PROGRAMA. Taller GESTIÓN DE RIESGOS DE LOS EQUIPOS MÉDICOS

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1 PROGRAMA Taller GESTIÓN DE RIESGOS DE LOS EQUIPOS MÉDICOS 23 de febrero de 2010, Salón 250 de la Universidad de La Habana Palabras de apertura. Ing. Dulce María Martínez Pereira, Directora del CCEEM. Conferencia: Introducción a la gestión de los riesgos de los Equipos Médicos: el papel de las normas. DraC. Rosa Mayelin Guerra Bretaña. Cátedra de Calidad, Metrología y Normalización de la UH y CTN No. 11 Equipos Médicos. Panel: La gestión de los riesgos de los biomateriales: incorporación al SGC y casos de estudio. MC. María del Carmen Meizoso Valdés, Dra. Mayra de la Caridad Pérez Alvarez. Centro de Biomateriales. Presentación del libro: Gestión de la calidad de los materiales y dispositivos médicos: requisitos, normativa y regulaciones. -- ISBN Editorial Universitaria, Guerra Bretaña, Rosa Mayelín.

2 Gestión de la calidad de los materiales y dispositivos médicos: requisitos, normativa y regulaciones Rosa Mayelín Guerra Bretaña

3 Portada Gestión de la calidad de los materiales y dispositivos médicos: requisitos, normativa y regulaciones Rosa Mayelín Guerra Bretaña

4 Página legal 610-Gue-G Gestión de la calidad de los materiales y dispositivos médicos: requisitos, normativa y regulaciones. -- Ciudad de La Habana : Editorial Universitaria, ISBN pág. 1. Guerra Bretaña, Rosa Mayelín 2. Biomateriales; Dispositivos Médicos; Gestión de la Calidad Edición: Rosa Mayelín Guerra Bretaña Digitalización: Dr. C. Raúl G. Torricella Morales Rosa Mayelín Guerra Bretaña <mayelin@biomat.uh.cu>, 2009 Universidad de La Habana - Editorial Universitaria (Cuba), La Editorial Universitaria publica bajo licencia Creative Commons de tipo Reconocimiento No Comercial Sin Obra Derivada, se permite su copia y distribución por cualquier medio siempre que mantenga el reconocimiento de sus autores, no haga uso comercial de las obras y no realice ninguna modificación de ellas. La licencia completa puede consultarse en: Editorial Universitaria Calle 23 entre F y G, No. 564 El Vedado, Ciudad de La Habana, CP Cuba torri@reduniv.edu.cu Sitio Web:

5 Índice general Gestión de la calidad de los materiales y dispositivos médicos: requisitos, normativa y regulaciones...1 Portada...3 Página legal...4 Índice general...5 Introducción CONCEPTOS Y DEFINICIONES Definiciones generales Definiciones aplicables a la clasificación y registro sanitario Definiciones aplicables a la gestión del riesgo Definiciones aplicables a los sistemas de gestión de la calidad Definiciones aplicables a las Buenas Prácticas de Fabricación Definiciones aplicables a la evaluación de la conformidad ARMONIZACIÓN INTERNACIONAL Y REGLAMENTACIÓN Panorama internacional Programa Regulador de Equipos Médicos en Cuba NORMALIZACIÓN La normalización internacional de los equipos médicos Clasificación de las normas para equipos médicos Normalización de equipos médicos en Cuba GESTIÓN DEL RIESGO Proceso de gestión del riesgo Análisis del riesgo Evaluación del riesgo Control del riesgo Información pos-produción Evaluación de los materiales y dispositivos médicos CARACTERIZACIÓN FÍSICO-QUÍMICA DE LOS BIOMATERIALES Caracterización de la composición química de los biomateriales Materiales poliméricos y monómeros Materiales cerámicos y metales Materiales compuestos Determinación de sustancias potencialmente biodisponibles Análisis de los extractos Análisis del material...48

6 5.3- Caracterización químico-física y mecánica Propiedades mecánicas Propiedades térmicas Propiedades eléctricas Propiedades ópticas Otras propiedades Caracterización superficial de los materiales EVALUACIÓN BIOLÓGICA Principios generales de la evaluación biológica Caracterización del dispositivo médico Evaluación del dispositivo médico Problemas por resolver en la aplicación de la ISO INVESTIGACIONES CLÍNICAS Principios éticos y metodológicos de las investigaciones clínicas Número de sujetos necesarios y selección de los participantes Buenas Prácticas Clínicas y Control de la Calidad de las investigaciones clínicas GESTIÓN DE LA CALIDAD Sistemas de gestión de la calidad ISO Buenas Prácticas de Fabricación Relación entre las dos normativas...70 Apéndice Apéndice Apéndice Apéndice Citotoxicidad in vitro (NC-ISO :2002) Ensayos de extractos Ensayos de contacto directo Ensayos por contacto indirecto (Difusión) Medición de la citotoxicidad Líneas celulares Materiales de control Genotoxicidad, carcinogenicidad y toxicidad reproductiva (NC ISO :2005) Ensayos de genotoxicidad Ensayos de carcinogenicidad Ensayos de toxicidad reproductiva Interacción con la sangre (ISO :2002) Estudios de implantación (NC-ISO :2004) Estudios toxicocinéticos (NC-ISO :2005) Absorción Distribución Metabolismo y excreción...93

7 6 Establecimiento de los límites permisibles para las sustancias lixiviables (NC-ISO :2009) Ensayos de toxicidad sistémica (NC ISO :2003) Muestra de ensayo Métodos de extracción Selección de los procedimientos de ensayo de la toxicidad sistémica Selección de los procedimientos de ensayo para evaluar la pirogenicidad Ensayos de irritación y sensibilización (ISO :2002) Ensayos de irritación in vivo Ensayos de irritación cutánea en humanos Ensayos de sensibilización Apéndice Apéndice Bibliografía...117

8 Introducción Los equipos, materiales y dispositivos médicos comprenden una amplia variedad de productos, que van desde materiales y dispositivos descartables hasta materiales y dispositivos implantables y equipos activos de alto riesgo médico. De manera general, se define como equipo médico (Centro de Control Estatal de Equipos Médicos, 2008) cualquier instrumento, aparato, implemento, máquina, implante, reactivo in vitro o calibrador, software, material u otro artículo similar o relacionado: 1. Destinado por el fabricante para ser utilizado en seres humanos, solo o en combinación, para uno o más de los propósitos específicos de: diagnóstico, prevención, control y tratamiento o alivio de una enfermedad; diagnóstico, control, tratamiento y alivio o compensación de una lesión; investigación, reemplazo, modificación y soporte de la anatomía o de un proceso fisiológico; apoyo o preservación de la vida; control de la concepción; desinfección de equipos médicos; suministro de información para fines médicos o diagnósticos por medio del examen in vitro de especímenes obtenidos del cuerpo humano. 2. Que no cumpla la función principal para la que está destinado en el cuerpo humano por medios farmacológicos, inmunológicos o metabólicos, pero que puede ser asistido por tales medios. En la normativa de Buenas Prácticas de Fabricación (BPF) de MERCOSUR (1995) se emplea el término producto médico, mientras que en la normativa europea en castellano (Comisión Europea, 1993) - específicamente en España se utiliza el de producto sanitario, en lugar del término genérico de equipo médico empleado en Cuba y en la normativa internacional. Un término utilizado en el campo de la ciencia y la tecnología de los materiales y dispositivos médicos es el de biomateriales, definidos como materiales (sintéticos o naturales; sólidos o líquidos) utilizados en dispositivos médicos o en contacto con sistemas biológicos (Soares, 2005). Aunque se ha desarrollado una ciencia particular de los biomateriales, está claro que, generalmente, ellos sólo pueden ser utilizados formando parte de un dispositivo médico y por tanto deben ser estudiados en su forma final (Ratner et al., 1996). En este trabajo se utiliza indistintamente la terminología materiales de uso médico y biomateriales. El desarrollo de materiales, dispositivos y equipos médicos, en general, es de fundamental importancia ya que está encaminado a la mejoría de la calidad de vida de las personas, caracterizada por un aumento en la expectativa de vida, su repercusión en la salud en general y el bienestar de la población. Se considera que, desde el punto de vista estratégico, las innovaciones en esta área traen innumerable ventajas para los países, considerando el alto valor agregado de estos productos, la demanda creciente interna y, sobretodo, el aspecto social, o sea, la posibilidad de acceso de la población de a esos productos (Grupo Biotecnología en Salud Humana- Brasil, 2004). El desarrollo tecnológico de los biomateriales y dispositivos médicos y la transferencia de esta tecnología al sector productivo deben ir acompañados por un adecuado cumplimiento de las regulaciones existentes, con el fin de que no comprometan la condición clínica y la seguridad de los pacientes u otras personas.

9 Cuando se habla en términos de gestión de la calidad de los materiales y dispositivos médicos se trata de enfatizar en aquellos aspectos de la gestión encaminados a garantizar que estos productos cumplan con los requisitos exigidos. Seguridad y eficacia son los requisitos esenciales, que deben cumplir los productos médicos incluyendo los biomateriales. Los fabricantes e investigadores en este sector tienen la responsabilidad legal y el compromiso social de garantizar el cumplimiento de estos requisitos en sus productos. Para ello, los países han incluido en su legislación de salud disposiciones que eliminan o reducen a niveles aceptables la ocurrencia de eventos adversos, que puedan generar daños a consecuencia del uso de los productos médicos. En estas legislaciones se han establecido procedimientos de control en correspondencia con la clasificación de riesgo de los productos. La evaluación de la relación beneficio vs. riesgo del uso de la nueva tecnología se realiza a partir de los informes presentados por sus fabricantes o suministradores. En Cuba es el Centro de Control Estatal de Equipos Médicos (CCEEM) el que tiene el mandato estatal desde el año 1992 para ejercer la evaluación, el registro, la regulación y el control de los equipos médicos de producción nacional y de importación. Como la industria de los equipos médicos constituye una tendencia global cada vez mayor, crece la necesidad de regulaciones harmonizadas y normas internacionales para el diseño/desarrollo y el desempeño de tales productos. Un gran esfuerzo para la armonización internacional de las normas y requisitos legales en este sector está siendo realizado por el Grupo de Armonización Internacional (Global Harmonization Task Force - GHTF). La gestión de los riesgos asociados al uso de un equipo médico debe ser realizada considerando el uso/finalidad a que está destinado, o su desempeño, y los riesgos asociados propiamente al producto, así como los riesgos y beneficios asociados a los procedimientos clínicos y las circunstancias de uso. El análisis y control de los riesgos por el fabricante se basan en la información recogida en todas las etapas del ciclo de vida del producto médico, desde la fase de diseño/desarrollo hasta la de posproducción. Así, el desarrollo, evaluación, fabricación y utilización de los equipos médicos, incluyendo los biomateriales, se realizan en una amplia y compleja red social de instituciones (Figura 1), que engloba a especialistas de diferentes profesiones, tales como: reguladores, fabricantes, distribuidores, investigadores y evaluadores (físicos, químicos, biólogos, bioingenieros), médicos, estomatólogos y pacientes. P r o f e s i o n a l e s m é d i c o s y e s t o m a t ó l o g o s P a c i e n t e s P r o d u c t o s I n f o r m a c i ó n d e l c l i e n t e I n f o r m a c i ó n d e l c l i e n t e C e r t i f i c a c i ó n R e g i s t r o M é d i c o F a b r i c a n t e s y e m p r e s a s s u m i n i s t r a d o r a s A g e n c i a s R e g u l a d o r a s I n f o r m e s S i s t e m a C a l i d a d C o n s u l t a s I n f o r m e s d e e n s a y o s A c r e d i t a c i ó n L a b o r a t o r i o s d e E n s a y o s Figura 1 Relación entre los fabricantes de equipos médicos y otras instituciones de la sociedad En este complejo escenario, las universidades y los centros de investigación participan desarrollando proyectos robustos de nuevos materiales y equipos médicos y evaluando la calidad de esos productos a través de ensayos normalizados y acreditados. En ocasiones, las organizaciones de educación y de investigación también participan en los procesos productivos, gestionando adecuadamente las interfaces investigación/desarrollo - producción con vistas a completar el ciclo virtuoso de la innovación.

10 Si bien los aspectos reglamentarios generales son aplicables a todos los equipos médicos, en este amplio campo, los materiales y dispositivos (por ejemplo: adhesivos quirúrgicos, materiales de injerto, catéteres, jeringas, prótesis ortopédicas, lentes, tubos de circulación extra corpórea, stents, materiales para odontología, etc.) tienen su especificidad, por lo que deben estudiarse separadamente. Es por ello que, el propósito de este libro es ofrecer de forma sucinta los aspectos involucrados en la gestión de la calidad de los materiales y dispositivos de uso en salud, para favorecer las investigaciones, la producción y la comercialización de estos productos, acompañado del adecuado cumplimiento de los requisitos regulatorios. No se tratan en el documento los aspectos específicos relacionados con el equipamiento electromédico por lo que se ha preferido utilizar el término dispositivos médicos, más cercano al objeto de estudio de esta publicación desde el punto de vista de la lógica común. Es en el contexto mencionado que son tratados temas, tales como: las regulaciones existentes para el registro médico de los equipos médicos en Cuba, la normativa internacional aplicable a estos productos, los aspectos relativos a la gestión del riesgo en todas las etapas del ciclo de vida de los productos, así como los requisitos de gestión de la calidad en el diseño/desarrollo, fabricación, comercialización y seguimiento postventa.

11 1 Conceptos y definiciones Conceptos y definiciones Capítulo 1 En el sector de los equipos, materiales y dispositivos médicos se utiliza una gran cantidad de conceptos que no siempre corresponden con el uso habitual de los mismos, por lo que es de gran importancia conocer las definiciones que se dan a esos términos con fines reguladores. Además, algunas de estas definiciones son de aplicación particular para un aspecto específico del proceso de registro médico-sanitario. En este Capítulo se dan las definiciones fundamentales de acuerdo al alcance de este Manual Definiciones generales El Reglamento para la Evaluación y el Control Estatal de Equipos Médicos (Centro de Control Estatal de Equipos Médicos, 2008) adopta el concepto de equipos médicos según las recomendaciones del documento concerniente a esta definición, aprobado por el Global Harmonitation Task Force (2005). Las notas que aparecen en este acápite forman parte de esta recomendación internacional. Equipo médico: Cualquier instrumento, aparato, implemento, máquina, implante, reactivo in vitro o calibrador, software, material u otro artículo similar o relacionado: 1. Destinado por el fabricante para ser utilizado en seres humanos, solo o en combinación, para uno o más de los propósitos específicos de: diagnóstico, prevención, control y tratamiento o alivio de una enfermedad; diagnóstico, control, tratamiento y alivio o compensación de una lesión; investigación, reemplazo, modificación y soporte de la anatomía o de un proceso fisiológico; apoyo o preservación de la vida; control de la concepción; desinfección de equipos médicos; suministro de información para fines médicos o diagnósticos por medio del examen in vitro de especímenes obtenidos del cuerpo humano. 2. Que no cumpla la función principal para la que está destinado en el cuerpo humano por medios farmacológicos, inmunológicos o metabólicos, pero que puede ser asistido por tales medios. Nota 1: La definición de un equipo para el diagnóstico in vitro incluye, por ejemplo, reactivos, calibradores, recogida de muestras y equipos de almacenamiento, materiales de control e instrumentos o aparatos relacionados. La información suministrada por tal equipo de diagnóstico in

12 1 Conceptos y definiciones 11 vitro puede ser para fines diagnósticos, de monitoreo o de compatibilidad. Estos equipos de diagnóstico in vitro, incluyendo reactivos y similares, serán evaluados por la autoridad competente correspondiente en cada país 1. Nota 2: Los productos que pueden ser considerados como equipos médicos, según lo establecido por cada país, para los cuales todavía no hay un enfoque armonizado son: Medios para personas discapacitadas o impedidas físicamente. Dispositivos para el diagnóstico y tratamiento de enfermedades y lesiones en animales. Accesorios para dispositivos médicos (véase la nota 3). Sustancias para la desinfección. Dispositivos que incorporan tejidos animales y humanos, los cuales pueden cumplir los requisitos definidos, pero que están sujetos a diferentes controles. Nota 3: Los accesorios destinados específicamente por los fabricantes para ser utilizados junto con un equipo médico padre, para permitir que ese equipo médico cumpla el propósito para el que está destinado, deben estar sujetos a los mismos procedimientos del Grupo de Armonización Internacional (GHTF), que se aplican al propio equipo médico. Es decir, un accesorio podrá ser clasificado como si fuera un equipo médico. Esto puede dar por resultado que el accesorio tenga una clasificación diferente a la del equipo médico padre. Nota 4: Los componentes de los equipos médicos generalmente son controlados mediante el sistema de control de la calidad del fabricante y los procedimientos de valoración de conformidad para el equipo. Hay países que incluyen los componentes en la definición de equipo médico. Accesorio: Cualquier artículo destinado específicamente por el fabricante para ser utilizado junto con un equipo médico, para que este último pueda usarse según la finalidad prevista por su fabricante. Equipo médico a la medida: Cualquier equipo especialmente fabricado según la prescripción escrita de un médico debidamente calificado, en la que este haga constar, bajo su responsabilidad, las características específicas del diseño, y que está destinado a ser utilizado únicamente por un paciente determinado. La citada prescripción podrá ser extendida a cualquier otra persona que, en virtud de sus calificaciones profesionales, esté autorizada para ello. Los equipos confeccionados según métodos de fabricación continua o en serie, que necesiten una adaptación para satisfacer necesidades específicas del médico o de otro profesional, no se considerarán equipos médicos a la medida. Equipo médico destinado a investigaciones clínicas: Equipo médico experimental, no destinado a la comercialización, que sigue las regulaciones establecidas, en un ambiente clínico adecuado para seres humanos. Equipo médico para propósitos especiales: Equipo usado para una emergencia o si las terapias convencionales fallaran. Equipo médico radiológico: Equipo médico diseñado para la obtención de imágenes diagnósticas y con fines terapéuticos, a partir del empleo de radiaciones ionizantes y no ionizantes. 1 El Reglamento para el Control Estatal de equipos Médicos excluye en su alcance a los reactivos y medios de diagnóstico in vitro, los cuales se rigen por regulaciones específicas establecidas por el Buró Regulatorio para la Protección de la Salud (BRPS).

13 1 Conceptos y definiciones 12 Equipo médico para diagnóstico in vitro: Equipo médico previsto por el fabricante para el análisis de muestras derivadas del cuerpo humano para proporcionar información para fines de diagnóstico, seguimiento o compatibilidad. Se puede utilizar solo o en combinación con accesorios u otros equipos médicos. Ejemplos: Reactivos, calibradores, productos para la toma y almacenamiento de muestras, materiales de control e instrumentos, aparatos o artículos relacionados Definiciones aplicables a la clasificación y registro sanitario Para fines de la aplicación de la legislación sanitaria, el universo de equipos médicos ha sido subdividido en varias categorías, definidos de la forma siguiente (Oficina Nacional de Normalización, 2005a): Equipo médico activo: Equipo médico acoplado a una fuente de energía eléctrica o cualquier fuente de energía diferente a la generada directamente por el cuerpo humano o la gravedad. Equipo médico de implante: Equipo médico destinado a: introducirse de manera total o parcial en el cuerpo humano o un orificio natural, o reemplazar la superficie epitelial o la superficie del ojo mediante una intervención quirúrgica y que debe permanecer dentro, después del procedimiento por un espacio de al menos 30 días y sólo podrá retirarse mediante intervención médica o quirúrgica. Nota: Esta definición se aplica a los equipos médicos de implante y no a los equipos médicos activos de implante. Equipo médico activo de implante: Equipo médico activo destinado a ser introducido de manera total o parcial, por vía médica o quirúrgica dentro del cuerpo humano o en un orificio natural mediante intervención médica y está destinado a permanecer dentro después del procedimiento. Equipo médico estéril: categoría de equipo médico destinado a satisfacer los requisitos de esterilidad Las definiciones siguientes se aplican exclusivamente al proceso de registro sanitario de equipos médicos y puede tener un significado distinto en otro contexto (Centro de Control Estatal de Equipos Médicos, 2008). Eficacia: Probabilidad de que individuos de una población definida obtengan un beneficio de la aplicación de una tecnología médica (equipo médico) a un problema determinado en condiciones ideales de uso. Eficacia clínica: Comportamiento de un equipo médico específico y su eficacia en relación con el objetivo previsto cuando se aplica correctamente a sujetos adecuados. Efectividad: Probabilidad de que individuos de una población definida obtengan un beneficio de la aplicación de una tecnología médica (equipo médico) a un problema determinado en condiciones normales de uso. Ensayo o evaluación preclínica biológica: Conjunto de ensayos, mediante un plan, que se realizan según el tipo de equipo médico, generalmente en animales o con tejidos de experimentación. Estos ensayos son previos a su empleo en seres humanos, con el objetivo de garantizar un nivel adecuado de seguridad para el paciente. Incluyen, además, la compatibilidad de los materiales utilizados en el diseño del equipo, con especial énfasis en aquellos que son considerados biomateriales.

14 1 Conceptos y definiciones 13 Ensayo preclínico técnico: Conjunto de ensayos que se realizan mediante un programa, para comprobar la correspondencia del equipo médico con los requisitos establecidos y la documentación del proyecto. Comprende la evaluación de: 1. Los requisitos técnico-médicos de funcionamiento. 2. Los requisitos de seguridad, de acuerdo con la clasificación del equipo médico. 3. Los índices de fiabilidad. 4. Los requisitos ambientales. Evaluación de la conformidad (1): Toda actividad relativa a la determinación directa e indirecta de que se cumplieron los requisitos pertinentes. En el contexto regulador se refiere a los requisitos esenciales de seguridad, eficacia y efectividad. Evaluación del desempeño: Revisión del desempeño de un equipo médico, basado en datos disponibles, literatura científica y, cuando resulte apropiado, en investigaciones de laboratorio, con animales o clínicas. Evaluación Estatal: La Evaluación Estatal para el Registro de los Equipos Médicos es una actividad científico-técnica ejecutada por el CCEEM, según un modelo y sus aplicaciones, de acuerdo con un conjunto de reglas y principios reconocidos internacionalmente. Establece la forma de aprobación de las especificaciones técnico-médicas, de los programas y del plan de ensayo, del análisis de la posibilidad de riesgos al operar los equipos, así como de los métodos de ensayos y del modo de supervisar, con el rigor requerido. Analiza los resultados de los referidos en-sayos, y asegura la factibilidad tecnológica de su fabricación y explotación, de modo que permita la comprobación de los requisitos exigidos para un equipo médico. Evento o incidente adverso: Son los acontecimientos inesperados o indeseados que ocurren o potencialmente pueden ocurrir, durante el uso o con el uso de un equipo médico, y que pueden afectar la seguridad de pacientes, usuarios u otros. Fabricante: Persona natural o jurídica con plena responsabilidad por el diseño, fabricación, ensamble, procesamiento y etiquetado de un equipo médico, que lo procesa y prueba, incluidos los esterilizadores, remanufacturadores, empacadores y rótulos, con vista a su comercialización en su propio nombre, independiente de que estas operaciones sean efectuadas por esta misma persona o por designación de una tercera. Importador: Persona natural o jurídica que recibe equipos médicos de suministradores extranjeros, con el propósito de ofrecerlos para su venta comercial y/o distribución en el país. Instrucciones para el uso: Información suministrada por el fabricante para orientar al usuario sobre el equipo médico, acerca del uso apropiado del producto y de cualquier precaución que se deba tomar. Investigación clínica: Cualquier estudio sistemático, diseñado y planeado para seres humanos, acometido para verificar la seguridad y desempeño de un equipo médico específico. Modificación significativa: Modificación que afecta la seguridad y efectividad de los equipos médicos. Incluye las modificaciones: del proceso tecnológico de producción;

15 1 Conceptos y definiciones 14 de los procedimientos de control de calidad, los métodos, los ensayos, la pureza y la esterilidad del equipo médico y de los materiales utilizados en su fabricación; del diseño del equipo médico, sus características particulares, principio de operación, especificaciones, fuentes de energía, software y/o accesorios; del campo de aplicación, incluso, una nueva o su ex-tensión, cualquier adición o eliminación de una contraindicación del equipo médico, advertencia y cualquier cambio en el periodo de vencimiento; de las instrucciones para el uso. Proceso de inscripción: Proceso obligatorio previo a las solicitudes de evaluación y registro de los equipos médicos, y se basa en una valoración del sistema de gestión de la calidad del fabricante. Registro sanitario de un equipo medico: Acción por la cual la autoridad reguladora emite un Certificado de Registro en el que consta la fecha, el número de orden y las aplicaciones para las cuales ha sido registrado el equipo. Constituye la autorización de uso que emite el CCEEM, a partir de la solicitud de un fabricante inscrito. Suministrador: Persona natural o jurídica que recibe productos médicos terminados de otro establecimiento, con el propósito de ofrecerlos para su venta comercial a un comprador. Usuario: Persona natural o jurídica que utiliza y opera los equipos médicos con fines terapéuticos, diagnósticos, preventivos o de alivio de una enfermedad o estado anormal. Se considerará también usuario, a los efectos de este reglamento, a la persona que brinda servicios de mantenimiento, reparación o ejecute los procedimientos de inspecciones a los equipos médicos Definiciones aplicables a la gestión del riesgo Para los efectos de la Norma ISO 14971:2007 (Organización Internacional de Normalización, 2007), se aplican los siguientes términos y definiciones 2 : Daño: Lesión o daño físico a la salud de las personas, o daños a la propiedad o al ambiente. Peligro: Fuente potencial de daño. Situación peligrosa: Circunstancia en la que las personas, la propiedad, o el ambiente están expuestos a uno o más peligros. Nota: Un peligro no puede dar lugar a un daño hasta que una secuencia de sucesos u otras circunstancias (incluyendo la utilización normal) conduzca a una situación peligrosa. Riesgo: Combinación de la probabilidad de ocurrencia de un daño y la severidad de tal daño. Riesgo residual: Riesgo que permanece después de que se han tomado las medidas de control del riesgo. Análisis del riesgo: Utilización sistemática de la información disponible para identificar los peligros y estimar el riesgo. Nota: El análisis del riesgo incluye el análisis de las secuencias diferentes de sucesos que pueden producir situaciones peligrosas y daño. 2 Se excluyen las definiciones relacionada con la gestión del riesgo, dadas en otros acápites de este Capítulo.

16 1 Conceptos y definiciones 15 Determinación del riesgo: Proceso global que comprende un análisis del riesgo y una evaluación del riesgo. Control del riesgo: Proceso en el que se toman las decisiones y se implementan las medidas por las que se reducen los riesgos, o se mantienen dentro de unos niveles especificados. Estimación del riesgo: Proceso utilizado para asignar valores a la probabilidad de ocurrencia de un daño y a la severidad de tal daño. Evaluación del riesgo: Proceso de comparación del riesgo estimado frente a criterios de riesgo para determinar la aceptabilidad del mismo. Gestión de los riesgos: Aplicación sistemática de las políticas, los procedimientos y las prácticas de gestión a las tareas de análisis, evaluación, control y seguimiento del riesgo. Archivo de gestión de los riesgos: Conjunto de registros y otros documentos que produce la gestión de los riesgos. Seguridad: Ausencia de riesgo inaceptable. Severidad: Medida de las consecuencias posibles de un peligro. Ciclo de vida: Todas las fases en la vida de un equipo médico, desde la concepción inicial hasta su retirada del servicio y desecho. Utilización prevista; propósito previsto: Utilización para la que está prevista un equipo, proceso o servicio conforme a las especificaciones, instrucciones e información proporcionadas por el fabricante. Error de utilización: Acción u omisión de un acto que origina una respuesta de un equipo médico diferente a la prevista por el fabricante o a la esperada por el usuario. Nota 1: El error de utilización incluye las equivocaciones, los deslices y las incorrecciones. Nota 2: Una respuesta fisiológica inesperada del paciente no se considera en sí misma un error del usuario Definiciones aplicables a los sistemas de gestión de la calidad En este contexto se utilizan los términos y definiciones generales de la ISO 9000 (Oficina Nacional de Normalización, 2005b) aplicables a los sistemas de gestión de la calidad, conjuntamente con las definiciones específicas para los sistemas de gestión de la calidad de equipos médicos (Oficina Nacional de Normalización, 2005a). Se tendrá en cuenta que: los requisitos y definiciones que se apliquen específicamente a los equipos médicos, se aplicarán de igual forma a los servicios relacionados que ofrezca la organización, estas definiciones deben considerarse genéricas mientras que las definiciones establecidas en las regulaciones nacionales pueden presentar pequeñas diferencias y tener prioridad. Las definiciones fundamentales en este contexto son las siguientes: Alta dirección: Persona o grupo de personas que dirige(n) a un fabricante al nivel más alto. Calidad (1): grado en el que un conjunto de características inherentes cumple con los requisitos.

17 1 Conceptos y definiciones 16 Nota: "Inherente", en contraposición a "asignado", significa que existe en algo, especialmente como una característica permanente. Etiquetado: Información en forma de texto o gráfica estampada al equipo médico o a alguno de sus envases o envolturas, o acompañando al equipo médico, relacionada con la identificación, descripción técnica y utilización del equipo médico, excluyendo los documentos de transportación. Nota: Algunas regulaciones regionales y nacionales se refieren al etiquetado como información suministrada por el fabricante. Evidencia objetiva: Datos que apoyan la existencia o la veracidad de algo. Nota: La evidencia objetiva se puede obtener mediante observación, medición, ensayo u otros medios. Política de la calidad: intenciones globales y orientación de una organización relativas a la calidad tal como se expresan formalmente por la alta dirección. Nota 1: Generalmente la política de la calidad es coherente con la política global de la organización y proporciona un marco de referencia para el establecimiento de los objetivos de la calidad. Nota 2: Los principios de gestión de la calidad pueden constituir la base para el establecimiento de la política de la calidad. Posproducción: Parte del ciclo de vida de un equipo médico después de que se ha completado su diseño y su fabricación. Ejemplos: El transporte, el almacenamiento, la instalación, la utilización, el mantenimiento, la reparación, los cambios del producto, la retirada del servicio y el desecho. Procedimiento: Forma especificada de efectuar una actividad o un proceso. Proceso: Conjunto de actividades interrelacionadas o mutuamente influyentes que transforma las entradas en salidas. Registro: Documento que indica los resultados alcanzados o que proporciona la evidencia de actividades efectuadas. Sistema de gestión de la calidad: sistema de gestión para dirigir y controlar una organización con respecto a la calidad. Notificaciones previas: Aviso que emite la organización, posterior a la entrega del equipo médico, para ofrecer información adicional y/o aconsejar qué acciones deben tomarse para el uso de un equipo médico; la modificación de un equipo médico; la devolución de un equipo médico a la organización que lo suministró; o la destrucción de un equipo médico Nota: La emisión de una notificación previa pudiera ser exigida para cumplir con las regulaciones nacionales y regionales.

18 1 Conceptos y definiciones 17 Queja del cliente: Comunicación escrita, electrónica u oral que alegue deficiencias relacionadas con la identidad, calidad, durabilidad, fiabilidad, seguridad o funcionamiento de un equipo médico que ha salido al mercado Definiciones aplicables a las Buenas Prácticas de Fabricación Algunas de las definiciones que se dan en la normativa de Buenas Prácticas de Fabricación (MERCOSUR, 1995), ya fueron dadas en este Manual a partir de las normas ISO (Oficina Nacional de Normalización, 2005b y 2005b), por lo que no se incluyen en este acápite. Entre los conceptos imprescindibles para abordar el tema de la gestión de la calidad de los materiales y dispositivos médicos están: Producto médico: todo producto para la salud tal como equipamiento, aparato, material, artículo o sistema de uso o aplicación médica, odontológica o laboratorial, destinado a prevención, diagnóstico, tratamiento o rehabilitación. Calidad (2): Totalidad de aspectos y características que posibilitan a un producto médico responder a las exigencias de adecuación al uso, incluyendo la seguridad y el desempeño. Componente: Materia prima, sustancia, pieza, parte, software, hardware, embalaje o rótulo usados durante la fabricación de un producto médico, destinado a ser incluido como parte de un producto terminado. Datos iniciales de diseño: Descripción de los requisitos físicos y de desempeño de un producto médico que son utilizados como base de su diseño. Datos finales de diseño: Resultado del trabajo en cada fase del diseño y del final de todo el trabajo de diseño. Los datos finales del diseño terminado están conformados por el producto, su embalaje, las especificaciones asociadas, los diseños, la producción, las especificaciones del sistema de calidad que están incluidas en el registro maestro del producto (RMP). Especificaciones: Documentos que definen los requisitos a los cuales un producto, componente, actividad de producción o de asistencia técnica o un sistema de calidad deben estar conformes. Establecer: definir, documentar e implementar. Gerencia ejecutiva: Empleados graduados de un fabricante que tienen autoridad para establecer o efectuar cambios en la política de calidad, exigencias del sistema de calidad o efectuar alteraciones en los procedimientos de diseño del producto o su producción, distribución, asistencia técnica, mantenimiento o instalación. Lote o partida: Cantidad de un producto elaborado en un ciclo de fabricación o esterilización cuya característica esencial es la homogeneidad. Material de fabricación: Material o sustancia, sin incluir producto terminado empleados en el proceso de fabricación o para facilitar este proceso, incluyendo agentes de limpieza, agentes para la liberación de moldes, aceites lubricantes, residuos de agentes esterilizantes como óxido de etileno, entre otros, incluyendo subproductos del proceso de fabricación. No-conforme: Componente, material de fabricación o producto terminado fuera de la especificaciones, antes o después de su distribución.

19 1 Conceptos y definiciones 18 Número de control: Combinación distintiva de letras, números, o ambos, a partir de los cuales puede ser determinado la historia completa de compras, fabricación, embalado, rotulado y distribución de un lote o partida de productos terminados. Proceso especial: Cualquier proceso cuyos resultados no pueden ser completamente verificados por ensayos e inspecciones subsecuentes. Producción: Todas las actividades consecutivas desde la transferencia del diseño hasta el punto de distribución. Producto terminado: Cualquier producto o accesorio adecuado para el uso, embalado y rotulado, y aprobado para su comercialización por el fabricante. Reclamo: Comunicación por escrito, oral o electrónica relativa a la no aceptación de la identidad, calidad, durabilidad, confiabilidad, seguridad, eficacia o desempeño de un producto. Registro histórico de producto: Compilación de registros conteniendo la historia completa de la producción de un producto terminado. Registro histórico de diseño: Compilación de registros conteniendo la historia completa del diseño de un producto terminado. Registro maestro de producto (RMP): Compilación de registros conteniendo los diseños completos del producto, su formulación y especificaciones, procedimientos y especificaciones de fabricación y de compras, los procedimientos y requisitos del sistema de calidad, del producto terminado, su embalaje, rotulado, asistencia técnica, mantenimiento e instalación. Reprocesamiento: Una parte o la totalidad de una operación de fabricación destinada a corregir la no-conformidad de un componente o de un producto terminado. Revisión de diseño: examen sistemático y completo del diseño para evaluar la adecuación del producto a sus requisitos a fin de evaluar la capacidad del diseño en satisfacer dichos requisitos, identificar problemas, con el diseño en relación a los requisitos y para proponer soluciones para esos problemas. Sistema de calidad: la estructura organizacional, las responsabilidades, los procedimientos, las especificaciones, los procesos y los recursos necesarios para implementar el gerenciamiento de la calidad. Validación: en relación a un producto, significa establecer y documentar evidencia que el producto se ajusta al uso pretendido. Con relación a un proceso, significa establecer y documentar evidencia de que el proceso producirá consistentemente un resultado que satisfaga las especificaciones predeterminadas y los atributos de calidad. Verificación: confirmación y documentación, con evidencia objetiva válida, que los requisitos especificados fueron alcanzados. La verificación incluye el proceso de examinar los resultados de una actividad para determinar la conformidad con las especificaciones establecidas para dicha actividad y asegurar que el producto sea adecuado al uso pretendido Definiciones aplicables a la evaluación de la conformidad En este epígrafe se refieren solamente algunos de los términos relativos a la evaluación de la conformidad, presentes en la norma NC ISO /IEC (Oficina Nacional de Normalización, 2005c).

20 1 Conceptos y definiciones 19 Evaluación de la conformidad (2): demostración de que se cumplen los requisitos especificados relativos a un producto, proceso, sistema, persona u organismo. Nota 1: El campo de la evaluación de la conformidad incluye actividades tales como, el ensayo/prueba, la inspección y la certificación, así como la acreditación de organismos de evaluación de la conformidad. Nota 2: La expresión objeto de evaluación de la conformidad u objeto se utiliza para abarcar el material, producto, instalación, proceso, sistema, persona u organismo particular al que se aplica la evaluación de la conformidad. Un servicio está cubierto por la definición de producto. Requisito especificado: necesidad o expectativa establecida. Nota: Los requisitos especificados pueden establecerse en documentos normativos, tales como la reglamentación, las normas y las especificaciones técnicas. Muestreo: obtención de una muestra representativa del objeto de evaluación de la conformidad, de acuerdo con un procedimiento. Ensayo/prueba: determinación de una o más características de un objeto de evaluación de la conformidad, de acuerdo con un procedimiento. Nota: El término ensayo/prueba se aplica en general a materiales, productos o procesos. Inspección: examen del diseño de un producto, del producto, proceso o instalación y determinación de su conformidad con requisitos específicos o, sobre la base del juicio profesional, con requisitos generales. Nota: La inspección de un proceso puede incluir la inspección de personas, instalaciones, tecnología y metodología. Auditoría: proceso sistemático, independiente y documentado para obtener registros, declaraciones de hechos u otra información pertinente y evaluarlos objetivamente para determinar en qué medida se cumplen los requisitos especificados. Nota: Mientras que auditoría se aplica a los sistemas de gestión, evaluación se aplica tanto a los organismos de evaluación de la conformidad, como de forma más general. Revisión: verificación de la aptitud, adecuación y eficacia de las actividades de selección y determinación, y de los resultados de dichas actividades, con respecto al cumplimiento de los requisitos especificados por un objeto de evaluación de la conformidad. Atestación: emisión de una declaración, basada en una decisión tomada después de la revisión, de que se ha demostrado que se cumplen los requisitos especificados. Nota 1: La declaración resultante, que se denomina declaración de la conformidad, expresa el aseguramiento de que los requisitos especificados se han cumplido. Este aseguramiento, por sí solo, no constituye ninguna garantía contractual o legal. Alcance de la atestación: extensión o características de los objetos de evaluación de la conformidad cubiertos por la atestación. Declaración: atestación de primera parte (que lleva a cabo la persona o la organización que provee el objeto).

21 1 Conceptos y definiciones 20 Certificación: atestación de tercera parte (que lleva a cabo una persona u organismo que es independiente de la persona u organización que provee el objeto y también de los intereses del usuario en dicho objeto) relativa a productos, procesos, sistemas o personas. Nota 1: La certificación de un sistema de gestión a veces también se denomina registro. Nota 2: La certificación es aplicable a todos los objetos de evaluación de la conformidad, excepto a los propios organismos de evaluación de la conformidad, a los que es aplicable la acreditación. Acreditación: atestación de tercera parte relativa a un organismo de evaluación de la conformidad que manifiesta la demostración formal de su competencia para llevar a cabo tareas específicas de evaluación de la conformidad. Vigilancia: repetición sistemática de actividades de evaluación de la conformidad como base para mantener la validez de la declaración de la conformidad. Suspensión: invalidación temporal de la declaración de la conformidad, para todo o parte del alcance de la atestación especificado. Retirar/revocar: acción de anular la declaración de conformidad. Apelación: solicitud del proveedor del objeto de evaluación de la conformidad al organismo de evaluación de la conformidad o al organismo de acreditación, de reconsiderar la decisión que tomó en relación con dicho objeto. Queja: expresión de insatisfacción, diferente de la apelación, presentada por una persona u organización a un organismo de evaluación de la conformidad o a un organismo de acreditación, relacionada con las actividades de dicho organismo, para la que se espera una respuesta. Aprobación: permiso para comercializar o utilizar un producto o un proceso, para fines establecidos o bajo condiciones establecidas. Nota: La aprobación puede basarse en el cumplimiento de requisitos especificados o de procedimientos especificados. Designación: autorización gubernamental para que un organismo de evaluación de la conformidad lleve a cabo actividades especificadas de evaluación de la conformidad. Autoridad que designa: organismo establecido dentro del gobierno o facultado por éste para designar organismos de evaluación de la conformidad, suspender o retirar su designación o quitar la suspensión de su designación

22 2- Armonización internacional y reglamentación 21 Capítulo 2 2- Armonización internacional y reglamentación La reglamentación por parte de las agencias gubernamentales, para garantizar la seguridad, la eficacia y la calidad de los materiales y dispositivos médicos, puede ser de gran beneficio para el óptimo aprovechamiento de la tecnología, ya que estos son productos cuya complejidad va aumentando y cuya importancia es cada vez mayor para la prestación de los servicios de salud. Según la Organización Panamericana de la Salud (Organización Panamericana de la Salud, 2000), algunos de los aspectos que demuestran la necesidad de establecer programas para la reglamentación de los dispositivos médicos son: la complejidad tecnológica de este tipo de productos; la creciente globalización del mercado; el aumento de la oferta de dispositivos usados y reconstruidos; la reutilización de dispositivos descartables; la utilización cada vez mayor de equipamientos y dispositivos en consultorios médicos y en el hogar; pacientes con mayor acceso a las informaciones y conocimiento de los riesgos asociados a los productos médicos; etc. Los principios para el establecimiento de programas reguladores nacionales en materia de dispositivos médicos deben incluir la aplicación de normas internacionales de seguridad y eficacia, la utilización de un enfoque de sistemas de calidad para la fabricación de dispositivos médicos y la adopción de un enfoque armonizado de la reglamentación, mediante el empleo de normas y prácticas aceptadas internacionalmente Panorama internacional El primer programa regulador de dispositivos médicos fue establecido por la Food and Drug Administration (FDA) de los Estados Unidos a través del documento Medical Devices Amendments de 1976 (Martínez, et al., 2003). Así, las regulaciones para dispositivos médicos tomaron un carácter propio, diferenciado de las regulaciones relativas a los medicamentos. La FDA tiene establecido un control de los dispositivos médicos basado en el proceso de Notificación Pre- Comercialización 510k para los productos de bajo y mediano riesgo (Clases I y II) y un proceso de Aprobación Pre-Mercado PMA para los productos de alto riesgo médico (Clase III). Estos procesos de evaluación pre-mercado se combinan con la aplicación de las Buenas Prácticas de Fabricación y la Vigilancia Pos-Mercado (Food and Drug Administration, 2009). Canadá, Europa, Japón y Australia establecieron sus programas reguladores a partir de los años 80. En la década de los 90s se fueron fortaleciendo los programas reguladores de los países mas desarrollados y ampliándose a una mayor variedad de equipos médicos. En la Unión Europea (UE), en 1993 fue aprobada la Directiva 93/42/CEE del Consejo relativa a los productos sanitarios (Comisión Europea, 1993). Así, la marca CE es una certificación europea que atesta la conformidad con los requisitos de salud y seguridad de acuerdo con las directivas europeas, que son transpuestas (internalizadas) a los estados participantes de la EU conforme la legislación de cada país. Es de destacar que, la evaluación del cumplimiento de los requisitos esenciales de seguridad y eficacia de los equipos médicos, no se realiza de igual forma en todas las regiones y los países,

23 2- Armonización internacional y reglamentación 22 significándose dos tendencias importantes (Martínez, Mont y Santos, 2001). En Europa, las Directivas de la CE establecen las bases normativas para la evaluación premarcado, así como la existencia de Organismos Notificados que de manera descentralizada otorgan la marca CE, siguiendo procedimientos de evaluación determinados en dependencia de la Clasificación de Riesgo de los productos, la cual se realiza siguiendo las reglas establecidas en las Directivas 3. La otra tendencia (Estados Unidos y Canadá) se basa en la existencia de una agencia que de forma centralizada realiza la evaluación premercado y la vigilancia postmercado de los productos, todo ello en correspondencia también con una clasificación de los productos en cuanto al riesgo, realizada por un panel de expertos. En América Latina y el Caribe, desde 1994 la OPS viene trabajando, en conjunto con el Buró de Equipos y Dispositivos Médicos de Canadá, la FDA y el Instituto de Investigaciones de Servicios de Emergencia (ECRI) para establecer y fortalecer la reglamentación del sector en los países de la región. El objetivo de la OPS es colaborar con los estados miembros para la creación y el fortalecimiento de los sistemas de reglamentación de equipos y dispositivos médicos con el objetivo de garantizar la seguridad y la eficiencia de los productos utilizados por la sociedad. Así, la OPS fomentó la armonización de las exigencias para la reglamentación en varios países (Colombia, Cuba, México y Panamá), donde patrocinó la presentación del modelo canadiense en seminarios nacionales e internacionales (Martínez, et al., 2003). Los países que componen el Mercado Común del Cono Sur MERCOSUR, cuya base jurídica es el Tratado de Asunción, desde 1994 vienen trabajando en sus legislaciones sanitarias, la cual es tratada en los Grupos Ad-Hoc de Productos Médicos y de Productos para Diagnóstico de Uso In- Vitro de la Comisión de Equipos Médicos del Subgrupo de Trabajo - SGT nº 11: Salud. Esta legislación armonizada es sometida al Grupo del Mercado Común GMC como Recomendaciones, que después de ser aprobadas por el GMC pasan a ser Resoluciones que deben ser internalizadas por los Estados Partes. En este caso, el modelo de evaluación adoptado se basa en una evaluación Pre-comercialización, el Registro del Producto y la Vigilancia Pos-comercialización. La Resolución GMC No. 72/98 (MERCOSUR, 1998) dispone sobre los Requisitos Esenciales de Seguridad y Eficacia de los Productos Médicos y la Resolución GMC No. 40/00 (MERCOSUR, 2000) clasifica estos productos conforme su potencial riesgo a la salud y prevé las informaciones que deben ser presentadas a la autoridad sanitaria para que esta pueda evaluar el riesgo de los productos, con vistas al adecuado control sanitario. Para la clasificación de los productos según el potencial riesgo a la salud se utiliza como referencia, la prevista en la Directiva 93/42/CEE (Comisión Europea, 1993). Cuanto mayor el potencial riesgo del producto, mas estrictos son los requisitos reguladores aplicables. También en los años 90s surgen las tendencias de armonización internacional de las regulaciones del sector. La Global Harmonization Task Force (GHTF) es un grupo voluntario de representantes de autoridades reguladoras y de la industria fundado en 1992 como un consorcio mundial voluntario, integrado por autoridades de salud pública encargadas de la administración de sistemas nacionales de reglamentación de equipos y dispositivos médicos, en colaboración con representantes de la industria. Desde sus inicios, la GHTF está constituida por delegados de los cinco miembros que la fundaron (Australia, Canadá, Estados Unidos, Japón y la Unión Europea), representando tres áreas geográficas, y por representantes de varios otros países, incluyendo países da América Latina y del Caribe, cuyos sistemas de reglamentación se encuentran en diferentes 3 Algunos países europeos, como España, tienen un solo Organismo Notificado para el otorgamiento de la Marca CE a los productos sanitarios.

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