DEPARTAMENTO DE RISARALDA SECRETARIA DE SALUD PROCESO DE CONTRATACIÓN ESTUDIO PREVIO- MINIMA CUANTIA. Pereira, Diciembre 2 del 2013

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1 Pereira, Diciembre 2 del 2013 La Secretaría de Salud Departamental realiza el estudio de conveniencia y oportunidad (ESTUDIO PREVIO) requerido conforme al artículo 25, numeral 7 de la Ley 80 de 1993 y al artículo del Decreto 734 de 2012, para adelantar el proceso de selección y la consecuente celebración del contrato requerido. 1. DESCRIPCION DEL REQUERIMIENTO O NECESIDAD. La Secretaria de Salud de Risaralda, en desarrollo de las competencias consagradas en la Constitución Política, la Ley 9ª de 1979, Ley 10 de 1990, Ley 100 de 1993, Ley 715 de 2001, Ley 691 de 2001, Ley 1122 de 2007, la Ley 1151 de 2007 y la Ley 1438 de 2011, entre otras, tiene las funciones de asesorar, asistir técnicamente, vigilar, controlar e inspeccionar a los actores del Sistema General de Seguridad Social Departamental en el cumplimiento de las acciones de salud individuales y colectivas con la participación responsable de todos los sectores de la sociedad. Estas funciones o competencias se desarrollan dentro de los lineamientos de política pública establecidos por el gobierno nacional mediante el Decreto 3039 del Plan Nacional de Salud Pública-, el cual se adopta y adapta al territorio mediante el Plan Territorial de Salud Pública elaborado, ejecutado, monitoreado y ejecutado acorde con la metodología establecida por el Ministerio de la Protección Social (hoy Ministerio de Salud y Protección Social) mediante la Resolución 0425 del La Ley 1438 del 19 de Enero del 2011 mediante la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social, en su Artículo 6º estableció para el Ministerio de la Protección Social la elaboración del Plan Decenal de Salud Pública a través de un proceso amplio de participación social y en el marco de la estrategia de atención primaria en salud, en el cual deben confluir las políticas sectoriales para mejorar el estado de salud de la población, incluyendo la salud mental, garantizando que el proceso de participación social sea eficaz, mediante la promoción de la capacitación de la ciudadanía y de las organizaciones sociales, el cual fue adoptado mediante la Resolución 1841 del 28 de Mayo del 2003 y precisa para las entidades territoriales: Artículo 1. Plan decenal de salud pública. Adóptese el Plan Decenal de Salud Pública , contenido en el Anexo Técnico que forma parte integral de la presente resolución, el cual será de obligatorio cumplimiento tanto para los integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), como del 1

2 Sistema de Protección Social, en el ámbito de sus competencias y obligaciones. (Subrayado nuestro). Parágrafo 1. Los demás actores y sectores que ejerzan acciones y funciones relacionadas con la intervención de los determinantes sociales de la salud, concurrirán al desarrollo y cumplimiento de los objetivos, estrategias, metas y demás aspectos señalados en el mencionado Plan. Artículo 2. Responsabilidades de las entidades territoriales. Las entidades territoriales de acuerdo con sus competencias y necesidades, condiciones y características de su territorio, deberán adaptar y adoptar los contenidos establecidos en el Plan Decenal de Salud Pública , en cada cuatrienio a través del Plan Territorial de Salud y coordinar su implementación en su área de influencia, de conformidad con los lineamientos que para el efecto defina este Ministerio. (subrayado nuestro) El Ministerio de Salud y Protección Social, en el marco del Plan Decenal de Salud Pública, ha establecido los lineamientos para la realización y/o actualización del ASIS Análisis de Situación en Salud- territorial por parte del Departamento y los Municipios teniendo presente las siguientes consideraciones: La Resolución 0425 del 2008 que establece que para el plan de salud territorial debe hacerse Un diagnóstico de la situación de salud que incluya las características generales del territorio, aspectos demográficos, socioeconómicos y de infraestructura; el perfil epidemiológico, que destaque los resultados de la vigilancia epidemiológica y de los riesgos sanitarios por probabilidad de ocurrencia e impacto; la situación de los servicios de salud que describa el estado y funcionamiento de la red física instalada, el talento humano y la producción de servicios 1. Que con fundamento en los compromisos internacionales adoptados por Colombia, la elaboración del ASIS, por las entidades territoriales de salud, constituye un instrumento que soporta la medición, seguimiento y evaluación de los ODM (objetivos del Milenio). 2 Que el monitoreo, evaluación y análisis de las situación en salud de la población es una de las funciones esenciales de la salud pública, planteadas en la iniciativa de salud para las Américas de la OPS. 1 Literal a), Numeral 1, Fase II, Artículo 7º. Elaboración y Aprobación del Plan de Salud Territorial. 2 Considerando de la Resolución 3113 del 2013 del Ministerio de Salud y Protección Social. 2

3 Que el nivel nacional estableció una estrategia permanente de gestión del Plan Decenal de Salud Pública para la implementación del ASIS la cual permite de manera permanente el análisis de la situación en salud y su actualización anual siendo una responsabilidad del Departamento efectuar y mantener actualizado el análisis de situación en salud, identificando las inequidades y brechas en salud, a través del análisis de los determinantes sociales 3 A lo anterior se agrega que el Decreto 3518 del 2006 mediante el cual se crea y reglamenta el Sistema de Vigilancia en Salud Pública define la vigilancia en salud pública como Función esencial asociada a la responsabilidad estatal y ciudadana de protección de la salud, consistente en el proceso sistemático y constante de recolección, análisis, interpretación y divulgación de datos específicos relacionados con la salud, para su utilización en la planificación, ejecución y evaluación de la práctica en salud pública 4 y precisa como una de las función de las Direcciones Departamentales y Municipales de Salud el Realizar el análisis de la situación de la salud de su área de influencia, con base en la información generada por la vigilancia y otras informaciones que permitan definir áreas prioritarias de intervención en salud pública y orientar las acciones de control de los problemas bajo vigilancia en el área de su jurisdicción 5. El Departamento de Risaralda y sus 14 municipios, en cumplimiento del ordenamiento legal y con el fin de contar con elementos que faciliten la priorización e implementación de las políticas sanitarias al territorio, formularon el Plan Territorial de Salud para la vigencia incorporándole al respectivo Plan de Desarrollo. En su contenido se encuentran los elementos definidos en la Resolución 425 del 2008 para el diagnóstico de la situación en salud, pero es necesario elaborar el ASIS acorde con el enfoque de determinantes sociales dispuesto en el Plan Decenal de Salud Pública con el fin de identificar las inequidades y brechas en salud, según los lineamientos metodológicos para el ASIS establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social por intermedio de la Dirección de Epidemiología y Demografía conocidos con ocasión de la Jornada de Asesoría y Asistencia realizada entre el 28 y 30 de Octubre del presente año. 3 Considerando de la Resolución 3113 del 2013 del Ministerio de Salud y Protección Social. 4 Artículo 3º, Definiciones, Decreto 3518 del Literal h), Artículo 9º, Decreto 3518 del

4 A la fecha, la Secretaría de Salud con su recurso humano adelanta la actualización del ASIS Departamental siendo necesario apoyar los municipios de Apia, Balboa, Belén de Umbría, Guática, La Celia, La Virginia, Marsella, Mistrato, Pueblo Rico, Quinchía, Santuario y Santa Rosa de Cabal que carecen de profesionales estadísticos y o especialistas en epidemiología quienes poseen las habilidades técnicas para la aplicación de la metodología establecida por el Ministerio de Salud y Protección Social, la cual se adjunta y hace parte integral del presente estudio Para efectos de la adjudicación de los análisis de situación y facilitar la postulación de profesionales en forma individual, teniendo presente que dentro del plazo establecido un profesional alcanza a realizar dos análisis de situación y agilizar el proceso de evaluación de las propuestas, se establecen 6 grupos de a dos municipios cada uno relacionados principalmente por la accesibilidad y ubicación geográfica así: Grupo A: Pueblo Rico y Apia. Grupo B: Santuario y La Virginia. Grupo C: Balboa y La Celia. Grupo D: Quinchía y Guática. Grupo E: Belén y Mistrató. Grupo F: Marsella y Santa Rosa. Dentro del Plan de Desarrollo Risaralda Unida, Incluyente y con Resultados, se encuentra el núcleo de Fortalecimiento de las Capacidades Humanas, que en su PROGRAMA 1: HACIA UNA SALUD PÚBLICA INTELIGENTE, INCLUYENTE Y CON RESULTADOS considera que las condiciones de salud de la población tienen múltiples determinantes, los cuales se pueden agrupar en: condicionantes genéticos, condicionantes del entorno (ambiente, sociedad), condiciones de vida (estilos de vida, realidad social), y calidad de los servicios de salud, siendo labor de la Salud Pública modificar favorablemente estos factores, con énfasis en aquellos que inciden sobre las enfermedades de interés en salud pública siendo prerrequisito para ello el análisis de situación en salud. El Ministerio de Salud y Protección, en cumplimiento de su obligación de asistir a los entes territoriales transfirió, mediante la Resolución 3113 del 2013 la suma de $ ,00 con destinación exclusiva y complementaria a los que las entidades destinen para el fortalecimiento de la ASIS- con los enfoques 4

5 propuestos en el Plan Decenal de Salud Pública , y cuya ejecución debe hacerse con fundamento en los lineamientos técnicos que defina la Dirección de Epidemiología y Demografía de dicho Ministerio. Dentro de los lineamientos nacionales se incluyen: Programar oportunamente los recursos en el Plan Territorial de Salud. La Asamblea Departamental mediante la Ordenanza No 016 aprobada con fecha del 31 de Octubre y sancionada por el Gobernador del Departamento el 13 de Noviembre adicionó los recursos al presupuesto departamental, procediendo la Secretaría a su inclusión en el plan de compras y modificando el plan de acción del cuarto trimestre incluyendo el monto total de los recursos a la meta del Subprograma. 1.4 Gestión Integral de la Salud Pública Actualizar, anualmente el Análisis de Situación de Salud del Departamento de Risaralda y sus municipios. Elaborar Plan de Trabajo que incluya el cronograma a la Dirección de Epidemiología y Demografía acordes con los lineamientos publicados en el mes de Octubre. La Secretaría Departamental de Salud realizó un primer plan de trabajo enviado al Ministerio de Salud y Protección Social el 29 de Octubre, el cual se modifica al solo contratarse 12 de los 14 ASIS originalmente previstos y el Departamento haber asumido con sus recursos propios el ASIS Departamental. Para la administración departamental se hace necesario adelantar el proceso de contratación para ELABORAR LOS ANALISIS DE SITUACION EN SALUD DE APIA, BALBOA, BELEN DE UMBRIA, GUATICA, LA CELIA, LA VIRGINIA, MARSELLA, MISTRATO, PUEBLO RICO, QUINCHIA, SANTA ROSA Y SANTUARIO ACORDE CON LA METODOLOGÍA ESTABLECIDA POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL 2. VERIFICACION DE LA EXISTENCIA DEL PROYECTO. El proyecto corresponde a Mejoramiento de las acciones de Salud en el departamento de Risaralda; el cual se encuentra actualizado y viabilizado, bajo el código No , Programa Hacia Una Salud Pública Inteligente y Con Resultados, componente 8. Otros; actividad: Gestión integral de la Salud Pública, Certificados de Registro de Actividades BP La Ley 715 de 2001, en el artículo 43.1 De Dirección del Sector Salud en el ámbito departamental, numeral establece como función del Departamento 5

6 Supervisar y controlar el recaudo y aplicación de los recursos propios, los cedidos por la Nación y los del Sistema General de Participaciones con destinación específica para salud, y administrar los recursos del Fondo Departamental de Salud. Esta misma Ley en su Artículo 43.3 De Salud Pública establece como una de las funciones del Departamento el Establecer la situación de salud en el departamento y propender por su mejoramiento. (Numeral ). El artículo 57 de la Ley 715 de 2001, determinó que las entidades territoriales, para la administración y manejo de los recursos del Sistema General de Participaciones y de todos los demás recursos destinados al sector salud, deberán organizar un fondo departamental, distrital o municipal de salud, según el caso, que se manejará como una cuenta especial de su presupuesto, separada de las demás rentas de la entidad territorial y con unidad de caja al interior del mismo, conservando un manejo contable y presupuestal independiente y exclusivo, que permita identificar con precisión el origen y destinación de los recursos de cada fuente. Vale la pena indicar que, los fondos de salud, de acuerdo con las competencias establecidas para las entidades territoriales en la Ley 715 de 2001 y 1122 de 2007, estarán conformados por las siguientes subcuentas: 1. Subcuenta de Régimen Subsidiado de Salud. 2. Subcuenta de prestación de servicios de salud en lo no cubierto con subsidios a la demanda. 3. Subcuenta de salud pública colectiva. 4. Subcuenta de otros gastos en salud Por lo anterior, se determina la fuente de financiación del proceso correspondiente a la subcuenta de salud pública colectiva así: Unidad: Fondo Departamental de Salud. Clase: Presupuesto de Gastos Sector Central. Recurso: Resol del Fortal. de la Vig. en Sal. Cuenta: Presupuesto de Inversión. Subcuenta: Sector Salud. Objeto: Subcuenta Salud Pública Colectiva. Ordinal: Programa Hacia una Salud Pública Inteligente, Incluyente y con Resultados. Subordinal: Subprograma Gestión Integral de la Salud Pública. 6

7 Distribución: Fortalecimiento de la Vigilancia en Salud Pública. Resol del La estimación de costos se basó en los siguientes requisitos establecidos en la Resolución del 2013 mediante la cual el Ministerio realizó la transferencia de recursos: Se entiende por fortalecimiento de la capacidad técnica para la elaboración del Análisis de Situación en Salud todo lo relacionado con recurso humano idóneo y conformación de equipos de trabajo para la capacitación y asistencia técnica en ASIS en la respectiva entidad territorial 6. Los profesionales que elaborarán el Análisis de Situación en Salud ASISserán del área de la salud con posgrado en epidemiología, o estadística, o salud pública y al menos con un (1) año de experiencia en acciones que se relacionen con la elaboración del ASIS, perfiles epidemiológicos o vigilancia en salud pública y el manejo de métodos cuantitativos o pruebas estadísticas para medición de desigualdades en salud, o tres (3) años de experiencia en las anteriores acciones, cuando el profesional no tenga título de postgrado. El Ministerio determinó un presupuesto por ASIS de $ ,00 que incluye: elaboración del documento, revisión, ajuste y consolidación departamental. El presente contrato incluye únicamente la elaboración del documento del ASIS ya que los otros aspectos susceptibles de financiación - revisión, ajuste y consolidación- serán asumidos por el Departamento, tareas que se estiman en $ ,00 por cada ASIS, en consecuencia el valor a pagar por cada documento ASIS local en el presente contrato será de $ ,00. La metodología es la establecida por el Ministerio en la plataforma EXCEL que mediante hojas dinámicas permite la obtención de los diferentes indicadores e información estadística a partir de los datos suministrados por el Ministerio, el Departamento y los Municipios sin que se requiera la búsqueda sistemática de datos y el desplazamiento a las localidades referidas. La Secretaría Departamental de Salud por intermedio de una profesional especializada (epidemióloga) realizará la capacitación inicial sobre el uso 6 Literal b), I. LINEAMIENTOS TECNICOS PARA LA EJECUCIÓN DE RECURSOS DE LA RESOSLUCION DEL 20 DE AGOSTO DEL

8 de la metodología y asistirá a los profesionales responsables del ASIS local durante su aplicación. De cada ASIS Local se deberán entregar 2 ejemplares en físico y 6 ejemplares en medio magnético debidamente rotulados. De acuerdo con lo anterior se estima un costo promedio por Análisis de Situación en Salud así: Recurso Requerido Valor Hora Horas Estimadas Requeridas Costo Profesional Especializado o su equivalente en experiencia $ Digitación documento en Word (auxiliar) 5, $ Papelería, mensajería y otros $ VALOR $ Basado en lo anterior y teniendo en cuenta que la oferta se recibirá por grupo, y cada grupo incluye dos análisis de situación en salud que equivalen a $ y son 6 grupos para un total de 12 ASIS Locales, el monto estimado del contrato es $ ,00. Teniendo presente que se requieren en promedio 120 horas para elaborar un ASIS local, se estima que en el plazo previsto un profesional podrá realizar hasta 2 documentos de ASIS Local. 2. OBJETO A CONTRATAR. ELABORAR LOS ANALISIS DE SITUACION EN SALUD DE APIA, BALBOA, BELEN DE UMBRIA, GUATICA, LA CELIA, LA VIRGINIA, MARSELLA, MISTRATO, PUEBLO RICO, QUINCHIA, SANTA ROSA Y SANTUARIO ACORDE CON LA METODOLOGÍA ESTABLECIDA POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL. Grupo A: Pueblo Rico y Apia. Grupo B: Santuario y La Virginia. Grupo C: Balboa y La Celia. 8

9 Grupo D: Quinchía y Guática. Grupo E: Belén y Mistrató. Grupo F: Marsella y Santa Rosa. 3. DESCRIPCION DEL OBJETO A CONTRATAR. 1) A partir de los datos suministrados por la Secretaría de Salud para la elaboración de cada ASIS local, realizar el análisis de la información obtenida, bajo el enfoque de determinantes sociales, haciendo énfasis en la identificación de inequidades y brechas en salud. 2) Acorde con los resultados del ASIS local se deben proponer las prioridades de intervención en materia de salud acorde con los criterios establecidos en la metodología del Ministerio de Salud y Protección Social. 3) Entregar, cada ASIS Local en documento en formato Word donde se presente la información obtenida, su respectivo análisis y resultados en términos de priorización acorde con los lineamientos metodológicos definidos por el Ministerio de Salud y Protección Social. Del documento en Word, aprobado por la Interventoría, se han de entregar dos ejemplares en físico y 6 en formato digital. 4) Realizar las revisiones y ajustes que con ocasión de la realización de cada ASIS local le sean solicitados por la Interventoría. 5) Parafiscales. Para persona jurídica. Los Contratistas están en la obligación del pago de parafiscales durante el tiempo de ejecución del Contrato, ellos son: EPS, Pensión, ARL, Sena, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Caja de Compensación Familiar y FIC. Esto en concordancia con el Artículo 50 de la Ley 789 y el Articulo 23 de la ley 1150 de Según el caso. 6) Para persona natural: Para de seguridad social integral, (salud, pensión y ARL, esta última si fuere el caso). 7) EL CONTRATISTA se compromete a diligenciar conjuntamente con la Interventoría la evaluación de proveedores, conforme a las obligaciones y documentación solicitada. 8) EL CONTRATISTA se compromete además del objeto del Contrato y su alcance, a cumplir con todas las obligaciones inherentes a él, en especial, las relacionadas con el uso de la documentación utilizada en el Sistema de Gestión de Calidad de la Gobernación de Risaralda. 9) EL CONTRATISTA se compromete a aceptar las condiciones establecidas en la comunicación de aceptación de oferta suscrita por la entidad. 10) Asesores o Subcontratos: El Proponente favorecido con la adjudicación podrá contratar los servicios de asesores externos o subcontratar ciertas 9

10 actividades con firmas especializadas, siempre y cuando ponga en consideración este hecho a la Interventoría antes de producirse, y previa la presentación de documentos en donde se indique claramente el objeto y alcance del trabajo que desarrollará. La calidad y el cumplimiento de las labores ejecutadas por Subcontratistas será responsabilidad exclusiva del Contratista, que suscriba el contrato con el Departamento, lo mismo que la relación laboral o legal que se genere. 4. MODALIDAD DE SELECCIÓN Y TIPO DE CONTRATO: Conforme a la naturaleza del contrato y la cuantía el proceso de selección será de bajo la modalidad de INVITACION PUBLICA DE MINIMA CUANTIA, y el tipo de contrato es de consultoría FUNDAMENTO JURIDICO: El presente proceso se adelanta de acuerdo con la Ley 80 de 1993, la ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011, el artículo y ss del Decreto 734 del 13 de abril de 2012, y el Decreto Departamental No del 30 de julio de 2013 que adopta la aplicación transitoria del Decreto 734 de ORDENANZA DE FACULTADES. Decreto de delegación N 914 del 27 de septiembre del 2013, ordenanza 001 del 14 de marzo del PERFIL SOLICITADO. Teniendo en cuenta que la Secretaría de Salud requiere contratar la elaboración de los Análisis de Situación en Salud de los municipios de Apia, Balboa, Belén de Umbría, Guatica, La Celia, La Virginia, Marsella, Mistrato, Pueblo Rico, Quinchía, Santa Rosa y Santuario, bajo los lineamientos metodológicos y con la información suministrada por el el Departamento, requiere una persona natural, jurídica, consorcio o unión temporal que cumpla con los siguientes requisitos: PERSONA JURIDICA: Estar legalmente constituidas, cuyo objeto social esté relacionado con la elaboración de ASIS o perfiles epidemiológicos o vigilancia en salud pública o manejo de métodos cuantitativos o pruebas estadísticas para medición de 10

11 desigualdades en salud 7. Debe tener como mínimo un (1) año de existencia, lo que se acreditará con el certificado de existencia y representación legal y demostrar la vinculación del al menos un equipo mínimo de un profesional POR GRUPO- que reúna, cualquiera de los dos siguientes perfiles: Profesional en salud con especialización en epidemiología, estadística o salud pública con experiencia mínima de 12 meses en la elaboración de ASIS y/o perfiles epidemiológicos y/o vigilancia en salud pública y/o el manejo de métodos cuantitativos o pruebas estadísticas para medición de desigualdades en salud. Profesional del área de la salud con experiencia mínima de 36 meses en la elaboración de ASIS y/o perfiles epidemiológicos y/o vigilancia en salud pública y/o el manejo de métodos cuantitativos o pruebas estadísticas para medición de desigualdades en salud. CONSORCIO O UNIONES TEMPORAL: Consorcios o uniones temporales conformadas por personas naturales o jurídicas que entre sus miembros garanticen, al menos, el equipo mínimo requerido por grupo quienes deberán acreditar el cumplimiento de cualquiera de los dos perfiles establecidos para los profesionales que hacen parte del equipo de la Persona Jurídica. PERSONA NATURAL: Ser mayor de edad, con título profesional del área de la salud con posgrado en epidemiología, estadística o salud pública y al menos un año de experiencia en acciones que se relacionen con la elaboración de ASIS, perfiles epidemiológicos, vigilancia en salud pública, manejo de métodos cuantitativos o pruebas estadísticas para medición de desigualdades en salud, o tres años de experiencia en las anteriores acciones cuando el profesional no tenga título de postgrado 8. El profesional que se presente en forma individual deberá soportarse en su propia infraestructura y equipamiento para entregar los documentos de los 2 ASIS que le sean adjudicados no siendo responsabilidad de la entidad contratante el suministro de insumos, préstamo de equipos, área física u acceso a otros servicios de apoyo requeridos para el cumplimiento del objeto de su contrato. 7 Ver literal d, numeral I de los Lineamientos Técnicos para el ASIS Del Nivel Nacional. 8 Ver literal d, Numeral I de los Lineamientos para la Ejecución del Recursos del ASIS. 11

12 Para acreditar la idoneidad como profesional y especialista, se deberán presentar copia del acta de grado correspondiente al pregrado y/o postgrado según aplique. 5. EL PRESUPUESTO OFICIAL para la presente contratación es de: Treinta y siete millones novecientos noventa y nueve mil seiscientos treinta y dos pesos ($ ) y por grupo es de $ , El Departamento de Risaralda adelantara el presente proceso con cargo a las siguientes disponibilidades presupuestales: CERT. DISPON. RUBRO SECRETARIA PRESUPUESTAL PRESUPUESTAL Salud 5.2. FORMA DE PAGO: El Departamento de Risaralda, cancelará el valor del contrato que se suscriba con ocasión de éste proceso mediante un acta parcial por grupo adjudicado, es decir 2 documentos de ASIS local recibidos, reconociendo un valor de $ ,00 por cada grupo previo recibido a satisfacción por parte del interventor. 5.3 PLAZO: 20 días calendario, a partir de la suscripción del acta de inicio, sin que exceda el 31 de Diciembre de JUSTIFICACION DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN. CRITERIOS HABILITANTES. Conforme la ley 1474 de 2011 y el decreto 734 de 2012 los criterios habilitantes son: 6.1. CAPACIDAD JURÍDICA, esta se acreditará así; Persona Jurídica: Se acredita con el Certificado de existencia y representación legal Persona Natural: Con el establecimiento de comercio, si fuere el caso, o el Rut Autorización para Contratar. 12

13 El perfil solicitado Documento de Conformación de Consorcios o Uniones Temporales. Para demostrar la conformación del consorcio o unión temporal bastará con que se presente la propuesta de manera conjunta (suscrita por la totalidad de los integrantes) manifestando el interés de participar en la convocatoria y adjuntando un documento que indique como mínimo la duración, porcentaje de participación, representante legal y capacidad jurídica de cada uno de los integrantes, así como los certificados de existencia y representación legal de las personas jurídicas o documento de identidad y RUT de los profesionales que lo conformen EXPERIENCIA. Para efectos de demostrar la experiencia mínima, la persona jurídica, el consorcio, unión temporal, la persona natural con equipo mínimo o persona natural en forma individual que presente propuesta deberá -por profesional-, adjuntar certificados de contratos y/o constancias laborales y/o certificados de realización de trabajos de investigación expedidos en cualquier tiempo, valor y cantidad, relacionados con la elaboración de ASIS y/o perfiles epidemiológicos y/o vigilancia en salud pública y/o manejo de métodos cuantitativos y/o pruebas estadísticas para medición de desigualdades en salud, que en su conjunto permitan contabilizar el número de meses exigido según el perfil establecido (12 meses para el profesional de salud especialista o 36 meses para el profesional de salud sin postgrado). Se debe tener presente que para efectos de la experiencia, en la suma del tiempo, cuando se sobrepongan días, semanas o meses de realización, solo se tendrá en cuenta el certificado con la mayor cantidad de tiempo descrito. Se aceptarán por profesional tantos certificados como sean necesarios para certificar la experiencia requerida. Las certificaciones y/o constancias para efectos de contabilizar experiencia deberán contener como mínimo: Identificación de la entidad o empresa contratante, empleadora, beneficiaria o financiadora del trabajo de investigación. Objeto del contrato y/o trabajo de investigación realizado. Para el empleado se deberá describir las funciones asignadas relacionadas con el objeto de la presente invitación. 13

14 Fecha de iniciación y terminación del contrato y/o trabajo de investigación. Para el empleado la constancia deberá indicar el tiempo de desempeño de las funciones relacionadas con el objeto de la presente invitación. Tiempo de ejecución del contrato en el cual se indique si entre la iniciación y terminación del mismo hubo suspensiones y por cuánto tiempo si aplica. Para efectos de la experiencia solo se tendrá en cuenta el tiempo efectivo de ejecución. Para los contratos indicar que el objeto fue recibido a satisfacción y para los estudios que obtuvo la debida aprobación. Para este efecto se podrán presentar copia de las actas de liquidación o calificación del contratista donde conste este requisito. Para los profesionales con postgrado, para efectos de la experiencia, se aceptará el estudio realizado como tesis de grado siempre y cuando esté relacionada con la realización de estudios relacionados con la elaboración de análisis de situación en salud, perfiles epidemiológicos o vigilancia en salud pública, debiendo incluir la certificación del tiempo de realización de dicho trabajo. 7. CRITERIOS DE ASIGNACIÓN DE PUNTAJE Y/O CALIFICACIÓN. La calificación de las ofertas se hará teniendo en cuenta solo el factor PRECIO, debiendo el proponente en su propuesta indicar: el número de grupos para los que oferta. El valor/grupo de la oferta deberá ser el mismo, independientemente del número de grupos para los que oferte. Componente económico 100 Puntos 7.1. COMPONENTE ECONOMICO. La propuesta económica se evaluará por grupos así: Se asignará EL MAXIMO PUNTAJE (100 puntos) al proponente que dentro del grupo presente la oferta con menor valor. Se verificará que el valor de la oferta sea igual o por debajo del presupuesto oficial estimado por grupo en la presente invitación, de encontrarse alguna propuesta por encima de estos precios, será descalificada. Si sólo se presenta una oferta, esta se aceptará siempre que satisfaga los requerimientos contenidos en la presente invitación pública. 14

15 En caso de empate la entidad adjudicará a quien haya entregado primero la oferta entre los empatados, según el orden de entrega de las mismas. Para definir el grupo adjudicado, se realizará sorteo mediante balotas en presencia de los representantes legales o sus apoderados o a falta de alguno de estos, la entidad por intermedio del Director Operativo de Salud Pública asignará un funcionario de la entidad que haga su veces dejando constancia de ello en la respectiva acta. En todo caso, se exigirá la presencia de al menos uno de los adjudicatarios. 8. GARANTIAS. JUSTIFICACION. Es necesario solicitar garantías en razón a que analizadas las obligaciones y/o productos a entregar y/o naturaleza del objeto, se considera que deben existir garantías que permitan a la entidad en caso de un incumplimiento total o parcial recurrir a la compañía de seguros y reclamar los perjuicios ocasionados, para satisfacer la necesidad descrita por lo que se requiere que el contratista otorgue a favor del Departamento las siguientes garantías: 8.1 Cumplimiento: Por el VEINTE POR CIENTO (20%) del valor del contrato, por el término del mismo y ocho (8) meses más. En todo caso la garantía de cumplimiento deberá mantenerse vigente hasta que se logre la liquidación del contrato Calidad del Servicio: Por el VEINTE POR CIENTO (20%) del valor del contrato, por el término del mismo y seis meses más Salarios y Prestaciones Sociales legales e indemnizaciones laborales. Por el DIEZ POR CIENTO (10%) del valor del contrato, por el término del mismo y tres (3) años más. No aplicará para el caso de contrato individual con persona natural. En su defecto deberá presentar los soportes expedidos por las entidades de seguridad social donde se pueda constatar que se encuentra afiliado a la seguridad social. 15

16 LINA BEATRIZ RENDÓN TORRES Secretaria de Salud VoBo. Albert Cristian Herrera. Director Operativo de Salud Pública Elaboró y proyecto: Juan Guillermo Ramírez R. Anexos Digitales: Copia Resolución del Copia lineamientos Técnicos Resolución del Copia Plan de Trabajo Departamento de Risaralda. 16

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