MANUAL PARA LA PRESENTACION DE PROYECTOS DE NIVEL LOCAL AL FONDO NACIONAL DE DESARROLLO REGIONAL

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1 MANUAL PARA LA PRESENTACION DE PROYECTOS DE NIVEL LOCAL AL FONDO NACIONAL DE DESARROLLO REGIONAL Dirección de Desarrollo Institucional y Capacitación AChM Documento elaborado por Patricio Garrido G.

2 PRÓLOGO En el marco del proceso de descentralización del Estado, quizás una de las tareas más difíciles tiene que ver con el conjunto de funciones y responsabilidades vinculadas a la gestión municipal. El desempeño eficiente y equitativo de la administración local implica no sólo dotar a las autoridades municipales de una mayor dosis de autonomía, sino también replantear su forma de actuar, especialmente en lo concerniente a la eficacia y eficiencia con que se distribuyen y utilizan los recursos de inversión. Concientes del anterior desafío, la Asociación Chilena de Municipalidades coloca a disposición de los estamentos locales el presente documento, con el propósito que sirva de apoyo y respaldo a las tareas relacionadas con el ciclo de los proyectos con énfasis en las labores de preparación, presentación y seguimiento de la inversión. Creemos que el conjunto de temas prácticos y operativos del documento, colaborará a alcanzar un mejor desempeño y resultados de la presentación de proyectos y propender así por una mayor calidad de la inversión pública, especialmente la orientada a reducir los indicadores de pobreza y mejorar los servicios básicos para la comunidad. El documento entrega una descripción del Sistema que norma toda la actividad de postulación de proyectos, el Fondo Nacional de Desarrollo Regional, principal fuente de financiamiento a la que postulan los municipios, las Normas e Instrucciones del Proceso de Inversión Pública que establece los procedimientos que deben cumplir las iniciativas presentadas, las instrucciones complementarias actualmente vigentes y los requisitos generales de información que deben contener los Estudios Básicos, Programas y Proyectos para la postulación de recursos. 1

3 Í N D I C E Sistema Nacional de Inversiones 3 Fondo Nacional de Desarrollo Regional FNDR 15 Normas e Instrucciones del Proceso de Inversión Pública 25 Instrucciones complementarias para la presentación de iniciativas de inversión 32 Requisitos de información para proyectos en su estado de preinversión 43 Bibliografía 104 2

4 EL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIONES La inversión tiene una relevancia indiscutida en el desarrollo socio-económico de la comunidad y por ende de la nación y por eso que es de suma importancia evitar la realización de inversiones con rentabilidad negativa, es decir, deben elegirse los proyectos de mejor calidad para conseguir una mejor asignación de recursos. El desarrollo económico y social de Chile requiere de un crecimiento económico sostenido a lo largo del tiempo y para ello es necesario la materialización eficiente en cuanto a la asignación de recursos y coordinada en su ejecución, de proyectos de inversión que hagan un uso óptimo de las potencialidades del país. En consecuencia es necesaria una racionalización y una mayor eficiencia en la gestión inversionista del sector. Para esto era necesario que el Estado contara con un proceso de inversión pública basado en los siguientes criterios generales: Asignar recursos a proyectos en base a criterios técnicos económicos. Normalizar la actividad de formulación, preparación y evaluación de proyectos específicos. Administrar eficientemente el proceso de inversión, con cuadros técnicos de buen nivel y con continuidad. Para la inversión pública se han creado las bases y las condiciones para el desarrollo de un proceso de inversión fundado en la asignación de recursos por proyectos específicos y de acuerdo a una previa evaluación socio económica. Este proceso se denomina SISTEMA NACIONAL DE INVERSION PUBLICA y corresponde a un proceso de transformación de ideas de inversión desde su identificación hasta su operación. Su objetivo fundamental consiste en poder concretar las opciones de inversión más rentables desde el punto de vista económico y social, según los lineamientos de la política de Gobierno. Para ello el Sistema Nacional de Inversiones provee a las autoridades de un conjunto suficiente de buenas iniciativas de inversión, de modo tal que ellos puedan seleccionar aquellas más convenientes para la sociedad en su conjunto. Esta eficiencia debe quedar reflejada en una cantidad de iniciativas de inversión acorde con las disponibilidades y requerimientos, en el momento en que sean solicitados, con un estándar de calidad en su elaboración, evaluación y análisis, controlados según una normativa transparente y común, y con la debida participación de la institucionalidad pública y de la comunidad organizada. 3

5 El Sistema Nacional de Inversiones se legitima en su dimensión económica por el apoyo en la selección de aquellas iniciativas de inversión más rentable; en su dimensión ética en tanto transparenta el proceso de la inversión pública, y en su dimensión política por su rol articulador de las estrategias y políticas gubernamentales. El Sistema es el medio a través del cual son canalizadas las ideas que se gestan en la base social, en las instituciones especializadas o en los planes de desarrollo gubernamental. El Sistema define normativas y metodologías que permiten medir la justificación de las iniciativas de inversión. Estableciendo criterios diferenciados de evaluación para aquellos casos en que no se puede entregar un valor monetario de los beneficios sociales. Por ello utiliza como criterio básico de evaluación, la relación Beneficio Costo medida en términos sociales y la relación Costo Eficiencia, con costos evaluados socialmente. Se fundamenta en un análisis proyecto a proyecto -, donde confluyen los diversos insumos que transforman las ideas de inversión desde su identificación hasta su operación y entre los que se destacan: la programación, el financiamiento, la organización, las metodologías y los sistemas de información. La administración superior del Sistema Nacional de Inversiones corresponde en conjunto a MIDEPLAN (a través de la División de Planificación, Estudios e Inversión) y el Ministerio de Hacienda (a través de la Dirección de Presupuesto DIPRES). El Sistema tienen vigencia legal y sus normas son obligatorias para todas las entidades públicas que indica la ley. Los recursos para la inversión sólo se pueden aplicar a iniciativas formuladas y evaluadas en términos de iniciativas de inversión y de acuerdo con las normas establecidas en el Sistema. Las funciones típicas asociadas al Sistema Nacional de Inversiones se enmarcan en: Los Ministerios, Servicios, Empresas, Gobiernos Regionales y Municipalidades, quienes desarrollan las funciones de identificación y definición de prioridades así como de formular y evaluar los proyectos que tengan como finalidad resolver esos problemas. Estos roles son propios de las entidades inversionistas. El Ministerio de Planificación establece como normas, procedimientos y metodologías de formulación y evaluación de proyectos que debieran aplicar las entidades inversionistas; además, debe someter a análisis a cada uno de los proyecto y emitir la recomendación técnica correspondiente. Estos roles son propios de las entidades evaluadoras. El Ministerio de Hacienda determina los marcos presupuestarios, evalúa la capacidad de gasto de las instituciones y asigna recursos a las entidades 4

6 inversionistas. Para aprobar la asignación de recursos de un proyecto específico, el Ministerio de Hacienda debe verificar que dicho proyecto tenga un informe favorable (RS) emitido por MIDEPLAN. De acuerdo con estas definiciones, los Ministerio de Hacienda y Planificación no establecen las prioridades de las entidades inversionistas, pero Hacienda, a partir de la Ley de Presupuestos, les fija el marco presupuestario para inversión y MIDEPLAN define la cartera de proyectos elegibles. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Presupuesto le corresponde también a MIDEPLAN la ejecución del proceso de Evaluación Ex Post, el cual tiene por objeto verificar el cumplimiento de los costos, plazos y especificaciones de los proyectos y programas terminados el año anterior y que fueron financiados con fondos regionales y sectoriales. Todos estos roles se resumen en tres tipos de funciones: De Gobierno (decisión). Este nivel adopta decisiones y prioriza acerca de qué proyectos o estudios realizar, sobre la base de las recomendaciones técnico económicas proporcionadas por el nivel asesor. La función de Gobierno reside en el Poder Ejecutivo a través del Presidente de la República; y por descentralización y desconcentración territorial, en los Ministros, los Intendentes Regionales y en los Gobernadores Provinciales; y a nivel local en los Alcaldes. De Administración (ejecución). Es una acción técnica que se traduce en la identificación, formulación, evaluación y ejecución, a través de la contratación de estudios y obras, de los proyectos de inversión pública. La función de Administración es realizada por los ministerios, servicios, empresas e instituciones públicas, como asimismo por las municipalidades y servicios regionales. De Asesoría (coordinación). A esta función le corresponde la coordinación y compatibilización de las decisiones de inversión, entre los niveles de Gobierno y Administración. Debe realizar la revisión técnica económica de las iniciativas de inversión de los organismos públicos (Ministerios, Organismos Regionales, empresas del Estado, Municipalidades, etc.) que postulan a financiamiento público, y emitir la correspondiente recomendación técnico económico. Esta función de asesoría la lleva a cabo el Ministerio de Planificación (MIDEPLAN) y sus distintas dependencias. A su vez, la descentralización territorial presenta tres niveles de gestión en el proceso de toma de decisiones: Nacional Regional Comunal En cada uno de estos niveles, las instituciones desarrollan un determinado papel para lograr el objetivo básico del S.N.I., el que consiste en alcanzar una 5

7 eficiente asignación de los recursos escasos a las alternativas de inversión más rentable. En el proceso de inversión es posible encontrar proyectos que están apenas a nivel de idea, otros en estudios a distintos niveles de profundidad, otros en ejecución, terminados, en operación o abandonados. En consecuencia, en el proceso de transformación de las ideas de inversión es posible identificar tres estados sucesivos en la vida de todo proyecto que se materializa. Preinversión: Consiste en identificar ideas de inversión, formular, evaluar y seleccionar los proyectos más rentables desde el punto de vista económico social. Se dan todos los elementos para la toma de decisiones. Inversión: Consiste en ejecutar físicamente los proyectos seleccionados y priorizados en la preinversión. Operación: Consiste en poner en marcha los proyectos y generar los beneficios netos estimados en la preinversión. El paso de los proyectos a través de la preinversión, inversión y operación conforma el ciclo de vida de los proyectos. Por sucesivas aproximaciones se va precisando el problema por resolver, alternativas técnicas para ejecutar y operar el proyecto, los costos y beneficios, etc. Sobre esta base se consideran las siguientes etapas en los estados de preinversión e inversión de proyectos. Etapa de idea: Identificar necesidades insatisfechas o problema por resolver, posibles beneficios, localización geográfica y objetivos. Etapa de perfil: Se incorpora información adicional y se precisa la proveniente del nivel anterior por cuantificación preliminar del mercado y tamaño del proyecto, alternativas técnicas, estimación de montos de inversión por ítem, costos de operación, vida útil. Se puede hacer evaluación preliminar. Etapa de prefactibilidad: Más detalle de la información anterior, datos adicionales, descarte de algunas alternativas y perfeccionamiento de las restantes. Para cada una de las alternativas se hacen evaluaciones. Etapa de factibilidad: Consiste en perfeccionar la alternativa que haya resultado con mayor valor actual neto (VAN) positivo en la etapa anterior, reduciendo su rango de incertidumbre a límites aceptables y se efectúa análisis de sensibilidad. Etapa de diseño definitivo: Se elabora el diseño de ingeniería, se ajustan detalles finales y se elaboran bases para propuestas. Etapa de inversión: Ejecución física del proyecto como fue especificada en la preinversión. Etapa de operación: Se generan los beneficios estimados en las etapas anteriores. 6

8 El Sistema Nacional de Inversiones centra gran parte de sus esfuerzos de normalización, coordinación y programación en el estado de preinversión de los proyectos. Corresponde a MIDEPLAN y a la Dirección de Presupuesto del Ministerio de Hacienda (DIPRES), en su calidad de administración del Presupuesto Nacional, normar y administrar el S.N.I., aplicándolo a todos aquellos servicios, instituciones y empresas del Sector Público que realizan actividades de inversiones. MIDEPLAN, a través de su Departamento de Inversiones, está encargado de dar las normas y pautas para la formulación, presentación y evaluación de proyectos de inversión pública, así como de analizarlos y emitir una recomendación técnico económica de éstos, para lo cual realiza las siguientes tareas: Administrar el Subsistema de Análisis Técnico Económico. Administrar el Banco Integrado de Proyectos (BIP) Asesorar a la DIPRES en la asignación de los recursos del Presupuesto Nacional a proyectos de inversión. Capacitar a funcionarios públicos en las técnicas de Evaluación Social de Proyectos. Elaborar, revisar y difundir metodologías de evaluación de proyectos. Por su parte, la DIPRES está encargada de preparar, elaborar y asignar el Presupuesto Nacional y de controlar sus usos por parte de todas las instituciones y empresas del Sector Público. En cada una de las quince regiones del país está constituido un Gobierno Regional en representación del Presidente de la República, que es la organización de máxima jerarquía en la región y en donde la instancia superior de decisión es el Intendente Regional en conjunto con el Consejo Regional (CORE). Las funciones del Intendente en materia de inversión para las cuales requiere el acuerdo del CORE son: Aprobar los proyectos relativos al plan regional de desarrollo y sus modificaciones. Aprobar el proyecto de presupuesto regional y sus modificaciones. Por su parte a las SERPLAC les corresponde las siguientes funciones: Revisar, analizar y recomendar técnica económicamente los proyectos de inversión que postulan a financiamiento del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y Fondos Sectoriales. Compatibilizar, a nivel regional, las inversiones municipales, Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) y sectoriales. 7

9 El S.N.I. cuenta con subsistemas que permiten una eficiente gestión en la preparación, postulación y asignación de recursos y ejecución de las iniciativas de inversión. Subsistema Análisis Técnico Económico Es el conjunto de normas, instrucciones y procedimientos, que permiten a las instituciones disponer de una cartera de estudios y proyectos recomendados por el Ministerio de Planificación en condiciones de asignarles fondos para la ejecución. Este subsistema se denomina Normas e Instrucciones Proceso de Inversión Pública (N.I.P). El NIP tiene como principales funciones homogeneizar, normar y coordinar la información relativa al proceso de identificación, formulación, presentación y evaluación de los proyectos de inversión que llevan a cabo las distintas instituciones del sector público chileno. Su objetivo principal consiste en orientar el proceso de asignación de recursos a las oportunidades de inversión más rentables. El Departamento de Inversiones de MIDEPLAN está encargado de administrar el NIP para lo cual realiza las siguientes tareas: Elaboración periódica de instrucciones con las normas para la presentación de los proyectos al Ministerio de Planificación. Revisión y análisis de los estudios y proyectos de inversión que postulan a financiamiento público. Confección y actualización, en conjunto con los sectores, de las metodologías de preparación y evaluación de proyectos. Confección y difusión de pautas para preparar los términos de referencia para la contratación de estudios de preinversión. Cálculo y actualización de los precios sociales de los factores básicos e insumos. Capacitación de los funcionarios públicos relacionados con el Sistema Nacional de Inversión, en diversas materias como: fundamentos teóricos del SNI, preparación y evaluación de proyectos, estructura y operación del Banco Integrado de Proyectos, etc. La instrumentalización del NIP está orientada a establecer relaciones de coordinación entre los distintos organismos que intervienen en el proceso, con el fin de racionalizar la capacidad de inversión del sector público. La cobertura del NIP comprende los Ministerios y sus dependencias sectoriales y regionales, las Empresas Públicas, Municipalidades y todas aquellas instituciones del Sector Público que realizan inversiones. La presentación de las iniciativas de inversión al Sistema Nacional de Inversiones deben realizarse presentando un oficio que respalde la postulación de la iniciativa con un formulario único denominado Ficha de Estadísticas Básicas de Inversión (Ficha EBI), la cual debe ser extraída del sistema 8

10 informático denominado Banco Integrado de Proyectos (BIP), acompañada de la carpeta que contiene los antecedentes complementarios determinados por las Normas y Procedimientos de Postulación (NIP). El Sistema Nacional de Inversiones utiliza para el proceso presupuestario los siguientes resultados del análisis técnico económico al momento de revisar una iniciativa de inversión: RS (Recomendado Favorablemente): es el resultado del análisis técnico económico otorgado a los estudios básicos, los programas y proyectos nuevos y de arrastre, que cumplen con la condición de haber sido presentados al S.N.I., con todos los antecedentes y estudios que demuestran que para la solución del problema se ha seleccionados la alternativa que ha demostrado ser rentable. Asegura la conveniencia de llevar a cabo la iniciativa postulada, que no existe impedimentos legales para su ejecución, que los beneficios esperados justifican no sólo la magnitud, sino que también justifican la oportunidad en la asignación de los recursos solicitados. FI (Falta Información): es el resultado del análisis de una iniciativa de inversión nueva, cuando los antecedentes presentados son insuficientes para respaldar la iniciativa en aspectos tales como: - Faltan antecedentes que permitan garantizar el funcionamiento normal de una iniciativa de inversión, en cuanto a su gasto en personal y en bienes y servicios de consumo (certificados); - La evaluación efectuada no consideró todas las alternativas factibles o presenta reparos. - Los antecedentes de respaldo para la nueva etapa, no han sido actualizados. - La información de la ficha EBI está incompleta o es errónea o no guarda estricta coherencia con lo presentado en los antecedentes de respaldo; - El nombre con el cual se ha identificado la iniciativa de inversión es incorrecto; - No se consideran variables transversales (Participación Ciudadana, de Género y/o Ambientales), que sean relevantes para la iniciativa. OT (Objetado técnicamente): resultado del análisis que corresponde emitir cuando los antecedentes entregados permiten concluir que no es conveniente llevar a cabo la iniciativa debido a alguna de las siguientes situaciones: - La iniciativa de inversión está mal formulada; - Los antecedentes de respaldo de la iniciativa de inversión, identificado con un único código BIP, incluye en forma simultánea, un estudio básico, un programa y/o un proyecto, vale decir existen distintas tipologías para dar solución a un problema; - La iniciativa de inversión no es socialmente rentable, es decir su evaluación social arroja resultado negativos; 9

11 - No se ajusta dentro de las políticas definidas para el sector, institución y/o región; - La iniciativa de inversión postulada se duplicó en el sistema BIP con un nuevo código, existiendo una versión con otro código para una misma naturaleza. - La iniciativa de inversión no es viable técnica y económicamente, tiene impedimentos legales para una de las fuentes de financiamiento a la cual postula. RE (Reevaluación): resultado del análisis de iniciativas nuevas y de arrastre que habiendo sido recomendadas favorablemente (RS) deben ser reanalizadas por presentar las siguientes situaciones: - Iniciativas Nuevas aquellas en cuyo resultado del llamado a licitación y en el momento de la adjudicación, se presentan sólo ofertas cuyo monto es superior al 10%, respecto del monto aprobado y actualizado. - Iniciativas de Arrastre: aquellas que durante su ejecución presentan aumentos de costos superiores al 10% en el costo total o para algunos y/o todos los ítems o bien requieren cambios en sus plazos de ejecución. IN (Incumplimiento de normativas): resultado del análisis de un estudio básico, programa o proyecto (nuevos o de arrastre), cuando se presenta alguna de las siguientes situaciones: - La iniciativa de inversión presenta asignación de recursos (decreto o resolución), sin haber presentado sus antecedentes el Sistema Nacional de Inversiones y/o sin haber contado previamente con la recomendación (RS) del S.N.I. - La iniciativa de inversión que se adjudicó, no considera todos los componentes y/o partidas contempladas en el diseño que sirvió de base para la recomendación favorable emitida por MIDEPLAN. - La iniciativa de inversión efectuó gastos sin tener identificación presupuestaria. - La iniciativa de inversión corresponde a una regularización presupuestaria y/o extrapresupuestaria (devoluciones, reintegros o reversas de asientos contables mal informados o bien, no informados oportunamente a través de la Contabilidad Gubernamental). - La iniciativa de inversión se financió con otros recursos, distintos a las fuentes informadas, al ser analizada en el Sistema Nacional de Inversiones. - A la institución técnica se le asignaron recursos financieros para ítems, no incorporados en la programación de inversiones aprobada por el S.N.I. - La iniciativa de inversión no dio cumplimiento a la normativa vigente en materia de licitación pública al adjudicar el contrato sin encontrarse tomada razón la Resolución o el Decreto de identificación presupuestaria. 10

12 Subsistema Formulación Presupuestaria Este subsistema tiene como objetivo la asignación de recursos financieros a los proyectos de interés sectorial, regional y de las Empresas que cuentan con la recomendación favorable del Ministerio de Planificación. Esto permite a las instituciones disponer de los recursos necesarios para ejecutar ya sea estudios de preinversión o proyectos de inversión. La formulación presupuestaria tiene como principales funciones homogeneizar, normar y coordinar la información relativa al proceso de asignación de fondos y aplicación del presupuesto aprobado para el sector público. La institución responsable de formular el Presupuesto del Sector Público es la Dirección de Presupuestos (DIPRES). El proceso de formulación se concreta en la Ley de Presupuestos del Sector Público, la que es Ley para todos los efectos; mientras que respecto de las Empresas Públicas, a la Dirección de Presupuesto le corresponde aprobar sus presupuestos en forma individual. Subsistema Ejecución Presupuestaria El subsistema de ejecución presupuestaria tiene como objetivo regular y supervisar la ejecución del gasto público y su respectivo financiamiento. La Dirección de Presupuestos es el organismo técnico encargado de proponer la asignación de los recursos financieros del Estado, y de orientar y regular el proceso de formulación presupuestaria. Además tiene como función regular y supervisar la ejecución del gasto público; sin perjuicio de las atribuciones que en este ámbito le corresponde a la Contraloría General de la República. El presupuesto, la contabilidad y la administración de fondos se rigen por normas comunes para todos los Servicios e Instituciones del Sector Público, lo que asegura una adecuada coordinación y la unidad de la gestión financiera del Estado. El presupuesto del Sector Público consiste en una estimación financiera de los ingresos y gastos de este sector para un año dado, compatibilizando los recursos disponibles con el logro de metas y objetivos previamente establecidos. El ejercicio presupuestario coincide con el año calendario. Las cuentas del ejercicio presupuestario quedan cerradas al 31 de diciembre de cada año. El saldo final de caja al cierre de cada ejercicio y los ingresos que se perciben con posterioridad se incorporan al presupuesto siguiente. Las clasificaciones presupuestarias que se establecen para formular el presupuesto cumplen el objetivo de proporcionar información homogénea para la toma de decisiones y vincular el proceso presupuestario con la planificación del Sector Público. Además, estas clasificaciones deben posibilitar el control de 11

13 la eficiencia con que se manejan los recursos públicos a nivel nacional, regional y local. Subsistema Evaluación de Resultados En el Sistema Nacional de Inversiones la Evaluación de Resultados (Evaluación ex post) es aquella revisión que se efectúa sobre una iniciativa de inversión, después de terminada su ejecución, con el fin de analizar sus resultados de corto, mediano y largo plazo, tanto sobre el problema que se pretende resolver como de su entorno. El objetivo fundamental de este subsistema es determinar la eficacia y eficiencia del uso de los recursos de inversión pública y verificar si efectivamente las iniciativas de inversión una vez ejecutadas cumplieron con los objetivos esperados y con lo estimado en la evaluación ex ante. Banco Integrado de Proyectos (BIP) El BIP es un sistema de información computacional sobre las iniciativas de inversión del sector público a nivel nacional, regional, provincial y comunal, en el cual participan todas las instituciones que conforma el Sistema Nacional de Inversiones de nuestro país. El propósito del BIP es apoyar la toma de decisiones en materia de inversión pública abarcando los estados de preinversión, inversión y operación. Además, vincula a las instituciones que participan en el proceso de la inversión pública y mejora, a través de la coordinación, la toma de decisiones, así como también las labores de administración, gestión, y de planificación; así mismo, brinda información detallada en forma permanente y dinámica del proceso de gestión de la inversión pública, así como de cada una de las instituciones involucradas en el proceso, en relación con las iniciativas de inversión que postulan a financiamiento como aquellas que se están ejecutando o se han ejecutado. Se utiliza el ambiente Internet para los proceso de ingreso, actualización y consulta de información para los usuarios del sector público y de consulta de datos en el caso del sector privado. El BIP abarca el ciclo de vida completo de las iniciativas de inversión pública (IDI). No obstante, este ciclo no es obligatorio dentro del sistema y el BIP lo que hace, en definitiva, es reflejar la realidad de cada iniciativa de inversión. La iniciativa de inversión es la unidad del sistema y para ello debe mantener inalterable su código y nombre. El código es un número otorgado automáticamente por el sistema; el nombre asignado por el responsable de identificar a la IDI que está creando, debe ser otorgado de acuerdo a la normativa vigente para la asignación de nombres, de manera que éste lo identifique inequívocamente y sea válido durante todo su ciclo de vida. 12

14 A las instituciones participantes del BIP, se le define su ámbito de competencia en términos funcionales (roles), de actividades económica (sectoriales) y espaciales (geográficos); por lo tanto, es obligatorio al ingresar una IDI al sistema, definir su localización geográfica y su clasificación sectorial. El sistema exige que siempre deba existir sólo una institución responsable del proyecto en la etapa del ciclo de vida en que se encuentre, y que ésta será la única facultada para ingresar o modificar su información. La ficha EBI es generada en este sistema informático. Los datos contenidos en el BIP son referenciales y resumidos y no sustituyen la información legal, no obstante, algunas de las salidas del sistema, una vez ratificadas por la institución correspondiente, pueden constituirse en legales, tal como sucede actualmente con la ficha EBI, los informes relativos al análisis técnico económico y la discusión presupuestaria. FONDO NACIONAL DE DESARROLLO REGIONAL (FNDR) El Fondo Nacional de Desarrollo Regional es el principal instrumento financiero, mediante el cual el Gobierno Central transfiere recursos fiscales a cada una de las regiones, para la materialización de proyectos y obras de desarrollo e impacto regional, provincial y local. Su administración corresponde principalmente a los Gobiernos Regionales y a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo. La Constitución Política de la República y, especialmente, la ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, lo definen como: un programa de inversiones públicas, con fines de compensación territorial, destinado al financiamiento de acciones en los distintos ámbitos de infraestructura social y económica de la región, con el objetivo de obtener un desarrollo territorial armónico y equitativo. Al mismo tiempo, debe procurar mantener un desarrollo compatible con la preservación y mejoramiento del medio ambiente, lo que obliga a los proyectos financiados a través del FNDR a someterse a una evaluación de impacto ambiental. La aplicación de esta herramienta pública a partir de 1975 ha tenido importantes logros en materia de desarrollo regional, tales como la ejecución de una amplia gama de proyectos de inversión de interés local y regional y el fortalecimiento de una mayor autonomía regional. 13

15 Dos son las fuentes de recursos de este instrumento. Por una parte, recursos fiscales o propios, que dan origen al FNDR Tradicional y, por otra, un préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) o FNDR BID. El FNDR Tradicional financia todo tipo de proyectos de infraestructura social, estudios y programas de los sectores de inversión pública, con excepción de las restricciones que específicamente impone la Ley de Presupuestos del Sector Público. Con el FNDR BID se pueden financiar proyectos en todos los sectores que tradicionalmente ha financiado el FNDR, excepto proyectos del sector Justicia, específicamente centros de detención preventiva de adultos, penitenciarías, cárceles, comisarías, retenes, equipos de policías. Su distribución opera considerando dos conjuntos de variables: las de orden socio económico y las territoriales. Se asigna el 90% de los recursos a comienzos del año presupuestario, y el 10% restante se destina en igual proporción, a cubrir situaciones de emergencias y estímulos a la eficiencia en cada ejercicio presupuestario. Le corresponde a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, conjuntamente con la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, desarrollar las operaciones de cálculo para la distribución de los recursos que a cada región le corresponde de este Fondo. El 90% del FNDR se distribuye entre las regiones considerando las variables y ponderaciones siguientes: 1. La población en condiciones de pobreza e indigencia, medida en términos absolutos y relativos, con un 55%. 2. Las características territoriales de cada región, con un 45%. Para el cálculo de las variables de distribución se utilizan como fuentes de información sólo cifras oficiales emanadas de los ministerios, del Instituto Nacional de Estadísticas o, en su caso, de organismos internacionales reconocidos por el Estado de Chile. Los coeficientes de distribución se actualizan cada dos años. Las variables de población en condiciones de pobreza e indigencia se constituyen por los indicadores y ponderaciones siguientes: INDICADOR PONDERACION Población pobre e indigente 30% Tasa de pobreza en la región 10% Población pobre rural 10% Hogares pobres con Jefatura 5% femenina TOTAL 55% 14

16 La información respectiva, teniendo como fuente la Encuesta de Caracterización Socioeconómica (CASEN) o el instrumento que la reemplace, es proporcionada por el Ministerio de Planificación. El indicador Población Pobre e Indigente será el cuociente entre el número de habitantes bajo la línea de pobreza de la región y el total de habitantes del país en la misma situación. El indicador Tasa de Pobreza en la Región será el cuociente entre el número de habitantes bajo la línea de pobreza en la región y el total de habitantes de la región. El indicador Población Pobre Rural será el cuociente entre el número de habitantes de la región bajo la línea de pobreza que habitan en la zona rural y el total de habitantes del país en la misma situación. El indicador Hogares Pobre con Jefaturas Femeninas será el cuociente entre el número de hogares de la región que están bajo la línea de pobreza y que tienen jefatura femenina y el total de hogares del país en la misma situación. La variable Características Territoriales de cada Región se constituye por los indicadores y ponderaciones siguientes: INDICADOR PONDERACION Raíz de la Superficie Regional 30% Indice de Costo de Pavimentación 5% Indice de Costo de Construcción de 5% Viviendas Tasa de Ruralidad de la Región 5% TOTAL 45% El indicador Raíz de la Superficie Regional será el cuociente entre la raíz cuadrada de la superficie de la región y la suma de las raíces cuadradas de las superficies de todas las regiones del país, con exclusión de la Antártica Chilena. Las superficies son las que se encuentran determinadas por el Instituto Geográfico Militar. El indicador Indice de Costo de Pavimentación será el cuociente entre el costo medio por kilómetro de pavimento en la región y el costo medio por kilómetro de pavimento en el país. La información respectiva debe ser proporcionada por la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas. El indicador Indice de Costo de Construcción de Viviendas será el cuociente entre el costo medio de construcción de viviendas sociales en la región y el costo medio del mismo tipo de construcción en el país. El costo será expresado en Unidades de Fomento por metro cuadrado. La información respectiva debe ser proporcionada por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo. 15

17 El indicador Tasa de Ruralidad de la Región será el cuociente entre el número de personas de la región que habitan en la zona rural y el total de habitantes del país que se encuentran en la misma situación. La información respectiva, teniendo como fuente la Encuesta de Caracterización Socioeconómica Nacional (CASEN) o el instrumento que la reemplace, debe ser proporcionada por el Ministerio de Planificación. El 10% restante del Fondo Nacional de Desarrollo Regional se distribuye con igual ponderación, de acuerdo a los siguientes criterios: 1. Estímulo de Eficiencia, y 2. Gastos de Emergencia Esta distribución se efectúa durante el año de vigencia del presupuesto que se distribuye. La distribución, entre las regiones, del cinco por ciento por Estímulo a la Eficiencia se calcula en base a los aspectos, indicadores y ponderaciones siguientes: 1. Aspecto Mejoramiento de la Salud Núme ro (i) Indicador Ponderación en puntaje de eficiencia regional (P) 14% 1 Variación de la Actividad de Atención Primaria de Salud (IAAPS) 2 Variación de la Actividad de Salud Pública (IASP) 13% 3 Variación de los Años de Vida Potencialmente 13% Perdidos (AVPP) 2. Aspecto Mejoramiento de la Educación Núme ro (i) Indicador Ponderación en puntaje de eficiencia regional (P) 4 Inversión en el Sector Educación 15% 5 Cobertura Preescolar Regional 15% 6 Inversión Destinada a Enseñanza Técnico 10% Profesional 16

18 3. Aspecto Gestión de la Inversión Regional Núme ro (i) Indicador 7 Montos de las carteras de proyectos elegibles a ser financiados mediante el Fondo Nacional de Desarrollo Regional Ponderación en puntaje de eficiencia regional (P) 10% 8 Regularidad del Gasto Regional 10% El IAAPS expresa la Actividad de Atención Primaria de Salud, cuya información es construida por el Ministerio de Salud y está compuesto por las siguientes prestaciones: 1. Diabéticos en control de 20 años y más años 2. Hipertensos en control de 20 años y más años 3. Ingresos a control de Embarazadas antes de las 14 semanas de gestación 4. Total de ingresos a control de embarazo 5. Niñas y niños de 12 a 23 meses con Déficit de Desarrollo Psicomotor 6. Niñas y niños de 12 a 23 meses con Evaluación de Desarrollo Psicomotor 7. Altas de niñas y niños de 12 a 23 meses con Déficit de Desarrollo Psicomotor 8. Exámenes de Medicina Preventiva en personas de 20 a 64 años 9. Exámenes de Medicina Preventiva en menores de 20 años. 10. Adultos de 65 y más años EFAM vigente. El EFAM es un instrumento predictor de la pérdida de funcionalidad que se aplica a adultos mayores no válidos. 11. Personas de 15 años y más que ingresan a Programa de Depresión. El IASP expresa la actividad en el ámbito de la salud ambiental y su información es proporcionada anualmente por las respectivas Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, contemplando los siguientes tipos de actividad: 1. Prestaciones Generales 2. Saneamiento Básico 3. Control de Alimentos 4. Zoonosis 5. Contaminación Ambiental 6. Programa Vigilancia Calidad del Aire 7. Prestaciones de Laboratorio El AVPP expresa el estado de salud de la población con los Años de Vida Potencialmente Perdidos, que es calculado anualmente por el Ministerio de Salud y permite identificar las causas más importantes de muerte prematura. El indicador Inversión en el Sector Educación corresponde al cuociente entre el monto de recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional asignados al 17

19 Sector Educación y el marco presupuestario anual final del presupuesto regional respectivo. El indicador Cobertura Preescolar Regional corresponde al cuociente entre el número de alumnos de enseñanza prebásica matriculados en la región y la población regional en edad preescolar, calculado con los datos correspondientes al año anterior a la distribución. El indicador Inversión Destinada a la Enseñanza Técnico Profesional corresponde al cuociente entre el porcentaje del presupuesto regional asignado a iniciativas de inversión para educación técnico profesional y el presupuesto total asignado por la región para el sector Educación, calculado con los datos correspondientes al año anterior al de la distribución. El indicador Montos de las Carteras de Proyectos Elegibles para ser Financiados Mediante el Fondo Nacional de Desarrollo Regional corresponde al cuociente entre el monto de la cartera de proyectos nuevos y de arrastre con evaluación técnico económica favorable (RS) y el monto del presupuesto regional de inversión de la misma región, ambos montos vigentes al 31 de enero del año en que se distribuye el 5% de eficiencia. El indicador Regularidad del Gasto Regional será determinado tomando en consideración la programación del gasto y el cumplimiento en su ejecución. Para estos efectos se establece como criterio óptimo de gasto el siguiente: un 50% al final del segundo trimestre; entre un 70% y un 75% de gasto acumulado al final del tercer trimestre, y; un 100% al finalizar el año. El puntaje de eficiencia regional se calculará en base al siguiente criterio: cada indicador se normaliza llevándolo a escala unitaria, esto es, dividiendo cada dato por la suma total del indicador. A los indicadores normalizados se les aplica la ponderación porcentual establecida. La distribución final, por región, queda definida por la suma de cada indicador ponderado y luego llevado a escala porcentual. La Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, luego de calcular el puntaje final de cada región, las ordenará en forma decreciente. Cada región, de acuerdo a su ubicación, percibirá el porcentaje que se indica en la tabla siguiente: Orden decreciente en puntaje de eficiencia % distribución del 5% de eficiencia 1 20% 2 17% 3 15% 4 13% 5 10% 6 7% 7 4% 18

20 8 3,5% 9 3% 10 2,5% 11 2% 12 1,5% 13 1,5% En el caso que dos o más regiones hubieren obtenido idéntico puntaje se las ubicará igualmente en el orden decreciente, percibiendo el promedio que resulte de la suma de los porcentajes que les correspondan de acuerdo a sus respectivas ubicaciones. Los gastos de emergencia están destinados a financiar proyectos específicos de los gobiernos regionales para enfrentar alguna situación particular calificada como de emergencia. Los proyectos deberán ser presentados por el intendente regional, con acuerdo del consejo regional, a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, para su evaluación y resolución. Asimismo, parte de los recursos para emergencias podrán destinarse a atender situaciones derivadas de los niveles de desempleo que presenten las distintas regiones del país y también podrán traspasarse a otras instituciones del sector público para atender situaciones de emergencia, de acuerdo a lo que señale la Ley de Presupuesto u otra normativa legal. Por otra parte, el FNDR incluye un conjunto de provisiones, las cuales se generan con el objeto de dar orientación de políticas nacionales sectoriales desde una perspectiva regional. La distribución de éstas, la ejecuta la SUBDERE durante el año presupuestario vigente obedeciendo a metodologías particulares de distribución interregional. En la actualidad existen las siguientes provisiones: Infraestructura Educacional Provisión destinada a financiar la ejecución de iniciativas de inversión relativas a infraestructura, equipamiento, mobiliario educacional y la compra de terrenos para la instalación o acondicionamiento de establecimientos o locales educacionales del sector municipal. Electrificación Rural Provisión destinada a superar los déficit de cobertura en electrificación de los recursos más aislados y pobres de nuestro país, en viviendas rurales sin electrificación en aquellas regiones que no han alcanzado el 96% de la cobertura regional. Infraestructura Rural Provisión destinada a proyectos de conservación y mejoramiento de caminos secundarios, a proyectos de agua potable y saneamiento rurales, a proyectos de electrificación rural con fines productivos, a proyectos de telecomunicaciones en zonas rurales y a la formulación de planes de desarrollo territorial. 19

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