GUÍA METODOLÓGICA DE MESAS DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO SOBRE EL ACCESO A LA RUTA DE AYUDA HUMANITARIA, ATENCIÓN, ASISTENCIA Y REPARACION POR PARTE DE

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1 AYUDA HUMANITARIA, ATENCIÓN, ASISTENCIA Y REPARACION POR PARTE DE LAS VICTIMAS DE MAP, MUSE, AEI Bogotá D.C. Agosto de 2014

2 TABLA DE CONTENIDO 1. OBJETIVO ALCANCE TERMINOS Y DEFINICIONES CUERPO DEL DOCUMENTO MARCO LEGAL REQUISITOS TÉCNICOS DOCUMENTOS ASOCIADOS RESPONSABLE DEL DOCUMENTO ANEXOS

3 1. OBJETIVO Definir orientaciones para la realización de las Mesas de Seguimiento y Monitoreo que inciden en la garantía de los derechos de la población víctima de MAP, MUSE y AEI, para dar cumplimiento a las medidas de Ayuda Humanitaria, Atención, Asistencia y Reparación establecidas en la Ley 1448 de 2011, sus Decretos reglamentarios y el Decreto 3990 de ALCANCE Este documento define los lineamientos de las Mesas de Seguimiento y Monitoreo que buscan coordinar la asistencia integral a víctimas 1 de Minas Antipersonal (MAP), Municiones Sin Explotar (MUSE) y/o Artefactos Explosivos Improvisados (AEI) a nivel departamental con los actores con competencias y responsabilidades en el acceso a los derechos en el marco de la Ruta de Ayuda Humanitaria Asistencia y Atención, en temas de 1. Participantes; 2. Funciones de la mesa y 3. Resultados esperados de la misma. 4. Metodología de la mesas 5. Roles instituciones. 3. TERMINOS Y DEFINICIONES DEFINICIONES EN EL MARCO DE LA ACCIÓN INTEGRAL CONTRA MINAS ANTIPERSONAL 2 Accidente por Minas Antipersonal (MAP), Municiones sin Explotar (MUSE) y/o Artefactos Explosivos Improvisados (AEI): Acontecimiento indeseado causado por Minas Antipersonal (MAP), Municiones sin Explotar (MUSE) y/o Artefactos Explosivos Improvisados (AEI) que causa daño físico y/o psicológico a una o más personas. o Mina Antipersonal (MAP): Artefacto explosivo concebido para que explosione por la presencia, la proximidad o el contacto de una persona, y que en caso de explosionar tenga la potencialidad de incapacitar, herir y/o matar a una o más personas. o Munición sin Explotar (MUSE): Munición explosiva que ha sido cargada, su fusible colocado, armada o, por el contrario, preparada para su uso o ya utilizada. Puede haber sido disparada, arrojada, lanzada o proyectada, pero permanece sin explotar debido ya sea a su mal funcionamiento, al tipo de diseño o a cualquier otra razón. 1 En este documento La asistencia integral a víctimas comprende las medidas de Ayuda Humanitaria, Atención, Asistencia y Reparación Integral establecidas en la Ley 1448 de 2011 y Decretos reglamentarios. 2 Los términos y definiciones presentados a continuación hacen parte del Glosario Nacional Básico General de Términos de Acción Integral contra Minas Antipersonal. Debido a que el Glosario está sujeto a revisión periódica, todo ajuste o enmienda que surja hará parte de la presente guía. 3

4 o Artefacto Explosivo Improvisado (AEI): Es un artefacto fabricado de manera artesanal, diseñado con el propósito de causar la muerte o daño físico utilizando el poder de una detonación. Según su objetivo táctico, los Artefactos Explosivos Improvisados (AEI) pueden ser producidos con diferentes tipos de materiales, iniciadores, tamaños y contenedores. Para su fabricación se emplean explosivos comerciales, militares, artesanales o componentes de algún tipo de munición. Típicamente están compuestos por una carga explosiva, un detonador y un sistema de iniciación, pero pueden ser concebidos en combinación con químicos tóxicos, toxinas biológicas, material radioactivo y/o elementos generadores de metralla. Nota1: Los Artefactos Explosivos Improvisados (AEI) activados por la víctima son considerados Minas Antipersonal (MAP). Únicamente los AEI activados por la víctima son objeto de la Acción Integral contra Minas Antipersonal. Por ello, en el IMSMA sólo se registra eventos relacionados con Artefactos Explosivos Improvisados con características de Minas Antipersonal. Acción Integral contra Minas Antipersonal (AICMA): Conjunto de actividades que tienen por objeto reducir y mitigar el impacto social, económico y ambiental de las Minas Antipersonal (MAP), de las Municiones sin Explotar (MUSE) y de los Artefactos Explosivos Improvisados (AEI). Nota 1: La Acción Integral contra Minas Antipersonal (AICMA) comprende a personas y comunidades y la manera en que éstas se ven afectadas por la presencia y/o sospecha de existencia de Minas Antipersonal (MAP), Municiones sin Explotar (MUSE) o Artefactos Explosivos Improvisados (AEI). Su objetivo es reducir el riesgo causado por las Minas Antipersonal (MAP), Municiones sin Explotar (MUSE) y Artefactos Explosivos Improvisados (AEI) hasta niveles que les permitan a las comunidades vivir en condiciones de seguridad, disfrutando de un desarrollo económico, social y de salud exento de las limitaciones que impone la presencia y/o sospecha de existencia de estos artefactos, al tiempo que se avanza en el restablecimiento pleno de los derechos de las víctimas. La Acción Integral contra Minas Antipersonal (AICMA) en Colombia considera cinco componentes: a) Educación en el Riesgo de Minas Antipersonal (ERM) b) Desminado Humanitario (DH) c) Asistencia Integral a Víctimas (AIV). d) Destrucción de arsenales almacenados. e) Cabildeo contra la utilización de Minas Antipersonal (MAP). Nota 2: Para apoyar estos cinco componentes de la Acción Integral contra Minas Antipersonal (AICMA) se requiere de la ejecución de otras actividades coadyuvantes, dentro de las que se cuentan la evaluación y la planeación, la movilización de recursos y la fijación de sus prioridades, la gestión de la información, la cualificación profesional y la formación del personal, la administración de calidad y el empleo de un equipo eficaz, eficiente, adecuado y seguro, que garantice intervenciones eficaces y sostenibles. 4

5 Asistencia Integral a Víctimas (AIV) de Minas Antipersonal (MAP), Municiones sin Explotar (MUSE) y Artefactos Explosivos Improvisados (AEI) 3 : Aquella que cada Estado Parte, que esté en condiciones de hacerlo, proporcionará para el cuidado y rehabilitación de víctimas de minas y su integración social y económica. Comprende todo el proceso desde la asistencia humanitaria hasta la inclusión socioeconómica de la víctima y tiene como propósito garantizar el goce efectivo de sus derechos, para lo cual se adopta un enfoque que atiende a las necesidades específicas de los diferentes grupos de población. Reparación: Derecho de las víctimas de violaciones de derechos humanos y DIH, en este caso, víctimas de MAP/MUSE/AEI, que comprende las acciones que propendan por la restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y las garantías de no repetición de las conductas. Es decir, se trata de una reparación integral que no se limita a la compensación económica de los daños, guarda equilibrio entre las reparaciones individuales y colectivas así como materiales y simbólicas, y debe cubrir los daños materiales y morales, ser adecuada, efectiva, rápida y proporcional a la gravedad de las violaciones cometidas y al daño sufrido. A continuación se definen las medidas de reparación que cobijan a las víctimas de MAP, MUSE, AEI: o La indemnización: consiste en compensar los perjuicios causados por el hecho victimizante y, generalmente, asume la forma de un pago en dinero como reconocimiento de los daños padecidos y para reparar las pérdidas sufridas. o La rehabilitación: consiste en realizar las acciones tendientes a la recuperación de las víctimas que sufren traumas físicos y sicológicos como consecuencia del delito. Esto es, se refiere al cuidado y asistencia profesional que las víctimas requieren para restablecer su integridad legal, física y moral después de la violación cometida en su contra. o La satisfacción o compensación moral: consiste en realizar las acciones tendientes a restablecer la dignidad de la víctima y difundir la verdad sobre lo sucedido. o Las garantías de no repetición: hacen referencia a medidas adoptadas para evitar la comisión en el futuro de nuevas violaciones de derechos humanos, y comprenden, entre otras, la desmovilización y el desmantelamiento de los grupos armados al margen de la ley. Ruta de las víctimas de Minas Antipersonal (MAP), Municiones sin Explotar (MUSE) y/o Artefactos Explosivos Improvisados (AEI): Descripción de las cinco etapas a través de las cuales las víctimas de MAP, MUSE, AEI acceden a los servicios 4 contemplados en las medidas de Ayuda Humanitaria, Atención, Asistencia Y Reparación Integral consignados en la Ley 1448 de 2011 y sus decretos reglamentarios, así como también lo establecido en el Decreto 3990 de Estas etapas son: (i) prehospitalaria; (ii) de urgencias y hospitalaria; (iii) de rehabilitación médica, física y psicológica; (iv) atención continuada; y, (v) reintegración psicosocial, escolar y laboral. 3 Convención sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonales y sobre su destrucción (Convención de Ottawa) 4 En el presente contexto se entiende por servicios todo aquello a lo que la víctima tiene derecho a acceder según lo establecido en la Ley 1448 de 2011 y abarca desde la ayuda humanitaria, la indemnización, la orientación, el registro, la afiliación a EPS, hasta citas médicas de rehabilitación, la formación para el trabajo, prótesis, entre otros. 5

6 Víctima de Minas Antipersonal (MAP), Municiones sin Explotar (MUSE) y/o Artefactos Explosivos Improvisados (AEI): Son víctimas 5 de Minas Antipersonal (MAP), Municiones sin Explotar (MUSE) y Artefactos Explosivos Improvisados (AEI), aquellas personas de la población civil o miembros de la Fuerza Pública que hayan sufrido perjuicios en su vida, su integridad personal, incluidas lesiones físicas o psicológicas, sufrimiento emocional, así como el menoscabo de sus derechos fundamentales, pérdida financiera o deterioro en sus bienes, como consecuencia de actos u omisiones relacionados con el empleo, almacenamiento, producción y transferencia de Minas Antipersonal (MAP), Municiones sin Explotar (MUSE) y Artefactos Explosivos Improvisados (AEI). Nota: Para efectos del Sistema de Gestión de Información sobre Actividades relativas a Minas Antipersonal (IMSMA, por sus siglas en inglés), se considera víctima, a efectos operativos, aquellas personas que hayan sufrido una lesión física o psicológica derivada del impacto directo de la explosión de Minas antipersonal (MAP), Municiones sin Explotar (MUSE) y Artefactos Explosivos Improvisados (AEI). DEFINICIONES EN EL MARCO DE LA LEY 1448 de 2011 Ayuda humanitaria: En desarrollo del principio de solidaridad social, es entendido como un derecho radicado en cabeza de la población civil, consistente en la facultad de reclamar al Estado la ayuda necesaria para salir de la situación de emergencia en la que se encuentran los ciudadanos como consecuencia de causas naturales o humanas (Corte Constitucional, Sentencia T-1094 de 2007). En particular, se refiere a la ayuda indispensable para sufragar los requerimientos necesarios a fin de satisfacer los derechos constitucionales de quienes hayan sido menoscabados en su integridad física y sicológica por actos que se susciten en el marco de la violencia generalizada. Dicha ayuda debe ser prestada por las entidades territoriales y la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, el Instituto Colombiano de Bienestar familiar, las instituciones hospitalarias públicas o privadas de conformidad con lo previsto en la Ley 1448 de 2011 y el Decreto 4800 de 2011 y demás entidades, en el marco de sus competencias. Asistencia: Se entiende por asistencia a las víctimas el conjunto integrado de medidas, programas y recursos de orden político, económico, social, fiscal, entre otros, a cargo del Estado, orientado a 1) restablecer la vigencia efectiva de los derechos de las víctimas, 2) brindarles condiciones para llevar una vida digna y garantizar su incorporación a la vida social, económica y política. Comprende: Asistencia funeraria, Medidas en materia de Educación, Medidas en materia de Salud.(cobertura, la afiliación, subsidio, Plan Obligatorio de Salud), Atención en emergencia de salud. Servicios de Asistencia en Salud. (médica, quirúrgica y hospitalaria). 5 De acuerdo con la normativa y jurisprudencia nacional e internacional sobre violaciones de Derechos Humanos (DD.HH.) e infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH). 6

7 Atención: Entiéndase por atención, la acción de dar información, orientación y acompañamiento jurídico y psicosocial a la víctima, con miras a facilitar el acceso y cualificar el ejercicio de los derechos a la verdad, justicia y reparación. OTRAS DEFINICIONES Monitoreo de Víctimas de MAP, MUSE y/o AEI: Se entiende como el proceso de recolección de información de la víctima y si ésta ha sido informada o está en proceso de la restitución de sus derechos. En este proceso las instituciones y organizaciones competentes en brindar los servicios contemplados en las medidas de la ayuda humanitaria, la atención, asistencia y la reparación integral a las víctimas de MAP, MUSE y/o AEI, adelantan las siguientes acciones: 1) Contacto inicial con la víctimas: a. Localizar a las víctimas de MAP, MUSE, AEI para: i. Recolectar y registrar en el IMSMA los datos del Núcleo Básico de Información 6. ii. Orientación a las víctimas o a sus familiares sobre sus derechos consagrados en la Ley 1448 de 2011 y sus decretos reglamentarios. iii. Conectar a la víctima con la oferta institucional y organizacional de su región. 2) Reporte del Acceso a la Ruta: a. Las instituciones y organizaciones reportan los servicios brindados a las víctimas de MAP, MUSE, AEI según su competencia, a la autoridad departamental encargada de administrar el Sistema IMSMA.. 3) Consolidación y reporte de la información de la instancia departamental a la Nacional : La autoridad encargada de administrar el sistema IMSMA en el departamento consolida la información de los servicios brindados por las instituciones y organizaciones y la reporta a la Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal. Seguimiento de Víctimas de MAP, MUSE y/o AEI: El seguimiento de Víctimas de MAP, MUSE y/o AEI, se define como el proceso de análisis de la información obtenida durante el proceso de monitoreo, la orientación realizada y la divulgación o reporte de accidente, dentro de este proceso se incluye la 6 Variables del Núcleo Básico de Información: Tipo De Artefacto. Fecha Del Accidente. Lugar del Accidente: Departamento, Municipio, Vereda, Corregimiento. Sitio del Accidente: Finca, Escuela, entre otros. Área: Rural o Urbano. Apellidos, Nombres. Tipo de documento de Identidad. No. documento de Identificación. Teléfonos de Contacto. Dirección Residencia. Fecha de Nacimiento.Rango Edad.Sexo. Etnia: Indígena, Afrodescendiente, Rom (Gitano) Raizal. Condición: Civil o Militar. Estado: Vivo o Muerto. Actividad en el momento del Accidente. Lesiones: Amputación Perdida Inicial, Amputación Perdida Final, Heridas/Laceraciones, Esquirlas, Quemaduras, Fractura, Infecciones, Afectación Visual, Afectación Auditiva, Grado de Escolaridad. Diagnostico Medico. Descripción de los Hechos.EPS. Gestiones. 7

8 verificación de la inclusión de las víctimas a la Ruta de Atención y su atención. Se evalúan los accesos a las diferentes ofertas institucionales, su pertinencia y el resultado obtenido. Para efectos del seguimiento por parte de las Mesas de Seguimiento y Monitoreo, las instituciones, entidades y/o organizaciones aliadas en el tema de AICMA, reportarán los servicios prestados a quien delegue la Autoridad Departamental o quien sea responsable del registro de información de víctimas del departamento y reportará a la Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal y a los demás participantes de la Mesa.. El seguimiento implica la realización de acciones como el registro y la sistematización de los resultados del monitoreo, su análisis y la verificación contra las metas propuestas y los recursos utilizados. 4. SOBRE LAS MESAS DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO Las mesas de seguimiento y monitoreo buscan incidir en la garantía de los derechos de la población víctima de MAP, MUSE y AEI, para dar cumplimiento a las medidas de atención, asistencia y reparación establecidas en la Ley 1448 de 2011 y el Decreto 3990 de Ello permite la actualización de la información a nivel departamental y municipal sobre las víctimas que residen el territorio, dialogo constante con las entidades territoriales que mejora la gestión de información de manera particular de aquellos cuyo accidente ocurrió al ser niños, niñas o adolescentes. De acuerdo al Estándar Nacional de Gestión de Información en la Acción Integral contra Minas Antipersonal en Colombia (NCAM 05.10), se hace necesario implementar una estrategia de descentralización de la gestión de información, la cual tiene como meta la consolidación de un único sistema de información para la acción contra minas antipersonal, en donde el objetivo primordial es el fortalecimiento de la capacidad humana y técnica para gestionar información desde el terreno hacia las estructuras centrales del orden sectorial, regional o nacional. La tarea primordial es la transferencia de conocimientos, la construcción participativa de herramientas y la retroalimentación en torno a buenas prácticas en la materialización del ciclo de gestión de la información. Como herramientas que la soportan, se cuenta con el Glosario Básico Nacional de Términos de la Acción contra Minas (actualizado a marzo de 2012), el kit de formularios de recolección de información vigentes a la fecha respecto de cada uno de los componentes de la AICMA, el Sistema de Gestión de información Nueva Generación de la Acción Integral Contra Minas Antipersonal (IMSMA NG, por sus siglas en inglés) y las Mesas Nacional y Departamentales constituidas como base de la estrategia de descentralización de la información, así como los sistema periféricos que permiten trabajo web con los territorios. 8

9 5. CUERPO DEL DOCUMENTO La Guía Metodológica de las Mesas de Monitoreo y Seguimiento para el acceso a la Ruta de Atención, Asistencia y Reparación Integral a las Víctimas de MAP, MUSE y AEI considera los siguientes puntos clave que se constituyen como el cuerpo central del documento: Funciones de la Mesa a. Facilitar un espacio técnico donde los actores con responsabilidades y competencias en la Ruta puedan conocer los requerimientos de la asistencia integral de las víctimas de MAP, MUSE, AEI. b. Contar con un espacio técnico donde las instituciones y organizaciones puedan dar a conocer los servicios de las medidas de Ayuda Humanitaria, Atención, Asistencia y Reparación Integral que han brindado a las víctimas según lo establecido en la Ley 1448 de 2011, sus Decretos reglamentarios y el Decreto 3990 de c. Reunir a las instituciones con responsabilidades y competencias en la ruta para superar oportunamente las barreras de acceso cuando se les presenten a las víctimas de MAP, MUSE, AEI. d. Compartir la información actualizada de los servicios de las medidas de Ayuda Humanitaria, Atención, Asistencia y Reparación Integral recibida por cada víctima de acuerdo con la etapa de la ruta donde se encuentren. e. Compartir información sobre la asistencia y atención brindada por cada institución y organización. f. Mantener informado al Comité AICMA, Subcomités de Justicia Transicional y a la CINAMAP- Subcomité AIV sobre la situación de las victimas del Departamento. g. Dar seguimiento a las víctimas frente a la etapa de la Ruta en la que se encuentran los sobrevivientes para facilitar los procesos de asistencia, atención, reparación e inclusión. h. Identificar los servicios que se ofrecen a nivel departamental tanto en lo gubernamental como en lo no gubernamental, en las diferentes etapas de la Ruta de Atención. i. Coordinar la gestión de información a nivel departamental/municipal sobre el registro y monitoreo de las víctimas de MAP, MUSE, AEI. Productos: a. Reporte de los servicios brindados a las víctimas de MAP, MUSE, AEI según su competencia a la autoridad departamental encargada del registro de la información. b. La autoridad en el departamento consolida la información de los servicios brindados por las instituciones y organizaciones y la reporta a la Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal. c. Identificación de los servicios a los que tiene derecho la persona víctima que para los efectos de esta explicación serian 20. d. Revisión del reporte de los servicios brindados por las instituciones a la persona víctima, que para esta explicación debería ser de 20 servicios. 9

10 e. Verificar si los servicios a los que tiene derecho la persona víctima, concuerdan con los servicios reportados por las instituciones. f. Se esperaría que si la persona tiene derecho a acceder a 20 servicios el reporte de atención brindada sea 20, por lo que se podría reportar que la persona accedió al 100% de la ruta. Participantes Actores institucionales, organizacionales departamentales y locales de la Ruta de Ayuda Humanitaria, Atención, Asistencia y Reparación Integral (pueden ser más o menos de acuerdo con las particularidades Departamentales): a. Unidad de Atención y Reparación Integral a Víctimas territorial. b. Gobernación: Encargado del Comité de Justicia Transicional y Secretaria de Salud. c. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF. d. Secretarias de salud municipales. e. Entidades Promotoras de Salud EPS. f. Instituciones Promotoras de Salud IPS. g. Personeros. h. Defensoría del Pueblo. i. Procuraduría General de la Nación. j. Fiscalía General de la Nación. k. Organizaciones nacionales y/o internacionales con presencia en la región. l. Delegado del grupo de Asistencia a Víctimas de la Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal - DAICMA. m. Delegados de Asociación de Víctimas de Minas Antipersonal y/o Víctimas no asociadas. Metodología La mesa se encuentra articulada a la institucionalidad del Departamento y alineada con los Comités de Justicia Transicional o Comités AICMA, según corresponda. Contactar al encargado en la Gobernación de coordinar el Comité de Justicia Transicional (CJT) o Comités AICMA, a la Unidad de Victimas, la Secretaria de Salud Departamental. Concertar la delegación formal de la Institución y persona delegada para las siguientes instancias de la Mesa: o Presidente 7 : Mantiene los objetivos de la mesa, asegura su funcionamiento. Presenta los resultados de la mesa ante los Comité de Justicia Transicional y Comité de la AICMA. Elabora agenda de las reuniones. 7 El Presidente y Secretario Técnico deberán, en lo posible, ser miembros de la institucionalidad. Se sugiere que el Presidente sea funcionario de la Gobernación respectiva. 10

11 o Secretaria Técnica: Adelantar la Convocatoria incluyendo la agenda de la reunión, elaborar las Actas, pasar los listados de asistencia, mantener al día los documentos que se deriven de las reuniones. o Administrador del Sistema: Es capacitado y asistido técnicamente por el componente del DAICMA GI. Esta instancia consolida la información del Departamento reporta al DAICMA. La mesa se encuentra articulada con el nivel nacional. El presidente reporta resultados de la mesa para que el delegado del DAICMA los reporte a la CINAMAP- Sub-comité AIV. } Lugar de reunión: Instalaciones de la Gobernación o a las que los integrantes de la Mesa determinen. Frecuencia: Según lo definan los participantes de la mesa en la primera reunión 8. De los temas a tratar y duración de las reuniones: El carácter de las reuniones es técnico y ejecutivo. No deben extenderse más de cuatro (4) horas. Rol de la Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal. 9 Acompañamiento al Presidente y a la Secretaria Técnica de la mesa para la instalación y puesta en marcha de la mesa. DAICMA -AIV Facilitar la articulación de la mesa con los Comités de Justicia transicional, los Comités AICMA y la CINAMAP-Sub Comité AIV. DAICMA GT DAICMA AIV Suministrar asistencia técnica y capacitación en la adecuación e implementación de protocolos de gestión de información así como de las herramientas para el seguimiento y el monitoreo del acceso a la ruta de asistencia. DAICMA G.I DAICMA AIV Delegación de una persona para asistir a las sesiones de la mesa técnica de seguimiento y monitoreo. DAICMA -AIV La asesora del DAICMA encargada del Departamento instala, conforma y pone en marcha conjuntamente con los niveles gubernamental y no gubernamental las Mesas de Seguimiento y Monitoreo. Una vez la mesa entre en funcionamiento, será acompañada en sus sesiones por la profesional encargada del Departamento. No obstante, la Asesora encargada del Departamento hará visitas de apoyo una vez cada tres reuniones. 8 Durante la etapa de conformación, instalación y puesta en marcha se sugieren reuniones mensuales. Posteriormente, de manera bimensual o trimestral, según la dinámica de las Mesas. 9 Intervienen los siguientes componentes: AIV: Asistencia Integral a Víctimas. GT: Gestion Territorial y G.I.: Gestión de Información. 11

12 Rol de las instituciones Las instituciones darán a conocer y compartirán las acciones adelantadas con cada una de las víctimas de MAP, MUSE o AEI para dar cumplimiento a las medidas de Ayuda Humanitaria, Atención, Asistencia y Reparación Integral, establecidas en la Ley 1448 de 2011, sus Decretos Reglamentarios y el Decreto 3990 de En el marco de la gestión de información se deben constituir en las fuentes de información las cuales tendrán como rol principal el reporte y análisis de la información. Rol de las Organizaciones nacionales y/o internacionales Dar a conocer la situación de las víctimas de las MAP, MUSE,AEI Dar a conocer los servicios brindados. En el marco de la gestión de información se deben constituir en las fuentes de información las cuales tendrán como rol principal el reporte y análisis de la información. Rol de las Asociación de Víctimas de Minas Antipersonal y/o Víctimas no asociadas Retroalimentar a las instituciones con competencia en la atención, asistencia y reparación integral sobre la prestación de sus servicios. Dar a conocer a las instituciones los requerimientos de las víctimas de MAP, MUSE AEI (demanda) en materia de atención, asistencia y reparación integral (oferta). De los temas a tratar y de los participantes. El carácter de las reuniones es técnico y ejecutivo. No deben extenderse más de cuatro (4) horas. Se analizarán casos particulares de víctimas de MAP, MUSE y AEI, tanto de mayores como de menores de edad. Análisis de los reportes sobre afectación y atención de las víctimas Establecimiento de recomendaciones para las políticas públicas de asistencia y atención a las víctimas Generar insumos para la toma de decisiones, intervenciones y proyectos. 6. MARCO LEGAL Ley 759 de 2002: "Por medio de la cual se dictan normas para dar cumplimiento a la Convención sobre la Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción y se fijan disposiciones con el fin de erradicar en Colombia el uso de las minas antipersonal". Decreto 3990 de 2007: Por el cual se reglamenta la Subcuenta del Seguro de Riesgos Catastróficos y Accidentes del Tránsito del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, se establecen las condiciones de operación del aseguramiento de los riesgos derivados de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito, eventos catastróficos y terroristas, las condiciones generales del seguro de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito, Soat, y se dictan otras disposiciones. 12

13 Ley 1098 de 2007: Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia. Ley 1448 de 2011: Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones. Decreto 4800 de 2011: Por el cual se reglamenta la Ley 1448 de 2011 y se dictan otras disposiciones. Decreto 4633 de 2011: Por el cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de derechos territoriales a las víctimas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas. Decreto Ley 4635 de 2011: "Por el cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de tierras a las víctimas pertenecientes a comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras". Decreto 1649 de 2014: Por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y en particular el Artículo 27. En el cual se definen las funciones de la Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal (DAICMA). 6. REQUISITOS TÉCNICOS CONPES 3567 (Política Nacional de Acción contra Minas Antipersonal ): Marco de política para la ejecución de la Acción Integral contra Minas Antipersonal (AICMA) en el periodo , que plantea las líneas de acción establecidas en la Política Nacional de Acción contra Minas Antipersonal G-DE-01 Guía para la elaboración y control de documentos del SIGEPRE 7. DOCUMENTOS ASOCIADOS P-AP-08 Seguimiento y Monitoreo a Víctimas de Minas Antipersonal 8. RESPONSABLE DEL DOCUMENTO Director de la Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal. Asesores del grupo de Asistencia a víctimas de la Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal. 13

14 9. ANEXOS ANEXO # 1 Mapa de Servicios y Actores de la Ruta de Ayuda Humanitaria, Atención, Asistencia Y Reparación Integral de Las Víctimas de MAP, MUSE, AEI ETAPA I ATENCIÓN PREHOSPITALARIA ETAPA II ATENCIÓN DE URGENCIAS Y HOSPITALARIA ETAPAS DE LA RUTA SERVICIOS SI LA PERSONA SOBREVIVE ACTORES Rescate Comunidad Enlace con la Comunidad Ejercito Secretaria de Salud Municipal Primeros auxilios Comunidad Rescate, Primeros Enlace con la Comunidad Auxilios y Evacuación Ejercito Ayudas Humanitarias e indemnizaciones Atención de Urgencias Transporte de Emergencia Ayuda Humanitaria por Transporte de emergencia Ayuda humanitaria Hasta dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes, en casos de heridas leves que otorguen una incapacidad mínima de treinta (30) días Indemnización por gastos de transporte y movilización de las víctimas al centro asistencial. Ayuda Humanitaria: Atención inmediata y gratuita médica y psicológica de emergencia Valoración auditiva Valoración Visual Valoración neurológica Ayuda Humanitaria para el acompañante : Transporte, Alojamiento, Alimentación y Kit de Aseo para el acompañante Servicios de Asistencia en Salud : Médica, quirúrgica y hospitalaria: Secretaria de Salud Municipal Comunidad Enlace con la Comunidad Ejercito Secretaria de Salud Municipal Secretaria de Gobierno Municipal FOSYGA ESE-IPS con cobro a la EPS si está afiliado ESE-IPS con cobro a la EPS- S si está afiliado ESE-IPS cobro Secretaria Salud Departamental sino está afiliado ESE-IPS cobro Secretaria Salud Municipal sino está afiliado Secretaria de Gobierno Municipal EPS EPS-S CICR Cruz Roja Colombiana Pastoral Social CCCM 14

15 ETAPAS DE LA RUTA SERVICIOS SI LA PERSONA SOBREVIVE ACTORES Material médico quirúrgico ESE-IPS con cobro a la EPS si está afiliado Osteosíntesis ESE-IPS con cobro a la EPS- S si está afiliado Prótesis. ESE-IPS cobro Secretaria Salud Departamental sino está afiliado Atención Médica, Quirúrgica y Medicamentos. ESE-IPS cobro Secretaria Salud Municipal sino está afiliado Hospitalaria Honorarios médicos. EPS con cobro al FOSYGA si Afiliación, Registro, Acreditación y Orientación Indemnización Servicios de apoyo: Bancos de sangre Laboratorios imagines diagnósticas Transporte Afiliación a la Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado de las Víctimas Incluidas en el Registro Único de Víctimas RUV - y sin capacidad de pago Recepción de Declaración para Registro Único de Víctimas Inclusión en Registro Único de Víctimas RUV Notificación de la Inclusión o no en el RUV Certificación de la ocurrencia de los hechos para trámites ante el FOSYGA Elaboración del FURCEN y remisión al FOSYGA Información, orientación y acompañamiento jurídico y psicosocial a la víctima, con miras a facilitar el acceso y cualificar el ejercicio de los derechos a la verdad, justicia y reparación. indemnización administrativa por lesiones que no ocasionan incapacidad permanente Capacitación voluntaria en manejo de recursos recibidos a título de indemnización Administrativa no está incluido en el POS EPS-S con cargo al la Secretaria de Salud Departamental si no está en el POS - S Secretaria de Salud Municipal ó Dirección local de salud Secretaria de Salud Municipal Personería Defensoría Procuraduría Alcalde Personero Defensoría Procuraduría Policía Dirección Gral. Unidad Adm. Especial DD HH Min Interior Personero 15

16 ETAPA III REHABILITACIÓN MÉDICA BÁSICA, FÍSICA Y PSICOLÓGICA ETAPAS DE LA RUTA SERVICIOS SI LA PERSONA SOBREVIVE ACTORES Erradicadores y otros trabajadores Indemnización ARL Incapacidad temporal Niños, Niñas y Adolescentes : ICBF Apertura de expediente, para garantizar acceso a derechos Acceso a Indemnización cuando sean mayores de edad Rehabilitación funcional: ESE-IPS con cobro a la EPS Prótesis ESE-IPS con cobro a la EPS- S Rehabilitación Indemnización Ortesis Ayudas técnicas Atención psicológica : Transporte para la víctima Transporte para el acompañante, si se requiere Atención Psicosocial : Construcción del plan de Atención Psicosocial con la participación activa de la víctima Atención psicosocial individual Atención psicosocial familiar Atención psicosocial comunitaria Niños, Niñas y Adolescentes Hogar Gestor: Auxilio Económico para transporte a citas médicas Auxilio Económico para educación Atención psicológica Medidas Adicionales Indemnización Administrativa por incapacidad permanente Niños, Niñas y Adolescentes : Acceso a Indemnización cuando sean mayores de edad Capacitación voluntaria en manejo de recursos recibidos a título de indemnización Administrativa Indemnización por incapacidad permanente Calificación de la pérdida de capacidad Laboral y Ocupacional Erradicadores y otros trabajadores: Incapacidad permanente parcial Pensión de Invalidez ESE-IPS con cobro a la EPS ESE-IPS con cobro a la EPS- S EPS EPS-S CICR Cruz Roja Colombiana Pastoral Social CCCM Secretaria de Salud Departamental : Equipos PAPSIVI ICBF FOSYGA Junta de Calificación de Invalidez Medicina Legal Junta de médicos ARL 16

17 ETAPA IV ATENCIÓN MÉDICA Y PSICOLÓGICA CONTINUADA ETAPAS DE LA RUTA SERVICIOS SI LA PERSONA SOBREVIVE ACTORES Servicios de asistencia en salud por hechos sobrevinientes relacionados con el accidente por MAP, MUSE O AEI : Atención hospitalaria y/o quirúrgica :Cirugía plástica, ESE-IPS con cobro a la EPS cirugías vasculares, traumatología, entre otras. si esta afiliado Controles en relación con la afectación del hecho ESE-IPS con cobro a la EPSvictimizante: S si esta afiliado Valoración auditiva EPS con cobro al FOSYGA si no esta incluido en el POS Valoración visual EPS-S con cargo al la Secretaria de Salud Departamental si no está en el POS - S ETAPA V INCLUSIÓN SOCIAL Atención Médica continuada Atención Psicológica continuada Inclusión Escolar Valoración neurológica Prótesis, Ortesis Ayudas técnicas : Mantenimiento Cambio Traslado, alojamiento y alimentación para la víctima Traslado, alojamiento y alimentación para el acompañante, si se requiere. Niños, Niñas y Adolescentes Hogar Gestor: Atención psicológica Auxilio Económico para transporte a citas médicas de rehabilitación Auxilio Económico para educación Atención Psicológica continuada Traslado, alojamiento y alimentación para la víctima Traslado, alojamiento y alimentación para el acompañante, si se requiere. Educación preescolar, básica, media: Educación preescolar gratuita con enfoque diferencial y desde una mirada de inclusión social y con perspectiva de derechos. ESE-IPS con recobro a la EPS ESE-IPS con recobro a la EPS-S ESE-IPS con recobro a la EPS-S EPS EPS-S CICR Cruz Roja Colombiana Pastoral Social CCCM ICBF ESE-IPS con recobro a la EPS ESE-IPS con recobro a la EPS-S EPS EPS-S CICR Cruz Roja Colombiana Pastoral Social CCCM Instituciones oficiales de educación preescolar 17

18 ETAPAS DE LA RUTA SERVICIOS SI LA PERSONA SOBREVIVE ACTORES Educación básica gratuita con enfoque diferencial y desde una mirada de inclusión social y con perspectiva de derechos. Instituciones oficiales de educación básica Educación media gratuita con enfoque diferencial y desde una mirada de inclusión social y con perspectiva de derechos. Entrega de útiles escolares Entrega de transporte Entrega de uniformes Hogar Gestor: Auxilio económico para educación. Programa nacional de alfabetización: Ciclos 1 al 6 de los modelos flexibles para personas mayores de 15 años. Ciclos 1 al 6 de los modelos flexibles para adultos iletrados. Educación superior : Trato preferencial Procesos de selección, admisión y matrícula e incentivos para víctimas mujeres cabeza de familia Trato preferencial Procesos de selección, admisión y matrícula e incentivos para víctimas adolescentes Trato preferencial Procesos de selección, admisión y matrícula e incentivos para víctimas en condición de discapacidad Instituciones oficiales de educación media Secretaría de educación departamental Secretaría de educación departamental Secretaría de educación departamental ICBF Secretarías de educación certificadas Secretarías de educación certificadas Instituciones de educación superior Trato preferencial en las líneas y modalidades especiales de crédito educativo Trato preferencial en subsidios financiados por la nación Formación y capacitación, articulado a los programas de empleo urbano y rural: ICETEX ICETEX SENA 5.1 Inclusión económica Rutas de atención y orientación con enfoque diferencial para la identificación de los intereses, capacidades, habilidades y aptitudes Formación Titulada Formación complementaria Apoyo para el emprendimiento Fortalecimiento de un proyecto productivo Plan de acompañamiento para la inversión de la indemnización 18

19 ETAPAS DE LA RUTA SERVICIOS SI LA PERSONA SOBREVIVE ACTORES Mesa de Participación de Víctimas Personería Defensoría Inclusión Social Afiliación a Asociación de víctimas Asociación de víctimas Ejército Exoneración de la prestación del servicio militar obligatorio Policía La persona muere en el lugar del accidente : SJIN Levantamiento del Cadáver Comunidad: Consejos Comunitarios Juntas de Acción comunal La persona muere en el transporte a la IPS SJIN La persona muere en la IPS LA PERSONA NO SOBREVIVE Recepción Declaración muerte de la victima Recepción de Declaración para Registro Único de Víctimas Inclusión en Registro Único de Víctimas RUV Notificación de la Inclusión o no en el RUV Indemnización Administrativa por Muerte ó Indemnización por Muerte Capacitación voluntaria en manejo de recursos recibidos a título de indemnización. Administrativa Asistencia Funeraria ó Indemnización por Gastos Funerarios Erradicadores y otros trabajadores Indemnización por Gastos Funerarios Amparo por muerte Seguro de Vida solo para trabajadores erradicadores Pensión por muerte para trabajadores erradicadores y otros Registraduría Personería Defensoría Procuraduría FOSYGA ARL para trabajadores erradicadores Secretaria de Gobierno Municipal Pastoral Social FOSYGA ARL para trabajadores erradicadores y otros. Aseguradora para trabajadores erradicadores y otros Programa contra Cultivos Ilícitos - PCI Fondo de Pensiones, trabajadores erradicadores 19

20 ANEXO # 2 Paralelo Entre La Ley 1448 De 2011 y La Ruta de Ayuda Humanitaria, Atencion, Asistencia y Reparación Integral MEDIDA LEY 1448 DE 2011 CONTENIDO RUTAS DE ATENCION INTEGRAL ETAPAS AYUDA HUMANITARIA ATENCION Las víctimas de que trata el artículo 3o de la presente ley, recibirán ayuda humanitaria de acuerdo a las necesidades inmediatas que guarden relación directa con el hecho victimizante, con el objetivo de socorrer, asistir, proteger y atender sus necesidades de alimentación, aseo personal, manejo de abastecimientos, utensilios de cocina, atención médica y psicológica de emergencia, transporte de emergencia y alojamiento transitorio en condiciones dignas, y con enfoque diferencial, en el momento de la violación de los derechos o en el momento en el que las autoridades tengan conocimiento de la misma. Las víctimas de los delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, recibirán asistencia médica y psicológica especializada de emergencia. Artículo 47. Entiéndase por atención, la acción de dar información, orientación y acompañamiento jurídico y psicosocial a la víctima, con miras a facilitar el acceso y cualificar el ejercicio de los derechos a la verdad, justicia y reparación. Articulo 49 ASISTENCIA Se entiende por asistencia a las víctimas el conjunto integrado de medidas, programas y recursos de orden político, económico, social, fiscal, entre otros, a cargo del Estado, orientado a 1) restablecer la vigencia efectiva de los derechos de las víctimas, 2) brindarles Asistencia funeraria. Articulo 50 Medidas en materia de Educación Articulo 51. Medidas en materia de Salud.(cobertura, la afiliación, subsidio, Plan Obligatorio de Salud) Articulo 52 Atención en emergencia de salud. Articulo 53 ETAPA II ATENCION DE URGENCAS ETAPA II ATENCION DE URGENCIAS ETAPA III REHABLILTACION MEDICA BASICA, FISICA Y PSICOLOGICA ETAPA IV ATENCION MEDICA Y PSICOLOGICA CONTINUADA ETAPA V INCLUSION SOCIAL ESCOLAR ECONOMICA ETAPA I PREHOSPITALARIA ETAPAV INCLUSION SOCIAL, ESCOLAR Y ECONOMICA ETAPA II ATENCION DE URGENCIAS ETAPA III REHABLILTACION MEDICA BASICA, FISICA Y PSICOLOGICA ETAPA IV ATENCION MEDICA Y PSICOLOGICA CONTINUADA ETAPA II ATENCION DE URGENCIAS ETAPAII ATENCION HOSPITALARIA 20

21 REPARACION condiciones para llevar una vida digna y garantizar su incorporación a la vida social, económica y política. Artículo 4) Las víctimas de que trata esta ley, tienen derecho a obtener las medidas de reparación que propendan por la restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición en sus dimensiones individual, colectiva, material, moral y simbólica. Cada una de estas medidas será implementada a favor de la víctima dependiendo de la vulneración en sus derechos y las características del hecho victimizante. Articulo 69 Servicios de Asistencia en Salud. ( médica, quirúrgica y hospitalaria ) Articulo 54 Restitución de: Tierras Artículos 72 al 122, Vivienda Artículos del 123 al 127. Créditos y pasivos: Articulo.128 Formación, Generación de Empleo y Carrera Administrativa. Articulo 130 y 131. Indemnización Administrativa: Artículos132 a 134 Medidas de Rehabilitación: Rehabilitación Artículos 135 y 136. Atención Psicosocial :Artículos 137 y 138 Medidas de Satisfacción: Artículos del 139 al 148. Exoneración del servicio militar 140 Prevención, protección, Garantías de no repetición. Artículo 149, Literal F. Otras medias de Reparación: Colectiva Artículos 151 y 152 ETAPA V INCLUSION SOCIAL ESCOLAR ECONOMICA ETAPA IV ATENCION MEDICA Y PSICOLOGICA CONTINUADA ETAPA IV ATENCION MEDICA Y PSICOLOGICA CONTINUADA ETAPA IV ATENCION MEDICA Y PSICOLOGICA CONTINUADA ETAPA V INCLUSION SOCIAL ESCOLAR ECONOMICA ETAPA III REHABLILTACION MEDICA BASICA, FISICA Y PSICOLOGICA ETAPA IV ATENCION MEDICA Y PSICOLOGICA CONTINUADA 21

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