ANEXO 1 EDIFICIO SEDE, EDIFICIO ALTERNO, EDIFICIO BOLÍVAR Y ALMACÉN GENERAL

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1 ANEXO 1 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS PARA EL SERVICIO DE FUMIGACIÓN EDIFICIO SEDE, EDIFICIO ALTERNO, EDIFICIO BOLÍVAR Y ALMACÉN GENERAL Servicio de Fumigación y Control de Fauna Nociva y Transmisora en las instalaciones de los edificios Sede, 16 de septiembre #38, Bolívar No. 30 y Bodega General de Zaragoza, inmuebles de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO: El servicio deberá ser con personal técnico debidamente capacitado para el manejo y aplicación de las diferentes sustancias en los lugares y el momento adecuado, con responsabilidad y experiencia, así como también el equipo con el que se efectuará el servicio deberá estar en óptimas condiciones para la aplicación del insecticida y raticida, de forma que no dejen gotas porque se puede resbalar alguien o al pisarla se hacen huellas; el personal de la empresa que ejecute los trabajos deberá presentarse uniformado e identificado por la empresa; así mismo es importante señalar que también dicho personal, deberá contar con el equipo de protección y seguridad adecuado para llevar a cabo los diferentes tipos de trabajos de acuerdo a la normatividad de seguridad e higiene contemplada en la Ley Federal del Trabajo; cabe mencionar que este servicio se debe realizar en forma mensual, el último viernes o sábado de cada mes, en un horario fuera de labores, esto con el objeto de no interferir en las actividades cotidianas de las diferentes áreas de este alto Tribunal (Generalmente a las 6:00 y deben ser puntuales porque las oficinas deben iniciar labores temprano). En el caso de los Comedores, ubicados en el edificio Sede), la fumigación se realizará dos veces por mes, asimismo la fumigación por nebulización será semestral en los inmuebles antes descritos. En comedores se solicita una fumigación trimestral especial para áreas de comida. Así mismo, la empresa presentará un programa o calendario de trabajo detallado de las actividades a realizar y un listado de los productos y equipo con marca y ficha técnica autorizada por la Secretaría de Salud a utilizar previo al servicio, así como el diagnóstico del área a tratar, para la autorización de esta Dirección de Intendencia, adscrita a la Dirección General de Infraestructura Física, esto con el objeto de garantizar que los productos a emplear para llevar a cabo la fumigación en este Alto Tribunal son de la calidad adecuada para su aplicación. Antes de realizar el servicio se hará una inspección previa a todas las áreas del inmueble en mención para determinar las plagas existentes y productos a utilizar, así como el tipo de fumigación. El servicio deberá comprender tanto la fumigación mensual como aquellos llamados extraordinarios que se haga a la empresa por presencia de insectos o animales durante el periodo intermedio, para los cuales se le solicitará a la empresa principalmente puntualidad y capacidad de respuesta inmediata, debiendo estar conscientes de la importancia de las áreas que se están atendiendo. El servicio deberá comprender: mano de obra en horarios indicando materiales, equipo, transporte, previa y posterior limpieza del área, así como todo lo necesario para un adecuado exterminio y control de fauna nociva (roedores e insectos). Después de cada servicio, se entregará un reporte del mismo para constatar los trabajos realizados, indicando en este los productos aplicados, cantidades, problemas encontrados, soluciones dadas.

2 EDIFICIO CHIMALPOPOCA Servicio mensual de Fumigación y Control de Fauna Nociva y Transmisora en las oficinas, bodegas, núcleos sanitarios, estacionamientos, vestíbulos, escalera y acceso del edificio Chimalpopoca #112 esquina 5 de febrero, Col. Centro, C.P , Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., inmueble de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por un periodo comprendido del 1º de enero al 31 de diciembre de ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO: El servicio deberá realizarse con personal técnico capacitado para el manejo y aplicación de las diferentes sustancias especiales; el prestador del servicio debe comprobar experiencia en los dos últimos años de servicios en áreas similares a las de la SCJN (copia de contratos) y presentar copia de su licencia sanitaria vigente; asimismo deberá presentarse a la realización de cada servicio, debidamente uniformado e identificado con gafete de la empresa; igualmente deberá portar el equipo de protección y seguridad adecuado para llevar a cabo los diferentes tipos de trabajos de acuerdo a la normatividad de seguridad e higiene contemplada en la Ley Federal del Trabajo (ver anexo x de recomendaciones); el equipo deberá estar en óptimas condiciones para evitar cualquier riesgo durante el servicio. Cabe mencionar que en todo momento el personal deberá conducirse con responsabilidad y respeto con el usuario, así como mantener informado al supervisor que se asigne por parte de esta Suprema Corte de cualquier eventualidad. Este servicio se debe realizar en un horario que se acuerde con el supervisor de la Dirección de Intendencia, en coordinación con los usuarios, esto con el objeto de no interferir en las actividades de éstos últimos. El servicio va enfocado a insectos, roedores y/o cualquier tipo de fauna nociva que se encuentren dentro de las instalaciones indicadas. Previo al servicio, la empresa presentará o enviará por correo electrónico al supervisor de la SCJN, un programa de trabajo detallado de las actividades a realizar y un listado de los productos y equipo con marca y ficha técnica autorizada por la Secretaría de Salud a utilizar (con fecha vigente), así como el diagnóstico del área a tratar, para la autorización de la Dirección de Intendencia, adscrita a la Dirección General de Obras y Mantenimiento; esto con el objeto de garantizar que los productos a emplear para llevar a cabo la fumigación en este Alto Tribunal son de la calidad adecuada para su aplicación. Antes de realizar el servicio se hará una inspección a todas las áreas del inmueble para determinar las plagas existentes y productos a utilizar, así como el tipo de fumigación. El servicio deberá comprender: mano de obra en horarios indicados, materiales, equipo, transporte, así como todo lo necesario para un adecuado exterminio y control de fauna nociva (roedores e insectos). En la propuesta técnica el participante deberá incluir una copia simple de la Hoja de Servicio para el usuario, misma que la empresa que sea asignada deberá, entregar después de cada servicio al supervisor de la SCJN, debidamente requisitada y firmada para conformar una bitácora en la que se puedan constatar los trabajos realizados, productos aplicados, dosis, problemas encontrados y soluciones dadas, principalmente. La empresa que efectúe el servicio antes mencionado debe tomar las medidas necesarias para evitar cualquier daño al inmueble o a terceros y en su caso, responsabilizarse de ellos. Si por causas justificadas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación requiere cancelar alguno(s) de los servicio(s), se informará a la empresa y se realizará la deductiva o cancelación correspondiente. En caso

3 de que los períodos del calendario así lo permitan, se pospondrá la fecha del servicio, previo acuerdo con el representante de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. EDIFICIO CENDI Y ESTANCIA INFANTIL Servicio de Fumigación y Control de Fauna Nociva y Transmisora en el edificio que alberga el Centro de Desarrollo Infantil Artículo 123 Constitucional y Estancia Infantil propiedad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ubicado en la Calle de Chimalpopoca #112 esquina San Salvador el Verde, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P , en la Ciudad de México, Distrito Federal, en un periodo comprendido del 1º de enero al 31 de diciembre del ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO: El servicio deberá realizarse quincenalmente, en todas las áreas del inmueble incluyendo azoteas, patios, estacionamiento y cuartos de máquinas; igualmente deberá considerarse un cinturón en el perímetro exterior del edificio para evitar la entrada de cualquier fauna nociva. Asimismo se deberán considerar dos fumigaciones semestrales a las plantas del parque con equipo que alcance la copa de los árboles. Por otro lado debe considerarse también el cambio de las charolas según cada quincena o antes si es necesario, de los nueve equipos de luz azul para insectos voladores. El servicio deberá consistir primero en una inspección a detalle para determinar el tipo de fauna que está presente o a la que está expuesta el inmueble; posteriormente, en la aplicación de los productos correspondientes. El objetivo primordial de este servicio es mantener el inmueble sin la presencia de fauna nociva, debiendo asegurarse de inspeccionar y esparcir producto en todas las áreas; en el caso de zonas con acceso restringido, el prestador del servicio deberá coordinarse con el representante de la SCJN para su atención, aclarando que es indispensable aplicar producto en éstas últimas en todos los servicios. Las áreas que se describen a continuación, son indicativas más no limitativas y será responsabilidad del prestador del servicio verificar en el lugar la información que corresponda: ÁREA 1 Sótano (estacionamiento, rampas de acceso y de intercomunicación, bodegas y cuartos de ÁREA 2 Planta Baja (Accesos peatonales principales, accesos de servicio y de emergencia, vestíbulos, salones, núcleos de baños, oficinas, consultorios, patio y juegos infantiles) ÁREA 3 Planta Alta (pasillos, vestíbulos, salones, núcleos de baños, bodegas, oficinas, terrazas y áreas de servicio de lavandería) ÁREA 4 Azotea (áreas libres de azotea, roof garden, bodega y áreas de maquinaria e instalaciones, muretes). ÁREA 5 Elevador y escaleras (escalera principal con 3 niveles y escalera de emergencia con 2 niveles). REQUERIMIENTOS GENERALES El prestador del servicio deberá tener cuidado de no dañar durante los servicios los acabados en muros, pisos, plafones, ventanas; asimismo, muebles de baño, muebles fijos de madera y acero inoxidable, puertas, ventanas, lámparas. Igualmente, el prestador del servicio deberá cuidar de no rayar la película de los canceles, ni los colores de muros o muebles, los logos o letreros, o el impermeabilizante de azotea.

4 Por lo antes expuesto, el personal del prestador del servicio no podrá utilizar las instalaciones de ningún tipo para su uso personal (sanitarios, lavabos, regaderas, cocina, gas, aire acondicionado, iluminación, contactos, telefonía, juegos, etc.). Es importante considerar que el área cuenta con sistemas y mobiliario delicados en instalaciones, como son filtros de agua, las celdas solares o el sistema de captación de agua pluvial, juegos infantiles, mobiliario infantil y material didáctico, por lo que durante las actividades deben tomarse las precauciones necesarias para no dañarlos ni activarlos. El personal técnico deberá estar capacitado para el manejo y aplicación de las diferentes sustancias en los lugares y el momento adecuado, con responsabilidad; el equipo con el que se efectuará el servicio deberá estar en óptimas condiciones para la aplicación del insecticida y raticida; el personal del prestador del servicio que ejecute los trabajos deberá presentarse uniformado e identificado; es importante señalar que dicho personal, deberá contar con el equipo de protección y seguridad adecuado para llevar a cabo los diferentes tipos de trabajos de acuerdo a la normatividad de seguridad e higiene contemplada en la Ley Federal del Trabajo. El servicio se debe realizar en forma quincenal, el segundo y último viernes o sábado de cada mes, en un horario fuera de labores que se acuerde con el representante de la Dirección de Intendencia de la SCJN.; esto con el objeto de no interferir en las actividades cotidianas de las diferentes áreas del Centro de Desarrollo y Estancia Infantil. En comedores se solicita una fumigación trimestral especial para áreas de preparación de alimentos. Igualmente si se detecta la presencia de cualquier fauna nociva en el periodo intermedio de los servicios quincenales, se le informará a la empresa para que se atienda la situación de forma inmediata. El prestador del servicio que sea asignado, previo al 1er servicio, deberá entregar y conciliar una descripción y programa o calendario de las actividades a realizar. Después de cada fumigación, el prestador del servicio entregará un reporte del mismo para constatar los trabajos realizados, indicando en éste los productos aplicados, cantidades, problemas encontrados y soluciones propuestas. Los trabajos se entregarán a entera satisfacción de este Alto Tribunal y serán aprobados por la Dirección de Intendencia mediante un Visto Bueno que la empresa debe elaborar en hoja membretada, el cual deberá ser presentado por el prestador del servicio anexo a la factura mensual correspondiente. El prestador del servicio responderá por su cuenta y riesgo de los daños y perjuicios que se le imputen causados a terceros. El prestador del servicio presentará un listado de los productos y equipo con marca y ficha técnica autorizada por las autoridades competentes, previo a la ejecución del servicio; asimismo, es primordial que los productos a utilizar no sean tóxicos ni dejen residuos peligrosos, ya que las áreas serán utilizadas por menores de edad. El prestador del servicio presentará el diagnóstico del área a tratar, para la autorización de la Dirección de Intendencia, adscrita a la Dirección General de Infraestructura Física. El servicio deberá comprender: mano de obra en horarios indicando materiales, equipo, transporte, previa y posterior limpieza del área, así como todo lo necesario para un adecuado exterminio y control de fauna nociva (roedores e insectos). Después del servicio, se entregará a la Dirección de Intendencia un reporte del mismo para constatar los trabajos realizados, indicando en este los productos aplicados, cantidades, problemas encontrados y soluciones dadas.

5 BIBLIOTECA IGNACIO RAMÍREZ CALZADA Servicio mensual de Fumigación y Control de Fauna Nociva y transmisora de la Biblioteca Ignacio Ramírez Calzada ubicada en el 1 piso (acceso 5) del Palacio de Justicia Federal de San Lázaro, sita en la calle Sidar y Rovirosa, esquina Eduardo Molina, Colonia el Parque, Ciudad de México, Delegación Venustiano Carranza, en un período comprendido del 1º de enero al 31 de diciembre del ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO: El servicio deberá realizarse mensualmente por aspersión y semestralmente por nebulización, en todas las áreas de la biblioteca incluyendo el vestíbulo de acceso; igualmente debe considerarse un cinturón en el perímetro para evitar entrada de fauna nociva desde el exterior. Deberá llevarse a cabo el último viernes o sábado de cada mes, en el horario que se acuerde con los responsables del área, esto con el objeto de no interferir en sus actividades cotidianas. Igualmente si se detecta la presencia de cualquier fauna nociva en el período intermedio de los servicios mensuales, se informará al prestador del servicio para que atienda de forma inmediata. El objetivo primordial del servicio es mantener el área de archivo sin la presencia de fauna nociva, debiendo asegurarse de inspeccionar y esparcir producto en toda el área. El servicio deberá consistir primero en una inspección a detalle para determinar el tipo de fauna que está presente o a la que está expuesta el inmueble, para posteriormente aplicar los productos y hacer las recomendaciones que correspondan. El servicio de fumigación por aspersión deberá consistir en esparcir menudas gotas del producto fumigante cuidando abarcar pisos, esquinas y debajo de todos los muebles, para lo cual el equipo deberá estar en óptimas condiciones; mientras que la fumigación por nebulización deberá realizarse con el equipo especial y deberá consistir en la generación de gotitas ultrafinas (tipo humo) con el fin de atacar cualquier parásito en áreas donde haya expedientes y/o libros; las sustancias activas deben ser distribuidas uniformemente incluso en sitios inaccesibles, aclarando que después del servicio debe mantenerse el área cerrada para un mejor efecto. El servicio deberá incluir también la captura y retiro de animales de mayor tamaño, como son ratas, que eventualmente se encuentran en cualquiera de los inmuebles. Para este fin la empresa deberá utilizar trampas y/o estaciones, según el caso. Por ningún motivo deberán colocarse trampas o cebos encima o junto a la documentación. Las áreas que se describen a continuación son indicativas más no limitativas y será responsabilidad del prestador del servicio verificar en el lugar la información que corresponda: 1. Atención al público, sala de consulta, oficinas, almacén, escalera hacia mezzanine y acervo con estantería tradicional. 2. Acervo con estantería tradicional (Mezzanine) Dichas áreas se encuentran dentro de un inmueble que alberga diversos órganos jurisdiccionales y tienen una superficie aproximada de 505 m2 REQUERIMIENTOS GENERALES: El personal técnico deberá estar capacitado para el manejo y aplicación de las diferentes sustancias en los lugares; asimismo, manejarse en todo momento con responsabilidad y buen trato hacia el personal del lugar; el equipo con el que se efectuará el servicio deberá estar en óptimas condiciones y no representar riesgo alguno para el personal que ahí labora y/o para los documentos que ahí se resguardan.

6 El personal del prestador del servicio que ejecute los trabajos deberá presentarse uniformado e identificado; igualmente es importante señalar que deberá contar con el equipo de protección y seguridad adecuado de acuerdo a la normatividad de seguridad e higiene contemplada en la Ley Federal del Trabajo. El prestador del servicio deberá prevenir lo necesario en caso de que exista un sistema de detección de humos, asimismo solicitar que éste sea desconectado mientras se realiza el servicio y debidamente reactivado al finalizar, todo lo cual se hará del conocimiento de la DGIF. El servicio se realizará en coordinación con los usuarios y las diferentes áreas como son seguridad, protección civil, informática y/o mantenimiento. El prestador de servicio deberá entregar y conciliar, previo al primer servicio, una descripción y un programa calendarizado de los servicios a realizar; asimismo, al final de cada uno de ellos, entregar un reporte descriptivo, indicando las áreas atendidas, los productos y cantidades aplicados, observaciones y recomendaciones. Los trabajos se entregarán a entera satisfacción de este alto tribunal y serán aprobados por la Dirección de Intendencia mediante un formato de Visto Bueno que el prestador del servicio debe elaborar en hoja membretada, y adjuntarlo al entregar la factura mensual. El prestador del servicio responderá por su cuenta y riesgo de los daños y perjuicios que se le imputen causados a terceros. El prestador del servicio presentará un listado de los productos y equipo con marca y ficha técnica autorizada por las autoridades competentes, previo a la ejecución del servicio; asimismo, es primordial que los productos a utilizar no sean tóxicos ni dejen residuos peligrosos, ya que las áreas serán utilizadas por menores de edad. El prestador del servicio presentará el diagnóstico del área a tratar, para la autorización de la Dirección de Intendencia, adscrita a la Dirección General de Infraestructura Física. El servicio deberá comprender: mano de obra en horarios indicando materiales, equipo, transporte, previa y posterior limpieza del área, así como todo lo necesario para un adecuado exterminio y control de fauna nociva (roedores e insectos). BIBLIOTECA JOSÉ CASTRO ESTRADA Servicio mensual de Fumigación y Control de Fauna Nociva y transmisora de la biblioteca José Castro Estrada ubicada el 2º piso Torre B y Sótano E-2 Torre A, del Edificio de Tribunales Colegiados en Materia Administrativa y Tribunales Unitarios en Materia Penal del Poder Judicial de la Federación, sita en Periférico Sur 2321, colonia Altavista, Ciudad de México, Delegación Álvaro Obregón en un período comprendido del 1º de enero al 31 de diciembre del ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO: El servicio deberá realizarse mensualmente por aspersión y semestralmente por nebulización, en todas las áreas del archivo incluyendo el vestíbulo de acceso; igualmente debe considerarse un cinturón en el perímetro para evitar entrada de fauna nociva desde el exterior. Deberá llevarse a cabo el último viernes o sábado de cada mes, en el horario que se acuerde con los responsables del área, esto con el objeto de no interferir en sus actividades cotidianas. Igualmente si se detecta la presencia de cualquier fauna nociva en el período intermedio de los servicios mensuales, se informará al prestador del servicio para que atienda de forma inmediata. El objetivo primordial del servicio es mantener el área de archivo sin la presencia de fauna nociva, debiendo asegurarse de inspeccionar y esparcir producto en toda el área. El servicio deberá consistir

7 primero en una inspección a detalle para determinar el tipo de fauna que está presente o a la que está expuesta el inmueble, para posteriormente aplicar los productos y hacer las recomendaciones que correspondan. El servicio de fumigación por aspersión deberá consistir en esparcir menudas gotas del producto fumigante cuidando abarcar pisos, esquinas y debajo de todos los muebles, para lo cual el equipo deberá estar en óptimas condiciones; mientras que la fumigación por nebulización deberá realizarse con el equipo especial y deberá consistir en la generación de gotitas ultrafinas (tipo humo) con el fin de atacar cualquier parásito en áreas donde haya expedientes y/o libros; las sustancias activas deben ser distribuidas uniformemente incluso en sitios inaccesibles, aclarando que después del servicio debe mantenerse el área cerrada para un mejor efecto. El servicio deberá incluir también la captura y retiro de animales de mayor tamaño, como son ratas, que eventualmente se encuentran en cualquiera de los inmuebles. Para este fin la empresa deberá utilizar trampas y/o estaciones, según el caso. Por ningún motivo deberán colocarse trampas o cebos encima o junto a la documentación. Las áreas que se describen a continuación son indicativas más no limitativas y será responsabilidad del prestador del servicio verificar en el lugar la información que corresponda: 1. Oficinas, sala de consulta, almacén y acervo con estantería tradicional (2º piso Torre B) 2. Acervo con estantería tradicional (sótano E-2 Torre A) 3. Dichas áreas se encuentran dentro de un inmueble que alberga diversos órganos jurisdiccionales y tienen una superficie aproximada de 160 m2 REQUERIMIENTOS GENERALES: El personal técnico deberá estar capacitado para el manejo y aplicación de las diferentes sustancias en los lugares; asimismo, manejarse en todo momento con responsabilidad y buen trato hacia el personal del lugar; el equipo con el que se efectuará el servicio deberá estar en óptimas condiciones y no representar riesgo alguno para el personal que ahí labora y/o para los documentos que ahí se resguardan. El personal del prestador del servicio que ejecute los trabajos deberá presentarse uniformado e identificado; igualmente es importante señalar que deberá contar con el equipo de protección y seguridad adecuado de acuerdo a la normatividad de seguridad e higiene contemplada en la Ley Federal del Trabajo. El prestador del servicio deberá prevenir lo necesario en caso de que exista un sistema de detección de humo; asimismo, solicitar que éste sea desconectado mientras se realiza el servicio, y debidamente reactivado al finalizar, todo lo cual se hará del conocimiento de la Dirección General de Infraestructura Física previamente. El servicio se realizará en coordinación con el responsable del área y las diferentes áreas como son seguridad, protección civil, informática y/o mantenimiento. El prestador de servicio deberá entregar y conciliar, previo al primer servicio, una descripción y un programa calendarizado de los servicios a realizar; asimismo, al final de cada uno de ellos, entregar un reporte descriptivo, indicando las áreas atendidas, los productos y cantidades aplicados, observaciones y recomendaciones. Los trabajos se entregarán a entera satisfacción de este alto tribunal y serán aprobados por la Dirección de Intendencia mediante un formato de Visto Bueno que el prestador del servicio debe elaborar en hoja membretada, y adjuntarlo al entregar la factura mensual.

8 El prestador del servicio responderá por su cuenta y riesgo de los daños y perjuicios que se le imputen causados a terceros. El prestador del servicio presentará un listado de los productos y equipo con marca y ficha técnica autorizada por las autoridades competentes, previo a la ejecución del servicio; asimismo, es primordial que los productos a utilizar no sean tóxicos ni dejen residuos peligrosos, ya que las áreas serán utilizadas por menores de edad. El prestador del servicio presentará el diagnóstico del área a tratar, para la autorización de la Dirección de Intendencia, adscrita a la Dirección General de Infraestructura Física. El servicio deberá comprender: mano de obra en horarios indicando materiales, equipo, transporte, previa y posterior limpieza del área, así como todo lo necesario para un adecuado exterminio y control de fauna nociva (roedores e insectos). ARCHIVO DE CONCENTRACIÓN PALACIO DE JUSTICIA FEDERAL Servicio mensual de Fumigación y Control de Fauna Nociva y transmisora del archivo de concentración ubicado dentro del edificio del Consejo de la Judicatura Federal de San Lázaro (Palacio de Justicia Federal), en la calle Sidar y Rovirosa esq. Eduardo Molina, Col. el Parque, Ciudad de México, Delegación Venustiano Carranza México, D.F. Acceso 11, planta baja, en un período comprendido del 1º de enero al 31 de diciembre del ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO: El servicio deberá realizarse mensualmente por aspersión y semestralmente por nebulización, en todas las áreas del archivo incluyendo el vestíbulo de acceso; igualmente debe considerarse un cinturón en el perímetro para evitar entrada de fauna nociva desde el exterior. Deberá llevarse a cabo el último viernes o sábado de cada mes, en el horario que se acuerde con los responsables del área, esto con el objeto de no interferir en sus actividades cotidianas. Igualmente si se detecta la presencia de cualquier fauna nociva en el período intermedio de los servicios mensuales, se informará al prestador del servicio para que atienda de forma inmediata. El objetivo primordial del servicio es mantener el área de archivo sin la presencia de fauna nociva, debiendo asegurarse de inspeccionar y esparcir producto en toda el área. El servicio deberá consistir primero en una inspección a detalle para determinar el tipo de fauna que está presente o a la que está expuesta el inmueble, para posteriormente aplicar los productos y hacer las recomendaciones que correspondan. El servicio de fumigación por aspersión deberá consistir en esparcir menudas gotas del producto fumigante cuidando abarcar pisos, esquinas y debajo de todos los muebles, para lo cual el equipo deberá estar en óptimas condiciones; mientras que la fumigación por nebulización deberá realizarse con el equipo especial y deberá consistir en la generación de gotitas ultrafinas (tipo humo) con el fin de atacar cualquier parásito en áreas donde haya expedientes y/o libros; las sustancias activas deben ser distribuidas uniformemente incluso en sitios inaccesibles, aclarando que después del servicio debe mantenerse el área cerrada para un mejor efecto. El servicio deberá incluir también la captura y retiro de animales de mayor tamaño, como son ratas, que eventualmente se encuentran en cualquiera de los inmuebles. Para este fin la empresa deberá utilizar trampas y/o estaciones, según el caso. Por ningún motivo deberán colocarse trampas o cebos encima o junto a la documentación. Las áreas que se describen a continuación son indicativas más no limitativas y será responsabilidad del prestador del servicio verificar en el lugar la información que corresponda: 1. Área de atención al público, Oficinas y baño 2. Áreas de acervo puertas 35,38,39 y 40 (estantería tradicional)

9 3. Áreas de acervo puertas 25,26,27,28,29,30 y 31 (estantería tradicional) 4. Áreas de acervo puertas 14,15,16 y pasillo (estantería tradicional) 5. Áreas de acervo puertas 21 y 22 (en el caso de la puerta 21, solo son dos pasillos con estantería tradicional) Dichas áreas se encuentran dentro de un inmueble que alberga diversos órganos jurisdiccionales y tienen una superficie aproximada de 1,447 m2 REQUERIMIENTOS GENERALES: El personal técnico deberá estar capacitado para el manejo y aplicación de las diferentes sustancias en los lugares; asimismo, manejarse en todo momento con responsabilidad y buen trato hacia el personal del lugar; el equipo con el que se efectuará el servicio deberá estar en óptimas condiciones y no representar riesgo alguno para el personal que ahí labora y/o para los documentos que ahí se resguardan. El personal del prestador del servicio que ejecute los trabajos deberá presentarse uniformado e identificado; igualmente es importante señalar que deberá contar con el equipo de protección y seguridad adecuado de acuerdo a la normatividad de seguridad e higiene contemplada en la Ley Federal del Trabajo. El prestador del servicio deberá prevenir lo necesario en caso de que exista un sistema de detección de humo; asimismo, solicitar que éste sea desconectado mientras se realiza el servicio, y debidamente reactivado al finalizar, todo lo cual se hará del conocimiento de la Dirección General de Infraestructura Física previamente. El servicio se realizará en coordinación con el responsable del área y las diferentes áreas como son seguridad, protección civil, informática y/o mantenimiento. El prestador de servicio deberá entregar y conciliar, previo al primer servicio, una descripción y un programa calendarizado de los servicios a realizar; asimismo, al final de cada uno de ellos, entregar un reporte descriptivo, indicando las áreas atendidas, los productos y cantidades aplicados, observaciones y recomendaciones. Los trabajos se entregarán a entera satisfacción de este alto tribunal y serán aprobados por la Dirección de Intendencia mediante un formato de Visto Bueno que el prestador del servicio debe elaborar en hoja membretada, y adjuntarlo al entregar la factura mensual. El prestador del servicio responderá por su cuenta y riesgo de los daños y perjuicios que se le imputen causados a terceros. El prestador del servicio presentará un listado de los productos y equipo con marca y ficha técnica autorizada por las autoridades competentes, previo a la ejecución del servicio; asimismo, es primordial que los productos a utilizar no sean tóxicos ni dejen residuos peligrosos, ya que las áreas serán utilizadas por menores de edad. El prestador del servicio presentará el diagnóstico del área a tratar, para la autorización de la Dirección de Intendencia, adscrita a la Dirección General de Infraestructura Física. El servicio deberá comprender: mano de obra en horarios indicando materiales, equipo, transporte, previa y posterior limpieza del área, así como todo lo necesario para un adecuado exterminio y control de fauna nociva (roedores e insectos).

10 ARCHIVO DE CONCENTRACIÓN RECLUSORIO ORIENTE Servicio mensual de Fumigación y Control de Fauna Nociva y transmisora del archivo de concentración ubicado en la planta baja y sótano del edificio de Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales del Reclusorio Oriente, sita en Avenida Reforma #80, Colonia Lomas de San Lorenzo Tezonco, Ciudad de México, Delegación Iztapalapa, C.P , en un período comprendido del 1º de enero al 31 de diciembre del ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO: El servicio deberá realizarse mensualmente por aspersión y semestralmente por nebulización, en todas las áreas del archivo incluyendo el vestíbulo de acceso; igualmente debe considerarse un cinturón en el perímetro para evitar entrada de fauna nociva desde el exterior. Deberá llevarse a cabo el último viernes o sábado de cada mes, en el horario que se acuerde con los responsables del área, esto con el objeto de no interferir en sus actividades cotidianas. Igualmente si se detecta la presencia de cualquier fauna nociva en el período intermedio de los servicios mensuales, se informará al prestador del servicio para que atienda de forma inmediata. El objetivo primordial del servicio es mantener el área de archivo sin la presencia de fauna nociva, debiendo asegurarse de inspeccionar y esparcir producto en toda el área. El servicio deberá consistir primero en una inspección a detalle para determinar el tipo de fauna que está presente o a la que está expuesta el inmueble, para posteriormente aplicar los productos y hacer las recomendaciones que correspondan. El servicio de fumigación por aspersión deberá consistir en esparcir menudas gotas del producto fumigante cuidando abarcar pisos, esquinas y debajo de todos los muebles, para lo cual el equipo deberá estar en óptimas condiciones; mientras que la fumigación por nebulización deberá realizarse con el equipo especial y deberá consistir en la generación de gotitas ultrafinas (tipo humo) con el fin de atacar cualquier parásito en áreas donde haya expedientes y/o libros; las sustancias activas deben ser distribuidas uniformemente incluso en sitios inaccesibles, aclarando que después del servicio debe mantenerse el área cerrada para un mejor efecto. El servicio deberá incluir también la captura y retiro de animales de mayor tamaño, como son ratas, que eventualmente se encuentran en cualquiera de los inmuebles. Para este fin la empresa deberá utilizar trampas y/o estaciones, según el caso. Por ningún motivo deberán colocarse trampas o cebos encima o junto a la documentación. Las áreas que se describen a continuación son indicativas más no limitativas y será responsabilidad del prestador del servicio verificar en el lugar la información que corresponda: 1. Oficinas (Planta Baja) 2. Áreas de acervo con estantería tradicional (Planta Baja) 3. Áreas de acervo con estantería tradicional (Sótano) 4. Núcleo de baños Dichas áreas se encuentran dentro de un inmueble que alberga diversos órganos jurisdiccionales y tienen una superficie aproximada de 240 m2. REQUERIMIENTOS GENERALES: El personal técnico deberá estar capacitado para el manejo y aplicación de las diferentes sustancias en los lugares; asimismo, manejarse en todo momento con responsabilidad y buen trato hacia el personal del lugar; el equipo con el que se efectuará el servicio deberá estar en óptimas condiciones y no

11 representar riesgo alguno para el personal que ahí labora y/o para los documentos que ahí se resguardan. El personal del prestador del servicio que ejecute los trabajos deberá presentarse uniformado e identificado; igualmente es importante señalar que deberá contar con el equipo de protección y seguridad adecuado de acuerdo a la normatividad de seguridad e higiene contemplada en la Ley Federal del Trabajo. El prestador del servicio deberá prevenir lo necesario en caso de que exista un sistema de detección de humo; asimismo, solicitar que éste sea desconectado mientras se realiza el servicio, y debidamente reactivado al finalizar, todo lo cual se hará del conocimiento de la Dirección General de Infraestructura Física previamente. El servicio se realizará en coordinación con el responsable del área y las diferentes áreas como son seguridad, protección civil, informática y/o mantenimiento. El prestador de servicio deberá entregar y conciliar, previo al primer servicio, una descripción y un programa calendarizado de los servicios a realizar; asimismo, al final de cada uno de ellos, entregar un reporte descriptivo, indicando las áreas atendidas, los productos y cantidades aplicados, observaciones y recomendaciones. Los trabajos se entregarán a entera satisfacción de este alto tribunal y serán aprobados por la Dirección de Intendencia mediante un formato de Visto Bueno que el prestador del servicio debe elaborar en hoja membretada, y adjuntarlo al entregar la factura mensual. El prestador del servicio responderá por su cuenta y riesgo de los daños y perjuicios que se le imputen causados a terceros. El prestador del servicio presentará un listado de los productos y equipo con marca y ficha técnica autorizada por las autoridades competentes, previo a la ejecución del servicio; asimismo, es primordial que los productos a utilizar no sean tóxicos ni dejen residuos peligrosos, ya que las áreas serán utilizadas por menores de edad. El prestador del servicio presentará el diagnóstico del área a tratar, para la autorización de la Dirección de Intendencia, adscrita a la Dirección General de Infraestructura Física. El servicio deberá comprender: mano de obra en horarios indicando materiales, equipo, transporte, previa y posterior limpieza del área, así como todo lo necesario para un adecuado exterminio y control de fauna nociva (roedores e insectos). ARCHIVO DE CONCENTRACIÓN RECLUSORIO NORTE Servicio mensual de Fumigación y Control de Fauna Nociva y Transmisora del archivo de concentración ubicado en el sótano del Edificio de Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales del Reclusorio Norte, sita en la calle Jaime Nunó #175 Colonia Zona Escolar, Cuautepec Barrio Bajo, Ciudad de México, Delegación Gustavo A Madero, C.P , en un período comprendido del 1º de enero al 31 de diciembre del ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO: El servicio deberá realizarse mensualmente por aspersión y semestralmente por nebulización, en todas las áreas del archivo incluyendo el vestíbulo de acceso; igualmente debe considerarse un cinturón en el perímetro para evitar entrada de fauna nociva desde el exterior. Deberá llevarse a cabo el último viernes o sábado de cada mes, en el horario que se acuerde con los responsables del área, esto con el objeto de no interferir en sus actividades cotidianas. Igualmente si se

12 detecta la presencia de cualquier fauna nociva en el período intermedio de los servicios mensuales, se informará al prestador del servicio para que atienda de forma inmediata. El objetivo primordial del servicio es mantener el área de archivo sin la presencia de fauna nociva, debiendo asegurarse de inspeccionar y esparcir producto en toda el área. El servicio deberá consistir primero en una inspección a detalle para determinar el tipo de fauna que está presente o a la que está expuesta el inmueble, para posteriormente aplicar los productos y hacer las recomendaciones que correspondan. El servicio de fumigación por aspersión deberá consistir en esparcir menudas gotas del producto fumigante cuidando abarcar pisos, esquinas y debajo de todos los muebles, para lo cual el equipo deberá estar en óptimas condiciones; mientras que la fumigación por nebulización deberá realizarse con el equipo especial y deberá consistir en la generación de gotitas ultrafinas (tipo humo) con el fin de atacar cualquier parásito en áreas donde haya expedientes y/o libros; las sustancias activas deben ser distribuidas uniformemente incluso en sitios inaccesibles, aclarando que después del servicio debe mantenerse el área cerrada para un mejor efecto. El servicio deberá incluir también la captura y retiro de animales de mayor tamaño, como son ratas, que eventualmente se encuentran en cualquiera de los inmuebles. Para este fin la empresa deberá utilizar trampas y/o estaciones, según el caso. Por ningún motivo deberán colocarse trampas o cebos encima o junto a la documentación. Las áreas que se describen a continuación son indicativas más no limitativas y será responsabilidad del prestador del servicio verificar en el lugar la información que corresponda: 1. Oficinas 2. Acervo (estantería tradicional) 3. Ambas se encuentran en el área de sótano dentro de un inmueble que alberga diversos órganos jurisdiccionales y tienen una superficie aproximada de 70 m2. REQUERIMIENTOS GENERALES: El personal técnico deberá estar capacitado para el manejo y aplicación de las diferentes sustancias en los lugares; asimismo, manejarse en todo momento con responsabilidad y buen trato hacia el personal del lugar; el equipo con el que se efectuará el servicio deberá estar en óptimas condiciones y no representar riesgo alguno para el personal que ahí labora y/o para los documentos que ahí se resguardan. El personal del prestador del servicio que ejecute los trabajos deberá presentarse uniformado e identificado; igualmente es importante señalar que deberá contar con el equipo de protección y seguridad adecuado de acuerdo a la normatividad de seguridad e higiene contemplada en la Ley Federal del Trabajo. El prestador del servicio deberá prevenir lo necesario en caso de que exista un sistema de detección de humo; asimismo, solicitar que éste sea desconectado mientras se realiza el servicio, y debidamente reactivado al finalizar, todo lo cual se hará del conocimiento de la Dirección General de Infraestructura Física previamente. El servicio se realizará en coordinación con el responsable del área y las diferentes áreas como son seguridad, protección civil, informática y/o mantenimiento. El prestador de servicio deberá entregar y conciliar, previo al primer servicio, una descripción y un programa calendarizado de los servicios a realizar; asimismo, al final de cada uno de ellos, entregar un reporte descriptivo, indicando las áreas atendidas, los productos y cantidades aplicados, observaciones y recomendaciones.

13 Los trabajos se entregarán a entera satisfacción de este alto tribunal y serán aprobados por la Dirección de Intendencia mediante un formato de Visto Bueno que el prestador del servicio debe elaborar en hoja membretada, y adjuntarlo al entregar la factura mensual. El prestador del servicio responderá por su cuenta y riesgo de los daños y perjuicios que se le imputen causados a terceros. El prestador del servicio presentará un listado de los productos y equipo con marca y ficha técnica autorizada por las autoridades competentes, previo a la ejecución del servicio; asimismo, es primordial que los productos a utilizar no sean tóxicos ni dejen residuos peligrosos, ya que las áreas serán utilizadas por menores de edad. El prestador del servicio presentará el diagnóstico del área a tratar, para la autorización de la Dirección de Intendencia, adscrita a la Dirección General de Infraestructura Física. El servicio deberá comprender: mano de obra en horarios indicando materiales, equipo, transporte, previa y posterior limpieza del área, así como todo lo necesario para un adecuado exterminio y control de fauna nociva (roedores e insectos). NORMAS DE SEGURIDAD QUE SE DEBERÁN DE OBSERVAR EN LOS TRABAJOS DE CONTROL DE FAUNA NOCIVA. 1) Cuando se lleven a cabo los servicios de control de fauna nociva urbana, el supervisor de intendencia, deberá vigilar que los trabajadores. contratados para este fin se presenten a trabajar con el equipo protector necesario que estará constituido por: a. casco (en su caso) b. lentes c. mascarilla con filtros apropiados d. guantes de hule antiácido e. botas antiderrapantes y/o zapatos apropiados f. equipo de aspersión en buenas condiciones. 2) Los operadores efectuaran una correcta aplicación después de haber realizado una adecuada proporción de los productos químicos. 3) No deberán obsequiar estos productos, o parte de ellos a personas inexpertas, ni los dejaran al alcance de los niños. 4) Será obligación del personal que lleve acabo las actividades de control de fauna nociva presentarse a laborar con el equipo protector ya especificado y en buenas condiciones, uniformes identificación de la empresa a que represente. 5) Las aspersiones se aplicaran a punto de gota, sin dejar chorrear las paredes, pisos y techos con el producto químico que estén utilizando. 6) En exteriores se aplicarán los plaguicidas a favor del viento, para evitar contaminaciones innecesarias. 7) Para la aplicación de productos contra insectos rastreros, se deberán aplicar en las orillas de los muros, rendijas, rincones, etc. evitándolos obstáculos como son muebles, cestos, equipos, etc.

14 8) En aquellas unidades que tengan dos o más niveles, se comenzara a aplicar el producto del nivel superior para terminar en el nivel inferior. 9) Será obligación de los trabajadores jefes de realizar los trabajos de control de fauna nociva, dar aviso al responsable de la unidad o supervisor de intendencia acerca de los trabajos a realizar y los riesgos que ello implica, informándole de las medidas de seguridad que deberán llevarse a cabo. 10) Los productos que se tengan que aplicar serán medidos con exactitud y se manejaran en envases irrompibles perfectamente rotulados, para manipularlos con facilidad. 11) Sera obligación de los trabajadores de control de fauna nociva, avisar al responsable del área, acerca de las reparaciones deban hacerse para evitar la invasión de plagas. 12) Será obligación del personal contratado para realizar los servicios de control de fauna nociva, entregar relación por escrito de los sitios en donde sean colocados los cebos para desratización, indicando también el número total de estos, para facilitar su localización. En la propuesta técnica se deberá describir como mínimo lo siguiente: 1. La infraestructura con que cuenta la empresa para la prestación de los servicios solicitados, tales como: Describir la infraestructura, equipo y materiales con que cuenta para la prestación del servicio. Describir su capacidad instalada. Disponibilidad de personal, uniforme y equipo de protección con que cuenta. Valores agregados que puede ofrecer para la prestación del servicio. 2. Describir brevemente el programa de trabajo, tiempo de ejecución y cantidad de personal que será asignado. 3. Manifestar por escrito un listado de los productos y equipo con marca y, ficha técnica y ficha de seguridad autorizada por las autoridades competentes, previo a la ejecución del servicio; asimismo, es primordial que los productos a utilizar no sean tóxicos ni dejen residuos peligrosos, ya que en algunos casos estas áreas son utilizadas por menores o se elaboran alimentos. 4. Plazo de ejecución de los servicios, que será en los términos establecidos en la presente convocatoria/bases. 5. Manifestación bajo protesta de decir verdad que tienen conocimiento del tipo de servicio que este Alto Tribunal requiere, así como de los materiales que deberá proporcionar para su ejecución; 6. Manifestación bajo protesta de decir verdad sobre el cumplimiento de las normas nacionales o internacionales que cumplen los servicios conforme a la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, y demás disposiciones aplicables 7. Cualquier otra información técnica que considere conveniente para la presentación del servicio. Nombre y firma de representante legal

15 Denominación o Razón Social de la Empresa: Registro Federal de Contribuyentes: (RFC): Domicilio Fiscal, teléfono y correo electrónico: ANEXO 2 (en papel membretado de la empresa) El costo mensual deberá incluir: mano de obra en horarios indicando materiales, equipo, transporte, previa y posterior limpieza del área, así como todo lo necesario para un adecuado exterminio y control de fauna nociva (roedores e insectos), así como todo lo indicado en el ANEXO 1, para cada inmueble. PARTIDA CONCEPTO Costo Mensual IVA 16% Costo total Mensual 1 Edificio Sede 2 Edificio Alterno 3 Edificio Bolívar 4 Almacén General 5 Edificio Chimalpopoca 6 CENDI y Estancia Infantil 7 Biblioteca Ignacio Ramírez Calzada 8 Biblioteca José Castro Estrada Archivo de Concentración Palacio de Justicia 9 Federal 10 Archivo de Concentración Reclusorio Oriente 11 Archivo de Concentración Reclusorio Norte COSTO TOTAL MENSUAL COSTO TOTAL POR 12 MESES FORMA DE PAGO VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN Deberá ser a mes vencido a los de 10 días hábiles posteriores a la presentación correcta, en ventanilla única, de la factura y constancia del área solicitante de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de recepción a entera satisfacción de lo contratado. Los precios son fijos y vigentes hasta el cumplimiento total del contrato Fecha de elaboración: Nombre y firma de representante legal

16 ANEXO 3 CONTRATO SIMPLIFICADO I.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en lo sucesivo Suprema Corte" por conducto de su representante para los efectos de este instrumento manifiesta que: I.1.- Es el máximo órgano depositario del Poder Judicial de la Federación, en términos de lo dispuesto en los artículos 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1º, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. I.2.-La presente contratación fue autorizada por el Director de Servicios de la de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante el procedimiento de concurso público sumario, de conformidad con lo previsto en los artículos 42, 43, fracción III y 82 del Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. I.3.- La Directora General de Recursos Materiales está facultada para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, fracción X del Reglamento Interior en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. I.4.- Para todo lo relacionado con el presente contrato, señala como su domicilio el ubicado en la Calle de José María Pino Suárez número 2, colonia Centro de la ciudad de México, delegación Cuauhtémoc, código postal 06060, en la ciudad de México, Distrito Federal. II.- El Prestador de Servicios por conducto de su representante legal manifiesta bajo protesta de decir verdad que: II.1.- Cuenta con personal con la suficiente experiencia y calificación para ejecutar los servicios requeridos por la Suprema Corte, así como con los elementos técnicos y capacidad económica necesaria para tal fin. II.2.- A la fecha de adjudicación de la presente contratación, no se encuentra inhabilitado conforme a la regulación aplicable a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación para celebrar contratos; asimismo, no se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 48 y 58, fracción XVI del Acuerdo General de Administración VI/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. II.3.- Conoce y acepta sujetarse a lo previsto en el Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Alto Tribunal. II.4.- Para todo lo relacionado con el presente contrato, señala como su domicilio el indicado en la carátula del presente instrumento, en el apartado denominado Proveedor. III.- La Suprema Corte" y el Prestador de Servicios declaran que: III.1.- Reconocen mutuamente la personalidad jurídica con la que comparecen a la celebración del presente instrumento y manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domicilios indicados en los antecedentes I.4 y II.5 de este instrumento. lll.2.- El acuerdo de voluntades plasmado en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Reglamento Interior en Materia de Administración, y de manera supletoria el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores públicos y la Ley Federal del Procedimiento Administrativo en lo conducente, al tenor de las siguientes: C L Á U S U L A S Primera. Condiciones Generales. El Prestador de Servicios se compromete a proporcionar el servicio descrito en la carátula del presente instrumento y respetar en todo momento el precio, plazo y condiciones de pago señalados en la referida carátula, durante y hasta el cumplimiento total del objeto de este acuerdo de voluntades. El pago señalado en la presente cláusula, cubre el total del servicio contratado, por lo cual la Suprema Corte no tiene obligación de cubrir ningún importe adicional. Segunda. Pena Convencional. Las penas convencionales serán determinadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en función del incumplimiento decretado, conforme lo siguiente: En caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas en el presente contrato, la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá aplicar al proveedor o prestador de servicios una pena convencional que se ajustará proporcionalmente a lo incumplido. En caso servicios que no se hayan entregado o prestado a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que implica un incumplimiento de las obligaciones pactadas en el presente contrato, la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá aplicar al prestador de servicios una pena convencional hasta por un 10% del monto que corresponda al valor de dichos bienes o servicios (sin incluir el Impuesto al Valor Agregado). En caso de incumplimiento en el plazo de prestación de los servicios, se hará acreedor a una sanción equivalente al monto que resulte de aplicar el 10 al millar diario (en días naturales) de la cantidad que importen los bienes o servicios pendientes de entregar o prestar hasta en tanto se dé cumplimiento total a lo pactado. Las penas convencionales no podrán exceder del 10% del monto total contratado (sin incluir el Impuesto al Valor Agregado). Las penas anteriores podrán descontarse de los adeudos pendientes de cubrir por la Suprema Corte de Justicia de la Nación al Prestador de Servicios Tercera. Requisitos para realizar los pagos respectivos. Para efectos fiscales el Prestador de Servicios deberá presentar la o las facturas a nombre de la Suprema Corte según consta en la cedula de identificación fiscal, expedida por la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico con el Registro Federal de Contribuyentes SCJ P5, indicando el domicilio señalado en la declaración I.4 de este instrumento y demás requisitos fiscales a que haya lugar. Cuarta. Modificaciones de este instrumento. Las condiciones pactadas en el presente instrumento podrán ser objeto de modificación en términos de lo previsto en los artículos 12, fracción XXII; 143, fracción I y 162 del referido Acuerdo General VI/2008. Quinta. Inexistencia de relación laboral. El Prestador de Servicios, como empresario y patrón del personal que ocupe para los servicios profesionales materia de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones laborales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social, por lo que responderá de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o de la Suprema Corte, en relación con los servicios motivo de este contrato. La Suprema Corte estará facultada para requerir a el Prestador de Servicios los comprobantes de afiliación de sus trabajadores al IMSS, así como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR, INFONAVIT e IMSS. En caso de que alguno o algunos de los trabajadores del Prestador de Servicios, ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamación en contra de la Suprema Corte, el Prestador de Servicios deberá rembolsar la totalidad de los gastos que erogue la Suprema Corte por concepto de traslados, viáticos, hospedaje, transportación, alimentos y demás inherentes, con el fin de acreditar ante la autoridad competente que no existe relación laboral alguna con los mismos y deslindar a la Suprema Corte de cualquier tipo de responsabilidad en ese sentido. Las partes acuerdan que el importe de los referidos gastos que se llegaran a ocasionar podrán ser deducidos por la Suprema Corte de las facturas que se encuentren pendientes de pago, independientemente de las acciones legales que se pudieran ejercer. Sexta. Confidencialidad. La documentación que se proporcione al Prestador de Servicios con motivo de la celebración de este contrato, es propiedad de la Suprema Corte, por lo que el Prestador de Servicios, por sí o a través de sus trabajadores, se compromete a no divulgar a través de cualquier medio de comunicación, cualquier resultado o dato obtenido de los servicios o trabajos prestados a la primera. Séptima. Rescisión. Queda expresamente convenido que la Suprema Corte podrá dar por rescindido el presente contrato sin necesidad de que medie declaración judicial, en caso de que el Prestador de Servicios deje de cumplir cualquiera de las obligaciones que asume en este contrato por causas que le sean imputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación.

17 Antes de declarar la rescisión, la Suprema Corte notificara por escrito las causas respectivas al Prestador de Servicios en su domicilio señalado en la declaración II.5 de este instrumento, con quien en el acto se encuentre, otorgándole un plazo de quince días hábiles para que manifieste lo que a su derecho convenga, anexe los documentos que estime conveniente y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. Vencido ese plazo el órgano competente de la Suprema Corte determinara sobre la procedencia de la rescisión, lo que se comunicara al Prestador de Servicios en su domicilio señalado en la declaración II.5 de este instrumento. Octava. Supuestos de terminación de contrato, diversos a la rescisión. El presente contrato podrá darse por terminado, al cumplimentarse su objeto o bien de manera anticipada cuando existan causas justificadas o razones de interés general, en términos de lo previsto en los artículos 148, 149, 150 y 151 del Acuerdo General de Administración VI/2008. Novena. Del fomento a la transparencia y de la protección de datos personales. Las partes están de acuerdo en que el presente instrumento constituye información pública en términos de lo dispuesto en los artículos 1, 7 y 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por lo que los gobernados podrán realizar su consulta. De conformidad con lo establecido en el articulo 71 del Acuerdo General de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del nueve de julio de dos mil ocho, relativo a los órganos y procedimientos para tutelar en el ámbito de este Tribunal los derechos de acceso a la información a la privacidad y a la protección de datos personales garantizados en el articulo 6 Constitucional, el Prestador de Servicios se obliga a guardar secreto y a no divulgar por ningún medio, aun electrónico, ni por conferencias y/o informes los datos personales a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar las actividades objeto del presente contrato. En caso de incumplimiento la Suprema Corte podrá exigir el pago correspondiente al 10% del monto total de este instrumento, por concepto de pena convencional. Décima. Resolución de controversias. Para efecto de la interpretación y cumplimiento de lo estipulado en este instrumento, el Prestador de Servicios se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte renunciando a cualquier fuero que en razón de su domicilio tenga o llegare a tener, de conformidad con lo indicado en el artículo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Las partes acuerdan que cualquier notificación que tengan que realizarse de una parte a otra, se realizará por escrito en el domicilio que ha señalado en las declaraciones I.4 y II.5 de este instrumento. RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PRESTADOR DE SERVICIOS Nombre Firma Fecha

18 ANEXO 4 CARTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD (EN PAPEL MEMBRETADO DEL CONCURSANTE) FECHA: PERSONAS FÍSICAS Y MORALES DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E (Nombre de la persona física o del representante legal de la empresa concursante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa concursante). Por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial que conocemos el Acuerdo General de Administración VI/2008, de fecha 25 de septiembre de 2008, por lo que en tal tenor no nos encontramos en ninguno de los supuestos a que se refiere el artículo 48, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y X, así como 58 fracción, XVI, del instrumento normativo antes referido. ATENTAMENTE Nombre y firma del representante legal

19 ANEXO 5 FORMATO DE DOMICILIO (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE) DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E FECHA: (Nombre del representante legal de la persona física o moral) actuando en nombre y representación de (Nombre de la persona física o moral), por medio del presente escrito señalo como domicilio legal para recibir y oír notificaciones, relacionadas con el procedimiento de contratación mediante número así como las relacionadas con la contratación que llegare a celebrar con los órganos del Poder Judicial de la Federación, el ubicado en Calle número exterior, número interior, Colonia, Delegación o Municipio, Código Postal, Ciudad. Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito. ATENTAMENTE Nombre y firma del representante legal

20 ANEXO 6 CARTA DE CONFIDENCIALIDAD (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE) Fecha: DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E (Nombre del representante o apoderado legal) actuando en nombre y representación de (Nombre de la empresa licitante), por medio de la presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, el compromiso para guardar estricta confidencialidad y no divulgar a título personal, ni por medio de mi representada, la información recibida en la carpeta correspondiente a la número para la. De la misma forma manifiesto el compromiso de no hacer uso de dicha información para propósitos diferentes en trabajos presente o futuros que no sean ejecutados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Estamos conscientes de que los datos son exclusiva propiedad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, razón por la cual nos obligamos a devolver a ese Alto Tribunal, toda la documentación recibida, sin haber obtenido copia de esta a la entrega de nuestra propuesta. En nombre de mi representada, protesto que conocemos el alcance de nuestro compromiso y las consecuencias legales que de su incumplimiento deriven, conforme a la Ley de Propiedad Industrial, Código Penal Federal y demás disposiciones legales aplicables, las cuales aceptamos en esta manifestación. ATENTAMENTE Nombre y firma del representante legal

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