Servicio de urgencias, emergencias y visitas domiciliarias.

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3 Servicio de urgencias, emergencias y visitas domiciliarias. O.S.P.A. brinda servicios de atención médica domiciliaria, en visitas, urgencias, emergencias y traslados. En caso de necesitar atención médica domiciliaria, deberá solicitarse al número pudiendo hacerlo durante las 24 horas, los 365 días del año. EMERGENCIAS (OSPA) Atención Domiciliaria: Se solicita cuando por razones de salud, el beneficiario no puede trasladarse por sus propios medios. Urgencia: Es aquella situación de salud que impide el traslado del paciente y requiere pronta atención medica, aunque no supone riesgo de vida. Emergencia: Es toda situación crítica de salud que comprometa la vida del paciente, requiriendo en consecuencia una rápida y especializada asistencia profesional, con los recursos y el equipamiento sanitario exigible para estos casos. Traslados: Se brinda el servicio de traslado a aquellos pacientes que no puedan deambular, con la indicación médica correspondiente, siempre que requieran de internación o realización de práctica diagnóstica o tratamiento. Traslados Programados: Se brinda el servicio de traslado, con la indicación médica y autorización previa de 48 horas por parte de O.S.P.A. 3

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5 SERVICIOS DE GUARDIA CLÍNICA ADULTOS Y PEDIATRÍA 24HS. CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES ALMAGRO I.A.R.T. Instituto Argentino de Riñón y Trasplante. Billinghurst 31 - Tel/Fax.: / 0409 Guardia Clínica Adultos 24hs. BALVANERA Hospital Español. Av. Belgrano Tel/fax.: / 6228 Guardia Clínica Adultos 24hs. Hospital Español Servicio de Especializado en Pediatría y Neonatología. Av. Belgrano 2975, 2º piso - Tel/fax.: Guardia Pediatría 24hs. COLEGIALES Sanatorio Colegiales. Conde Tel/Fax.: (líneas rotativas) Guardia Clínica Adultos 24hs. Guardia Pediatría de 19 a 7hs. PATERNAL Clínica de la Esperanza CELSO S.R.L. Tres Arroyos Tel/Fax: (líneas rotativas) Guardia Clínica Adultos y Pediatría 24hs. RECOLETA Sanatorio San José. Sánchez de Bustamante Tel/Fax: Int Guardia Pediatría 24hs. VILLA SOLDATI U.A.I. Hospital Universitario. Portela Tel/Fax: (líneas rotativas) Guardia Clínica Adultos 24hs. 5

6 SERVICIOS DE GUARDIA CLÍNICA ADULTOS Y PEDIATRÍA 24HS. ZONA NORTE BECCAR Clínica Privada Beccar. Julián Navarro 48 - Tel/Fax: (Líneas rotativas) Guardia Clínica Adultos 24hs. EL TALAR DE PACHECO Centro Médico Talar. Panamericana y Ruta Tel/Fax: /7797 (Líneas rotativas) Guardia Clínica Adultos y Pediatría 24hs. FLORIDA Hospital Privado Modelo S.A. Presidente Gral. J.A. Roca Tel/Fax: Guardia Clínica Adultos 24hs. JOSÉ C. PAZ Hospital Dr. Alberto Duhau. Lavalle Tel/Fax: (02320) /55 (Líneas rotativas) Guardia Clínica Adultos y Pediatría 24hs. SAN FERNANDO Sanatorio San Pablo. Alvear Tel/Fax: Guardia Clínica Adultos y Pediatría 24hs. 6

7 SERVICIOS DE GUARDIA CLÍNICA ADULTOS Y PEDIATRÍA 24HS. ZONA OESTE / NOROESTE CASEROS Sanatorio Modelo de Caseros S.A. Luis Medina Tel/Fax: (líneas rotativas) Guardia Clínica Adultos y Pediatría 24hs. GREGORIO LAFERRERE Clínica Modelo de Laferrere. Av. Luro Tel: / Fax.: Guardia Clínica Adultos y Pediátrica 24hs. HAEDO Clínica Dres. Marcelo S. Tachella S.A. Av. 2º Rivadavia Tel/Fax: (líneas rotativas) Guardia Clínica Adultos y Pediatría 24hs. LOMAS DEL MIRADOR Clínica Privada del Buen Pastor. Av. Mosconi Tel/Fax: / 3415 / 5319 Guardia Clínica Adultos y Pediatría 24hs. MERLO Clínica Privada Provincial. Garay Tel/Fax: (0220) / /2984 Guardia Clínica Adultos y Pediatría 24hs. MORÓN Clínica Modelo de Morón. Uruguay Tel/Fax: (líneas rotativas) Guardia Clínica Adultos y Pediatría 24hs. 7

8 8 SERVICIOS DE GUARDIA CLÍNICA ADULTOS Y PEDIATRÍA 24HS. ZONA SUR ADROGUÉ Clínica IMA S.A. Av. Francisco Seguí Tel/Fax: (líneas rotativas) Guardia Clínica Adultos y Pediatría 24hs. BANFIELD Sanatorio Chacabuco. Av. Belgrano 1303 Tel.: Fax: Guardia Clínica Adultos y Pediatría 24hs. LOMAS DE ZAMORA Clínica Privada 2 de Abril. Molina Arrotea Tel/Fax: / 3075 / Fax: Guardia Clínica Adultos 24hs. MONTE GRANDE Sanatorio Modelo Estrella S.A. Av. N. Bruzzone Tel/Fax: / 7453 / 9773 Guardia Clínica Adultos y Pediatría 24hs. QUILMES Sanatorio Urquiza. Urquiza Tel/Fax: / 4399 Guardia Clínica Adultos y Pediatría 24hs. Clínica del Niño. Lamadrid Tel/Fax: (Líneas rotativas) Guardia Pediatría 24hs. SAN FRANCISCO SOLANO Instituto Médico Modelo S.A. Calle 841 N Tel/Fax: (Líneas rotativas) Guardia Clínica Adultos y Pediatría 24hs. SARANDÍ Clínica Nuestra Sra. de la Dulce Espera. Gral. Ferré Tel/Fax: / 7100 Guardia Pediatría 24hs. TRISTAN SUÁREZ Clínica Tristán Suárez. Canale 30. (Ruta Km 40.) - Tel/Fax: / 9144 Guardia Clínica Adultos 24hs.

9 SERVICIO URGENCIAS ODONTOLÓGICAS 24HS. CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RETIRO Centro Odontológico S.R.L. Urgencias odontológicas Lunes a Viernes de 20 a 8hs. Sábados, Domingos y Feriados las 24 hs. Cerrito 866, 7. - Tel.: / 05 / 10 ZONA NORTE VICENTE LOPEZ Odontohelp. Urgencias odontológicas 24hs. Aristóbulo del Valle Tel.: ZONA OESTE RAMOS MEJÍA Centro Integral Odontológico Privado. Urgencias odontológicas 24hs. Av. Gral. San Martín Tel.: / ZONA SUR WILDE Prodonto Asistencia Odontológica Integral. Urgencias odontológicas las 24hs. Fabián Onzari 8, 1º - Tel.: / /6963 SERVICIO URGENCIAS OFTALMOLÓGICAS 24HS. SAN MIGUEL Clínica de Ojos Dr. Nano Central San Miguel Sarmiento Tel.: Atención: las 24hs., los 365 días del año. SERVICIO URGENCIAS OFTALMOLÓGICAS de 20 a 8HS. Ciudad Autónoma de Bs. As. Centro de Ojos San Pablo. Av. San Juan Tel.: / 8061 Atención: Oftalmólogo de planta de 8 a 20hs. Guardia Pasiva de 20 a 8hs. 9

10 SERVICIO URGENCIAS EN SALUD MENTAL 24HS. CLISAM Equipo de Salud Mental. Coordinadora Gral. Lic. Álvarez, Rosalía. - Tel.: Urgencias Psiquiátricas. Dra. Gelbert, Teresa. - Tel.:

11 indice GENERAL Institucional..... Emergencias, urgencias y visitas domiciliarias Servicios de Guardia las 24 horas. Urgencias Clínica médica y pediatría. Ciudad autónoma de Buenos Aires Zona Norte Zona Oeste / Noroeste Zona Sur..... Urgencias Odontológicas.... Urgencias Oftalmológicas.... Urgencias en Salud mental... Nuestro Modelo Prestacional... Acceso a las prestaciones... Autorizaciones.... Coseguros.... Normas Generales... Gestión de turnos.... Actualización de Cartilla... Programa Médico Obligatorio.... Ciudad Autónoma de Buenos Aires.... Médicos clínicos de familia. (Acceso directo, sin coseguro)... Médicos Pediatras. (Acceso directo, sin coseguro)... Consultorios Ginecología. (Acceso directo, sin coseguro).. Consultorios Cardiología. (Acceso directo, sin coseguro).... Consultorios Oftalmología (Acceso directo, sin coseguro). Consultorios Traumatología. (Acceso directo, sin coseguro). Policonsultorios.... Centros de Diagnóstico y Tratamiento.... Clínicas y Sanatorios.... Odontología Zona Ciudad Autónoma de Bs. As. Urgencias 24 hs Consultorios odontología.... Radiología dental.... Odontología en pacientes de alto riesgo.... Farmacias Zona Ciudad Autónoma de Bs. As.... Zona Norte.... Médicos clínicos de familia. (Acceso directo, sin coseguro).. Médicos Pediatras. (Acceso directo, sin coseguro).... Consultorios Ginecología. (Acceso directo, sin coseguro)... Consultorios Cardiología. (Acceso directo, sin coseguro)..... Consultorios Oftalmología (Acceso directo, sin coseguro).. Policonsultorios

12 Centros de Diagnóstico y Tratamiento.... Clínicas y Sanatorios.... Odontología Zona Norte. Urgencias 24 hs Consultorios odontología.... Radiología dental.... Farmacias Zona Norte Zona Oeste / Noroeste.... Médicos clínicos de familia. (Acceso directo, sin coseguro)... Médicos Pediatras. (Acceso directo, sin coseguro). Consultorios Ginecología. (Acceso directo, sin coseguro)... Consultorios Cardiología. (Acceso directo, sin coseguro). Consultorios Oftalmología (Acceso directo, sin coseguro). Consultorios Traumatología. (Acceso directo, sin coseguro)... Policonsultorios.... Centros de Diagnóstico y Tratamiento.... Clínicas y Sanatorios.... Odontología Zona Oeste / Noroeste. Urgencias 24 hs Consultorios odontología.... Radiología dental.... Farmacias Zona Oeste/Noroeste.... Zona Sur.... Médicos clínicos de familia. (Acceso directo, sin coseguro) Médicos Pediatras. (Acceso directo, sin coseguro).. Consultorios Ginecología. (Acceso directo, sin coseguro)... Consultorios Cardiología. (Acceso directo, sin coseguro).... Consultorios Oftalmología (Acceso directo, sin coseguro)... Consultorios Traumatología. (Acceso directo, sin coseguro).. Médicos de Atención Primaria. (Acceso directo, sin coseguro).... Policonsultorios.... Centros de Diagnóstico y Tratamiento.... Clínicas y Sanatorios.... Odontología Zona Sur. Urgencias 24 hs Consultorios odontología.... Radiología dental.... Farmacias Zona Sur.... Otros Servicios.... Delegaciones... Programas de Prevención... Newsletter

13 Nuestro Modelo Prestacional El modelo se basa en la Atención Primaria de la Salud, con eje en la Prevención, para lo cual contamos con un equipo de atención primaria compuesto por Médicos Clínicos de familia, Pediatras, Ginecólogos, Cardiólogos, Oftalmólogos y Traumatólogos de acceso directo, sin límite de consultas, ni pago de coseguro. Tampoco requieren autorización las prácticas prescriptas por los mismos en laboratorio, radiología y ecografías nomencladas. El modelo de atención primaria prioriza las acciones de prevención, sustentado en las particularidades socio-demográficas que posee la población beneficiaria, atendiendo la necesidad y no exclusivamente la demanda. Este modelo de medicina preventiva pone especial énfasis en la información brindada a los beneficiarios, educando en salud y buscando una mejor calidad de vida. Se trata de la cobertura de un primer nivel integrado por profesionales seleccionados por poseer una sólida formación en medicina general y un excelente manejo de la relación médico-paciente. Este modelo de prestaciones de servicios fue adaptado exitosamente y se desarrolla en todo el territorio nacional, continuando su aplicación, entendiendo que la Atención Primaria de la Salud (APS) es una prioridad absoluta, siendo las acciones de promoción y prevención pasibles de una asignación creciente de recursos. 13

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15 Acceso a las Prestaciones Médicos de acceso directo. En el Área Metropolitana (Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Conurbano), cada afiliado de la Obra Social tiene acceso a cualquier Médico de Familia, Pediatra y especialistas en Ginecología, Cardiología, Oftalmología y Traumatología, quienes forman un equipo interdisciplinario y se encuentran en la presente cartilla prestacional como médicos de Acceso directo. El Beneficiario concurre a la consulta espontáneamente o puede ser invitado por la Dirección Médica de la Obra Social a participar en las actividades contempladas en los Programas de Prevención. Especialidades Médicas. Los Beneficiarios concurren con la orden de interconsulta del Médico de Familia, Pediatra, Ginecólogo y/o Cardiólogo del Equipo de O.S.P.A. a las distintas especialidades en los Policonsultorios, Clínicas y Sanatorios que se presentan en la cartilla prestacional, salvo en las especialidades de Oftalmología y Traumatología cuyo acceso es directo. Prácticas de Diagnóstico y Tratamiento. Las prácticas son generadas por una consulta al Médico de familia o especialistas; para su realización, el beneficiario deberá solicitar autorización, en caso de corresponder, a la Obra Social quien podrá sugerir el prestador. (Ver modalidades de AUTORIZACIONES) La indicación se realiza en un recetario para cada tipo de práctica (laboratorio, imágenes, tratamientos, etc.) y el coseguro se abona por cada recetario. Los Beneficiarios deben entregar al médico un bono de practica numerado provisto por la Obra Social, donde el profesional consignará las prácticas necesarias. El Beneficiario deberá obtener la autorización de la Obra Social (si corresponde) y abonar el coseguro correspondiente. Medicamentos. La Obra Social brinda un beneficio exclusivo: - Cobertura del 100% en medicamentos para pacientes con patologías Crónicas Bajo Programas Aprobados. Los mismos son suministrados en farmacias exclusivas, previa autorización de la Auditoría médica de la Obra Social. - Cobertura del 100% en medicamentos indicados a pacientes hasta los 6 (seis) años, previa autorización de la Obra Social. Los medicamentos con coberturas especiales (insulinas, medicación oncológica, HIV, etc.) tienen una cobertura del 100% y deberán solicitarse con 15 (quince) días de anticipación a la dirección Médica de O.S.P.A., salvo urgencias 15

16 debidamente justificadas, para su evaluación. Las indicaciones de medicamentos se prescriben en recetarios provistos por la Obra Social, con una vigencia de 10 (diez) días, contando como primer día, la fecha de prescripción; En los mismos el profesional podrá indicar hasta un máximo de dos formas farmacéuticas de las cuales, sólo una de tamaño grande. (En medicamentos de única presentación, la misma se considera tamaño grande y los antibióticos inyectables en presentación individual hasta Cinco unidades por receta.) La adquisición se ejercerá en las farmacias habilitadas detalladas en la presente cartilla prestacional, abonando un porcentaje establecido sobre el valor de referencia según se constituye en la Resolución 310/2004 SSSAlud. Los beneficiarios perciben una Cobertura del 40% en medicamentos de uso ambulatorio; Cobertura del 70% en medicamentos destinados a tratar patologías crónicas prevalentes; Cobertura del 100% en medicación suministrada en internación y 100% de Cobertura en Eritropoyetina (tratamiento de la Insuficiencia Renal Crónica); Dapsona (tratamiento de lepra en cualquiera de sus formas clínicas); Medicamentos para uso oncológico (según protocolos oncológicos aprobados por la autoridad de aplicación); Inmunoglobulina antihepatitis B (según recomendaciones de uso del Anexo III Resolución 310/2004) y drogas para el tratamiento de la tuberculosis. Cobertura del 100% según Resolución 310/2004 y sus respectivas modificatorias en insulinas; piridostigmina (tratamiento de la Miastenia Gravis); Medicamentos de uso anticonceptivo (explícitamente comprendidos en la Ley de Salud Sexual y Procreación Responsable: Anticonceptivos intrauterinos, dispositivos de cobre, condones con o sin espermicidas, diafragmas y espermicidas.); Medicación de soporte clínico de la quimioterapia destinada a la prevención y tratamiento según los protocolos oncológicos aprobados por la autoridad de aplicación; Medicación analgésica destinada al manejo del dolor de pacientes oncológicos, según los protocolos oncológicos aprobados por la autoridad de aplicación; Medicación incluida en la Administración de Programas especiales. Las/os beneficiarias/os incluidos en el Plan Materno Infantil, gozan del 100% de cobertura en medicación relacionada al embarazo, parto, puerperio y hasta el primer año de vida; Deberán solicitar la chequera rosa que identifica el Plan Materno Infantil en la sede de la Obra Social con el certificado de embarazo y fecha probable de parto. Internaciones. Los beneficiarios disponen de Servicio de Internaciones programadas, de urgencia y domiciliarias. En las internaciones programadas el afiliado deberá tramitar previamente la autorización en la Obra Social, quien indicará el momento a partir del cual se puede efectuar. 16

17 La internación será en una habitación compartida, reconociéndose los gastos originados por acompañantes en los casos de pacientes menores de 15 (quince) años. Se reconocerán todas aquellas prestaciones incluidas en el P.M.O. La internación domiciliaria se otorgará en aquellos casos de patologías que requieren cuidados que pueden ser suministrados en el domicilio particular con mayor comodidad y beneficio para el paciente. En estos casos la Obra Social proveerá el médico a domicilio, atención de enfermería y/o kinesioterapeuta y de ser necesario, la provisión de oxigeno y medicación indicada. Las mismas tienen vencimiento con el alta médica, debiendo renovarse cada fin de mes con una nueva prescripción médica. Al igual que en cualquier solicitud de atención médica, se deberá acreditar la identidad y condición de afiliado a la Obra Social, mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad y la credencial vigente de la Obra Social. Prótesis y Ortesis. La Obra Social proveerá las prótesis de colocación interna permanente de acuerdo a lo establecido en el P.M.O. según Resolución 201/2002 y sus respectivas modificaciones. Para su provisión el beneficiario y/o familiar deberá concurrir a la Obra Social con la prescripción médica respectiva y resumen de Historia Clínica. En el caso de ortesis de colocación externa, la cobertura será del 50% del mejor presupuesto del mercado, mediante el sistema de reintegro. La indicación médica en Prótesis y Ortesis, se efectuará por nombre genérico sin mención o sugerencia alguna de marca y/o proveedor. Los elementos provistos serán de fabricación nacional con excepción de aquellos casos que sólo puedan ser cubiertos por productos importados. Kinesiología y Fisiatría. Serán autorizadas hasta un máximo de 25 sesiones por año calendario y por beneficiario, con profesionales de cartilla contratados para tal fin. Fonoaudiología y Ejercicios Ortópticos. Serán autorizadas hasta un máximo de 25 sesiones por año calendario y por beneficiario, no reconociéndose prórrogas de éstas sesiones. Salud Mental. La cobertura alcanza hasta 30 (Treinta) visitas por año calendario, no pudiendo exceder las 4 (cuatro) consultas mensuales. Incluye las modalidades de psiquiatría, psicología, psicopedagogía, psicoterapia grupal, individual, familiar, de pareja y psicodiagnóstico. Para gozar de este beneficio, el afiliado debe solicitar turno en Admisión de Pacientes cuyo responsable en Salud Mental, determinará la derivación con el terapeuta correspondiente. 17

18 Se cubrirán patologías agudas en las modalidades institucionales, en internación u hospital de día, hasta 30 (treinta) días por año calendario. Odontología. Para acceder a la red de prestadores odontológicos se deberá acreditar la condición de afiliado y abonar los coseguros detallados previamente. Plan Materno Infantil. Consiste en la cobertura médica de la paciente embarazada a partir del diagnostico y hasta el primer mes luego del parto, como así atención del recién nacido hasta cumplir el año de edad. Comprende: - Cobertura del 100% de la atención integral del embarazo, parto, puerperio y del recién nacido, incluyendo controles prenatales periódicos, internación y todos aquellos estudios de detección precoz que establezca la normativa vigente y los que la Obra Social estime pertinentes control del crecimiento, etc. -. con profesionales de su Equipo. - Cobertura del 100% en medicamentos inherentes al estado de embarazo, parto y puerperio para la madre. Cobertura del 100% en medicamentos para el/la niño/a hasta el año de vida. Provisión de leches medicamentosas en aquellos casos debidamente justificados mediante pedido médico y resumen de Historia Clínica. 18

19 Autorizaciones Las practicas detalladas a continuación NO REQUIEREN autorización previa de O.S.P.A. siendo solicitadas por el Equipo Médico, comprendido por los médicos de familia, pediatras, ginecólogos, cardiólogos y traumatólogos de Acceso Directo y dentro de los 30 (treinta) días de su prescripción. Las practicas que SÍ REQUIEREN autorización, podrán ser solicitadas a través de las siguientes modalidades dentro de los 30 (treinta) días de su prescripción. Las recetas de medicamentos tienen 10 (diez) de validez. Si es necesario la Obra Social podrá requerir un resumen de Historia Clínica que justifique la solicitud de la práctica. 19

20 20 Atentos a la necesidad de priorizar las autorizaciones que requieran mayor urgencia en su análisis, los tiempos fijados para responder a las mismas serán de:

21 Coseguros Consulta Médica: Con Equipo de O.S.P.A.: Médico de Familia, Pediatría, Cardiología, Ginecología, Oftalmología y Traumatología: Sin Coseguro. Especialista en Policonsultorio: $ 4. Médico a Domicilio: $ 5. Urgencias Domiciliarias: $ 5. Emergencias domiciliarias: Sin coseguro. Prácticas y estudios diagnósticos ambulatorios: Prácticas médicas de baja, media y alta complejidad: $ 5. (Sólo prácticas incluidas en el P.M.O.) Estudios de laboratorio: $ 5. Cada 5 (cinco) determinaciones por bono de práctica. Diagnóstico por imágenes: Radiología simple y contrastada: Eco-diagnóstico: Tomografía computada: Resonancia Nuclear Magnética y Medicina Nuclear: $ 5. - por región. $ 5. - por estudio. $ 5. - por región. $ 5. - por región. Colposcopía, Pap y mamografía Sin Coseguro. (Cobertura del 100% en las prestaciones encuadradas en los Programas de Prevención de O.S.P.A.) D.I.U.: Sin Cargo. Se cubrirá con nuestro Equipo de profesionales autorizados el 100% de valores pactados. (Dispositivo de cobre) Prácticas y Estudios diagnósticos en internación: Prácticas de baja, media y alta complejidad: Sin Coseguro. Salud Mental: En consultorio, por entrevista, consulta o sesión: $ 6. A Domicilio, por entrevista, consulta o sesión: $ 10. Rehabilitación: Kinesiología Fonoaudiología: En consultorio, por sesión: $ 4. 21

22 A Domicilio (con pedido médico) por sesión: $ 10. Odontología: Según anexo II del P.M.O. Niños hasta 15 años y mayores de 65 años: $ 4. Beneficiarios entre 16 y 64 años: $ 7. Exentos del pago de coseguro: Programa Materno infantil. Programas de Prevención. Programa de inmunizaciones. Prestaciones básicas para la atención integral a favor de las personas con capacidades diferentes. Programa de Hemodiálisis. Programa HIV-SIDA. Pacientes jubilados, oncológicos, hemofílicos. Internación en todas sus modalidades. Cuidados paliativos y tratamiento del dolor en pacientes terminales. Óptica: La cobertura en beneficiarios menores de 15 años es del 100% por reintegro en cristales orgánicos y armazón de acetato y en Jubilados mayores de 65 años la cobertura es del 50% por reintegro cristales orgánicos y armazón de acetato en por un par de anteojos. Prestaciones excluidas - Cirugía estética (incluye Flebología estética) - Prestaciones fuera del P.M.O. - Medicina Alternativa. Estudios, prácticas y tratamientos en fase experimental. Estas prestaciones pueden ser otorgadas por excepción, con cobertura parcial, previo análisis de cada caso por la Auditoría Médica de O.S.P.A. 22

23 Normas Generales Afiliación: Para la afiliación a la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL AERONÁUTICO se requerirá al afiliado titular, completar una solicitud de ingreso, su último recibo de sueldo y el Documento Nacional de Identidad. Si el afiliado titular desea incorporar a su grupo familiar a cargo, se deberá completar la solicitud respectiva, que debe estar acompañada por la Fotocopia del Documento Nacional de Identidad de cada uno de los integrantes del grupo familiar, y se deberá adjuntar el correspondiente Certificado de Matrimonio para la afiliación del cónyuge y los Certificados de nacimiento de cada uno de sus hijos para la afiliación de los mismos. En caso de que alguno de los hijos a cargo tuviera 21 años cumplidos, es requisito que se encuentre cursando estudios en un establecimiento reconocido por el Ministerio de Educación, para lo cual se debe presentar la certificación correspondiente del mismo. Caso contrario no le corresponde la afiliación como familiar a cargo. En el caso de los hijos y/o familiares con incapacidad, será necesaria una certificación de esta situación emitida por la autoridad provincial o nacional competente. Otros Familiares a Cargo: Para la inclusión al grupo familiar de las /los concubinas/os se deberá presentar una declaración jurada sobre dicha situación ante un juez en lo Civil y Comercial donde conste: 1- Que conviven bajo el mismo techo. 2- Que la/el concubina/o no tiene cobertura por otra Obra Social. Para la inclusión de los menores a cargo, se debe acompañar la solicitud correspondiente con la tutoría del menor certificada por el Juez competente. Credencial: Es un documento básico necesario para toda gestión en la Obra Social y será imprescindible para acceder a la atención de la Salud del Afiliado y sus familiares. Este documento es extendido en todos los casos por la Obra social y debe ser tramitado por el afiliado en la sede de la misma. Ante la pérdida o extravío de la credencial, el afiliado deberá comunicar esta situación a la Obra Social dentro de las 48hs. de ocurrido el hecho. A partir de esta comunicación, la misma procederá a gestionar un duplicado de la credencial extraviada. La utilización indebida de la credencial o la utilización por terceras personas, con conocimiento por parte del afiliado, generará las sanciones correspondientes o aquellas que determine en el futuro. Acceso a un Plan de Adherentes: La Obra Social brinda los servicios a aquellas personas que elijan la Obra Social para su cobertura médica abonando mensualmente un arancel aprobado por la 23

24 Superintendencia de Servicios de Salud. Aranceles del Plan: La Obra Social podrá modificar el valor de la cuota del plan previa autorización de la Superintendencia de Servicios de Salud. Caducidad de la afiliación: Se producirá en forma automática al vencimiento de la tercera cuota impaga (día 10 del 3 mes impago) Prestadores: El listado de Prestadores forma parte de la presente cartilla y podrá ser modificado por la Obra Social por razones definidas por la misma sin que medie aviso previo. Los cambios acaecidos constarán en sucesivas reimpresiones de la cartilla prestacional y/o se comunicaran a través de la página Web: www. ospa.com.ar Centro de Orientación y Coordinación de Servicios. Área de Prestaciones médicas: Para realizar consultas y trámites referidos a prestaciones médicas, dirigirse a: Anchorena 1250, 2 piso. CP: 1425 o comunicarse al: Tel.: / 0294 Interno: 210 / 211. Horario de Atención: De Lunes a Viernes de 10 a 18hs. Correo electrónico: prestacionesmedicas@ospa.com.ar Área de Afiliaciones: Para realizar consultas y trámites referidas al pago de cuotas y trámites de afiliación, así como la incorporación en carácter de adherente o utilizando la Opción de Traspaso desde otra Obra Social, dirigirse a: Anchorena 1250, 2 piso. CP: 1425 o comunicarse al: Tel.: / 0294 Interno: 208. Horario de Atención: De Lunes a Viernes de 10 a 18hs. Correo electrónico: afiliaciones@ospa.com.ar GESTIÓN DE TURNOS. Los turnos deberán ser gestionados por los Beneficiarios en los prestadores que figuran en la presente Cartilla prestacional, en los teléfonos y horarios correspondientes. ACTUALIZACIÓN DE LA CARTILLA. La Cartilla Prestacional se actualiza anualmente. La actualización en la página web se realiza en forma semanal en Diariamente se puede solicitar información en el sector de Prestaciones médicas personalmente de lunes a viernes de 10 a 18hs. en Anchorena 1250, C.A.B.A. y telefónicamente en el /7223/0146; internos 210 y

25 Programa Médico Obligatorio Este Programa de Salud, es el conjunto de prestaciones esenciales de carácter obligatorio que deben garantizar los Agentes del Seguro de Salud, quienes no son meramente financiadores del sistema, sino y por sobre todo, responsables de la cobertura de salud de la población beneficiaria. Este anexo determina la cobertura básica que brindarán los Agentes del seguro de Salud a sus beneficiarios. 1. Cobertura: 1.1. Atención Primaria de la Salud: Se reafirma el principio de que este Programa Médico Obligatorio está basado en los principios de la atención primaria de la salud, entendiendo a la misma no sólo como la cobertura para el primer nivel de atención, sino y fundamentalmente como una estrategia de organización de los servicios sanitarios. Por tanto se sostienen los principios de privilegiar la preservación de la salud antes que las acciones curativas, y por tanto reforzar los programas de prevención. Brindar una cobertura integral, es decir un abordaje bio-psico-social de los problemas de salud. Asegurar un mecanismo integrado de atención en los distintos niveles de prevención primaria, secundaria y terciaria. Proveer de cuidados continuos a los beneficiarios, privilegiando la atención a partir de un médico de familia que sea el responsable de los cuidados de los beneficiarios, y donde los mismos tengan el derecho a conocer el nombre de su médico, así como los demás proveedores de servicios obligándose a conocer y acompañar en forma integral a los pacientes en el cuidado de su salud la recuperación de la misma y la rehabilitación. Programas de Prevención Primaria y Secundaria: Se deberán acordar en colaboración con la autoridad jurisdiccional. En todos los casos será obligación de los Agentes del Seguro la entrega del listado de personas bajo programa, el cual deberá ser elevado en forma trimestral a la Superintendencia de Servicios de Salud en conjunto con la información requerida en la Resolución 650/97 ANSSAL y modificatorias. En todos los casos para que un programa de prevención sea reconocido como tal los Agentes del Seguro deberán especificar objetivos, metas, recursos humanos, recursos materiales, guías de atención, mecanismos de evaluación y resultados esperados, los mencionados programas deberán presentarse en la Superintendencia de Servicios de Salud. Los Agentes del Seguro de Salud, deberán adaptar los programas de prevención a sus características socio-demográficas particulares, además de los otros planes que consideren procedentes por las características del Agente Plan Materno Infantil: Se dará cobertura durante el embarazo y el parto a partir del momento del diagnóstico y hasta el primer mes luego del nacimiento. 25

26 Atención del recién nacido hasta cumplir un año de edad: Todo con cobertura al 100% tanto en internación como en ambulatorio y exceptuado del pago de todo tipo de coseguros para las atenciones y medicaciones específicas. Esta cobertura comprende: a) Embarazo y parto: consultas, estudios de diagnóstico exclusivamente relacionados con el embarazo, el parto y puerperio, ya que otro tipo de estudios tendrá la cobertura que rige al resto de este PMO; psicoprofilaxis obstétrica, medicamentos exclusivamente relacionados con el embarazo y el parto con cobertura al 100%. b) Infantil: Será obligatoria la realización perinatológica de los estudios para detección de la fenilcetonuria, del hipotiroidismo congénito y enfermedad fibroquística en el recién nacido. Deberán cubrirse las consultas de seguimiento y control, inmunizaciones del período, cobertura del 100% de la medicación requerida para el primer año de vida siempre que ésta figure en el listado de medicamentos esenciales. c) A fin de estimular la lactancia materna no se cubrirán las leches maternizadas o de otro tipo, salvo expresa indicación médica, con evaluación de la auditoría médica Programas de prevención de cánceres femeninos: En especial de cáncer de mama y cuello uterino, diagnóstico y tratamiento de todas las afecciones malignas. Siempre con la cobertura de las medicaciones que figuren en los protocolos del Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica. Se excluyen de la cobertura todo tipo de tratamientos y/o protocolos de carácter experimental o en fase de prueba Odontología preventiva: Campos de prevención, fluoración y campañas de educación para la salud bucal. 2. Atención Secundaria: Los Agentes del Seguro de Salud se encuentran obligados a brindar exclusivamente las especialidades reconocidas por la autoridad sanitaria nacional Especialidades: Anatomía Patológica. Diagnóstico por imágenes: Radiología, tomografía computada, resonancia magnética. Anestesiología. Cardiología y ecografía. Cirugía cardiovascular. Endocrinología. Cirugía de cabeza y cuello. Infectología. Cirugía general. Fisiatría (medicina física y rehabilitación). Cirugía infantil. Cirugía plástica reparadora. Gastroenterología. Cirugía de tórax. Geriatría. Clínica médica. 26

27 Ginecología. Dermatología. Hematología. Hemoterapia. Oftalmología. Medicina familiar y General. Oncología. Medicina nuclear: diagnóstico y tratamiento. Ortopedia y traumatología. Nefrología. Otorrinolaringología. Neonatología. Pediatría. Neumonología. Psiquiatría. Neurología. Reumatología. Nutrición. Terapia intensiva. Obstetricia. Urología Las prestaciones a brindar son: Se asegura la consulta en consultorio e internación. Se asegura la consulta de urgencia y emergencia en domicilio. En los mayores de 65 años que no puedan movilizarse, se asegura la consulta programada en domicilio con un coseguro de $10 por cada visita. En todo otro grupo etario donde sea el paciente esté imposibilitado de desplazarse quedará a discreción de la auditoría del Agente del Seguro la provisión de Atención programada en domicilio Prácticas y estudios complementarios ambulatorios, diagnósticos y terapéuticos: Todas las prácticas diagnósticas y terapéuticas detalladas en el anexo II de la presente Resolución, con iderando el material descartable y los medios de contraste como parte de la prestación que se realiza. 3. Internación: Se asegura el 100% de cobertura en la internación en cualquiera de sus modalidades (institucional, hospital de día o domiciliaria). Todas las prestaciones y prácticas que se detallan en el anexo II se encuentran incluidas dentro de la cobertura. La cobertura se extiende sin límite de tiempo, a excepción de lo contemplado en el capítulo que corresponde a salud mental. 4. Salud mental: 4.1. Se incluyen todas aquellas actividades de fortalecimiento y desarrollo de comportamientos y hábitos de vida saludables como forma de promoción de la salud en 27

28 general y de la salud mental en particular Actividades específicas que tienden a prevenir comportamientos que puedan generar trastornos y malestares psíquicos en temas específicos como la depresión, suicidio, adicciones, violencia, violencia familiar, maltrato infantil. Los agentes del seguro propiciarán las prácticas de promoción de salud mental mediante el desarrollo de actividades acordes a las modalidades que consideren pertinentes para su población beneficiaria Prestaciones cubiertas: atención ambulatoria hasta 30 visitas por año calendario, no pudiendo exceder la cantidad de 4 consultas mensuales. Esto incluye las modalidades de entrevista psiquiátrica, psicológica, psicopedagogía, psicoterapia individual, psicoterapia grupal, psicoterapia de familia y de pareja, psicodiagnóstico Internación: se cubrirán patologías agudas en las modalidades institucionales u hospital de día. Hasta 30 días por año calendario. 5. Rehabilitación: Se incluyen todas las prácticas kinesiológicas y fonoaudiológicas que se detallan en el Anexo II de la presente Resolución. Los Agentes del Seguro de Salud darán cobertura ambulatoria para rehabilitación motriz, psicomotriz, readaptación ortopédica y rehabilitación sensorial. Kinesioterapia: hasta 25 sesiones por beneficiario por año calendario. Fonoaudiología: hasta 25 sesiones por beneficiario por año calendario Estimulación temprana: en los términos que se define en el Anexo II de la presente Resolución. 6. Odontología: 6.1. Se asegura la cobertura por parte de los Agentes del Seguro de Salud, de las siguientes prácticas: 1.01 Consulta. Diagnóstico. Fichado y plan de tratamiento. Este código incluye examen, diagnóstico y plan de tratamiento. Se considera como primera consulta y comprende la confección de la ficha odontológica Consulta de urgencia. Se considera consulta de urgencia a toda consulta sin turno previo, que resuelva la demanda espontánea. El beneficiario una vez resuelta la urgencia podrá consultar a su odontólogo general para iniciar el tratamiento definitivo de la patología que lo afecte. No se contempla dentro de esa consulta la realización de prácticas no cubiertas, a excepción del cementado de puentes y coronas que no requieran de restauración protética Obturación de amalgama. Cavidad simple Obturación de amalgama. Cavidad compuesta o compleja Obturación con tornillo en conducto. Comprende el tratamiento de los tejidos duros del diente para resolver los daños provocados por la caries dental cuando la destrucción coronaria sea mayor que los dos tercios de la distancia intercuspídea. La obturación definitiva debe incluir, en menores de 18 años, el sellado de todas las superficies no tratadas. Será reconocida una única vez por pieza tratada Obturación resina autocurado. Cavidad simple. 28

29 2.06 Obturación resina autocurado. Cavidad compuesta o compleja Obturación resina fotocurado sector anterior. Comprende la restauración de las piezas anteriores y vestibular de primeros premolares Reconstrucción de ángulo en dientes anteriores Tratamiento endodóntico en unirradiculares Tratamiento endodóntico en multirradiculares Biopulpectomía parcial Necropulpectomía parcial o momificación. En piezas que por causa técnicamente justificada no se pueda realizar el tratamiento endodóntico convencional Tartrectomía y cepillado mecánico. Está práctica no incluye el blanqueamiento de piezas dentarias. En pacientes mayores de 18 se cubrirá una vez por año Consulta preventiva. Terapias fluoradas. Incluye Tartrectomía y cepillado mecánico, detección y control de la placa bacteriana, enseñanza de técnicas de higiene. Se cubrirá hasta los 18 años y hasta dos veces por año. Comprende aplicación de flúor tópico, barniz y colutorios Consulta preventiva. Detección control de placa bacteriana, y enseñanza de técnicas de higiene bucal. Comprende enseñanza de técnicas de cepillado, uso de elementos de higiene interdentarios, asesoramiento dietético y revelado de placa. Incluye monitoreo anual Selladores de surcos, fosas y fisuras. Esta práctica se reconoce hasta los 15 años en premolares y molares permanentes Aplicación de cariostáticos en piezas dentarias permanentes Consultas de motivación. Se cubrirá hasta los 15 años de edad e incluye la consulta diagnóstica, examen y plan de tratamiento. Comprende hasta tres visitas al consultorio Mantenedor de espacio. Comprende mantenedores de espacios fijos o removibles. Se cubrirá por única vez por pieza dentaria y en pacientes de hasta 8 años inclusive. Se incluye corona o banda y ansa de alambre de apoyo o tornillo de expansión Reducción de luxación con inmovilización dentaria Tratamientos en dientes temporarios con Formocresol. Cuando el diente tratado no esté próximo a su exfoliación. También se cubrirá en piezas permanentes con gran destrucción coronaria Corona de acero provisoria por destrucción coronaria. Se cubrirá en piezas temporarias con tratamiento de formocresol o gran destrucción coronaria, cuando la pieza no se encuentre dentro del período de exfoliación. En primeros molares permanentes hasta los 15 años de edad Reimplante dentario e inmovilización por luxación total Protección pulpar directa Consulta de estudio. Sondaje, fichado, diagnóstico y pronóstico Tratamiento de gingivitis. Comprende tartrectomía, raspaje y alisado, detección y control de placa, topicación con flúor y enseñanza de técnicas de higiene bucal. Se cubrirá anualmente Tratamiento de enfermedad periodontal. Comprende todos los cuadros periodontales e incluye raspaje y alisado radicular. Se cubrirá cada dos años. 29

30 8.04 Desgaste selectivo o armonización aclusal Radiografía periapical. Técnica de cono corto o largo. Radiografía Bte-Wing Radiografía oclusal Radiografías dentales media seriada: de 5 a 7 películas 9.04 Radiografías dentales seriadas: de 8 a 14 películas Pantomografía o radiografía panorámica Estudio cefalométrico Extracción dentaria Plástica de comunicación buco-sinusal Biopsia por punción o aspiración o escisión Alveolectomía estabilizadora Reimplante dentario inmediato al traumatismo con inmovilización Incisión y drenaje de abscesos Extracción dentaria en retención mucosa Extracción de dientes con retención ósea Germectomía Liberación de dientes retenidos Tratamiento de la osteomielitis Extracción de cuerpo extraño Alveolectomía correctiva Frenectomía El monto de coseguros a pagar será: De hasta $ 4 para niños de hasta 15 años, y para mayores de 65 años. Co-seguro de hasta $ 7 para aquellos beneficiarios que tienen entre 16 y 64 años Los coseguros serán pagados en donde el Agente del Seguro de Salud lo determine. 7. Medicamentos 7.1. Se asegura la cobertura de los medicamentos en ambulatorio que figuran en el Anexo III de la presente con un 40% de cobertura, conforme al precio de referencia que se explicita en el anexo IV, y en las formas farmacéuticas allí indicadas La cobertura será del 100% en internados Tendrán cobertura al 100% por parte del Agente del Seguro: Eritropoyetina en el tratamiento de la Insuficiencia Renal Crónica. Medicamentos oncológicos según protocolos nacionales aprobados por la autoridad de aplicación La cobertura de medicación no oncológica, de uso de protocolos oncológicos, tendrá la misma cobertura que la medicación ambulatoria, a excepción del ondasetrón en el tratamiento de vómitos agudos inducidos por drogas altamente emetizantes. (cisplatino, carboplatino, ciclofosfamida, ifosfamida, dactinomicina D, dacarbazina, doxorrubicina, idarrubicina, epirrubicina, estreptozotocina, citarabina) Tendrán cobertura del 100% con financiamiento del Fondo Solidario de Redistribución los Programas Especiales de la Administración de Programas Especiales (APE) y los programas comprendidos en leyes de protección de grupos vulnerables. Sin perjuicio de las normas establecidas en esta Resolución sobre la cobertura en me- 30

31 dicamentos, las mismas no podrán introducir limitaciones sobre tratamientos en curso al momento de su puesta en vigencia. Se mantiene a cargo de los Agentes del Seguro la cobertura de medicamentos establecida en otras normativas vigentes: Res. 301/99 MsyAS. Cobertura de insulina (100%), antidiabéticos orales (70%) y tirillas reactivas (400 anuales). Para pacientes diabéticos insulinodependientes lábiles participantes en programas específicos de prevención secundaria se duplicará la provisión de tirillas para medición de glucemia (autocontrol). Res. 791/99 MSyAS. Cobertura del 100% del mestinón 60 mg. para el tratamiento de la Miastenia Gravis 7.6. Todos los prestadores que brinden servicios a los Agentes del Seguro deberán recetar medicamentos por su nombre genérico, y se aplicarán los mecanismos de sustitución y precios de referencia para establecer la cobertura a cargo del Agente del Seguro. 8. Otras coberturas 8.1. El cuidado paliativo es la asistencia activa y total de los pacientes por un equipo multidisciplinario, cuando la expectativa de vida del paciente no supera el lapso de 6 meses, por no responder al tratamiento curativo que le fue impuesto. Los objetivos aquí serán aliviar el dolor, los síntomas y el abordaje psicosocial del paciente. La cobertura estará dada en función del marco general que marca el PMO, es decir que los Agentes del Seguro se encuentran obligados a brindar las prestaciones que se mencionan en los Anexos II y III con un 100% de cobertura Hemodiálisis y Diálisis Peritoneal Continua Ambulatoria. La cobertura será del 100% siendo requisito indispensable la inscripción de los pacientes en el INCUCAI dentro de los primeros 30 días de iniciado el tratamiento. La auditoría Médica establecerá la modalidad a ser cubierta según la necesidad individual de cada beneficiario Se asegura la cobertura de otoamplífonos al 100% en niños de hasta 15 años a fin de garantizar un adecuado nivel de audición que les permita sostener una educación que maximice las potencialidades personales de cada beneficiario Con igual criterio que el anterior se asegura la cobertura de Actualización Normativa Nº 2/ S.S.SALUD 5 anteojos con lentes estándar, en un 100% a niños de hasta 15 años Prótesis y órtesis: La cobertura será del 100% en prótesis e implantes de colocación interna permanente y del 50% en órtesis y prótesis externas, no reconociéndose las prótesis denominadas miogénicas o bioeléctricas. El monto máximo a erogar por el Agente del Seguro será el de la menor cotización en plaza. Las indicaciones médicas se efectuarán por nombre genérico, sin aceptar sugerencias de marcas, proveedor u especificaciones técnicas que orienten la prescripción encubierta de determinado producto. El Agente del Seguro deberá proveer las prótesis nacionales según indicación, sólo se admitirán prótesis importadas cuando no exista similar nacional. La responsabilidad del Agente del Seguro se extingue al momento de la provisión de la prótesis nacional Los traslados son parte de la prestación que se realiza. La Auditoría Médica podrá autorizar otros traslados de acuerdo a la necesidad de los beneficiarios. 31

32 9. Coseguros 9.1. Las prestaciones cubiertas por los Agentes del Seguro no abonarán ningún tipo de coseguro por fuera de los descriptos en la presente Resolución Están exceptuados del pago de todo tipo de coseguros: La mujer embarazada desde el momento del diagnóstico hasta 30 días después del parto, en todas las prestaciones inherentes al estado del embarazo, parto y puerperio de acuerdo a normativa. Las complicaciones y enfermedades derivadas del embarazo parto y puerperio hasta su resolución. El niño hasta cumplido el año de edad de acuerdo a normativa. Los pacientes oncológicos de acuerdo a normativa. Los programas preventivos. Se establece un monto de hasta $ 4 en concepto de coseguro para todo tipo de consultas médicas en ambulatorio, siendo facultad del Agente del Seguro el cobro del mismo y la modalidad operativa para su percepción. Se unifican en un solo valor de hasta $5 los montos para estudios de alta y baja complejidad. 10. El Programa Médico Obligatorio debe cumplir con el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica. 11. El Programa Médico Obligatorio debe cumplir con el Programa de Vigilancia de la Salud y Control de Enfermedades (VIGIA) en el ámbito de la Seguridad Social (según marca el Decreto 865/2000) a fin de garantizar la salud de la población en especial en emergencias sociales como la presente en dónde el número de personas vulnerables a enfermedades transmisibles y no transmisibles puede aumentar. 32

33 CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES 33

34 Médicos Clínicos de Familia Acceso directo, SIN orden de Interconsulta ni Coseguro ALMAGRO Dra. Berghella Av. Rivadavia 4190, 2º D - Tel.: / BARRIO NORTE Dr. Rodríguez del Sel, Juan. Charcas 3331, PB B - Tel.: / Dra. Fuksman, Laura. Charcas 3331, PB B - Tel.: BELGRANO Dra. Caruso, Silvia. Aguilar Tel.: Dr. Caravello, Oscar. Cuba 2610, PB B - Tel.: Dr. Marino, Carlos L. Arcos 3483, 7º A - Tel.: BOEDO Dr. Addimanda, José. Av. Boedo 493, PB 3 - Tel.: CABALLITO Dr. Brosky, Arnoldo. Av. Rivadavia 5170, 7º B - Tel.: Dr. Fernández, Eloy. Av. Rivadavia 4990, 8º B - Tel.: / Dr. Skredzelewski, Fernando. Av. Rivadavia 6006, PB A - Tel.: CENTRO Dr. Sagari, Guillermo. Bme. Mitre 1131, 8º D - Tel.: CONGRESO Dra. Romay, Silvia. Sarmiento 1462, PB F - Tel.:

35 FLORES López, Oscar. José Bonifacio 2030, PB 1 - Tel.: LA BOCA Dr. Anselmi, Ricardo. Alte. Brown 791, 5º A - Tel.: LINIERS Dra. Valsamakis, Marta. Montiel 316, PB 1 - Tel.: ONCE Dr. Brosky, Arnoldo. Av. Corrientes 1965, PB B - Tel.: / 8472 PARQUE PATRICIOS Dra. Carusso, Silvia. Matheu 2139, PB 1 - Tel.: VILLA CRESPO Dra. Cosido, Silvia M. Acevedo 491, PB B - Tel.: VILLA DEVOTO Dra. Clausi, María. Simbrón 4579, PB. - Tel.: / 3474 VILLA LUGANO Dra. Saponare, Libia. Zelarrayán Tel.: VILLA LURO Dr. Viñas, Eduardo. Virgilio 65 - Tel.:

36 PEDIATRAS GENERALISTAS Acceso directo, SIN orden de Interconsulta ni Coseguro ALMAGRO Dr. Szutan, Julio. Bulnes 465, 1º 5 - Tel.: BELGRANO Dr. Brosky, Héctor. Av. Cabildo 1145, 1º 4 - Tel.: Dra. Riola, Silvia. Vuelta de Obligado 2616, PB - Tel.: Dr. Szutan, Julio. Moldes 2277, PB A - Tel.: / CABALLITO Dra. Castagnino, Mariana. Donato Álvarez 73, 8º A - Tel.: CONGRESO Dr. Adelfang, Claudio. Av. Belgrano 1657, 3º E - Tel.: FLORES Dr. López de Volder, Oscar. Av. Rivadavia 6325, 1º Tel.: LINIERS Dr. Casares, Miguel. Timoteo Gordillo Tel.: PARQUE PATRICIOS Dra. Imperiale, Graciela. Matheu 2139, PB 1 - Tel.: VILLA DEL PARQUE Dr. Szutan, Julio. Helguera Tel.: /

37 Ginecología Acceso directo, SIN orden de Interconsulta ni Coseguro BARRIO NORTE Dr. Cantarella, Antonio. Gallo 1527, 6º - Tel.: / / BELGRANO Dra. Galluzo, Liliana. Aguilar Tel.: / 4515 FLORES Dr. Griessi, Roberto. Av. Rivadavia 7407, 10º C - Tel.: PARQUE PATRICIOS Dra. Galluzo, Liliana. Matheu 2139, PB 1 - Tel.: VILLA DEL PARQUE Dra. Galluzo, Liliana. Mercedes Tel.:

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