Informe Observaciones recibidas desde la comunidad entre el 02 y 16 de diciembre de 2016

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PROYECTO DE MODIFICACIÓN AL PRCS AJUSTE DE TEXTO DE LA ORDENANZA LOCAL Y ASIGNACIÓN DE NORMAS URBANÍSTICAS A PREDIO MUNICIPAL Informe Observaciones recibidas desde la comunidad entre el 02 y 16 de diciembre de 2016 SUB DIRECCIÓN ASESORÍA URBANA

Ajuste del texto de la Ordenanza Local y asignación de normas urbanísticas a predio municipal Periodo de observaciones: 02 al 16 de diciembre de 2016 Presentaciones recibidas: 7 presentaciones, varias de las que incluyen más de una presentación. Observaciones que constituyen a impugnaciones a la propuesta (OGUC 2.1.11): 8 observaciones Observaciones que no constituyen impugnaciones a la propuesta: 5 observaciones

Ajuste del texto de la Ordenanza Local y asignación de normas urbanísticas a predio municipal Observaciones que constituyen impugnaciones a la propuesta, según lo establecido por la OGUC artículo 2.1.11

Sr. Francisco Cañas López ONG El Barrio que Queremos Observación 1 La organización manifiesta su preocupación por la eliminación de la altura máxima en construcciones retranqueadas, es decir construcciones que se realicen distanciadas de la línea oficial. Ello debido a todos los problemas que esto podría acarrear para los barrios. La propuesta no contempla la eliminación o modificación de alturas máximas en ningún sector de la comuna. Dentro de la temática de alturas se realizan las siguientes modificaciones, las que en ningún caso corresponden a aumentos o liberaciones de altura máximas de edificación: 1. La eliminación de altura mínima como exigencia, debido a que no es a una norma urbanística. 2. Se incorpora precisión sobre la altura máxima en vías con ancho inferior a 14m y además que sólo en la Zona A (excluidas ZT, ZCH y SE) se permitirá sobrepasar dicha altura máxima siempre y cuando se haga a través de piso retirado el que además deberá distanciarse de la línea oficial8myno5mcomoseñalalanormaactual.

Sr. Francisco Cañas López ONG El Barrio que Queremos Observación 2 La organización manifiesta su desacuerdo con la eliminación de la norma que impide que se puedan construir galpones enfrentando la calle. Debido a que a este tipo de construcciones se asocian actividades productivas y de almacenaje. La Seremi Minvu mediante Ord. 5955 de 2015 ha instruido a la Asesoría Urbana de la IMS eliminar esta exigencia debido a que no corresponde a una norma urbanística. La prohibición de la construcción de galpones enfrentando la calle se debe realizar a través de Planos de Detalle similares a los antiguos Planos Seccionales cuya elaboración ya se inició en una primera etapa en las Zonas de Conservación Histórica E8 y D10 y se ampliarán al resto del territorio comunal. En lo referido a la posibilidad de que se instalen actividades de bodegaje o almacenamiento se informa que ésta sólo se permite en los Sectores Especiales E2, E6 y E9, los que se caracterizan por una escasa presencia residencial.

Comité de Adelanto Villalobos Arteaga Observación 3 El comité se opone a la prohibición de estacionamientos comerciales no edificados (playas de estacionamiento), argumentando que para los residentes prestan un servicio muy necesario al permitirles dejar en las noches sus autos a resguardo. En la normativa vigente el uso de playa de estacionamiento se mantiene como uso permitido sólo en los Sectores Especiales E2, E3, E4, E5, E6, D6 y D8. La actual propuesta solo incorpora la prohibición de playas de estacionamiento en los Sectores Especiales E6 y E2, en los que el uso residencial posee una presencia minoritaria y nula. La prohibición se realiza debido al impacto en la imagen urbana y en la ruptura de la morfología características de los barrios.

Comité de Adelanto Villalobos Arteaga Observación 4 El comité se opone a la desafectación de la categoría de Inmueble de Conservación Histórica (ICH), especialmente se refiere al ICH 1143 ubicado en San Francisco 1778 Existen Inmuebles de Conservación Histórica que contaron con permiso de demolición anterior a la entrada en vigencia de la declaratoria de protección. En el caso del ICH 1143 fue ingresado un permiso de obra nueva y demolición parcial el 12 de abril de 2010ysudeclaratoriaentróenvigenciael14deenerode2014.

Sr. Fluvio Cartoni y otros Observación 5 Presentan observación a las densidades propuestas para los Sectores Especiales E3, E4 y E5, las cuales no se ajustan a la realidad urbana y de mercado existente en la comuna. Además argumentan que las densidades vigentes en estos sectores fueron incorporadas de manera errónea dado que en el año 2014 estos sectores especiales no formaban parte del territorio comunal en estudio. Por ultimo solicitan volver a la situación anterior al año 2014, es decir cuando esos sectores especiales no tenían densidad máxima de población o en su defecto se defina una norma de 5.100 hab por hectárea, esto según el análisis de mercado desarrollado por ellos.

Sr. Fluvio Cartoni y otros Los Sectores Especiales E3, E4 y E5, fueron definidos en el año 2003. En dicha modificación se estableció altura máxima y coeficiente de constructibilidad, con el objetivo de disminuir el volumen máximo construible que permitía la norma vigente a esa fecha. En el año 2014, a través de la modificación al PRCS aprobada para el Sector Matta Sur, le fue asignada densidad de población a la Zona E del PRCS, quedando los Sectores Especiales E3, E4 y E5, con la misma densidad normada para la Zona E, situada al surdeav.matta. Considerando que estos Sectores Especiales no estaban incluidos en el análisis realizado por la modificación realizada el 2014, en la presente modificación se les debe asignar densidad acorde con sus normas urbanísticas.

Sr. Fluvio Cartoni y otros Parámetros Utilizados 1. Definición del tamaño mínimo de unidad residencial: 55m2. (Basados en indicador SUBDERE y el Decreto Supremo 49 el Subsidio para densificación en altura) 2. Estimación de la superficie de espacios comunes: 20%del total de superficie construida. (Según revisión de 120 permisos de edificación en toda la comuna.) 3. Definición de ocupantes por viviendas: 4 personas (Según artículo 1.1.2 de OGUC) Condición de edificación SE E3 SE E4 SE E5 Altura máxima 20 (8 pisos + rasante) 35 (14 pisos) 18 (7 pisos + rasante) coeficiente viv 3,84 4,23 3,07 Sistema de agrupamiento Aislado, Pareado, Aislado, Pareado, Aislado, Pareado, continuo continuo continuo Ocupación de suelo 0,7 0,7 0,7 Superficie predio tipo há 0,25 0,25 0,25 Superficie construida 9.600 10.575 7.675 Super vivienda neta 7.680 8.460 6.140 Superficies áreas comunes 1.920 2.115 1.535 Nº vivi 140 154 112 Sup. unidad residencial 55 55 55 Personas por vivienda 4 4 4 Densidad_normada 2.230 2.460 1.800 Edificio Novo Portugal 574 Densidad Neta (Hab/há) 5.483 Se reconoce la necesidad de que exista una oferta de unidades de superficie bajo 40m2 dirigida a personas solas o de recursos más limitados, pero se debe evitar la dominancia excesiva de este tipo de programas, los cuales a largo plazo son convertidos en arriendos por hora o en bodegas. Según esta Asesoría Urbana es necesario que las unidades residenciales que se oferten amplíen su superficie útil y con ello permitan ser ocupados por un universo de residentes con una mayor diversidad etárea propicios para ser ocupados no sólo con un uso residencial contingente sino por familias que residan y puedan proyectar su permanencia en la comuna.

Sr. Teófilo Martínez Observación 6 Solicita postergar por un año las modificaciones al Plan Regulador, a fin de que las nuevas autoridades puedan interiorizarse de los cambios propuestos. Señala además que el actual proyecto de modificación al PRCS atenta contra lo firmado en noviembre de 2016 COP 21 por la anterior alcaldesa, en favor del cambio climático, debido a que la propuesta considera la liberación de las alturas máximas en algunos sectores de la comuna. La propuesta no contempla la eliminación o modificación de alturas máximas en ningún sector de la comuna. Dentro de la temática de alturas se realizan las siguientes modificaciones, las que en ningún caso corresponden a aumentos o liberaciones de altura máximas de edificación: 1. La eliminación de altura mínima como exigencia, debido a que no es a una norma urbanística. 2. Se incorpora precisión sobre la altura máxima en vías con ancho inferior a 14m y además que sólo en la Zona A (excluidas ZT, ZCH y SE) se permitirá sobrepasar dicha altura máximasiempreycuandosehagaatravésdepisoretiradoel que además deberá distanciarse de la línea oficial 8m o no 5m como señala la norma actual.

Sra. María Blender Observación 7 Solicita realizar correcciones a la ficha del Inmueble de Conservación Histórica 283, ubicado en Santo Domingo 2403 al 2457, argumentando que el conjunto involucra propiedades de distintos estilos arquitectónicos y en diferentes estados de conservación, solicita se divida el conjunto generando dos inmuebles distintos Dado que la observación se enmarca en la temática de actualización de los inmuebles de conservación histórica, abordada en la presente modificación al PRCS, es factible realizar la división en dos Inmuebles de Conservación, al mismo tiempo que se adoptará el nuevo formato indicado por la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

Ajuste del texto de la Ordenanza Local y asignación de normas urbanísticas a predio municipal Observaciones que noconstituyen impugnaciones a la propuesta, según lo establecido por la OGUC artículo 2.1.11

Santiago Matta por el Arte Observación 1 La organización se opone a la incorporación de discotecas como uso prohibido, ello debido a los beneficios físicos y sociales que entrega el baile a las personas. La propuesta no contempla la prohibición o la incorporación de ningún tipo de restricción al uso de discotecas.

Sra. María Blender Observación 2 Adicionalmente sobre la presentación de power point solicita se corrijan el uso de mayúsculas y abreviaturas. La observación a la presentación power point no constituye una impugnación a la propuesta o su contenido, sin embrago ésta será corregida para ser expuesta al Concejo de Santiago

Cámara de Comercio Alameda Estación / Sr. Hernán Riquelme Observación 3 Considerando la dominancia en el sector del uso de comercio de distribuidoras, solicita aumentar el porcentaje de almacenamiento permitido a la actividad de comercio de un 60 a 70%. Observación 4 Solicita se aumente el porcentaje de ocupación de pisos superiores de un 70% a un 100% debido a que esta norma sólo perjudica a quien realizan una inversión, en un sector donde el valor de suelo es muy alto. Observación 5 Considerando la vocación comercial y de equipamiento del sector, solicitan se modifique la clasificación de las vías locales existentes en el cuadrante Av. España, Exposición, Alameda Libertador Bernardo O Higgins y Av. Blanco Encalada y pasen a ser colectoras o de servicio. Esto a fin de que puedan albergar equipamiento de mayor escala. De acuerdo a lo señalado por la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones en su artículo 2.1.11 en esta etapa del proyecto no es posible acoger algunas de estas modificaciones propuestas, ya que constituirían un nuevo gravamen o afectación desconocida por el resto de la comunidad involucrada.

Gracias por su atención Para consultas Oficinas de la Asesoría Urbana ubicadas en Santo Domingo 916 oficina 806 de lunes a viernes de 9:00 a 13.30 hrs. Fono: 227136308