Ley Reforma Tributaria 2016
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- Javier Lozano Robles
- hace 6 años
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Transcripción
1 Ley Reforma Tributaria 2016 Productividad, reforma tributaria y crecimiento José Hernán Flórez Pachón
2 Principio General 2 Mejor calidad del sistema tributario (ejemplos) Simplicidad Personas Jurídicas: de 4 impuestos a 1 de 4 contabilidades a 2 Personas Naturales de 3 sistemas de declaración a 1 Competitividad Se mantiene el tratamiento tributario de IVA de los alimentos básicos Impuesto a los dividendos a personas naturales Limita las rentas exentas de personas jurídicas y naturales (Presentación DIAN Minhda. Reforma Tributaria estrcutural)
3 Principio General 3 Mejor calidad del sistema tributario (ejemplos) Equidad Reduce impuestos a las empresas Monotributo para pequeños comerciantes Deducción plena del IVA de bienes de capital Elimina impuesto a la riqueza Lucha contra la evasión Recursos para inversión pública (Presentación DIAN Minhda. Reforma Tributaria estrcutural)
4 Comentarios y reflecciones 4 Aspectos macro No tan estructural Improvisación, exceso de normas vs. Competitividad. Fortalecimiento de la DIAN Portal - Intercambio de información Actividad económica como cuestionable Recaudo con impuestos temporales sin reemplazo, o antitécnicos. Recaudo se mantiene o aumento IVA, retenciones Presión indebida con mayores sanciones y el delito fiscal Desvío por corrupción
5 Ley Reforma Tributaria 2016 Modificaciones al Impuesto a la Renta personas jurídicas
6 Tarifa 6 Elimina Cree Riqueza Normalización Retención dividendos, 0%, 5%, 10%, 35%,
7 Tarifa 7 AÑOS TARIFAS ANTERIORES CON LA LEY 1819 DIFERENCIAS AÑO 2017 Renta: 25% + CREE: 9% + Sobretasa CREE*: 8% Tarifa global: 42% Renta: 34% Sobretasa Renta*: 6% Total: 40% 2% AÑO 2018 Renta: 25% + CREE: 9% Sobretasa CREE*: 9% Tarifa global: 43% Renta: 33% Sobretasa Renta*: 4% Total: 37% 6% 2019 EN ADELANTE Renta: 25% CREE: 9% Total: 34% Renta: 33% Total: 33% 1%
8 Tarifa 8 AÑO TARIFA Primer año 9%+(TG-9%)*0 Segundo año 9%+(TG-9%)*0 Tercer año 9%+(TG-9%)*0.25 Cuarto año 9%+(TG-9%)*0.50 Quinto año 9%+(TG-9%)*0.75 Sexto año y TG siguientes TG = Tarifa general de renta para el año gravable. 9% 9% 15% 21% 27% 33%
9 Reglas a Considerar 9 Pérdidas fiscales a 12 años No acepta en venta activos biológicos En Construcción solo al final, si es efectiva Régimen de transición incluidos los Excesos de presuntiva y de base mínima Anteriores siguen pero ponderadas Sin reajustes
10 Deducciones 10 Algunas novedades (ej.) Atenciones a clientes, proveedores y empleados el 1% de ingresos netos ( ) Limitaciones a pagos salariales y prestacionales, que provengan de litigios laborales solo al pago Aportes parafiscales e impuestos, en devengo, si pagados previamente a la declaración de renta ( ) IVA pagado deducible en año adquisición (Art 115-2), leasing financiero Bajo Niif sigue en el costo (salvo si es recuperable) Es base de arancel
11 Deducciones 11 Depreciación con tasas señalas -2,22%-33%, valor residual. No obsolescencia parcial. Transición Produce efecto en diferido y utilidades no gravadas con limitación del carry back Afecta impuesto diferido y utilidad no gravada no cubierto por lapsos del art. 49
12 INTERACCIÓN CON NIIF Depreciación 12 Base: Costo fiscal menos valor residual a lo largo de la vida útil. Las dos determinadas según contabilidad. Métodos: Los establecidos en la técnica contable. Bienes depreciables: PPE, Propiedades de Inversión, Activos Tangibles que se generen en la exploración de recursos naturales no renovables. Tasa de depreciación: De conformidad con la técnica contable, si no excede tasas máximas del Gobierno nacional. Oscilarán entre 2,22%y 33%. CONCEPTOS DE BIENES A DEPRECIAR. TASA DE DEPRECIACIÓN FISCAL ANUAL 2,22% CONSTRUCCIONES Y EDIFICACIONES ACUEDUCTO, PLANTA Y 2,50% REDES VIAS DE COMUNICACIÓN 2,50% FLOTA Y EQUIPO AÉREO 3,33% FLOTA Y EQUIPO FÉRREO 5% FLOTA Y EQUIPO FLUVIAL 6,67% ARMAMENTO Y EQUIPO DE 10% VIGILANCIA EQUIPO ELECTRICO 10% FLOTA Y EQUIPO DE TRANS 10% TERRESTRE MAQUINARIA, EQUIPOS 10% MUEBLES Y ENSERES 10% EQUIPO MÉDICO CIENTIFICO 12,50% ENVASES, EMPAQUES Y 20% HERRAMIENTAS EQUIPO DE COMPUTACIÓN 20% REDES DE PROCESAMIENTO 20% DE DATOS EQUIPO DE COMUNICACIÓN 20%
13 Deducciones 13 Reglas a los activos intangibles (Art 74 ET) No regalías ni amortizar intangibles con partes relacionadas y ZF, en formados. Tampoco plusvalía. Ni productos terminados si es base en arancel Transición
14 IMPUESTO SOBRE LA RENTA INTERACCIÓN CON NIIF 14 Bases gravables, ingresos, costos, gastos Se adiciona artículo 21-1 determinación del impuesto sobre la renta y complementarios, en el valor de los activos, pasivos, patrimonio, ingresos, costos y gastos, los obligados a llevar contabilidad aplicarán los sistemas de reconocimientos y medición, de conformidad con los marcos técnicos normativos contables vigentes en Colombia, cuando la ley tributaria remita expresamente a ellas y en los casos en que esta no regule la materia. ( ) Parágrafo 1 Los activos, pasivos, patrimonio, ingresos, costos y gastos deberán tener en cuenta la base contable de acumulación o devengo.
15 INTERACCIÓN CON NIIF 15 Se establecen varias excepciones, y la primera en este mismo artículo:..las mediciones que se efectúen a valor presente o valor razonable de conformidad con los marcos técnicos normativos contables, deberán reconocerse al costo, precio de adquisición o valor nominal, siempre y cuando no exista un tratamiento diferente en este estatuto. Por consiguiente, las diferencias que resulten del sistema de medición contable y fiscal no tendrán efectos en el impuesto sobre la renta y complementarios hasta que la transacción se realice mediante la transferencia económica del activo o la extinción del pasivo, según corresponda
16 INTERACCIÓN CON NIIF 16 Ajustes por diferencia en cambio. Los ingresos, costos, deducciones, activos y pasivos en moneda extranjera se medirán al momento de su reconocimiento inicial a la tasa representativa del mercado. Las fluctuaciones de las partidas del estado de situación financiera, activos y pasivos, expresadas en moneda extranjera, no tendrán efectos fiscales sino hasta el momento de la enajenación o abono en el caso de los activos, o liquidación o pago parcial en el caso de los pasivos.
17 REGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL - ESAL 17 Asociaciones; Fundaciones y Corporaciones Excepcionalmente pueden solicitar acceso al Régimen Tributario Especial (RTE). Requisitos: i) Legalmente Constituidas; 2) Objeto de Interés General en una o varias actividades meritorias con acceso de la comunidad; y 3) No reembolso de aportes ni distribución de excedentes. Presentación ante la DIAN calificación en el RUT como ESAL
18 Ley Reforma Tributaria 2016 Modificaciones al Impuesto a la Renta personas naturales
19 Reforma tributaria 19 SISTEMAS PARA DETERMINAR LA RENTA LIQUIDA GRAVABLE DE LAS PERSONAS NATURALES El global, que consiste en sumar todas las rentas del contribuyente y gravarlas, según las tarifas marginales y progresivas aplicadas sobre el monto de los ingresos.
20 Reforma tributaria 20 El cedular, según el cual se grava separadamente las diferentes rentas que perciba el contribuyente, para establecer sobre cada una, el impuesto sobre la renta a su cargo, el cual, dependiendo la cedula que se liquide, presenta tarifas diferentes
21 Reforma tributaria 21 TARIFA MINIMA DE RETENCION EN LA FUENTE PARA EMPLEADOS DECLARANTES Norma derogada expresamente por el artículo 376 de la Ley 1819 de 2016.
22 Ley Reforma Tributaria 2016 Modificaciones al Impuesto a las ventas
23 TARIFAS 23 General del 19% (salud y educación). Cambios en el 5% 1ª venta vivienda > UVT, fiduciarios. No, preventa y promesa antes de Dic. 31/17 Bicicletas eléctricas, compresas General, con impoconsumo en licores, vinos (L1816/16) y cigarrillos Neveras - condiciones
24 HECHO GENERADOR 24 Antes de la Reforma Con la Nueva Ley Venta de bienes corporales muebles. La prestación de servicios en Colombia. Venta de bienes corporales muebles e inmuebles. La prestación de servicios en el territorio nacional o desde el exterior. La venta o cesión de derechos sobre activos intangibles. Solo Propiedad Industrial
25 SERVICIOS EXCLUIDOS 25 Educación virtual para desarrollo de Contenidos Digitales, en Colombia o el exterior. Suministro de páginas web, servidores (hosting), computación en la nube (cloud computing) y mantenimiento a distancia de programas y equipos. Adquisición licencias de software para el desarrollo comercial de contenidos digitales Reparación y mantenimiento de naves y artefactos navales marítimos y fluviales de bandera Colombiana, excepto servicios del lit. P) num. 3 art. 477.
26 AGENTES DE RETENCIÓN 26 Los responsables del régimen común que contraten con personas extranjeras sin residencia ni domicilio en Colombia (antes era casos particulares). Las operaciones que se celebren con responsables del régimen simplificado no están sujetas a ReteIVA.
27 DESCUENTOS 27 Período fiscal correspondiente a la fecha de su causación, o en uno de los tres períodos bimestrales inmediatamente siguientes - contabilización. O en el período cuatrimestral inmediatamente siguiente En construcción, 2 periodos - en el que ocurra la escrituración de cada unidad inmobiliaria privada gravada, proprocional
28 Ley Reforma Tributaria 2016 Modificaciones al Procedimiento tributario
29 Termino de Firmeza 29 GENERAL Se incrementa (714) 3 años - Aclara en la imputación de saldos Si liquida pérdida fiscal abierto hasta el plazo para compensarla (plazo que fue reducido) - Si solicita compensación en los últimos 2 años, 3 años más ( ). No menciona dec. donde se compense 6 años desde presentación determine o compense pérdidas (89-147) Con P.T. 6 años
30 Termino de Firmeza 30 ESPECIALES - Liquidación provisional. - suspende durante discusión (764) Si es aceptada o corregida, queda en firme en 6 meses (764-4) - (No aprobado) En planeación tributaria agresiva (889) Para el Promotor indefinido, solo al presentar la información (2 meses del año siguiente, plazos del Gobierno) Al usuario presentación renta y el NIE (# identificación de c/estrategia) La describe como régimen sancionatorio - En abuso en materia tributaria se suspende por 3 meses de respuesta al emplazamiento especial ( )
31 Periodos en el IVA 31 DESCONTABLES (187) En declaración bimestral, se amplia a 3 periodos y solicitarse en la declaración de contabilización En cuatrimestral será hasta el periodo siguiente En constructores será desde la primera venta PERIODO DEL IVA (189) Elimina anual CONTENIDO DECLARACIÓN IVA (190) Los extiende a la cuatrimestral
32 NORMAS ANTIABUSO Y ANTIEVASIÓN 32 o El encargado de recaudar tasas y contribuciones públicas no las consigne. o Incurrirá en prisión de 48 a 108 meses y multa equivalente al doble de lo no consignado sin que supere UVT. o Igual sanción para el responsable del IVA o del Impuesto al consumo que no consigne las sumas recaudadas o que omita la obligación de cobrar. o Habrá preclusión o cesación de procedimiento si el infractor extingue la obligación y sus intereses.
33 Territoriales 33 Impuesto de industria y comercio (294) Formulario único nacional Presentación nacional Envío de constancia
34 34 GRACIAS!
35 Questions & feedback 2016 Servicios de Auditoría y Consultoría de Negocios.Todos los derechos reservados.
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