ANEXO. 9. Fijar los precios de los hidrocarburos para efectos de la liquidación de regalías.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "ANEXO. 9. Fijar los precios de los hidrocarburos para efectos de la liquidación de regalías."

Transcripción

1 ANEXO 1. JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD 1.1 Funciones de la ANH La Agencia Nacional de Hidrocarburos -ANH tiene como objetivo, según Decreto 4137 de 2011 ( ) administrar integralmente las reservas y recursos hidrocarburíferos de propiedad de la Nación; promover el aprovechamiento óptimo y sostenible de los recursos hidrocarburíferos y contribuir a la seguridad energética nacional. Dentro de estas funciones, el Decreto 4137 de 2011, en su artículo 4 indica que la Agencia Nacional de Hidrocarburos tendrá a su cargo, específicamente, las siguientes funciones: ( ) 9. Fijar los precios de los hidrocarburos para efectos de la liquidación de regalías. 10. Administrar la participación del Estado, en especie o en dinero, de los volúmenes de hidrocarburos que le correspondan en los contratos y convenios de exploración y explotación, y demás contratos suscritos o suscriba la Agencia, incluyendo las regalías, en desarrollo de lo cual podrá disponer de dicha participación mediante la celebración de contratos u operaciones de cualquier naturaleza. 11. Recaudar, liquidar y transferir las regalías y compensaciones monetarias a favor de la Nación por la explotación de hidrocarburos. 12. Efectuar las retenciones de las sumas que por concepto de participaciones y regalías correspondan a las entidades partícipes con destino a los Fondos previstos en la Constitución Política y la Ley, y hacer los giros y reintegros en los términos establecidos en ellas. Por otra parte, en el artículo 5 del Decreto 4137 de 2011, se establece como patrimonio de la Agencia Nacional de Hidrocarburos los Derechos Económicos de los Contratos suscritos, en los siguientes términos: 3. Los derechos económicos de la Agencia Nacional de Hidrocarburos -ANH, que se pacten como compensación por la celebración misma de los contratos de explotación y exploración, sin perjuicio de lo que posteriormente se contemple en la ley. 1

2 4. Los derechos de producción y los bienes muebles e inmuebles que pasen a la Nación por terminación de los contratos de exploración y explotación vigentes y aquellos que suscriba la Agencia Nacional de Hidrocarburos -ANH, así como los de concesión que reviertan a la Nación. Así, es de suma importancia para la ANH realizar esta tarea de la manera más eficiente, clara y transparente, por lo que contar con un sistema de información adecuado, actualizado y confiable, es una prioridad para esta entidad. 1.2 Sistemas de Información Actuales Regalías La ANH ha realizado desde el mes de Mayo de 2012, la liquidación de regalías mediante un sistema de información, denominada Sistema Único de Información Minero-Energético, SUIME, módulo de regalías, desarrollado e instalado en el Ministerio de Minas y Energía, con el cual se han venido procesando las liquidaciones hasta la fecha y se ha dado cumplimiento a los requerimientos en los plazos establecidos. Este sistema de información cuenta con cuatro módulos de Identificados así: Regalías: El objetivo de este módulo es realizar la liquidación del precio de regalías y la liquidación y distribución de las mismas aplicando las variables asociadas a la producción y comercialización de hidrocarburos en un período determinado; para esto permite el registro o cargue de los volúmenes de producción, precios base de liquidación, tasa representativa del mercado y los porcentajes de participación de Regalías por recurso natural no renovable. Reportes: En este módulo se generan los reportes asociados a las regalías que puedan requerir tanto los clientes internos como externos. Se adjuntan algunos reportes que genera hoy el sistema de regalías. Seguridad: El módulo de seguridad ofrece las opciones para creación de usuarios y perfiles de acuerdo a las funciones de cada uno de ellos. 2

3 El Modelo Conceptual Actual es el siguiente: Figura 1. Modelo Conceptual Empresas de Exploración y Explotación de recursos no renovables Campos de producción de recursos no renovables Formato registro producción mensual por Campo Beneficiarios Producción Mensual por campo y municipio Campos Cuadro 4 - OIL Operadora Producción Regalías Forma 30 - GAS Contratos Contratos de Exploración y Explotación con el Estado Municipio Producción Mensual por campo y municipio Producción Mensual por campo y municipio Las figuras rosadas representan las Entidades principales del Sistema de Información desarrollado en el Ministerio de Minas y Energía, las cuales son descritas brevemente en las figuras azules. Las flechas que las interconectan indican una dependencia de información, siendo el principio de cada flecha el origen de la información necesaria para cada Entidad. Las relaciones representadas por una línea sin flecha corresponden a relaciones informativas. Para cada módulo se tiene instalada y configurada una Base de Datos en motor SqlServer 2005, las aplicaciones están desarrolladas en Visual Basic.Net 2003 y son aplicativos Web. Dado que los aplicativos fueron desarrollados por el Ministerio de Minas y Energía, el soporte y mantenimiento del mismo se ha venido prestando por intermedio de la persona encargada por el Ministerio para tal fin Derechos Económicos En lo relacionado con Derechos Económicos, la ANH realiza el seguimiento a estas obligaciones financieras a través de hojas de cálculo de Excel, aplicando la información de producción con la de los factores de liquidación registrados en cada contrato E&P y TEA. 2. REQUERIMIENTOS DE LOS SISTEMAS Y ALCANCE DEL CONTRATO Considerando lo anterior, es necesario que la Agencia cuente con los Sistemas de Información, que permitan la sistematización de los procesos de liquidación y distribución de regalías y 3

4 derechos económicos, fundamentados en las disposiciones legales y contractuales pertinentes, con las siguientes características: Los sistemas deben ser desarrollados en arquitectura web, lo cual permite su ejecución desde cualquier equipo y desde los navegadores web más conocidos, así como la posibilidad de operarse desde cualquier parte del mundo. Los sistemas deben ser desarrollados con tecnología de punta, es decir con la últimas versiones de las plataformas de desarrollo. Los sistemas deben contar con los mecanismos de seguridad informática que garanticen el adecuado funcionamiento y la integridad de la información. Estos aspectos de seguridad deben contemplar el acceso cifrado a la aplicación, los accesos por funcionalidad con respecto a los roles de usuario, el acceso a la Base de Datos por cada rol de usuario y aspectos de seguridad sobre la infraestructura tecnológica (Redes de comunicación, Servidores, Servicio IIS, entre otros). Los sistemas deben ser robustos, es decir que soporte las conexiones concurrentes de los usuarios identificados, así como la capacidad de ejecución de procesos simultáneos de los usuarios sin presentar falla o lentitud. El sistema debe ser escalable que permita su crecimiento y actualización a los nuevos requerimientos tecnológicos. Los sistemas deben ser flexibles y adaptables, que permita la parametrización de nuevos ajustes o cambios a la normatividad vigente de manera eficiente y sin tener que realizar nuevos desarrollos. Los sistemas deben permitir la integración con otros sistemas de información, bien sea de la misma Agencia o de otras entidades estatales. Teniendo en cuenta que la ANH cuenta con un Sistema de Información que administra la información de producción fiscalizada de todos los campos de hidrocarburos del país, se requiere que el sistema de liquidación de regalías tome como base de producción gravable, los registros que las operadoras ingresan por medio de este sistema. Por otra parte, la ANH está desarrollando un Sistema de Información de Seguimiento a Contratos de Hidrocarburos, del cual, el Sistema de Información a desarrollar en este contrato, debe tomar la información necesaria para la correcta y oportuna liquidación de los derechos económicos. Los Sistemas deben realizar consultas y reportes de manera dinámica, que les permita a los usuarios del Sistema cumplir con los requerimientos de información que soliciten los clientes internos y externos del mismo. Los Sistemas deben contar con una interfaz intuitiva que facilite su operación por cualquier tipo de usuario en la Entidad. 4

5 Considerando lo anterior, el alcance del contrato consiste en desarrollar dos (2) sistemas de información, uno para la liquidación y distribución de regalías y otro para la liquidación de los derechos económicos y participaciones, que comprende entre otras las siguientes actividades para cada uno de ellos: 1. Levantamiento de requerimientos funcionales y técnicos del Sistema de Información: Esto incluye un análisis de los requerimientos de la Agencia con las áreas involucradas, que garanticen un adecuado entendimiento de los procesos de liquidación y distribución de regalías y derechos económicos, de la liquidación de derechos económicos y de las necesidades de los sistemas en general. 2. Diseño del Sistema de Información: Esto incluye el desarrollo de prototipos de interfaces y artefactos del Sistema, modelo Entidad Relación de Base de Datos, diseños de reportes, vistas y consultas. 3. Desarrollo del Sistema de Información: Esto incluye la realización de los componentes necesarios que satisfaga los requerimientos para el cálculo, liquidación y distribución de Regalías y Derechos Económicos, teniendo en cuenta los términos y los requerimientos identificados en el levantamiento de información con los líderes funcionales y técnicos. 4. Parametrización del software. Esto implica la configuración de la totalidad del Sistema, basada en los requerimientos de la ANH. 5. Implementación de un ambiente de pruebas. Este ambiente de pruebas debe ser configurado previamente previa a la puesta en producción del Sistema de Información, y debe permitir la validación y aprobación de todos y cada uno de los requerimientos funcionales y técnicos del Sistema. 6. Instalación, implementación y optimización del Sistema de Información, el Sistema debe ser una vez probado satisfactoriamente, implementado y puesto en funcionamiento en la Infraestructura Tecnológica de la ANH. 7. Integración con los Sistemas de Información: Implementación de interfaces y/o servicios web con los Sistemas de Información de Producción y de Seguimiento a Contratos de la ANH y los sistemas de información relacionados con el ciclo de regalías que existan en otras entidades que hagan parte del SGR. 5

6 8. Capacitación a los usuarios del sistema, bien sea de la ANH y de las otras entidades involucradas. Esta capacitación deberá ser segmentada por el tipo de usuarios identificados para el Sistema de Información. En total, se realizarán ochenta (80) horas de capacitación a usuarios finales. 9. Soporte al personal técnico y funcional sobre la operación, administración, instalación, configuración y formulación del Sistema de Información. 10. Entrega de Medios y Código Fuente: La ANH será propietaria del código fuente de la totalidad de los componentes del Sistema de Información, por lo tanto, se deberá realizar entrega de estos en medios magnéticos, los scripts de creación de la Base de Datos y de parametrización inicial, así como los archivos de publicación del Sistema de Información. 11. Entrega de Documentación del Sistema de Información: Esto incluye la entrega del Manual del Sistema (instalación, configuración, aspectos de seguridad, aspectos técnicos), Documentación de Base de Datos (Modelo Entidad Relación, Información de tablas y campos) y Manual de Usuario (Segmentado por cada rol de usuario). 3. MARCO CONCEPTUAL Con el objeto de dar a conocer los requerimientos de los sistemas, a continuación se explica el marco legal y regulatorio en el cual se enmarca la liquidación y distribución de las regalías y la liquidación de los derechos económicos. 3.1 Regalías Según la Constitución Política, el Estado Colombiano es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables. Esto quiere decir que ninguna persona puede explotar los recursos hidrocarburíferos (petróleo y gas), a título propio, ya que siempre se requiere contar con la autorización del Estado, representado en la Agencia Nacional de Hidrocarburos -ANH-, que es la entidades encargada de la administración integral de las reservas de hidrocarburos propiedad de la Nación. Así, la Constitución establece que la explotación de un recurso natural no renovable causará a favor del estado, una contraprestación económica a título de regalía, sin perjuicio de cualquier otro derecho o compensación que se pacte, y además que los departamentos, municipios y distritos en cuyo territorio se adelanten explotaciones de recursos naturales no renovables, así como los municipios y distritos con puertos marítimos y fluviales por donde se transporten dichos recursos o productos derivados de los mismos tendrán derecho a participar en las regalías y compensaciones, así como ejecutar directamente estos recursos. Es importante tener en cuenta que las regalías se empiezan a generar en la etapa de producción. 6

7 Figura 2.Cadena productiva de los Hidrocarburos Ahora bien las regalías se clasifican en directas e indirectas: Regalías directas Son aquellas que benefician directamente a las entidades territoriales en donde se adelantan explotaciones de hidrocarburos, a los municipios con puertos marítimos y fluviales por donde se transportan dichos recursos, y a los municipios del área de influencia de esos puertos. Regalías indirectas Las regalías indirectas son recursos no asignados directamente a los departamentos y municipios productores, distribuidas por los diferentes Fondo creados para la administración de las Regalías. La participación de estas regalías se distribuye entre las siguientes entidades: Los Departamentos y Municipios en donde hay producción de hidrocarburos. Los Municipios donde están localizados los puertos marítimos y fluviales por donde se transportan estos recursos y sus derivados. Los resguardos indígenas, cuando se explotan hidrocarburos en el resguardo A NO MÁS DE 5 KILÓMETROS del mismo. Dichos recursos son administrados y ejecutados a través de las Alcaldías o Regalías indirectas. Las Gobernaciones donde se encuentra ubicado el resguardo, en concertación con las autoridades indígenas. Los Departamentos y Municipios que se encuentren en las COSTAS MARINAS HASTA 40 MILLAS NÁUTICAS de la zona de explotación de los hidrocarburos. Las Corporaciones Autónomas Regionales. 7

8 El ciclo de las regalías consta de seis (6) etapas, fiscalización, liquidación, recaudo, giro, distribución y transferencia. (Figura 3) Figura 3. Ciclo de las regalías Liquidación de Regalías El procedimiento de liquidación y distribución de regalías está establecido por la Ley 141 de 1994, la Ley 508 de 1995, Ley 756 del año 2002 y la Ley 1530 de 2012, además de los decretos y resoluciones que han reglamentado los aspectos de liquidación de las regalías. La liquidación de regalías es el resultado de la aplicación de las variables técnicas asociadas con la producción y comercialización de hidrocarburos en un período determinado, tales como volúmenes de producción, precios base de liquidación, tasa representativa del mercado y porcentaje de participación de regalías por recurso natural no renovable, en las condiciones establecidas en la ley y en los contratos. Producción, TRM, Precios base de Liquidación Proceso de Liquidación de Regalías Regalías Valor Regalías = Volumen * Precio Base de Liquidación * % Regalías * TRM, donde: 8

9 Volúmenes de Producción: Producción mes de un campo, expresada en barriles, para crudos o kilo pies cúbicos, kpc 1 para gas natural, reportada por las empresas operadoras en las formas ministeriales (Cuadros 4 - Crudo y Formas 30 - Gas). Precio Base de liquidación: Precio que se determina para los hidrocarburos, resultado de la aplicación de la metodología definida por la ANH mediante acto administrativo. El precio vigente actualmente fue establecido mediante Resolución 161 de 2012, y toma como base el precio promedio ponderado de realización del petróleo, tanto del crudo de exportación como el destinado para refinación, deduciendo los costos de transporte, trasiego, manejo y refinación, cuando corresponda. Para determinar el precio promedio ponderado de la canasta se tiene en cuenta, para la fracción que se exporte el precio promedio ponderado efectivo de exportación FOB puerto de embarque; y para la que se refine, el precio promedio ponderado que Ecopetrol obtiene como ingreso por la venta de los productos refinados. Tasa representativa del Mercado: Es calculada y certificada a diario por la Superintendencia Financiera de Colombia, conforme a la metodología establecida por el Banco de la República. Porcentaje de participación de regalías: Son los derechos de participación que se tienen sobre los volúmenes de hidrocarburos gravables. El porcentaje de regalías aplicable en cada caso, depende de la fecha de inicio de la etapa de producción del campo, teniendo en cuenta la ley vigente en ese momento así: Porcentajes de Regalías según la Ley 141 de 1994: De acuerdo con el artículo 16 de esta ley, el porcentaje de regalías por la explotación de Hidrocarburos es del 20%. Porcentajes de Regalías según Ley 508 de 1999: De acuerdo con el art.73, el porcentaje regalía por la explotación de hidrocarburos será el que resulte de la aplicación de la siguiente tabla: Producción diaria promedio mes Porcentaje Para una producción igual o menor a 5 KBPD 2 5% 1 Para el cálculo de las regalías aplicadas a la explotación de hidrocarburos gaseosos, se aplica la equivalencia p3 = 1 BARRIL DECRUDO. 2 Se entiende por Producción KBPD la producción diaria promedio mes de un campo, expresada en miles de barriles por día. Para el cálculo de las regalías aplicables a la explotación de hidrocarburos gaseosos. 9

10 Para una producción mayor a 5 KBPD e inferior o igual a 125 KBPD X% Donde X = 5 + (producción KBPD - 5 KBPD)* (0.125) Para una producción mayor a 125 KBPD e inferior o igual a 400 KBPD 20% Para una producción mayor a 400 KBPD e inferior o igual a 600 KBPD Y% Donde Y = 20 + (Producción KBPD KBPD)* (0.025) Para una producción mayor a 600 KBPD 25% Porcentajes de Regalías según Ley 756 de 2002: De acuerdo con el art.16, el porcentaje regalía por la explotación de hidrocarburos será el que resulte de la aplicación de la siguiente tabla: Producción diaria promedio mes Porcentaje Para una producción igual o menor a 5 KBPD 8% Para una producción mayor a 5 KBPD e inferior o igual a 125 KBPD X% Donde X = 8 + (producción KBPD - 5 KBPD)* (0.10) Para una producción mayor a 125 KBPD e inferior o igual a 400 KBPD 20% Para una producción mayor a 400 KBPD e inferior o igual a 600 KBPD Y% Donde Y = 20 + (Producción KBPD KBPD)* (0.025) Para una producción mayor a 600 KBPD 25% Así mismo esta ley establece que el régimen de regalías para proyectos de explotación de gas ubicados en tierra firme y costa afuera hasta a una profundidad inferior o igual a mil (1.000) pies, se aplicará el ochenta por ciento (80%) de las regalías equivalentes para la explotación de crudo; para explotación en campos ubicados costa afuera a una profundidad superior a mil (1.000) pies, se aplicará una regalía del sesenta por ciento (60%) de las regalías equivalentes a la explotación de crudo. La presente norma se aplicará a la producción proveniente de nuevos descubrimientos, a los contratos de producción incremental 3 aprobados previamente por el Ministerio de Minas y Energía y a los campos descubiertos no desarrollados. 3 Se entenderá por producción incremental a aquella proveniente de los contratos firmados por Ecopetrol con terceros que tengan como objeto obtener de los campos ya existentes, nuevas reservas provenientes de nuevas inversiones orientadas a la aplicación de tecnologías, para el recobro mejorado en el subsuelo que aumenten el factor de recobro de los yacimientos, o para adición de nuevas reservas 10

11 El resumen de lo anterior es establecido en la siguiente tabla y en la figura 4. PORCENTAJE DE REGALIAS SEGÚN LA LEY Inicio de Producción Antes del 29 de julio de 1999 Después del 29 de julio de 1999 y antes de Agosto 23 de 2002 Después de Agosto 23 de 2002 Ley Regalías del 20% - Ley 141 de 1994 (Línea punteada roja en la Figura 4) Regalías del 5% Incremental Ley 508 de 1999 (Línea negra en la Figura 4) Regalías del 8% incremental Ley 756 de 2002 (Línea azul en la Figura 4) Figura 4. Aplicación de porcentaje de regalías La base para la liquidación de regalías se disminuye al: 75% cuando el crudo tenga una gravedad API inferior a 15, al 80% para gas y al 60% para gas encontrado costa afuera a pies o más. Los campos que revirtieron a la Nación desde Enero 1 de 1994 liquidarán un 12% adicional. 11

12 Liquidaciones Provisionales Se deben elaborar mensualmente liquidaciones provisionales de regalías que, de conformidad con la legislación vigente, se causen por la explotación de hidrocarburos de propiedad de la Nación, en estas liquidaciones se utiliza la TRM promedio del mes que se está liquidando Liquidación Definitiva de Regalías Se deben elaborar trimestralmente liquidaciones definitivas de regalías que, de conformidad con la legislación vigente, se causen por la explotación de hidrocarburos de propiedad de la Nación, en estas liquidaciones se utiliza la TRM del trimestre Distribución Regalías Se entiende por distribución de regalías, la aplicación de los porcentajes señalados a cada una de las destinaciones del Sistema General de Regalías, dentro de los que se encuentran las entidades que son beneficiarias de Asignaciones Directas, es decir las entidades territoriales de que trata el inciso segundo del artículo 361 de la Constitución Política y las Corporaciones Autónomas Regionales, en los términos establecidos en los artículos 40, 41, 46, 47 y 48 de La Ley 141 de Al igual que los porcentajes de regalías, la participación de los beneficios para estas entidades varía en función de la producción. Derechos de los Beneficiarios antes de la Ley 756 de 2002 Del 20% del total de regalías generadas a la nación, le correspondía a los MUNICIPIOS un porcentaje en proporción a la producción de los pozos que se encuentren dentro de su jurisdicción territorial, así: ESCALONAMIENTO MUNICIPIO, BPPD MPIO. PRDTR. BPPD Municipio Depto FNR Puertos 20,000 25% 47.5% 19.5% 8% 50, % 47.5% 32% 8% 200, % 47.5% 32% 8% +200, % 47.5% 32% 8% 12

13 Del 20% o el porcentaje variable del total de las regalías generadas a la nación le correspondía a los DEPARTAMENTOS: ESCALONAMIENTO DEPARTAMENTO, BPPD 200, % 600, % + 600, % Derechos de los Beneficiarios después de la ley 756 de 2002 Del 20% o el porcentaje respectivo de regalías variables del total de regalías generadas a la Nación, le corresponde a los MUNICIPIOS un porcentaje en proporción a la producción de los pozos que se encuentren dentro de su jurisdicción territorial, así: ESCALONAMIENTO MUNICIPIO, BPPD MPIO. PRDTR. BPPD Municipio Depto FNR Puertos 10,000 32% 52% 8% 8% 20,000 25% 47.5% 19.5% 8% 50, % 47.5% 32% 8% 100, % 47.5% 32% 8% +100, % 47.5% 32% 8% Cuando la producción de un municipio supera los BPPD (Barriles Promedio de Producción Día), este excedente se reparte entre los municipios no productores del Departamento y el FNR. 13

14 Excedente de municipios F.N.R. MCIPIO NO PRODUCTOR 4.500% % Se considera Municipio No Productor, aquel en el que se exploten menos de BPMD. Del 20% o el porcentaje variable del total de las regalías generadas a la Nación le corresponden a los DEPARTAMENTOS: ESCALONAMIENTO DEPARTAMENTO, BPPD Excedente Municipio<10, % 180, % 600, % + 600, % Se asume en este caso que es un solo municipio productor en el departamento. Si hay varios municipios el análisis se hace por cada municipio para los primeros dos escalonamientos y los dos últimos con referencia en la producción total del departamento. Se considera Departamento No Productor, aquel en el que se exploten menos de BPMD. Derechos de los Beneficiarios con la Ley 1530 de 2012 Los derechos de los beneficiarios se modificaron con la entrada en vigencia de la ley 1530 de 2012, estableciendo que el porcentaje de las Asignaciones Directa será el definido por el 14

15 Departamento Nacional de Planeación en la ley de presupuesto que se expida para el año, en virtud del Artículo 39 de la ley Así mismo esta ley establece que las asignaciones de las regalías distribuidas al Fondo Nacional de Regalías, derivadas de la explotación de cada uno de los recursos naturales no renovables a que hacen referencia los artículos 31 al 37 y el 39 de la ley 141 de 1994, se sumarán de manera proporcional a las distribuciones de los respectivos departamentos y municipios productores enunciados en cada uno de los artículos referidos. Distribución Portuaria La liquidación portuaria se reglamenta en la Ley 756 de 2002 y establece en su artículo 10 que Cuando por primera vez se empiece a transportar por un municipio portuario, marítimo o fluvial recursos naturales no renovables y sus derivados, la Comisión Nacional de Regalías, previo estudio y concepto del Ministerio de Minas y Energía, hará la respectiva distribución de las regalías y compensaciones causadas, de conformidad con los criterios del artículo 29 de la Ley 141 de La Comisión establecerá si el área de influencia por el cargue y descargue de dichos recursos abarca otros municipios vecinos y en consecuencia, los tendrá como beneficiarios de la respectiva distribución. La distribución de las regalías asignadas al puerto fluvial de Barrancabermeja y su zona de influencia es: Municipio Porcentaje Barrancabermeja, Santander 57.5% Puerto Wilches, Santender 7.5% San Pablo, Bolívar 7.5% Cantagallo, Bolívar 7.5% Yondó, Antioquia 20% Distribución de los puertos marítimos. El Artículo 15 de la ley 756 modifica el parágrafo 1o del artículo 29 de la Ley 141 de 1994 con respecto a los puertos marítimos, y establece que las regalías y compensaciones causadas por el transporte de recursos naturales no renovables o de sus derivados, por los municipios puertos marítimos en los departamentos de Córdoba y Sucre serán distribuidas dentro de la siguiente área de influencia así: 15

16 Para los municipios del Departamento de Sucre 50% Para los municipios del Departamento de Córdoba 50% El cincuenta por ciento (50%) que corresponde a los municipios del departamento de Sucre serán girados de acuerdo a la siguiente tabla: Municipio Porcentaje a girar Municipio portuario marítimo del Dpto. de Sucre (Coveñas) 8% Santiago de Tolú 6.5% Programas de descontaminación de caños y arroyos 3% Municipios costaneros portuarios marítimos de Sucre restantes en el Golfo de Morrosquillo en forma igualitaria, excepto Santiago de Tolú. 3% (Actualmente San Onofre) Municipios restantes no productores de gran minería.** 29.5% ** El 29.5% restante de los recursos correspondientes a los municipios restantes no productores de gran minería se distribuirá así: Distribución Porcentaje Distribución igualitaria 25% 16

17 Proporcional atendiendo al censo poblacional de cada municipio 32.5% Distribución en relación directamente proporcional al número de habitantes con necesidades básicas insatisfechas (PMNBI) 42.5% El cincuenta por ciento (50%) que corresponde a los municipios de Córdoba serán girados directamente de acuerdo a la siguiente tabla: Municipio Porcentaje a girar Municipio portuario y marítimo del Dpto. de Córdoba (San Antero) 11.5% Distribución igualitaria entre cada municipio costanero portuario marítimo restante del Dpto. 9.0% de Córdoba. (En la actualidad son 4 municipios) Municipios restantes no productores de gran minería. 27.5% Corporación Autónoma de los Valles del Sinú y del San Jorge CVS para reforestación. 2% La Ley también prevé la constitución de dos o más municipios costaneros portuarios marítimos en un mismo departamento de la siguiente manera: En el evento de que llegare a constituirse en un mismo departamento (Córdoba o Sucre), dos (2) o más municipios costaneros portuarios marítimos, por los cuales se transporten los recursos no renovables o sus derivados, el porcentaje asignado a estos municipios se aplicará a los volúmenes transportados por cada uno de ellos. El escalonamiento establecido en el artículo 53 de la Ley 141 de 1994, se aplicará independientemente por cada municipio portuario por donde se transporten los hidrocarburos o sus derivados. De la cuantía o monto total de las regalías y compensaciones de que trata el presente parágrafo se descontarán a cada municipio las sumas que la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol, o la Nación hayan entregado o entreguen a ellos a título de préstamos o anticipos 3.2 Liquidación de los derechos económicos. Los derechos económicos son retribuciones económicas a favor de la ANH, pactadas en los contratos E&P. En este orden, el insumo principal para el reconocimiento, liquidación y pago de éstos, se encuentra en las condiciones particulares de cada contrato. No obstante lo anterior, a continuación se presenta un resumen de los diferentes derechos económicos, actualmente vigentes en la minuta de contratos misionales: 17

18 TIPO Por precios Altos Tabla A. Relación de Derechos económicos actualmente vigentes CUANTIFICACIÓN Sobre la producción de propiedad del contratista, en especie o en dinero a elección de LA ANH. EL CONTRATISTA entregará a LA ANH, en el punto de entrega, una participación en la producción neta de regalías de acuerdo a fórmula. Como porcentaje de participación en la producción Por uso del subsuelo en áreas en exploración Por uso del subsuelo en áreas de evaluación y de producción LA ANH reconocerá a EL CONTRATISTA los costos directos y un margen razonable de comercialización que deberá ser acordado entre las partes. Cuando se haya pactado, EL CONTRATISTA pagará a LA ANH, a título de derecho económico por participación en la producción, el porcentaje de la producción total, después de regalías, establecido. Por unidad de superficie Por producción de hidrocarburos que corresponda al contratista. En este mismo sentido, los contratos estipulan también la obligación por concepto de transferencia de tecnología; esto es, que para apoyar el fortalecimiento institucional y sectorial, el contratista se compromete a realizar a su cargo y a su costa, programas de investigación, capacitación, educación y apoyar el programa de becas de la ANH, durante la vigencia del contrato. Tabla B. Transferencia de tecnología Categoría Forma Valor Transferencia de tecnología Porcentaje del pago por uso del subsuelo 25% en áreas en exploración 10% en áreas de evaluación y explotación (Máximo USD ,34 para el año 2012) Para mayor ilustración, se hace referencia a continuación, de los tipos de derechos económicos y el procedimiento para liquidación: Derecho económico por uso del subsuelo en etapa exploratoria: Por cada fase durante el período de exploración, EL CONTRATISTA reconocerá y pagará a LA ANH un derecho cuyo valor será, en dólares de los Estados Unidos de América, el que resulte de multiplicar el número de hectáreas y fracción de hectárea del Área Contratada, excluidas las Áreas de Producción, por el valor que se presenta en la siguiente tabla: 18

19 Tamaño del Área TABLA C: Valor 2013 por fase en US$ / Hectárea Por las primeras Ha Por hectárea adicional Duración Fase 18 meses > 18 meses 18 meses > 18 meses En polígonos A y B 2,63 3,50 3,50 5,24 Fuera de polígonos 1,76 2,63 2,63 3,50 Área Costa Afuera 0,88 TABLA D: Valor 2013 por fase en US$ / Hectárea Contratos Ronda Colombia 2012 Tamaño del Área Por las primeras Ha Por hectárea adicional Duración Fase 18 meses > 18 meses 18 meses > 18 meses Continentales 2,63 3,50 3,50 5,24 Área Costa Afuera 0,88 Nota: Cuando la primera fase del período de exploración sea menor o igual a doce (12) meses, no habrá lugar al pago de este derecho económico Derecho económico por uso del subsuelo en etapa de evaluación y explotación: Cada contratista reconocerá y pagará a la ANH un derecho, cuyo monto económico será el que resulte de multiplicar la producción de hidrocarburos que corresponden al contratista por USD $ 19

20 por cada barril de Hidrocarburos Líquidos y para gas natural este monto será USD $ por cada mil pies cúbicos (1.000 PC), factores aplicables para Este pago se hará por semestre calendario vencido, dentro del primer mes del semestre siguiente. El cálculo es como se detalla a continuación: Donde: ó DE por producción: Valor en dólares americanos a cargo del contratista. ProdG: Producción gravable reportada en la forma de producción Cuadro 4 Resumen Mensual de Producción y Movimiento de Petróleo. R: Fracción de la producción correspondiente a regalía, aplicable en cada mes del semestre objeto de liquidación. X: Fracción de la producción correspondiente al derecho económico por participación en la producción, de conformidad con lo acordado en cada contrato E&P. F: Factor de derecho económico aplicable al semestre liquidado (USD $ por cada barril de Hidrocarburos Líquidos y para gas natural este monto será USD $ por cada mil pies cúbicos (1.000 PC) para 2013) Derecho económico por transferencia de tecnología Se calcula como un porcentaje adicional a los derechos económicos por uso del subsuelo, tanto en etapa exploratoria (por fase), como en etapa de producción. La determinación de este derecho económico tiene en cuenta: 4 Los factores enunciados se actualizan todos los años con la siguiente fórmula: Po = Po (n-1) x (1+ I (n-2)) Donde: n: Es el año calendario que comienza y para el cual se hace el cálculo. n-1: n-2: Po: Po (n-1): I (n-2): Es el año calendario inmediatamente anterior al año que comienza. Es el año calendario inmediatamente anterior al año n-1. Es el Po que rige para el nuevo año como resultado de la fórmula, aproximando a dos decimales. El es el valor de Po del Año calendario inmediatamente anterior (n-1). Es la variación anual, expresada en fracción, del índice de precios al productor de los Estados Unidos de América publicado por el Departamento del Trabajo de ese país PPI Finished Goods WPUSOP entre el final del año calendario n-2, y el índice correspondiente al final del año inmediatamente anterior al mismo año n-2 aproximado a cuatro (4) decimales. El cálculo anterior, se realizará en el mes de diciembre de cada año y se aplicará al año siguiente. 20

21 Transferencia de tecnología en etapa exploratoria: Corresponde a recursos adicionales a cargo del contratista, que se calculan como el 25% del derecho económico por uso del subsuelo en etapa exploratoria Transferencia de tecnología en etapa de producción: Corresponde a recursos adicionales a cargo del contratista, que se calculan como el 10% del derecho económico por uso del subsuelo en etapa de producción. Es de anotar se pueden presentar diferencias de un contrato E&P a otro para la determinación de este Derecho Económico; en este orden, el desarrollo informático que se pretende contratar debe permitir la administración e inclusión de los parámetros correspondientes a cada contrato Derecho económico por precios altos A partir del momento en que la producción acumulada de hidrocarburos líquidos de cada Área de Producción, incluyendo el volumen de regalías, supere los cinco (5) millones de barriles, y en el evento de que el precio del crudo marcador West Texas Intermediate (WTI) supere el Precio Base Po, dependiendo de la gravedad API del crudo, según la Tabla A., o cuando la producción de gas alcance los cinco (5) años, y se destine a la exportación, y el precio del marcador U.S. Gulf Coast Henry Hub supere el Precio Base Po, según la misma tabla A., EL CONTRATISTA entregará a LA ANH, en el punto de entrega, una participación en la producción neta de regalías como lo establece la fórmula que se detalla más adelante en este numeral. La información mensual de producción gravable aprobada por el Ministerio de Minas y Energía, o por quien éste delegue o designe, en la forma de producción denominada Cuadro 4 Resumen Mensual de Producción y Movimiento de Petróleo, se tomará como base para el cálculo del Volumen de Petróleo crudo a favor de la ANH en los términos del contrato E&P. Para el efecto, la producción gravable total deberá ser descontada en el volumen de regalías a favor del Estado. El resultado de esta operación se considera la base gravable para la determinación del Volumen de Petróleo crudo a favor de la ANH, así: Donde: PcANH: Volumen de Petróleo Crudo a favor de la ANH. ProdG: Producción gravable reportada en la forma de producción Cuadro 4 Resumen Mensual de Producción y Movimiento de Petróleo. 21

22 R: Fracción de la producción correspondiente a regalía, aplicable en el mes objeto de liquidación. X: Fracción de la producción correspondiente al derecho económico por participación en la producción, de conformidad con lo acordado en cada contrato E&P. P: Precio promedio por barril del petróleo crudo marcador West Texas Intermediate (WTI) en Dólares de los Estados Unidos de América por Barril (USD $/Bl) y para Gas Natural es el precio promedio para el gas natural marcador "U.S. Gulf Coast Henry Hub" en Dólares de los Estados Unidos de América por millón de Unidad Térmica Británica BTU (US $/MMBTU). Estos promedios son para el Mes calendario correspondiente, cuyas especificaciones y cotizaciones se publican en medios de reconocido prestigio internacional. Po: Para Hidrocarburos Líquidos es el precio base del petróleo crudo marcador, expresado en dólares de los Estados Unidos de América por Barril (USD $/Bl) y para Gas Natural es el precio promedio por Gas Natural en Dólares de los Estados Unidos de América por millón de Unidad Térmica Británica (US $/MMBTU), indicado en la tabla A. S: Porcentaje de participación según la tabla B TABLA E.- Precios base de referencia Gravedad API de los Hidrocarburos Líquidos producidos Po (USD$/Bl) (Año 2013) Mayor de 29º API $34,55 Mayor a 22º API e inferior o igual a 29º API $35,89 Mayor 15º API e inferior o igual a 22º API $37,23 Descubrimientos localizados a más de 300 mts de profundidad de agua $42,54 Mayor a 10º API e inferior o igual a 15º API $53,17 Hidrocarburos No Convencionales $81 Gas Natural exportado: Distancia en línea recta entre punto de entrega y punto de recibo en país de destino Menor o igual a 500km Po (USD$/MMBTU) $7,99 Mayor a 500 y menor o igual a 1000km $9.31 Mayor a 1000km o planta de LNG $10,64 22

23 Precio WTI (P) TABLA F.- Porcentajes de participación Porcentaje de participación (S) Po P < 2Po 30% 2Po P < 3Po 35% 3Po P < 4Po 40% 4Po P < 5Po 45% 5Po P 50% Para la producción Hidrocarburos Líquidos Pesados con una gravedad API menor o igual a diez grados (10 ), EL CONTRATISTA no pagará a LA ANH Derecho por Precios Altos. Para Gas Natural: Este derecho se pagará a partir del quinto año de inicio de la producción del campo, el cual consta en la resolución de aprobación expedida por la autoridad competente y siempre que se cumpla una de las siguientes condiciones: - Para el Gas Natural que se destine a la exportación: Este derecho se causará en el evento de que el precio promedio en el mes calendario de producción del Gas Natural marcador "U.S. Gulf Coast Henry Hub" supere el Precio Base Po. - Para el Gas Natural que sea destinado al consumo interno en el país: En caso de que su precio sea regulado por la Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG o la entidad que la sustituya, EL CONTRATISTA no pagará a LA ANH Derecho por Precios Altos; en caso contrario, las Partes acordarán el gas natural marcador que refleje las condiciones del mercado interno y el valor de Po, que deberá ser equivalente al precio regulado, y suscribirán el respectivo acuerdo. Los valores descritos en este apartado están sujetos a actualización cada año siguiendo la misma metodología dispuesta en derechos económicos por uso del subsuelo en etapa de evaluación y explotación Derecho económico como porcentaje de participación Cuando se haya pactado, los contratistas deben pagar a LA ANH, a título de derecho económico por participación en la producción, el porcentaje de la producción total que se haya ofrecido por parte de estos en la etapa precontractual. Sobre esta participación no se causarán los derechos económicos adicionales. Para la determinación del Volumen de Hidrocarburos a favor de la ANH, cada contratista deberá multiplicar el porcentaje ofrecido en cada contrato por la información mensual de producción gravable, aprobada por el Ministerio de Minas y Energía, o por quien éste delegue o designe, en la forma de producción denominada Cuadro 4 Resumen Mensual de Producción y Movimiento de Petróleo, o su equivalente para el caso de Gas Natural. 23

24 Para el efecto, la producción gravable total deberá ser descontada en el volumen de regalías a favor del Estado. El resultado de esta operación se considera la base gravable para la determinación del Volumen de Hidrocarburos a favor de la ANH, así: Donde: HcANH = (ProdG * (1 R)) * X% HcANH: Volumen de Hidrocarburos a favor de la ANH. ProdG: Producción gravable reportada en la forma de producción Cuadro 4 Resumen Mensual de Producción y Movimiento de Petróleo, para el caso de hidrocarburos líquidos, o, Forma 30SEE Informe mensual sobre producción, Plantas y Consumos de Gas Natural y Procesado, para el caso de hidrocarburos gaseosos, según aplique. R: Fracción de la producción correspondiente a regalía, aplicable en el mes objeto de liquidación. X%: Porcentaje de participación en la producción detallado en el apartado D.3., anexo D de cada contrato E&P Participación en la Producción Durante la Prórroga del Periodo de Producción En todos los casos de prórroga del Periodo de Producción, el contratista reconocerá y pagará a LA ANH, a título de derecho de participación en la producción, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor de la producción de Hidrocarburos Líquidos livianos en el Punto de Entrega, o cinco por ciento (5%) en el caso de Gas Natural no asociado o Hidrocarburos Líquidos Pesados - con gravedad API menor o igual a quince grados (15 ) -, obtenida por el contratista a partir de la fecha de vencimiento de la duración inicial del Periodo de Producción y valorizada en el Punto de Fiscalización, después de descontar el porcentaje correspondiente a las regalías y a los Derechos Económicos como porcentaje de participación en la producción. Sobre esta participación no se causarán los derechos económicos de uso del subsuelo y precios altos. 4. NECESIDADES DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN. 4.1 Software Para el desarrollo del proyecto se deben tener en cuenta la siguiente información a entregar por parte del proveedor, para cada uno de los sistemas: 1. El Sistema de Información debe ser desarrollado en arquitectura web sobre el entorno de programación.net La Base o Bases de Datos del Sistema de Información deberá ser relacional y deberá estar implementada en el Sistema Manejador de Base de Datos SqlServer 2008 R2 o superior. 24

25 3. Se debe hacer entrega de los Procedimientos Almacenados No encriptados (Si existen). 4. Si existen Jobs se deben documentar en el Manual Técnico incluyendo pasos y configuración de los mismos. Si existen triggers, se deben mencionar en el manual técnico mencionando las condiciones de su ejecución. 5. Se debe hacer entrega del Diccionario de la Base de Datos y la estructura de cada tabla 6. Todas las fuentes del desarrollo pertenecen a la Agencia Nacional de Hidrocarburos, se debe realizar entrega de los archivos de proyecto, archivos de clase, formularios web, archivos de codebehind. 7. En caso de necesitar licenciamiento de software adicional al proporcionado por la ANH para la implementación, el contratista deberá adquirir por su cuenta ese licenciamiento y entregarlo a la ANH. Acordar con la Oficina de Tecnologías de Información la lista de chequeo de los requisitos técnicos y entregarla junto con la documentación requerida. 8. Entregar instalada y configurada la aplicación con los requerimientos mínimos señalados en el pliego de condiciones y en el levantamiento posterior de información con los líderes funcionales, realizando un acta de instalación y entregando los respectivos medios magnéticos para la instalación y configuración. 9. Entregar la siguiente documentación: a. Manual de usuario (un original impreso y una copia en medio magnético) en donde se expliquen las funcionalidades segmentadas por los roles definidos en la aplicación. b. Manual de Sistema (un original impreso y una copia en medio magnético) que contenga las instrucciones de instalación, configuración, aspectos de seguridad, integración con otros sistemas y otras consideraciones técnicas necesarias para la implementación y operación de la aplicación. c. Modelo de Datos que incluye las denominaciones de todas entidades de datos creadas con la descripción de campos, tipo de datos y relaciones. d. Modelo Entidad-Relación de la Base de Datos 10. Entregar los documentos de registro de pruebas de operación funcionales y no funcionales del software que garanticen el normal funcionamiento del Sistema de Información. 4.2 Hardware e Infraestructura La ANH proporcionará la infraestructura tecnológica (Equipos de cómputo, servidores, interfaces de red, firewalls y demás elementos físicos) para la implementación de los sistemas, no obstante, el contratista para sus labores de optimización y desarrollo de los requerimientos funcionales específicos, debe utilizar sus instalaciones y equipos computacionales, incluyendo el licenciamiento de software respectivo. La implantación de la aplicación se realizará en los servidores y equipos dispuestos por la ANH y solo podrá ser avalado por la Oficina de Tecnologías de Información. 25

26 El contratista debe garantizar que los aplicativos a proveer puedan ser instalados en la infraestructura tecnológica de la ANH, por lo tanto debe considerar: Los servidores de la ANH se encuentran en un esquema virtualizado, por lo tanto la aplicación debe ser compatible con este ambiente. Los equipos clientes tienen la información de usuarios centralizada y no pueden visualizar las unidades locales de disco, factor que no debe interferir con el normal funcionamiento de la aplicación. 4.3 Arquitectura y Desarrollo de Software Los Sistemas de Información se deben desarrollar en arquitectura web y sus componentes deberán estar desarrollados en la plataforma de Desarrollo.Net de Microsoft (ASP.NET con código visual basic.net o C#) o en la plataforma Sharepoint Las Bases de Datos generadas, así como los procedimientos almacenados, vistas y demás elementos de Base de Datos para el desarrollo deben estar creados en el Sistema Manejador de Base de Datos SQL Server 2008 R2 o superior. Ninguno de estos elementos de Base de Datos podrá estar encriptado y se realizará entrega de todo el código de procedimientos almacenados, vistas y scripts generados. Se deberá entregar a la ANH un script de inicialización de la Base de Datos del Sistema para cualquier reinstalación de manera tal que el Sistema quede operativo después de una restauración. 4.4 Integración con otros sistemas de información El Sistema de Información de Regalías debe permitir la integración con el Sistema de Información de Producción denominado AVM (Avocet Volumes Manager) definido como una aplicación para la captura diaria de los volúmenes de producción, de tal suerte que se pueda capturar la información desde la Base de Datos de este Sistema que se encuentra instalada en SqlServer 2008 R2 y así evitar el reingreso de la información. En el Sistema de Información de Derechos Económicos es importante mencionar que el Sistema debe recibir la siguiente información. Información Servidor de seguimiento a contratos misionales Hojas de vida en Excel por cada contrato Información Servidor de garantías Información Servidor de seguimiento a la exploración Información diaria de recaudos en cuenta por derechos económicos Informe final contrato 054 de

27 4.5 Alertas, recordatorios, reportes, etc. El Sistema de Información de Regalías debe generar alertas las cuales se mostrarán al usuario cuando se cumplan las siguientes condiciones, entre otras: 1. Al momento de realizar la liquidación de un período, se debe generar una alerta de la información que falta por registrar. 2. Cualquier liquidación que se vaya a realizar debe venir aprobada por el supervisor y/o interventor. 3. No se deben liquidar campos inactivos y los campos sin producción se deben liquidar en No debe haber registro de producción negativa. 5. En dos períodos diferentes no se debe liquidar con precios iguales. 6. No permitir la liquidación si no están completas la forma 30 y el cuadro Generar alertas cuando hay cambios bruscos en precios y producción, esto aplica para Campo, municipio y departamento. 8. Generar una alerta cuando queden 10 días o menos para realizar la liquidación de regalías Para la liquidación de regalías y de derechos económicos, el Sistema de Información debe expedir reportes automáticos de las diferentes variables fundamentos de la liquidación, de periodos de tiempo o de regiones específicas. Por otra parte el Sistema de Información de Derechos Económicos debe expedir automáticamente los recordatorios de pago y las aplicaciones de pago, posiblemente en los siguientes términos: Concepto Actividad Tiempo de respuesta Derechos económicos por uso del subsuelo en áreas en exploración Derechos económicos por uso del subsuelo en áreas de evaluación y de producción Derechos económicos como porcentaje de participación en la producción Elaboración de recordatorios de pago Elaboración de aplicaciones de pago Elaboración de recordatorios de pago Elaboración de aplicaciones de pago Elaboración de recordatorios de pago Elaboración de aplicaciones de pago Seis días antes del vencimiento de la fase Máximo al día siguiente de identificación del recaudo Dos días después de recibidos los datos de producción Máximo al día siguiente de identificación del recaudo Dos días después de recibidos los datos de producción Máximo al día siguiente de identificación del recaudo 27

CONTRATO DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN ANEXO D. DERECHOS ECONÓMICOS

CONTRATO DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN ANEXO D. DERECHOS ECONÓMICOS CONTRATO DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN ANEXO D. DERECHOS ECONÓMICOS BLOQUE: XXXX D.1. POR USO DEL SUBSUELO Según lo establecido en la cláusula 38 del anexo A, por cada fase durante el período de exploración,

Más detalles

AS LAS REGALÍAS EN EL SECTOR. de los hidrocarburos

AS LAS REGALÍAS EN EL SECTOR. de los hidrocarburos AS LAS REGALÍAS EN EL SECTOR de los hidrocarburos LAS LAS REGALÍAS EN EL SECTOR de los hidrocarburos MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA Hernán Martínez Torres AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS - ANH - Decreto

Más detalles

Documento Conpes 3466

Documento Conpes 3466 Documento Conpes 3466 Consejo Nacional de Política Económica y Social República de Colombia Departamento Nacional de Planeación DISTRIBUCION DE LAS UTILIDADES 2006 DE LA EMPRESA COLOMBIANA DE PETRÓLEOS

Más detalles

Políticas, Procedimientos para Adquisición de Software y Hardware CAPITULO II

Políticas, Procedimientos para Adquisición de Software y Hardware CAPITULO II CAPITULO II 1 INTRODUCCIÓN A POLÍTICAS, PROCEDIMIENTOS Y NORMAS, PARA LA ADQUISICIÓN DE SOFTWARE Y HARDWARE. El presente Capitulo contiene las políticas y procedimientos, como soporte del proceso Solicitud

Más detalles

Que sucederá si la tasa de cambio al final del período es de $2.000 y $2.500 respectivamente.

Que sucederá si la tasa de cambio al final del período es de $2.000 y $2.500 respectivamente. 1. Introducción Consolidación en una perspectiva internacional. Una de las razones para que una empresa se escinda dando vida a otras empresas, es por razones de competitividad, control territorial, y

Más detalles

LINEAMIENTOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CREG

LINEAMIENTOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CREG LINEAMIENTOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CREG La política de rendición de cuentas establecida por el Gobierno Nacional a través del documento CONPES 3654 de 2010 busca consolidar una cultura de apertura

Más detalles

Sistema Gestión Licitación para la compra del desarrollo y migración del Sistema de Gestión de Activos y Configuraciones para Plan Ceibal

Sistema Gestión Licitación para la compra del desarrollo y migración del Sistema de Gestión de Activos y Configuraciones para Plan Ceibal Sistema Gestión Licitación para la compra del desarrollo y migración del Sistema de Gestión de Activos y Configuraciones para Plan Ceibal Objeto del Llamado y Generalidades El Centro para la Inclusión

Más detalles

DIARIO OFICIAL 49541

DIARIO OFICIAL 49541 DIARIO OFICIAL 49541 Bogotá, Viernes 12 de junio de 2015 Ministerio de Minas y Energía RESOLUCIÓN NÚMERO 4 0659 DE 2015 (junio 10) por la cual se define el esquema de incentivos por el aprovechamiento

Más detalles

CARACTERISTICAS DEL SISTEMA

CARACTERISTICAS DEL SISTEMA CARACTERISTICAS DEL SISTEMA 1. CONSIDERACIONES GENERALES El Sistema de Gestión Financiera en Línea esta orientada a LA GESTION DEL PRESUPUESTO Y COMPRAS, esto es posible mediante interfaces vía Web, cuya

Más detalles

Sistema de marketing de proximidad

Sistema de marketing de proximidad Dizan Vasquez Propuesta de proyecto Sistema de marketing de proximidad ACME México Dizan Vasquez Índice general 1. Descripción 3 2. Resúmen ejecutivo 4 2.1. Objetivo.................................................

Más detalles

RESOLUCIÓN 877 DE 2013. (septiembre 25) Diario Oficial No. 48.924 de 25 de septiembre de 2013. Agencia Nacional de Hidrocarburos

RESOLUCIÓN 877 DE 2013. (septiembre 25) Diario Oficial No. 48.924 de 25 de septiembre de 2013. Agencia Nacional de Hidrocarburos RESOLUCIÓN 877 DE 2013 (septiembre 25) Diario Oficial No. 48.924 de 25 de septiembre de 2013 Agencia Nacional de Hidrocarburos Por la cual se establece el recaudo en dinero de las regalías y compensaciones

Más detalles

CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN. Resolución No. ( ) Por la cual se modifica el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública

CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN. Resolución No. ( ) Por la cual se modifica el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Resolución No. ( ) Por la cual se modifica el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN, En ejercicio de las facultades

Más detalles

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE RIESGO OPERACIONAL

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE RIESGO OPERACIONAL DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE RIESGO Julio 10, de 2012 INDICE Proceso Riesgo Operacional... 1 Objetivo General... 1 Objetivos Específicos... 1 I. Identificación del Riesgo.... 1 II. Medición y Mitigación

Más detalles

Anexo I. Politicas Generales de Seguridad del proyecto CAT

Anexo I. Politicas Generales de Seguridad del proyecto CAT Anexo I Politicas Generales de Seguridad del proyecto CAT 1 Del Puesto de Servicio. Se requiere mantener el Puesto de Servicio: a) Disponible, entendiendo por ello que el Puesto de Servicio debe estar

Más detalles

República de Colombia. Ministerio de Hacienda y Crédito Público DECRETO 107 4. ' A"'q!f ',~.~ 2. 2

República de Colombia. Ministerio de Hacienda y Crédito Público DECRETO 107 4. ' A'q!f ',~.~ 2. 2 República de Colombia Ministerio de Hacienda y Crédito Público ( DECRETO 107 4 2. 2 ' A"'q!f ' ',~.~ I ~2'0'12'.. Por el cual se establece el procedimiento de giro de los recursos del Fondo de Ahorro y

Más detalles

Disposición complementaria modificada en Sesión de Directorio N 967.14 del 15 de diciembre de 2014.

Disposición complementaria modificada en Sesión de Directorio N 967.14 del 15 de diciembre de 2014. Normas Complementarias Artículo 21 Disposición complementaria modificada en Sesión de Directorio N 967.14 del 15 de diciembre de 2014. VENTAS DESCUBIERTAS AL CONTADO CON ACCIONES Y VALORES REPRESENTATIVOS

Más detalles

RESOLUCIÓN 209 DE 2015. (abril 14) Diario Oficial No. 49.483 de 15 de abril de 2015. Agencia Nacional de Minería

RESOLUCIÓN 209 DE 2015. (abril 14) Diario Oficial No. 49.483 de 15 de abril de 2015. Agencia Nacional de Minería RESOLUCIÓN 209 DE 2015 (abril 14) Diario Oficial No. 49.483 de 15 de abril de 2015 Agencia Nacional de Minería Por medio de la cual se establece el procedimiento, trámite y criterios para la evaluación

Más detalles

Anexo 01 ESTUDIOS PREVIOS. Contratar las pólizas - seguros de vida grupo deudores - que cubra a los beneficiarios del Fondo Emprender del SENA.

Anexo 01 ESTUDIOS PREVIOS. Contratar las pólizas - seguros de vida grupo deudores - que cubra a los beneficiarios del Fondo Emprender del SENA. Anexo 01 ESTUDIOS PREVIOS Contratar las pólizas - seguros de vida grupo deudores - que cubra a los beneficiarios del Fondo Emprender del SENA. OFERTA PÚBLICA DE CONTRATO OPC 086-2011 BOGOTÁ D.C., DICIEMBRE

Más detalles

PAUTAS PARA LA FORMULACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA ORIENTADOS A MEJORAR LA COMPETITIVIDAD DE CADENAS PRODUCTIVAS

PAUTAS PARA LA FORMULACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA ORIENTADOS A MEJORAR LA COMPETITIVIDAD DE CADENAS PRODUCTIVAS PAUTAS PARA LA FORMULACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA ORIENTADOS A MEJORAR LA COMPETITIVIDAD DE CADENAS PRODUCTIVAS I. INTRODUCCION 1.1 La formulación de un proyecto de inversión pública, surge

Más detalles

MACROPROCESO GESTIÓN TECNOLÓGICA

MACROPROCESO GESTIÓN TECNOLÓGICA Versión 1.0 Página 1 de 5 1. OBJETIVO Suministrar las fases para la puesta en producción de aplicaciones y sistemas de información desarrollados o adquiridos por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Más detalles

Por el cual se establece el procedimiento de giro de los recursos del Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera (FAEP).

Por el cual se establece el procedimiento de giro de los recursos del Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera (FAEP). DECRETO 1849 DE 2013 (agosto 29) Diario Oficial No. 48.897 de 29 de agosto de 2013 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Por el cual se establece el procedimiento de giro de los recursos del Fondo de

Más detalles

GUÍA DE NORMAS DE RETENCIONES DEL ITBMS CONTENIDAS A NIVEL DE DECRETO EJECUTIVO

GUÍA DE NORMAS DE RETENCIONES DEL ITBMS CONTENIDAS A NIVEL DE DECRETO EJECUTIVO GUÍA DE NORMAS DE RETENCIONES DEL ITBMS CONTENIDAS A NIVEL DE DECRETO EJECUTIVO I. TEXTO DEL ARTÍCULO 19 DEL DECRETO EJECUTIVO NO. 84 DE 26 DE AGOSTO DE 2005, CON TODAS SUS MODIFICACIONES REGLAMENTARIAS

Más detalles

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL PARA OTORGAR EL CONTRATO DE LICENCIA PARA LA EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS EN EL LOTE 192 COMUNICADO N 02

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL PARA OTORGAR EL CONTRATO DE LICENCIA PARA LA EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS EN EL LOTE 192 COMUNICADO N 02 "DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ" "AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN" LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL PARA OTORGAR EL CONTRATO DE LICENCIA

Más detalles

PROGRAMA CONSOLIDACIÓN DE LA GESTIÓN FISCAL Y MUNICIPAL CREDITO BID-2032/BL-HO

PROGRAMA CONSOLIDACIÓN DE LA GESTIÓN FISCAL Y MUNICIPAL CREDITO BID-2032/BL-HO PROGRAMA CONSOLIDACIÓN DE LA GESTIÓN FISCAL Y MUNICIPAL CREDITO BID-2032/BL-HO MESA DE AYUDA I. Antecedentes 1. Generales del Proyecto El Gobierno de la República a través de la Secretaria de Finanzas

Más detalles

www.anh.gov.co Indicadores & Estrategias del Sector de Hidrocarburos - 2015

www.anh.gov.co Indicadores & Estrategias del Sector de Hidrocarburos - 2015 Muchas Gracias! www.anh.gov.co Indicadores & Estrategias del Sector de Hidrocarburos - 2015 Agencia Nacional de Hidrocarburos 1 Indicadores Económicos del Sector Datos Generales Recursos Fiscales El aporte

Más detalles

"Diseño, construcción e implementación de modelos matemáticos para el control automatizado de inventarios

Diseño, construcción e implementación de modelos matemáticos para el control automatizado de inventarios "Diseño, construcción e implementación de modelos matemáticos para el control automatizado de inventarios Miguel Alfonso Flores Sánchez 1, Fernando Sandoya Sanchez 2 Resumen En el presente artículo se

Más detalles

COMUNICADO Nro. 49763 08/11/2010. Ref.: Tarjetas de crédito. Tasas y costos promedio de las tarjetas de crédito a agosto de 2010. Tarjetas de Crédito

COMUNICADO Nro. 49763 08/11/2010. Ref.: Tarjetas de crédito. Tasas y costos promedio de las tarjetas de crédito a agosto de 2010. Tarjetas de Crédito "2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO" COMUNICADO Nro. 49763 08/11/2010 Ref.: Tarjetas de crédito. Tasas y costos promedio de las tarjetas de crédito a agosto de 2010. Tarjetas de Crédito

Más detalles

Contratación de actividades de ciencia, tecnología e innovación

Contratación de actividades de ciencia, tecnología e innovación Circular Externa No. 6 de 27 de septiembre de 2013 Para: Asunto: Entidades Estatales Contratación de actividades de ciencia, tecnología e innovación La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia

Más detalles

LINEAMIENTOS ESTÁNDARES APLICATIVOS DE VIRTUALIZACIÓN

LINEAMIENTOS ESTÁNDARES APLICATIVOS DE VIRTUALIZACIÓN LINEAMIENTOS ESTÁNDARES APLICATIVOS DE VIRTUALIZACIÓN Tabla de Contenidos LINEAMIENTOS ESTÁNDARES APLICATIVOS DE VIRTUALIZACIÓN... 1 Tabla de Contenidos... 1 General... 2 Uso de los Lineamientos Estándares...

Más detalles

GESTION DOCUMENTAL DIAGNÓSTICO INTEGRAL DE ARCHIVO ENTIDAD: 1. OBJETIVO

GESTION DOCUMENTAL DIAGNÓSTICO INTEGRAL DE ARCHIVO ENTIDAD: 1. OBJETIVO FECHA DE DIAGNÓSTICO: GESTION DOCUMENTAL DIAGNÓSTICO INTEGRAL DE ARCHIVO ENTIDAD: RESPONSABLES: Comité Interno de Archivo 1. OBJETIVO Realizar el análisis del archivo de la Personería Municipal de Choachi,

Más detalles

Metodología de construcción de Indicadores MODELO 3

Metodología de construcción de Indicadores MODELO 3 MODELO 3 El Departamento Administrativo de la Función Pública, elaboró el documento Guía para el Diseño de un Sistema de Evaluación y Control de gestión. El contiene las instrucciones para el diligenciamiento

Más detalles

Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural LEY Nº 27133 OTRAS CONCORDANCIAS

Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural LEY Nº 27133 OTRAS CONCORDANCIAS Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural LEY Nº 27133 (*) De conformidad con el Artículo 65 del Decreto Supremo N 081-2007-EM, publicado el 22 noviembre 2007, tratándose de Concesiones

Más detalles

POLÍTICA DE EJECUCIÓN DE ÓRDENES

POLÍTICA DE EJECUCIÓN DE ÓRDENES POLÍTICA DE EJECUCIÓN DE ÓRDENES Avda. Diagonal 463 pral. 2ª - 08036 Barcelona 1. Introducción 2. Objetivo 3. Ámbito 3.1. Instrumentos financieros 3.2. Clientes a. Tipología: Minoristas y Profesionales

Más detalles

Comisión de Equidad y Género

Comisión de Equidad y Género CONSIDERACIONES SOBRE LA FUENTE DE INGRESOS PARA LA PROPUESTA DE PRESUPUESTO ETIQUETADO PARA MUJERES Y LA IGUALDAD DE GÉNERO EN EL PEF 2008 Antecedentes En cumplimiento de lo establecido en la Ley Federal

Más detalles

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES CONSIDERANDO

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES CONSIDERANDO REPÚBLICA DE COLOMBIA RESOLUCIÓN No. DE 2013 Por la cual se modifica el artículo 37 de la Resolución CRC 3066 de 2011 LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES En ejercicio de sus facultades legales,

Más detalles

Gestión de la Configuración

Gestión de la Configuración Gestión de la ÍNDICE DESCRIPCIÓN Y OBJETIVOS... 1 ESTUDIO DE VIABILIDAD DEL SISTEMA... 2 ACTIVIDAD EVS-GC 1: DEFINICIÓN DE LOS REQUISITOS DE GESTIÓN DE CONFIGURACIÓN... 2 Tarea EVS-GC 1.1: Definición de

Más detalles

Resumen General del Manual de Organización y Funciones

Resumen General del Manual de Organización y Funciones Gerencia de Tecnologías de Información Resumen General del Manual de Organización y Funciones (El Manual de Organización y Funciones fue aprobado por Resolución Administrativa SBS N 354-2011, del 17 de

Más detalles

Funcionalidades Software SAT GotelGest.Net (Software de Servicio de Asistencia Técnica)

Funcionalidades Software SAT GotelGest.Net (Software de Servicio de Asistencia Técnica) Funcionalidades Software SAT GotelGest.Net (Software de Servicio de Asistencia Técnica) Servinet Sistemas y Comunicación S.L. www.softwaregestionsat.com Última Revisión: Octubre 2014 FUNCIONALIDADES SAT

Más detalles

Elementos requeridos para crearlos (ejemplo: el compilador)

Elementos requeridos para crearlos (ejemplo: el compilador) Generalidades A lo largo del ciclo de vida del proceso de software, los productos de software evolucionan. Desde la concepción del producto y la captura de requisitos inicial hasta la puesta en producción

Más detalles

Bolsa POLÍTICA DE EJECUCIÓN DE ÓRDENES BANESTO BOLSA

Bolsa POLÍTICA DE EJECUCIÓN DE ÓRDENES BANESTO BOLSA BANESTO BOLSA INDICE 1. ALCANCE... 3 2. AMBITO DE APLICACIÓN... 4 3. CONSIDERACIÓN DE FACTORES... 6 a. Precio... 6 b. Costes... 6 c. Rapidez... 6 d. Probabilidad de la ejecución y la liquidación... 6 e.

Más detalles

INFORME Nº1 PROPUESTA METODOLÓGICA Y PLAN DE TRABAJO DESARROLLO DE UN SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN PARA EL GOBIERNO REGIONAL DE ATACAMA

INFORME Nº1 PROPUESTA METODOLÓGICA Y PLAN DE TRABAJO DESARROLLO DE UN SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN PARA EL GOBIERNO REGIONAL DE ATACAMA INFORME Nº1 PROPUESTA METODOLÓGICA Y PLAN DESARROLLO DE UN SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN PARA EL GOBIERNO REGIONAL DE ATACAMA con destino a GORE DE ATACAMA ELIMCO SISTEMAS Alfredo Barros Errázuriz 1954

Más detalles

AGN República Dominicana Tax News Ley 139-1111 para aumentar los ingresos tributarios y destinar mayores recursos en educación.

AGN República Dominicana Tax News Ley 139-1111 para aumentar los ingresos tributarios y destinar mayores recursos en educación. AGN República Dominicana Tax News Ley 139-1111 para aumentar los ingresos tributarios y destinar mayores recursos en educación. MONTERO DE LOS SANTOS & ASOCIADOS AGN REPÚBLICA DOMINICANA TAX NEWS LEY 139-1111

Más detalles

DECRETO 1013 DE 1995 (junio 16) Diario Oficial No. 41.895, del 16 de JUNIO DE 1995

DECRETO 1013 DE 1995 (junio 16) Diario Oficial No. 41.895, del 16 de JUNIO DE 1995 DECRETO 1013 DE 1995 (junio 16) Diario Oficial No. 41.895, del 16 de JUNIO DE 1995 MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Por el cual se dictan normas relacionadas con la inversión de los recursos de órganos

Más detalles

Unidad 1. Fundamentos en Gestión de Riesgos

Unidad 1. Fundamentos en Gestión de Riesgos 1.1 Gestión de Proyectos Unidad 1. Fundamentos en Gestión de Riesgos La gestión de proyectos es una disciplina con la cual se integran los procesos propios de la gerencia o administración de proyectos.

Más detalles

A estos efectos, se incluirán entre las empresas explotadoras de dichos servicios las empresas distribuidoras y comercializadoras de los mismos.

A estos efectos, se incluirán entre las empresas explotadoras de dichos servicios las empresas distribuidoras y comercializadoras de los mismos. ORDENANZA FISCAL Nº 41.- ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS QUE RESULTEN DE INTERÉS GENERAL O

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA DIRECCIÓN NACIONAL DE EXTENSIÓN Y EDUCACIÓN CONTINUA. RESOLUCIÓN No. 001 DE 2005

UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA DIRECCIÓN NACIONAL DE EXTENSIÓN Y EDUCACIÓN CONTINUA. RESOLUCIÓN No. 001 DE 2005 UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA DIRECCIÓN NACIONAL DE EXTENSIÓN Y EDUCACIÓN CONTINUA RESOLUCIÓN No. 001 DE 2005 Por la cual se reglamentan los programas de diplomado en la Universidad Nacional de Colombia

Más detalles

Manual del Usuario. Sistema de Help Desk

Manual del Usuario. Sistema de Help Desk Manual del Usuario Sistema de Help Desk Objetivo del Manual El siguiente manual tiene como objetivo proveer la información necesaria para la correcta utilización del sistema Help Desk. Describe los procedimientos

Más detalles

Convocatoria de Acciones de Apoyo a la Transferencia de Tecnología y Conocimiento

Convocatoria de Acciones de Apoyo a la Transferencia de Tecnología y Conocimiento 4 de octubre de 2012 Convocatoria de Acciones de Apoyo a la Transferencia de Tecnología y Conocimiento El proyecto del programa CONSOLIDER INGENIO 2010 convoca acciones de apoyo para el desarrollo de proyectos

Más detalles

I INTRODUCCIÓN. 1.1 Objetivos

I INTRODUCCIÓN. 1.1 Objetivos I INTRODUCCIÓN 1.1 Objetivos En el mundo de la informática, la auditoría no siempre es aplicada en todos las empresas, en algunos de los casos son aplicadas por ser impuestas por alguna entidad reguladora,

Más detalles

Módulo 9: Aplicaciones Informáticas de Gestión de Personal. Guía del formador por cada módulo formativo

Módulo 9: Aplicaciones Informáticas de Gestión de Personal. Guía del formador por cada módulo formativo Módulo 9: Aplicaciones Informáticas de Gestión de Personal Guía del formador por cada módulo formativo Módulo 9 1. DENOMINACIÓN DEL MÓDULO MÓDULO 9: APLICACIONES IN ORMÁTICAS DE GESTIÓN DE PERSONAL 2.

Más detalles

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE 21. FEB 2013

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE 21. FEB 2013 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE DECRETO NÚM5RC ",0320 ( DE 21. FEB 2013 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las

Más detalles

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE AHORRO. l. DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE AHORRO. l. DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DEL SERVICIO DE AHORRO l. DISPOSICIONES GENERALES 1. El Superfondo Fondo de Empleados fomentará el hábito del ahorro entre sus asociados y con tal fin, recibirá y mantendrá ahorros en depósito

Más detalles

Propuesta de Portal de la Red de Laboratorios Virtuales y Remotos de CEA

Propuesta de Portal de la Red de Laboratorios Virtuales y Remotos de CEA Propuesta de Portal de la Red de Laboratorios Virtuales y Remotos de CEA Documento de trabajo elaborado para la Red Temática DocenWeb: Red Temática de Docencia en Control mediante Web (DPI2002-11505-E)

Más detalles

e-commerce, es hacer comercio utilizando la red. Es el acto de comprar y vender en y por medio de la red.

e-commerce, es hacer comercio utilizando la red. Es el acto de comprar y vender en y por medio de la red. Comercio electrónico. (e-commerce) Las empresas que ya están utilizando la red para hacer comercio ven como están cambiando las relaciones de la empresa con sus clientes, sus empleados, sus colaboradores

Más detalles

ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026

ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026 ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026 METLIFE COLOMBIA SEGUROS DE VIDA S.A., QUE PARA EFECTOS DE ESTA PÓLIZA SE DENOMINA LA COMPAÑÍA, CON

Más detalles

Resumen de normas las NICSP

Resumen de normas las NICSP Resumen de normas las NICSP 1. Presentación de los estados financieros 2. Estados de flujos de efectivo Establecer la forma de presentación y preparación de los estados financieros de propósito general

Más detalles

I. INTRODUCCIÓN DEFINICIONES

I. INTRODUCCIÓN DEFINICIONES REF.: INSTRUYE SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA GESTIÓN DE RIESGO OPERACIONAL EN LAS ENTIDADES DE DEPÓSITO Y CUSTODIA DE VALORES Y EN LAS SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN

Más detalles

ESTE PROGRAMA ES COFINANCIADO POR MÉXICO Y LA UNIÓN EUROPEA

ESTE PROGRAMA ES COFINANCIADO POR MÉXICO Y LA UNIÓN EUROPEA Jornada FONCICYT Tratamiento de los Derechos de Propiedad Intelectual en el marco de consorcios de investigación, desarrollo tecnológico e innovación entre México y la Unión Europea México, 10 de julio

Más detalles

CIRCULAR No. 05 DE 2006

CIRCULAR No. 05 DE 2006 CIRCULAR No. 05 DE 2006 PARA: REPRESENTANTES LEGALES, JEFES DE OFICINA DE CONTROL INTERNO, O QUIENES HAGAN SUS VECES, REPRESENTANTES DE LA DIRECCION PARA IMPLEMENTAR MECI Y CALIDAD DE LAS ENTIDADES Y ORGANISMOS

Más detalles

Guía sobre los cambios del nuevo sitio Web de Central Directo

Guía sobre los cambios del nuevo sitio Web de Central Directo Guía sobre los cambios del nuevo sitio Web de Central Directo Con el respaldo del La presente guía contiene información sobre los cambios que introduce la puesta en funcionamiento del nuevo sitio Web de

Más detalles

punto, es que los criterios de evaluación de las medidas antes citadas se ajustan a las medidas señaladas para la toma del indicador VTD.

punto, es que los criterios de evaluación de las medidas antes citadas se ajustan a las medidas señaladas para la toma del indicador VTD. CONSULTA Para esta Comisión es muy importante conocer los comentarios sectoriales relacionados con el contenido del entregable presentado por la firma Iteco en el marco del Contrato 038 de 2014, para avanzar

Más detalles

Las diez cosas que usted debe saber sobre las LICENCIAS de los derechos de Propiedad Industrial e Intelectual

Las diez cosas que usted debe saber sobre las LICENCIAS de los derechos de Propiedad Industrial e Intelectual Las diez cosas que usted debe saber sobre las LICENCIAS de los derechos de Propiedad Industrial e Intelectual 1.- Qué se entiende por Transferencia de Tecnología?. La transferencia de tecnología es el

Más detalles

GERENCIA DE ESTUDIOS Y GESTIÓN PÚBLICA

GERENCIA DE ESTUDIOS Y GESTIÓN PÚBLICA GERENCIA DE ESTUDIOS Y GESTIÓN PÚBLICA LINEAMIENTOS PARA EL PROCESO DE VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN REGISTRADA EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS - INFOBRAS POR PARTE DE LOS ÓRGANOS DE CONTROL

Más detalles

INFORME Nº 054-2012-GTI INFORME TÉCNICO PREVIO DE EVALUACIÓN DE SOFTWARE

INFORME Nº 054-2012-GTI INFORME TÉCNICO PREVIO DE EVALUACIÓN DE SOFTWARE INFORME Nº 054-2012-GTI INFORME TÉCNICO PREVIO DE EVALUACIÓN DE SOFTWARE 1. Nombre del Área El área encargada de la evaluación técnica para la renovación del servicio de soporte técnico, actualización

Más detalles

Marco Normativo de IT

Marco Normativo de IT Marco Normativo de IT PC0901 - Proceso de control de cambios en software de aplicación provisto por Organismos Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires PC0901 - Proceso de control de cambios en software

Más detalles

SOLICITUD DE DESARROLLO Y ACTUALIZACIÓN DE APLICACIONES G OBIERNO D E L A CIUDAD DE BUENOS AIRES

SOLICITUD DE DESARROLLO Y ACTUALIZACIÓN DE APLICACIONES G OBIERNO D E L A CIUDAD DE BUENOS AIRES G OBIERNO D E L A CIUDAD DE BUENOS AIRES D irección General Adjunta de Sistemas Infor máticos SOLICITUD DE DESARROLLO Y ACTUALIZACIÓN DE APLICACIONES Página 1 de 16 Fecha de creación: 25/02/2009 Tabla

Más detalles

Haga clic en los recuadros donde indica la mano y regrese al inicio del capítulo al hacer clic en el título de la sección donde se encuentra

Haga clic en los recuadros donde indica la mano y regrese al inicio del capítulo al hacer clic en el título de la sección donde se encuentra Cómo gestiono el Plan Anual de Adquisiciones de mi Entidad en el SECOP II? Crear equipo Crear Plan Anual de Adquisiciones Publicar Plan Anual de Adquisiciones Modificar Plan Anual de Adquisiciones Buscar

Más detalles

Metodología básica de gestión de proyectos. Octubre de 2003

Metodología básica de gestión de proyectos. Octubre de 2003 Metodología básica de gestión de proyectos Octubre de 2003 Dentro de la metodología utilizada en la gestión de proyectos el desarrollo de éstos se estructura en tres fases diferenciadas: Fase de Éjecución

Más detalles

LEY DE PROMOCIÓN DEL DESARROLLO DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL LEY Nº 27133

LEY DE PROMOCIÓN DEL DESARROLLO DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL LEY Nº 27133 LEY DE PROMOCIÓN DEL DESARROLLO DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL LEY Nº 27133 Publicada en el Diario Oficial El Peruano el 04/06/1999. Modificaciones: 1. Ley Nº 28552, publicada el 19/06/2005. 1. Ley Nº

Más detalles

México, 2014 CONTENIDO INTRODUCCIÓN OBJETIVOS

México, 2014 CONTENIDO INTRODUCCIÓN OBJETIVOS Marco Operativo para Empresas Líderes y Organismos Operadores México, 2014 CONTENIDO INTRODUCCIÓN OBJETIVOS REGLAS GENERALES DE OPERACIÓN Y COORDINACIÓN PARA LAS EMPRESAS LÍDERES, ORGANISMOS OPERADORES

Más detalles

Manual para la Operación Secundaria de los Acuerdos Marco de Precios

Manual para la Operación Secundaria de los Acuerdos Marco de Precios Manual para la Operación Secundaria de los Acuerdos Marco de Precios Introducción...2 I. Definiciones...3 II. Aspectos Generales...3 III. Tienda Virtual del Estado Colombiano...4 IV. Administración del

Más detalles

SOLUCIÓN HOSPEDADA. Introducción a los modelos de asociación de partners de Microsoft Dynamics CRM

SOLUCIÓN HOSPEDADA. Introducción a los modelos de asociación de partners de Microsoft Dynamics CRM SOLUCIÓN HOSPEDADA Introducción a los modelos de asociación de partners de Microsoft Dynamics CRM Aprovechar el ecosistema de Microsoft para el éxito de CRM hospedado Microsoft Dynamics CRM ofrece a clientes

Más detalles

CAPITULO 1. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación

CAPITULO 1. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación DECRETO **/2014, DE ** DE *******, POR EL QUE SE REGULA EL FONDO DE MEJORAS Y SE ESTABLECE EL SISTEMA DE APROBACIÓN DE LOS PLANES DE MEJORA DE LOS MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA DE CASTILLA LA MANCHA. Históricamente

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE CONTABILIZACION

PROCEDIMIENTO DE CONTABILIZACION PROCEDIMIENTO DE CONTABILIZACION REGISTRO DE CAMBIOS FECHA DE VIGENCIA/ VERSIÓN No. NUMERAL DESCRIPCION U ORIGEN DEL CAMBIO Página 1 de 9 1. OBJETIVO Establecer sistemática y ordenadamente el proceso de

Más detalles

Catálogo de infraestructuras críticas. ASI- Administración de la seguridad de la información Catálogo de infraestructuras críticas.

Catálogo de infraestructuras críticas. ASI- Administración de la seguridad de la información Catálogo de infraestructuras críticas. HOJA 1 de 12 APENDICE IV Formato F2 - Administración de la seguridad de la información. Formato F2 1. INTEGRACIÓN DEL EQUIPO DE TRABAJO DE INFRAESTRUCTURAS CRÍTICAS: Objetivos [Se deberán señalar los objetivos

Más detalles

ESTUDIOS PREVIOS PARA CONTRATAR LA ADQUISICION DE DOS CERTIFICADOS DIGITALES DE SITIO SEGURO SSL.

ESTUDIOS PREVIOS PARA CONTRATAR LA ADQUISICION DE DOS CERTIFICADOS DIGITALES DE SITIO SEGURO SSL. ESTUDIOS PREVIOS PARA CONTRATAR LA ADQUISICION DE DOS CERTIFICADOS DIGITALES DE SITIO SEGURO SSL. La Superintendencia requiere contratar la adquisición de dos certificados digitales de sitio seguro con

Más detalles

y Ord en a Guía para el manejo de anticipos mediante contrato de fiducia mercantil irrevocable G-MACFMI-01

y Ord en a Guía para el manejo de anticipos mediante contrato de fiducia mercantil irrevocable G-MACFMI-01 Liberta y Ord en a a Guía para el manejo de anticipos mediante contrato de fiducia mercantil irrevocable G-MACFMI-01 Guía para el manejo de anticipos mediante contrato de fiducia mercantil irrevocable

Más detalles

REPÚBLICA DE COLO MOlA MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO. Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 2623 del 17 de diciembre de 2014

REPÚBLICA DE COLO MOlA MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO. Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 2623 del 17 de diciembre de 2014 REPÚBLICA DE COLO MOlA MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO DECRETO NÚMERóJ 4 2 7 DE 2015 AR 2015 Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 2623 del 17 de diciembre de 2014 EL PRESIDENTE DE LA

Más detalles

GUÍA PARA EL LLENADO DE FORMULARIOS DE DEUDA EXTERNA PRIVADA

GUÍA PARA EL LLENADO DE FORMULARIOS DE DEUDA EXTERNA PRIVADA GUÍA PARA EL LLENADO DE FORMULARIOS DE DEUDA EXTERNA PRIVADA FORMULARIOS ESTABLECIDOS EN EL REGLAMENTO PARA EL REGISTRO Y REPORTE DE LA DEUDA EXTERNA PRIVADA (ANEXO NO 9 DE LAS NORMAS FINANCIERAS DEL BANCO

Más detalles

Proceso: AI2 Adquirir y mantener software aplicativo

Proceso: AI2 Adquirir y mantener software aplicativo Proceso: AI2 Adquirir y mantener software aplicativo Se busca conocer los estándares y métodos utilizados en la adquisición de y mantenimiento del software. Determinar cuál es proceso llevado a cabo para

Más detalles

1.1 EL ESTUDIO TÉCNICO

1.1 EL ESTUDIO TÉCNICO 1.1 EL ESTUDIO TÉCNICO 1.1.1 Definición Un estudio técnico permite proponer y analizar las diferentes opciones tecnológicas para producir los bienes o servicios que se requieren, lo que además admite verificar

Más detalles

TÍTULO IX. SEPARACIÓN CONTABLE CAPÍTULO 1. OBLIGACIÓN DE SEPARACIÓN CONTABLE POR PARTE DE LOS PRST Y OTVS SECCIÓN 1. DISPOSICIONES GENERALES

TÍTULO IX. SEPARACIÓN CONTABLE CAPÍTULO 1. OBLIGACIÓN DE SEPARACIÓN CONTABLE POR PARTE DE LOS PRST Y OTVS SECCIÓN 1. DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO IX. SEPARACIÓN CONTABLE CAPÍTULO 1. OBLIGACIÓN DE SEPARACIÓN CONTABLE POR PARTE DE LOS PRST Y OTVS SECCIÓN 1. DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 9.1.1.1. ÁMBITO DE APLICACIÓN. El CAPÍTULO 1 del TÍTULO

Más detalles

ACUERDO SUGESE 05-13

ACUERDO SUGESE 05-13 CONSEJO NACIONAL DE SUPERVISIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO CONASSIF ACUERDO SUGESE 05-13 REGLAMENTO SOBRE SEGUROS COLECTIVOS Actualizado al 1 de diciembre de 2014. APROBADO POR EL CONSEJO NACIONAL DE SUPERVISIÓN

Más detalles

1-...DL -~------------~----_a! ~...-.".<GfMM;L k d,zj,ww UJt.AJ»

1-...DL -~------------~----_a! ~...-..<GfMM;L k d,zj,ww UJt.AJ» República de Colombia mli1'8t~l!i: Iiii ~II o j DlClmAltlA 11111111. -------- ț "fm_,1\1~. CA/tA! 1Ufifvi6.. t.. ' 1-...DL -~------------~----_a! ~...-.".

Más detalles

NC-MONEX. Público M E R C A D O D E M O N E D A S E X T R A N J E R A S [ N O M B R E S E R V I C I O ] N O R M A C O M P L E M E N T A R I A

NC-MONEX. Público M E R C A D O D E M O N E D A S E X T R A N J E R A S [ N O M B R E S E R V I C I O ] N O R M A C O M P L E M E N T A R I A N O R M A C O M P L E M E N T A R I A M E R C A D O D E M O N E D A S E X T R A N J E R A S [ T I P O L I B R O ] Público [ N O M B R E S E R V I C I O ] NC-MONEX N O R M A C O M P L E M E N T A R I A

Más detalles

Preguntas frecuentes sobre las reglas asociadas a la autorización para la venta de equipos terminales móviles en el país.

Preguntas frecuentes sobre las reglas asociadas a la autorización para la venta de equipos terminales móviles en el país. Preguntas frecuentes sobre las reglas asociadas a la autorización para la venta de equipos terminales móviles en el país. Atención al Cliente Septiembre de 2012 Comisión de Regulación de Comunicaciones

Más detalles

SISTEMA DE CONSULTAS PÚBLICAS SOBRE LA GESTIÓN PROCESAL DE LAS CAUSAS QUE SE TRAMITAN EN LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Y FUEROS

SISTEMA DE CONSULTAS PÚBLICAS SOBRE LA GESTIÓN PROCESAL DE LAS CAUSAS QUE SE TRAMITAN EN LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Y FUEROS SISTEMA DE CONSULTAS PÚBLICAS SOBRE LA GESTIÓN PROCESAL DE LAS CAUSAS QUE SE TRAMITAN EN LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Y FUEROS PROGRAMA INTEGRAL DE REFORMA JUDICIAL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Más detalles

CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA DCIN - 85 E. CÓDIGO DE REEMBOLSO Y CONDICIONES DE REEMBOLSO

CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA DCIN - 85 E. CÓDIGO DE REEMBOLSO Y CONDICIONES DE REEMBOLSO CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA DCIN - 85 Hoja 13-9 Fecha: 12 de octubre de 2007 iniciación de la sanción a la Institución Autorizada colombiana y llegare a su vencimiento un pago parcial o total del correspondiente

Más detalles

(B.O.P de Guadalajara de 31 de diciembre de 2003)

(B.O.P de Guadalajara de 31 de diciembre de 2003) ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL, A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS DE INTERÉS GENERAL. (B.O.P de Guadalajara de 31

Más detalles

UNIVERSIDAD DE ORIENTE FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS

UNIVERSIDAD DE ORIENTE FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS UNIVERSIDAD DE ORIENTE FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS AUDITORIA DE SISTEMAS COMPUTACIONALES TIPOS DE AUDITORIA LIC. FRANCISCO D. LOVOS Tipos de Auditorías Auditoría de Base de Datos Auditoría de Desarrollo

Más detalles

DECRETO 1861 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSIDERANDO

DECRETO 1861 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSIDERANDO República de Colombia libertad VOrden DECRETO 1861 Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 25 de la Ley 1450 de 2011, en relación con el régimen de inversiones aplicable a los patrimonios autónomos

Más detalles

Empresa que realiza la solicitud Assist Consultores de Sistemas S.A. Fecha Solicitud 30 de junio de 2015, 09:32

Empresa que realiza la solicitud Assist Consultores de Sistemas S.A. Fecha Solicitud 30 de junio de 2015, 09:32 RESPUESTAS A SOLICITUD DE ACLARACIONES DE LA INVITACIÓN A COTIZAR 10701104-002-2015 LÍNEA DECISIONAL DE GESTIÓN INFORMÁTICA DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA MEDELLÍN, MARZO

Más detalles

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGíA

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGíA República de Colombia Libertod y Orden MINISTERIO DE MINAS Y ENERGíA DECRETO 268,7 2( t~. Por el cual se establecen los instrumentos para asegurar el abastecimiento nacional de gas natural y se dictan

Más detalles

Módulo 7: Los activos de Seguridad de la Información

Módulo 7: Los activos de Seguridad de la Información Módulo 7: Los activos de Seguridad de la Información Se explica en este tema cómo deben abordarse la elaboración de un inventario de activos que recoja los principales activos de información de la organización,

Más detalles

ABCÉ DEL DECRETO REGLAMENTARIO DE TELETRABAJO

ABCÉ DEL DECRETO REGLAMENTARIO DE TELETRABAJO ABCÉ DEL DECRETO REGLAMENTARIO DE TELETRABAJO GENERALIDADES DEL DECRETO DE TELETRABAJO QUÉ ES EL TELETRABAJO? El Teletrabajo es una forma de organización laboral, que se da en el marco de un contrato de

Más detalles

CONVOCATORIA CONSULTORÍA. Diseño e implementación de un Sistema Integrado de datos de la Cooperación Sur-Sur en Iberoamérica

CONVOCATORIA CONSULTORÍA. Diseño e implementación de un Sistema Integrado de datos de la Cooperación Sur-Sur en Iberoamérica CONVOCATORIA CONSULTORÍA Diseño e implementación de un Sistema Integrado de datos de la Cooperación Sur-Sur en Iberoamérica El Programa Iberoamericano para el Fortalecimiento de la Cooperación Sur-Sur

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA EL CONTROL DE DOCUMENTOS Y REGISTROS TABLA DE CONTENIDO

PROCEDIMIENTO PARA EL CONTROL DE DOCUMENTOS Y REGISTROS TABLA DE CONTENIDO Página 1 de 10 TABLA DE CONTENIDO 1. OBJETIVO... 2 2. ALCANCE... 2 3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS... 2 4. DOCUMENTOS APLICABLES... 3 5. DESCRIPCION DE ACTIVIDADES... 4 6. ANEXOS... 8 7. CONTROL DE CAMBIOS...

Más detalles

PRUEBAS DE SOFTWARE TECNICAS DE PRUEBA DE SOFTWARE

PRUEBAS DE SOFTWARE TECNICAS DE PRUEBA DE SOFTWARE PRUEBAS DE SOFTWARE La prueba del software es un elemento crítico para la garantía de la calidad del software. El objetivo de la etapa de pruebas es garantizar la calidad del producto desarrollado. Además,

Más detalles

TEMA 12º.- FUENTES DE FINANCIACIÓN. FINANCIACIÓN DEL CIRCULANTE.

TEMA 12º.- FUENTES DE FINANCIACIÓN. FINANCIACIÓN DEL CIRCULANTE. GESTIÓN FINANCIERA. TEMA 12º.- FUENTES DE FINANCIACIÓN. FINANCIACIÓN DEL CIRCULANTE. 1.- Los procesos de inversión. Pasos del proceso de inversión. Aspectos a tener en cuenta en el proceso inversor. Los

Más detalles

REPUBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE FINANZAS

REPUBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE FINANZAS 1 REPUBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE FINANZAS DIRECCION EJECUTIVA DE INGRESOS TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACIÓN DE CONSULTOR INFORMÁTICO CATEGORÍA JUNIOR PARA DESARROLLO DE NUEVOS SERVICIOS

Más detalles