CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL MAGDALENA NIT
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- Gustavo Castillo Soler
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1 ESTUDIOS PREVIOS I. INFORMACION GENERAL 1. DEPENDENCIA SOLICITANTE: SUBDIRECCION ADMINISTRATIIVA Y FINANCIERA 2. RUBRO ARRIENDO VEHICULO 3. RESPONSABLE: JOSEFINA RIZZO NOGUERA II. MARCO GENERAL DE CORPAMAG La CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL MAGDALENA CORPAMAG- es un ente corporativo de carácter público, encargado de administrar el medio ambiente y propender por el desarrollo sostenible del Magdalena. Es un ente de orden nacional, que como su nombre lo indica, cuenta con autonomía administrativa y financiera, así como patrimonio propio y personería jurídica. Fue creada por ley 28 de y modificada en su jurisdicción y denominación por la ley 99 de 1.993, su jurisdicción abarca 29 municipios y el área rural del Distrito de Santa Marta, así como en el área rural de Distrito de Santa Marta, de un territorio de un área aproximadamente Km2. Tienen entre sus funciones legales las de ejecutar, administrar, operar y mantener proyectos de desarrollo sostenible para la recuperación del medio ambiente y los recursos naturales renovables en el área de su jurisdicción. El patrimonio de la Corporación está definido por el artículo 46 de la Ley 99 de 199, y constituido principalmente por el porcentaje ambiental del impuesto predial que les transfiere los municipios y distritos; el porcentaje de los recursos que asigne la ley, con destino al medio ambiente y a la protección de los recursos naturales renovables, los recursos provenientes de derechos, contribuciones, tasas, tarifas, multas y participaciones que se perciben conforme a la ley, especialmente lo relacionado con las tasas retributivas. III. DEFINICION DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN La Corporación Autónoma Regional del Magdalena en su búsqueda por mejorar los servicios que presta en el ejercicio de ejercer la autoridad ambiental en el departamento del Magdalena requiere contratar el alquiler de UN (01) vehículo, el cual debe ser modelo 2009 en adelante 4x4 en muy buen estado para ser usado en las diferentes vistas que debe hacer la Corporación, fuera de la ciudad de Santa Marta área el control y seguimiento a los diferentes proyectos que se vienen ejecutando, así como, también en el ejercicio de la autoridad ambiental en el departamento del Magdalena, lo cual permite mejorar la parte logística y el desarrollo de las funciones misionales de la Corporación.
2 Por todo lo anterior, se hace necesario adelantar un proceso de selección abreviada de menor cuantía para el servicio que se requiere contratar. IV. DESCRIPCION DEL OBJETO A CONTRATAR, ESPECIFICACIONES ESENCIALES Y MODALIDAD DEL CONTRATO A CELEBRAR OBJETO: Contratar el alquiler de un ( 01 el cual debe ser modelo x4 en adelante 4x4 en muy buen estado para ser usado en la diferentes visita que debe hacer la Corporación fuera de la ciudad de Santa Marta para control y seguimiento a los diferentes proyectos que se vienen ejecutando, así como, también en el ejercicio de la autoridad ambiental en el departamento del Magdalena, lo cual permite mejorar la parte logística y el desarrollo de las funciones misionales de la Corporacion. PLAZO DE EJECUCIÓN: CINCO (05) Meses contados a partir de la legalización y aprobación de garantía única y registro presupuestal, ó hasta cuando se haya agotado el valor del presupuesto asignado sin excederse de la presente vigencia. LUGAR DE EJECUCION: Se ejecutara en la ciudad de Santa Marta OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: 1) Desarrollar el objeto del contrato. 2) Informar al supervisor designado por CORPAMAG sobre resultados obtenidos 3) Garantizar el cumplimiento del contrato en calidad y tiempo 4) Presentar pago al día de la seguridad social. OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: Pagar el valor del contrato en la forma pactada Supervisar la ejecución del contrato Suscribir las actas necesarias durante la ejecución del contrato Liquidar el contrato VALOR DEL SERVICIO Y FORMA DE PAGO: Para la ejecución del contrato, se estima un presupuesto oficial de DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS PESOS ($ )
3 CORPAMAG efectuará el pago correspondiente mensualmente, contra prestación de cuenta de cobro, previo visto bueno del Supervisor, y pago al día de la seguridad social, y aportes parafiscales si hubiere lugar. SUPERVISIÓN DEL SERVICIO: La supervisión para el cumplimiento estricto del objeto de la contratación estará a cargo de quien se designe mediante acto administrativo por la Corporación para tales fines. V. FUNDAMENTOS JURIDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN El numeral 2do del articulo 2 literal b) de la ley 1150 de 2007 determina como una de las causales de Selección Abreviada, la Contratación de Menor Cuantía por ello teniendo en cuenta como factor anual de la entidad, el cual está determinado en salarios mínimos mensuales vigentes, se dan las condiciones para la modalidad de selección abreviada de menor cuantía. VI. ANALISIS QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO 6.1 Análisis de precios del mercado real: El valor estimado del contrato a suscribir asciende a). DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS PESOS ($ ) El análisis que soporta el valor estimado de este proceso de selección se calculo teniendo en cuenta el contrato de arrendamiento de los vehículos de la vigencia anterior mas un incremento del 5%. 7. FACTORES DE SELECCIÓN (Artículo 12 Decreto 2474 del 07 de julio de 2008) 7.1 FACTORES HABILITADORES Capacidad Jurídica, Financiera y Experiencia La capacidad jurídica se establece de conformidad con la documentación aportada por el oferente con respecto a los requisitos de Ley para la Contratación Administrativa y los documentos señalados como esenciales en este pliego. La capacidad jurídica, financiera y condiciones de experiencia de los proponentes se realizará a través de observaciones de CUMPLE ó NO CUMPLE, y corresponde al estudio documentario para determinar si las ofertas se ajustan o no a los requerimientos de Ley y a la presente invitación..
4 7.1.2 Condiciones y Características Técnicas Mínimas Para la verificación de este criterio se tendrá en cuenta que los vehículos cumplan con las siguientes especificaciones: Gasolina, Gas o Diesel. Camioneta 4 x 4 Doble Cabina Desempañador de parabrisas Tipo de motor de 4 cilindros el lineal Número de Velocidades 5 adelante Cilindrada mayor o igual a 2400 centímetros cúbicos Camioneta de chasis de doble cabina con año de fabricación entre el 2005 al Potencia Mínima de 75 HP Dirección Hidráulica Transmisión mecánica Motor igual o superior a cc Carrocería, con plataforma construida en lámina alfajor con tratamiento antioxidante, compartimentos laterales con chapas de seguridad para guardar materiales y herramientas, debe estar en perfecto estado de latonería y pintura FACTORES DE EVALUACIÒN POR ÌTEM FACTORES DE EVALUACION ANALISIS ECONÓMICO RELACION PESO POTENCIA (RPP) TOTAL PUNTAJE MÀXIMO 600 Puntos 400 Puntos 1000 Puntos EVALUACION ECONÓMICA = 600 PUNTOS Esta evaluación otorgará un máximo de 600 puntos a la oferta de menor valor total; a las demás se les asignará el puntaje en forma proporcional y decreciente aplicando una regla de tres simple. Metodología para la evaluación del valor de la oferta para la prestación del servicio. Costo Mínimo propuesto / Costo de la propuesta x 600 Donde Coste Mínimo propuesto es igual a el menor valor entre las propuestas y, Costo de la Propuesta, la del proponente que se esta evaluando.
5 7.1.5 RELACION PESO POTENCIA RPP = 400 PUNTOS Se calificará la relación peso potencia, es decir, el peso del vehículo más el peso de la carrocería en kilogramos sobre la potencia del motor en HP. Para el vehículo con menor relación peso potencia, se le asignarán 400 puntos. Para las demás relaciones de peso potencia, se asignarán el puntaje el puntaje conforme a la siguiente fórmula: PUNTAJE= 400 { 45 X (RPPi RPPe)} Donde: RPPi= Relación peso potencia de la propuesta a evaluar RPPe= Relación peso potencia menor 7.2 CRITERIOS DE DESEMPATE En el evento en que analizadas y calificadas las propuestas se llegara a presentar un empate en la puntuación total, dicha igualdad se definirá en el siguiente orden, aplicando de manera estricta: Se otorgará el primer puesto a: 1. La propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el análisis económico 2. Si persiste el empate se escogerá al oferente que oferte vehículos modelo 2007 en adelante. 3. Si persiste el empate, se procederá a escoger mediante sorteo de balotas. VIII. ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS. De acuerdo con lo expuesto en el artículo 88 del Decreto 2474 de 2008 y el numeral 5 del artículo 8º del Decreto 2474 de 2008, a continuación se enumeran los riesgos que se han identificado y que podrían afectar el normal desarrollo de las actividades previstas en esta contratación: DEFINICIÓN DE RIESGO CORPAMAG entiende por riesgo cualquier posibilidad de afectación en la ejecución del contrato de suministro derivado del presente proceso, que afecten, limiten,
6 retrasen o suspendan la ejecución del contrato, o perjudiquen en cualquier forma y de acuerdo con la tipificación de los riesgos a inmuebles, infraestructura, funcionarios, terceros o cualquier otro ser humano en su integridad y salud física y mental. El suceso que prevé el riesgo deberá tener relación directa con la ejecución del contrato para que sea asumido como un riesgo del actual proceso de contratación. CLASIFICACIÓN DE LOS RIESGOS Existen diversas formas de clasificar los riesgos. Por su procedencia Por el momento en que se pueden producir Por las causas desde las cuales se produce Por las áreas que llegue a afectar Para CORPAMAG los riesgos del actual proceso de contratación se clasificarán según su procedencia y momento, sin tener en cuenta las causas y las áreas que llegue a afectar, toda vez que tal daño será siempre dentro de la ejecución del contrato. Clasificación del Riesgo por su Procedencia. Se clasifican y tipifican los riesgos según su procedencia, así: Riesgo de carácter jurídico Riesgo de carácter financiero Riesgo de carácter técnico Riesgo de carácter en su momento A. Riesgos de Carácter Jurídico Las condiciones jurídicas del contrato se encuentran regidas por cuatro áreas bien diferenciadas: El régimen de contratación estatal, el régimen laboral (toda vez que el servicio se presta principalmente con recurso humano), el régimen de salubridad y el régimen de impuestos. En este numeral se tipificarán los riesgos que detente cada régimen, exceptuando el régimen de impuestos que será tratado como riesgo de carácter financiero.
7 A.1 Riesgos del Régimen de Contratación Estatal Se enumeran los siguientes riesgos: a. Riesgo por cambio del régimen de contratación que afecte el contrato y las condiciones pactadas en él. Tipificación: Toda norma de obligatorio cumplimiento para CORPAMAG que modifique las condiciones pactadas en el contrato, sobretodo en cuanto a las cláusulas que contiene OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA, serán introducidas al contrato, sin que medie negociación alguna en el CONTRATISTA, toda vez que LA CORPORACION no tiene la facultad de negociar aparte normativos de obligatorio cumplimiento. Asignación: Este riesgo y sus consecuencias serán asumidos en su totalidad por el CONTRATISTA. En caso de que afecte el equilibrio económico del contrato, será objeto de modificación de las condiciones económicas siempre y cuando la afectación supere el porcentaje de IMPREVISTOS incluido en la oferta económica. La carga de la prueba le corresponde en este caso en particular al CONTRATISTA, por ser la parte afectada. Ejemplo: Se considera a manera de ejemplo, como riesgo de este tipo, la expedición de una norma que aumente las cuantías de la garantía única, o que le otorgue a la administración nuevas cláusulas excepcionales de inmediato cumplimiento. Medidas Cautelares: Se llevará a cabo una permanente vigilancia de los cambios normativos que afecten la ejecución del contrato y se aplicarán las medidas obligatorias a que haya lugar. Para el análisis del valor del desequilibrio económico, de ser necesario, la entidad podrá contratar los peritos que considere necesarios y que informen con exactitud el valor real de tal desequilibrio. b. Riesgo por cambio de régimen de contratación que afecte la ejecución del contrato. Tipificación: Toda norma de obligatorio cumplimiento para CORPAMAG que afecte la ejecución del contrato en perjuicio suyo o del CONTRATISTA será incluido en el contrato, sin que medie negociación alguna con el CONTRATISTA, toda vez que CORPAMAG no tiene la facultad de negociar apartes normativos de obligatorio cumplimiento. Asignación: Si el hecho afecta al CONTRATISTA este riego y sus consecuencias serán asumidos en su totalidad por el contratista. En el caso de que afecte el equilibrio económico del contrato, serán objeto de modificación de las condiciones económicas siempre y cuando la afectación supere el porcentaje de IMPREVISTOS incluidos en la oferta económica. La carga de la prueba le corresponde, en este caso en particular, al CONTRATISTA, por ser la parte afectada. Si la afectada es CORPAMAG proyectará las modificaciones que sean necesarias al contrato, sin que por ello se deje de reconocer cualquier variación al equilibrio económico pactado en la fecha de suscripción del contrato. Ejemplo: Se considera a manera de ejemplo: como riesgo de este tipo, la expedición de una norma que cambie el esquema de seguridad industrial que debe contemplarse en la ejecución del contrato. Medidas cautelares: Se llevará a cabo una permanente vigilancia de los cambios normativos que afecten la ejecución de los contratos por parte de CORPAMAG y se aplicarán las medidas obligatorias a que haya lugar. Para
8 el análisis del valor del desequilibrio económico, de ser necesario, la Entidad podrá contratar los peritos que considere necesario y que informe con exactitud el valor real de tal desequilibrio. B.- Riesgos de Carácter Financiero Se consideran como riesgos de carácter financiero aquellos que se producen por modificaciones del régimen de impuestos, de las condiciones cambiarias, siempre y cuando los productos incluidos como materiales sean importados, o por circunstancias del mercado bancario que afecten el equilibrio contractual. B.1.- Riesgos por Modificación del Régimen de Impuestos a. Modificación del régimen de impuestos aplicables al contrato. Tipificación: Cuando en el desarrollo del contrato, se modifican las tarifas de los impuestos o se crean nuevos impuestos o eliminan los ya existentes, siempre y cuando sean aplicables al contrato. Asignación: Cuando, en el desarrollo del contrato, se modifican las tarifas de los impuestos o se crean nuevos impuestos o eliminan los ya existentes, generando desequilibrio económico por un valor superior al establecido, se modificará el contrato, adicionando el valor faltante para que el equilibrio económico se mantenga. Si el desequilibrio económico genera un menor valor del contrato, CORPAMAG se reserva el derecho de disminuir tal valor hasta por aquella suma que mantenga el equilibrio económico o aumentar el plazo de prestación del servicio hasta por un tiempo igual al valor diferencial, sin negociación alguna con el CONTRATISTA. Medidas cautelares: Se llevará a cabo una permanente vigilancia de los cambios normativos en materia tributaria que afecten la ejecución de los contratos de CORPAMAG y se aplicarán las medidas obligatorias a que haya lugar. Para el análisis del valor del desequilibrio económico, de ser necesario, la Entidad podrá contratar los peritos que considere necesario y que informe con exactitud el valor real de tal desequilibrio. b. Modificación del régimen de impuestos aplicables a terceros. Tipificación: Cuando, en el desarrollo del contrato, se modifican las tarifas de los impuestos o se crean nuevos impuestos o eliminan los ya existentes, no aplicables al contrato, pero si aplicables a las relaciones con terceros, como proveedores. Asignación: Cuando en el desarrollo del contrato, se modifican las tarifas de los impuestos o se crean nuevos impuestos o eliminan los ya existentes, y esto aumenta el valor transaccional entre el CONTRATISTA y sus proveedores, CORPAMAG no reconocerá reajuste en el valor inicial del contrato, toda vez que esas relaciones son responsabilidad total y absoluta del CONTRATISTA. Medidas cautelares: Se llevará a cabo una permanente vigilancia de los cambios normativos en materia tributaria que afecten la ejecución de los contratos CORPAMAG y se aplicarán las medidas obligatorias a que haya lugar. Para el análisis del valor del desequilibrio económico, de ser
9 necesario, la Entidad podrá contratar los peritos que considere necesario y que informe con exactitud el valor real de tal desequilibrio. B.2.- Riesgos por Régimen Cambiario No aplica en este tipo de contratos, toda vez que el servicio se pagarán en pesos colombianos. B.3.- Riesgos por cambio del Mercado Bancario. Tipificación: Cuando, en el desarrollo del contrato, se expidan normas o se produzcan circunstancias que afecten el mercado bancario aumentando o bajando las tasas de interés o el costo neto de la carga transaccional. Asignación: CORPAMAG no reconocerá reajuste alguno al valor del contrato cuando produzca este tipo de riesgo. C.- Riesgos Clasificados por su Momento. C.1.- Etapa Precontractual. Se considera riesgos inherentes a la etapa precontractual, los siguientes: C.2.- Declaratoria de Desierta el Proceso de Selección del Contratista Tipificación: Cuando por motivos que impidan la selección objetiva del CONTRATISTA, CORPAMAG no puede adjudicar el proceso y deba declararlo desierto. Asignación: Cuando la declaratoria de desierta se produzca por falta de interés para participar en el proceso se buscarán las causas de tal situación y, en el caso de que tales causas se encuentren en una indebida diligencia en los estudios previos que son la base del Pliego de Condiciones, se llevará a cabo las diligencias disciplinarias a que haya lugar y se corregirán de inmediato los desaciertos para la convocatoria del nuevo proceso. Cuando la declaratoria de desierta se produzca por cuanto ninguna de las ofertas presentadas cumplen con las exigencias del pliego de condiciones, la entidad no será responsable de ninguna manera ni responderá de forma alguna por los gastos en que hayan incurrido los oferentes. Cuando la declaratoria de desierta se produzca por un error en los Prepliegos de Condiciones que lleve a error a los oferentes, se llevará a cabo las diligencias disciplinarias a que haya lugar y se corregirán de inmediato los desaciertos para la convocatoria del nuevo proceso. Medidas Cautelares: Se llevarán a cabo revisiones profundas y metódicas por parte de los funcionarios de CORPAMAG para evitar errores tanto en los estudios previos como en los Pre-pliegos de Condiciones. De igual forma, se permitirá la presentación de observaciones por parte de los interesados que adviertan a la Administración de posibles defectos en los pliegos de Condiciones, y
10 se realizarán las audiencias de análisis de riesgo y de aclaración de pliegos, dentro del marco jurídico correspondiente. C.3.- Riesgos de Corrupción por parte de Funcionarios de la Entidad o de los Oferentes que participan en el Proceso de Selección de Contratistas. Tipificación: Cuando el desarrollo del proceso de selección del contratista se demuestre la participación de funcionarios de CORPAMAG en actividades que beneficien a alguno de los participantes o busquen tendenciosamente la declaratoria de desierta del proceso en beneficio de un interesado que no presentó oferta. Asignación: Será responsabilidad de los funcionarios implicados y de los particulares que concertaron para dirigir tendenciosamente el proceso y beneficiar sus intereses en perjuicio de los intereses públicos que la Administración debe proteger. Medidas Cautelares: Se diligenciará el Pacto de transparencia por parte de los oferentes. De igual forma se atenderán todas las quejas y denuncias que se hagan al respecto, dando traslado de las mismas a los órganos de control correspondientes. Así mismo, se solicitará el acompañamiento de los órganos de control. C.4.- Etapa Contractual Se consideran riesgos de la etapa contractual los ya analizados, tipificados y asignados en el presente Capítulo. Sin embargo, se adicionan a esos riesgos los siguientes. C.5.- Riesgos de Suspensión del Contrato. Tipificación: Cuando el contrato deba ser suspendido por causas ajenas a la voluntad de CORPAMAG, se informará al CONTRATISTA y se le notificará del acto administrativo que suspende el contrato, el cual deberá indicar con claridad las causas exógenas y la fecha de reanudación del mismo. Asignación: Será responsabilidad total de CORPAMAG los perjuicios que se pudieran causar al CONTRATISTA por la suspensión del contrato si en ella no median justas causas no imputables a la Entidad. De lo contrario, CORPAMAG no será responsable por la suspensión del contrato ni por los perjuicios que se causen con ello. Medidas Cautelares: No se prevé ninguna que pueda mitigar los efectos, toda vez que las causas deben ser imprevisible e irresistible a la voluntad de CORPAMAG. C.6.- Riesgos por Incumplimiento de las Obligaciones del Contrato. Tipificación: Cuando el contratista incumpla las obligaciones suscritas en el contrato. Asignación: Será responsabilidad total del contratista cumplir con las obligaciones a su cargo suscritas en el contrato, con excepción de situaciones de fuerza mayor y/o caso fortuito o en todas aquellas donde el contratista demuestre
11 que no tuvo responsabilidad. Medidas Cautelares: El Contratista suscribirá la garantía amparando el cumplimiento del contrato por cuantía del 10% del valor del contrato, por un lapso de tiempo igual al plazo del contrato, la cual se compromete a modificar en el caso de que se prorrogue, por un plazo igual a la prórroga. D.- Etapa Post Contractual E.1.- Falta de Acuerdo con el Contratista para la Celebrar la Liquidación del Contrato Tipificación: Cuando hecha la pre-liquidación del contrato por parte de CORPAMAG, el CONTRATISTA no se encuentre conforme con tal y no se pueda llegar a un acuerdo mutuo para liquidar el contrato. Asignación: Será responsabilidad de CORPAMAG hacer la pre-liquidación del contrato y ponerla a consideración del CONTRATISTA. Si éste no se encuentra conforme con ella, la entidad, de conformidad con la normatividad vigente, procederá a la liquidación unilateral del contrato y a la cancelación de las sumas que resulten de ella. Esto sin perjuicio de las acciones legales que pueda llevar a cabo el contratista. D.2.- Garantía Única de Cumplimiento El oferente seleccionado deberá constituir garantía única que ampare los siguientes riesgos: 1. Póliza de seriedad de la oferta: El oferente deberá adjuntar a su propuesta póliza que cubra el riesgo de seriedad de la oferta en cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor del certificado de disponibilidad presupuestal y con una vigencia de noventa (90) días, contados a partir de la fecha de presentación de la oferta. IX. ASIGNACION DE LOS RIESGOS De acuerdo con lo señalado en el artículo 88 del Decreto 2474 de 2008 y el numeral 5º del artículo 8º IBIDEM, CORPAMAG entiende por riesgos cualquier posibilidad de afectación en la ejecución del contrato de suministro derivado del presente proceso, que afecten, limiten, retrasen o suspendan la ejecución del contrato, o perjudiquen en cualquier forma. El suceso que prevé el riesgo deberá tener relación directa con la ejecución del contrato para que sea asumido como un riesgo del actual proceso de contratación. Por ello, clasificamos y tipificamos los riesgos según su procedencia, en riesgos de carácter jurídico, financiero, técnico y de acuerdo al momento. CORPAMAG, no reconocerá reajuste alguno al valor del contrato. X. JUSTIFICACION DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN
12 De conformidad con lo establecido en el articulo 5 numeral 2 de la ley 1150 de 2007, CORPAMAG tendrá como criterio de evaluacion ( ) los factores técnicos y económicos de escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos, contenidos en los pliegos de condiciones o sus equivalentes que resulte sea la mas ventajosa para la entidad (..) del CORPAMAG, no reconocerá reajuste alguno al valor del contrato. XI. GARANTIA ÚNICA El contratista deberá constituir a favor de CORPAMAG, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato debidamente firmado, la garantía única que consistirá en una póliza expedida por un Banco o por una Compañía de Seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia, Los riesgos a amparar son: De cumplimiento Su monto deberá ser el equivalente al diez porciento (10%) del valor del contrato y tendrá una vigencia igual a la del contrato y cuatro (04) meses más. De calidad del servicio objeto del contrato Su monto equivaldrá al diez (10%) del valor total del contrato y tendrá vigencia igual a la del valor del contrato y cuatro meses mas. JOSEFINA RIZZO NOGUERA Subdirectora Administrativa y financiera
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