ACTUALIZACIÓN DEL LIBRO FISCALIDAD. TEORÍA Y EJERCICIOS (2ª Edición) (A JUNIO DE 2005) Y EJERCICIOS DE AMPLIACIÓN
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- Juan José Acosta Rubio
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1 ACTUALIZACIÓN DEL LIBRO FISCALIDAD TEORÍA Y EJERCICIOS (2ª Edición) (A JUNIO DE 2005) Y EJERCICIOS DE AMPLIACIÓN Este libro sirve de complemento al de CONTABILIDAD GENERAL, Teoría y ejercicios en el Módulo de CONTABILIDAD Y FISCALIDAD del Ciclo Formativo de Administración y Finanzas, de Grado Superior. Así mismo, es idóneo para todas aquellas personas interesadas en un buen aprendizaje de la materia fiscal. BASILIO RAMÍREZ PASCUAL JUAN PALOMERO MARTÍNEZ PALOMERO DELGADO EDITORES
2 ACTUALIZACIÓN A MAYO 2005 Pág. 1 COMENTARIOS SOBRE LA ACTUALIZACIÓN A JUNIO DE 2005 DEL LIBRO FISCALIDAD, Teoría y ejercicios (2ª edición) Además de la ORDEN EHA/3902/2004, de 29 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2005 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE ), la principal norma que ha introducido modificaciones a lo expuesto en el libro es la: Ley 2/2004, de Presupuestos Generales del Estado para el 2005 (BOE ) No existen cambios sustanciales a lo expuesto en el libro, si bien realizamos a continuación una breve síntesis de las más importantes. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Coeficientes de actualización del valor de adquisición: Año de la inversión Coeficiente 2004 Coeficiente y anteriores Compensación fiscal a los arrendatarios de vivienda habitual en 2004 (DT primera) Los contribuyentes que tuvieran derecho a deducción por alquiler de viviendas en 1998, con contratos anteriores al que se mantengan vigentes en el ejercicio 2004, tendrán derecho a deducción del 10 por 100 de las cantidades satisfechas en por el alquiler de la vivienda habitual, con el límite de 601,01 euros anuales. Compensación fiscal por deducción en adquisición de vivienda habitual en 2004 (DT Segunda) Al igual que en el punto anterior se mantiene la deducción por adquisición de vivienda habitual, cuando aquella fuese anterior al y puedan aplicar en 2004 la deducción por inversión en vivienda habitual, siendo la deducción a realizar la diferencia entre el incentivo teórico que hubiera correspondido si se mantuviese la normativa de 1998 y la deducción que proceda para 2004.
3 ACTUALIZACIÓN A MAYO 2005 Pág. 2 IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES Coeficiente de corrección monetaria Respecto de los períodos impositivos que se inicien durante el año 2.005, los coeficientes previstos en el artículo a) de la Ley del Impuesto sobre Sociedades son: Rentas positivas derivadas de transmisión de inmuebles. Corrección monetaria de bienes adquiridos en... Coeficiente 2004 Coeficiente 2005 Con anterioridad a 1 de enero de ,0150 2,0420 En el ejercicio ,8296 1,8541 En el ejercicio ,6898 1,7124 En el ejercicio ,5907 1,6120 En el ejercicio ,5154 1,5357 En el ejercicio ,4478 1,4672 En el ejercicio ,3845 1,4031 En el ejercicio ,3303 1,3481 En el ejercicio ,2850 1,3022 En el ejercicio ,2564 1,2732 En el ejercicio ,2401 1,2567 En el ejercicio ,2176 1,2339 En el ejercicio ,1689 1,1846 En el ejercicio ,1133 1,1282 En el ejercicio ,0883 1,1029 En el ejercicio ,0743 1,0887 En el ejercicio ,0668 1,0811 En el ejercicio ,0615 1,0757 En el ejercicio ,0397 1,0536 En el ejercicio ,0270 1,0408 En el ejercicio ,0097 1,0232 En el ejercicio ,0000 1,0134 En el ejercicio ,0000 Pago fraccionado Pago Fraccionado del Impuesto sobre Sociedades 2005 Siguen siendo obligatorios en la misma línea e importe de ejercicio anteriores. Las sociedades patrimoniales, las agrupaciones de interés económico españolas/ europeas y las UTES estarán obligadas a realizar los pagos fraccionados en las condiciones del régimen general.
4 ACTUALIZACIÓN A MAYO 2005 Pág. 3 Régimen Especial de empresas de reducida dimensión. Apuesta por la inversión y empleo Las principales modificaciones en este régimen que afecta cada vez más a la mayor parte de nuestros clientes, de entrada en vigor el día , son las siguientes : - Empresas afectadas (ámbito de aplicación): Se amplia este régimen a todas aquellas empresas (grupos) cuyo importe neto de la cifra de negocios del ejercicio 2004 sea inferior a los 8 millones de euros (en lugar de los 6 millones anteriores). - Libertad de amortización con creación de empleo: Se amplia la cifra de euros (ejercicio 2004) a la nueva cifra de euros (ejercicio 2005) para la libertad de amortización que pueden disfrutar estas empresas para inversiones en activos del inmovilizado material nuevos por cada unidad de incremento de plantilla media de la empresa. El resto de requisitos sigue igual. - Amortización del inmovilizado material e inmaterial: Los elementos adquiridos nuevos que pertenezcan a estos subgrupos contables, gozarán en el ejercicio 2005 de la posibilidad de multiplicar por 2 el coeficiente de amortización lineal máximo previsto en las tablas oficiales de amortización. (en el 2005, se podría aplicar el 1 5 de coeficiente multiplicador). - Tipos de gravamen: Por la parte de base imponible comprendida entre 0 y euros, se aplicará un tipo de gravamen del 30 %, la base imponible restante tributará al 35 %. En el ejercicio 2004, la base sometida al 30 % ascendía a euros). - Apoyo financiero a las PYMES: Se crea una línea de financiación destinada a favorecer la financiación (recursos ajenos) de los proyectos empresariales promovidos por las PYMES, con objeto de promover la competitividad y mejorar la generación de empleo. IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Se actualizan, mediante la aplicación del coeficiente 1 02, los valores catastrales del IBI, tanto rústicos como urbanos. TASAS ESTATALES Se elevan en un 2 % el importe exigido en el INTERÉS LEGAL DEL DINERO E INTERÉS DE DEMORA Interés legal del dinero 4 25 % 4 25 % 3 75 % 4 00 % Interés de demora 5 50 % 5 50 % 4 75 % 5 00 % REDUCCIÓN DEL RENDIMIENTO NETO PREVIO EN EL RÉGIMEN DE ESTIMACIÓN OBJETIVA PARA ACTIVIDADES AGRÍCOLAS Y GANADERAS PARA 2005 Todas las actividades agrícolas y ganaderas que determinen su rendimiento neto en el ejercicio 2005 por el régimen de estimación objetiva podrán reducir el rendimiento neto previo en el 35 % del precio de adquisición del gasóleo agrícola necesario para el desarrollo de su actividad, siempre que aparezca debidamente documentado en las facturas expedidas con motivo de dicha adquisición.
5 ACTUALIZACIÓN A MAYO 2005 Pág. 4 NOTAS: 1.- Las explicaciones y ejercicios del libro están hechas en función de la normativa vigente al redactar el texto. Posteriormente ha habido cambios en la normativa fiscal, como por ejemplo el hecho de que se consideran empresas de reducida dimensión aquéllas cuyo importe neto de la cifra de negocios sea inferior a los 8 millones de euros (en lugar de 6), o que para 2005 estas empresas podrán amortizar el inmovilizado material e inmaterial multiplicando por 2 (en lugar de por 1 5) el coeficiente de amortización lineal máximo previsto en las tablas oficiales de amortización, o que el tipo de gravamen será del 30 % para la base imponible comprendida entre 0 y euros (equivalente a 20 millones Ptas.) en lugar de euros fijados anteriormente (equivalente a 15 millones Ptas.), etc. Todos estos cambios no afectan a la filosofía de liquidación de los Impuestos, sino a meros coeficientes o porcentajes que el lector ha de revisar y tener en cuenta cuando deba hacer la liquidación de un Impuesto en la vida real. 2.- La redacción del texto, en lo relativo a los rendimientos de trabajo, puede llevar a pensar que la reducción a aplicar se hace en el punto del cálculo del rendimiento neto del trabajo, ya que es allí donde se explica. Dicha reducción, como todas las demás (ver página 345 del libro, artículos 51 al 58 de la Ley de IRPF), se aplican sobre la Base Imponible General, para obtener la Base Liquidable. 3.- Algunos ejercicios aparecen en el texto con la solución equivocada. Los errores que hemos advertido son: Ejercicio 5. Pág Dice: euros a devolver Debe decir: euros a devolver Ejercicio 6. Pág Dice: euros Debe decir: euros Ejercicio 5. Pág Dice: a) Estatal euros y Autonómica euros b) A devolver euros Debe decir: a) Estatal euros y Autonómica euros b) A devolver euros Ejercicio 9. Pág La solución a) Dice: euros Debe decir: euros La solución b) es correcta. 4.- Para evitar errores de interpretación, en la página 141, punto 4.9. El IVA y el inmovilizado, en el segundo párrafo, después de cuatro años naturales, sustituir lo que sigue por siguientes a aquél en que se adquirió el bien del inmovilizado, con excepción de los terrenos, para los que se establece un plazo de nueve años siguientes al de adquisición.
6 ACTUALIZACIÓN A MAYO 2005 Pág Así mismo, en la página 172, ejercicio 10, añadir al principio: - En el ejercicio anterior la sociedad realizó exportaciones por valor de euros. 6.- En la página 346, en el penúltimo párrafo debe decir... y Fondos de pensiones tienen un límite máximo de euros anuales, si bien En la página 352, línea 29, dice euros. Debe decir euros. EJERCICIOS DE AMPLIACIÓN Se incluyen aquí algunos ejercicios de ampliación para que el lector tenga más material de trabajo. (Impuesto sobre Sociedades - IS) (Si no se indica otra cosa, se supone que la empresa hace un uso normal del elemento (un turno de trabajo). 1.- Una S.A. ha adquirido a principio de este año una máquina con un coste de adquisición de euros. Se supone un valor residual nulo cuando acabe su vida útil. La empresa decide amortizarla de forma lineal. Este año la ha amortizado un 20 %. Indicar si deberá hacer ajuste y -en caso afirmativo- por cuánto, teniendo en cuenta que las tablas oficiales de amortización indican: Coeficiente lineal máximo (Porcentaje) Período máximo (Años) Resolver la cuestión anterior considerando que la empresa utilizó la máquina en dos turnos (de 8 horas cada uno) y aplicó el mismo porcentaje de amortización (20 %). 3.- Otra sociedad dispone de una máquina similar a la anterior, que compró por el mismo importe. Esta empresa decide amortizarla por el método degresivo de porcentajes constantes en el menor período posible (años enteros) según la normativa fiscal. Redactar el cuadro de amortización de la máquina. 4.- Redactar el cuadro de amortización de la máquina anterior, considerando que aplica el método de amortización degresiva de suma de dígitos, también en el menor número de años posible según la normativa fiscal. 5.- La empresa Ferdinando, S.L.L., en su 2 año de creación, adquiere una máquina similar a las anteriores, que decide amortizar de forma lineal en 10 años. Al liquidar el IS decide imputar como gasto fiscal de amortización de dicha máquina el máximo posible. Indicar si habrá que hacer ajustes por este concepto, cuándo y de qué cuantía. 6.- La empresa Figo, S.L. ha obtenido un beneficio en este ejercicio de euros. Entre los gastos figura la dotación a la provisión para insolvencias de tráfico por euros, saldo de un cliente al que le vendió en agosto y lleva ya 13 intentos de cobro sin conseguirlo, aunque dicho
7 ACTUALIZACIÓN A MAYO 2005 Pág. 6 cliente no se encuentra inmerso en ningún tipo de procedimiento judicial. Indica si hay que hacer ajuste, y de cuánto. Si este cliente paga el próximo año, indica si entonces hay que hacer ajuste, y de cuánto. 7.- Nuestra empresa, en aplicación de lo que indica el convenio, realiza una aportación a un fondo externo de pensiones por euros. Indica si hay que hacer ajuste. Razona la respuesta. 8.- La empresa Vicente Cenzano, S.A. adquirió a principios del ejercicio 2002 un camión por un precio de adquisición de euros. Ha procedido a amortizar el mismo a razón de un coeficiente anual constante acogido a las tablas oficiales del 10 % (sin considerar ningún valor residual). Al inicio de 2004 vende el camión a crédito c/p por un importe de euros. Indica la cuantía del resultado contable y fiscal que origina la operación de venta, y el ajuste que habrá que realizar para liquidar el IS (si es que hay que hacer ajuste). Razona la respuesta. 9.- La Sociedad "GABRIDOS, S.L." se dedica a la fabricación de ordenadores. Al realizar el cierre contable del ejercicio económico del año 2004, y una vez registradas todas las operaciones realizadas en el mismo siguiendo los criterios contables de obligado cumplimiento, presenta la siguiente cuenta de pérdidas y ganancias: 129- Pérdidas y Ganancias Debe Haber 60- Compras Ventas /71- Variación existencias Beneficios Inm. Mat Servicios exteriores Impuesto beneficios Gastos personal Gastos financieros Total Debe Total Haber Saldo acreedor (beneficio) Totales Totales Datos a tener en cuenta para determinar la Base imponible del IS: a) En el subgrupo 64 Gastos de personal, se encuentra la cuenta 643- Aportaciones a sistemas complementarios de pensiones, en la que se registraron euros como dotación a un fondo interno de pensiones para los trabajadores. Se realizó el siguiente asiento: Aportaciones a sistemas complementarios de pensiones a 140- Provisión para pensiones y obligaciones similares b) Se entregaron a los socios durante el ejercicio ordenadores para su consumo propio cuyo precio de coste para la empresa ascendía a euros. c) El beneficio por venta de inmovilizado material se refiere al beneficio por la venta de un pabellón industrial que compró el por euros, de los que correspondieron a la construcción
8 ACTUALIZACIÓN A MAYO 2005 Pág euros, lo amortizó a razón de un 2 % anual (dentro de los límites fijados en las Tablas de amortización), y lo vendió el , por euros Resuelve el ejercicio anterior considerando, además, que en las ventas de la empresa está incluida una venta a plazos por euros, con unos costes (directos e indirectos) de euros y una forma de cobro con estas características: 60 % en el ejercicio actual. 30 % en el próximo ejercicio. 10 % en el siguiente ejercicio La empresa LUISA CASTEL, S.L. adquirió un equipo informático el día por euros, formalizando un contrato de arrendamiento financiero con las siguientes condiciones: 24 cuotas constantes de euros cada una. Cargas financieras de euros. Opción de compra de euros, a pagar al finalizar el contrato. Cuadro de cuotas: AÑO Recuperación del coste del bien Cargas financieras Cuotas totales a pagar (sin IVA) (opción de compra) TOTAL Se establece en las tablas oficiales de amortización que este elemento se puede amortizar a razón de un coeficiente máximo anual del 25 % con un máximo de 8 años. La sociedad decide amortizar contablemente el elemento utilizando el método de cuotas constantes, aplicando el coeficiente máximo de las tablas. Trabajo a realizar: a) Determinar la cuota diferencial de LUISA CASTEL, S.L. por el Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2004, teniendo en cuenta las siguientes cuestiones: - Ha obtenido un resultado positivo en el ejercicio de euros. - Tipo de gravamen: General (no es entidad de reducida dimensión). - Tiene pendiente de compensación unas bases negativas del ejercicio 2000 por euros. - La compra del equipo informático le da derecho a aplicar una deducciones por inversiones y creación de empleo por importe de euros. - Le han aplicado unas retenciones de 340 euros. - Ha efectuado pagos fraccionados por euros. - El Impuesto sobre beneficios contabilizado asciende a euros. b) Determinar el importe de cada uno de los tres pagos fraccionados posteriores (opción 1). a) euros a devolver b) cero 12.- Resolver el ejercicio anterior, considerando que el importe de las bases imponibles negativas del año 2000 pendientes de compensación es de euros. a) euros a pagar b) euros
9 ACTUALIZACIÓN A MAYO 2005 Pág La sociedad Catalina Ábalos, S.L. ha obtenido un resultado contable, antes de impuestos, por importe de euros, habiendo dotado las siguientes provisiones para insolvencias de tráfico: - Provisión para insolvencias por euros con vencimiento hace 5 meses, cuyo crédito ha sido impagado. - Provisión para insolvencias dotada por euros sobre un cliente que se encuentra en situación de concurso de acreedores. Vencimiento de deuda hace 4 meses. - Provisión para insolvencias por euros sobre un crédito que venció hace 8 meses, pero fue renovado con una letra de cambio aceptada para otros 3 meses, que ha sido impagada de nuevo. Determinar la base imponible previa del IS euros 14.- Determinar la cuota diferencial del Impuesto sobre Sociedades de la empresa Construcciones Manuel Domínguez, S.L., teniendo en cuenta los siguientes datos: Retenciones: 200 euros. Diferencias permanentes positivas: euros. Resultado contable: beneficio de euros. Deducciones por inversiones: euros. Bases imponibles negativas de ejercicios anteriores compensables: euros. Pagos fraccionados: euros. Tipo de gravamen hasta euros: 30 %. Tipo de gravamen del resto: 35 %. Diferencias temporales negativas: euros. Deducciones por doble imposición: 120 euros euros a ingresar PAGOS FRACCIONADOS en el Impuesto sobre Sociedades Aplicar en todos los casos los datos del libro (se elige siempre la Opción 1). Cuando hablamos de cuota a ingresar o devolver nos estamos refiriendo a dicha cuota antes de los pagos fraccionados. (Ver esquema de la página 195 del libro) Una sociedad cierra su ejercicio el de cada año. En la declaración efectuada el día se obtuvo una cuota a ingresar de euros y en la declaración efectuada el día se obtuvo una cuota a devolver de euros. Determinar el importe de los pagos fraccionados realizados durante el ejercicio Una sociedad cierra su ejercicio el de cada año. En la declaración efectuada el día se obtuvo una cuota a devolver de euros y en la declaración efectuada el día se obtuvo una cuota a ingresar de euros. Determinar el importe de los pagos fraccionados realizados durante el ejercicio Una sociedad cierra su ejercicio el de cada año. En la declaración efectuada el día se obtuvo una cuota a ingresar de euros y en la declaración efectuada el día se obtuvo una cuota a ingresar de euros. Determinar el importe de los pagos fraccionados realizados durante el ejercicio 2004.
10 ACTUALIZACIÓN A MAYO 2005 Pág Una sociedad cierra su ejercicio el de cada año. En la declaración efectuada el día se obtuvo una cuota a devolver de euros y en la declaración efectuada el día se obtuvo una cuota a devolver de euros. Determinar el importe de los pagos fraccionados realizados durante el ejercicio Una sociedad cierra su ejercicio el de cada año. En la declaración efectuada el día se obtuvo una cuota a devolver de euros y en la declaración efectuada el día se obtuvo una cuota a ingresar de euros. Determinar el importe de los pagos fraccionados realizados durante el ejercicio (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas - IRPF) 20.- Dª Inmaculada Carabias es soltera y vive con una hija de 10 años en un apartamento de su propiedad. Durante el ejercicio 2004 ha obtenido las siguientes rentas: - Rendimientos del trabajo: Sueldo anual bruto euros. Retención IRPF euros. Seguridad Social a su cargo euros. Dietas por locomoción Km, por 0 20 euros cada uno. Premio por 5 años de antigüedad en la empresa euros. - Inmaculada es propietaria del apartamento en el que vive, y además tiene un piso con un valor catastral revisado por la Administración de euros, en el que viven sus padres. María no cobra cantidad alguna en concepto de alquiler. - Ha percibido de la Sociedad Anónima X, en concepto de dividendos de unas acciones que posee, la cantidad neta de 790 euros (rendimiento de carácter general). El banco le ha cobrado, además, por gastos de administración y custodia de los valores, 26 euros. Información adicional: - Intereses netos cobrados de una imposición a plazo fijo: euros. - Ha percibido euros por una herencia. - Ha realizado el reembolso total de un fondo de inversión mobiliaria el día , por euros brutos. Había invertido el día la cantidad de euros. Le han practicado la retención obligatoria que establece la Ley del IRPF para estos rendimientos. No ha reinvertido en otro fondo de inversión. - Ha realizado el reembolso total de un fondo de inversión mobiliaria el día , por euros brutos. Había invertido el día la cantidad de euros. Le han practicado la retención obligatoria que establece la Ley del IRPF para estos rendimientos. No ha reinvertido en otro fondo de inversión. - El día 7 de mayo compró unas acciones por euros (más gastos de compra, 37 euros) y las ha vendido el día 22 de octubre por (menos gastos de venta, 18 euros). - Ha realizado pagos de amortización en el año por euros y de intereses por euros, del préstamo hipotecario del apartamento en el que reside y que adquirió el día El préstamo hipotecario se lo otorgó una Caja de Ahorros, el importe financiado fue superior al
11 ACTUALIZACIÓN A MAYO 2005 Pág % del valor de adquisición del apartamento, y no se admite una amortización parcial superior al 40 % en los 3 primeros años. - Le corresponde una deducción autonómica de euros que puede aplicar en la declaración del IRPF de este ejercicio. Trabajo a realizar: a) Determinar la cuota líquida estatal y la cuota líquida autonómica del IRPF para el ejercicio b) Determinar la cuota diferencial del IRPF del año a) euros euros b) euros a devolver 20.- D. José Luis Bretón es soltero, sin hijos, y vive en un apartamento de su propiedad. Durante el ejercicio 2004 ha obtenido las siguientes rentas: José Luis ejerce una actividad empresarial que determina su resultado por Estimación directa simplificada. Se sabe que, durante 2004: - Ingresos computables euros - Gastos deducibles realmente efectuados (incluida amortización) euros - Ha realizado los pagos fraccionados correspondientes Además, José Luis es propietario del apartamento en el que vive, y tiene también un piso con un valor catastral no revisado por la Administración de euros, en el que viven sus padres. José no cobra cantidad alguna en concepto de alquiler. Ha percibido de la Sociedad Anónima X, en concepto de dividendos de unas acciones que posee, la cantidad neta de 980 euros (rendimiento de carácter general). El banco le ha cobrado, además, por gastos de administración y custodia de los valores, 35 euros. Información adicional: - Intereses netos cobrados de una imposición a plazo fijo: 850 euros. - Ha realizado el reembolso total de un fondo de inversión mobiliaria el día , por euros brutos. Había invertido el día la cantidad de euros. Le han practicado la retención obligatoria que establece la Ley del IRPF para estos rendimientos. No ha reinvertido en otro fondo de inversión. - El día 7 de mayo compró unas acciones por euros (más gastos de compra, 43 euros) y las ha vendido el día 22 de octubre por (menos gastos de venta, 24 euros). - Ha realizado pagos de amortización en el año por euros y de intereses por euros, del préstamo hipotecario del apartamento en el que reside y que adquirió el día El préstamo hipotecario se lo otorgó una Caja de Ahorros, el importe financiado fue superior al 50 % del valor de adquisición del apartamento, y no se admite una amortización parcial superior al 40 % en los 3 primeros años. - Le corresponde una deducción autonómica de 85 euros que puede aplicar en la declaración del IRPF de este ejercicio. Trabajo a realizar: a) Determinar la cuota líquida estatal y la cuota líquida autonómica del IRPF para el ejercicio b) Determinar la cuota diferencial del IRPF del año a) euros euros b) euros a ingresar
12 ACTUALIZACIÓN A MAYO 2005 Pág Resolver el siguiente ejercicio: A) Determinar el rendimiento neto ajustado del trabajo de Dª Felisa Largo Medrano, sabiendo que (nacida en 1960), es soltera, sin hijos y vive en Logroño: - Trabaja en una empresa en Logroño y durante 2004 ha cobrado un sueldo neto de euros. - Le han descontado: - Seguridad Social euros. - IRPF euros. - Tuvo que desplazarse a Zaragoza por cuestiones de trabajo durante 4 días completos, pernoctando allí. Realizó el viaje en su vehículo particular, haciendo uso del servicio de autopista. Recorrió 800 Km., justificó peaje por 50.- euros, aporta tickets de parking por 22.- euros y la factura del hotel que asciende a euros. No presenta más justificantes. La empresa le entregó en concepto de dietas la cantidad exacta exenta de gravamen de IRPF, más euros. (Indicar cuánto le dio). B) Determinar el rendimiento neto reducido del capital inmobiliario de Dª Felisa Largo Medrano, (todos los inmuebles están ubicados en municipio que no ha revisado el valor catastral), sabiendo que: 1.- Vivienda propia habitual valorada en euros. Gastos de comunidad de euros. Contribución (IBI) euros. 2.- Vivienda propia no habitual en Bergasa (La Rioja), vacía, valorada en euros. Gastos de comunidad de euros. Contribución (IBI) euros. 3.- Vivienda propia no habitual en Logroño (La Rioja), alquilada a D. Luis Vecino Fuertes por un importe anual de euros. Valor del suelo euros. Valor de la construcción euros. Gastos de comunidad de euros, que paga D. Luis. Contribución (IBI) euros, que paga Dª Felisa. 4.- Local alquilado a una empresa, valorado en euros ( el terreno, resto el edificio). El alquiler de 2004 ha ascendido a euros, más IVA. Gastos de comunidad, que paga Dª Felisa, de euros. Contribución (IBI) euros, que paga Dª Felisa. Le aplicaron el 15 % de retención. C) Determinar el rendimiento neto reducido del capital mobiliario de Dª Felisa Largo, sabiendo que: 1.- Cuenta de ahorro en Banco de Cameros: Intereses brutos euros. Retención IRPF % Gastos y comisiones por apuntes euros. 2.- Es titular de unas acciones del SCH (que tiene depositadas en el Banco de Cameros) por las que este año le han abonado euros netos de dividendos (una vez descontado el 15 % de retención). El banco le ha cobrado, además, gastos de custodia por 14.- euros.
13 ACTUALIZACIÓN A MAYO 2005 Pág. 12 D) Dª Felisa Largo es titular de un pequeño negocio de fabricación de tuercas para tornillos, que determina su rendimiento en Estimación Directa Simplificada. Realiza la actividad en un local alquilado a D. Nicolás Tutor, por el que le paga de renta al mes euros (más IVA, menos retención). La maquinaria le costó euros y la furgoneta euros. Durante el ejercicio ha realizado ventas por euros y ha tenido gastos de suministros por euros, reparaciones por euros, de personal por euros y otros gastos deducibles (sin contar las amortizaciones) por euros (atención a las amortizaciones y reducciones para provisiones y gastos de difícil justificación). Realizó los pagos a cuenta correspondientes (indicar cuánto pagó, sin necesidad de hacer el cálculo trimestral). E) Determinar el importe de las ganancias y pérdidas patrimoniales de Dª Felisa Largo, sabiendo que: - Vendió en julio de 2004 unas acciones de Barrancos de Valmayor, S.A. por euros, con gastos de 24.- euros. Las había comprado en marzo de 2002 por euros, con gastos de compra de 18.- euros. - Vendió en octubre de 2004, por euros, un fondo de inversión en el que participó con el importe TOTAL que sacó de la venta de las acciones anteriores en julio de este año. Le aplicaron la retención que correspondiera. No ha reinvertido en otro fondo de inversión. F) Teniendo en cuenta que Dª Felisa Largo es soltera, y no tiene más fuentes de renta que las descritas en los apartados anteriores, realizar la liquidación del IRPF del año 2004, teniendo en cuenta que: - Ha realizado pagos de amortización en el año por euros y de intereses por euros, del préstamo hipotecario de la vivienda en la que reside y que adquirió el día El préstamo hipotecario se lo otorgó el Banco de Cameros, el importe financiado fue superior al 50 % del valor de adquisición del apartamento, y no se admite una amortización parcial superior al 40 % en los 3 primeros años. - Ha realizado donaciones a la Asociación de Lucha contra el Cáncer por euros. - No le corresponde deducción autonómica en la declaración del IRPF de este ejercicio. (Indicar por qué).
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