaya, aun cuando ya se han detectado puntualmente casos de victimas de otra nacionalidad Edades Conforme al componente estadístico de referencia, sobre el total de 87 víctimas de trata de personas, de las cuales 86 eran niñas, adolescentes y adultas mujeres y uno era hombre, las edades se perfilaban del siguiente modo: el 6,9 % de o a 14 años, el 55,2% de 15 a 19 años, el 18,4% de 20 a 24 años, el 11,5 % de 25 a 29 años, el 3,4% de 35 y mas años y el 1,1% no disponible. Conforme a la información proporcionada por la Unidad Especializada en Trata de Personas del Ministerio Público, la mayoría de la victimas de trata de personas con destino internacional y con fines de explotación sexual, son mujeres adultas Zona de procedencia Siempre de acuerdo a la información proporcionada por la la Unidad Especializada en Trata de Personas del Ministerio Público, el 70% de las victimas provienen del interior del país, de los Departamentos de Caaguazú, Itapuá, Alto Paraná y Central. Conforme al componente estadístico de las 87 víctimas de trata analizadas en el estudio, 17 víctimas declaran ser originarias del Departamento de Caaguazú, 13 del

27 Departamento de Central, 12 víctimas del Departamento de Alto Parama, 9 víctimas del Departamento de San Pedro, 8 víctimas de la Capital Asunción, 7 víctimas del Departamento de Itapuá, 4 víctimas del departamento de Guaira, 3 víctimas del Departamento de Caazapá y 3 víctimas del Departamento de Canindeyú, 2 víctimas del Departamento de Cordillera, 1 víctima del Departamento de Paraguarí, 1 víctima del Departamento de Ñeembucú, 1 víctima del Departamento de Amambay, 1 víctima del Departamento de Alto Paraguay, de 5 víctimas no se encuentra disponible en los registros su lugar de origen. Conforme al componente estadístico de las 87 víctimas de trata analizadas en el estudio, residían antes de la captación en los siguientes Departamentos: 18 víctimas en el Departamento Central, 12 víctimas en el Departamento de Alto Paraná, 11 en el departamento de Caaguazú, 10 víctimas en Asunción, 4 víctimas en Canindeyú, 3 víctimas en el Departamento de Itapua, 3 víctimas en el Departamento de Guaira, 3 víctimas en el departamento de San Pedro y 2 víctimas en el Departamento de Cordillera, 1 victima en el Departamento de Caazapá, 1 victima en el Departamento de Ñeembucú y 1 victima en el departamento de Alto Paraguay. En el caso de 16 víctimas se desconoce su último lugar de residencia en el momento de la captación Personas de las que depende económicamente la víctima. No se cuenta con esta información disponible, Sin embargo en el Componente Estadístico de referencia, es posible contar con información en relación a las personas con las que vivían las victimas de trata estudiadas, antes de entrar en el proceso de trata que las afecto. Es así que de 87 víctimas de trata de personas, el 36,8% vivían con el padre, la madre o ambos, el 16,1% de las victimas vivía con pareja y/o hijos, el 11,5% vivía con otros parientes, el 4,6% vivía sola/o, el 2,3% con amigo/a, el 2,3 % con otro y en el 24,1% se desconoce esta información Personas que dependen de la víctima (hijos/as, otros familiares, otros) En el Componente Estadístico de referencia, se proporciona información acerca de las personas que dependían económicamente de las victimas antes de que esta sea ingresada al proceso de trata de personas. Así del total de 87 víctimas de trata de personas, en el 29,9% su pareja y/o hijos dependían económicamente de la víctima, en el 23% nadie dependía económicamente de la víctima, en el 10,3% dependían económicamente de la victima el padre/madre, en el 1,1% otros parientes. Sin embargo, en el 35,6% de las víctimas se desconoce esta información Antecedentes de violencia domestica y/o abuso sexual La información proporcionada por el Componente Estadístico, de referencia analiza el porcentaje de víctimas, según antecedentes de violencia intrafamiliar y abuso sexual, previo a la situación de trata de la que fuera víctima, hallándose que en el 72,4 % de las víctimas, esta información no se encuentra disponible, o sea los registros oficiales de las instituciones de atención a víctimas y de investigación no tienen referencias en relación a estos aspectos, esto puede obedecer a múltiples razones, ya que el aspecto indagado es delicado y solo puede ser compartido por la persona posiblemente luego de un proceso

28 de acercamiento de cierta duración en el tiempo y de suficiente confianza. Sin embargo, 12,6% de las victimas refieren violencia familiar, 11,5 % de las víctimas no refieren haber vivido estas violencias, el 2,3 5 refiere abuso sexual y el 1,1% otro tipo de violencias. No obstante esta información extraída de los registros escritos, la Unidad Especializada en Trata de Personas del Ministerio Publico, menciona durante la entrevista realizada a los fines del presente informe que: muchas víctimas refieren violencia domestica, este testimonio lo brindan tanto una vez retornada al país y asistida por los servicios de apoyo psicológico, como en el lugar de rescate, al momento de elaborar su historia de vida. Come ejemplo se relata el caso de una mujer adulta, de 36 años de edad, casada, madre de 2 hijos adolescentes, que en previamente a ser víctima de trata de personas con fines de explotación sexual, se hallaba trabajando en un supermercado local como cocinera, percibiendo un salario mayor al mínimo legal establecido, lo cual puede ser considerado en el Paraguay como una situación buena en el aspecto económico. Dicha mujer fue captada por una vecina, conocida por los órganos de investigación como reclutadora, dado que cuenta con casos abiertos de trata de personas y con una condena de pena no privativa de libertad. Esta víctima, fue enviada con destino a España, habiendo aceptado bajo engaños viajar para un supuesto trabajo, principalmente a causa de la violencia domestica de la que era víctima por parte del esposo desde hacía muchos años, y sin solución aparente, ya que no obstante las denuncias que la misma realizara y las medidas cautelares aplicadas por la justicia al maltratador, estas no eran efectivamente aplicadas ni respetadas por el agresor, que seguía maltratándola impunemente. La mujer víctima, fue llevada primeramente de la Capital del país, Asunción a Ciudad de Este, donde la tuvieron un mes, supuestamente preparándola para el viaje, y esperando armar un grupo para iniciar dicho traslado. Los pagos de estadía en dicha Ciudad, corrieron a cargo de los tratantes, como así también las ropas los pasajes, y otros elemento que le iban proporcionando y por los cuales, la victima iba contrayendo deudas que supuestamente pagaría fácilmente una vez en el lugar de destino. Una vez armado el grupo de mujeres víctimas, estas fueron embarcadas en trasporte aéreo, vía Foz de Iguazu. Durante la escala aérea en la Ciudad de San Pablo, a la víctima le fue cambiado el equipaje de mano que le habían entregado para el viaje, por parte de un desconocido identificado ante ella como miembro de sus contratantes. En dicho equipaje, le introdujeron drogas y la víctima fue detenida en el aeropuerto de la Ciudad de Lyons, por la policía, antes de ingresar al país. El destino final de esta víctima, era la Ciudad de Córdoba en España, donde opera una red de explotadores vinculada esta captadora Antecedentes de situaciones de trata o explotación sexual en la familia. Se conocen casos de captación por parte de familiares, que también fueron, víctimas de trata, se refieren casos de hermanas victimas de trata con fines de explotación sexual. Estas circunstancias resultan muy habituales principalmente en la trata interna con fines de explotación sexual. Sin embargo, esta información referente a los casos no se encuentra sistematizada. El componente estadístico de referencia, menciona que de las 87 víctimas cuyos casos han sido analizados, 5 refirieron haber sido afectadas por situaciones de trata de

29 personas más de una vez, 44 dijeron no haber sido víctimas de trata con anterioridad, pero en relación a 38 víctimas esta información no se encuentra disponible Situación socioeconómica La pobreza en el Paraguay representa cerca del 40% del total de la población, en tanto el desempleo abierto que alcanza al 6% de la población económicamente activa (PEA), lo que sumado al 25% de la PEA en condiciones de subempleo, representa un 31% con problemas para mantenerse en el campo laboral (DGEEC, 2003, 2004, 2005 y 2007). Todo ello, coloca a las personas en situación de potencial vulnerabilidad a la trata, sobre todo cuando convergen otras condiciones como la insuficiencia de servicios sociales básicos, el inadecuado acceso a información pertinente, la debilidad en las relaciones comunitarias y familiares, entre otras. Las victimas de trata de personas, provienen en su mayoría de segmentos de la población empobrecidos, si bien la pobreza no podría considerarse la única vulnerabilidad ante la trata es posible afirmar que en el Paraguay, generalmente las víctimas son pobres, muchas veces provenientes de zonas rurales alejadas. La mayoría de las víctimas tienen un escaso nivel educativo, como ya se mencionara antes. Las victimas con mayor precariedad en cuanto a sus conocimientos, educación e incluso idioma (ya que muchas de ellas son exclusivamente guaraní parlantes) generalmente viajan rumbo a la Argentina Etnia, raza, origen nacional Esta información no se encuentra sistematizada, sin embargo la Unidad Especializada en materia de Trata de Personas del Ministerio Público, refiere que existe actualmente un caso de trata internacional de personas con fines de explotación sexual, que tiene como victimas a 2 mujeres indígenas adolescentes. A nivel de trata interna es común que las víctimas sean indígenas., sin embargo no existen investigaciones ni estudios que aborden el análisis de la realidad de la trata de personas con fines de explotación sexual en relación con las mujeres indígenas, no obstante la abierta explotación sexual de las mismas en diferentes centros urbanos de nuestro país Situación sanitaria: adicciones, salud mental, salud sexual Conforme a la información proporcionada por las instituciones competentes, las víctimas de trata internacional, generalmente se realizan un chequeo médico, a través de

30 los cuales se han detectado enfermedades de trasmisión sexual como sífilis, presencia del virus del papiloma humano, VIH SIDA. Dicha asistencia se realiza habitualmente tanto a su retorno como en el lugar de destino con posterioridad al rescate de las mismas. También se han detectado problemas graves de salud mental como consecuencia de los maltratos físicos y psicológicos sufridos `por las victimas en el lugar de explotación. En dos casos en uno de ellos con destino a España y en otro con destino a Corea en un caso de trata de personas con fines de explotación a modo de matrimonio servil. En muchos casos las mujeres vuelven con problemas de adicción al alcohol y drogas prohibidas sobre todo en casos de victimas con destino en Bolivia y Argentina. En el componente estadístico de referencia se menciona que el 15,1% de las victimas de trata de personas fueron a su vez víctimas de maltratos, 11,3% víctimas de violencia psicológica, 13,2 víctimas de privación de libertad, 7,5 víctimas de violencia física, 3,3,% víctimas de violencia sexual y 0,9% de drogodependencia. 8. ETAPAS DE LA TRATA( Las etapas de la trata con fines de explotación sexual en el Paraguay y en otros países cuando guarda relación con el Paraguay) Síntesis: Al ser caracterizado el Paraguay principalmente como país de origen, los momentos de la trata de personas que comúnmente se realizan en el país son la captación y el momento inicial del traslado en los casos de trata internacional, lo cual consiste en la preparación del viaje y la salida del país. Para la captación de las victimas el medio al que frecuentemente recurren los captadores es el engaño. Los medios de traslado utilizados difieren conforme al destino de las víctimas, en los casos de trata interna habitualmente son medios utilizados por vía terrestre y en algunos casos fluviales. En los casos de trata con destino en el exterior del país, se selecciona el medio conforme a la distancia del destino, siendo habitual que para destinos cercanos o limítrofes, tales como Argentina, Bolivia y Brasil, se utilicen los mismos medios que para la trata interna y se recurra a los medios aéreos, para el traslado de las victimas a destinos intercontinentales. 8.1 Captación y reclutamiento: ( métodos de captación, estrategias de captación, existencia de publicidad para la captación, captadores)

31 A mas de los aspectos ya mencionados en relación a este aspecto en apartados anteriores, se puede agregar que en los casos de trata de personas en los que el Paraguay es país de destino, no fue posible conocer las modalidades de captación más allá del testimonio de las victimas que no se han identificado como tales, respecto a la captación a través de relaciones sentimentales con camioneros. Es importante considerar que en estos casos no fue posible realizar investigaciones conjuntas. En el caso de las victimas en tránsito por el Paraguay provenientes de Colombia con destino a Europa, se conoce que fueron captadas a través de invitaciones por internet para trabajar en Europa como modelos, ofreciéndoles previamente un recorrido por las cataratas de Iguazú. Respecto a la captación en el Paraguay, en los casos de las victimas que viajan rumbo a Bolivia y a Chile, se ha podido conocer que las captaciones se realizan a través de avisos publicitarios de ofertas de empleo previo casting fotográfico, para seleccionarlas como supuestas promotoras de venta. Las que aparecen como contratantes de estos servicios publicitarios resultaron ser empresas importadoras de productos de existencia formal pero no real ni identificable. En los casos que tienen como destino Chile los casting fueron realizados por fotógrafos extranjeros o nacionales que desconocen los fines reales del casting ya que no se ha podido probar vínculos de los mismos con la red. Los casting se realizaron en un hotel prestigioso de Asunción. 8.2 Viaje y tránsito: ( Rutas de trata, actores involucrados en el traslado, medios de transporte y traslado utilizados, forma de elaboración y adquisición de documentos de identidad falsos, métodos de pago de los documentos de viaje) Para los destinos de países en Europa las victimas viajan por medios aéreos, como no existen vuelos directos a estos destinos, generalmente los vuelos son con escalas, por las siguientes rutas Asunción San Pablo, San Pablo y algún destino de Europa Asunción Bs. As, Bs As y algún destino de Europa A medida que en los países de destino habitual aumentan los controles, los puntos de ingreso a Europa se vuelven de lo más diversos, tales como para llegar España, las victimas viajan con escala por Londres, o van por los Países Bajos en donde realizan su ingreso a la Unión Europea y de estos países vuelan a España que constituye el destino

32 final habitual. Esto hace que los pasajes aumenten de costo y con ellos las deudas de las victimas con los tratantes, así como que el viaje sea más largo y complejo para las víctimas. El traslado de las victimas generalmente es realizado sin acompañantes en lo que hace al viaje, para el manejo en los aeropuertos y controles son entrenadas por las agencias de viajes cuando el destino es lejano, en el caso de viajes a países limítrofes, las victimas generalmente viajan en trasporte público terrestre sin acompañantes, ocasionalmente lo hacen en taxis, lanchas e incluso a pie, otra forma de traslado de las victimas en zonas limítrofes con la Argentina es en moto, en estos casos de taxis y motos puede darse que las víctimas sean de alguna forma acompañadas o vigiladas por el trasportador. Solo cuando las victimas viajan incluidas en excursiones a Europa para facilitar su ingreso al país son acompañadas por el guía de la excursión. 8.3 Destino y explotación: ( Recepción y alojamiento, características del alojamiento, presencia de otras víctimas en el lugar, actores involucrados, medios de comunicación que utilizan víctimas y tratantes, formas de comunicación de las víctimas con sus familias, proceso de explotación mecanismos de control utilizados, actos ilegales realizados por las victimas) En los lugares de destino por ejemplo en Argentina la recepción de las victimas generalmente se realiza en la Estación retiro de Buenos Aires, donde suelen esperarlas representantes o los propios explotadores para llevarlas al destino final por vía terrestre, en automóviles o taxis. Son llevadas a locales como boliches, bares, parrilladas, donde son explotadas sexualmente. La modalidad consiste en la atención de clientes para servicios de copas y sexuales, las mujeres deben conseguir que los clientes consuman grandes cantidades de bebidas alcohólicas para lo cual ellas también deben beber. El alojamiento de las victimas generalmente es en el mismo local en el que son explotadas. En estos lugares habitualmente existen otras víctimas, por lo que nunca se encuentran solas. Cuando el país de destino es Chile, el sistema de explotación se da en departamentos, lugares privados, produciéndose la oferta de las mujeres via internet. En estos casos las victimas habitan en el mismo departamento en el que son explotadas, de los cuales no pueden salir sin control de los tratantes, quienes se encargan de vigilarlas en forma permanente. Lo departamentos suelen estar ubicados en zonas residenciales. En España, las víctimas son recibidas en el aeropuerto por representantes de los tratantes, y trasladadas vía terrestre a su lugar de destino final. Generalmente al llegar a

33 dicho destino le extraen la documentación y el dinero que portan las victimas para su ingreso al país. La modalidad utilizada para la explotación sexual de las victimas en España es la de los locales de alterne, donde las victimas deben atender a los clientes en cuanto a bebidas y servicios sexuales. En este país, las victimas deben atender un mínimo de 10 clientes por día. También en este país las victimas viven en los locales. Es común que las víctimas sean trasladadas cada 15 días de un local a otro. La rotación también suele realizarse a la Argentina pero no con tanta frecuencia. En Bolivia, los lugares de explotación son clubes nocturnos y prostíbulos, las que trabajan en clubes no viven en el local sino en una vivienda donde comparten con otras mujeres tratadas y están bajo vigilancia de los tratantes. Generalmente también atienden a clientes que las buscan de estos lugares. Las mujeres a medida que trascurre el tiempo se va deteriorando y en consecuencia son trasladadas a locales de menor categoría y peores condiciones de alojamiento y de vida. Los actores involucrados en los procesos de traslados, recepción y explotación de las víctimas, desde las redes de tratantes son generalmente, dueños de locales de alterne, boliches, parrilladas, clubes, prostíbulos, lupanares, entre otras modalidades de locales de este tipo, asi mismo los guardias domiciliarios y de locales que vigilan a las víctimas, las celadoras, en algunos casos taxistas y trasportistas que conocen la finalidad del traslado de las víctimas, los llamados clientes y en muchos casos autoridades públicas de diversos niveles que funcionan como usuarios, cómplices y encubridores de los tratantes. La forma de retener a las víctimas es atreves de la vigilancia, privación de libertad, incomunicación, retención de documentos de identidad y viajes por parte de los explotadores, violencia física y psicológica, amenazas, amedrentamiento a las víctimas y a sus seres queridos, como así también las amenazas de enviarlas presas por deudas que los mismos tratantes las obligan a contraer o por falta de documentación. Algunas víctimas son retenidas a través de su dependencia a alcohol y drogas. En el lugar de explotación, generalmente las victimas contraen deudas, por lo que están obligadas a prestar el servicio, permanecer en el lugar y solo pueden comprar y consumir lo proveído por los tratantes. Otra forma de extorsión es la aplicación de multas ante la trasgresión de reglas impuestas por los tratantes. Muchas víctimas han sido violadas por los dueños o guardias de locales de explotación, ante la resistencia que opusieron. Esto es llamado por los tratantes procedimiento de ablandamiento. Las victimas generalmente se comunican con sus familiares via telefónica, los explotadores suelen permitirles esta comunicación de modo a evitar cualquier tipo de búsqueda de parte de los familiares, pero bajo control de los mismos. La excepción de

34 esta práctica se da generalmente con las victimas con destino a Bolivia dado que en este país las victimas generalmente permanecen incomunicadas, logrando algún tipo de comunicación telefónica con sus familias solo a modo clandestino. Por ejemplo cuando algún cliente le facilita un teléfono celular. En muchos casos los tratantes no requieren mantener a sus víctimas incomunicadas, dado que las mismas ya se encuentran sometidas. Sin embargo, en los casos en que las víctimas han solicitado auxilio, lo han realizado vía telefónica llamando a algún familiar desde un teléfono celular facilitado por algún cliente que decide ayudarlas de este modo. Los actos ilegales más frecuentemente realizados por las victimas de trata de personas cuyo origen es Paraguay es el ingreso ilegal, la utilización de identidad falsa, el trafico de drogas. 9. RESPUESTAS INSTITUCIONALES DEL PARAGUAY ANTE LA TRATA DE PERSONAS. BUENAS PRACTICAS INSTITUCIONALES Síntesis: La principal política del Paraguay es la conformación de la Mesa Interinstitucional para la Prevención y el Combate de la Trata de Personas en la Republica del Paraguay, integrada por instituciones con competencias especificas en materias de importancia en la prevención y enfrentamiento de la trata de personas, de los tres poderes del Estado: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, de los órganos extrapoderes, como la Defensoría del Pueblo y de los gobiernos locales como las Gobernaciones y Municipalidades. También la integran las organizaciones de la Sociedad Civil De la mesa participan en carácter de miembros de 47 instituciones públicas y organizaciones de la sociedad civil. Actualmente fue aprobado por esta Mesa el documento referente a la Política Nacional de Prevención y Combate a la Trata de Personas, , sin embargo esta política aun no fue aprobada por Decreto del Poder Ejecutivo y carece de creación presupuestaria en el presupuesto público Políticas públicas de prevención y enfrentamiento a la trata. Existencia de planes nacionales de acción contra la trata y de comisiones o mesas interinstitucionales de coordinación: La Mesa Interinstitucional para la Prevención y el Combate de la Trata de Personas en la Republica del Paraguay, constituye la política de articulación y coordinación interinstitucional e intersectorial, y se define a sí misma como un espacio

35 de coordinación y articulación interinstitucional e intersectorial y tiene como objetivo la articulación de la política nacional de prevención y combate a la trata de personas en los ámbitos interno e internacional La creación por Decreto del Poder Ejecutivo 5093/05 de la Mesa interinstitucional para la prevención y el combate de la trata de personas en la República del Paraguay (en adelante la Mesa ) constituyó un paso clave para el trabajo articulado de cara a las exigencias en el abordaje de este hecho punible. Para ello, se propone la elaboración de directrices de acciones preventivas, de protección y punición para ponerlas a disposición de los agentes institucionales de aplicación. De la mesa participan en carácter de miembros de 47 instituciones públicas y organizaciones de la sociedad civil. Con la aprobación de su Reglamento Interno de funcionamiento, la Mesa se estructura en una plenaria de miembros, un comité ejecutivo y cuatro comisiones de apoyo (difusión y prevención; atención a personas víctimas; investigación y monitoreo, respectivamente). La coordinación general está a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores. Desde su inicio ha elaborado planes estratégicos y anuales de trabajo. Producto de estos esfuerzos se puede contar entre sus hitos más significativos: Elaboración, aprobación y utilización de una ruta de intervención para la atención de primer y segundo orden. Aprobación y utilización del Protocolo de Intervención Conjunta (Argentina, Brasil y Paraguay) para la atención a personas víctimas de trata. Elaboración, aprobación y utilización del Protocolo de Manejo de la Información. Campañas masivas de prevención y acciones de sensibilización a nivel de comunidades, de escuelas, con agentes institucionales diversos. Procesos de actualización entre agentes de policía nacional, jurisdicción, educación, salud, justicia y trabajo, niñez y adolescencia, mujer, municipios. Incidencia en y hacia las instituciones miembros para la conformación de dependencias o unidades especializadas que visibilicen la temática con inversión. Apoyo a proyectos y programas ejecutados por algunos de sus miembros. Apoyo a la producción de investigaciones y materiales por algunos de sus miembros.

36 Desarrollo articulado de atención psico social y jurídica a personas víctimas de trata por instituciones miembros. Impulso de acción penal por Ministerio Publico y obtención de condenas a victimarios. Creación de la Red informática interinstitucional / Sistema de Administración de Casos. Disponibilidad de una base de datos que permite contar con estadísticas. Conformación de Mesas Departamentales. Presencia activa en espacios regionales e internacionales a través de instituciones miembros. Cooperación técnica internacional a través de instituciones miembros. Un desafío presente es la articulación externa de la Mesa con los consejos nacionales creados por ley para promover políticas públicas destinadas a sectores específicos, en especial los más vulnerables a la trata de personas, como el Consejo Nacional de Niñez y Adolescencia, el Consejo Nacional de Salud, el Consejo de Política Migratoria, la Conaeti y aquellos enfocados en temas concretos vinculados a la trata de personas. Asimismo, se requiere encontrar mecanismos de articulación con la recientemente creada Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo (Decreto Nº 2290/09). Actualmente fue aprobado por esta Mesa el documento referente a la Política Nacional de Prevención y Combate a la Trata de Personas, , sin embargo esta política aun no fue aprobada por Decreto del Poder Ejecutivo y carece de creación presupuestaria en el presupuesto público, por lo tanto aun no se encuentra implementada Instituciones con competencia en trata de personas: El Poder Ejecutivo: Este poder del Estado asume responsabilidades a través de sus ministerios y secretarías responsables de la gestión vinculada a temáticas, sectores y grupos poblacionales sensibles a la trata de persona, que son: Ministerio de Relaciones Exteriores: Es la secretaría de Estado que se ocupa de la política exterior del país, y de las relaciones internacionales. Es un actor clave para el establecimiento de acuerdos

37 internacionales que prevengan y aborden este crimen. También cumple un rol preponderante en relación a la cooperación internacional y actualmente coordina la Mesa Interinstitucional de Trata de Personas. El Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE) cuenta con la Dirección de Atención a Comunidades Paraguayas en el Extranjero para realizar acciones de sensibilización a través de consulados y embajadas y articular acciones de atención primaria a personas víctimas de la trata internacional Secretaría de la Mujer de la Presidencia de la República: Fue creada por Ley N 34/92. Implementada desde 1993 como oficina técnica dependiente de la Presidencia de la República, cuenta con rango de ministerial y está a cargo de una ministra - secretaria. Esta secretaría es la responsable de liderar la prevención de la trata de personas por ser el órgano administrativo del Estado que desarrolla las políticas públicas atinentes a las mujeres, sector que constituye uno de los más vulnerables a la trata de personas. Tiene entre sus objetivos principales el desarrollo de políticas para el efectivo cumplimiento de los derechos de no discriminación de la mujer. Es responsable de la erradicación la violencia contra la mujer, y de la promoción de los derechos humanos de la mujer. Estas funciones son de suma importancia para la prevención de la trata de personas, ya que la violación de los derechos de la mujer es un factor facilitador de este fenómeno. La Secretaria de la Mujer de la Presidencia de la República (SMPR) cuenta con un Centro de Referencia de Victimas de Trata, que desarrolla acciones preventivas, de asistencia y de atención a las víctimas. Además, dispone del Servicio de Atención a la Mujer (Sedamur), desde el cual se realizan acciones de prevención y atención a mujeres víctimas de violencia doméstica e intrafamiliar, situaciones que pueden conectarse en forma indirecta con la trata de personas y donde se pueden desarrollar acciones de prevención y detección Secretaría Nacional de la Niñez y la Adolescencia:

38 La Secretaría Nacional de la Niñez y la Adolescencia (SNNA) fue creada por la Ley N 1.680/01, Código de la Niñez y la Adolescencia, y está regulada en los artículos 39 al 41 de dicha ley. El diseño de la SNNA, realizado por la mencionada ley, perfila a esta institución como el órgano rector de un sistema de promoción y atención de los derechos del niño, niña y adolescentes desde el plano social. La SNNA cuenta con rango ministerial y es la principal institución del Estado central competente para las atenciones de los niños, niñas y adolescentes, quienes constituyen sectores especialmente vulnerables a la trata. Se la concibe como un órgano coordinador, articulador, gestor, impulsor, negociador, fiscalizador y organizador del sistema social de protección de derechos de la niñez. Su rol principal es el diseño e implementación de las políticas públicas dirigidas a promover, proteger los derechos de la niñez y la adolescencia. Por estas razones esta secretaría de Estado tiene competencias y responsabilidades en relación a la prevención de la trata, y al abordaje de los factores que tornan vulnerables a niños, niñas y adolescentes, exponiéndolos a ser víctimas de este delito. La Secretaria Nacional de la Niñez y la Adolescencia (SNNA), cuenta con una Unidad de Atención a Víctimas de Trata y Explotación Sexual que desarrolla lineamientos de prevención y atención directa así como acciones concretas de protección de niñas, niños y adolescentes víctimas. Además, la SNNA es responsable de que el Sistema Nacional de Protección y Promoción Integral de la Niñez y la Adolescencia (SNPPI) cuente con los mecanismos actualizados para hacer frente a todas las situaciones que vulneran los derechos de niñas, niños y adolescentes, incluida la trata de personas (sean ellos y ellas víctimas directas o familiares de víctimas). Esto implica el apoyo para el desarrollo de programas y planes en los consejos departamentales y municipales de niñez y adolescencia y el desarrollo de capacidades de respuesta en las Consejerías municipales por los derechos de la niñez y la adolescencia (Codeni) Ministerio del Interior (MI): Responsable de la seguridad pública y la gobernabilidad democrática en el país, de esta cartera de Estado dependen, las siguientes instituciones: Policía Nacional

39 Fuerzas públicas, está integrada en forma exclusiva por la fuerza militar y policial. La Policía Nacional es una de las fuerzas públicas del país, es definida en la CN como una institución profesional, no deliberante, obediente, organizada con carácter permanente y en dependencia jerárquica del Ministerio del Interior que es el órgano del Poder Ejecutivo encargado de la seguridad interna de la nación. Tiene entre sus objetivos preservar el orden público legalmente establecido, los derechos y la seguridad de las personas y entidades, como los bienes de las mismas. Se ocupa de la prevención de delitos, lo que le otorga competencia para realizar la intervención de la trata de personas. Una dependencia de la Policía Nacional importante para la intervención en la trata es el Departamento de Identificaciones, que tiene como competencia la expedición de documentos de identidad, pasaportes, documentos de naturalización, etc. Tiene la función de garantizar la documentación adecuada de las personas. En varios casos de trata de personas y en los diagnósticos existentes se señalan irregularidades en los documentos expedidos por esta dependencia, que han sido utilizados para trasladar a las víctimas. Por supuesto, las dependencias correspondientes a la investigación de delitos y la INTERPOL, forman parte de la estructura de este Ministerio y resultan fundamentales durante la investigación y sanción. La Policía Nacional (PN), es parte del Vice Ministerio de Seguridad Interna, donde se cuenta con una División de Trata y Paraguayos Desaparecidos además de la Interpol, ambos apoyan la investigación penal y colaboran con la seguridad de las personas víctimas. Cuenta además con la División Especializada en Atención a Víctimas de Violencia contra la Mujer y las Niñas, Niños y Adolescentes, que en el abordaje comunitario puede detectar situaciones de trata de personas. Dirección de Migraciones Es el organismo público responsable de ejecutar la política migratoria del país, competencia que le está conferida por ley. Su participación es trascendental para la trata, ya que se encarga del control del movimiento de personas en las fronteras.

40 La Dirección General de Migraciones (DGM), depende del el Vice Ministerio de Asuntos Políticos, y tiene competencia para realizar acciones de prevención y detección de situaciones irregulares en el trámite de ingreso y salida del país que pudieran colaborar con la comisión del delito, Por su competencia, esta dependencia pública tiene condiciones para brindar información relevante a las personas que desean migrar acerca de las condiciones de vida y trabajo en los países de destino, dificultando de este modo el accionar de las redes de trata. Otra actividad, de esta dirección que podría colaborar con la prevención de la trata es el debido control de los documentos de las personas que ingresan y egresan al país Secretaría de Desarrollo para Repatriados y Refugiados Connacionales: Es la entidad responsable de la atención a las personas que retornan al país, por lo que debe asegurar que las víctimas de trata de personas que hayan optado por el retorno puedan incluirse adecuadamente a la sociedad, sea en sus comunidades de origen o en otras localidades. Esta secretaría creada por Ley N 227 del año 1993, es competente para asistir a los paraguayos e hijos de paraguayos residentes en el extranjero, que desean retornar al país. No tiene una función específica para atender la trata de personas, pero el contexto de apoyar el retorno de las personas puede brindar ayuda a las víctimas de trata. Sus acciones son: informar y orientar a las familias de las víctimas de trata, activar los mecanismos para ubicar a las víctimas en el exterior. Sus funciones son preventivas y de asistencia a las víctimas Ministerio de Justicia y Trabajo (MJT) : Es responsable de coordinar las relaciones del Poder Ejecutivo con el sistema de administración de justicia, promover la efectiva vigencia de los derechos humanos y velar por el estricto cumplimiento del régimen laboral y los derechos individuales y colectivos de los trabajadores y las trabajadoras. Todo ello, hace que cumpla funciones tanto de prevención, detección y alerta temprana de la trata de personas como de apoyo en la reinserción de las personas víctimas.

41 En el Vice Ministerio de Justicia y Derechos Humanos cuenta con la Dirección General del Registro Civil de las Personas, encargado de los registros de nacimiento, matrimonio y defunción y la Dirección General de Derechos Humanos. En el Vice Ministerio de Trabajo y Seguridad Social dispone de la Dirección General del Trabajo y las direcciones de Higiene y Seguridad Social, del Servicio Nacional de Empleo (Senade) y de la Mujer Trabajadora, que incluyen la inspección del trabajo, la seguridad laboral, las normas internacionales y el Sistema Nacional de Promoción Profesional (SNPP) Secretaria Nacional de Turismo (Senatur) : Es el organismo responsable de ejecutar la política nacional en materia de turismo, promoviendo, difundiendo y desarrollando el turismo interno y receptivo como instrumento de crecimiento económico, generación de empleo y mejora de la calidad de vida de la población. Su rol frente a la trata de personas se articula en acciones de prevención como la difusión y la información, la reducción de la demanda de servicios y bienes asociados a este delito, entre otros Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPBS) : Es responsable de la gestión de los servicios y establecimientos de salud en las comunidades. Debe realizar acciones de promoción y atención primaria en salud (incluida la salud sexual y reproductiva y la salud mental), prevención y apoyo psicosocial. Estas acciones se constituyen en puntos clave en la prevención y el combate a la trata de personas Ministerio de Educación y Cultura (MEC): Responsable de la gestión del sistema educativo del país, por lo que a través de sus diferentes dependencias contribuye con acciones de difusión prevención y alerta temprana frente a la trata de personas Ministerio de Industria y Comercio (MIC):

42 Dispone de una Dirección de Derechos Humanos que puede contribuir a acciones de prevención y reinserción social de las personas víctimas Secretaría de Acción Social (SAS) : Es el órgano responsable de coordinar el diseño y la implementación de la política social del Estado, por lo que sus diferentes programas deben plantearse como parte de la prevención de la trata así como de la reinserción de las personas víctimas Secretaría Técnica de Planificación (STP) : Es la institución pública rectora de la planificación para el desarrollo sostenible del país, cuenta con la Dirección General de Estadísticas, Encuestas y Censos (DGEEC), responsable de la producción de información estadística básica para la toma de decisiones. En el ejercicio de este rol contribuye con la recolección de datos y la producción de información necesaria para la definición de las líneas políticas de prevención y combate a la trata de personas Gobiernos Departamentales y Municipales: Conforme a su Constitución Nacional, la republica del Paraguay es unitaria pero descentralizada, por lo cual el territorio nacional se divide en unidades territoriales mayores denominadas Departamentos y dentro de cada Departamento, salvo el caso de la Capital, en otras unidades menores denominadas municipios. En cuanto al gobierno de estos territorios, a nivel Departamental están las Gobernaciones y a nivel den municipio, las Municipalidades Gobernaciones: Son los gobiernos departamentales y están a cargo de un Gobernador y una Junta Departamental, que corresponden al Ejecutivo y Legislativo a nivel del gobierno departamental. El gobernador representa al Poder Ejecutivo ante su Departamento y en la ejecución de la política nacional. Sus funciones están establecidas en la Ley de Descentralización.

43 Su competencia es administrativa y se circunscribe al territorio de su departamento. Es un actor relevante para la prevención de la trata de personas a nivel departamental y puede cumplir un destacado rol, especialmente en aquellos departamentos fronterizos y de proveniencia de las víctimas. Las gobernaciones están instaladas en todo el territorio nacional y cuentan con una Secretaría de la Mujer. También integran los Consejos Departamentales pertenecientes al Sistema Nacional de la Niñez y la Adolescencia. En la escala departamental, las gobernaciones deben articular con el Estado central los niveles de interacción entre las políticas nacionales y los programas departamentales. En tanto, con el Estado municipal deben coordinar esos programas departamentales con los planes municipales. Las Mesas departamentales de prevención y combate a la trata de personas fueron estructuradas como un espacio de articulación sobre la temática abierto a conversaciones, aprendizajes, articulaciones e interacciones en estas escalas. Hasta noviembre de 2009, se han instalado en cuatro de los dieciocho departamentos (17 departamentos y la capital): departamentos del Alto Paraná, Itapúa, Ñeembucú y San Pedro Municipalidades: La Constitución Nacional determina que las municipalidades son los órganos de gobierno local con personería jurídica que, dentro de su competencia, tienen autonomía política, administrativa y normativa, así como autarquía en la recaudación e inversión de sus recursos. Las Municipalidades son los gobiernos locales de mayor cercanía y accesibilidad para la población; además, por ser autónomos tienen mecanismos de funcionamiento menos burocráticos. Es la máxima expresión de la descentralización y están en la atención directa al ciudadano. En los municipios, las acciones deben propender al desarrollo de la comunidad, articulando los servicios del Estado nacional presentes en ella con los municipales. Entre los más importantes y expandidos servicios municipales de atención integral a las personas se encuentran las Consejerías municipales por los derechos de la niñez y la adolescencia (Codeni), creadas por el CNA e instaladas en más de la mitad de las municipalidades del país.

44 También en este gobierno local están instaladas las Codemu, Consejerías de los Derechos de la Mujer. Ambas dependencias son competentes para realizar acciones de prevención de la trata de personas a nivel local. Asimismo, en los municipios se cuenta con la presencia de instituciones del Estado nacional responsables de asegurar el cumplimiento de derechos: las escuelas y las supervisiones pedagógicas, los centros de salud y los hospitales distritales, las comisarías, los juzgados de paz, los juzgados y fiscalías, las oficinas del registro civil, las delegaciones de la Defensoría del Pueblo. Las articulaciones entre municipalidades, incluso entre las que se encuentran en departamentos diferentes y en países distintos (en particular en zonas de frontera) permiten la articulación de servicios y mecanismos de protección organizados en el ámbito local Poder Judicial, Comprendiendo La Corte Suprema de Justicia, los tribunales, juzgados y defensorías y órganos auxiliares es el competente para llevar adelante las acciones de naturaleza jurisdiccional, que deben apuntar a la sanción de los tratantes y a la defensa de las víctimas, hasta el resarcimiento por parte de sus victimarios. En el Poder Judicial, resulta clave que las líneas de política jurisdiccional determinadas por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) se ajusten a los principios internacionales y a una interpretación de las leyes nacionales con enfoque de derechos humanos. Integran este Poder del Estado, los Juzgados y Tribunales laborales competentes en materia de derechos de los trabajadores y las trabajadoras. Las Juzgados y Tribunales penales competentes para la investigación y persecución de la trata de personas y de los tratantes. Los Juzgados y Tribunales de Apelaciones de la niñez y adolescencia competentes para administrar justicia en relación a asuntos que se refieren a niños, niñas y adolescentes, Los Juzgados de Paz competentes en materia de violencia domestica y órgano de justicia más próximo a la mayor parte de la población. Por su parte, la defensa pública debe velar por las garantías constitucionales de defensa en juicio y representación de las personas acusadas. Sin embargo, las personas víctimas de trata carecen de posibilidades de representación letrada gratuita en los fueros distintos al penal, lo que implica una limitación de su acceso a justicia.

45 Ministerio Público: El Ministerio Público representa a la sociedad ante los órganos jurisdiccionales para velar por el respeto y las garantías constitucionales, por lo que promueve la acción penal pública en defensa del patrimonio público y social, del medio ambiente y de otros intereses difusos, y de los derechos de los pueblos indígenas, y ejerce la acción penal pública. La Fiscalía General del Estado cuenta con dos Unidades Especializadas en Trata de Personas y Explotación Sexual Infantil, que interactúa con la Fiscalía de Asuntos Internacionales, y el apoyo de la Dirección de Asistencia a Víctimas en el Procedimiento Penal. El Ministerio Público promueve acuerdos y convenios con sus pares de los países de destino de las víctimas paraguayas, promoviendo operaciones conjuntas para el desbaratamiento de las redes de tratantes Defensoría del Pueblo: La Defensoría del Pueblo es el órgano extra poder con la función de defender los derechos humanos, canalizar los reclamos populares y proteger los intereses comunitarios. Para ello, tiene la facultad de vigilar el cumplimiento de las funciones de las instituciones públicas y monitorear el desarrollo de las políticas, programas y planes destinados a garantizar los derechos humanos de la población. En su estructura dispone de delegaciones territoriales y departamentos especializados que permiten a la ciudadanía plantear sus inquietudes frente a las vulneraciones de derechos (como la trata de personas) y sus reclamos en relación a las respuestas del Estado Poder Legislativo: Órgano competente para la producción de las normas, que hacen a la reforma legislativa pendiente en materia de trata de personas, como para la aprobación de las inversiones a ser realizadas en esta política. Ambas Cámaras del Congreso Nacional, a través de sus Comisiones Respectivas deben desarrollar acciones de elaboración de las leyes y vigilancia de la consistencia del marco normativo, de la aprobación por Ley del Presupuesto General de Gastos de la Nación.

46 Entre las acciones a futuro resulta imperativo adecuar la legislación interna a los compromisos internacionales asumidos por el país en los tratados internacionales. Todas las instituciones públicas y organizaciones de la sociedad civil que integran la Mesa Interinstitucional para la Prevención y Combate a la Trata de Personas, tienen establecido representantes ante esta instancia de articulación, que por tanto constituyen puntos focales de referencia para las demás instituciones miembros. Sin embargo solo algunas instituciones cuentan con dependencias especificas destinadas a abordar la trata de personas y a prevenirla, principalmente aquellas encargadas de la atención directa de las víctimas, tales como la Secretaria de la Mujer y la Secretaria Nacional de la Niñez y la Adolescencia, ambas de la Presidencia de la Republica, como así también el órgano investigador a través de las Unidades Especializadas del Ministerio Publico, como así también la Policía Nacional. El Ministerio de Relaciones Exteriores, como órgano que preside la Mesa Interinstitucional, cuenta con punto focal en esta materia Capacitación y Sensibilización sobre trata de personas. (Capacitación o sensibilización de sus funcionarios y acciones desarrolladas en el área): La OIM ha emprendido acciones de capacitación con instituciones públicas y organizaciones sociales de Ciudad del Este, Foz do Iguaçu y Puerto Iguazú, responsables de la prevención, detección de casos e investigación de datos sobre la trata de personas. En estas capacitaciones, la OIM confirmó la ausencia de respuestas efectivas y las dificultades en la recopilación y uso de datos relativos a la problemática, pero también se alcanzó a la conformación de una red de trabajo para hacerle frente. También ha emprendido capacitaciones a Fiscales y jueces de la capital y otras regiones del país, para promover el conocimiento y la aplicación del nuevo marco normativo de la trata de personas en el Paraguay. Asimismo la OIT con CENIJU ha emprendido acciones de capacitación a jueces y juezas, fiscales y fiscalas, defensores y defensoras públicas, en el ámbito de la academia, Universidad, para identificar las posibles vinculaciones entre el trabajo infantil doméstico y la trata de personas diferenciando los casos concretos en que se reúnen todos los elementos constitutivos de la trata de personas. Global Infancia ha emprendido acciones de actualización y de formación de formadores y formadoras pares entre docentes y personal técnico del MEC, personal de justicia (juzgados, fiscalías, juzgados de paz, defensorías públicas), consejeras y consejeros de Codeni, agentes de policía y organizaciones de niños, niñas y adolescentes. Estas experiencias alcanzaron el desarrollo de capacidades institucionales de respuesta frente a la trata de personas y se orientaron a la ampliación de la propuesta desde las personas participantes hacia sus colegas. Se realizaron capacitaciones además con miembros de

47 asociaciones cooperadoras escolares y de comisiones vecinales, periodistas, agentes comunitarios y personal técnico de salud. Estas iniciativas se realizaron entre 2006 y 2007 en Asunción y los departamentos de Caaguazú, Central e Itapúa, con apoyos sucesivos de Save the Children Suecia, la OIM, el BID, la DPD, Save the Children España y la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha y en alianza con las instituciones destinatarias. La Secretaría de la Mujer con CENIJU, con financiación del BID, ha emprendido una campaña de capacitación a Jueces y Fiscales, de Asunción, Coronel Oviedo, Ciudad del Este y Encarnación en La intervención en la Trata de Personas conforme al Manual de Intervención de la trata Homologado por la Mesa CENIJU en convenio con el Centro de Entrenamiento del Ministerio Público y la Corte Suprema de Justicia, con Financiación de la OIM, realizo primero Un conversatorio con Jueces Penales de Garantías y Sentencia y Fiscales para analizar el Nuevo Marco Normativo de la Trata de Personas dado por la Ley 3.440/08. CENIJU en convenio con el Centro de Entrenamiento del Ministerio Público y la Corte Suprema de Justicia, con Financiación de la OIM realizo 4 talleres de capacitaciones para Fiscales y Jueces de Asunción, Central, Ciudad del Este, Caaguazu, Encarnación, en El nuevo marco Normativo de la Trata de Personas 9.4. Conceptualización de la trata: Con la ratificación por el Paraguay de la Convención de las Naciones Unidas Contra la delincuencia Transnacional Organizada por Ley 2.298/03, y su Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente de Mujeres y Niños, por Ley Nº 2.396, del 2004, se adopta a los fines de la incorporación de estos elementos en el tipo penal de la trata de personas previsto en la legislación interna y a objeto de la prevención y atención a las víctimas, la definición de trata de personas establecida en el Articulo 3 de este instrumento internacional.3 3 Art. 3 Por trata de personas se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida, o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o extracción de órganos. El consentimiento dado por la víctima de la trata de personas a toda forma de explotación que se tenga la intención de realizar, descrita en el apartado anterior del presente artículo, no se tendrá en cuenta cuando se haya recurrido a cualquiera de los medios enunciados en dicho apartado. La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de niños con fines de explotación se

48 Sin embargo, a los fines de la persecución penal, el tipo penal introducido en el Código Penal y su modificación, si bien ha mejorado en cuanto a la modificación aunque sin lograr una aceptable incorporación de los elementos que contiene la definición del artículo 3 del Protocolo de Palermo., lo cual resulta aun limitante para luchar contra la impunidad de los tratantes, como asi también para colaborar con la instalación de una percepción social de la trata de personas que contemple las demás finalidades de la misma. Ya que no obstante haberse incorporado en la modificación del Código Penal, la trata de personas con otros fines a más de la explotación sexual, el bien protegido sigue siendo la autonomía sexual. De igual modo, el tipo penal de trata de personas no incluye la trata interna, que sin embargo existe en el Paraguay, debiendo ser perseguida y sancionada a través de delitos conexos Recepción y abordaje institucional de los casos, pasos a seguir, protocolos de actuación, otros aspectos: Los casos llegan por denuncias, derivaciones, solicitudes de cooperación, tanto a nivel nacional internacional. Formalmente no existen protocolos de actuaciones, sin embargo las diferentes instituciones que integran la Mesa Interinstitucional, principalmente las que se abocan a la investigación y a la atención de victimas, han realizado experiencias tendientes a este propósito, la misma Mesa Interinstitucional se trazo como una actividad para el año 2011 la aprobación de un protocolo de atención a víctimas Formas de coordinación y cooperación con otros organismos del País, con otros Países y con ONGs. En el marco del diagnostico para el diseño de la Política de Prevención y Combate de la Trata de Personas, fueron consultadas las instituciones y organizaciones que trabajan en la materia, el resultado arrojo que el 27% de las instituciones manifestaron trabajar en el ámbito de la cooperación internacional en materia de trata de personas. Dos tercios de ellas (66%), lo hacen en el intercambio de experiencias y prácticas, el 55% cuenta con acuerdos de cooperación técnica y el 44% en investigación y producción de conocimiento. Un tercio (33%) trabaja en estadísticas y dispone de considerará trata de personas incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios mencionados en el apartado A. Por niño se entenderá toda persona menor de 18 años.

49 acuerdos de cooperación financiera, mientras que el 22% dispone de acuerdos de cooperación jurídica y trabaja en atención a víctimas de trata. Entre las nueve instituciones que declararon trabajar en cooperación para la trata de personas, dos tercios (66%) declararon hacerlo en investigación y producción de conocimientos, el 44% declaró cooperar en atención a personas víctimas, en tanto con un tercio (33%) se encuentran el intercambio de experiencias y prácticas y los acuerdos interinstitucionales de cooperación técnica. Mientras que los acuerdos de cooperación financiera y jurídica y las estadísticas forman parte del 22% cada una de las acciones de cooperación nacional que se reconocen. No existen protocolos de coordinación, derivación, remisión o referencia de victimas de trata de personas.

50 Con otros países en la investigación y atención a las victimas El Ministerio Público del Paraguay, forma parte de la AIMP, de la Red Group de la OEA, y la Red Iberoamericana de Ministerios Públicos, ha firmado convenios y acuerdos bilaterales de cooperación en materia de investigación penal. La cooperación internacional en materia de investigación de la Trata de Personas se realiza fluidamente a través de la Dirección de Asuntos internacionales del Ministerio Público que es la Autoridad Central de Aplicación del Convenio de las Naciones Unidas sobre el combate al crimen organizado transnacional, la comunicación es ágil e informal en primera instancia y luego si la información es utilizable se formalizan los pedidos. El Ministerio Público tiene coordinación, con algunas organizaciones de la sociedad civil de los países de destino de las víctimas Paraguayas, como la APRAM de España, que remiten informes y datos sobre las Paraguayas que son asistidas por ese organismo. Igualmente con Raíces de Chile, entre otros. Las actuaciones del ministerio Publico del Paraguay en esta materia ha sido destacada y reconocida por los países del Mercosur Presupuesto estatal específico para el tema, o financiamiento de cooperación: También en el marco del diagnostico para el diseño de la Política de Prevención y Combate de la Trata de Personas, de entre las organizaciones participantes, el 58% declaró que se encuentra en locales alquilados, el 21% en comodato y solo el 18% en local propio, mientras que una de las instituciones (3%) declaró no contar con local alguno. Las instituciones dan cuenta entre las principales dificultades para el desempeño de sus funciones: la insuficiente disponibilidad de recursos humanos calificados e idóneos (39%); la escasez (o ausencia) de vehículos para el traslado durante las gestiones que deben realizar como parte de sus competencias (36%); y el bajo presupuesto asignado para el conjunto de tareas que forman parte de sus responsabilidades (30%). Le siguen en importancia los recursos para la movilidad, el espacio físico disponible y el equipamiento para el desempeño de sus funciones (27%, cada una). La organización del trabajo (21%) y la disponibilidad de mobiliario (15%) se constituyen también en preocupaciones. En tanto, las acciones de seguimiento y evaluación de los casos

51 atendidos (12%) y el registro y el monitoreo (6%) son preocupaciones todavía menores frente a las relativas a las condiciones de funcionamiento y trabajo. No existe presupuesto asignado a la Mesa Interinstitucional y tampoco a una política de prevención y combate a la trata de personas, sin embargo la Secretaria de la Mujer cuenta con un programa especifico de atención a víctimas que a su vez incluye un albergue para las mismas, dicho programa se encuentra presupuestado en el presupuesto general de gastos de la Nación, dentro del presupuesto asignado a la mencionada Secretaria de Estado, No obstante, dicho presupuesto resulta insuficiente para los requerimientos en esta materia. También el Ministerio Publico, cuenta con presupuesto asignado a las Unidades Especializadas en materia de Trata de Personas que actualmente son dos Unidades en la Capital del país, pero que para el presente año 2011 se proyectan sean instaladas dos más. Las otras instituciones realizan sus acciones desde presupuestos institucionales no específicos. En materia de cooperación, se puede mencionar que existe actualmente en desarrollo una cooperación de la AECI administrado por la Secretaría Técnica de Planificación, y un programa denominado Oportunidades, sobre Migración, Mujer y Trabajo, llevado adelante por una mesa interagencial de las agencias de Naciones Unidas Modalidad de intercambio de la información confidencial entre organismos y forma de protección de los datos sensibles o reservados. Recomendaciones para estos aspectos: Además de la modalidad de manejo de información por parte del Ministerio Publico, mencionada más arriba. De las consultas bibliográficas realizadas para la elaboración del presente informe, surge la existencia de un Protocolo de Manejo de la Información, aprobado por la Mesa Descripción de los principales problemas con los que las instituciones se enfrentan en las prácticas de prevención, persecución y protección a las víctimas. Recomendaciones para mejorar las prácticas: La propuesta elaborada colectivamente por los diferentes actores institucionales intervinientes en esta materia a nivel nacional, con posterioridad al análisis de los problemas, ya mencionados a lo largo del presente informe y con el fin de una política nacional de prevención y combate de la trata de personas, plantea acciones en diversos niveles prevención, atención a las víctimas, persecución y sanción a los tratantes. Así como para la cooperación local, nacional e internacional. Los ejes estratégicos de la Política Nacional de Prevención y Combate a la Trata de Personas, considerados como pautas de referencias que deben ser consideradas en el conjunto de líneas de acción emprendidas en cada dimensión, son:

52 - Adecuación Normativa - Articulación con las Políticas Nacionales - Fortalecimiento Institucional - Inversión Publica - Descentralización y Trabajo en Red - Participación Ciudadana Líneas de acción para la prevención: Producción de conocimiento e información sobre las diferentes dimensiones de la trata (actividades, medios y fines), zonas geográficas de mayor vulnerabilidad a la captación, condiciones que generan vulnerabilidad con especial atención a las diferencias por sexo y edad, modus operandi de las redes de tratantes, localización de oferta y demanda interna e internacional de bienes y servicios relacionados con los distintos fines de la trata, incluyendo la descripción de clientes. Producción de conocimiento sobre las causas y efectos sociales, económicos, culturales y políticos, incluyendo las dimensiones familiares y personales, que involucra la trata de personas en todas sus manifestaciones. Construcción y actualización estadística permanente para relevar factores de vulnerabilidad y reducción de la demanda. Detección y alertas tempranas con medidas institucionales educativas, sociales, culturales y de seguridad, que sirvan a la población en general y en especial a las expuestas condiciones de mayor vulnerabilidad. A modo de ejemplo, la promoción de migración voluntaria y segura y la protección de los y las migrantes; promoción del trabajo decente; control de locales de producción primaria, industriales, comerciales y de servicios que podrían tener vinculación con cualquiera de los fines de la trata de personas con énfasis en zonas de frontera-, inspección de las condiciones de trabajo, disponibilidad y accesibilidad a servicios de salud sexual y reproductiva, entre otros. Generación de un sistema de información para la prevención de trata de personas permanentemente actualizado y con acceso confidencial, que brinde a las autoridades información critica sobre la zonificación de la oferta y la demanda; el modus operandi de las redes en captación, traslado, actividades y fines de la trata, condiciones de vulnerabilidad de las víctimas, descripción de la clientela, entre otros.

53 Comunicación social para la concienciación, prevención y promoción de la denuncia contra la trata de personas en forma permanente, adecuada, ajustada y localizada considerando diferencias de género, edad, etnia e idioma. Sensibilización, capacitación y actualización permanente para el desarrollo de capacidades en la protección, el cuidado de otros y el autocuidado en la prevención. Inclusión de la temática en el currículo de educación escolar básica, media, terciaria y universitaria y en la educación de personas jóvenes y adultas y la formación profesional. Alianzas de colaboración con el sector privado productivo para la reducción de la demanda en el largo plazo y para la sensibilización y concienciación para minimizar la oferta y reducir la demanda de bienes y servicios asociados a explotación y turismo sexual, pornografía, tráfico de órganos y trabajo esclavo. Control de la seguridad de la identidad de las personas y emisión de cédulas de identidad, pasaportes y permisos de viajes de niños, niñas y adolescentes en forma permanente, transparente y ágil. Control transfronterizo fortalecido en recursos humanos e infraestructura ágil, transparente y permanente para favorecer el transito libre y seguro de personas. Promoción del crédito productivo de mediana escala, el empleo decente sobre todo de jóvenes de ambos sexos y mujeres de todas las edades, la producción y la exportación de bienes y servicios nacionales, a través de legislación e incentivos fiscales. Establecer mecanismos de control de traslado interno de niñas y niños no acompañados en salvaguarda de su integridad y evitar posibles situaciones de explotación. Generación y actualización de bases de datos sobre inversiones realizadas por las instituciones responsables de prevención y persecución de la trata de personas, sobre todo las que conforman las mesas nacionales y departamentales y particularmente en materia de prevención que permita priorizar y decidir acciones según demandas Difusión y sensibilización de los mecanismos de prevención, alerta temprana y respuesta a la trata de personas entre la ciudadanía, con énfasis en las comunidades y sectores de la población definidos como vulnerables y las comunidades paraguayas residentes en el extranjero. Disminución de la demanda de bienes y servicios asociados a la explotación y el turismo sexual, la pornografía, el matrimonio servil, la venta y tráfico de órganos y el trabajo esclavo, incluyendo alianzas con el sector productivo para la responsabilidad social empresarial en la materia.

54 Líneas de acción para la protección y atención integral a personas víctimas: Generación de un sistema de atención integral a personas víctimas de trata, que incluya circuitos de atención y protocolos de intervención de todas las instituciones y organizaciones involucradas con enfoques de derechos humanos y de género. Producción de un sistema de información actualizado sobre servicios de atención primaria y secundaria disponibles y accesibles. Promoción de procedimientos normativos e institucionales para el aseguramiento de la intimidad y la confidencialidad de las personas victimas. Instalación y articulación de centros de atención, tránsito y albergue para la protección de personas víctimas, con disponibilidad de servicios que aseguren la restitución de condiciones para el ejercicio de derechos, sobre todo a través de la respuesta psicosocial (incluido el proyecto de vida), la asistencia jurídica (incluida la documentación), la protección en el proceso judicial, la reparación económica y la reinserción social (incluido el empleo). Adecuación de los servicios de atención integral de personas víctimas a las condiciones diferenciales de sexo, género, identidad sexual, edad, etnia e idioma. Sensibilización, capacitación y actualización permanente para el desarrollo de capacidades en la protección, el cuidado de otros y el auto cuidado en la atención primaria y secundaria. Establecimiento de mecanismos de protección de la seguridad personal y la integridad física de las personas y las organizaciones que realizan las actividades de atención integral, incluyendo la protección de datos personales e institucionales, la exposición a riesgos para la vida y la integridad, entre otros Líneas de acción para la investigación, persecución, juzgamiento y sanción penal: Adecuación de la normativa nacional de fondo y de los procedimientos administrativos y jurisdiccionales en función de los estándares internacionales y las prioridades nacionales relativas a la trata de personas. Promover e instalar métodos y mecanismos pro activos de investigación Desarrollo de los mecanismos de protección integral a personas víctimas de trata durante el proceso penal, incluyendo: la atención en situaciones de rescate e intervenciones policiales, fiscales y judiciales (operativos de intervención y primera acogida); las garantías de intimidad y confidencialidad; la eliminación de procedimientos y prácticas de revictimización; la implementación de procedimientos específicos para la atención a niños, niñas y adolescentes y de procedimientos ajustados

55 a las culturas diversas del país; la aplicación de protocolos de investigación y persecución penal con prevalencia de las personas víctimas. Establecimiento de mecanismos de protección de la seguridad personal y la integridad física de las personas y las organizaciones que realizan las actividades de investigación, persecución y sanción penal, incluyendo la protección de datos personales y familiares, la exposición a riesgos para la vida y la integridad, entre otros. Establecimiento de programas de capacitación y actualización continua y de intercambio de experiencias y aprendizajes destinados al personal de las instituciones responsables de la investigación, persecución y sanción penal. Aseguramiento de la ampliación y aplicación adecuada de la inversión pública destinada a las instituciones responsables de la investigación, persecución y sanción penal, incluyendo la provisión de tecnología ajustada y monitoreada permanentemente para dar respuesta a las intervenciones frente a la trata de personas y el combate al crimen organizado. Investigación y sanción a los funcionarios públicos y las funcionarias públicas que, por acción u omisión: participen o propicien la comisión del hecho punible, nieguen el acceso a justicia a las personas víctimas de trata, o dilaten el procedimiento de investigación, persecución y sanción penal de personas sindicadas como responsables de la trata. Difusión estratégica de casos juzgados y concluidos con condena, respetando la privacidad de las personas víctimas. Generación de un sistema de medidas de carácter civil que brinden reparación económica y restitución de las condiciones para el goce de los derechos a todas las personas víctimas de trata Líneas de acción para la cooperación local, nacional e internacional : Generación de información en materia de trata de personas. En general, recolección de datos sobre planes y programas municipales, departamentales y nacionales vinculados al desarrollo económico, social y cultural así como la inversión efectiva en ellos. En particular, actualización permanente de los servicios públicos y privados disponibles y accesibles para la prevención y la atención integral de personas víctimas y de las instituciones responsables de la investigación, persecución y sanción de la trata y los delitos conexos. Fomento de acuerdos de cooperación técnica, jurídica, diplomática y financiera, incluidas las alianzas institucionales horizontales entre entes públicos homónimos de competencia similar de los países de tránsito y destino de victimas connacionales, para

56 asegurar la celeridad, efectividad, sostenibilidad y pertinencia de las respuestas, particularmente en las zonas transfronterizas. Promoción de la sinergia en la producción de conocimientos e información estadística sobre la problemática de la trata de personas, mediante: el involucramiento de las universidades y centros de investigación; la inversión en la investigación académica; la creación de sistemas de relevamiento de datos; el intercambio de experiencias y aprendizajes en prevención, atención integral, persecución, sanción e investigación. Fomento de la participación de asociaciones de comunidades paraguayas en el extranjero y de asociaciones de migrantes internos en el país Instituciones con más fortaleza institucional para el abordaje de la problemática a nivel estatal, nacional e internacional: A nivel nacional el Ministerio Publico y la Secretaria de la Mujer, a nivel Departamental y Municipal, la instalación del tema y por tanto de las acciones es aún muy incipiente, a nivel internacional para la atención a víctimas la OIM y la OIT para producción de conocimientos. 10. LEGISLACIÓN APLICABLE A LA TRATA DE PERSONAS EN EL PARAGUAY Síntesis: La Constitución de la Republica del Paraguay, establecida como la norma de mayor jerarquía, prohíbe expresamente la trata de personas y la esclavitud (art. 10), reconoce los derechos fundamentales de trabajar en condiciones de igualdad y recibir protección en el trabajo, especialmente en el caso de las personas con discapacidad de ambos sexos, de las mujeres en cualquier condición, sobre todo en el período de embarazo y pos parto y de todas las personas durante la adolescencia (arts. 86, 87 y 95 a 103).Están proscritas la esclavitud, las servidumbres personales y la trata de personas. La ley podrá establecer cargas sociales en favor del Estado (art. 10). Asimismo, el Estado asume la responsabilidad de garantizar la protección de los derechos de las personas durante la niñez, la adolescencia, la juventud y la tercera edad (arts. 53, 54 y 57). A la vez, reconoce su tarea de promover las condiciones de igualdad en todas las esferas en relación con el ejercicio de todos los derechos por parte de las mujeres, de las personas con discapacidad y de los pueblos indígenas (arts. 62 a 67). En el ámbito internacional, Paraguay ha ratificado un conjunto de instrumentos jurídicos en que se compromete a respetar y proteger los derechos y a establecer medidas de derecho interno que los hagan efectivos, como por ejemplo en la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica

57 (CADH, ley 1/89, arts. 1 y 2). Asimismo, se reconocen los derechos de carácter civil y político y los económicos, sociales y culturales, a través del Pacto internacional de derechos civiles y políticos (PIDCP, ley 4/92) y el Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales (Pidesc, ley 5/92), comprometiéndose a garantizarlos y a realizar acciones positivas para su cumplimiento. Se ha comprometido a erradicar en todas las esferas públicas y privadas toda forma de discriminación racial y de discriminación contra la mujer, a través de la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (Cedaw, por su sigla en inglés, ley 1215/86) y la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación racial (CEDR, ley 2128/03). Entre las formas de discriminación descritas en la Cedaw y la CEDR se encuentra la exposición a la esclavitud y a tod forma análoga. En especial, el Estado paraguayo ha asumido la responsabilidad de prevenir y sancionar la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus formas (Convención interamericana para prevenir y sancionar la Violencia contra la Mujer o Convención de Belém do Pará). Asimismo, el Estado paraguayo ha reconocido los derechos de niños, niñas y adolescentes y las responsabilidades que le corresponden para asegurar su cumplimiento, mediante la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN, ley 57/90) y del Protocolo facultativo de la CDN relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y el uso de niños y niñas en pornografía (OPSC, por su sigla en inglés, ley 2134/03). Además, el Estado paraguayo ha ratificado la Convención para la Protección de los derechos de todos los Trabajadores Migratorios y sus familiares (CPTM, ley 3452/08) y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD, ley 3540/08). En el ámbito de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el país ha ratificado el Convenio Nº 29 sobre el trabajo forzoso (C29, ley 1930/67), el Convenio Nº 182 sobre las peores formas de trabajo infantil (C182, ley 1657/01) y el Convenio Nº 105 sobre la abolición de trabajo forzoso (C105, ley 1331/64). En todas ellas, la protección contra la trata de personas se encuentra contemplada. Finalmente, en el ámbito internacional, ha cobrado relevancia el Protocolo adicional a la Convención de las Naciones Unidas contra el Crimen organizado transnacional para Prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente de mujeres y niños, conocido como Protocolo de Palermo (ley 2396/04). 4 En cuanto al tipo penal de la Trata de Personas en el Paraguay, este resulta insuficiente en su formulación, para garantizar la persecución y sanción de los tratantes, así como la protección de las víctimas, ya que penaliza exclusivamente la trata internacional, aun cuando la modificación introducida recientemente referente al artículo 129 del Código Penal que tipifica la Trata de Personas, haya incluido todos los 4 Documento la Trata de Personas en el Paraguay. Propuesta de Política Nacional de Prevención y Combate a la Trata de Personas en el Paraguay

58 fines de la trata de personas contemplados en la definición del artículo 3 del Protocolo de Palermo. Actualmente existe en marcha la elaboración de un anteproyecto de ley específica sobre trata de personas, en la modalidad de regular aspectos de fondo y forma, que está siendo trabajada por la Secretaria de la Mujer de la Presidencia de la republica del Paraguay, para la Mesa Interinstitucional para la Prevención y el Combate de la Trata de Personas, con apoyo de la UNODC La penalización de la trata de la trata de personas en el Paraguay, tipo penal de trata de personas con fines de explotación sexual. El consentimiento. La distinción entre victimas adultas y niñas, niños y adolescentes. Los delitos conexos. Con la ratificación por el Paraguay de la Convención de las Naciones Unidas Contra la delincuencia Transnacional Organizada por Ley 2.298/03, y su Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente de Mujeres y Niños, por Ley Nº 2.396, del 2004, se adopta a los fines de la incorporación de estos elementos en el tipo penal de la trata de personas previsto en la legislación interna y a objeto de la prevención y atención a las víctimas, la definición de trata de personas establecida en el Articulo 3 de este instrumento internacional.5 Sin embargo en la Legislación interna no se traduce la misma definición de trata de personas, esto se puede observar de la simple lectura de las disposiciones que contemplan el Art. 129 del Código Penal Paraguayo y la ley 3.440/08 que lo modifica: En el art iculo 129. del Código Penal la Trata de Personas se describía del siguiente modo: 1º. El que mediante fuerza, amenaza de mal considerable o engaño condujera a otra persona fuera del territorio nacional o la introdujera en el mismo y, utilizando su indefensión la indujera a la prostitución, será castigado con pena privativa de libertad de hasta 6 años. 5 Art. 3 Por trata de personas se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida, o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o extracción de órganos. El consentimiento dado por la víctima de la trata de personas a toda forma de explotación que se tenga la intención de realizar, descrita en el apartado anterior del presente artículo, no se tendrá en cuenta cuando se haya recurrido a cualquiera de los medios enunciados en dicho apartado. La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de niños con fines de explotación se considerará trata de personas incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios mencionados en el apartado A. Por niño se entenderá toda persona menor de 18 años.

59 2º. Cuando el autor actuara comercialmente o como miembro de una banda que se ha formado para la realización de hechos señalados en el inciso anterior, se aplicará lo dispuesto en los artículos 57 y 91. Este artículo solo contemplaba la trata de personas con fines de explotación sexual y solo el de carácter transnacional. Actualmente este tipo penal está descripto del siguiente modo, por el Art. 129 b) y 129c), de la Ley 3.440/08 Artículo 129b.- Trata de personas con fines de su explotación sexual 1.- El que, valiéndose de una situación de constreñimiento o vulnerabilidad de otro por encontrarse en un país extranjero, le induzca o coaccione al ejercicio o a la continuación del ejercicio de la prostitución o a la realización de actos sexuales en si, con otro o ante otro, con fines de explotación Sexual, será castigado con pena privativa de libertad de hasta ocho años. Con la misma pena será castigado el que induzca a otra persona menor de dieciocho años al ejercicio o la continuación del ejercicio de la prostitución o a la realización de los actos señalados en el párrafo 1. 2º.- Con pena privativa de libertad de hasta doce años será castigado el que mediante fuerza, amenaza con un mal considerable o engaño: induzca a otro al ejercicio o la continuación del ejercicio de la prostitución o a la realización de actos sexuales señalados en el inciso 1, párrafo 2; Captara a otro con la intención de inducirle al ejercicio o la continuación del ejercicio de la prostitución o a la realización de actos sexuales señalados en el inciso 1, párrafo La misma pena se aplicará, cuando la víctima sea: 1. Una persona menor de catorce años; o 2. Expuesta, al realizarse el hecho, a maltratos físicos graves o un peligro para su vida. 4.- Con la misma pena será castigado el que actuara comercialmente o como miembro de una banda que se ha formado para la realización de hechos señalados en los incisos anteriores. En este caso se aplicará también lo dispuesto en los Artículos 57 y 94. El consentimiento dado por la víctima a toda forma de explotación no se tendrá en cuenta cuando se haya recurrido a cualquiera de los medios enunciados en este artículo. Artículo 129c.- Trata de Personas con Fines de su Explotación Personal y Laboral 1.- El que, valiéndose de la situación de constreñimiento o vulnerabilidad de otro por encontrarse en un país extranjero, le someta a esclavitud, servidumbre, trabajos forzados o condiciones análogas o le haga realizar o seguir realizando trabajos en condiciones desproporcionadamente inferiores a las de otras personas que realizan trabajos idénticos o similares, será castigado con pena privativa de libertad de hasta ocho años. Con la misma pena será castigado el que someta a un menor de dieciocho años a esclavitud, servidumbre, trabajos forzados o condiciones análogas o a la realización o la continuación de trabajos señalados en el párrafo Con pena privativa de libertad de hasta doce años será castigado el que mediante fuerza, amenaza con un mal considerable o engaño: someta a otro a esclavitud,

60 servidumbre, trabajos forzados o condiciones análogas o le haga realizar o continuar realizando trabajos señalados en el inciso 1, párrafo 1; captara a otro con la intención de facilitar la extracción no consentida de sus órganos. 3º.- Se aplicará también lo dispuesto en Artículo 129b, incisos 3º y 4º. El consentimiento dado por la víctima a toda forma de explotación no se tendrá en cuenta cuando se haya recurrido a cualquiera de los medios enunciados en este artículo. Esta nueva formulación del tipo penal de Trata de Personas, incorpora todas las demás formas de explotación que describe el Protocolo de Palermo sin embargo sigue contemplando solo la Trata de carácter transnacional y no describe todas las conductas que dicho protocolo señala como trata de personas. Las condiciones exigidas en esta formulación, genera confusión por establecer como primera premisa el aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad de una persona por hallarse en un país extranjero. No establece el consentimiento como condicionante si se establecen los medios comisivos como un agravante del tipo penal. El Código Penal Paraguayo también contempla los delitos que se consideran conexos a la trata de personas como ser la producción mediata de instrumento público de contenido falso, delitos de corrupción de la administración pública, el proxenetismo, la rufianería, la coacción grave, la amenaza. Existe una legislación que penaliza el lavado de dinero cuyo origen es criminoso, sin determinarse que sea originado específicamente en la trata de personas, pero al ser la misma contemplada como un crimen en nuestra legislación penal esto está incluido, además está contemplado como delito la tortura, el secuestro, entre otros Ley 3440/08 - Que modifica el Código Penal de la Republica del Paraguay Artículo 129a.- Rufianería. El que explotara a una persona que ejerce la prostitución, aprovechándose de las ganancias de ella, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años. Artículo 129b.- Trata de personas con fines de su explotación sexual. 1.- El que, valiéndose de una situación de constreñimiento o vulnerabilidad de otro por encontrarse en un país extranjero, le induzca o coaccione al ejercicio o a la continuación del ejercicio de la prostitución o a la realización de actos sexuales en si, con otro o ante otro, con fines de explotación sexual, será castigado con pena privativa de libertad de hasta ocho años. Con la misma pena será castigado el que induzca a otra persona menor de dieciocho años al ejercicio o la continuación del ejercicio de la prostitución o a la realización de los actos señalados en el párrafo 1.

61 2º.- Con pena privativa de libertad de hasta doce años será castigado el que mediante fuerza, amenaza con un mal considerable o engaño: induzca a otro al ejercicio o la continuación del ejercicio de la prostitución o a la realización de actos sexuales señalados en el inciso 1, párrafo 2; Captara a otro con la intención de inducirle al ejercicio o la continuación del ejercicio de la prostitución o a la realización de actos sexuales señalados en el inciso 1, párrafo La misma pena se aplicará, cuando la víctima sea: 1. una persona menor de catorce años; o 2. expuesta, al realizarse el hecho, a maltratos físicos graves o un peligro para su vida. 4.- Con la misma pena será castigado el que actuara comercialmente o como miembro de una banda que se ha formado para la realización de hechos señalados en los incisos anteriores. En este caso se aplicará también lo dispuesto en los artículos 57 y 94. El consentimiento dado por la víctima a toda forma de explotación no se tendrá en cuenta cuando se haya recurrido a cualquiera de los medios enunciados en este artículo. Artículo 129c.- Trata de personas con fines de su explotación personal y laboral. 1.- El que, valiéndose de la situación de constreñimiento o vulnerabilidad de otro por encontrarse en un país extranjero, le someta a esclavitud, servidumbre, trabajos forzados o condiciones análogas o le haga realizar o seguir realizando trabajos en condiciones desproporcionadamente inferiores a las de otras personas que realizan trabajos idénticos o similares, será castigado con pena privativa de libertad de hasta ocho años. Con la misma pena será castigado el que someta a un menor de dieciocho años a esclavitud, servidumbre, trabajos forzados o condiciones análogas o a la realización o la continuación de trabajos señalados en el párrafo Con pena privativa de libertad de hasta doce años será castigado el que mediante fuerza, amenaza con un mal considerable o engaño: someta a otro a esclavitud, servidumbre, trabajos forzados o condiciones análogas o le haga realizar o continuar realizando trabajos señalados en el inciso 1, párrafo 1; captara a otro con la intención de someterle a esclavitud, servidumbre, trabajos forzados o condiciones análogas o de hacerle realizar o continuar realizando trabajos señalados en el inciso 1, párrafo 1; captara a otro con la intención de facilitar la extracción no consentida de sus órganos. 3.- Se aplicará también lo dispuesto en el artículo 129b, incisos 3 y 4. El consentimiento dado por la víctima a toda forma de explotación no se tendrá en cuenta cuando se haya recurrido a cualquiera de los medios enunciados en este artículo.

62 Otras Leyes Nacionales que se refieren a la Trata de Personas: En el ámbito nacional, las condiciones para la configuración de la trata como hecho punible todavía difieren de la definición internacional ya ratificada. Así, el Código Penal (CP, ley 1160/97) se limitaba a tipificar la trata como un fenómeno de carácter internacional y solo destinado a la explotación sexual. Con su modificación (ley 3440/08) se incluyeron las formas de explotación laboral y personal y las destinadas a la extracción de órganos y tejidos humanos; pero se sigue considerando como trata solo cuando el hecho es internacional, es decir que implica necesariamente el cruce de fronteras. En tanto, este delito se encuentra tipificado todavía en el capítulo sobre los delitos contra la autonomía sexual. El Código Procesal Penal (CPP, ley 1286/98) establece las garantías judiciales planteadas como derechos en la Constitución. Por su parte, adquieren relevancia especial la Ley de migraciones (ley 978/96) y el Código laboral (ley 213/93) como referencias de los estándares ajustados a derecho para considerar la entrada y salida del país y las condiciones de trabajo decente, respectivamente. Sin embargo, todavía el Código laboral establece discriminaciones en el goce de los derechos de los trabajadores y las trabajadoras del servicio doméstico por debajo de las garantías para los trabajadores y las trabajadoras de otros sectores de la economía, lo que afecta directamente a sectores y grupos de población generalmente vulnerable que son quienes ejercen mayormente estos trabajos (particularmente, las mujeres y los y las migrantes del campo a la ciudad). El mismo CNA protege al adolescente y la adolescente trabajadora por cuenta propia, por cuenta ajena y en servicio doméstico. El decreto 3451/05 por su parte, establece la lista de las peores formas de trabajo infantil, entre las que se incluyen el criadazgo y todas las formas de explotación laboral y sexual. Las leyes orgánicas del Poder Judicial, del Ministerio Público y de la Policía Nacional establecen la estructura de estas instituciones y delimitan sus funciones y atribuciones conforme a lo establecido en la Constitución. Las respectivas leyes orgánicas de las instituciones delimitan las competencias y atribuciones que agentes judiciales, fiscales y policiales deben considerar en la intervención de situaciones de trata de personas Normas Internacionales: El Protocolo de Palermo y de Nassau vigentes en nuestra legislación positiva, a fin de solicitar la Asistencia Jurídica Internacional, en las causas tramitas en las Unidades Fiscales. En ese contexto es importante mencionar que el Ministerio Publico es autoridad central en materia penal, para la tramitación de dichos convenios los cual facilita el trabajo de

63 la Unidad Especializada en el sentido de que evita el trámite burocrático, de las otras vías. Asimismo existen acuerdos interinstitucionales entre los ministerios públicos del Mercosur y algunos protocolos de intervención, ya se apara solicitar la ubicación y atención de victimas, la intervención de algún local, y cualquier otra diligencia para necesaria la investigación Persecución del Delito: Responsabilidad penal de los agentes de investigación. Prerrogativas de investigación especiales (escuchas telefónicas, agente encubierto, otras) - Existen disposiciones normativas que responsabilizan penalmente a los agentes de investigación, pero no específicamente sobre la trata de personas, así tenemos por ejemplo la responsabilidad penal por la persecución de inocentes, por frustración de la persecución penal, por liberación de presos y otros hechos punibles cometidos contra la administración de la Justicia. El Código Penal Paraguayo, contempla también un Capítulo de hechos punibles contra el ejercicio de la función pública como el cohecho, coacción respecto a declaraciones, lesión corporal en el ejercicio de funciones públicas entre otros. No existen prerrogativas especiales para la investigación, como las que existen para la persecución penal del narcotráfico. La investigación se rige por las disposiciones generales del Código Procesal Penal, no contempla la utilización de agentes encubiertos, si pueden realizarse interceptación de las comunicaciones y escuchas telefónicas con autorización judicial Asistencia/Cooperación internacional: Mecanismo previsto institucionalmente para solicitar asistencia/ cooperación internacional para la investigación. Tratamiento del secreto bancario y los asuntos fiscales. El funcionamiento de la prescripción como forma de no hacer lugar a la asistencia o cooperación internacional. Participación en redes de enlace entre investigadores para fortalecer los mecanismos de asistencia entre operadores de justicia. Convenios de asistencia jurídica recíproca El Ministerio Público cuenta con una Dirección de Asuntos Internacionales bajo la dirección de un Fiscal especializado, que canaliza todos los pedidos de asistencia judicial requeridos por la unidad especializada en trata de personas, esta dirección asiste y orienta a todos los fiscales en materia de asistencia jurídica internacional ya sea para la investigación o para el intercambio de información, está vinculado a varias redes internacionales de cooperación, como los de la OEA, de Naciones Unidas, de la Red Iberoamericana de Ministerios Públicos, del FBI, Eurojust y de otras agencias de investigación.

64 En materia de crimen organizado el Ministerio Publico cuenta con un sistema de comunicación con sistemas de encriptados para proteger la información. Estos sistemas también son utilizados para la investigación de la trata de personas cuando es necesario. Hasta el momento no se han presente no se conocen casos en que se hayan invocado el secreto bancario o la prescripción para no acceder a la cooperación de asistencia solicitada. El instrumento jurídico más utilizado para la asistencia jurídica internacional es la Convención de las Naciones Unidas para la Lucha contra el Crimen transnacional organizado, cuya autoridad central de aplicación en Paraguay es el Ministerio Público, también se recurre al convenio de Nassau. Los pedidos de Asistencia judicial tramitados por esta vía son tanto pasivas como activas, es decir peticionados por el Paraguay o por las autoridades del país de destino de victimas paraguayas. El Ministerio Público cuenta y participa de los convenios de asistencia reciproca que ya se señalaran más arriba, se puede citar como las más utilizadas las de la Convención de las Naciones Unidas para la lucha contra el crimen transnacional, el Convenio de Nasau, el Pacto de San Luis y otros acuerdos bilaterales firmados con algunos Ministerios Públicos. La reunión Iberoamericana de Ministerios Públicos, ha permitido al Ministerio Público del Paraguaya acordar con algunos Ministerios Públicos de asociados en pautas de investigación. En la Cumbre de Ministerios Públicos sobre trata de personas realizado en Asunción en el año 2008, se concluyó sobre la necesidad de elaborar un protocolo de investigación y procedimientos para la cooperación entre los MP. En esa cumbre se sentaron las bases para ese protocolo y se ha puesto en práctica especialmente entre Paraguay y Chile y en algunos casos con la Argentina. Actualmente el protocolo está concluido y a partir de una aprobación de todos los Fiscales Generales será una herramienta para todos nuestros países. Aparte hay convenios bilaterales Con los Ministerios Públicos de, Chile, Colombia, Alemania, de cooperación en materia de investigación penal 10.4 Extradición Es posible la extradición con los países con los que se tienen convenios bilaterales y con los signatarios de convenios multilaterales a excepción de aquellos que expresamente tienen en su normativa la prohibición de extraditar a sus connacionales como Brasil y España por ejemplo. Por ejemplo si el tratante fuera de nacionalidad Brasilera y se encontrara viviendo en el Brasil no se podría extraditarlo.

65 10.5 Responsabilidad de personas jurídicas La Responsabilidad Penal de las personas jurídicas está prevista en nuestra legislación penal de modo general para todos los hechos punibles en la que se vean involucradas estas personas jurídicas, señalándose que la responsabilidad recaerá en la persona física que actúa en representación de la persona jurídica Art. 16 del Código Penal Paraguayo Garantías para el acceso a la justicia: Protección de la identidad y domicilio. Prohibición confrontaciones/careos con denunciado. No penalización de las víctimas de trata. No detención ni deportación de las víctimas de trata por situación migratoria irregular. Patrocinio letrado Traductor. Acceso a la información sobre los procedimientos judiciales y administrativos. Alcance de las medidas de protección a testigos y familiares. Duración de las medidas de protección. Conforme a los casos abordados por el Ministerio Público, casi en su totalidad como país de origen de la trata de personas, se busca garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de trata, dando información certera sobre la cobertura legal que el Ministerio Público le puede brindar, sobre las consecuencias de la investigación del caso y la denuncia formulada, sobre el plazo y la necesidad de su participación, así como la cobertura que pueden recibir desde esta institución, etc. Asimismo el Ministerio Público por disposición de su ley orgánica está obligado a buscar y facilitar el acceso a la justicia de las víctimas de todo tipo de delito. Además de la protección que debe brindar a la víctima de cualquier delito, siempre conforme a la ley orgánica del Ministerio público, también el Ministerio Público ha asumido un compromiso internacional como Miembro de la AIAMP de cumplir con las Guías de Santiago para la atención y protección a víctimas y testigos de violencia y trata de personas. Se ha establecido luego de las últimas reuniones especializadas del Mercosur sobre trata de personas mecanismos de transmisión de información para proteger la confidencialidad, especialmente los datos sobre la identidad y domicilio de las víctimas de trata de personas, también en las imputaciones a las que por las garantías procesales de las que goza, el procesado debe tener acceso incluyendo el acceso toda información. Así mismo, se omite la dirección de la víctima y se utiliza solo las iniciales de las mismas para su identificación, quedando resguardado los datos a disposición del Juzgado respectivo. A los efectos de evitar la revictimización se procede a hacer como prueba anticipada la declaración de la víctima utilizando como mecanismo el sistema de Cámara Gessel, gravando dicha declaración para su posterior exhibición en el juicio oral correspondiente.

66 10.7 Protección y Restitución de derechos: Alojamiento. Protección integridad física. Permiso de residencia país de destino. Repatriación Asuntos relativos a la documentación. Acceso servicios de salud y educativos. Inserción laboral. Indemnización. Indemnización por los daños y perjuicios a las víctimas, fuentes de financiamiento. Decomiso de bienes- de los tratantes. El comiso de los bienes o ganancia de los tratantes, está contemplado en la norma, pero estos bienes quedan como patrimonio del Estado por lo cual no se utilizan para reparar el daño a la víctima. El mecanismo utilizado y señalado como buena práctica para el Mercosur, es la posibilidad de generar una reparación del daño por parte del tratante, a la víctima de modo directo o a otras víctimas como reparación social, esto no se da en el Paraguay y la legislación no lo regula de esta manera. Prácticamente ninguna víctima accede a indemnización, en un solo caso las victimas de trata de personas fueron indemnizadas, y aun en esta situación, dichas víctimas fueron nuevamente victimas de asalto al momento de cobrar dicha indemnización Forma de regulación de la prostitución o trabajo sexual en el Paraguay. - La prostitución o trabajo sexual en el Paraguay no se encuentra prohibido ni sancionado, tampoco está regulado como trabajo. Existen ciertas normas de nivel municipal, en determinadas municipalidades que exige que quienes ejercen esta actividad porten carnet de salud y se registren a efectos del control de salud, como así también establecen normas de funcionamiento y sanidad a los locales lupanares, prostíbulos, entre otros similares. Las violaciones de estas normas constituyen faltas administrativas, aplicables por el órgano que las dicto. La actividad que si se encuentra penalizada es la explotación de la prostitución ajena, por lo que estos locales generalmente simulan ser simplemente un lugar en el que las mujeres trabajan de forma independiente. 11. COOPERACIÓN INTERNACIONAL ( Situación del Paraguay en relación a la coordinación de acciones con otros países) Acuerdos/convenios/tratados de cooperación para la intervención en situaciones de trata de personas. Experiencias de cooperación con otros países en situación de trata de personas. Países con los que se requeriría contar con acuerdos de cooperación. Se realizaron varias extradiciones, tanto a pedido de Paraguay, como a pedido de las autoridades de países de destino de las víctimas paraguayas, con España y Argentina

67 esencialmente, por la misma vía de la asistencia judicial, por los mecanismos y tramites propios de las extradiciones. Sin embargo existen limitaciones para las extradiciones por ejemplo algunos países no permiten la extradición de sus connacionales, como por ejemplos se pueden citar a España y Brasil, para los casos de extradición se debe estudiar caso por caso conforme a los tratados internacionales vigentes en la materia. En otros aspectos de cooperación, el 27% instituciones nacionales consultadas para el Diagnostico previo al diseño de la política de trata de personas, manifestaron trabajar en el ámbito de la cooperación internacional en materia de trata de personas. Dos tercios de ellas (66%), lo hacen en el intercambio de experiencias y prácticas, el 55% cuenta con acuerdos de cooperación técnica y el 44% en investigación y producción de conocimiento. Un tercio (33%) trabaja en estadísticas y dispone de acuerdos de cooperación financiera, mientras que el 22% dispone de acuerdos de cooperación jurídica y trabaja en atención a víctimas de trata. Entre las nueve instituciones que declararon trabajar en cooperación para la trata de personas, dos tercios (66%) declararon hacerlo en investigación y producción de conocimientos, el 44% declaró cooperar en atención a personas víctimas, en tanto con un tercio (33%) se encuentran el intercambio de experiencias y prácticas y los acuerdos interinstitucionales de cooperación técnica. Mientras que los acuerdos de cooperación financiera y jurídica y las estadísticas forman parte del 22% cada una de las acciones de cooperación nacional que se reconocen Ejemplos de Buenas Prácticas en la Atención de Casos de Trata de Personas en el País. Articulación entre países. Está señalada como una buena práctica la articulación y realizada entre el Ministerio Público de Paraguay y el Ministerio Publico de Argentina, y Chile, para realizar operaciones conjuntas de investigación lográndose como consecuencia de ello el desbaratamiento de redes de tratantes en ambos países logrando condenas tanto en el país de origen como en el de destino de los casos investigados conjuntamente. Así mismo en base a esa coordinación y asistencia judicial, se ha logrado que víctimas paraguayas que han retornado al país, declaren desde el Paraguay en los juicios orales realizados contra sus explotadores en los países de : Argentina, España y Chile, igual cooperación se hizo con Holanda, evitando así un traslado de la víctima hasta estos países, y el tener que confrontarlas con sus victimarios. Esto ha permitido que los mismos sean procesados y que las víctimas paraguayas declaren desde el Paraguay por medio de video conferencia desde la sede del Ministerio Público donde las víctimas están contenidas y asistidas por equipo técnico de la unidad de Trata de Personas, lo que evita una re victimización sin que el caso tenga que quedar impune.

68 Algunas buenas prácticas señaladas por las instituciones y organizaciones durante el proceso de elaboración de la política nacional de prevención y combate de la trata de personas, con las que existe coincidencia son: Elaboración, aprobación y utilización de una ruta de intervención para la atención de primer y segundo orden. Aprobación y utilización del Protocolo de Intervención Conjunta (Argentina, Brasil y Paraguay) para la atención a personas víctimas de trata. Elaboración, aprobación y utilización del Protocolo de Manejo de la Información. 12. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES GENERALES Conclusiones generales: - Se puede concluir que las deficiencias en la definición penal de la trata de personas y la falta de información sistematizada, actualizada, unificada, fiable y oficial, debidamente resguardada y compartida bajo criterios de seguridad, impiden un cabal dimensionamiento de la problemática. También incide la escasa denuncia de este delito debido al temor de los posibles denunciantes y la escasa credibilidad en la administración de justicia. En otro aspecto el registro de la denuncia bajo otras denominaciones. No obstante se identifica a partir de la información disponible, que la trata de personas con fines de explotación sexual es la principal expresión de la trata de personas en el Paraguay. - En el Paraguay existen factores de vulnerabilidad tanto socio culturales como económicos, ambos inciden con mayor fuerza en determinados Departamentos y zonas del país. - El Paraguay es principalmente un país de origen de la trata de personas con fines de explotación sexual, las victimas, principalmente mujeres, adolescentes y niñas, son tratadas internamente e internacionalmente. Los principales destinos dentro del país son las principales ciudades como la Capital y Ciudad del este, las zonas de frontera y las zonas de interior del país donde se practica el cultivo intensivo de la soja. En el exterior los principales países de destino son la Argentina, Bolivia, Chile y España. El Paraguay también es en menor medida país de destino de la trata de mujeres con fines de explotación sexual, especialmente en zonas de frontera y país de tránsito, hasta ahora detectado en menor medida. El conocimiento sobre los tratantes y su modus operandi aun es insuficiente. - Las victimas de trata de personas con fines de explotación sexual, son principalmente mujeres adultas provenientes del interior del país, especialmente de las zonas mas empobrecidas y de localidades urbanas también consideradas pobres. Son de escasa condición económica, han tenido trabajos precarios, cuentan con poca educación formal y ven en la migración interna e internacional su única posibilidad de superación personal y familiar. Muchas de ellas, han sido

69 víctimas de violencia y intrafamiliar y abusos. Muchas víctimas se comunican exclusivamente en idioma guaraní. Entre las víctimas con destino a países de Europa, es posible encontrar mejores niveles educativos y económicos. Las victimas generalmente son engañadas por los tratantes e incurren en deudas antes de viajar. - La principal etapa que tiene lugar en el Paraguay es la captación, por tratarse de un país de origen, también se produce la preparación del viaje y la salida del pis. En la trata interna, se realizan todas las etapas. En la Trata internacional también se realizaran en menor medida la etapa de recepción y explotación en burdeles y prostíbulos en los casos en los que el Paraguay es país de origen y el traslado de las victimas en las escasas situaciones en que se ha detectado el tránsito de victimas de trata internacional, por el territorio paraguayo, específicamente en zonas de frontera. - La Mesa Interinstitucional para la Prevención y el Combate de la Trata de Personas en la Republica del Paraguay constituye la política de articulación y coordinación interinstitucional e intersectorial a nivel nacional, con buenos resultados, no obstante las dificultades para mantener la gestión de una articulación de este nivel y magnitud. Sin embargo expresiones desconcentradas de esta mesa, principalmente en zonas de frontera no funcionan de modo continuo e institucional. Las debilidades de esta instancia, no obstante los esfuerzos son aun importantes y su falta de asignación presupuestaria, de algún modo la coloca como una iniciativa incapaz de responder a las necesidades del abordaje de la trata de personas en el país. Resulta auspicioso contar con un documento sobre la Política Nacional de Prevención y Combate a la Trata de Personas, , sin embargo esta política aun no fue aprobada por Decreto del Poder Ejecutivo y principalmente carece de creación presupuestaria en el presupuesto público, por lo tanto aun no se encuentra implementada - No obstante la ratificación de los principales instrumentos internacionales en la materia, la legislación Paraguaya es deficiente debido a la formulación del tipo penal de trata de personas. Sin embargo existen actualmente iniciativas para paliar esta dificultad. - Si bien existen experiencias de cooperación internacional, esta se da principalmente para la investigación penal cuando las víctimas son rescatadas en los países de destino y para el retorno de las mismas al Paraguay, en otros casos también para el rescate de las mismas en los países de destino a partir de investigaciones iniciadas en el Paraguay. Sin embargo el intercambio de información aun tiene dificultades y no se cuentan con experiencias asiduas de intercambios en otras materias tales como experiencias de prevención, investigación de la realidad de la trata, sistemas de registro de casos, cuantificación de la trata de personas, modelos o buenas prácticas de abordajes a víctimas, albergues adecuados, entre otras. Recomendaciones generales: - En el Paraguay es necesario mejorar el sistema de registro de las denuncias y casos de trata de personas, lograr la aprobación de una ley específica sobre trata

70 de personas que modifique el tipo penal y lo adecue a los estándares internacionales en la materia, contar con la aprobación de la Política Nacional de Prevención y Combate a la Trata de Personas, y de un presupuesto a ser invertido en su implementación. Contar con un fondo de inversión en la trata de personas con recursos provenientes del tesoro público. Contar con más lugares y centros de acogida y atención integral a víctimas. Profundizar en el entrenamiento de los agentes públicos competentes en esta materia. Lograr cobertura nacional de los servicios existentes. Garantizar a las victimas mecanismos de acceso a la justicia y a la reparación económica. Enfatizar la lucha contra la corrupción. - Fortalecer la cooperación internacional en materia de sistemas de registro y manejo de la información, intercambio de mecanismos y metodologías de cuantificación de la trata de personas, experiencias en investigaciones de carácter cualitativo. - Intercambiar experiencias en el abordaje preventivo de factores de vulnerabilidad ante la trata de personas, implementar estrategias conjuntas a nivel regional para el abordaje de factores de vulnerabilidad comunes. - Aunar esfuerzos Regionales y subregionales para avanzar en la caracterización de la trata de personas, principalmente mujeres, con fines de explotación sexual en el Mercosur. - Identificar factores de vulnerabilidad comunes o relacionados, presentes en la subregión. Así como definir estrategias compartidas para el abordaje a los mismos. - Realizar esfuerzos conjuntos para avanzar en la inversión pública en las políticas de prevención, combate y atención a víctimas de la trata de personas. compartir buenas prácticas en este sentido. - Intercambiar buenas prácticas en el abordaje de las víctimas, en el acceso a la justicia y en la reparación económica de las mismas. 13. BIBLIOGRAFIA - Mesa Interinstitucional para la Prevención y el Combate de la Trata de personas en el Paraguay, CENIJU, Global Infancia, UNICEF Paraguay - La Trata de Personas en Paraguay y Propuesta de Política Nacional de Prevención y Combate a la Trata de Personas en Paraguay , Documento Final de Diseño de la Política Nacional para la prevención y combate a la trata de personas, Asunción, Junio de Mesa Interinstitucional para la Prevención y el Combate de la Trata de personas en el Paraguay, CENIJU, Global Infancia, UNICEF Paraguay.Documento Final Diagnostico de la situación de la Trata en Paraguay y Diseño de la Política Nacional para la Prevención y el Combate a la Trata de Personas Asunción, Junio de 2010

71 - Mesa Interinstitucional para la Prevención y el Combate de la Trata de personas en el Paraguay, Memoria Componente Estadístico elaborado por la Dirección General de Estadísticas, Encuestas y Censos de la Presidencia de la Republica del Paraguay, en el marco del Programa de Apoyo a la Lucha contra la Trata de Personas, especialmente Mujeres, Niñas y Niños de la Secretaria de la Mujer, con apoyo del BID, 2009, - Informes Institucionales, Ministerio Publico, Fiscalía Especializada en Trata de Personas, Secretaria de la Mujer de la Presidencia de la Republica

72 14. ANEXOS Fig.1 Porcentaje de víctimas atendidas por trata de personas, según sexo. Periodo Agosto Julio ,1% 98,9% Hombre Mujer Fig.2 Porcentaje de víctimas atendidas por trata de personas, según ocupación principal previo al proceso de trata. Periodo Agosto Julio 2009 Personal doméstico 58,3 Vendedores y demostradores de 13,9 Prostitución Limpiadores de oficina, hoteles y Peluqueros, especialistas en Mozos de labranza y peones Recolectores de basura Niñeras y celadoras 5,6 5,6 5,6 2,8 2,8 5,6 Las víctimas, previo al proceso de trata, según su ocupación principal, el 58,3% era personal doméstico

73 Fig.3 La condición de actividad económica previa al proceso de trata, está constituida por una población económicamente activa con un 41,4% y una población inactiva del 23,0% Fig.4 Porcentaje de víctimas atendidas por trata de personas, según relación con la persona que contacto a la víctima. Periodo Agosto Julio 2009 Otro 40% No se ha registrado este dato en el momento de la atención 24% Amigo 22% Familiar 14% 62,1% han recibido ofertas para viajar al extranjero de personas no parientes pero cercanas a su vivienda.

74 Fig.5 Porcentaje de víctimas atendidas por trata de personas, según grupos de edad. Periodo Agosto Julio años años años años años años 35 y más años No se ha registrado este dato en 4,6 3,4 3,4 1,1 11,5 18,4 24,1 33,3 55,2% afectan a mujeres de 15 a 24 años de edad; mientras que las de edades mayores disminuyen paulatinamente Fig.6

75 Fig.7 Número de víctimas atendidas por trata de personas, según con quien vivía antes de entrar en el proceso de trata. Periodo agosto julio 2009 Con quien vivía la victima antes de la trata Total Porcentaje Total ,0 Solo/a 2 2,3 Pareja y/o hijos 14 16,1 Padre/madre 32 36,8 Abuelos 4 4,6 Otros parientes 10 11,5 Amigo/a 2 2,3 Otro 2 2,3 No se ha registrado este dato en el momento de la atención 21 24,1 Fuente: DGEEC. Base de datos de Registros Institucionales de Trata de Personas, 2009 El 36,8% de las victimas vivían con padre/madre y el 16,1% con pareja y/o hijos/as antes de entrar al proceso de trata Fig.8

76 Fig.9 Porcentaje de víctimas atendidas por trata de personas, según antecedentes de violencia intrafamiliar y abuso sexual durante su infancia/adolescencia. Periodo Agosto Julio ,4 12,6 2,3 1,1 11,5 Violencia intrafamiliar Abuso sexual Otro No se ha registrado este dato en el momento de la atención Ninguno En el 12,6% de los casos han manifestado tener antecedentes de violencia intrafamiliar durante su infancia/ adolescencia Fig.10 Antecedentes de Trata o Explotacion Sexual

77 Fig.11 Porcentaje de víctimas atendidas por trata de personas, según en el lugar de destino fue victima de... Periodo Agosto Julio 2009 Drogodependencia Ninguno Violencia sexual Amenaza a si mismo Violencia física Incomunicación con el exterior y familiares Violencia psicológica Violencia económica Maltrato Privación de libertad No se ha registrado este dato en el momento 0,9 1,4 3,3 7,1 7,5 9,4 11,3 14,6 15,1 13,2 16,0 Fueron víctimas de maltrato, violencia psicológica y en algunos casos hasta violencia física

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