MANUAL DE POLÍTICAS PARA LA ELABORACIÓN Y/O ACTUALIZACIÓN DEL MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 26/05/2010
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Revisión Página (s) Modificada (s) Sección de Control de Cambios Descripción del Cambio Fecha de Emisión 001 Todas FAC No. 26-05-2010 Página 2 de 7 Revisó: Área(s)/Órgano(s) Colegiado(s) Acuerdo(s)/FAC
Contenido Número Tema Pág. Sección I Visión General 4 I.1. Introducción 4 I.2. Objetivo 4 I.3. Alcance 4 I.4. Responsabilidades 5 I.5. Marco Jurídico y Normativo 5 I.6 Instancias de Autorización 6 I.7 Definiciones 6 Sección II Políticas Generales 7 II.1. Políticas Generales para la Elaboración y/o 7 Página 3 de 7 Revisó: Área(s)/Órgano(s) Colegiado(s) Acuerdo(s)/FAC
I.1 Introducción Sección I Visión General El Manual General de de Banobras es un documento que contiene las estructuras de organización, las misiones, los objetivos y las funciones de cada una de las Direcciones de Área del Banco, hasta nivel Subgerencia. Asimismo cabe resaltar la importancia de mantenerlo actualizado ya que es un documento normativo de referencia para el funcionamiento de cada una de las áreas que integran a la Institución. Dentro del proceso de elaboración y/o actualización del Manual General de la participa en la coordinación, integración, revisión y autorización de las misiones, objetivos y funciones, conforme a la estructura de organización autorizada por el Consejo Directivo. I.2 Objetivo Establecer las políticas para la elaboración y/o actualización del Manual General de de Banobras. I.3 Alcance El presente manual es de aplicación obligatoria para el personal adscrito a la Subdirección de Planeación que participa en la elaboración y/o actualización del Manual General de de Banobras. Página 4 de 7 Revisó: Área(s)/Órgano(s) Colegiado(s) Acuerdo(s)/FAC
I.4 Responsabilidades Responsable Director de Planeación, Subdirector de Planeación Gerente de Planeación Responsabilidad Revisar y aprobar las presentes políticas, así como cualquier modificación de éstas. Coordinar la revisión y, en su caso la actualización del presente documento por lo menos una vez al año o cuando se requiera derivada de: modificaciones al marco jurídico y normativo aplicable; observaciones y/o recomendaciones por parte de las instancias de supervisión y fiscalización, así como de las autoridades competentes; cambios en la estructura organizacional de Banobras; y; mejora del proceso de calidad regulatoria. Supervisar la publicación y difusión de las presentes políticas Elaborar, y proponer las modificaciones al presente documento. Gestionar la actualización y publicación de este manual y llevar a cabo su difusión. I.5 Marco Jurídico y Normativo Ley de Instituciones de Crédito, artículo 42, fr. XVIII y 43, primer párrafo. Ley Orgánica de Banobras, artículo 21, fr. IV Reglamento Orgánico de Banobras, artículo 21, fr. IV Disposiciones de Carácter General aplicables a las Instituciones de Crédito, artículo 11 segundo párrafo, 78 fr. II, 154 segundo párrafo y 164, tercer párrafo, fracción IV, inciso a) Ley Federal de las Entidades Paraestatales, artículo 4. Acuerdo por el que se establecen las Normas generales de control interno en el ámbito de la Administración Pública Federal, artículo 13 primera y tercera norma. Objetivos y Lineamientos del Sistema de Control Interno. Políticas Generales Relativas a la Estructura Organizacional de Banobras, S.N.C. Criterios para la Revisión de la Estructura Organizacional de Banobras. Manual General de, sección I y IX. Página 5 de 7 Revisó: Área(s)/Órgano(s) Colegiado(s) Acuerdo(s)/FAC
I.6 Instancias de Autorización El presente documento debe ser autorizado por el Director de Planeación, Análisis y Contraloría, conforme a lo establecido en Manual de de la Dirección de Planeación,. I.7 Definiciones Para los efectos del presente documento, se entenderá por: Manual General de Banobras Manual de Misión Organigrama Objetivo Funciones Es el documento que está integrado por cada uno de los Manuales de de las Direcciones de Área del Banco. Es el documento que contiene, en forma ordenada y sistemática, la información sobre la estructura de organización, misión, objetivos y funciones de una Dirección de Área. Describe la razón de ser o el fin último de una unidad administrativa. Define el actuar dentro de su entorno y señala lo que la distingue de otras similares. Características básicas: Debe expresar el quehacer fundamental de la unidad administrativa y lo que hace (Se recomienda iniciar con un verbo en infinitivo). Debe ser inspiradora, sencilla y comprensible. Debe indicar la repercusión o beneficio que aporta. Debe indicar para quién lo hace. Es la representación gráfica y refleja en forma esquemática la posición de los órganos que la conforman, niveles jerárquicos, líneas de autoridad y sus respectivas relaciones. Describe el propósito que pretende alcanzar la unidad administrativa para el cumplimiento de una actividad institucional que le corresponde por atribución. Constituye el conjunto de actividades afines que otorga o faculta y responsabiliza a cada área de su quehacer y a través de las cuales se alcanzará los objetivos planteados. Las funciones se sugiere que se ordenen de acuerdo al proceso administrativo (planear, programar, ejecutar, controlar y evaluar). Página 6 de 7 Revisó: Área(s)/Órgano(s) Colegiado(s) Acuerdo(s)/FAC
Sección II Políticas Generales II.1. Políticas Generales para la Elaboración y/o II.1.1 La revisión y/o adecuaciones al manual de organización de las unidades administrativas, se pueden realizar por las siguientes causas: a) Cambios, autorizados por el Consejo Directivo, a la estructura de organización b) Nuevas misiones, objetivos y funciones a desarrollar c) Cambio, fusión, división o modificación de funciones d) Automatización de procesos manuales e) A solicitud expresa y justificada de las áreas de la Institución f) Derivado de un estudio de mejora de procesos y por revisión programada g) Cambios en la normativa interna y externa h) Revisión anual II.1.2. Para efectos de la elaboración y/o actualización del Manual General de, la Subdirección de Planeación tomará como base la estructura de organización que el Consejo Directivo haya autorizado, así como las disposiciones que emita para el inicio de su vigencia. II.1.3. Los Titulares de las Direcciones o Subdirecciones de área de Banobras que requieran modificaciones al Manual de deben presentarlas por escrito a la Subdirección de Planeación, acompañadas de una propuesta, misma que será analizada para verificar su procedencia. II.1.4. Es responsabilidad de la Subdirección de Planeación integrar un proyecto de Manual de de cada una de las direcciones de área con la información que le sea proporcionada por las mismas. II.1.5. La Subdirección de Planeación debe gestionar, la revisión y actualización del Manual General de de Banobras con cada una de las direcciones de área, derivado de los motivos mencionados en la primera política arriba descrita, para su presentación a la Dirección General. II.1.6 La Subdirección de Planeación es la responsable de realizar los cambios al Proyecto de Manual de derivado de observaciones y/o recomendaciones formuladas por las instancias de supervisión y fiscalización (Art. 160 fracción VII, de las Disposiciones). Página 8 de 8 Autorizó: Área(s)/Órgano(s) Colegiado(s) Acuerdo(s)/FAC
II.1.7 Es responsabilidad del Director General presentar el proyecto de Manual General de al Consejo Directivo para su aprobación. II.1.8. El Consejo Directivo es el órgano facultado para autorizar las propuestas de modificación al Manual General de de Banobras. II.1.9. La, a través de La Subdirección de Planeación, debe solicitar a los Titulares de las Direcciones de Área llevar a cabo al menos una vez al año la revisión de su Manual de. II.1.10. La Subdirección de Contraloría y Proceso debe verificar, cada vez que se actualicen los manuales de organización de las diferentes áreas, que cumplan con los objetivos y lineamientos del sistema de control interno y los principios normativos y legales que rijan sus actividades. II.1.11. Las unidades administrativas de Banobras que requieran modificar su estructura de organización, deben solicitarlo a la Dirección de Administración. II.1.12. La Subdirección de Planeación debe tramitar las firmas de revisión de los Directores de las unidades administrativas, así como la de los Subdirectores respectivos, en el Manual General de. II.1.13 Los Titulares de las Direcciones de Área deben mantener una delimitación y segregación de funciones entre las áreas que integran su dirección, a efecto de que las responsabilidades y facultades para autorizar, ejecutar, vigilar, evaluar, registrar y contabilizar las transacciones no recaigan en una sola persona o área bajo su responsabilidad. II.1.14. Es responsabilidad de las unidades administrativas, que haya congruencia entre sus descripciones de puestos, y las misiones, los objetivos y las funciones descritos en el Manual de. II.1.15 La Subdirección de Planeación debe tramitar la digitalización y la guarda y custodia del Manual General de, una vez que haya sido aprobado por Consejo Directivo. II.1.16 Una vez recibido el acuerdo del Consejo Directivo mediante el cual se autoriza la actualización del manual, la Subdirección de Planeación debe tramitar la publicación en la Normateca Institucional en la intranet del Banco, en un lapso no mayor a tres días hábiles. II.1.17. La única área facultada para proporcionar el Manual General de es la a través de la Subdirección de Planeación. Página 8 de 8 Autorizó: Área(s)/Órgano(s) Colegiado(s) Acuerdo(s)/FAC