MANUAL DE PROCEDIMIENTOS. Departamento de Procuraduría de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia

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1 P 1 Hoja 1 De 71 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Departamento de Mujer y la Familia TIEMPO PROMEDIO DEL PROCEDIMIENTO FECHA DE ELABORACIÓN 2011 FECHA DE REVISIÓN LIC. RAQUEL AVENDAÑO FERNÁNDEZ. JEFA DEL DEPARTAMENTO DE PROCURADURIA ELABORÓ LIC. GABRIEL MARCOS MORENO GAVALDÓN. DIRECTOR DE ASISTENCIA JURIDICA REVISÓ

2 P 1 Hoja 2 De 71 ACTA DE AUTORIZACIÓN ELABORÓ: REVISÓ: LIC. RAQUEL AVENDAÑO FERNÁNDEZ. JEFA DEL DEPARTAMENTO DE PROCURADURÍA. LIC. GABRIEL MARCOS MORENO GAVALDÓN DIRECTOR DE ASISTENCIA JURÍDICA. VALIDÓ: AUTORIZÓ:. UNIDAD DE DESARROLLO ADMINISTRATIVO, PLANEACIÓN E INFORMÁTICA. MAESTRO CARLOS ALBERTO JULIÁN Y RUIZ. DIRECTOR GENERAL.

3 P 1 Hoja 3 De 71 ÍNDICE GENERAL INTRODUCCIÓN. OBJETIVO DEL MANUAL. MARCO JURÍDICO ADMINISTRATIVO. RELACIÓN DE PROCEDIMIENTOS.

4 P 1 Hoja 4 De 71 INTRODUCCIÓN La es el Departamento encargado de recibir los ingresos de los menores puestos a disposición por parte de las autoridades Ministeriales o Judiciales, e integrar debidamente el expediente administrativo realizando las acciones que sean necesarias y atendiendo a los familiares con el fin de restituirlos o canalizarlos al Programa de Adopción o integrarlos a un Programa de Hogar Sustituto o en su defecto proporcionarles una estancia indefinida para salvoproteger su integridad física y mental. Así mismo brindar apoyo a las autoridades Gubernamentales y Judiciales que soliciten la intervención de este Departamento, en el ámbito de su competencia.

5 P 1 Hoja 5 De 71 OBJETIVO DEL MANUAL El objetivo del presente manual es establecer los procesos mediante los cuales el Departamento de la brinda los servicios y asistencia en su enfoque, anteponiendo ante todo el interés superior del menor. Representando a los menores que se encuentren bajo la tutela de este en el ámbito de su competencia, teniendo como eje rector el interés superior del menor. Así mismo establecer los procesos para coadyuvar con las autoridades federales, estatales y municipales que necesiten o soliciten de la intervención del Departamento.

6 P 1 Hoja 6 De 71 MARCO JURÍDICO ADMINISTRATIVO - Código Civil para el Estado L. y S. de Puebla, P. O. 30/04/85. - Ley sobre el Sistema Estatal de Asistencia, P. O. 5/08/86. Última Reforma 15/03/96. - Ley de Prevención, Atención y Sanción a la Violencia Intrafamiliar. - Reglamento Interior del Sistema DIF Estatal, P. O. 21/09/11. - Plan Estatal de Desarrollo Convención sobre los Derechos del Niño.

7 P 1 Hoja 7 De 71 RELACIÓN DE PROCEDIMIENTOS Nombre Procedimiento Hoja De Procedimiento: Regularización de la Situación Jurídica de Menores. Procedimiento: Seguimiento de Reintegraciones y Hogares Sustitutos. Procedimiento: Justicia para Adolescentes Procedimiento: Difusores Infantiles Procedimiento: Apoyo a Autoridades

8 P 1 Hoja 8 De 71 REGULARIZACIÓN DE LA SITUACIÓN JURÍDICA DE MENORES. TIEMPO PROMEDIO DEL PROCEDIMIENTO FECHA DE ELABORACIÓN 2011 FECHA DE REVISIÓN LIC. RAQUEL AVENDAÑO FERNÁNDEZ JEFA DEL DEPARTAMENTO DE PROCURADURIA ELABORÓ LIC. GABRIEL MARCOS MORENO GAVALDÓN DIRECTOR DE ASISTENCIA JURÍDICA REVISÓ

9 P 1 Hoja 9 De 71 OBJETIVO DEL PROCEDIMIENTO Que los menores tutelados por el DIF sean reintegrados a su núcleo familiar, o bien sean canalizados al Programa de Adopciones o incorporados a un hogar sustituto, considerando el nivel de entroncamiento, el interés de la familia, su capacidad psico-afectiva, su perfil socioeconómico, y la dinámica familiar que se dé con el menor, así como las características socio-afectivas, y físicas del menor. Lo que permitirá brindarle al menor tutelado mejores posibilidades de éxito en su reincorporación a una familia, y que ésta sea la mejor opción para el desarrollo del menor. Lo anterior en cumplimiento a lo establecido por la Convención sobre los Derechos del Niño.

10 P 1 Hoja 10 De 71 NORMAS Y POLÍTÍCAS DE OPERACIÓN 1. El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado, a través de la Dirección de Asistencia Jurídica y de la Defensa del Menor, la, coordinará el procedimiento de Regularización de la Situación Jurídica de Menores, así como la vinculación con las autoridades involucradas. 2. En el procedimiento de Regularización de la Situación Jurídica de Menores, participarán abogados, psicólogos, médicos y trabajadores sociales que laboren en la Dirección de Asistencia Jurídica del SEDIF. 3. Los usuarios de este servicio son: directamente los menores canalizados por la autoridad ministerial y/o judicial que quedan bajo la custodia del DIF para su protección, por haber sido considerados maltratados, abandonados, extraviados, violentados o estar en alguna situación que ponga en riesgo su vida o integridad física. E Indirectamente, los familiares o personas que estén interesados en tener o recuperar la custodia de los menores ingresados, con quienes se trabajará para garantizar la viabilidad de la reintegración, de la adopción o del hogar sustituto. 4. Los menores que ingresen bajo la tutela de este Sistema, deberán ser canalizados por el Ministerio Público y/o autoridad judicial mediante oficio dirigido al Organismo, en el cual se contenga dicha solicitud, acompañando copia certificada de la Averiguación Previa o Constancia de Hechos y el dictamen médico del estado de salud del menor canalizado, en su caso copia certificada del acuerdo judicial correspondiente. 5. Sólo el Director de Asistencia Jurídica, o el Procurador de la Defensa del Menor, la, a través de los abogados, adscritos a este Departamento, podrán autorizar el ingreso de dichos menores, para lo cual, la Casa de la Familia Poblana o de la Niñez Poblana, por vía telefónica pedirán dicha autorización, teniendo la documentación señalada en el punto que antecede, salvo en casos urgentes y en que se ponga en riesgo la integridad del menor.

11 P 1 Hoja 11 De Para el caso de ingreso de menores en horas y días inhábiles, el Procurador designará a un abogado de guardia, para lo cual se hará un rol con los abogados del Departamento de ; la guardia será por un periodo de una semana. El abogado de guardia tendrá la función de autorizar los ingresos de menores y de enterarse de los egresos no autorizados que Casa de la Familia y Casa de la Niñez Poblana le notifiquen. Es pertinente señalar que es responsabilidad del Ministerio Público el traslado de los menores a las Casas Institucionales. 7. Posterior al Ingreso, los documentos de menores ingresados se irán turnando, por el Procurador, a los abogados de la Sección de Investigaciones, para su estudio, análisis, gestión y consiguiente conclusión (reintegración, canalización al programa de adopciones o incorporación a un hogar sustituto). 8. Los abogados abrirán los expedientes que les correspondan y solicitarán a las áreas de Trabajo y Psicología los estudios, visitas y dinámicas que el caso amerite; en el supuesto de asuntos foráneos, la Procuraduría se auxiliará para la realización de estudios, visitas y dinámicas de las delegaciones que el SEDIF tenga en el interior del Estado, o en su caso de los Sistemas DIF de la entidad de la República que corresponda. 9. En el caso de existir la necesidad de que otras instituciones públicas o privadas intervengan en la regularización de la situación de los menores tutelados, se les solicitará mediante oficio dicha intervención, esto puede ser que alguna escuela informe una situación relevante para el expediente, o la asistencia de unos padres a un grupo AA, etc. 10. Para que se considere la reintegración familiar en un expediente de menores tutelados, debe entonces tenerse un contacto con la familia, éste podrá ser desde que se inició el expediente o durante la regularización del mismo, para localizar a familiares, es común utilizar la visita domiciliaria que realiza Trabajo social, pero habrá casos en que se tenga que realizar un boletín en los medios de comunicación, o visitas domiciliarias foráneas, para lo cual se tendrá que acudir a las Delegaciones del SEDIF o a otros Sistemas DIF Estatales o Municipales. 11. Cuando se ha trabajado con los familiares de menores tutelados mediante los estudios, visitas e investigaciones, así como mediante la coordinación con otras autoridades, se podrá estar en posibilidad de determinar la situación jurídica de un menor, para lo cual el abogado encargado del mismo junto con el Procurador de la Defensa del Menor y el Jefe de la Sección de

12 P 1 Hoja 12 De Investigaciones, acordarán, de ser viable, la reintegración del menor tutelado, buscando en todo caso el Bien Superior del Menor. 13. Cuando se ha determinado la restitución familiar de un menor tutelado se realizan los documentos necesarios para el egreso del menor y la constancia de restitución, misma que contiene el acuerdo de restitución mismo que constará en el expediente y continuará todos los estudios multidisciplinarios realizados en los que se basó y justificó la restitución. 14. En el caso de no localizar familiares o de menores expósitos, se procederá a realizar gestiones que tengan como fin la determinación de que el menor puede ingresar al programa de adopciones, en el caso de menores que se hayan encontrado en el interior del Estado, se solicitará a las Delegaciones Regionales del SEDIF su colaboración para obtener los informes de policía judicial y las determinaciones ministeriales y/o judiciales que asienten al menor como viable para ser adoptado, en el caso de menores que se hayan ubicado en la Ciudad de Puebla las gestiones a las que nos hemos referido serán realizadas por el abogado designado (ver punto número 7), aún en lo supuestos de casos foráneos, el abogado de turno estará pendiente del asunto, a fin de darle continuidad. 15. Cuando un menor tenga resuelta su situación jurídica para ingresar al programa de adopciones, el abogado encargado del expediente, acordará con el Procurador, está circunstancia y turnará el expediente a la Unidad Administrativa de Adopciones y Representación Legal. 16. En el supuesto de que algún menor no sea susceptible a la adopción por presentarse determinado obstáculo físico, psicológico o por que él mismo no desea ingresar a dicho programa (menores de 6 años en adelante, Art. 579 del Código Civil), se considerará la figura del hogar sustituto. 17. El hogar sustituto también se podrá considerar para menores que vayan a ser adoptados, como una forma de adaptación a la familia receptora. 18. En el supuesto de que determine el Procurador, a un hogar sustituto se realizarán los estudios que describen los puntos 8, 9 y 10, con el fin de estar seguros de la viabilidad de la familia como un verdadero hogar sustituto del menor. En este supuesto se realizará la constancia de hogar sustituto y los oficios de salida definitiva, aunque el SEDIF conservará la tutela, por lo que dará el seguimiento correspondiente.

13 P 1 Hoja 13 De 71 DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO RESPONSABLE Abogado de Turno. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES INICIO 1.- Recibe llamada telefónica del personal de Casa de la Familia Poblana y si cumple con las políticas y normas del procedimiento señalados en el punto cuatro, decide el ingreso del menor o menores a esta Casa Asistencial. FORMATO Y/O DOCUMENTO Abogado de Turno. 2.- Reporta el ingreso del menor. REGISTRO DE INGRESO (formato) Abogado de Turno. Jefe de Sección de Investigaciones 3.- Registra el ingreso en el libro de ingresos, asentando en él, número de expediente administrativo en orden consecutivo, nombre(s) del menor ingresado, edad, número de Averiguación Previa o Constancia de Hechos, abogado responsable del expediente según turno, fecha de ingreso y observaciones si las hubiere. 4.- Recibe documentos del menor que envía Casa de la Familia Poblana que deben de ser oficio de custodia del Ministerio Público, copia certificada de la Averiguación Previa o Constancia de Hechos y valoración del médico legista y los envía al abogado responsable del REGISTRO INGRESO DE

14 P 1 Hoja 14 De 71 expediente administrativo que quedará a cargo y bajo su estricta responsabilidad, registrando la fecha en que se da la recepción de dichos documentos. Abogado Responsable 5.- Recibe los documentos del menor y abre el expediente que corresponda, elabora el acuerdo de ingreso, la ficha de identificación y el oficio de ingreso del menor al Coordinador de la Casa de Asistencia que corresponda para el ingreso del menor (es), con copias para: ACUERDO INGRESO DE 1.- Director de Asistencia y Rehabilitación, 2.- Director de Asistencia Jurídica y 3.- El Expediente. Procurador de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia y Jefe de Sección 6.- Firma el acuerdo de ingreso del menor y el oficio de ingreso. ACUERDO DE INGRESO Y OFICIO DE INGRESO Abogado Responsable 7.- Realiza un análisis del expediente y presenta al Jefe de Sección un diagnóstico del asunto. NINGUNO Si los familiares del Menor (es), acuden sin necesidad de ser citados por el Organismo, continúa con la actividad número 12. OFICIO PARA LA CITA Procurador de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia 8.- Recibe el reporte de la entrevista del menor practicada por el área de Trabajo Social y por la Casa de Asistencia en la que se encuentre y ordena se agregue al expediente y solicita mediante oficio al área de Trabajo Social, o al REPORTE ENTREVISTA

15 P 1 Hoja 15 De 71 Director de Delegaciones, en los casos de que se encuentren fuera del Municipio, localice a los familiares del menor y los cite en las oficinas del Departamento. Si los familiares del Menor (es), acuden, continúa con la actividad número 12. Abogado Responsable. 9.- Si el menor no cuenta con familiares ubicados, solicita mediante oficio al área de Comunicación Social del Sistema boletine en los diarios de mayor circulación fotografía del menor (es) y en su caso, si el menor es originario del interior del Estado, a través del Director de Delegaciones solicita se boletine en su lugar de origen. OFICIO DE SOLICITUD PARA BOLETINAR Jefe de Sección Abogado Responsable. Abogado Responsable Recibe los boletines del menor (es) y solicita se integren a su expediente. Acuden Familiares al Departamento de Procuraduría de la Mujer y la Familia Requisita la ficha de asesoría con datos del solicitante, del menor (es) ingresado y pide identificación oficial y copia, así como documento que acredite el parentesco con el menor y copia, si no se acredita parentesco no se le da acceso al menor e inicia paso Inicia los trámites para restituir al menor con el solicitante, existiendo la opción del Hogar Sustituto, siempre y cuando, COPIAS/BOLETÍN PARA EXPEDIENTE FICHA DE ASESORÍA

16 P 1 Hoja 16 De 71 cumpla con los requisitos de ingreso marcados en las políticas de operación. Abogado Responsable. Abogado Responsable. Abogado Responsable Solicita al psicólogo le señale día y hora para realizar una entrevista inicial al solicitante Solicita a la trabajadora social, agende la realización de una visita domiciliaria para realizar al solicitante el estudio socioeconómico correspondiente. En caso del que el domicilio se encuentre fuera de la Capital del Estado se solicita mediante oficio a la Dirección de Delegaciones Asienta en la ficha de asesoría el día y hora en que se realizarán los estudios de psicología y de trabajo social y se le indica al solicitante el día o días que deberá presentarse para realizar dichos estudios. FICHA DE ASESORÍA Procurador de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia 16.- Si el solicitante tiene su lugar de residencia en el interior del Estado, pide a la Dirección de Delegaciones, realice los estudios necesarios para determinar la reintegración del menor o en su caso el hogar sustituto. OFICIO Jefe Sección de Investigaciones Recibe las Informes remitidos, los analiza y los remite para ser agregados a su expediente Si del resultado de los estudios de psicología y trabajo social resulta que el solicitante es apto para la reintegración o para un hogar sustituto se continúa con INFORME

17 P 1 Hoja 17 De 71 Abogado Responsable. Procurador de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia Jefe Investigaciones Sección Procurador de la Defensa del Menor la Mujer y la Familia Procurador de la Defensa del Menor la Mujer y la Familia (Abogado) Procurador de la Defensa del Menor la Mujer y la Familia Procurador de la Defensa la actividad Si no se localizan familiares del menor (es) que están bajo custodia del SEDIF, realiza gestiones para conseguir la documentación del menor, en los casos en que el menor aportó datos como su nombre Gira oficio al Director del Registro del Estado Civil de las Personas, a fin de que remita Copia Certificada del Acta de Nacimiento o en su defecto Constancia de Inexistencia de Registro, para ser tramitado por el área de Trabajo Social o en su caso gira oficio al Director de Delegaciones para la obtención de los documentos señalados Recibe, analiza e instruye para que se agreguen a su expediente los documentos que remite la Dirección del Registro Civil El anexo del oficio es una Constancia de Inexistencia de Registro de Nacimiento, determina su canalización al Programa de Adopciones. Continúa en la actividad número Si el anexo del oficio es la Copia Certificada del Acta de Nacimiento y no han acudido familiares del menor determina el inicio del trámite del Juicio de Pérdida de la Patria Potestad Recibe el expediente administrativo del menor, sentencia de pérdida de patria potestad y auto que la declara ejecutoriada Estudia la viabilidad de que el OFICIO OFICIO NINGUNO

18 P 1 Hoja 18 De 71 del Menor la Mujer y la Familia Jefe Sección de Investigaciones. Procurador de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia Jefe Investigaciones. Sección Procurador de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia Procurador de la Defensa del Menor la Mujer y la Familia Abogado Responsable. asunto del menor se canalice para un hogar sustituto o al Programa de Adopciones Remite el expediente administrativo del menor, sentencia de pérdida de patria potestad y auto que la declara ejecutoriada al Abogado encargado del expediente. Si se considera la viabilidad del Hogar Sustituto Continúa en la actividad número Si el menor no aportó datos, ni existen familiares el menor se registra como expósito. Solicita al Director del Registro del Estado Civil de las Personas suscrito se realice el registro del menor como expósito Recibe la copia certificada del acta de nacimiento del menor y la integra a su expediente Propone al Consejo Técnico de Adopciones, al menor para ingresar al Programa de Adopciones Si el Consejo Técnico de Adopciones decide que el menor es viable para ingresar al Programa de Adopciones, realiza acuerdo de canalización al departamento de Adopciones y Representación Legal, derivado del acuerdo del Consejo Técnico de Adopciones. Continúa con la actividad 39 Si se considera la viabilidad del hogar sustituto para el menor, se realiza constancia de hogar sustituto a favor de solicitante determinado, previos los trámite descritos desde la actividad 12. (Sujeto a autorización.) 30.- Contacta con el solicitante para indicarle que se ha considerado REGISTRO OFICIO NINGUNO ACUERDO CONSTANCIA NINGUNO

19 P 1 Hoja 19 De 71 Procurador de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia Procurador de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia Abogado Responsable. Procurador de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia Procurador de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia Procurador de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia viable para constituir un hogar sustituto Autoriza la constancia del FORMATO hogar sustituto, la que deberá estar CONSTANCIA HOGAR firmada por el Procurador de la SUSTITUTO Mujer y la Familia, el Jefe de Sección, el Abogado responsable del expediente y el (los ) solicitantes Gira oficio de salida definitiva OFICIO del menor, con copia para el Director de Asistencia Jurídica, y para el expediente, suscrito por el Procurador de la Defensa del Menor la, dirigido a la casa de asistencia en la cual permanece el menor Remite el oficio de salida definitiva a la casa de asistencia donde permanece el menor. Continua en la actividad número 40 Si se considera la viabilidad de reintegrar al menor a su núcleo familiar, previos los trámites descritos desde la actividad 13, se realiza dicha reintegración Da aviso al Ministerio Público OFICIO acerca de la determinación de reintegrar al menor Autoriza la constancia de CONSTANCIA restitución, la que deberá estar firmada por el Procurador de la Mujer y la Familia, el Jefe de Sección de Investigaciones, el Abogado encargado del expediente y los solicitantes Autoriza oficio de salida OFICIO definitiva del menor, con copia para el Director de Asistencia Jurídica, y para el expediente, suscrito por el Procurador de la Defensa del Menor la, dirigido

20 P 1 Hoja 20 De 71 Abogado Responsable. Jefe de Sección Jefe de Sección Abogado Responsable. a la casa de asistencia en la cual permanece el menor Remite el oficio de salida definitiva a la casa de asistencia donde permanece el menor Recibe el acuse de recibido del oficio de salida definitiva Registra el acuse de recibido del oficio de salida y lo turna al abogado encargado del expediente Archiva provisionalmente el expediente administrativo. Fin del Procedimiento OFICIO DIAGRAMA DE FLUJO

21 P 1 Hoja 21 De 71 SEGUIMIENTO DE REINTEGRACIONES Y HOGARES SUSTITUTO S. A BOGADO JEFE DE SECCIÓ N PROCURADOR DE LA DEFENSA D EL M EN OR, LA M UJE R Y LA FAM ILIA inicio Por medio de llamada telefónica de la casa de la familia poblana se decide el ingreso del menor 1 Recibe documentos del menor con los oficios de las autoridades y se registran la recepcion de documentos REGISTRO DE INGRESO 5 Firman el acuerdo de ingreso del menor y el oficio de ingreso ACUERDO Y OFICIO DE INGRESO 7 Ingreso del menor con los requisitos de las politicas de operación Reporta el ingreso del menor REGISTRO DE INGRESO 3 2 R ecibe el reporte de la entrevista del menor practicada por la coordinacion de trabajo social y por la casa de asistencia en la que se encuentre REPORTE DE EN TREVISTA 9 Solicitan mediante oficio a familiares del menor OFICO I 10 4 Se registra el ingreso en el libro con los datos del expediente Recibe documento del menor que corresponda para el ingreso del menor 6 ACUERDO DE INGRESO 8 Realiza un analisis del expediente y presenta al jefe de seccion un diagnostico del asunto

22 P 1 Hoja 22 De 71

23 P 1 Hoja 23 De 71

24 P 1 Hoja 24 De 71

25 P 1 Hoja 25 De 71 SEGUIMIENTO DE REINTEGRACIONES Y HOGARES SUSTITUTOS TIEMPO PROMEDIO DEL PROCEDIMIENTO FECHA DE ELABORACIÓN 2011 FECHA DE REVISIÓN LIC. RAQUEL AVENDAÑO FERNÁNDEZ JEFA DEL DEPARTAMENTO DE PROCURADURÍA ELABORÓ LIC. GABRIEL MARCOS MORENO GAVALDÓN DIRECTOR DE ASISTENCIA JURIDICA REVISÓ

26 P 1 Hoja 26 De 71 OBJETIVO El Seguimiento de Reintegración Familiar y de Hogar Sustituto, tiene como objetivo verificar de manera fehaciente que los menores tutelados por el DIF que han sido reintegrados a su núcleo familiar o incorporados a un hogar sustituto se encuentren adaptados o en un proceso idóneo de adaptación a su nuevos entornos; considerando el aspecto socio-afectivo y/o físico de los menores y de la familia receptora.

27 P 1 Hoja 27 De 71 NORMAS Y POLÍTICAS DE OPERACIÓN 1. El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado, a través de la Dirección de Asistencia Jurídica y de la Mujer y la Familia, coordinará el procedimiento de Seguimiento de Reintegración Familiar y de Hogar Sustituto, así como la vinculación con las unidades administrativas involucradas. 2. En el procedimiento de Seguimiento de Reintegración Familiar y de Hogar Sustituto, participarán abogados, psicólogos, médicos y trabajadores sociales que laboren o estén contratados por honorarios en la Dirección de Asistencia Jurídica del SEDIF. 3. Los usuarios de este servicio son: Directamente, los menores que hayan sido reintegrados a su núcleo familiar o incorporados a un hogar sustituto e indirectamente las familias receptoras. 4. Los menores que hayan sido reintegrados a su núcleo familiar o incorporados a un hogar sustituto por parte de la Procuraduría mediante las constancias descritas en el procedimiento de Regularización Jurídica de Menores son a los que se les brindará el seguimiento correspondiente, para ello se contará con los datos personales de las familias receptoras, como lo son su nombre, nacionalidad, lugar de origen, domicilio, lo que además de identificar plenamente a las personas que integran a la familia receptora, servirá para ubicarlas. 5. El Director de Asistencia Jurídica, o el Procurador de la Mujer y la Familia, a través de los abogados, adscritos a este Departamento, realizarán el análisis del expediente del menor reintegrado o incorporado a un hogar sustituto para determinar el tiempo y el tipo de seguimiento que se realizará. 6. En los casos de menores extraviados y que los estudios iniciales no arrojen datos de maltrato físico o psicológico, descuido o algo tan grave como lo anterior, no se realizará seguimiento, el servicio concluirá con la reintegración al núcleo familiar. 7. En todos los casos que se realice seguimiento en la ciudad de Puebla se solicitará la intervención del Área de Trabajo Social, y en los casos que así lo ameriten se pedirá seguimiento del Área de Psicología, y la intervención del Área Médica; en los supuestos anteriores, el abogado responsable del expediente tendrá que programar junto con las áreas respectivas los estudios y valoraciones que correspondan, para lo cual se dará a la familia receptora un carnet de citas, independientemente de las visitas que Trabajo Social realice de manera aleatoria. 8. En el caso de seguimientos foráneos, el Procurador, solicitará mediante el oficio correspondiente la intervención de las Delegaciones del SEDIF en el interior del

28 P 1 Hoja 28 De 71 Estado, quienes mediante los Coordinadores Jurídicos, realizarán los seguimientos que corresponde, apoyándose para tal efecto en los profesionales psicólogos y trabajadores sociales que estén adscritos a su propia Delegación. 9. En el supuesto de que el seguimiento se necesite realizar fuera del territorio poblano, se solicitará la colaboración de los distintos Sistemas DIF de los Estados de la República y del Distrito Federal, para que en términos de sus atribuciones lo realicen. 10. Para los supuestos descritos en los puntos 8 y 9 del presente capítulo, se pedirá a las autoridades locales realicen el seguimiento por lo menos una vez al mes y así lo informen a la Procuraduría. 11. En caso de que en el seguimiento se detecte una situación grave para la convivencia familiar o que atente o ponga en riesgo la seguridad psicológica, física, y/o sexual del menor, se dará intervención al Agente del Ministerio Público para el reingreso del menor a la custodia del SEDIF. 12. En los casos en que las situaciones de reintegración no sean ideales pero no pongan en riesgo al menor, se procurará mediante los profesionales en psicología, trabajo social, médico y abogado, llevar a cabo las estrategias y acciones propias al caso para mejorar el proceso de adaptación. 13. En los seguimientos de reintegración, se dará un término de observación de hasta 6 meses, el cual podrá prolongarse de así acordarlo el abogado responsable y el Procurador. 14. En los casos de seguimientos por Hogar Sustituto, no expira el término de observación, ya que dichos menores continúan jurídicamente bajo la tutela del DIF, sólo en caso de mayoría de edad o de adopción se extingue el seguimiento. 15. En los casos de conclusión de seguimiento se hará un acuerdo de baja definitiva del expediente.

29 P 1 Hoja 29 De 71 DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTOS RESPONSABLE DESCRIPCION DE ACTIVIDADES (Abogado) (Psicólogo y Trabajadora Social) Solicitante Recepción (personal en módulo de información general) INICIO En cumplimiento a la constancia de reintegración o de hogar sustituto. Si la familia solicitante vive en la ciudad de Puebla o área conurbada 1.- Solicita al área de Psicología y de Trabajo Social agenden día y hora para que el menor y la familia a la cual se reintegró o se constituyó como hogar sustituto acudan a valoración de seguimiento 2.- Señala y anota en su agenda el día y la hora en que la familia deberá presentarse a valoración de seguimiento. 3.- Le informa al solicitante día y hora de su cita. Si la familia solicitante acude 4.- Informa en la recepción que acude debido a que tiene cita con psicología y trabajo social acerca un menor ingresado en el Sistema. 5.- Indica al solicitante que se dirija a la Dirección de Asistencia Jurídica, al centro de Recepción de dicha Dirección. FORMATO Y/O DOCUMENTO AGENDA AGENDA REGISTRO DIGITAL Dirección de Asistencia Jurídica. (Recepción) 6.- Pide al solicitante sus datos generales y el motivo de su comparecencia, asentándolos en el registro digital correspondiente, le entrega una ficha con un REGISTRO DIGITAL

30 P 1 Hoja 30 De 71 número de folio y le indica que se dirija a la Mujer y la Familia con la psicóloga y/o la trabajadora social. Solicitante 7.- Comunica a la secretaria del Departamento de Procuraduría de la Mujer y la Familia, que se presenta con el fin de realizar sus valoraciones de seguimiento de Reintegración u Hogar Sustituto. NINGUNO (Secretaria) 8.- Le indica al solicitante, quién es el psicólogo y la trabajadora social encargados de realizar los estudios y lo canaliza con dichos profesionales. NINGUNO (Psicólogo) 9.- Realiza la valoración y la dinámica de la familia, asentando todas las observaciones que considere importantes y aplicando las pruebas relevantes que correspondan. INFORME ESTUDIOS DE 10.- Elabora el informe de de los estudios realizados. INFORME ESTUDIOS DE Informe 11.- Entrega el informe psicológico al Abogado, reservándose copia como acuse. ACUSE DE ENTREGA Continúa con la actividad número 38 (Trabajadora Social) 12.- Entrevista al solicitante, pidiendo sus datos generales, le indica que irá a realizar a su domicilio una visita sin determinar REGISTRO

31 P 1 Hoja 31 De 71 (Trabajadora Social) (Trabajadora Social) (Trabajadora Social) (Trabajadora Social) (Trabajadora Social) día y hora. Se retira el solicitante Elabora el pase de salida en original y copia, suscrito por el Jefe del Departamento de Defensa del Menor, la Entrega el pase de salida en original y copia al personal de vigilancia que está a la entrada del edificio del SEDIF Acude a realizar la visita domiciliaria, trasladándose al domicilio del solicitante En el domicilio realiza el estudio socioeconómico Elabora el informe de estudio socioeconómico Informe de Estudio Socioeconómico PASE DE SALIDA NINGUNO ESTUDIO SOCIOECONOMICO ESTUDIO SOCIOECONOMICO (Trabajadora Social) 18.- Entrega el informe de estudio socioeconómico al Abogado, reservándose copia como acuse. ESTUDIO SOCIOECONOMICO Continúa con la actividad número 38 Si la Familia solicitante no se encuentra

32 P 1 Hoja 32 De 71 (Abogado) (Abogado) (Trabajadora Social) 19.- Llama por teléfono al solicitante con el fin de señalarle nuevo día y hora para realización de valoraciones de seguimiento. Si se encuentra a la familia Continúa con actividad 4 Si no se encuentra a la familia 20.- Solicita al área de Trabajo Social realice una visita domiciliaria a efecto de citar a la familia solicitante y observe las condiciones socio ambientales en que viven Señala y anota en su agenda el día y la hora en que realizará la visita domiciliaria Elabora citatorio para la familia solicitante (padre y/o madre de familia), suscrito por el Jefe del Departamento Elabora el pase de salida en original y copia, suscrito por el Jefe del Departamento de Defensa del Menor, la Entrega el pase de salida en original y copia al personal de vigilancia que está a la entrada del edificio del SEDIF Acude a realizar la visita domiciliaria, trasladándose al domicilio señalado en el expediente del menor. AGENDA OFICIO AGENDA CITATORIO PASE DE SALIDA NINGUNO NINGUNO 26.- En el domicilio realiza el ESTUDIO

33 P 1 Hoja 33 De 71 estudio socioeconómico y entrega citatorio Elabora el informe del estudio socioeconómico SOCIECONOMICO ESTUDIO SOCIECONOMICO Informe de Estudio Socioeconómico 28.- Anota la hora de entrada en el pase de salida y la copia que el personal de vigilancia entrega, quedándose el original con el personal de vigilancia y la copia con la Trabajadora Social. PASE DE SALIDA (Abogado) (Abogado) 29.- Entrega el informe de estudio socioeconómico al Abogado, reservándose copia como acuse Recibe el informe y lo integra al expediente del menor. Continúa con la actividad número 4 Si la familia solicitante tiene su domicilio en el interior del Estado, pide al Coordinador Jurídico de la Delegación que realice los estudios necesarios para dar seguimiento a la reintegración del menor o en su caso el hogar sustituto. ESTUDIO SOCIECONOMICO ESTUDIO SOCIECONOMICO ESTUDIO SOCIECONOMICO 31.- Elabora el oficio dirigido al OFICIO Coordinador Jurídico correspondiente, firmado por el Jefe de Departamento, para realizar los estudios de trabajo social y de psicología al solicitante, con copia para el Director de Asistencia Jurídica,

34 P 1 Hoja 34 De 71 para el Director de Delegaciones, para el Delegado y para el expediente. Dirección de Delegaciones (Coordinador Jurídico) Da trámite al oficio de solicitud de estudios, llevándolo a la Dirección de Delegaciones Realiza los estudios solicitados. OFICIO ESTUDIO SOCIECONOMICO Mujer ya la Familia (Jefe Sección) Mujer ya la Familia (Secretaria) Mujer ya la Familia (Abogado) Informe de los estudios de seguimiento realizados 34.- Remite los informes correspondientes a la Defensa del Menor, la Recibe las Informes remitidos por Delegaciones Envía al abogado encargado del expediente los informes de seguimiento Recibe los informes de seguimiento y los integra a su expediente Archiva Definitivamente el Expediente. El seguimiento se realizará una vez al mes por un periodo de seis meses Fin del Procedimiento NINGUNO NINGUNO NINGUNO NINGUNO

35 Hoja: 35 Módulo de Recepción del SEDIF Solicitante Defensa del Menor la Inicio Si la Familia Solicitante vive en la ciudad de Puebla o zona conurbada, se solicita al área de psicología y de trabajo social, realicen los estudios de seguimiento 1.- Solicita al área de psicología y de trabajo social agende día y hora para el menor y la familia a la cual se reintegró o se constituyó como hogar sustituto, acudan a valoración de seguimiento (Abogado) 2.- Señala día y hora para que el menor y la familia solicitante, acudan a valoración de seguimiento (Psicóloga y Trabajadora Social). 5.- Indica al solicitante que se dirija a la Subdirección de Asistencia Jurídica Social. Si la Familia Solicitante acude 4.- Informa al módulo de recepción del SEDIF, que acude porque tiene cita para realizar valoraciones de seguimiento 3.- Informa a la familia solicitante el día y hora en que se realizará la valoración de seguimiento (Psicóloga y Trabajadora Social).

36 Hoja: 36 Módulo de Recepción de la Subdirección Jurídica Solicitante Defensa del Menor la 6.- Pide al solicitante sus datos generales y el motivo de su comparecencia, los asienta en archivo digital, le da una ficha con folio y lo pasa al Departamento de Procuraduría de la Defensa del Menor. 7.- Comunica a la Secretaria de la que se presenta por motivo del ingreso de un menor. 8.- Pide al solicitante sus datos generales y el motivo de su comparecencia, los asienta en archivo digital, le da una ficha con folio y lo pasa al Departamento de Defensa del Menor (Secretaria). 9.- Realiza la valoración y/o la dinámica de la familia, asentando todas las observaciones importantes y aplicando las pruebas que correspondan (Psicóloga) Elabora el informe de los estudios psicológicos de seguimiento (Psicóloga). Informe 11.- Entrega al Abogado el informe de los estudios psicológicos de seguimiento (Psicóloga). 38

37 Hoja: 37 Área de Trabajo Social 13.- Entrevista al solicitante, pidiendo datos generales, le indica que realizará la visita domiciliaria, sin precisar día y hora Elabora pase de salida en original y copia, suscrito por el Jefe de PDMMF Entrega el pase de salida en original y copia al personal de vigilancia del SEDIF en la entrada Acude al domicilio del solicitante a fin de realizar el estudio socioeconómico correspondiente. 17.-Elabora el informe del estudio socioeconómico de seguimiento. Informe

38 Hoja: 38 Área de Trabajo Social Defensa del Menor la Si la Familia solicitante no acude 18.- Anota hora de entrada en el pase de salid original y copia, reservándose la copia Entrega el informe de estudio socioeconómico al Abogado, reservándose copia como acuse Llama vía telefónica a la familia, con el fin de señalar nuevo día y hora para la realización de la valoración de seguimiento (Abogado) Si Encuentra a la Familia No 22.- Señala y anota en su agenda el día y hora en que realizará la visita domiciliaria Solicita al área de trabajo social, realice una visita domiciliaria a efecto de citar a la familia y observe las condiciones socio-ambientales en las que viven (Abogado) Elabora citatorio para la familia solicitante, suscrito por el Jefe de PDMMF.

39 Hoja: 39 Área de Trabajo Social 24.- Elabora pase de salida en original y copia, suscrito por el Jefe de PDMMF Entrega el pase de salida en original y copia al personal de vigilancia del SEDIF en la entrada Acude al domicilio del solicitante a fin de realizar la visita domiciliaria. 27.-En el domicilio realiza estudio socioeconómico y entrega citatorio, reservándose copia de acuse Elabora informe de la visita domiciliaria y estudio socioeconómico. Informe

40 Hoja: 40 Área de Trabajo Social Defensa del Menor la 29.- Anota hora de entrada en el pase de salid original y copia, reservándose la copia Entrega el informe de estudio socioeconómico al Abogado, reservándose copia como acuse Recibe informe y lo integra al expediente del menor (Abogado). 4 Si la familia solicitante tiene su domicilio en el interior del Estado, se solicita al Coordinador Jurídico realice loes estudios de seguimiento Elabora oficio dirigido al Coordinador Jurídico de la Delegación que corresponda al domicilio de la familia, suscrito por el Jefe de PDMMF, solicitando estudios de trabajo social y psicológico, con copia para el Subdirector Jurídico, para el Subdirector de Delegaciones, para el Delegado y para el expediente (Abogado).

41 Hoja: 41 Subdirección de Delegaciones Defensa del Menor la 34.- Realiza los Estudios solicitados (Coordinador Jurídico) Da trámite al oficio llevándolo a la Subdirección de Delegaciones (Abogado). Informe de estudios de Trabajo social y psicológico 35.- Remite a la PDMMF los informes de los estudios realizados a la familia (Coordinador Jurídico) Recibe los informes remitidos por la Subdirección de Delegaciones (Jefe) Envía al abogado encargado del expediente, los informes (Secretaria) Recibe e integra los informes al expediente (Abogado) Archiva Definitivamente expediente (Abogado). Fin

42 Hoja: 42 JUSTICIA PARA ADOLESCENTES. TIEMPO PROMEDIO DEL PROCEDIMIENTO FECHA DE ELABORACIÓN 2011 FECHA DE REVISIÓN LIC. RAQUEL AVENDAÑO FERNÁNDEZ. JEFA DEL DEPARTAMENTO DE PROCURADURIA ELABORÓ LIC. GABRIEL MARCOS MORENO GAVALDÓN DIRECTOR DE ASISTENCIA JURIDICA REVISÓ

43 Hoja: 43 OBJETIVO DEL PROCEDIMIENTO Brindar asistencia y rehabilitación a todos los menores de doce años que hayan cometido una conducta tipificada como delito, así como a todos los adolescentes menores de dieciocho años, cuya conducta desplegada no sea considerada como grave en el Código de Justicia para Adolescentes, que no amerite medida de internamiento en un centro especializado y se encuentren en estado de abandono.

44 Hoja: 44 NORMAS Y POLÍTICAS DE OPERACIÓN El Departamento de la Mujer y la Familia tendrán como políticas de atención las siguientes: 1. Los servicios asistenciales y de asesoría jurídica que presta son gratuitos. 2. Conocerá y atenderá los asuntos relacionados con menores a quienes se atribuye la comisión de conductas tipificadas como delitos, brindando asistencia y rehabilitación a través de servicios integrales en favor de aquellos. 3. Fungirá como autoridad auxiliar en el Sistema de Justicia para Adolescentes, coadyuvando en las funciones de los Agentes del Ministerio Publico y Jueces especializados en la materia. 4. Realizara en caso de solicitarlo la Autoridad Ministerial o Jurisdiccional, valoraciones psicológicas, psiquiátricas y médicas, a menores y adolescentes a quienes se atribuya la comisión de una conducta tipificada como delito. 5. Brindara albergue de manera temporal, a los adolescentes, a quienes se haya dictado acuerdo de retención por la Autoridad Ministerial, siempre y cuando dicho apoyo sea solicitado al SEDIF por la Representación Social, en los casos previstos por la Ley aplicable. 6. Asesorara Jurídicamente a padres, tutores y/o familiares de los menores y adolescentes a quienes se atribuya la comisión de una conducta tipificada como delito. 7. Reintegrara a su núcleo familiar a los menores que incurran en la comisión conductas tipificadas como delito, y que sea puesto a disposición de este Organismo por el Agente del Ministerio Publico Especializado en la materia. 8. Participara en la rehabilitación e integración a la sociedad de los menores que incurran en las conductas tipificadas como delito y que no amerite medida de internamiento alguna, a través de terapias psicológicas. 9. Brindara rehabilitación y asistencia social a todos los menores de 12 años que cometan conductas tipificadas como delito, por medio de servicios integrales, es decir terapias psicológicas, entrevistas de trabajo social, seguimientos y asesorías así como también a los padres, tutores y/o familiares de aquellos.

45 Hoja: Asistirá a las sesiones del Consejo General Interdisciplinario, con el objeto de emitir opiniones respecto a la aplicación del Código de Justicia para Adolescentes. 11. Se rendirán un informe quincenal de las actividades realizadas de acuerdo al programa de trabajo. 12. Los pases de salida por comisión deberán autorizarse por el Jefe del Departamento.

46 Hoja: 46 DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO RESPONSABLE No. de Act. ACTIVIDAD INICIO Sección de Asuntos Familiares. 1 Se recibe expediente de menores que incurran en conductas tipificadas como delitos, por parte de la Autoridad Ministerial y/o Jurisdiccional, solicitando se permita el ingreso de los citados menores a alguna Casa de Asistencia 2 Una vez ingresado el menor de manera física y/o administrativa, se registra y se le asigna número de expediente, integrándose debidamente el mismo. 3 Se procede a entrevistar a los menores a fin de obtener información que ayude a la localización de sus familiares. 4 Se cita a los familiares por medio de la Coordinación de Trabajo Social, a comparecer ante este Organismo para hacerles de su conocimiento la situación legal de los menores en comento. 5 En caso de que los menores sean originarios del interior del Estado se solicita el apoyo y localización de familiares a las Delegaciones de este Organismo.

47 Hoja: 47 6 Presentes los familiares del menor, se les brinda asesoría jurídica y se les informa sobre la situación legal de aquel. 7 8 Una vez presentándose familiares de los menores se acredita el entroncamiento filial con los mismos. Se les notifica a los familiares el día y hora que deberá de presentar al menor para llevar acabo las valoraciones así como el tratamiento psicológico, correspondiente a su rehabilitación. 9 Se inicia el acta circunstanciada en la que se hace constar la restitución del menor a los familiares que hayan acreditado el entroncamiento filial, documento que es firmado por los comparecientes. 10 Se entrega a los familiares el oficio dirigido a la casa asistencia donde se encuentre albergado el menor para que autorice su salida definitiva. 11 En caso de tratarse de un menor de 12 años la Coordinación de Trabajo Social, previa solicitud de la Sección de Asuntos Familiares realiza seguimiento posterior a su restitución.

48 Hoja: 48 DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO Inicio Expediente Ministerial de menores. Se recibe el expediente del menor que incurre en alguna conducta tipificada como delito Ingresado el menor se registra y se le asigna número de expediente. Se entrevista al menor, para obtener información que ayude a localizar a sus familiares Citar a familiares por medio del ara de Trabajo Social. Si los menores son originarios del interior del Estado se localiza y cita a sus familiares, por medio de las Delegaciones Regionales del SEDIF. Presentes los familiares, se les asesora jurídicamente sobre la situación legal del menor. A

49 Hoja: 49 A Se acredita entroncamiento filial con los documentos respectivos. Se programan valoraciones psicológicas para el menor. O Acta de nacimiento del menor Se elabora el acta circunstanciada e que se hace constar la restitución del menor, con sus padres o familiares. Se entrega oficio a los familiares, mediante el cual se autoriza la salida definitiva del menor. Identificaci ón Oficial de padres o familiares

50 Hoja: 50 DIFUSORES INFANTILES TIEMPO PROMEDIO DEL PROCEDIMIENTO FECHA DE ELABORACIÓN 2011 FECHA DE REVISIÓN LIC. RAQUEL AVENDAÑO FERNÁNDEZ JEFA DEL DEPARTAMENTO DE PROCURADURÍA ELABORÓ LIC. GABRIEL MARCOS MORENO GAVALDÓN DIRECTOR DE ASISTENCIA JURIDICA REVISÓ

51 Hoja: 51 OBJETIVO DEL PROCEDIMIENTO Orientar y estimular en la población infantil valores de la democracia, a través de la integración de la Red de Difusores, quienes mediante el ejercicio consciente de su participación propicien e impulsen el conocimiento, ejercicio, defensa y difusión de sus derechos establecidos en la Convención sobre los Derechos de los Niños.

52 Hoja: 52 POLÍTICAS DE OPERACIÓN El Departamento de la Mujer y la Familia tendrán como políticas de atención las siguientes: 1. Todos los servicios así como el material de difusión otorgado por este programa son gratuitos. 2. Difundir la Convención sobre los Derechos de los Niños. 3. Favorecer mecanismo de vinculación entre los Sistemas DIF Municipales a fin de propiciar una participación significativa de los menores que integraran la red Estatal de Difusores. 4. Propiciar espacios en los que se logre una significativa participación infantil en el conocimiento, ejercicio y defensa de sus derechos. 5. Impulsar el conocimiento sobres los derechos del niño mediante acciones en las que se involucre la sociedad en general en el respeto de sus garantías. 6. Conocer las necesidades e inquietudes de la niñez para su atención integral. 7. Se rendirán un informe quincenal de las actividades realizadas de acuerdo al programa de trabajo. 8. Los pases de salida por comisión deberán autorizarse por el Jefe del Departamento.

53 Hoja: 53 DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Responsable Descripción de Actividades INICIO Formato y/o Documento Sección de Asuntos Familiares. 1 Se solicita al Departamento de Clínicas de Atención al Maltrato, a través de su Unidad Itinerante de Atención al Maltrato, proporcione su calendario de actividades en el interior del Estado. 2 Se establece comunicación con las Delegaciones del Organismo a efecto de agendar talleres, foros o actividades relacionadas con el programa, atendiéndolo a las fechas programadas por la Unidad Itinerante de Atención al Maltrato. 3 Se procede a realizar el traslado de personal de esta adscripción al interior del Estado en donde se realizara el taller, foro o actividad en relación al programa en comento. 4 El taller, foro o actividad se realiza con un mínimo de 70 niños y/o adolescentes, a los cuales se les informa y capacita sobre el conocimiento de sus derechos y así mismo se les hace entrega de material didáctico referente a este tema. 5 Se solicita listas de asistencia al encargado de la reunión de los niños, las cuales se captura en el SNIAS. 6 Se rinde informe quincenal de las actividades realizadas por esta Adscripción a la Dirección de Asistencia Jurídica así como se rinde informe trimestral al Sistema Nacional DIF, en formatos previamente establecidos

54 Hoja: 54 DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO Inicio Solicita al Depto. de Clínicas de Maltrato calendario de actividades de la Unidad Itinerante de atención al Maltrato Se establece comunicación con Delegaciones para la programación de talleres, foros o actividades. Realiza traslado de personal al interior del Estado para la realización de talleres, foros o actividades. Se realiza foro, taller o actividad, capacitando e informando a los menores sobre sus derechos Se proporciona material didáctico a los asistentes A

55 Hoja: 55 A Se solicitan listas de asistencia de menores Se capturan en SNIAS. Informe quincenal SAJS. Se rinde informe de actividades. Informe Trimestral Sistema Nacional DIF FIN

56 Hoja: 56 APOYO A AUTORIDADES. TIEMPO PROMEDIO DEL PROCEDIMIENTO FECHA DE ELABORACIÓN 2011 FECHA DE REVISIÓN LIC. RAQUEL AVENDAÑO FERNÁNDEZ JEFA DEL DEPÁRTAMENTO DE PROCURADURÍA ELABORÓ LIC. GABRIEL MARCOS MORENO GAVALDÓN DIRECTOR DE ASISTENCIA JURIDICA REVISÓ

57 Hoja: 57 OBJETIVO Los apoyos Judiciales y Gubernamentales, tienen como objetivo brindar la atención a todas y cada una de las solicitudes hechas por otras autoridades requirentes, con el fin de crear lazos de apoyo institucional para el beneficio de la población vulnerable.

58 Hoja: 58 POLÍTICAS DE OPERACIÓN 1. El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado, a través de la Dirección de Asistencia Jurídica y de la Defensa del Menor, la, coordinará el procedimiento de Apoyos Judiciales y Gubernamentales, así como la vinculación con las autoridades involucradas. 2. En el procedimiento de Apoyos Judiciales y Gubernamentales, podrán participar abogados, psicólogos, trabajadoras sociales y médicos que laboren o estén contratados por honorarios en la Subdirección de Asistencia Jurídica o que se encuentren adscritos a otras subdirecciones pertenecientes al SEDIF. 3. Los usuarios de este servicio son directamente las autoridades internacionales, federales, estatales, municipales y los organismos no gubernamentales e indirectamente las personas beneficiadas con el tramite solicitado por dichas autoridades 4. La solicitud de apoyo por parte de las autoridades judiciales y gubernamentales deberá hacerse mediante oficio, en el cual se especifique de manera clara y precisa el nombre de la persona o personas beneficiadas, asunto y el objetivo de lo solicitado. 5. Una vez recepcionado el oficio de solicitud de apoyo corresponde a la Defensa del Menor la, a través de la Sección de Asuntos Familiares en caso de ser necesario, canalizarlo a otra área de la Dirección Jurídica u otras Direcciones del SEDIF (Coordinación de Psicología, Coordinación de Trabajo Social, Delegaciones o Salud Mental) para la obtención de lo solicitado. 6. Una vez concluido el tramite por parte de las áreas del SEDIF, a la que le fue canalizado, tendrán que remitirlo a la Defensa del Menor, la, para que a través de la Sección de Asuntos Familiares se realice el trámite de conclusión y envió a la autoridad solicitante 7. La, a través de la Sección de Asuntos Familiares, en el caso de las solicitudes de apoyo judicial abrirá un expediente administrativo por cada apoyo requerido. 8. La a través de la Sección de Asuntos Familiares, en el caso de las solicitudes de apoyo gubernamental, contara con un archivo clasificado por dependencias, el cual contendrá el antecedente de cada apoyo requerido.

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