ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA HOSPITAL FONTIBON II NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO CONVOCATORIA PARA CONTRATACION DIRECTA NÚMERO 016 DE 2013

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1 ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA HOSPITAL FONTIBON II NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO CONVOCATORIA PARA CONTRATACION DIRECTA NÚMERO 016 DE 2013 OBJETO: Contratar el suministro de Alimentación Hospitalaria de Lunes a Domingo para los pacientes Hospitalizados en el CAMI I y CAMI II del Hospital Fontibón II Nivel E.S.E. BOGOTA D.C. MARZO DE 2013

2 CONTROL SOCIAL DE LOS PROCESOS DE CONTRATACION SE CONVOCA A LAS VEEDURIAS CIUDADANAS PARA REALIZAR EL CONTROL SOCIAL EN EL PRESENTE PROCESO DE CONTRATACION DIRECTA

3 CAPITULO 1 INFORMACION GENERAL 1.1 PRESENTACION El HOSPITAL FONTIBÓN es una Entidad Pública clasificada legalmente como una Empresa Social del Estado, con carácter de descentralizada del orden Distrital, adscrita a la Secretaria Distrital de Salud, que presta servicios de salud del primero y segundo nivel de atención, posee recursos propios y se encuentra facultada para contratar el suministro de Alimentos. En desarrollo de su Misión Institucional el Hospital Fontibon II Nivel E.S.E., presta servicios integrales de salud con calidad y calidez para contribuir al bienestar de la Comunidad. 1.2 OBJETO Contratar el suministro de Alimentación Hospitalaria de Lunes a Domingo para los pacientes Hospitalizados en el CAMI I y CAMI II del Hospital Fontibón II Nivel E.S.E. 1.3 JUSTIFICACION El Hospital Fontibon II Nivel E.S.E., dentro de la prestación de servicios de salud intramurales en el área de hospitalización, debe garantizar el suministro de alimentos (desayuno, almuerzo, comida y Refrigerios), con un grado máximo de calidad, para los pacientes hospitalizados en CAMI I y CAMI II. 1.4 REGIMEN JURIDICO Para temas de contratación se rige por el Derecho Privado, sujetándose a la Jurisdicción Ordinaria, conforme a lo establecido por el numeral 6 del Artículo 195 de la Ley 100 de 1993, el Artículo 23 del Acuerdo Distrital No. 17 de 1997, del Concejo de Bogotá y el Reglamento Interno para la Celebración de Contratos, contenido en los Acuerdos 011 del 22 de Mayo de 2009 y 021 del 7 de Septiembre de 2012, expedidos por la Junta Directiva de la Entidad. La Ley 80 de 1993 o Estatuto Contractual de la Administración Pública no rige para las ESEs, únicamente y en forma optativa las cláusulas excepcionales allí consagradas.

4 1.5 PRINCIPIOS QUE LA ORIENTAN Con observancia de los principios consagrados en el Artículo 209 de la Constitución política de Colombia y el reglamento Interno para la celebración de Contratos, las propuestas presentadas se analizarán y evaluaran, con base a la buena fe, calidad, celeridad, imparcialidad, responsabilidad, publicidad, selección objetiva, transparencia, economía e igualdad. 1.6 RECOMENDACIONES INICIALES El proponente antes de diligenciar y presentar la información requerida deberá tener en cuenta las siguientes recomendaciones: Leer y examinar cuidadosamente los presentes pliegos de condiciones y sus adendas si se llegan a proferirse, cuyas estipulaciones constituyen las reglas del proceso de selección y adjudicación. La propuesta con sus respectivos anexos, deben ser presentados en orden para facilitar su estudio y análisis, con un índice o tabla de contenido y debidamente foliados. La presentación de la propuesta, constituye evidencia de que se estudiaron completamente las especificaciones, formatos, anexos y demás documentos, de igual manera que recibió las aclaraciones necesarias sobre las inquietudes o dudas previamente consultadas y que ha aceptado que los presentes pliegos de condiciones son completos, compatibles y adecuados para identificar los bienes y/o servicios a contratar, que está enterado a satisfacción del alcance del objeto y que ha tenido en cuenta lo anterior para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrará. La información suministrada aquí, no eximirá al proponente de la responsabilidad de verificar mediante investigaciones independientes, aquellas condiciones susceptibles de afectar el costo y la realización de la misma. Toda comunicación enviada por el oferente deberá ser dirigida a la Coordinación de Recursos Físicos y radicada en la Oficina de Correspondencia del Hospital Fontibon II Nivel E.S.E., ubicada en la carrera 104 No. 20 C 21 de la Ciudad Bogotá D.C. El proponente con la sola presentación de su propuesta autoriza a la Entidad a verificar toda la información que en ella suministren.

5 Queda entendido que con la presentación de la propuesta, el proponente se acoge y acepta todas las condiciones estipuladas en los presentes pliegos de condiciones, así mismo a lo estipulado en el reglamento Interno de Contratación del Hospital Fontibon II Nivel E.S.E. y demás leyes que le apliquen. 1.7 IDIOMA DE LA OFERTA La propuesta, correspondencia y toda comunicación que surja en las etapas precontractual, contractual y post-contractual, deben estar escritos en idioma español, por lo tanto, los documentos en idioma extranjero deben venir acompañados de traducción simple, salvo en los casos en que la Ley exija traducción oficial o apostillamiento GARANTÍA DE SERIEDAD Y PERÍODO DE VALIDEZ DE LA PROPUESTA. Con la oferta el proponente debe anexar garantía de seriedad de la propuesta, así como el recibo de pago de la misma, expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia. La garantía estará constituida a favor del HOSPITAL FONTIBON II NIVEL E.S.E., por una suma asegurada equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial estimado y cubriendo un plazo de tres (3) meses, contados a partir de la presentación de la propuesta. Termino que podrá ser prorrogado a petición de la Entidad. En todo caso, los proponentes se comprometen a mantener vigente la garantía de seriedad hasta la fecha de adjudicación y a quien resulte favorecido hasta la constitución de la garantía única del contrato resultante de este proceso. Debe figurar como afianzado el nombre completo del PROPONENTE: Si es persona natural: nombres y apellidos completos, conforme aparece en la cédula de ciudadanía. Si actúa por intermedio de REPRESENTANTE, APODERADO o AGENTE, también debe figurar este ultimo. Si es persona jurídica: su razón social completa, incluyendo la sigla, esto último si figura en el correspondiente Certificado de Existencia y Representación Legal. Si es consorcio o unión temporal: la póliza debe ser tomada a nombre del consorcio o Unión Temporal. La garantía debe constituirse en pesos colombianos.

6 La no presentación de la garantía de seriedad de la oferta a nombre del proponente y a favor del Hospital Fontibon II Nivel E.S.E, dará lugar al rechazo de la propuesta. La propuesta tendrá una validez igual a la vigencia de la garantía de seriedad, requisito que se entenderá cumplido con la simple presentación de la misma. La garantía de seriedad de la propuesta se hará efectiva cuando: El proponente retire su propuesta después de la fecha de cierre y antes de la adjudicación del contrato. Si el oferente favorecido se negare a suscribir el contrato con el Hospital Fontibon II Nivel E.S.E., dentro del término establecido en el presente pliego. 1.9 DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL Para el presente proceso de invitación, EL HOSPITAL cuenta con la Apropiación Presupuestal requerida asignada en el rubro Suministro de Alimentos por la suma de CIENTO SESENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($ ). El valor de la propuesta debe incluir todos los costos directos e indirectos, para el suministro de alimentos, la completa y adecuada ejecución del contrato objeto de la presente convocatoria FORMA DE PAGO: EL HOSPITAL pagará al contratista a los sesenta (60) días de la radicación de la factura, previa certificación de cumplimiento expedida por el Supervisor General del contrato, quien será designado por el Gerente de la Entidad. El contratista, deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda. Este requisito deberá acreditarse de manera previa a la realización de cada pago derivado de la contratación LUGAR PRESTACION DEL SERVICIO El suministro de alimentos a pacientes hospitalizados del Hospital Fontibon II Nivel E.S.E., se realizará en los centros que a continuación se relacionan:

7 CENTRO DE DIRECCION TELEFONO ATENCION CAMI I Carrera 104 No. 20 C ext. 509 CAMI II Carrera 99 No. 16 i ext PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo para la ejecución del contrato es de TRES (3) MESES a partir del 01 de Abril de APERTURA DE LA INVITACIÓN Lugar : E.S.E. HOSPITAL FONTIBÓN Coordinación de Recursos Físicos Carrera 104 No. 20C 21 Fecha : 19 de Marzo de 2013 Hora: 08:00 a.m. Los términos de referencia se podrán consultar en la pagina Web del Hospital link contratación en línea o en la Coordinación de Recursos Físicos del Hospital Carrera 104 No. 20 C 21 a partir de las 09:00 a.m. del día 19 de Marzo de CIERRE DE LA INVITACIÓN Y ENTREGA DE PROPUESTAS Lugar E.S.E. HOSPITAL FONTIBÓN Coordinación de Recursos Físicos Carrera 104 No. 20C 21 Fecha 21 de Marzo de 2013 Hora 3:00 P.M PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Las propuestas deberán venir escritas a máquina o computador, foliadas en orden consecutivo en su totalidad y con un índice donde se relacione el contenido total de la propuesta; deberán entregarse en el lugar y hasta el día y hora fijadas para el cierre de la contratación. Todos los folios de la propuesta deberán venir numerados. En caso que las propuestas no se presenten debidamente numeradas, este riesgo será soportado por el proponente. La E.S.E. HOSPITAL FONTIBÓN, en ningún caso procederá a la enumeración respectiva. El idioma del presente proceso de selección será el castellano. Las enmiendas, entrelíneas y raspaduras deberán ser debidamente salvadas.

8 No se aceptarán propuestas enviadas por correo o fax. Las propuestas que se presenten después de la fecha y hora fijadas para su entrega, serán consideradas como propuestas extemporáneas, lo que originará su devolución inmediata. Las propuestas deberán presentarse en un (1) original, y dos (2) copias, en sobres debidamente cerrados y marcados: a. Un (1) sobre que contenga la propuesta original completa, con todos los documentos, anexos y formularios relacionados en el Pliego de Condiciones y, b. Dos (2) sobres que contengan en forma respectiva la primera y la segunda copia, exactas a la propuesta original. La propuesta deberá contener todos los documentos señalados en el presente Pliego de Condiciones. Cada sobre deberá estar cerrado y rotulado de la siguiente manera: Destinatario E.S.E. HOSPITAL FONTIBÓN Original, ó primera, o segunda copia Fecha: Información del proponente: Nombre del proponente: Dirección comercial: Teléfono: Fax: Dirección de correo electrónico: Representante o apoderado: En caso de discrepancias entre el contenido del original y el de las copias, prima el contenido de la propuesta original. Se entenderán presentadas dentro del término aquí previsto, todas las propuestas que se hayan entregado oportunamente. De la diligencia de recepción de propuestas se dejará constancia en un acta, en la cual se relacionarán las propuestas presentadas, indicando su fecha y hora. Si el proponente incluye información técnica o referencias que se desvíen de las especificaciones técnicas y no señala o aclara expresamente estas desviaciones, la E.S.E. HOSPITAL FONTIBÓN, exigirá que el proponente favorecido cumpla el objeto del contrato adjudicado de acuerdo con las Especificaciones Técnicas contenidas en el Pliego de Condiciones, el precio establecido y en el tiempo fijado para su ejecución.

9 La propuesta deberá estipular el valor total de la misma en pesos colombianos incluyendo los impuestos correspondientes desglosando el valor total de la propuesta, el valor de cada servicio. La validez de la propuesta deberá ser mínimo de seis (6) meses. Si falta esta manifestación en la propuesta se entenderá que es aceptado por el proponente, en el termino mínimo aquí señalado. Para efectos de la comprensión práctica de la propuesta económica, esta debe ser diligenciada en el Anexo No. 2 se los presentes términos de referencia. Los precios ofrecidos no están sujetos a reajuste. En todo caso, no se aceptarán costos adicionales o demoras debidos a una desviación que no haya sido expresamente aceptada por la E.S.E. HOSPITAL FONTIBÓN. La presentación de la propuesta constituye un compromiso entre el proponente y la E.S.E. HOSPITAL FONTIBÓN, para su evaluación, durante la vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta, so pena de hacerla efectiva si el proponente la retira, salvo que este retiro obedezca a la configuración de una causal de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente. NOTA.- INFORMACIÓN CONFIDENCIAL: A pesar que la naturaleza de la información que se solicita para la presentación de las propuestas, no tiene la vocación de constituir información que pueda ampararse en la reserva o el secreto protegidos por la Ley, los proponentes serán responsables de advertir lo contrario en el caso en que las propuestas contuvieren información confidencial, privada o que configure secreto industrial, de acuerdo con la ley colombiana, debiendo indicar tal calidad y citar las normas legales que le sirven de fundamento. En todo caso, la E.S.E. HOSPITAL FONTIBÓN, se reserva el derecho de revelar dicha información a sus agentes o asesores, con el fin de evaluar la propuesta Definición del Proceso. Se elaborara un informe de evaluación de las propuestas u ofertas por parte del comité de compras y/o o coordinador respectivo que haya efectuado el requerimiento, informe que contendrá aspectos técnicos, jurídicos, financieros y económicos, para la evaluación de las propuestas, el cual será sometido junto con la recomendación de la mas favorable para la entidad a consideración del Gerente, quien adjudicara el contrato y comunicara al proponente favorecido, para la suscripción y legalización del contrato, adjudicación que será de carácter irrevocable.

10 2.1. Requisitos para Proponer. CAPITULO II INSTRUCCIONES A LOS PROPONENTES El proponente deberá cumplir los siguientes requisitos: a) Elaborar la propuesta de acuerdo con lo establecido en los pliegos de condiciones y anexar los documentos exigidos Documentos de la Propuesta Documentos Jurídicos: Se debe anexar: Carta de presentación de la propuesta. Elaborada de acuerdo con el modelo suministrado por el Hospital FONTIBÓN II Nivel E.S.E, Anexo No. 1, y suscrita por el proponente o su representante legal o su apoderado. Certificado de existencia y representación legal persona Jurídica o natural Para cualquiera de los dos casos el proponente deberá comprobar su existencia y representación legal mediante certificado expedido dentro de los 90 días calendario anteriores al cierre de esta convocatoria, por la Cámara de Comercio correspondiente. En el certificado debe constar: 1. Tener incluido dentro de las actividades del proponente el SUMINISTRO DE ALIMENTOS para Entidades Hospitalarias. 2. La duración de la persona jurídica o natural no puede ser inferior al plazo establecido para el contrato y un (1) año más, contados a partir de la fecha de cierre de la presente convocatoria. Copia del Registro Único Tributario - RUT Actualizado de acuerdo a la nueva clasificación CIIU de actividades económicas, establecido por el Artículo del Estatuto Tributario, que constituye el único mecanismo para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administradas y controladas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, en caso de consorcio o unión temporal cada uno de sus integrantes deberá cumplir con este requisito.

11 Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal y/o proponente. Certificación de cumplimiento a los parámetros del artículo 50 de la ley 789 de 2002 (pago de parafiscales), suscrito por el representante legal o su revisor fiscal. (Anexo No. 3 ) Antecedentes Disciplinarios del Representante Legal de la Empresa, vigentes expedidos por la Procuraduría General de la Nación y la Personería Distrital de Bogotá. D.C. Presentar garantía única de seriedad de la oferta, por cuantía igual al 10% del valor del presupuesto oficial y cubriendo un plazo de tres (3) meses contados a partir de la presentación de la propuesta. Para la presentación de la propuesta podrá hacerse declaración bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado con la firma del representante legal o quien haga sus veces, donde afirme que ninguno de los socios o asociados, según el caso, está incurso en causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con el HOSPITAL conforme a la normatividad vigente, sin perjuicio que si el proponente es seleccionado como contratista deberá acreditar los antecedentes en debida forma. El no suministro de uno o más documentos solicitados anteriormente será tomado como Propuesta que NO CUMPLE JURIDICAMENTE Documentos de contenido técnico: Se debe anexar: Fotocopias de Tres (3) Certificaciones o de Contratos similares ejecutados durante los años 2011 y 2012, en Instituciones de Salud públicas o privadas de II y III nivel de complejidad, donde se especifique: Razón Social o nombre de la empresa, valor del contrato, duración y forma de terminación del mismo, certificación del cumplimiento del contrato. Presentar el Manual de Dietas. Presentar el organigrama de la empresa Presentar la totalidad de documentos solicitados en el Capítulo IV de los presentes términos de referencia. El no suministro de uno o más documentos solicitados anteriormente será tomado como Propuesta que NO CUMPLE TECNICAMENTE.

12 Documentos De Contenido Financiero: Se debe anexar: Estados Financieros, entiéndase como tales: Balance General, Estado de Resultados debidamente discriminados, con corte a Diciembre 31 de 2011 debidamente firmados por un Contador Público y/o Revisor Fiscal según sea el caso, soportados con las respectivas notas a los Estados Financieros y las notas aclaratorias a las variaciones presentadas. El Balance General debe identificar claramente el Activo Corriente, el Activo total, Pasivo Corriente, Pasivo Total, Total Patrimonio, conforme lo índica el inciso tercero del Artículo 16 del Decreto reglamentario 2649 de La Certificación de los Estados Financieros debe presentarse en un documento aparte firmado por el Representante Legal y el Contador Público responsable de su preparación, donde se declare que se han verificado previamente las afirmaciones contenidas en ellos, de conformidad con lo establecido en los Artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995 y las circulares externas 030 de 1998 y 47 del 1 de Junio de 2006, expedida por al Junta Central de Contadores. Los participantes obligados a tener Revisor Fiscal de conformidad con el Artículo 13 Parágrafo Segundo de la Ley 43 de 1990, deben acompañar sus estados Financieros con el Dictamen correspondiente de conformidad con el Artículo 38 de la Ley 222 de Declaración de Renta y Patrimonio con corte a 31 de Diciembre de 2011, la cual debe coincidir con los Estados Financieros de la misma vigencia Copia de la Tarjeta Profesional del Contador Público y/o del Revisor Fiscal. Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores del Contador Público y/o Revisor Fiscal, según sea el caso, con una vigencia no mayor a 90 días a la presentación de la propuesta. Este criterio se calificará con fundamento en indicadores financieros denominados Índice de Liquidez, Nivel de Endeudamiento y Capital de Trabajo, calculados de acuerdo con la información financiera suministrada. Los indicadores financieros se calcularan como se indica a continuación: Índice de liquidez. El proponente deberá acreditar un Índice de Liquidez mayor ó igual a uno (1), calculado así: Índice de Liquidez = Activo Corriente / Pasivo corriente.

13 Índice de endeudamiento El proponente deberá acreditar un Nivel de endeudamiento, menor ó igual a cero punto siete (0,7), calculado así: Índice de Endeudamiento = (Pasivo Total / Activo Total). Capital de Trabajo. El proponente deberá acreditar un Capital de Trabajo mayor ó igual al cincuenta por ciento (50 %) del presupuesto establecido por EL HOSPITAL para esta contratación calculado así: Capital de Trabajo = Activo Corriente Pasivo Corriente El no cumplimiento de cualquiera de los índices señalados anteriormente será tomado como Propuesta que NO CUMPLE FINANCIERAMENTE. CAPÍTULO III CRITERIOS DE EVALUACION Y ADJUDICACION DEL CONTRATO 3.- FACTORES DE EVALUACIÓN Los factores de evaluación aplicable a las propuestas son los siguientes: FACTORES EVALUACIÓN JURÍDICA EVALUACIÓN FINANCIERA EVALUACIÓN TÉCNICA Experiencia 100 puntos Cumplimiento de minutas 100 puntos Organización Administrativa 400 puntos EVALUACION ECONOMICA PUNTAJE MÁXIMO CUMPLE O NO CUMPLE CUMPLE O NO CUMPLE 600 PUNTOS 400 PUNTOS 3.1. EVALUACIÓN JURÍDICA Es el informe emitido por la oficina Jurídica del HOSPITAL, basado en la ponderación cualitativa de los documentos esenciales de la propuesta enunciados en el numeral de los presentes términos de referencia y de las disposiciones legales, que contiene el original y las copias de la propuesta. Su resultado será cumple o no cumple.

14 3.2. EVALUACIÓN TÉCNICA (600 Puntos) Es el informe emitido por la Subgerencia de Servicios de Salud del HOSPITAL, basado en la ponderación cualitativa de los documentos técnicos de la propuesta enunciados en el numeral de los presentes términos de referencia y de las disposiciones legales que contiene el original y las copias de la propuesta. Su valoración será de 600 puntos que se distribuyen de la siguiente forma: Experiencia 100 puntos Este parámetro se evaluará teniendo en cuenta la experiencia relacionada de por lo menos dos años; el cual deberá relacionar el número individual de contratos de servicios de alimentos durante este tiempo con la empresa pública o privada, en hospitales de II y III nivel, sustentándolos con las certificaciones expedidas por los contratantes sobre su cumplimiento y/o copias de los respectivos contratos. Para obtener el puntaje se aplicará la siguiente tabla, de forma individual sin que sean acumulables: DESCRIPCION Contratos con entidades hospitalarias que ofrezcan la prestación del servicio de estancia hospitalaria de 1 a 60 camas. Contratos con entidades hospitalarias que ofrezcan la prestación del servicio de estancia hospitalaria de 61 a 199 camas. Contratos con entidades hospitalarias que ofrezcan la prestación del servicio de estancia hospitalaria de 200 camas. PUNTAJE NUMEROS DE CONTRATOS POR PUNTAJE ENTIDAD > O = A UN (1) AÑO 1 a 3 contratos 10 4 a 6 contratos 20 7 a 12 contratos 40 Mas de 12 contratos 50

15 Cumplimiento De Minutas (100 puntos) 1 Cumplimiento de los porcentajes de adecuación de los análisis químicos requeridos para calorías macro y micro nutrientes de todas las minutas patrón. 2 Cumplimiento parcial de los porcentajes de adecuación de los análisis químicos requeridos para calorías macro y micro nutrientes de todas las minutas patrón Organización Administrativa (400 puntos 1 Organización de las minutas patrón y de los ciclos de menú para 50 todas las dietas hospitalarias. 2 Manuales procedimientos, bioseguridad y protocolos Personal idóneo Concepto de Secretaría de Salud a la planta de producción y 100 vehículos 5 Análisis microbiológicos EVALUACIÓN FINANCIERA Es el informe emitido por la Coordinación Financiera del HOSPITAL, basado en la ponderación cualitativa de los documentos financieros de la propuesta enunciados en el numeral de los presentes términos de referencia y de las disposiciones legales, que contiene el original y las copias de la propuesta. Su resultado será cumple o no cumple Evaluación económica (400 Puntos): Para la evaluación económica cada proponente deberá diligenciar completamente cada uno de los tres (3) cuadros del Anexo No. 2 de los presentes Términos de referencia. No serán tenidos en cuenta valores cotizados en otra parte de la propuesta, ni aquellas propuestas que no coticen la totalidad de las dietas e insumos solicitados (Ver Anexo 2). A cada cuadro se le ha asignado un peso porcentual, de acuerdo a la demanda estimada de consumo en el Hospital, Se asignará el mayor puntaje (400 puntos), mediante un cuadro comparativo emitido por la subgerencia de servicios de salud al proponente que ofrezca los precios más favorables para la Entidad Hospitalaria. A los demás proponentes se les calificará proporcionalmente aplicando una regla de tres con base en la oferta de menor precio.

16 Se debe incluir precios de dietas compuestas, refrigerios e insumos o materias primas de disponibilidad para suministro diario y/o de acuerdo a los requerimientos de los CAMIS, en las diferentes presentaciones que se encuentren propuestas MULTAS O SANCIONES. En el evento de que el proponente o sus integrantes si se trata de consorcio o unión temporal hayan sido sancionados con multas en los dos (2) años anteriores a la fecha de cierre de la presente convocatoria, por parte de cualquier Entidad Estatal contratante, se restara el cinco por ciento (5%) del puntaje total obtenido en su calificación CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS Son causales para el rechazo de las propuestas, las siguientes: a. La no suscripción de la Carta de Presentación de la propuesta por el representante Legal del proponente o del apoderado constituido para el efecto, o la no presentación de la misma. b. La no presentación del poder, cuando la propuesta sea presentada a través de apoderado. c. Cuando el valor de la propuesta supere el presupuesto oficial de la contratación. d. Cuando se compruebe que un proponente ha interferido, influenciado, u obtenido correspondencia interna, proyectos de concepto de evaluación o de respuesta a observaciones, no enviados oficialmente a los proponentes. e. Cuando se compruebe confabulación entre los proponentes que altere la aplicación del principio de selección objetiva. f. Cuando el proponente se encuentre incurso en las causales de inhabilidades o incompatibilidad fijadas por la Constitución y la ley. g. Cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que contengan datos tergiversados, alterados o tendientes a inducir a error a la E.S.E. HOSPITAL FONTIBÓN. h. Cuando las propuestas estén incompletas, en cuanto omitan la inclusión de información o de alguno de los documentos necesarios para la comparación objetiva de las propuestas, o solicitada su aclaración, y éstos no cumplan los requisitos establecidos en el Pliego de Condiciones. la E.S.E. HOSPITAL FONTIBÓN. i. Cuando la propuesta se reciba con posterioridad a la fecha y hora fijadas para el cierre de la contratación o hayan sido enviadas por correo, o fax. j. Cuando se presente la propuesta en forma subordinada al cumplimiento de cualquier condición o modalidad.

17 k. Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de disolución y/o liquidación de sociedades. l. Cuando el proponente no presente la Garantía de Seriedad de la Propuesta en caso de que esta sea solicitada. m. Cuando no presente o presente en forma incompleta, extemporánea o insuficiente las aclaraciones solicitadas dentro del término establecido por la E.S.E. HOSPITAL FONTIBÓN. n. Cuando la capacidad patrimonial que se acredite para el proceso de contratación, sea menor a la Capacidad Patrimonial Requerida. o. Cuando el dictamen a los estados financieros sea negativo o se haya presentado con salvedades que tengan relación directa o incidencia respecto de la propuesta presentada. p. La no presentación de los estados financieros y/o de sus respectivas notas debidamente certificadas y dictaminadas por quien corresponde. 3.6 DECLARATORIA DESIERTA Dentro del término fijado para la adjudicación, EL HOSPITAL FONTIBÓN E.S.E. podrá declarar desierta la presente convocatoria mediante acta motivada, cuando no se presente propuesta alguna o ninguna cumpla con las condiciones señaladas en los presentes pliegos de condiciones. 4.1 PERSONAL CAPITULO IV ESPECIFICACIONES PARTICULARES DEL OBJETO AUXILIARES DE NUTRICIÒN: El contratista facilitará y adjuntará las Hojas de vida de mínimo Cuatro (4) auxiliares de nutrición, para prestar sus servicios, así: Tres (3) para CAMI II y Una (1) para CAMI I, durante los siguientes días y horarios: CAMI II De Lunes a Domingo. CAMI I Una (1) en el Horario de 6:00 a.m. A 2:00 p.m. Una (1) en el Horario de 7:00 a.m. A 7:00 p.m. Una (1) en el horario de 11:00 a.m. A 7:00 p.m. De Lunes a Domingo. Una (1) en el horario de 7:00 a.m. A 7:00 p.m. En caso de presentarse baja rotación en el CAMI I, deberá prestar sus servicios en el CAMI II, en el mismo horario establecido.

18 REQUISITOS MINIMOS DE LAS AUXILIARES DE NUTRICION: Estar uniformadas de acuerdo a las normas de bioseguridad (decreto 3075/97), carnetizadas y entrenadas en la distribución y ocasionalmente en la preparación de dietas terapéuticas, así como el manejo de servicios hospitalarios, quienes deben tener la habilidad en el manejo de saldos y la realización de cálculos matemáticos básicos. Anexar soportes que acrediten dotación de uniformes y aplicación de normas de bioseguridad al respecto. Garantizar el cumplimiento de los demás requisitos de dicho decreto y las normas de bioseguridad durante la ejecución del contrato, así como las que disponga la Entidad de Salud competente. El grado de entrenamiento será verificado por el interventor del contrato. Adjuntar calificación de desempeño del jefe inmediato. Anexar exámenes médicos y certificado que acredite la capacitación e idoneidad en manipulación de alimentos a todos los operarios, expedido por autoridad sanitaria o personas debidamente autorizadas para tal fin (Decreto 3075); tales requisitos deben ser actualizados periódicamente y presentarse ante la interventoria del contrato, más aun cuando se presenten o prevean cambios en el personal asignado. Anexar el formato único de hoja de vida empresarial NUTRICIONISTA Garantizar la disponibilidad de una nutricionista para asistencia a reuniones quincenales en las instalaciones del Hospital y que brinde respaldo permanente a todos los procedimientos dietoterapeuticos. Adjuntar Hoja de vida El personal asignado a la Institución también deberá acreditar curso de bioseguridad, por ser éste un lugar de alto riesgo biológico, así mismo contar con el esquema completo de vacunación contra Hepatitis A y B, o haberlo iniciado recientemente. Anexar evidencias de capacitación en bioseguridad y carné de vacunación del personal propuesto. La concordancia entre el personal propuesto con sus respectivos documentos y el personal asignado al llegarse a suscribir el contrato será objeto de verificación por parte de la interventoría.

19 4.2 CONDICIONES DEL SERVICIO a) HORARIO DE SUMINISTRO: las dietas deben ser entregadas sin excepción en los siguientes horarios: desayuno 7:30 a.m., nueves 10:15 am., almuerzo 12:30 m., onces 3:15 pm., comida 5:30 p.m. Y refrigerio nocturno 7:00 pm. b) El suministro de dietas para cada paciente debe realizarse en loza de porcelana debidamente esterilizada o recipientes desechables, para los servicios que así lo requieran, que garanticen la seguridad, inocuidad y conservación de las características organolépticas adecuadas para el consumo y a su vez favorezcan una fácil distribución, esto incluye como mínimo: platos hondos o tazas, bandejas o platos de loza para seco, vasos plásticos o desechables de 7 onzas, postreras o vasos de 2 4 onzas y pocillos, de igual forma se debe ofrecer juego completo de cubiertos para cada paciente y las servilletas que se requieran. c) EQUIPOS: El proponente favorecido debe suministrar para el cumplimiento del objeto contractual todos los equipos necesarios tanto en CAMI II, como en CAMI I, para la buena prestación de sus servicios como son: nevera de 9 pies, Horno Microondas, Estufa, Carro Termo, Termos para líquidos y sólidos, Ozonizador, anaqueles de almacenamiento y demás equipos o elementos que se requieran en la ejecución del contrato. Adjuntar procedimiento de dotación o reemplazo de equipos y mantenimiento. El transporte de los alimentos desde la planta de producción a las instalaciones de CAMI I y CAMI II, deberá efectuarse en contenedores tipo rubbermaid o similares que garanticen inocuidad la temperatura de los alimentos y refrigerios. d) CALIDAD SENSORIAL Y TEMPERATURA ÓPTIMA: las dietas deben ser sensorialmente atractivas y poseer la temperatura adecuada para el consumo de acuerdo al tipo de alimento. En caso de no poseer la temperatura óptima evaluada por sensibilidad táctil, el contratista debe facilitar un medio que permita llegar a dicha temperatura en un tiempo máximo de 2 minutos y el mecanismo para mantenerla hasta que llegue al paciente por medio de Carros-Tipo Termo. Anexar procedimientos y controles para garantizar dicho aspecto. e) MANUAL DE PROCESOS: El contratista debe contar con procesos normalizados e incluirlos en un manual de calidad el cual deberá ser congruente y adaptado a las condiciones propias del Hospital y los demás requisitos.

20 f) INOCUIDAD: el contratista debe garantizar la inocuidad de los alimentos elaborados, almacenados y suministrados, por lo tanto debe cumplir con los lineamientos establecidos en el decreto 3075/97, exigencia que también aplica a las cocinetas del Hospital. Implementar el sistema de análisis de peligros y control de puntos críticos a todo el proceso seguido por los alimentos desde su preparación hasta el suministro al paciente y posterior recolección de los desechos (Dec. 60/02). Así mismo, informar al interventor la periodicidad del seguimiento de dicho sistema y sus resultados y el programa de limpieza y desinfección con cronograma de cumplimiento. Presentar Manual de Buenas Prácticas de manufactura (BPM). Nota: Bajo esta figura se permitirán y establecerán visitas técnicas por parte del Hospital (supervisor del contrato o a quien se autorice por parte del mismo) al área de preparación de alimentos. g) MATERIAS PRIMAS: el contratista deberá garantizar la calidad de las materias primas a utilizar con ayuda de un riguroso proceso de selección de proveedores, el cual se debe incluir en el manual de calidad, y así mismo los insumos, alimentos procesados y/o materias primas que se almacenen en el Hospital. Por tal motivo se debe dar cumplimiento a la normatividad vigente tanto en la planta de producción como en el anaquel de la cocineta. Anexar procedimientos de control de proveedores. h) ANALISIS MICROBIOLÓGICOS: mensualmente presentar análisis de mesófilos, coliformes totales, coliformes fecales, hongos y levaduras de las dietas suministradas, la muestra analizada debe ser seleccionada por muestreo estadístico, dentro de las dietas (a un alimento listo para consumo) y aleatorio de los elementos potencialmente contaminantes para el alimento (manipulador, superficie, agua, ambiente). La programación de toma de las muestras en el Hospital debe estar registrada en un cronograma para conocimiento del interventor. Estas muestras deben ser analizadas por un laboratorio idóneo, reconocido y avalado por la Secretaría de Salud del Distrito. Anexar contrato de prestación del servicio y aval del laboratorio. i) DISTRIBUCIÓN DE DIETAS Y RECOLECCIÓN DE DESECHOS: es responsabilidad del contratista la correcta y oportuna distribución de todas las dietas indicadas según prescripción dietaría (incluida la distribución de los refrigerios para los pacientes que lo requieran). Así mismo es responsable de la recolección de los desechos que se generen de este suministro la cual debe corresponder con el adecuado manejo de

21 residuos sólidos, garantizando la adecuada gestión integral de los residuos hospitalarios en cumplimiento al Plan Institucional de gestión Ambiental PIGA, para lo cual el proponente incluirá en su oferta cómo cumplirá con este requisito. Este procedimiento debe estar a cargo exclusivamente del personal de dietas, en coordinación con la ruta sanitaria y cumpliendo con el diligenciamiento de los formatos de verificación y con su programa de limpieza y desinfección de loza para pacientes. Anexar Procedimiento para manejo y desecho de residuos. 4.3 TIPO DE DIETAS A SUMINISTRAR: a) Suministrar dietas como: normal, hiperprotéica, blanda, post-operatoria hiposódica, astringente, hipograsa, hipoglúcida (que debe incluir los tres refrigerios: nueves, onces, trasnocho y además debe llevar su respectivo sobre con edulcorante permitido para diabéticos, de modo que el paciente tenga la opción de usarlo). Líquida clara, líquida completa, gastroclisis (mezclas preparadas o caseras y fórmulas comerciales), dieta para paciente renal, dietas pediátricas (que deben incluir nueves y onces) y eventualmente formulas lácteas, las cuales deben ser preparadas por el personal del contratista con los insumos aportados por el mismo. b) MINUTA PATRÓN: con un aporte de calorías y nutrientes así: Dieta Normal y Derivadas : 2200 a 2400 Kcal. día Dieta Complementaria I : 320 a 350 Kcal. día Dieta Complementaria IIA y IIB : 1100 a 1200 Kcal. día Dieta Complementaria III : 1300 a 1400 Kcal. día La distribución general de macronutrientes deberá estar dentro de los rangos de: 14 al 16% para proteína, 25 a 30% para grasa y 55 a 60% para carbohidratos; con las excepciones, que dependen del tipo de dieta, se deberá especificar la redistribución de dichos nutrientes. Las Dietas deben incluir como mínimo: c) DIETA NORMAL Y DERIVADOS DESAYUNO: fruta entera (100grs) o jugo (210 cc), bebida con leche al 70% (180 cc), alimento proteico (50 gr.), alimento energético (30 50 grs.), mantequilla o mermelada.

22 ALMUERZO Y/O COMIDA: sopa o crema consistentes (240 cc), proteico (100 gr. de parte comestible cocida sin contar salsas), energético 1 (cereal arroz o pasta 100 grs. cocido), energético 2 (plátano, raíz o tubérculo 100 grs. cocido), verdura caliente, cocida fría o ensalada ( grs. sin contar aderezo), jugo (vaso de 210 cc) y postre (30-50 grs.) Nota: Tener en cuenta una amplia variedad en las texturas y preparaciones para la adecuación de las mismas en diferentes grados de disfagia. d) DIETAS PEDIÁTRICAS: se maneja de acuerdo al esquema establecido de Complementaria I, IIA, IIB y III con sus respectivas cantidades y preparaciones, así: COMPLEMENTARIA I (6 8 meses de edad): debe incluir como mínimo: Desayuno: compota de fruta no ácida (100 gr), cereal infantil, arroz o avena (vaso de 150 cc), caldo licuado espeso (150 cc) Almuerzo y/o comida: jugo de fruta no ácida (210 cc) licuado espeso (que incluya verdura amarilla, verdura verde, papa, carne o pollo 210 cc de volumen total); COMPLEMENTARIA II: debe incluir como mínimo: o CIIA (9-12 Meses de edad) y CIIB (Mayor de 12 meses hasta 5 años) Desayuno: Complementaria II A. Compota o fruta picada (1/2 pocillo) o jugo (210 cc), Bebida caliente con leche de continuación, yema de huevo cocido o caldo de carne o pollo con papa (150 cc) y alimento energético (30-50 gr.). Complementaria II B. Compota o fruta picada (1/2 pocillo) o jugo (210 cc), bebida con leche de vaca al 75% (210 cc), huevo tibio, queso campesino (50gr) o caldo de carne o pollo con papa (150 cc) y alimento energético (30-50 gr.) Almuerzo y/o Comida: jugo de fruta (210 cc), sopa o crema (240 cc), bandeja mediana donde se presente: Cereal (arroz o pasta grs.), proteico (60 grs.), energético (50 grs.) y verdura (50 grs.). para esta dieta se deben proponer preparaciones semiblandas (pure, molido, torta, picado, etc.) y en la modalidad de CIIA no puede incluir pescado, ácidos, huevo completo ni procesados. COMPLEMENTARIA III (6 10 años de edad): con características similares a la dieta blanda de los adultos (preparaciones, consistencia y textura), solo que en porciones recomendadas para niños en edad escolar

23 Incluir ciclo de medias nueves y onces para dietas pediátricas. e) Presentar el manual de dietas, donde se incluyan todas las propuestas con indicaciones y restricciones. f) Presentar análisis químico por Tabla de Composición de Alimentos Colombianos de calorías y nutrientes para la minuta patrón, indicando el código de los alimentos analizados que se utilizarían en la elaboración de los menús, donde se aporte como mínimo las calorías necesarias según el tipo de dieta y con una distribución del valor calórico total así; proteínas 15%, grasa 30% y carbohidratos 55%, que resulten de la sumatoria de las tres comidas básicas: desayuno, almuerzo y comida; la misma premisa aplica para la derivación de las dietas terapéuticas. Para el análisis químico se debe tener en cuenta solo la parte comestible de los alimentos o ingredientes para las preparaciones de acuerdo a lo indicado en los numerales c y d que hacen referencia de las porciones a servir. Este punto debe venir avalado por la firma y registro profesional de un Nutricionista Dietista responsable de su elaboración. g) Presentar ciclo de minutas con la derivación de las diferentes dietas terapéuticas para cuatro (4) semanas (que debe ser cumplido sin excepción) y con posibilidades de cambio durante el transcurso de ejecución del contrato, incluir además ciclo de nueves y onces (pediatría), y refrigerios para la dieta hipoglúcida. Cada vez que se realice un cambio el contratista esta en la obligación de informar al supervisor del contrato así como registrarlo en la minuta que se actualiza mensualmente. e) Suministrar diariamente y/o de acuerdo a los requerimientos de los CAMIS: paquetes de vasos plásticos de 7 onzas (diferentes a los del servicio), cereal infantil, Nestlé en caja, canela en astilla, aromáticas y té en caja, jarra de jugo, leche entera, descremada y deslactosada en polvo (tarro), leche de soya sin azúcar, salvado de trigo, azúcar dietético, leches de formula (iniciación y continuación) y fórmulas poliméricas sen lactosa con y sin azúcar para refuerzo nutricional o eventuales gastroclisis comerciales. f) Restricción de alimentos: vísceras 1 veces al mes, leguminosas 1 vez a la semana (solo en la dieta normal) acompañadas en el menú con sopas de verdura o crema, no se admiten preparaciones con cortes de carne que puedan tener un porcentaje de grasa mayor al 18% (se sugiere el

24 uso de centro o bola de pierna), la porción de las carnes debe ser de 100 gramos en cocido de parte comestible. No se admite bebidas como la limonada, naranjada o agua de panela como sobremesa o a cambio de un jugo, los jugos deben tener un contenido mínimo de 40 gramos de pulpa o 50 gramos de fruta y azúcar suficiente (aprox. 10 gr.), las sopas o cremas de las dietas hipoglúcidas deben ser preparadas a base de vegetales y sin espesantes. PROMEDIO DE OCUPACIÓN DE CAMAS EN EL HOSPITAL: El hospital cuenta en promedio con 116 camas día. (CAMI II 77 y CAMI I 39). PROMEDIO DE DIETAS DISTRIBUIDAS MENSUALMENTE: se deben distribuir en el hospital durante el mes aproximadamente (Depende del % ocupacional): ITEM CAMI II CAMI I DESAYUNOS : ALMUERZOS : COMIDAS : REFRIGERIOS : PEDIDO DE DIETAS: Se realiza basándose en la orden del profesional del hospital especializado en dicha prescripción, con posibilidad de hacer pedidos especiales. La responsabilidad de realizar el pedido de dietas que garantice el aprovisionamiento de todos los insumos necesarios es totalmente del contratista, quien usará un medio de telecomunicación, por lo tanto se debe asegurar la disponibilidad de una línea (telefónica o celular) que facilite una rápida y oportuna comunicación. CAPITULO V GARANTIAS El contratista elegido deberá constituir garantía expedida por Compañía de Seguros debidamente autorizada para operar en Colombia, que ampare los siguientes riesgos: 5.1. Cumplimiento Y Calidad del Servicio Por un valor equivalente al diez (10%) por ciento del monto del contrato, por una vigencia igual a la duración del mismo y cuatro (4) meses más.

25 5.2. Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e indemnizaciones Laborales Del personal empleado para la prestación del servicio que se esta contratando por un valor igual al cinco (5%) por ciento del monto contratado y por un término igual al plazo estipulado en el mismo y tres (3) años más Responsabilidad Civil Extracontractual Que cubra al contratista por las actividades relacionadas con la prestación del servicio de alimentos por los daños causados a terceros en cuantía equivalente al veinte (20%) por ciento del valor total del contrato y por el término de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más. PARÁGRAFO 1: El proveedor constituirá las garantías de que trata el presente ítem para iniciar la ejecución del contrato y deberán ser presentadas y entregadas en la oficina jurídica de la entidad dentro del término señalado. PARÁGRAFO 2: EL HOSPITAL FONTIBÓN E.S.E. de acuerdo al monto de la contratación, podrá no hacer exigible la presentación de las garantías exigidas, para lo cual se le informará oportunamente al contratista o contratistas seleccionados. CAPITULO VII OBLIGACIONES ESPECIALES DEL CONTRATISTA Una vez terminado el proceso de selección, verificadas y evaluadas las diferentes ofertas y adjudicado el contrato; al oferente le asiste además de las obligaciones específicas establecidas en el contrato y las derivadas de su ejecución, las siguientes: 1. Cumplir con el objeto contractual en las condiciones propuestas en la oferta, y aceptadas por las partes; así mismo colaborar con EL HOSPITAL para que el contrato se cumpla dentro de los parámetros de idoneidad, oportunidad, calidad, eficacia, eficiencia y economía, y desarrollar el objeto del contrato de acuerdo a los parámetros y características de calidad contenidas en el Decreto 1011 de 2006, en concordancia con el sistema de Garantía de Calidad, implementado al interior del HOSPITAL. 2. Constituir las garantías requeridas por EL HOSPITAL, pagar las primas o cauciones que se requieran para la ejecución del contrato y mantenerlas vigentes en caso de adición, prórrogas o modificaciones. 3. Pagar oportunamente el valor de la prestación del servicio al personal asignado para ejecutar el contrato que realiza las actividades requeridas.

26 4. Afiliar, asumir, reconocer, pagar y acreditar, que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda. Este requisito deberá acreditarse de manera previa para la realización de cada pago derivado de la contratación. 5. Suministrar el servicio con personal calificado de acuerdo al perfil requerido por EL HOSPITAL y responder directamente por su entrenamiento y capacitación, verificando que ninguna persona asignada para ejecutar el contrato, vulnere el régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto en la Constitución y la Ley, para lo cual el CONTRATISTA se compromete a presentar los antecedentes judiciales, disciplinarios, fiscales y penales de Procuraduría, Personería, Contraloría y DAS. 6. Presentar copias de las hojas de vida o formato único de Hoja de vida y los soportes del personal dentro de la propuesta, certificando la aptitud ocupacional y sicotécnica individual del personal que presta el servicio. 7. El personal asignado para la prestación del servicio deberá contar con la vacunación exigida por la SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD, especialmente HA y HB, cumplir con lo establecido en la Resolución No de 2007 y la entrega de elementos de protección personal. Cuando se trate de nivel profesional deberá tener título en la rama que se trate, expedido por una universidad reconocida por el Estado y Registro ante la autoridad competente para ejercer la profesión en todo el territorio nacional e inscrito en la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, según el caso; cuando se trate de personal técnico o tecnólogo, se deberá tener título de formación en el programa de que se trate, otorgado por una institución reconocida y con la autorización para ejercer la actividad, cuando hubiere lugar. 8. Prestar el servicio en la sede del CAMI I y CAMI II DEL HOSPITAL FONTIBÓN E.S.E., con la frecuencia requerida y garantizando la continuidad y calidad en el servicio durante el tiempo de atención al público fijado por EL HOSPITAL y dentro del plazo de ejecución del contrato, cumpliendo con las metas, parámetros y especificaciones técnicas determinadas por EL HOSPITAL, siendo el servicio suministrado de óptima calidad. 9. El proveedor no podrá generar el cobro de las dietas entregadas cuando generen no conformidad por el usuario y/o la nutricionista asignada para la verificación de la prestación del servicio. 10. El Proveedor deberá resarcir al usuario en los casos en donde se haya detectado y reportado mala calidad de la alimentación, reemplazando la dieta entregada. 11. El contratista será el único obligado laboralmente con el personal que suministre y velará porque el personal cumpla con los turnos y obligaciones adquiridas por EL CONTRATISTA con EL HOSPITAL; sin perjuicio de la

27 facultad que tiene el HOSPITAL de impartir directrices para la ejecución adecuada del servicio contratado, así como todas aquellas que le faciliten a la entidad ejercer la supervisión de las actividades realizadas por elpersonal delegado para el cumplimiento del objeto contractual y su ubicación. 12. Se deberá garantizar una disponibilidad permanente de nutricionistas y personal calificado en el desarrollo de la actividad contractual prevista. 13. Mantener la prestación continua del servicio a través del personal asignado para ejecutar el contrato haciendo oportunamente los reemplazos en caso de enfermedad, incapacidad, permiso o cualquier ausencia temporal o permanente, enfermedad, cuyo reemplazo deberá ser previamente aprobado por EL HOSPITAL. 14. Comunicar oportunamente, con no menos de cinco (5) días de antelación al supervisor del contrato, en caso de cambio del ejecutor que desarrollará las actividades para EL HOSPITAL. 15. Comunicar de inmediato al HOSPITAL, las acciones judiciales y extra judiciales adelantadas contra el CONTRATISTA y en las cuales esté involucrada la E.S.E. HOSPITAL FONTIBÓN, la cual se reserva el Derecho de repetir y/o llamar en garantía al contratista y/o la aseguradora y/o demás personas que considere pertinentes por las indemnizaciones a las que pueda ser condenado. 16. Mantener vigentes las autorizaciones y requisitos legales de la entidad para su operación. 17. Se permitirá, acompañará y dispondrán visitas técnicas por parte del supervisor del contrato o a quien se autorice por parte del Hospital, para que se adelanten controles y supervisiones al área de preparación de alimentos. 18. Cumplir y acatar las sugerencias y recomendaciones del supervisor del contrato, dentro del plazo estipulado o acordado, así como desarrollar las actividades de presentación de los Informes de Gestión de Calidad y respuestas inherentes a las actividades realizadas y contratadas y que son de obligatorio cumplimiento por parte del HOSPITAL ante los entes de control y las diferentes instituciones a las cuales se les deba rendir información oportunamente. 19. Pagar toda clase de impuestos, tasas y contribuciones del orden nacional, departamental y distrital que se causen con ocasión del contrato, así como el impuesto de timbre y retenciones a que haya lugar. 20. Presentar las facturas de cobro por las actividades desarrolladas mensualmente, con sus respectivos soportes de las dietas suministradas, asi como de la gestión de calidad desarrollada mensualmente. 21. La realización de las actividades desarrolladas por el personal asignado para ejecutar el contrato deberá estar ajustada a los tiempos requeridos para el cabal cumplimiento de las necesidades del cliente interno y externo. 22. El incumplimiento, error, omisión o cualquier irregularidad en desarrollo de las actividades imputable a EL CONTRATISTA o sus ejecutores, que sea

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