Reglamento de Evaluación y Promoción 2018

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1 EDUCACIÓN PARVULARIA I.- INTRODUCCIÓN. El desarrollo curricular se lleva a cabo a través de los procesos de planificación, implementación y evaluación. Esto implica que debe haber una estrecha interrelación y coherencia entre estos dos procesos. La evaluación, se concibe como un proceso permanente y sistemático, mediante el cual se obtiene y analiza información relevante sobre todo el proceso de enseñanza, aprendizaje, para formular un juicio valórico que permita tomar decisiones adecuadas que retroalimenten y mejoren el proceso educativo. La evaluación como proceso permanente, significa que debe estar presente durante todo el desarrollo curricular a través de la evaluación diagnostica, formativa y acumulativa y en los distintos componentes del proceso de enseñanza: planificación, comunidad educativa, espacios educativos, organización del tiempo, metodologías del tiempo. II.- TIPOS DE EVALUACIÓN. Evaluación diagnostica: Este tipo de evaluación se realiza al comienzo del proceso respecto a todas las líneas de acción que involucra el proyecto educativo (trabajo con el equipo, familia y comunidad). En lo que comprende a los niños, debe proporcionar la información más completa posible sobre el crecimiento, desarrollo, capacidades, necesidades y fortalezas de ellos en relación a los aprendizajes esperados, los cuales son seleccionados de los ámbitos y núcleos de las bases curriculares de la educación parvularia. La información pesquisada en la evaluación diagnóstica es relevante para la planificación educativa en general, posibilitando ajustar o modificarla a la realidad del grupo. Evaluación formativa o de proceso: Este tipo de evaluación se realiza de manera continua a lo largo de toda la practica pedagógica, aportando nuevos antecedentes en relación a los aprendizajes de los niños y respecto del cómo se realiza el trabajo educativo en las distintas situaciones de enseñanza aprendizaje para ajustar o cambiar la acción educativa. La evaluación formativa de los niños se puede realizar a partir de a información cualitativa obtenida a través de registros de evaluación (cualquiera sea su formato), así como también a partir de indicadores que pueden elaborar los propias educadoras respecto a los aprendizajes esperados que se han favorecidos. Evaluación sumativa o final: En este tipo de evaluación se realiza al culminar un ciclo tiene por finalidad determinar el grado que los niños y niñas han alcanzado los aprendizajes esperados en tres ámbitos de experiencia para el aprendizaje. Debe ofrecer información que permita retroalimentar y evaluar la planificación, metodología, los materiales, el espacio educativo, la organización de la comunidad educativa. Selección de indicadores relevantes para evaluar los aprendizajes En la evaluación de los

2 aprendizajes de los niños, la información cualitativa es sin duda la que aporta mayor claridad respecto a que cuando y como se han aprendido este enfoque implica la aplicación de una serie de instrumentos y técnicas centradas en la observación individual o grupal de los niños y que pueden ser mas estructurados. Los que se consideran más abiertos, tales como los registros anecdóticos individuales o grupales, dan cuenta descriptivamente de las respuestas de los niños a un determinado aprendizaje. Igualmente la escala de apreciación, calificación o de evaluación, que gradúan las posibles respuestas de los niños, permiten discriminar diferencias más cualitativas en el logro de los aprendizajes de cada uno de ellos. Las listas de cotejo o de control, que posibilitan aprendizajes de muchos niños trabajando en forma simultánea si bien proporcionan información respecto al proceso de aprendizaje permiten evaluar algunos aprendizajes esperados cuyos logros se aprecian en indicadores cuantitativos. En el proceso de evaluación se puede complementar la información obtenida, es considerar las muestras de trabajo de los niños, dibujos, creaciones, tridimensionales, formato de sus propias planificaciones, filmaciones y grabaciones de sus actividades. III.- TECNICAS E INSTRUMENTOS EVALUATIVOS. Registro anecdótico: Es el instrumento para el registro de las observaciones que incidentalmente puede hacer el educador. En este registro se anotan los hechos significativos protagonizados por los niños relatándolos tal como sucedieron y ubicando la acción en el lugar o momento correspondiente. La descripción de las circunstancias en que ocurrió el hecho reviste especial importancia, ya que de la misma pueden surgir elementos para la educación de la conducta del niño que lo protagonizo de tanto o mayor interés que el hecho mismo. Lista de cotejo o control: Este instrumento está conformado por un listado de temas que describen aspectos específicos de la conducta del niño, al realizar una tarea o actividad. El educador solo debe limitarse a anotar con un sí o un no, la presencia o ausencia de la conducta frente al ítem correspondiente. La lista de cotejo o control, supone un trabajo previo a la observación, que constituye el seleccionar las conductas significativas en relación con el aspecto que se desea evaluar. Escala de apreciación: Se aplica una técnica similar a la lista de cotejo, agregando a la derecha del listado de conductas conceptos que representan la frecuencia, intensidad o calidad con que estas se presenten. Los conceptos usados son: frecuentemente, rara vez, nunca, totalmente logrado, parcialmente logrado, muy bueno, regular.

3 Pruebas objetivas: Este instrumento, aunque con carácter restringido, que el que tienen en otros niveles del sistema educacional, es una forma de evaluación en el área cognitiva y psicomotriz. Las pruebas pueden ser verbales, gráficas, o de ejecución. 1. Verbales: son aquellas en que se enfrenta al niño con una situación a la que debe responder en forma oral. 2. Gráficas: son aquellas que comprenden símbolos o dibujos que el niño debe identificar, asociar o reproducir, según lo que se desea evaluar. 3. Ejecución: son aquellas en la que el niño debe responder en forma práctica ya sea realizando una tarea, actividad corporal o manual. Informe al hogar: Es un instrumento técnico que permite entregar la información del progreso alcanzado por el párvulo durante el año activo. Se entrega dos veces al año, este instrumento permite que la educadora aporte al hogar y al profesor de enseñanza básica una información de los aprendizajes adquiridos por el niño en el segundo nivel de transición. Al aplicarse todos estos procedimientos en función de los aprendizajes esperados, debe integrarse la información obtenida con el fin de emitir el juicio valórico que permita tener una visión de conjunto y secuencia en el tiempo, que propicie el apreciar la evolución del niño o niña durante su permanencia en la educación parvularia. EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA I.- INTRODUCCIÓN a. Que los establecimientos educacionales están facultados para elaborar su Reglamento de Evaluación acorde con su PEI y con las características y necesidades de sus estudiantes; b. Las disposiciones contenidas en él: Decreto 511 de 1997 (para 1 a 8 Año de Educación Básica). Decreto 112 de 1999 (para I y II Año de Educación Media). Decreto 83 de 2001 (para IIIº y IVº Año de Educación Media). Decreto exento 158 de 1999 que modifica los Decretos Supremos de Educación n 511 de 1997 y n 112 de Decreto exento 107 de 2003 que modifica artículo 10 del Decreto Supremo n 511. Decreto exento 157 de 2000 que complementa Decretos 511 de 1997 y 112 de 1999 sobre Evaluación y Promoción Escolar. c. Que el propósito general del Reglamento de Evaluación es contribuir a elevar los estándares de calidad y excelencia de la educación impartida en el Colegio la Virgen de Pompeya de acuerdo a la misión, visión y PME del establecimiento.

4 El colegio acuerda las siguientes disposiciones sobre evaluación, calificación y promoción de los y las estudiantes de enseñanza Básica y Media. II.- DISPOSICIONES GENERALES. El presente reglamento de Evaluación se aplicará desde Primero Básico a Cuarto Año Medio, de acuerdo a los Planes y Programas aprobados por el MINEDUC. El proceso educativo se organizará en dos semestres. Las fechas de inicio y término de cada periodo se regirán por el calendario anual de MINEDUC y serán debidamente informadas tanto a Alumnos como a los Apoderados al inicio del año escolar. Los estudiantes serán evaluados en todas las asignaturas, no obstante se podrá autorizar la eximición de un estudiante en una de las siguientes asignaturas: Inglés, Educación Física y las áreas artísticas cuando éste se encuentre imposibilitado para cursarla (por dificultades de aprendizaje o problemas de salud debidamente fundamentados). Tal situación será determinada por un equipo formado por el Director, UTP, Coordinador de Integración, Profesor Jefe y Profesor de Asignatura con los antecedentes que se estimen pertinentes. El apoderado personalmente deberá entregar a la coordinación académica respectiva, los antecedentes correspondientes; tales como certificados médicos actualizados emitidos por un especialista relacionado con el área donde se presenta la dificultad que amerita la eximición. El plazo de entrega de la documentación es de 30 días corridos desde el ingreso del estudiante al colegio. Los antecedentes para solicitar la eximición deben presentarse cada año escolar en que esta se aplique, los estudiantes en esta situación deberán participar de las actividades lectivas propias de la asignatura (con la excepción de religión), aunque no serán calificados por ellas. Los estudiantes de IIIº y IVº medio incorporan a su plan general de estudio un plan diferenciado en tres áreas: Humanista, Científica y Matemática. Los cambios de un plan a otro se podrán efectuar dentro la primera semana de marzo, previa autorización de UTP. Las calificaciones obtenidas en ese período se traspasarán a las nuevas asignaturas.

5 III.- DE LAS EVALUACIONES. A la luz de los decretos de evaluación vigentes sobre la base de la responsabilidad pedagógica que nos compete como Colegio, la evaluación debe ser un proceso permanente y sistemático. Los estudiantes están obligados a asistir a la totalidad de las clases establecidas en horario normal y en horario extraordinario cuando se requiera, así como a todas y cada una de las instancias evaluativas calendarizadas durante el año escolar. Durante el proceso, se emplearán diversos tipos de evaluación: Diagnóstica, Formativa y Sumativa. Para evaluar se podrán utilizar distintos procedimientos, tales como pruebas escritas, interrogaciones orales, informes escritos, exposiciones, portafolios, maquetas, entre otros. El proceso evaluativo podrá contemplar la Autoevaluación, Coevaluación y Heteroevaluación. La evaluación se traducirá en una calificación (nota o concepto), la cual determinará, junto al requisito de asistencia y la promoción de los/as estudiantes. Los estudiantes deberán ser informados antes, con un mínimo de cinco días hábiles sobre los contenidos, tipo de evaluación que se utilizará y fecha de aplicación, sin postergación. Sólo en casos fundamentados y acordados entre profesor de asignatura y Jefa de UTP se podrá recalendarizar una evaluación. Los resultados de las evaluaciones serán comunicados a los padres y apoderados en términos de calificaciones. La comunicación de resultados de las evaluaciones se realizará dos veces en cada semestre (un informe parcial y otro semestral) con la entrega del informe correspondiente. Además los padres y apoderados serán informados permanentemente del avance educacional de sus hijos a través de las entrevistas de apoderados con profesores jefes, al menos una vez por semestre, o con profesores de asignatura según lo requiera el caso. Los Objetivos de Aprendizajes Transversales (O.A.T) y los Objetivos Fundamentales Transversales (O.F.T) serán evaluados a través de conceptos en la asignatura de orientación.

6 1) La Evaluación Diferenciada: es un recurso, temporal o permanente, del cual dispone el establecimiento para evaluar a los estudiantes que presentan dificultades para cursar en forma regular una asignatura o actividad de aprendizaje dispuesto para la totalidad de las asignaturas que imparte el establecimiento, de acuerdo con las necesidades del estudiante, las cuales se establecen según antecedentes procurados por el profesor de asignatura, el profesor jefe y el informe del especialista, que debe especificar y argumentar claramente el trastorno que origina dicha solicitud, como la opinión técnica del tratamiento o acciones a emprender con el estudiante. a) Los estudiantes que pertenecen al Proyecto de Integración (PIE) deberán regirse por el Decreto N 170/2009 y la Ley /2007. b) Los apoderados de los estudiantes que no están dentro del proyecto mencionado previamente y que requieran recibir evaluación diferenciada deberán solicitarla a UTP durante el mes de marzo el primer semestre, presentando certificados emitidos por el profesional tratante (Neurólogo o Psiquiatra,). Este deberá explicitar claramente el diagnóstico y la solicitud de evaluación diferenciada. Además, certificar que ha tenido tratamiento continuo. Las asignaturas en que se aplicará la evaluación diferenciada serán determinadas por UTP, Coordinadora de Nivel, Psicóloga y Coordinadora de Programa de Integración Escolar usando como base el diagnóstico del profesional. 2) Inasistencia a evaluaciones: a) El estudiante que presente licencia médica o cuyo apoderado lo haya justificado (personalmente o vía agenda) el día de la evaluación programada, llamando en primera instancia, y en segunda, llamar por teléfono a más tardar durante la mañana del día de la evaluación, será evaluado en escala numérica de 2,0 a 7,0 una vez que se integre a clases. b) El estudiante que NO cumpla en lo descrito en punto anterior será evaluado en escala numérica de 2,0 a 4,0 una vez que se integre a clases. c) Procedimientos: 1.- Inasistencia a prueba escrita: Primero a cuarto básico: la prueba deberá ser rendida por el estudiante una vez que se incorpora a clases en su sala con el profesor correspondiente. Desde quinto básico a cuarto medio: la prueba deberá ser rendida por el estudiante el día viernes de la semana en que se incorpora a clases, después de clases en biblioteca.

7 2.- Inasistencia a otras formas de evaluación. Primera Instancia: la situación será registrada en la hoja de vida del estudiante y se enviará una comunicación al apoderado informando que el último plazo de entrega será la clase siguiente. Si el estudiante no presenta su agenda escolar se enviará la comunicación en un cuaderno dejando constancia de aquello en la hoja de vida. La calificación máxima a la que puede optar el estudiante es un 6,0. Segunda instancia: si el estudiante nuevamente no presenta la evaluación, el profesor de asignatura citará al apoderado para informar la situación. Se le entregará una fecha de entrega con nota máxima 4,0. Si esta situación se reitera, se evaluará con nota mínima 2,0. En el caso de que el estudiante no presente la evaluación en el plazo acordado debido a licencia médica debe entregarlo apenas se reincorpore a clases en Secretaría Académica. En caso de licencias prolongadas, el profesor jefe informará a UTP de la inasistencia del estudiante quienes en conjunto confeccionarán un calendario de evaluaciones pendientes al momento de incorporarse a clases. El o la estudiante que no se presente a rendir una evaluación programada sin haber justificado su inasistencia, se le citará el apoderado por parte de Secretaría Académica. En esta situación se informará la nueva fecha y escala evaluativa (nota máxima 4,0). Cada profesor o profesora jefe o de asignatura entregará a Secretaría Académica la nómina de los estudiantes que participen en alguna actividad y que les impida rendir una evaluación programada, salvaguardando de este modo, el cumplimiento del proceso escolar, pero favoreciendo la participación del alumnado en actividades de crecimiento personal, social y valórica.

8 IV.- DE LA CALIFICACIÓN 1. Desde 1º Básico a IVº Medio, los resultados de las evaluaciones, expresadas como calificaciones en cada una de las asignaturas, se anotarán en una escala numérica de 2,0 a 7,0, hasta con un decimal, siendo la calificación mínima de aprobación 4,0 (correspondiente al 60% de exigencia). 2. Los estudiantes tendrán derecho a recibir sus calificaciones en un plazo máximo de 10 días hábiles. 3. Los estudiantes y apoderados de Primero a Sexto Básico tendrán derecho a revisar los instrumentos de evaluación dentro de un plazo no superior a 5 días hábiles después de conocida la calificación. En el caso de tener alguna observación, el apoderado deberá enviar una comunicación al profesor de asignatura en la agenda del estudiante. 4. Los estudiantes de 7 Básico a IV Medio tendrán derecho a revisar el instrumento al momento de recibir la calificación y previo al registro de esta en el libro de clases. Los estudiantes obtendrán calificaciones sumativas de proceso y parciales. 5. Las evaluaciones sumativas deberán tener coherencia con los indicadores de evaluación presente en cada una de las unidades. 6. La cantidad mínima de calificaciones en cada una de las asignaturas será de acuerdo al siguiente cuadro: a. Con 1 y 2 horas de clases semanal 2 calificaciones más coef. 2 por semestre b. Con 3 y 4 horas de clases semanal 4 calificaciones más coef. 2 por semestre c. Con 5 y 6 horas de clases semanal 6 calificaciones más coef. 2 por semestre d. Con 7 y 8 horas de clases semanal 8 calificaciones más coef. 2 por semestre 7. En el caso de Taller JEC se evaluara con una calificación parcial que corresponderá al promedio obtenido en el Taller. Y se sumara en la asignatura a que está asociado dicho taller.

9 8. Se podrá calificar la revisión de cuadernos, tareas, carpetas, trabajos, guías de ejercicios y lecturas complementarias con nota acumulativa de proceso que se traducirá en una calificación parcial. 9. La calificación obtenida por los estudiantes en la asignatura de Religión será expresada en conceptos y no incidirá en su promedio final ni en la promoción. 10. El logro de los Objetivos de Aprendizajes Transversales (O.A.T) y los Objetivos Fundamentales Transversales (O.F.T) será registrado en el Informe de Personalidad, el cual será entregado al término de cada semestre a los padres y apoderados junto con el Informe de Calificaciones. - DE LAS CALIFICACIONES DEL SEMESTRE Y DE FIN DE AÑO. Para todos los niveles de enseñanza, las calificaciones finales semestrales de los estudiantes, en cada asignatura de su plan de estudio, con incidencia en su promoción, se obtendrán por la suma de las calificaciones más una prueba coeficiente dos (escrita, oral, trabajos de investigación, etc.), que englobe los contenidos del primer semestre según criterio del docente, y que debe dar a conocer al estudiante con dos semanas de anticipación a la evaluación. A continuación se sumarán todas las calificaciones obtenidas en el semestre por el o la estudiante con un simple promedio matemático, con un decimal y con aproximación a la décima, cuando la centésima sea igual o superior a 5. - ESPECIFICACIONES SITUACIÓN DE CALIFICACIÓN 3.9 ANUAL Sólo, siempre y cuando el estudiante obtenga como promedio anual entre 3,85 y 3,94 y ello incide en su promoción, se le aplicará una prueba escrita con las siguientes características: 1. El estudiante Se presenta al examen con la nota mínima 2,0; la nota obtenida reemplazara su promedio anual en la asignatura siendo la nota máxima a la que puede optar 4,0. Si este es el caso el estudiante aprobara la asignatura. 2. Contemplará los objetivos de aprendizajes o aprendizajes esperados relevantes para un buen desempeño en el nivel siguiente.

10 3. El estudiante rendirá esta prueba una semana después de finalizar el proceso evaluativo del año lectivo. 4. El estudiante rendirá esta prueba bajo supervisión de UTP. 5. Los estudiantes evaluados en forma diferencial que se encuentren en dicha situación, también deberán rendir esta prueba, de acuerdo a lo dispuesto en este reglamento. Características del examen: 1. Puntaje total Ítem de selección única: 15 preguntas con valor de 1 punto cada una. 3. Ítem de desarrollo: 5 preguntas con valor de 3 puntos c/u (total 15 puntos) 4. Cualquier situación no contemplada en los puntos anteriores será Dirección y UTP la instancia resolutiva. EVALUACIÓN EN CASOS ESPECIALES (EMBARAZADAS) 1. Asistir como alumna regular uno de los semestres académicos. 2. Durante ese período, debe cumplir con el Reglamento Institucional y de Evaluación establecido para los alumnos regulares. 3. Recibirá todo el apoyo que establece el Protocolo emanado desde el MINEDUC, el cual establece claramente sus derechos y deberes. 4. La estudiante firmará una carta compromiso, en presencia de su apoderado, en la cual quedará establecido claramente todo lo señalado en los puntos 1, 2 y 3. De esta forma, se cautelará que la estudiante asista al colegio y curse satisfactoriamente su año escolar. SITUACIÓN DE EXCEPCIÓN Si la estudiante presenta un embarazo en medio del año escolar (léase, entre ambos semestres), se llevará esta situación al Consejo de profesores para evaluar el caso en particular y acordar las medidas adecuadas para permitir que la alumna termine su año escolar. V.- DE LA PROMOCIÓN ESCOLAR. Para la promoción de los estudiantes de 1 a 2, de 2 a 3º, de 3 a 4, de 4º a 5º, de 5º a 6º, de 6º a 7º, de 7º a 8º, de 8º básico a Iº medio, de Iº a IIº, de IIº a IIIº, de IIIº a IVº de Enseñanza Media, se considerarán conjuntamente el logro de los objetivos de todas las asignaturas de sus respectivos planes de estudio, que incidan en su promoción y la asistencia a un mínimo de 85% de las clases realizadas. Serán promovidos de curso los estudiantes de 2º a 3º, de 3º a 4º, de 4º a 5º, de 5º a 6º, de 6º a 7º, de 7º a 8º, de 8º a Iº de Enseñanza Media, de Iº a IIº, de IIº a IIIº, de IIIº a IVº de

11 Educación Media, que no aprueben una asignatura, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio mínimo de 4,5, incluido la asignatura reprobada. Serán promovidos de curso los estudiantes de 2º a 3º, de 3º a 4º, de 4º a 5º, de 5º a 6º, de 6º a 7º, de 7º a 8º, de 8º a Iº de Enseñanza Media, de Iº a IIº, de IIº a IIIº, de IIIº a Vº de educación media, que no aprueben dos asignaturas, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio mínimo de 5,0, incluido las asignaturas reprobadas. Sin embargo, y sólo para los estudiantes de IIIº y IVº año medio, si entre las asignaturas reprobadas, se encuentran Lenguaje y Comunicación y/o Matemática, los alumnos serán promovidos sólo si su nivel general de logro corresponde a un promedio mínimo de 5,5, incluyendo las asignaturas reprobadas. No obstante lo señalado en los dos puntos anteriores, la Directora del establecimiento podrá decidir excepcionalmente, previo informe fundado en evidencias del Profesor(a) Jefe del Curso, no promover de 1 a 2 o de 3 a 4 básico a aquellos(as) que presenten un retraso significativo en lectura, escritura y/o matemática en relación a los objetivos de aprendizajes de los programas de estudio y que pueden afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior. Para adoptar la medida anterior, el colegio deberá contar con evidencias de las actividades de reforzamiento realizadas al estudiante y la constancia de haber informado oportunamente a los padres y/o apoderados. En el caso de los alumnos con N.E.E se deberá adjuntar un informe de la Coordinadora del Equipo de Integración Escolar (P.I.E). Por resolución exenta 1856 del 15 de julio de 2016, el promedio anual obtenido en la asignatura de inglés de 1 a 4 Básico incidirá en la promoción de los estudiantes. Respecto de la Asistencia Mínima a Clases. Para ser promovidos de curso, los alumnos deberán asistir a un mínimo de un 85% de las clases realizadas. En casos calificados, el Director del establecimiento (consultado con el Consejo de Profesores) podrá autorizar la promoción de estudiantes con porcentaje menor de la asistencia exigida y cuyos rendimientos académicos garanticen que está capacitado académicamente para el siguiente nivel.

12 La situación final de promoción de los estudiantes, deberá quedar resuelta al término de cada año escolar. Una vez finalizado el proceso, el colegio emitirá un certificado anual de estudios, que indique las asignaturas cursadas, con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente y se mantendrá en las carpetas de cada estudiante hasta su retiro oficial del establecimiento. Este certificado, por ningún motivo, podrá ser retenido por el colegio. VI.- CONSIDERACIONES FINALES. La revisión y adecuación del presente reglamento se efectuará una vez al año en el mes de diciembre con la participación plena del Consejo de Profesores. Las situaciones no previstas en este Reglamento serán resueltas por la Dirección del establecimiento la que consultará y se asesorará para una decisión por UTP, profesores de asignatura, profesores jefes, departamentos de asignatura y/o ciclos, departamento de formación y/u orientación, coordinadora PIE, consejo general de profesores, según sea la situación. Si el caso lo amerita, será el Departamento Provincial Oriente de Educación la que defina la situación planteada.

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