XVII REUNIÓN ORDINARIA DE AUTORIDADES MARÍTIMAS. Punto Nº del TEMARIO TENTATIVO ASISTENCIA TÉCNICA ACTIVIDAD MOU DE TOKIO.

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1 XVII REUNIÓN ORDINARIA DE Punto Nº del TEMARIO TENTATIVO ASISTENCIA TÉCNICA ACTIVIDAD MOU DE TOKIO. DOCUMENTO PRESENTADO POR SECRETARÍA DEL ACUERDO LATINOAMERICANO SOBRE CONTROL DE BUQUES POR EL ESTADO RECTOR DEL PUERTO (ACUERDO DE VIÑA DEL MAR) RESUMEN Sinopsis: Medidas propuestas: El presente documento pone en conocimiento de la Red sobre los avances con relación a la formación especializada en materia de control de buques por el Estado rector del puerto, brindada con la asistencia del Memorando de Entendimiento del Asia-Pacífico (MOU de Tokio) y la Organización Marítima Internacional (OMI), durante los años 2013, 2014 y las previsiones para el año Ver párrafo 13 y ANEXO B Documentos conexos: Mencionados en el texto y Estrategia Marítima ROCRAM. I.- ANTECEDENTES 1. Esta Secretaría, mediante la presentación de un documento bajo el Punto 9.5 del Temario de la VIII reunión Extraordinaria de la ROCRAM, llevada a cabo en la Ciudad de Londres, Reino Unido, el 23 y 24 de Noviembre de 2011, solicitó la evaluación de asistencia para brindar capacitación en la región en materia de control de buques por el Estado rector del puerto, sobre la base de cooperación horizontal ofrecida por el MOU de Tokio, solicitándose a su vez que se observaran los pasos complementarios para su implementación. 2. Como resultado de las deliberaciones mantenidas durante esa reunión y ante la imposibilidad de asegurar la obtención de financiación específica para estos fines, las Autoridades Marítimas decidieron apoyar la realización del curso planteado en ese momento, asumiendo enviar participantes a su costo, procediendo también a aceptar el ofrecimiento de la representación de Ecuador para ser su anfitrión y demás detalles de organización, todo ello mediante Resolución N 8 (VIII-E). 3. En la XVI Reunión Ordinaria de Autoridades Marítimas llevada a cabo en la Habana Cuba, entre el 10 y 14 Diciembre del año 2012, esta Secretaría presentó otro documento sobre la temática, enfatizando la necesidad constante de crear y generar capacidad profesional para garantizar la aplicación universal y uniforme de los instrumentos de la Organización Marítima Internacional (OMI), en el marco de la elaboración del Programa Integrado de Cooperación Técnica (PICT). 4. Esta cuestión guarda especial atención en el marco de las Estrategias Marítimas adoptadas por la ROCRAM y los objetivos estratégicos fijados, especialmente en lo que se relaciona con la mejora del cumplimiento y aplicación de los instrumentos OMI además de la creación de cooperación técnica horizontal, constituyendo las actividades de formación y capacitación uno de los aspectos fundamentales para su concreción, concordante a su vez con la visión estratégica que sustenta la propia Organización Marítima. 1

2 5. Las gestiones llevadas a cabo por esta Secretaría con el MOU de Tokio, con el respaldo y apoyo brindado por la ROCRAM y la OMI a fin de afianzar las actividades de cooperación técnica promovidas, concluyó con la ejecución de un Curso avanzado para Oficiales del Estado rector del puerto durante el mes de marzo de 2013, cuya concreción contó con el aporte de la SECROCRAM y el soporte de la Autoridad Marítima de Ecuador en calidad de anfitrión, cuyos resultados se informaron en forma abreviada mediante Documento 9.3.3, presentado en a la IX Reunión Extraordinaria de ROCRAM realizada en Londres, Reino Unido, los días 26 al 27 de Noviembre del año próximo pasado. 6. Con posterioridad a este evento, la Secretaría del MoU de Tokio - mediante Nota TMS 12/026 - confirmó la disponibilidad de fondos necesarios (proveniente de la Nippon Foundation) para establecer un programa trienal (2012, 2013 y 2014) de asistencia técnica a la región latinoamericana, designando como coordinadora del proyecto a la Sra. Fumiko AKIMOTO, cuya primera actividad del año fiscal 2012 fue la antes descripta. 7. Bajo similar modalidad a la utilizada en la primer experiencia, contando nuevamente con el aporte de SECROCRAM y en esta oportunidad con el apoyo de la Autoridad Marítima de Argentina como anfitrión, se realizó un segundo Curso Regional Avanzado para Inspectores del Estado rector del puerto, cuyo desarrollo se describe en forma abreviada mediante el Anexo A adjunto al presente documento. 8. La metodología implementada en ambas experiencias de cooperación externa, incluyó las siguientes diligencias, a saber: a. La Secretaría del Memorando de Tokio y esta Secretaría, coordinaron la determinación de la temática más conveniente a los intereses del Acuerdo que, a su vez, fuera factible de ser desarrollada por los expertos disponibles en la región del MOU de Tokio. b. La convocatoria de los participantes fue realizada por la SECROCRAM para los Miembros de ROCRAM y esta Secretaría para aquellos países que no son parte de esa organización pero están en el Acuerdo. c. Mediante nota de fecha 14 de Enero de 2014, el Secretario General de la ROCRAM envió invitación para que representantes de cada Autoridad Marítima Miembro participen del Curso Regional Avanzado para Inspectores del Estado Rector del Puerto sobre Seguridad de la Navegación, Medidas Adicionales para Graneleros/Quimiqueros", llevado a cabo entre el 10 y 21 de marzo de 2014 en la ciudad de Buenos Aires, Argentina. Tal invitación fue a su vez replicada por esta Secretaría a los integrantes de este régimen regional que no son miembros de la Red. d. La Organización Marítima Internacional solventó la asistencia de representantes de seis regímenes regionales de supervisión (uno de cada organización), así como también la participación de dos representantes de esta región. e. La Secretaría del MOU de Tokio coordinó la actividad de formación y aportó con el apoyo de la Nippon Foundation la participación de los expertos que asumieron el dictado del curso. f. La Prefectura Naval Argentina (en carácter de anfitrión) asumió a su costo la organización y soporte de las cuestiones logísticas necesarias para hacer efectivo el Curso. 2

3 g. Algunas AAMMs que designaron participantes no captados por la financiación de las dos vacantes obtenidas de la OMI, solventaron a su costo los gastos de asistencia. 9. Esta segunda actividad, al igual que en la primera oportunidad, resultó altamente positiva y provechosa, dado que entre los disertantes y participantes se estableció un intercambio fluido de opiniones, discusión de procedimientos y experiencias en las inspecciones de control de buques por el Estado rector del puerto, posibilitando conocer los últimos adelantos técnicos, administrativos y jurídicos con el fin de mejorar e incrementar la seguridad y protección marítima y la prevención y contención de la contaminación ocasionada por los buques, orientado en específico a los temas seleccionados para el caso. 10. Por otra parte, en consonancia con el programa de cooperación trienal aprobado por el MOU de Tokio, se mantienen vigente las coordinaciones preliminares con la Secretaría de ese régimen regional para el tercer curso avanzado en la región, previsto para ser implementado bajo la misma modalidad en la República del Perú, acorde la disposición para ser anfitrión ratificado por la delegación de ese país en la última reunión del Comité de este Acuerdo, realizada en la República de Guatemala durante el mes de Octubre pasado. 11. Durante la XXI Reunión del Comité del Acuerdo (Antigua Guatemala Guatemala, 13 al 17 de Octubre de 2014), se dejó aclarado que el curso debe ser concretado antes del 31 de Marzo del año 2015, a los fines de evitar el vencimiento del año fiscal correspondiente a la administración de los fondos que ejecuta la Secretaría del MOU de Tokio, ratificándose a su vez que la temática central para coordinar esta actividad de capacitación será Sistema de lucha contra Incendio y evacuación en buques de pasaje. 12. Teniendo como base la experiencia adquirida con la realización de los dos cursos ya concretados, corresponde la distribución de responsabilidades que se plasman en el Anexo B. II.- MEDIDAS QUE SE PROPONEN A LA REUNIÓN. 13. Se solicita a los Estados Miembros de la Red que consideren la factibilidad de evaluar las siguientes acciones: a. Tomar nota de las diligencias instrumentadas a la fecha con el MoU de Tokio con el fin de instrumentar el tercer curso regional avanzado para Inspectores del Estado rector de puerto, previsto llevarse a cabo en Perú durante el mes de Marzo del año b. Apoyar que las Autoridades Marítimas de la Red comprometan el envío a sus costos de Oficiales de Supervisión por el Estado rector del puerto para integrar el grupo de participantes del curso señalado en el párrafo precedente, a los fines de beneficiar cada organización con la creación de capacidades generadas a través de este tipo de actividades de capacitación especializada y asegurar el éxito del evento ofrecido, posibilitando el intercambio de conocimiento y experiencias, base fundamental de la necesaria armonización de estas actividades de control a nivel mundial acorde los objetivo perseguidos por la propia OMI. c. Solicitar se evalúe encomendar a la SECROCRAM para que gestione ante las AAMM de la Red la convocatoria de los asistentes al curso, manteniendo permanente intercambio de información con la Secretaría del Acuerdo de Viña del Mar y la Autoridad Marítima anfitriona, a los fines de concretar los pasos necesarios para una adecuada planificación y concreción de la actividad de capacitación. 3

4 d. Refrendar que la Secretaría del Acuerdo Latinoamericano sobre control de buques por el Estado rector del puerto lleve a cabo las diligencias pertinentes previa coordinación con la SECROCRAM - para la convocatoria de/l los cursante/s perteneciente a las Autoridades Marítimas de Honduras, Guatemala y República Dominicana, por ser Autoridades Marítimas no integrantes de la ROCRAM y efectúe los intercambios pertinentes con la Secretaría del MOU de Tokio y el Estado anfitrión. 4

5 ANEXO A RESUMEN ABREVIADO CURSO REGIONAL AVANZADO PARA INSPECTORES DEL ESTADO RECTOR DEL PUERTO SOBRE SEGURIDAD DE LA NAVEGACIÓN, MEDIDAS ADICIONALES PARA GRANELEROS Y PETROLEROS/QUIMIQUEROS. ARGENTINA - 10 al 21 de Marzo 2014 A) AGENDA/PROGRAMA DEL EVENTO: Se detallan los temarios y prácticas desarrolladas en relación al entrenamiento del curso: Presentación de la Secretaria del Acuerdo de Viña del Mar sobre la estructura del Acuerdo regional y las actividades recientes desarrolladas con relación a la supervisión de buques por el Estado de Rector de Puerto por parte de las Autoridades Marítimas que lo componen. Tópicos y Actividades del MoU de Tokio. Autoridades integrantes: 18 miembros, 2 miembros cooperativos y 10 miembros observadores. Realización de programas de cooperación técnica, cuyo propósito es el entrenamiento, armonización y actualización de los conocimientos. El entrenamiento se efectúa conforme curso general y especializado. Comisión de expertos en la región del MoU Tokio y otras regiones. Intercambios supervisores ERP entre países miembros cuyo objetivo es promocionar la armonización y actualización mediante seminarios. Planes y programas de los cursos con una duración de 4 semanas, divididas en 2 semanas de clases de lectura y 2 semanas de práctica en Yokohama y otros puertos. Estructura del MOU Tokio y estructura de la Secretaría. Contactos. Resumen de los instrumentos pertinentes: SOLAS, LL, MARPOL, STCW, COLREG, TONNAGE, AFS. Objetivos para proporcionar la legislación de la OMI y aplicar el régimen de inspección de ERP y ser capaz de identificar los procedimientos de control dentro de la legislación. Convenciones más relevantes. Gobiernos contratantes. Introducción del SOLAS, MARPOL, STCW, LL, TONNAGE, COLREG, AFS. Antecedentes. Estructura. Convenio de trabajo marítimo 2006 (CTM 2006) Resolución IMO A.1052 (27). Procedimientos ERP. Propósito. Proporcionar Guía Básica ERPO. Estructura. Requerimientos. Buques que no son parte. Trato más favorable. Criterio profesional Oficial del ERP. Consistencia Oficial del ERP. Inspecciones. Motivo fundado. Detención de buques. Reportes. Principios de las buenas prácticas Oficial del ERP. inspección de ERP. Estructura. Aplicación. Referencias Capitulo I. Disposiciones Generales. Capítulo II-1(A, A-1, B, -1, B-2, B-3,B-4, C, D, E y F)). Estructura. Construcción, estructura, compartimentado y estabilidad, instalaciones de máquinas e instalaciones eléctricas del buque. Capítulo II-2. Estructura. Construcción Prevención, detección y extinción de incendios. inspección de ERP. Capítulo III. Dispositivos y medios de salvamento. Parte A. 5

6 inspección de ERP. Capítulo IV. Radiocomunicaciones. Definiciones. Aplicación. Equipamiento. Principios e introducción. inspección de ERP. Capitulo V. Seguridad de la Navegación Aplicación. Principios e introducción. inspección de ERP. Capitulo IX. Gestión de la Seguridad Operacional de los buques. Procedimientos y uniformidad en la aplicación de Código IGS en inspección ERP. inspección de ERP. Capitulo XI-2. Medidas especiales para incrementar la Protección Marítima. Aplicación del Código PBIP. Requerimientos. Aplicación. Antecedentes. Procedimientos ERP. Directrices del Convenio Internacional sobre Líneas de Carga (LL66), Protocolo de 1988 y enmienda Antecedentes. Aplicación. Estructura. Anexos. Artículos. Típicas deficiencias. Clases de inspecciones llevadas a cabo por los Estados y/o Administraciones. Procedimientos y controles de ERP. Directrices del Convenio SOLAS 1974 y Protocolo de Capitulo XII. Medidas adicionales aplicables a los Graneleros. Objetivo. Definiciones. Graneleros de casco simple. Doble Casco. Vigencia. Contenido. Presentaciones de algunas deficiencias al mencionado Capitulo. Instrumentos de carga. Programa Mejorado de Inspecciones. Procedimientos y controles durante inspecciones de ERP. Directrices del Convenio MARPOL y Protocolo de 1973/1978. Antecedentes. Estructura. Aplicación. Inspecciones y Certificación. Áreas Especiales Anexo I. Reglas para prevenir la contaminación por hidrocarburos. Aplicación. Contenido. Anexo II. Reglas para prevenir la contaminación por sustancias nocivas liquidas transportadas a granel. Aplicación. Contenidos. Anexo III. Reglas para prevenir la contaminación por sustancias perjudiciales transportadas por mar en bultos. Anexo IV. Reglas para prevenir la contaminación por aguas sucias de los buques. Anexo V. Reglas para prevenir la contaminación por basuras de los buques. Anexo VI. Reglas para prevenir la contaminación atmosférica ocasionada por buques. Requerimientos operaciones. Controles e intervención ERP. Sistemas de Gas Inerte. Responsabilidad de los Oficiales Supervisores de Estado Rector de Puerto y Procedimientos. Contenido del Convenio SOLAS referente intervención ERP. Contenido Resolución IMO 1052 (27). Contenidos. Apéndices. Procedimientos. Clases de inspecciones ERP. Consistencia. Motivos fundados. Aplicación de los instrumentos pertinentes. Detenciones. Reclamos y quejas. Clases de Reportes de Inspecciones. Intervención del Capitán. Código de deficiencias. Naturaleza de las deficiencias y descripción de las acciones tomadas. Revisión del Código de Buenas Prácticas del ERP. Perfil profesional de ERP acorde los lineamientos del MoU Tokio. Sin interés comercial. Nivel de entrenamiento adecuado. Principios fundamentales del ERP. Integridad, profesionalismo y transparencia. Conducta. Imparcialidad. Conocimiento actualizado de los instrumentos pertinentes. Seminarios periódicos para actualización de los ERP. 6

7 Preparación de los cursantes para inspección a bordo de buques. Selección de buques como objetivos consultada en la base de datos de CIALA (Centro de Información del Acuerdo Latinoamericano). División de los cursantes en 4 grupos con un Instructor a cargo. Inspección de ERP realizada por cada grupo con su Instructor a bordo de los buques seleccionados. Presentación. Algunas observaciones realizadas al momento de abordar. Aplicación de los instrumentos pertinentes a bordo. Presentación ante el Capitán. Correcta identificación. Control de Documentación del buque y la tripulación. Visita a los diferentes lugares del buque. Observaciones de las condiciones estructurales, equipos críticos, ejercicios de la tripulación, sistema de propulsión, maquinas principales y auxiliares, etc. Deficiencias detectadas y tomas fotográficas. Resultado de la inspección. Confección de Reportes de Inspección ERP. Notificación de la inspección ERP al Capitán del buque. Preparación de la supervisión de ERP por cada uno de los grupos para debatir y exponer a los instructores y cursantes. Exposición de cada grupo inspección de ERP efectuada a bordo de buques. Tomas fotográficas de las deficiencias con la correcta aplicación de los instrumentos pertinentes. Debate, aportes y comentarios entre los participantes e instructores. Conclusiones y explicaciones realizadas por cada uno de los participantes. Examen Grupal. Revisión de los instrumentos pertinentes y procedimientos de ERP, a través cuestionarios y tomas fotográficas de deficiencias para debatir entre los cursantes e instructores. Resumen y revisión del contenido temático del curso por parte de los Instructores. Palabras relacionadas al curso por parte de cada uno de los participantes. Control por el ERP en Buques Tanques de GNL. Requerimientos Operacionales Casos de Estudio: Se trataron cuatro casos diferentes de estudio en cuatro grupos separados, sometidos luego a discusión conjunta y conclusiones, como ejercicio previo a las actividades prácticas a bordo. También se trataron casos de estudios relacionados con sistemas de puesta a flote de dispositivos salvavidas y tuberías acorde Anexo I del MARPOL. Prácticas de entrenamiento a bordo: Los cursantes fueron divididos en cuatro grupo para realizar prácticas de inspecciones por el ERP a bordo durante dos días consecutivos, acorde los buques disponibles en el puerto de Buenos Aires. Estas actividades fueron conducidas en idioma Inglés y mientras dos grupos iban a bordo, los otros dos se mantenían en clase. Como resultado de estas prácticas los participantes realizaron los respectivos reportes que fueron luego presentados y discutidos en conjunto en clase. Con base en las experiencias practicas desarrolladas, los instructores acompañantes comentaron sus observaciones según los casos, efectuando recomendaciones y sugerencias de mejora, ampliando que las supervisiones efectuadas bajo la conducción de OSERPs de Argentina, fueron concretadas de manera muy profesional. Como parte final, los cursantes fueron invitados a presentar comentarios y opiniones sobre la actividad de capacitación realizada, quienes mayoritariamente coincidieron en expresar altas consideraciones y ponderadas apreciaciones sobre los aportes recibidos y las enseñanzas aprendidas para el buen desarrollo de estas actividades de control. 7

8 B) PARTICIPANTES: Participaron del curso, supervisores de diferentes Administraciones Marítimas, con responsabilidad en el ejercicio de las funciones como Estado rector del puerto, pertenecientes a las Autoridades Marítimas de Argentina (6), Brasil (1), Chile (1), Colombia (1), México (1), Panamá (1) y Perú (1). En representación de otros regímenes regionales de supervisión participaron delegados de: 1 Nigeria (MoU de África Central y Oeste), 1 Bangladesh (MoU del Océano Índico), 2 Trinidad Tobago y San Vicente y las Granadinas (MoU del Caribe), 1 de Turquía (MoU del Mediterráneo), 1 de Omán (MoU Riad) y 1 Georgia (MoU del Mar Negro) B) INSTRUCTORES: Sr. JATINGER GILL, supervisor ERP del Ministerio de Transporte de Canadá. Sr. MICHAEL HICKMAN, supervisor ERP de la Autoridad de Seguridad Marítima de Australia. Sr. HAJIME OYAMA, supervisor ERP del Departamento de Seguridad Marítima y Contaminación de Japón. Sr. ROBERTO GAETE, supervisor ERP, de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante de Chile. 8

9 ANEXO B RESPONSABILIDADES EMERGENTES DEL CURSO DE FORMACIÓN EN PERÚ - Marzo Denominación del Curso y aspectos complementarios. Curso Regional Avanzado para Inspectores de Control por el Estado Rector del Puerto. Organizado en conjunto por el MoU de Tokio, ROCRAM y el Acuerdo Latinoamericano sobre control por el Estado rector del puerto. Financiado por la Nippon Foundation y eventualmente la OMI. Temática: Sistema de lucha contra Incendio y evacuación en buques de pasaje. 2 Duración del curso Dos semanas consecutivas en marzo de 2014 (tentativamente) 3 Lugar Las clases en aulas y la formación a bordo. 4 Cronograma A definir 5 Cantidad de Participantes 5.1 El número de participantes rondaría los veinte (20) como máximo para que la capacitación se considere eficiente. 5.2 La Autoridad anfitriona, en consulta con la Secretaria de la ROCRAM y del Acuerdo Latinoamericano sobre control por el Estado rector del puerto, suministrará a la Secretaría del MOU de Tokio (TMS) una lista de participantes con sus títulos y nacionalidades 4 semanas antes del comienzo de la capacitación. Eventualmente la OMI podría financiar la asistencia de seis representantes de otras regiones similares y dos de esta región, al igual que en los casos anteriores. 6 Envío de Expertos 6.1 La TMS enviará, en principio, cuatro (4) expertos como mínimo. 6.2 La TMS informará a la Secretaría del Acuerdo de Viña del Mar y a la Autoridad anfitriona la composición del grupo de expertos con sus títulos y nacionalidades 4 semanas antes del comienzo de la capacitación. 6.3 La Autoridad anfitriona hará las gestiones necesarias para facilitar las visas y demás trámites para los expertos. 9

10 7 Acuerdos Financieros 7.1 La TMS afrontará los siguientes gastos:.1 pasajes aéreos y alojamiento de los expertos y misiones de coordinación;.2 materiales didácticos para uso de los expertos en la capacitación; y.3 un agasajo de bienvenida para los participantes, los expertos y la Autoridad anfitriona. 7.2 La Autoridad anfitriona afrontará los siguientes gastos:.1 un cartel del curso;.2 instalaciones de capacitación, tales como lugar, alquiler de equipo y copia de los materiales* para uso de los participantes;.3 almuerzo, así como recesos para café de la mañana y la tarde durante el curso;.4 transporte desde y hacia las instalaciones de capacitación/alojamiento, el puerto, etc..5 cascos, guantes, overoles y calzado de seguridad para todos los participantes y expertos para las prácticas de formación a bordo (según se coordine). * Los materiales del curso deberán ser suministrados por la TMS a la Autoridad anfitriona al menos dos semanas antes del comienzo de la capacitación para su reproducción y distribución. 7.3 Las Autoridades que envíen participantes al curso a su costo, afrontarán los siguientes gastos:.1 viaje a Perú y regreso..2 gastos de alojamiento y manutención durante la estadía..3 seguro de viaje según corresponda; y.4 cascos, guantes, overoles y calzado de seguridad (si lo mencionado en el anterior punto no fuera posible.) 8 Entrega de certificados a los participantes 8.1 Al finalizar el curso, se otorgará un certificado a cada participante. 8.2 La TMS preparará los certificados en consulta con la Autoridad anfitriona y la Secretaría del Acuerdo de Viña del Mar. 8.3 Un líder de los expertos entregará certificados a cada participante. 9 Anuncio del curso La Secretaría de la ROCRAM y del Acuerdo Latinoamericano sobre control por el Estado rector del puerto efectuarán un anuncio del curso a sus Autoridades Miembro para invitar a los participantes en el momento oportuno. * * * 10

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