Sistema ServiRemu Cambio Normativo Ley
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- Vicente Araya Rojo
- hace 6 años
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1 Sistema ServiRemu Cambio Normativo Ley A continuación se describen los cambios efectuados en el sistema de acuerdo al módulo afectado. 1. Cambio en Maestro Empresa. Se incorpora campo llamado Inicio Ley (sueldo base y semana corrida) en la pantalla para agregar o modificar los datos de una empresa. Tanto para las empresas nuevas como para las ya existentes aparecerá con el nuevo campo con valor 01/2009. Se puede cambiar el valor dejando un período anterior, pero debe ser uno posterior o igual al 07/ El período 01/2009 corresponde al plazo máximo para que comience a ser aplicada la nueva ley. Cabe señalar que la nueva ley indica que hay un plazo de 6 meses a contar del 21/07/2007 para que el empleador realice el ajuste en materia de sueldo base e ingreso mínimo Este período determina a partir de cuándo comienza a funcionar la nueva ley en el sistema. Una vez que comienza a funcionar, el sistema realiza de forma automática un ajuste del sueldo base en la liquidación de sueldo y la incorporación del beneficio de semana corrida si corresponde Es importante cambiar el período de inicio cuando exista seguridad de comenzar a aplicar la nueva ley. 1
2 1.4. Mientras no comience a ser aplicada la nueva ley el sistema seguirá operando de igual forma como lo hace actualmente. 2. Cambio en Maestro de Haberes y Descuentos. Se incorporan nuevas columnas en la pantalla inicial del Maestro Haberes y Descuentos correspondientes a los nuevos atributos que se agregan para ellos. 2
3 Los nuevos atributos o propiedades que se agregan corresponden a Remuneración de carácter Fija, Remuneración de carácter variable y Beneficio Semana Corrida. Se agrega una indicación al final de la pantalla para los nuevos atributos En la pantalla de edición de Haberes y Descuentos se cambia leyenda Incluir en cálculo de horas extras por Remun. de carácter Fija. Esto debido a que el cálculo de las horas extras se hace sobre los estipendios fijos que constituyen el sueldo. Al igual que antes, sólo se puede definir esta propiedad para Haberes imponibles y tributables El nuevo atributo Remun. de carácter variable tiene valores SI y NO y también debe ser definido para Haberes imponibles y tributables. Esto es debido a que se utilizan junto con los estipendios fijos para el ajuste del sueldo base El sistema no permite definir un Haber como de carácter Fijo (que forma parte del sueldo base) y Variable al mismo tiempo El nuevo atributo Beneficio Semana Corrida tiene valores SI y NO y también debe ser definido para Haberes imponibles y tributables A diferencia de los otros atributos de un Haber, los nuevos (incluido la Remun. de carácter Fija ) pueden cambiar de valor aún cuándo existan liquidaciones de sueldo que estén usando el Haber involucrado. Esto con el objeto de facilitar el ajuste de estos valores para los Haberes existentes. Cabe indicar de todas maneras, que lo anterior sólo se podrá hacer hasta el 21/01/2008. A partir de esa fecha estos atributos funcionarán de igual manera que los otros. 3
4 Se incorporan nuevos haberes y descuentos reservados para el ajuste del sueldo base y el beneficio de semana corrida Se agrega el Haber reservado AJUSTE LEY SUELDO BASE con código 912, imponible, tributable y no gratificable Se agrega el Descuento reservado AJUSTE LEY SUELDO BASE con código 913, imponible, tributable y no gratificable Se agrega el Haber reservado BENEF. SEMANA CORRIDA con código 914, imponible, tributable y no gratificable El código reservado correspondiente al Sueldo Base (código 100) aparece como remuneración de carácter Fija. 4
5 3. Cambio en Maestro de Funcionarios. Se reordenan los campos de la ficha de funcionario, agrupándolos en 5 categorías; Datos Personales, Información de Contrato, Remuneración, Información Previsional y Pago Automático de Remuneración Cada categoría aparece como un sub-título en la ficha Los campos que existían se mantienen y siguen operando de igual forma que antes, sólo hay un cambio de ubicación en la ficha. 5
6 Se incorporan dos nuevos campos a la ficha: Afecto Ajuste Sueldo Base (Ley ) y Afecto Benef. Semana Corrida (Ley ) Los nuevos campos tienen valores SI y NO. Por defecto el campo Afecto Ajuste Sueldo Base aparece con valor SI y el campo Afecto Benef. Semana Corrida con valor NO. Lo anterior es válido tanto para los funcionarios nuevos como para los antiguos El campo Afecto Ajuste Sueldo Base es necesario producto de que la nueva ley señala que El sueldo, no podrá ser inferior a un ingreso mínimo mensual. Se exceptúan de esta norma aquellos trabajadores exentos del cumplimiento de jornada El campo Afecto Benef. Semana Corrida es necesario producto de que un dictamen de la Dirección del Trabajo señala que Los trabajadores remunerados exclusivamente por día, contratados para prestar servicios en una jornada ordinaria de trabajo distribuida en menos de cinco días a la semana no tienen derecho a percibir remuneración por los días domingo y festivos. 6
7 4. Cambio en pantalla de Movimientos HD. Se disminuye la cantidad máxima de haberes o descuentos que se pueden ingresar manualmente de 23 a 22 ó 20, dependiendo de si el funcionario opera con Ajuste de Sueldo Base y Beneficio de Semana Corrida La disminución del máximo de Haberes y Descuentos se debe que se incorporan de forma automática a la liquidación de sueldo 2 ó 3 nuevos haberes reservados en el caso de que corresponda (Ajuste Sueldo Base y Beneficio Semana Corrida). 7
8 5. Cambio en proceso de Cálculo de Liquidación. Se agrega de forma automática el haber Ajuste Sueldo Base cuando el total de los Haberes de carácter fijo es inferior al sueldo mínimo. Los haberes de carácter fijo se muestran antes del Ajuste A partir del período definido por la empresa para la nueva Ley, el sistema comienza a agregar de forma automática en la liquidación de sueldo el nuevo Haber 912, siempre y cuando se cumplan las dos condiciones siguientes: El funcionario tenga definido en su ficha Afecto Ajuste de Sueldo Base El total de Haberes de carácter fijo (aquellos que forman parte del sueldo base) es menor al valor del Sueldo Mínimo Proporcional. Dónde: Sueldo Mínimo Proporcional = Sueldo Mínimo * (Días Trabajados / 30) * Cantidad de Horas Semanales Pactadas / El valor con el cual se agrega el Haber 912 corresponde al valor del Sueldo Mínimo Proporcional menos el valor total de Haberes de carácter fijo El valor anterior se incluye en el valor total imponible y tributable. 8
9 5.2. Para los funcionarios que tengan en su ficha un sueldo base superior al sueldo mínimo, su liquidación de sueldo seguirá apareciendo de igual forma que antes (sin Ajuste), aún cuando el período de remuneración sea posterior al 01/ Cabe indicar que el cálculo considera lo que señala la nueva ley El monto mensual del sueldo no podrá ser inferior al ingreso mínimo mensual. Si se convinieren jornadas parciales de trabajo, el sueldo no podrá ser inferior al sueldo mínimo vigente, proporcionalmente calculada en relación con la jornada ordinaria de trabajo. Se agrega de forma automática el descuento Ajuste Sueldo Base cuando el total de los Haberes de carácter fijo más los Haberes de carácter variable superan al sueldo mínimo Se agrega el Descuento reservado 913 en la liquidación de sueldo cuando: El funcionario tenga definido en su ficha Afecto Ajuste de Sueldo Base El total de Haberes de carácter variable es mayor a cero El valor con el cual se agrega el Descuento corresponde al valor del Ajuste Sueldo Base menos el valor total de los Haberes de carácter variable, cuando el valor del Haber Ajuste Sueldo Base es mayor al valor total de Haberes de carácter variable. En caso contrario, el valor del Descuento corresponde al valor del Haber Ajuste Sueldo Base El valor anterior se descuenta al valor total imponible y tributable. 9
10 Cabe indicar que la nueva ley señala que el ajuste entre el sueldo base convenido y el ingreso mínimo se hace con cargo a los estipendios (haberes) variables, lo que deberá reflejarse en las respectivas liquidaciones de remuneraciones. Se agrega de forma automática el haber Beneficio Semana Corrida cuando el funcionario está afecto a dicho beneficio y tiene un haber que cumple con los requisitos (está definido con el Beneficio en el Maestro Haberes y Descuentos) Para el cálculo del Beneficio se considera la cantidad de días Domingos y Festivos que hay en un determinado mes En las liquidaciones de sueldo para funcionarios afectos al beneficio de semana corrida y con estipendios variables definidos con esa propiedad se agrega el Haber código 914 con el valor correspondiente al total de haberes con beneficio de semana corrida dividido por 30 y multiplicado por la cantidad de días Domingos y Festivos En el total de haberes definidos con el beneficio de semana corrida se considera además el sueldo base si es que está definido en días ($/Día + N Días) Cabe indicar que la nueva ley señala que El trabajador remunerado exclusivamente por día tendrá derecho a la remuneración en dinero por los días domingo y festivos, la que equivaldrá al promedio de lo devengado en el respectivo período de pago, el que se determinará dividiendo la suma total de las remuneraciones diarias devengadas por el número de días en que legalmente debió laborar en la semana. Igual derecho tendrá el trabajador remunerado por sueldo 10
11 mensual y remuneraciones variables, tales como comisiones o trato, pero, en este caso, el promedio se calculará solo en relación a la parte variable de sus remuneraciones. 6. Cambio en pantalla para visualizar Liquidación y reporte de Liquidaciones de Sueldo. Tanto en la pantalla para visualizar las liquidaciones de sueldo como en el reporte, los haberes fijos que forman parte del sueldo base se muestran antes del Ajuste del Sueldo Base El Haber 912 se muestra en la sección de haberes imponibles El Descuento 913 se muestra en la sección de descuentos legales Se cambia el orden de los haberes imponibles, ya que ahora primero aparecen los haberes de carácter fijos y luego el resto. De este modo es posible ver fácilmente cuál haber forma parte del Sueldo Base El nuevo descuento reservado se muestra en la sección de descuentos de acuerdo al orden actual que se emplea (por código). 11
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