PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE IBARRA

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1 PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE IBARRA ESCUELA DE NEGOCIOS Y COMERCIO INTERNACIONAL TEMA DISEÑO DE UN SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL EN EL RASTRILLO DEL GRUPO DE INTERVENCIÓN Y RESCATE DE LA CIUDAD DE QUITO PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE MAGÍSTER EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS CON MENCIÓN EN GERENCIA DE LA CALIDAD AUTOR JUAN JARAMILLO PAREDES ASESOR PhD JOSÉ LUIS PIÑEIROS IBARRA ECUADOR NOVIEMBRE

2 DEDICATORIA Quiero, dar gracias a Dios mi guía espiritual, por estar conmigo en cada paso que doy, por fortalecer mi corazón e iluminar mi mente y por haber puesto en mi camino a aquellas personas que han sido mi soporte y compañía durante todo el periodo de estudio. A mis padres Juan y Zoilita, que me dieron la vida y me enseñaron a luchar contra todas las adversidades, quienes me infundieron principios y valores y me han apoyado en todo momento. A mi esposa Rosita, por su amor y comprensión, por ser la persona que me dio la fuerza para seguir adelante en la culminación de esta tesis. Para mis hijos Johanna, Juan y Joan por su apoyo moral e incondicional A mi nieto Sebastián, su nacimiento ha coincidido con el final de la Tesis. El ha llegado a este mundo para darme el último empujón para culminar este proyecto AGRADECIMIENTOS Primero y como más importante, me gustaría agradecer sinceramente a mi director y tutor de Tesis, PhD José Luis Piñeiros por su esfuerzo y dedicación en este proyecto. Sus conocimientos, sus orientaciones, su persistencia, su paciencia y su motivación han sido fundamentales para alcanzar esta meta tan importante en mi carrera profesional. A los directivos y profesores de la Universidad Católica de Quito y de la PUCE-SI, por sus conocimientos y concejos recibidos en esta maestría durante mis estudios en la Ciudad de Quito e Ibarra respectivamente. Para ellos, Muchas gracias por todo.

3 INTRODUCCIÓN La salud es un derecho básico reconocido en todas las legislaciones, a la vez un bien social, y como tal, y en relación con los riesgos derivados del trabajo, su protección es exigible al empleador y su tutela jurídica a los poderes públicos. Un sistema de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional en el trabajo implica dirigir su mayor esfuerzo para reducir el riesgo de los trabajadores, y en caso de suscitarse un accidente estar en la capacidad de responder y prestarle los primeros auxilios. La adopción de medidas preventivas en los trabajos es un tema nuevo que está respaldado dentro del marco legal ecuatoriano y también dentro de las normas internacionales. Según la Organización Mundial de la Salud, en países en vías de desarrollo el promedio de riesgo de accidente es de 42 por cada 1000 trabajadores, con 8.3 fatalidades por cada trabajadores y 2 a 5 enfermedades ocupacionales por cada 1000 trabajadores. Para países desarrollados, el promedio de accidentes es de 25 por cada 1000 trabajadores con 6.5 fatalidades por cada trabajadores. Según datos de la Organización Internacional del Trabajo, los accidentes y las enfermedades ocupacionales representan en los países en vías de desarrollo el 10% del PIB. En el Ecuador no está conocido el tema de prevención de riesgos laborales mucho menos en instituciones del estado como la Policía Nacional. Se debe mencionar que ni siquiera existe una norma legal que hable de riesgos ni de salud ocupacional, que debería ser conocida por la alta dirección y todo el personal operativo La Constitución de la República del Ecuador en la Sección 2º. Del Trabajo enuncia las normas y garantías laborales Y en la Sección 4º. De la Salud ratifica: Numeral 3.- El Estado garantizará la intangibilidad de los derechos reconocidos a los trabajadores y adoptará las medidas para su ampliación y mejoramiento. Numeral 11.- Sin perjuicio de la responsabilidad principal de obligado directo y dejando a salvo el derecho de repetición, la persona en cuyo provecho se realice la obra o se preste el servicio será responsable solidaria del cumplimiento de las obligaciones laborales, aunque el contrato de trabajo se efectúe por intermediario.... El Estado garantizará el derecho a la salud, su promoción y protección, por medio del desarrollo de la seguridad alimentaria, la provisión de agua potable y saneamiento básico, el fomento de ambientes saludables en lo familiar, laboral y comunitario.

4 2 El Grupo de Intervención y Rescate de la Policía Nacional en la ciudad de Quito almacena en su rastrillo grandes cantidades de armamento, explosivos, munición, equipo policial, etc. pero no cumplen con normas estandarizadas en el manejo y administración del mismo, lo que pone en riesgo no únicamente la seguridad de las personas que laboran en esta dependencia, sino también para la comunidad aledaña a la unidad policial y al personal policial del GIR. Existe una inadecuada selección del personal que trabaja en el Rastrillo del Grupo de Intervención y Rescate, lo que se constituye otro factor de riesgo en el desempeño operativo táctico de la Unidad. El personal que labora allí al no contar con equipo de protección personal (E.P.P.) está exponiéndose a algún tipo de accidente, poniendo en riesgo incluso la vida del personal y el cumplimiento de operaciones policiales en pro de sus objetivos institucionales. Con todos estos antecedentes es necesario y fundamental diseñar un sistema de seguridad y salud ocupacional, que permita identificar los peligros, así como la evaluación de los riesgos para prevenir los impactos o efectos en el personal que labora en el rastrillo y los miembros de esta Unidad Policial.

5 3 OBJETIVOS Objetivo General. Establecer y recomendar un modelo de Sistema de Seguridad y Salud Ocupacional aplicable al Rastrillo del Grupo de Intervención y Rescate de la Policía Nacional en la ciudad de Quito. Objetivos Específicos. 1. Realizar una inspección al rastrillo del Grupo de Intervención y Rescate de la Policía Nacional en la ciudad de Quito, para establecer su situación actual y proponer el modelo como parte del mejoramiento del sistema. 2. Establecer un estudio diagnóstico sobre los procesos de transporte, almacenamiento y distribución de armamento, munición y equipo policial, así como protección personal y capacitación. 3. Recomendar medidas correctivas como proyectos de mejora para el Grupo de Intervención y Rescate de Quito, basado en el diagnóstico establecido en el Rastrillo.

6 4 CAPÍTULO I 1. ASPECTOS LEGALES NORMATIVOS EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Se utiliza una matriz de identificación de aspectos legales (Anexo N. 1), cuya estructura permite la verificación y cumplimiento total. - Para la verificación de la conformidad legal, - La herramienta Check List de Verificación Legal que incluye la normativa legal aplicable para este proyecto - La interpretación es la siguiente: A B C CUMPLIMIENTO TOTAL (Conforme) CUMPLIMIENTO PARCIAL (NC-) INCUMPLIMIENTO TOTAL (NC+) La implementación de Sistemas de Gestión Integrados, relacionados con la Calidad, Ambiente, Seguridad y Salud Ocupacional, requisitos necesarios para buscar la mejora continua y la competitividad en el mercado nacional e internacional, han requerido que durante las últimas décadas las organizaciones en el Ecuador inviertan en asesoramiento para conocer más sobre la aplicación del derecho en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. Los aspectos legales, como requisitos que deben cumplir las empresas que desean a futuro obtener una certificación internacional por un ente acreditado, son de obligatorio cumplimiento. Adicionalmente, la exigencia de los organismos de control en el Ecuador: Dirección Nacional del Seguro General de Riesgos del Trabajo del IESS y el Ministerio de Trabajo y Empleo, buscan disminuir el aumento en el número de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales en el Ecuador, haciendo cumplir la legislación actual, algunas vigentes desde la década de los setentas.

7 5 Por una parte, en materia de Certificación y Acreditación en Sistemas de Gestión aplicables para Seguridad y Salud Ocupacional, la serie de normas OHSAS y el acompañamiento de la OHSAS 18002: Guía para la implementación de la Norma OHSAS 18001, han sido desarrolladas en respuesta a la demanda de los clientes por una norma para un sistema de gestión de seguridad y salud ocupacional contra la cual, sus sistemas de gestión puedan ser evaluados y certificados. OHSAS ha sido desarrollada para ser compatible con las normas de gestión ISO 9001:2008 (Calidad) e ISO 14001:2004 (Ambiental), con el propósito de facilitar la integración de los sistemas de gestión de la calidad, ambiental y de la seguridad y salud ocupacional, en las organizaciones que lo deseen hacer o sea no es obligatorio. Con lo mencionado anteriormente, las OHSAS: son voluntarias y para aquellas empresas que buscan su certificación deberán cumplir obligatoriamente los requisitos legales aplicables en el Ecuador, ya que ésta norma incluye en el numeral 4.2 un compromiso de por lo menos cumplir con los requisitos legales y con otros requisitos suscritos relacionados con los peligros de Seguridad y Salud Ocupacionales. OHSAS: en el numeral Además cuenta con un numeral exclusivo para requisito de cumplimiento de requisitos legales y otros, cuyo texto literal es el siguiente: Requisitos legales y otros.- La organización debe establecer, implementar y mantener uno o varios procedimiento(s) para identificar y acceder a los requerimientos de Seguridad y Salud Ocupacional legales y otros que son aplicables. La organización debe asegurar que los requerimientos legales aplicables son tomados en cuenta en el establecimiento, implementación y mantenimiento del sistema de gestión de Seguridad y Salud Ocupacionales. La organización debe mantener esta información actualizada. La organización debe comunicar la información relevante sobre requisitos legales y otros, a las personas que trabajan bajo el control de la organización, y otros partes interesadas relevantes. 1.1 REQUISITOS LEGALES DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL ECUADOR Cabrera Juan Carlos, en la revista Líderes del 18 de Mayo del 2009 en cuanto al marco legal de cumplimiento obligatorio en Seguridad y salud en el Ecuador dice: Las instituciones de acreditación y certificación de empresas que requieren OHSAS: 18001, conocen poco sobre qué incluye los requisitos legales aplicables en esta materia, tanto así que en muchos casos, las empresas a certificarse han creado listados de cumplimientos aplicables poco concretos, debido a la falta de información, y cuentan con la certificación internacional, sin dejar de lado que estos Sistemas de Gestión son de carácter Administrativo. Existe gran variedad de legislación aplicable de Seguridad y Salud en el Trabajo.

8 6 Los requisitos legales aplicables y obligatorios en el Ecuador, son aquellos que se encuentran tipificados desde lo mencionado en la Constitución de la República del Ecuador en el Capítulo Sexto: Trabajo y Producción, Sección Tercera: Formas de Trabajo y su Retribución, Art. 326 en el cual el derecho al trabajo se sustenta en los principios mencionados en el numeral 5 y 6. El Ecuador como país miembro de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) tiene la obligatoriedad de cumplir con lo establecido en el Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo (Decisión ) y su Reglamento de Aplicación (R ). El Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo, establece la obligatoriedad de contar con una Política de Prevención de Riesgos Laborales, además de las obligaciones y derechos de empleadores, trabajadores y personal vulnerable (objeto de protección personal), las sanciones que deberán aplicar los países miembros. El Reglamento de Aplicación del Instrumento Andino, establece la gestión de la prevención de riesgos laborales, con el establecimiento de un Sistema de Gestión que tiene 4 elementos: gestión administrativa, gestión técnica, gestión del talento humano y procesos operativos básicos, además de la responsabilidad solidaria entre empresas que desarrollen actividades simultáneamente y aplicables a empresas contratistas, subcontratistas, enganchadores, entre otros. Es importante considerar el tema de la responsabilidad solidaria (Ibid.) ya que muchos empleadores consideran que se libran de responsabilidad en caso de accidentes de trabajo si realizan sus actividades por medio de contratistas y subcontratistas, ya que frente a la ley, tanto el empleador como el contratista son responsables solidarios de acuerdo al Código de Trabajo en el Capítulo III, Art. 11. En nuestro país el IESS, por medio de la Dirección Nacional del Seguro General de Riesgos del Trabajo (SGRT) busca adaptar y aplicar legalmente a la realidad nacional, el modelo establecido en este Reglamento de Aplicación del Instrumento Andino CAN, por medio del SASST (Sistema de Administración de la Seguridad y Salud en el Trabajo) que a diferencia de lo que se cree, no es un estudio, ni un certificado, sino un Sistema de Gestión con sus respectivos componentes que tendrá un tiempo de implementación y su mantenimiento será por medio de las auditorías internas exigidas en este documento. El SART (Sistema de Auditoría de Riesgos del Trabajo) -el mismo que entrará en aplicación este año una vez aprobado el Reglamento de aplicación de Auditorías de Riesgos del Trabajo del IESS- dará inicio a las auditarías de éste sistema de gestión obligatorio a las empresas y se establecerán No Conformidades, las mismas que deberán solucionarse para no caer en responsabilidad patronal y las sanciones actualmente establecidas por el Seguro Social. El SASST como sistema de gestión tiene requisitos legales a cumplirse a través de auditorías para cambiar la realidad de los afiliados y de lo que se vive en las empresas, muchas de ellas incluso ya cumplieron 30 años a las cuales nunca les ha visitado el seguro. El IESS, además de establecer normativa aplicada para el SASST, cuenta con Resoluciones de obligatorio cumplimiento para la prevención de riesgos y prestaciones del Seguro General de Riesgos del Trabajo que cubre al trabajador desde el primer día del accidente a diferencia del seguro común de los afiliados que tendrán derecho luego de 6 aportaciones consecutivas, por eso la importancia de cumplir con la afiliación y el aviso de entrada inmediatamente. Entre las resoluciones del IESS vigentes, está el Reglamento General del Seguro de Riesgos del Trabajo (R. 741, 1991), en el cual se establecen todos los aspectos de las prestaciones a este seguro, así como los casos de incapacidad y muerte del afiliado, readaptación profesional y responsabilidad patronal. La normativa para el proceso de investigación de accidentes-incidentes, establece los parámetros de investigación, clasificación y codificación de accidentes de trabajo e incidentes a nivel nacional, información con la cual se llena los avisos de accidente que deben entregarse en un plazo no mayor a 10 días desde la fecha del accidente. El NO reportar accidentes

9 7 de trabajo es motivo de responsabilidad patronal, lo cual va a ser controlado una vez inicie las auditorías del IESS o caso de denuncia. Además del cumplimiento obligatorio del SASST también llamado Modelo Ecuador 1, el Ministerio de Trabajo y Empleo, por medio de la Unidad de Seguridad y Salud en el Trabajo de esta dependencia, es la encargada de realizar las aprobaciones del Reglamento Interno de Seguridad y Salud vigente cada 2 años y Comité Paritario de Seguridad y Salud de las empresas 2 anualmente, requisitos obligatorios. Es obligación para las empresas tener aprobado el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo (empresas con más de 10 trabajadores) 3 y su elaboración estará conforme el Acuerdo Ministerial El Ministerio de Relaciones Laborales -anterior Ministerio de Trabajo y Empleo- cuenta con la categorización de acuerdo a las actividades de las empresas, calificándolas de riesgo leve, riesgo mediano o alto riesgo, las mismas que para aprobar el reglamento interno debe pasar varias revisiones y requerimientos, que va desde cumplir a cabalidad hasta la obligatoriedad de las empresas para la creación de servicio médico de empresa 5 y departamento de seguridad con sus respectivos profesionales registrados en este ministerio (más de 100 trabajadores o menos de ésta cantidad si es considerada empresa de alto riesgo) 6, requisitos que muchas empresas no están dispuestas inmediatamente a realizar debido a presupuestos, por lo cual la documentación queda archivada y en muchos casos no los realizan ya que nunca han recibido en las visitas de la inspectoría éstos requisitos que son ley. Además para la elaboración es imprescindible que la realice y certifique un profesional Técnico especializado en Seguridad y Salud en el Trabajo 7, registrado en el Ministerio de Relaciones Laborales, dándose preferencia a profesionales de 4to nivel (mínimo Categoría F3) para empresas de alto riesgo 8. Durante las últimas 2 décadas, en Ecuador ha tenido vigencia el Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo (D.E. 2393, R.O. 565) que desde noviembre del 1986 ha sido la base técnica y legal de la Prevención de Riesgos en el país. Para muchas empresas no es conocido a pesar que tiene 23 años de vigencia. Éste reglamento cuyo ámbito de aplicación es a toda actividad laboral y todo centro de trabajo, establece obligaciones que van desde la responsabilidad a todo nivel, así como requisitos de la conformación de Unidad de Seguridad y Comité Paritario, Áreas y ambientes de Trabajo, Edificios e infraestructura, Factores de Riesgo, Maquinaria, equipo y herramientas, sean manuales o automáticas, vehículos y transporte, almacenamiento, materiales peligrosos, prevención de incendios, señalización, protección personal, entre otros. La aplicación de este cuerpo legal es de vital importancia para el aspecto técnico de prevención de riesgos laborales. De la misma forma el Código del Trabajo es un requisito legal obligatorio en esta materia en el país, establece en el Título IV De los Riesgos del Trabajo, definiciones, indemnizaciones por accidentes, clasificación de enfermedades profesionales, de las comisiones calificadoras de riesgos, etc.. 1 Dr. Luis Vásquez Z, MD, PH.D., Modelo Ecuador, aplicado del Sistema de Gestión de la SST. 2 Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Ambiente de Trabajo D.E. 2393: Art. 14, R.O. 565, Nov Código del Trabajo, Título IV, Art Ministerio de Trabajo y Empleo: Acuerdo Ministerial 0220 Guía para la Elaboración del Reglamento Interno de Seguridad y Salud de las Empresas 5 Reglamento de Funcionamiento de Servicios Médicos de Empresa, Cap II, Art. 4 y 5, Octubre Op. Cit. Reglamento de Seguridad, Art CAN: Instrumento Andino de SST, Decisión 584, Art. 4, literal k) Junio Ministerio de Trabajo y Empleo: Acuerdo Ministerial 0219/05 Acreditación de Profesionales en Seguridad y Salud en el Trabajo.

10 8 La aplicación obligatoria del Reglamento para funcionamiento de servicios médicos de empresa (A.M. 1404, ) señala que deben implementarse en el caso de cien o más trabajadores, o menos de cien en empresas de riesgo grave-alto riesgo (Ibid., Art. 4 y 5) es de real importancia para cumplir requisitos importantes en prevención como el monitoreo médico, psicológico y la vigilancia epidemiológica. Éste reglamento contempla disposiciones que van desde la instalación y condiciones mínimas de los servicios médicos, profesionales que integran, horarios médicos, listado de equipos médicos mínimos, exámenes médicos preventivos y de vigilancia, entre otros. Actualmente hay que considerar, que no sólo es necesario cumplir con lo establecido en este reglamento y realizar evaluaciones médicas anualmente o periódicamente de acuerdo al riesgo, sino que es obligación de las empresas realizar exámenes médicos de preempleo, periódicos y de retiro, acorde con los riesgos a que están expuestos en sus labores 9, esto no solo por obligación legal, sino como garantía para los empleadores, ya que la empresa contratante puede incorporar personal con algún antecedente de enfermedad profesional adquirida por el trabajador en sus anteriores actividades laborales, y que, siendo el caso, puede llegar a asumir la empresa contratante junto con la responsabilidad patronal que ésta conlleva. No es garantía para la empresa contar con exámenes médicos generales; deben realizarse en función de los riesgos existentes, así como es también obligación de los trabajadores someterse a los exámenes médicos a que estén obligados por norma expresa así como a los procesos de rehabilitación integral (Ibid. Art. 24, literal j). Existen otros cuerpos legales en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo aplicables para cada actividad que se realiza en el Ecuador, que en muchos casos no aplicará a otras empresas; así el Reglamento de Seguridad para la Construcción y Obras Públicas (A.M. 0174, R.O. 249, ), para buscar controlar los riesgos en las actividades que demandan la mayor mortalidad a nivel mundial; el Reglamento de Seguridad del Trabajo contra riesgos en Instalaciones de Energía Eléctrica (A. 013, 1999), para buscar controlar los riesgos en las actividades que demandan la segunda causa de mayor mortalidad a nivel mundial; Reglamento de Seguridad e Higiene en Trabajos Portuarios (R. 360, 1979); Reglamento de Uso y Aplicación de Plaguicidas y Pesticidas (R.O. 263, ); Reglamento de Prevención de Incendios ( ); Normas para Aplicación del Reglamento del Seguro Contra Incendios (A.M. 2643, R.O. 583, ); Ley de defensa contra incendios (A.M. 2643, R.O. 583, ). 1.2 NORMATIVA LEGAL EN LA POLICIA NACIONAL Reglamento del Seguro de Enfermedad y Maternidad del ISSPOL En lo que respecta a la Policía Nacional, existe una normativa establecida en el Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional, en el que manifiesta que es un objetivo proteger al asegurado y sus dependientes de los riesgos de enfermedades y accidentes, y brindar atención de maternidad. En el Reglamento del Seguro de Enfermedad y Maternidad del ISSPOL se establece un concepto de enfermedad en el que lo considera como un estado patológico que imposibilita al individuo desempeñar sus actividades profesionales y sociales por causa de alteración física o mental. 9 Ibid., Art. 14.

11 9 Este reglamento contempla los accidentes profesionales que se produzcan cuando el miembro de la Policía está en ejercicio pleno de su actividad profesional o dicho de otra forma en un procedimiento policial, dando como resultado una lesión orgánica o funcional o la muerte. En el Art. 6 manifiesta que no se consideraran accidentes profesionales cuando el asegurado haya estado bajo el efecto del alcohol o drogas y si se ocasionare deliberadamente la incapacidad, por sí o por interpuesta persona; por intento de suicidio, cuando se comprobare que haya promovido una riña o cuando el siniestro sea resultado de algún delito del que fuere declarado responsable. Se señalan además diferentes conceptos de incapacidades es decir una serie de beneficios que tendrían cuando se suscite un accidente mientras realiza su servicio, pero NO se establece en la norma legal, aspectos como la prevención y el análisis de riesgos o algún artículo relacionado a la seguridad y salud en el trabajo. Todas las organizaciones deben en primer lugar establecer procesos de auditorías legales en Seguridad y Salud Ocupacional, para saber qué es lo que cumplen, que deben cumplir y finalmente establecer no conformidades en cuanto a la matriz legal. La intención es proporcionar buenas condiciones laborales a los miembros del GIR-Q, garantizándoles una excelente salud física y psicológica, cumpliendo con la normativa legal ecuatoriana relacionada con el diseño del SSSO. 1.3 MARCO CONCEPTUAL Riesgo. Es la probabilidad de que suceda un evento, impacto o consecuencia adversos. Se entiende también como la medida de la posibilidad y magnitud de los impactos adversos, siendo la consecuencia del peligro, y está en relación con la frecuencia con que se presente el evento 10. Riesgos del trabajo son las eventualidades dañosas a que está sujeto el trabajador, con ocasión o por consecuencia de su actividad Código Laboral, Título IV. Art. 347

12 10 Para los efectos de la responsabilidad del empleador se consideran riesgos del trabajo las enfermedades profesionales y los accidentes 12. Es una medida de potencial de pérdida económica o lesión en términos de la probabilidad de ocurrencia de un evento no deseado junto con la magnitud de las consecuencias Seguridad y Salud Ocupacional (Occupational Health and Safety Administration Series). Condiciones y factores que afectan o podrían afectar, la salud y seguridad de empleados, trabajadores temporales, contratistas, visitas y cualquier otra persona en el lugar de trabajo. Las organizaciones pueden tener un requisito legal para la seguridad y salud de personas más allá del lugar de trabajo inmediato, o para quiénes se exponen a las actividades del lugar de trabajo Accidente de trabajo. Es todo suceso imprevisto y repentino que ocasiona al trabajador una lesión corporal o perturbación funcional, con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena 15. Es un incidente con lesión, enfermedad o fatalidad Enfermedad Profesional. Enfermedades profesionales son las afecciones agudas o crónicas causadas de una manera directa por el ejercicio de la profesión o labor que realiza el trabajador y que producen incapacidad 17. Identificación de una condición física o mental adversa actual y/o empeorada por una actividad del trabajo y/o una situación relacionada Norma OHSAS (Occupational Health and Safety Assessment Specification (Especificación de Evaluación de la Seguridad y Salud en el trabajo). Es una norma voluntaria internacional que establece un conjunto de requisitos relacionados con los Sistemas de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo y que permite a una organización administrar sus riesgos laborales y mejorar su rendimiento en materia de Seguridad y Salud por medio del control de indicadores de gestión. Esta norma puede 12 Op. Cit., Acuerdo Ministerial 0220, Título IV, Art COVENIN 2270:1995: Compañía Venezolana de Normalización 14 BSI: Series de Administración de la Seguridad y Salud Ocupacional OHSAS 18001:2007, punto Op. Cit. Acuerdo Ministerial 0220, Título IV, Art Op. Cit. COVENIN, punto Op. Cit. Acuerdo Ministerial 0220, Título IV, Art Op. Cit. COVENIN, punto 3.8.

13 11 ser implantada en cualquier organización independientemente de su tamaño, actividad o ubicación Sistema de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional (SST). Permite identificar situaciones de emergencia potenciales, tener capacidad de respuesta y mejorar aquellos factores que puedan afectar al bienestar de toda persona en el entorno físico de una empresa. El nuevo estándar OHSAS 18001: 2007 punto Establece los requisitos que debe cumplir un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo para que las organizaciones puedan optimizar el rendimiento de su sistema, así como controlar eficazmente los peligros derivados de sus actividades, parte del sistema de gestión de una organización, empleada para desarrollar, e implementar su política de SySO y gestionar sus riesgos PRINCIPALES TÉRMINOS Y DEFINICIONES SEGÚN LA NORMA OHSAS: A continuación encontraremos los conceptos más importantes de la Norma Ohsas 18001: Accidente. Evento indeseado que da lugar a la muerte, enfermedad, lesión, daño u otra pérdida Auditoría. Examen sistemático para determinar si las actividades y los resultados relacionados están en conformidad a los resultados y actividades planificadas y si estas actividades se llevan a cabo eficazmente y son convenientes para lograr la política de la organización y objetivos Mejoramiento Continuo. Proceso de reforzamiento del sistema de gestión SSO, que se orienta a lograr mejoramientos en el desempeño global de la Seguridad y Salud Ocupacional, de acuerdo con la política de SSO de la organización. No es necesario que el proceso sea aplicado simultáneamente en todas las áreas de actividad BSI: British Standard Institute: Normas OHSAS 18001:2007, Cap. 3

14 Peligro. Fuente o situación que tiene un potencial de producir un daño, en términos de una lesión o enfermedad, daño a la propiedad, daño al ambiente del lugar de trabajo, o a una combinación de éstos Identificación de peligros. Proceso que permite reconocer que un peligro existe y que a la vez permite definir sus características a) Incidente. Evento que da lugar a un accidente o que tiene el potencial para producir un accidente. Un incidente en que no ocurre ninguna lesión, enfermedad, daño, u otra pérdida se denomina cuasi incidente. El término incidente incluye los cuasi-incidentes. b) Partes Interesadas. Individuos o grupos involucrados con, o afectados por, el desempeño del sistema de SSO de una organización. c) No Conformidades. Cualquier desviación de las normas de trabajo, prácticas, procedimientos, regulaciones, desempeño del sistema de gestión, etc. Que pueda llevar, directamente o indirectamente, a una lesión o enfermedad, a un daño de propiedad, un daño al ambiente del lugar de trabajo, o a una combinación de éstos. d) Objetivos. Metas, en términos de desempeño del sistema SSO, que una organización establece por si misma. Nota: Los objetivos deben cuantificarse en la medida que resulte práctico. e) Seguridad y Salud Ocupacional (SSO). Condiciones y factores que afectan el bienestar: de empleados, de obreros temporales, del personal del contratista, de visitantes y de cualquier otra persona en el lugar de trabajo. f) Sistema de Gestión SSO. Parte del sistema de gestión global, que facilita la gestión de los riesgos de SOS asociados a los negocios de la organización. Esto incluye la estructura orgánica, las actividades de planificación, responsabilidades, prácticas, procedimientos, procesos y recursos para desarrollar, implementar, lograr, analizar críticamente y mantener la política de SOS de la organización.

15 13 g) Organización. Compañía, corporación, firma, empresa, institución o asociación, o parte de ella, incorporada o no, pública o privada, que tiene sus propias funciones y estructura administrativa. Para las organizaciones con más de una unidad de negocio, una sola unidad de negocio puede definirse como una organización. h) Desempeño. Resultados mensurables del Sistema de Gestión SSO, relacionados con el control que tiene la organización sobre los riesgos relativos a su seguridad y salud ocupacional y que se basa en su política de SSO y objetivos. La medición de desempeño incluye la medición de actividades y resultados de gestión de SSO. 1.5 RIESGO Combinación entre la probabilidad de ocurrencia y las consecuencias de un determinado evento peligroso Evaluación de riesgo. Proceso global de estimar la magnitud de los riesgos y decidir si un riesgo es o no es tolerable Seguridad. Ausencia de riesgos inaceptables de daño Riesgo tolerable. Riesgo que se ha reducido a un nivel que puede ser aceptable para la organización, teniendo en consideración sus obligaciones legales y su propia política de SSO. 1.6 DEFINICIONES Arma.- El diccionario de la Real Academia de Lengua Española le define como: Objeto destinado a ofender o defender. Otra definición dice: Todo objeto cortante, punzante, contundente capaz de inferir lesiones Arma de fuego.- Es el conjunto de mecanismos que trabajando en forma normal y armónica, lanzan un proyectil al espacio mediante una fuerza propulsora (pólvora). Es

16 14 una máquina térmica. Esta afirmación la podemos demostrar al comparar un arma de fuego con el motor de un vehículo CLASIFICACIÓN DE LAS ARMAS DE FUEGO POR SU SISTEMA DE DISPARO Tiro a tiro. Es aquella arma que no teniendo almacén cargador, obliga al tirador a repetir manualmente la acción completa de carga y descarga, ante la ocasión de cada disparo. 22 Fotografía N. 1.- Escopeta DEF TEC Mod. Lanzagas, Calib 37/38mm Fuente: Manual GIR Repetición. En este tipo de arma el ciclo de carga se efectúa manualmente, y; el ciclo de descarga mecánicamente o manualmente por acción del tirador, estando los cartuchos acumulados en un almacén cargador Semiautomática. En ella la operación de carga y descarga se efectúa automáticamente luego del primer disparo, para los siguientes solo es necesario oprimir la cola del disparador Vinueza, Lenin. Manual de Tiro. 22 Ibid. 23 Ibid. 24 Ibid

17 15 Fotografía N. 2.- Pistola Glock 9mm Fuente: Manual del GIR Automática. Es aquella en la cual, luego del primer disparo, con solo tener oprimida la cola del disparador, se efectúan los siguientes disparos hasta que medie la voluntad del tirador, Balísticamente el arma de fuego automática es aquella en la cual se libera el tirador, que es un mecanismo que retiene la corredera luego de cada disparo. 25 Fotografía N. 3.- Subametralladora HK-MP-5 Fuente: Manual del GIR 1.8 CLASIFICACIÓN DE LAS ARMAS DE FUEGO POR SU USO Y MANEJO Revolver. Arma corta, de puño, con cañón de ánima estriada y que posee un tambor o cilindro giratorio con varias recámaras (comúnmente seis) dependiendo de la marca, modelo y calibre del arma, las cuales se alinean sucesivamente con el cañón por medio de un accionamiento mecánico al oprimir la cola del disparador (doble acción), o al montar manualmente el martillo hacia atrás (simple acción) Ibid. 26 Ibid.

18 16 Esta arma está difundida por el mundo entero gracias al impulso de armeros geniales, cuyos nombres aún en la actualidad nos son familiares: Samuel Colt, Eliphalet Rémington, Horace Smith y Daniel Baird Wesson. Fotografía N. 4.- Revólver Smith Wesson Fuente: Manual del GIR Pistola. Arma de puño, cuya recámara está alineada permanentemente al cañón, siendo este de ánima rayada. Su sistema de disparo por lo general es semiautomático, pudiendo tener las más evolucionadas (Glock 18, Beretta 93-R) un selector de tiro que las convierte en asmáticas. 27 Fotografía N. 5.- Pistola Glock 17 cal 9mm Fuente: Manual del GIR La pistola tiene mayor poder de fuego que el revólver, al poseer cargadores o alimentadoras que varían desde los 17 a los 30 cartuchos. Son utilizadas por casi todas las policías del mundo y en la actualidad la pistola que sobresale por su maniobrabilidad es la Glock, de nacionalidad Austriaca, pero lamentablemente también es utilizada por personas que están al margen de le ley. 27 Ibid.

19 Carabina. Arma de hombro con ánima rayada, con un cañón que no supera los 56 cm de largo. La recámara se encuentra permanentemente alineada con el cañón. El sistema de disparo puede ser cualquiera de los conocidos. Las carabinas son más pequeñas que los fusiles. Antiguamente eran utilizadas por la caballería y por aquellos cuya función necesitaba el empleo de un arma más corta que un fusil clásico. 28 Fotografía N. 6.- Carabina Ruger, cal. 223 Fuente: Manual del GIR Fusil. Arma de hombro con ánima rayada, cuyo largo del cañón supera los 56 cm. La recámara se encuentra permanentemente alineada con el cañón. El sistema de disparo puede ser cualquiera de los conocidos. 29 En la actualidad existe una gran variedad de fusiles, entre ellos. Fusiles de guerra, de caza, de tiro olímpico, etc. Nos referimos al primero de ellos. Este fusil se llama también de asalto y es el armamento básico de la infantería moderna, polivalente, capaz de sustituir a un buen número de armas de guerra ya que pueden ser disparados a corta o larga distancia, tiro a tiro o automático. Pueden disparar granadas de fusil que son la artillería de bolsillo del soldado de infantería. Estos fusiles se adaptan tanto a los diestros como a los zurdos, poseen accesorios como miras ópticas y sistema de visión nocturna, lo que permite utilizarlo con eficiencia tanto en la noche como en el día. 28 Ibid. 29 Ibid.

20 18 Fotografía N. 7.- Fusil Colt AR-15 Fuente: Manual del GIR Subfusil (pistola ametralladora). Arma de puño o de hombro de menor tamaño que el fusil, diseñada para ser utilizada normalmente con dos manos, por lo que la mayoría posee una segunda empuñadura destinada a la mano débil. Puede dispararse apoyada en el hombro o en alguna otra parte del cuerpo. 30 Esta arma es utilizada por los ejércitos de varios países del mundo, cuerpos especiales de policía, en la actualidad también las utilizan para los grupos de protección de transporte de valores. Los grupos como Swat en los EEUU, la utilizan por su versatilidad en zonas urbanas y rurales. Tiene entre sus bondades un selector de tiro que permite de acuerdo a la misión, escoger su uso entre automática o semiautomática, existen en diversos calibres de las armas de combate y se los puede equipar con accesorios de última generación como visión nocturna y miras. Fotografía N. 8.- Subametralladora hkmp5-k Fuente: Manual del GIR 30 Ibid.

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