MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº"

Transcripción

1 MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2008 Voto Nº Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas cuarenta minutos del veintiuno de mayo del dos mil ocho Denuncia interpuesta por ASOCIACIÓN CONSUMIDORES DE COSTA RICA, cédula jurídica trescero cero dos- cuatrocientos cinco mil ciento siete contra ARDECA INTERNACIONAL DE GUANACASTE SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres- ciento uno- trescientos veintidós mil cuatrocientos sesenta y ocho; por supuesto incumplimiento del artículo 34 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, No. 7472, del 20 de diciembre de

2 COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas cuarenta minutos del veintiuno de mayo del dos mil ocho Denuncia interpuesta por ASOCIACIÓN CONSUMIDORES DE COSTA RICA, cédula jurídica trescero cero dos- cuatrocientos cinco mil ciento siete contra ARDECA INTERNACIONAL DE GUANACASTE SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres- ciento uno- trescientos veintidós mil cuatrocientos sesenta y ocho; por supuesto incumplimiento del artículo 34 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, No. 7472, del 20 de diciembre de RESULTANDO PRIMERO: Que el veintitrés de noviembre del dos mil seis, la ASOCIACIÓN CONSUMIDORES DE COSTA RICA interpuso denuncia contra ARDECA INTERNACIONAL DE GUANACASTE SOCIEDAD ANÓNIMA, aduciendo en síntesis: (...) Consumidores de Costa Rica, en atención a sus objetivos de protección de los derechos de la población consumidora realizó una verifcación (sic) en establecimientos comerciales del Área de la Ciudad de San José, con el fin de determinar si las advertencias impresas en juguetes sobre contenido de piezas pequeñas, que se encuentran en idioma inglés se indicaban en el empaque en idioma español por medio de pegatinas ( ) El pasado 15 de noviembre nos presentamos al citado establecimiento comercial en donde se encontró la carencia de pegatinas en los juguetes con advertencias de peligro y precaución para el uso por parte de niños menores de tres años. Se procedió a la adquisición de un juguete que sirve como prueba en el presente caso ( ) consideramos necesario que se obligue a los comerciantes a etiquetar, de forma adecuada y completa las líneas de juguetes que presentan advertencias en otros idiomas, con el fin de que puedan ser comprendidos por toda la población consumidora ( ) (folios 1-2). Por los hechos anteriores, la asociación accionante solicita que la empresa denunciada sea sancionada con la pena económica más alta que la ley establece y que se le ordene a etiquetar en español las advertencias que hacen los fabricantes de juguetes respecto al contenido de piezas pequeñas inconvenientes para niños y niñas de determinadas edades (folio 2). Aporta como prueba los documentos visibles a folios 3-12 del expediente administrativo. SEGUNDO: Que mediante resolución de las diez horas quince minutos del dos de abril del dos mil siete, dictado por la Unidad Técnica de Apoyo de esta Comisión, actuando como órgano director se dio inicio al procedimiento administrativo por supuesto incumplimiento de las disposiciones del artículo 34 de la Ley 7472, el cual fue debidamente notificado a las partes involucradas (folios 21-28). TERCERO: Que la comparecencia oral y privada prevista en el artículo 309 de la Ley General de la Administración Pública, se realizó a las ocho horas con treinta y cinco minutos del veinticuatro de mayo del dos mil siete, con la participación de ambas partes del procedimiento (folios 35-46). CUARTO: Que se han realizado todas las diligencias necesarias para el dictado de la presente resolución. CONSIDERANDO PRIMERO. HECHOS PROBADOS: Como tal y de importancia para la resolución de este asunto se tiene por demostrado: 1- Que el quince de noviembre del dos mil seis, los representantes de la Asociación Consumidores de Costa Rica, se presentaron al local comercial de la denunciada con el objetivo de cumplir con sus labores de protección de los derechos de los consumidores (folios 1, 3, 36 y 39). 2

3 2- Que el juguete adquirido por la asociación denunciante y descrito como Fire Heroes (Rescue Team), no informaba en idioma español, sobre las advertencias de seguridad que se debían tomar en consideración en caso que el artículo fuera manipulado por menores de edad (ver muestra del producto aportada, folios 12, 41 y 42). SEGUNDO. HECHOS NO PROBADOS: De relevancia para el esclarecimiento de este caso no se tienen. TERCERO. En el caso en estudio, el hecho denunciado se enmarca dentro de los alcances de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, No. 7472, concretamente en el incumplimiento del artículo 34 incisos b) y d), por falta de información. CUARTO. SOBRE EL FONDO DEL ASUNTO: Del análisis de la prueba que consta en autos bajo las reglas de la sana crítica racional (artículo 298 de la Ley General de la Administración Pública), quedó plenamente demostrado que el quince de noviembre del dos mil seis la Asociación Consumidores de Costa Rica se presentó al local comercial de la accionada con el propósito de cumplir con sus objetivos de protección de los derechos de los consumidores, y en tal sentido, se percataron que la denunciada tenía a la venta en su establecimiento comercial, un juguete para niño que no tenía la debida información en idioma español (folios 1, 3, 12, 36, 39, 41 y 42). En referencia a lo anterior, a folio 12 del expediente administrativo, se puede observar la muestra del artículo en mención y que es descrito como un juguete llamado Fire Heroes (Rescue Team), de cinco piezas y en donde efectivamente se observa que no contenía la respectiva información en idioma español, concretamente en cuanto a las medidas de seguridad que debían tomarse en caso que el artículo fuera utilizado por menores de edad (ver muestra del producto aportada, folios 12, 41 y 42). Para demostrar que este juguete fue adquirido en la tienda de la denunciada, la asociación accionante presentó la factura de compra del artículo en comentario expedido por la empresa accionada, de esta prueba documental visible a folio 3 del expediente administrativo, se observa claramente como el juguete descrito coincide con el juguete aportado como muestra en el presente procedimiento. Ahora bien, dentro del caso concreto, es oportuno indicar que el comerciante tenía el deber de etiquetar adecuadamente los juguetes que vendía en su establecimiento comercial conforme a lo establecido en la Ley de Promoción la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, No. 7472, sea con la información correspondiente y en idioma español, a la vez, dicha información debía ser de manera clara y veraz, en el entendido que tenía que observarse en su exterior o empaque, de manera que se informara oportunamente al consumidor sobre las características y en especial sobre las advertencias de seguridad que debían tenerse presentes en caso de productos con algún grado de riesgo o peligro para la salud, así como cualquier otro dato determinante del artículo que se ofrecía en sus anaqueles o vitrinas. Al respecto, hay que recordar que la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, No. 7472, establece muy claramente en su numeral 34 inciso b) este deber de información de la siguiente forma: ( ) Son obligaciones del comerciante y el productor, con el consumidor, las siguientes: ( ) b) Informar suficientemente al consumidor, en español, de manera clara y veraz, acerca de los elementos que incidan en forma directa sobre su decisión de consumo. Debe enterarlo de la naturaleza, la composición, el contenido, el peso, cuando corresponda, las características de los bienes y servicios, el precio de contado en el empaque, el recipiente, el envase o la etiqueta del producto, la góndola o el anaquel del establecimiento comercial y de cualquier otro dato determinante. De acuerdo con lo dispuesto en el reglamento de la presente ley, cuando el producto que se vende o el servicio que se presta se pague al crédito, deben indicarse, siempre en forma visible, el plazo, la tasa de interés anual sobre saldos, la base, las comisiones y la persona, física o jurídica, que brinda el financiamiento, si es un tercero ( ) d) Suministrar, a los consumidores, las instrucciones para utilizar adecuadamente los artículos e informar sobre los riesgos que entrañe el uso al que se destinan o el normalmente previsible para su salud, su seguridad y el medio ambiente ( ) (lo resaltado no es del texto original). Desde esta perspectiva y 3

4 por lo anteriormente indicado, ha quedado demostrado en autos, que en ningún momento se brindó la información suficiente a los consumidores y en idioma español sobre la naturaleza, características, composición y otros datos determinantes del producto, así como su importador en caso de existir. Sobre el tema, esta Comisión en repetidas ocasiones ha indicado, que esta información debe ser de manera clara, veraz y suficiente ya que estos elementos incidirán directamente en la decisión final de consumo de los consumidores, lo anterior también con el fin de evitar situaciones de confusión a los particulares así como eventuales riesgos en su salud. En este sentido, cabe indicar que la empresa accionada en ningún estado del proceso, presentó prueba suficiente para demostrar la inexistencia o inexactitud de los hechos aquí denuciados, a pesar que tuvo su oportunidad para hacerlo durante la audiencia oral y privada. En tal línea de ideas, cabe indicar que la carga de la prueba dentro del procedimiento, entendida ésta como la: (...)conducta impuesta a uno o ambos litigantes, para que acrediten la verdad de los hechos enunciados por ellos. (...) Si procedimentalmente se establecen términos para el ofrecimiento y evacuación de la prueba, (...) es obligación de la parte a ella obligada, ofrecerla en el momento oportuno. Si no lo hiciere el vacío probatorio que en su perjuicio de ella se deriva, solo es imputable a ella. (...), máxime cuando en el auto de apertura del procedimiento se indicó en lo conducente que (...) se les previene a las partes que en la comparecencia deberán aportar y evacuar toda la prueba pertinente, sin perjuicio de que lo puedan hacer por escrito antes de esa fecha. Durante la comparecencia, las partes podrán ofrecer, solicitar la admisión, y tramitar toda la prueba que el órgano director del procedimiento califique como pertinente; pedir testimonio a la Administración, preguntar o repreguntar a testigos y peritos suyos o de otra parte; aclarar, ampliar o reformar la defensa inicial, proponer alternativas y sus pruebas y formular conclusiones de hecho y de derecho en cuanto a la prueba y resultados de la comparecencia, lo anterior bajo sanción de caducidad del derecho para hacerlo si se omite en la comparecencia. (...) (folio 23). Tomando en consideración lo anterior, este Órgano considera que la información aquí discutida, es fundamental, por cuanto como se ha venido afirmando, en caso de desconocerse puede hacer incurrir en error al consumidor y eventualmente le podría causar algún daño en su salud, inclusive cabe indicar y concluir que aún en ausencia de daño y en protección del interés general, el comerciante en este caso, está obligado a acatar y respetar las normas que regulan los derechos e intereses legítimos de los consumidores, que no está de más decir, ostentan la característica constitucional y legal de ser irrenunciables. En este sentido, quedó claramente demostrado que el juguete en comentario y sobre el que se sustenta este proceso, no cumplía con los requisitos arriba indicados. QUINTO. Es menester aclararle a la parte denunciada, que la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, No. 7472, vino a fortalecer la posibilidad de creación de Organizaciones de Consumidores (ODEC), en tal sentido, éstas organizaciones se deben concebir como una libre unión de ciudadanos para prever y solucionar los problemas que surgen de la prestación de los servicios y en la adquisición de bienes, son organizaciones reconocidas legalmente y sirven tanto para defender los derechos e intereses de sus asociados, como para actuar ante la Comisión Nacional del Consumidor, los Tribunales de Justicia, la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos (ARESEP), y demás entes u órganos creados para la defensa de los consumidores y usuarios. Ahora bien, retomando el punto de su regulación, la Ley 7472 en el artículo 54, indica que las organizaciones de consumidores tendrán legitimación procesal ante esta sede, al establecer lo siguiente: ( ) Legitimación procesal. Las organizaciones de consumidores están legitimadas para iniciar como parte o intervenir, en calidad de coadyuvantes, en los procedimientos ante la Comisión Nacional del Consumidor y ante los tribunales de justicia, en defensa de los derechos y los intereses legítimos de sus asociados. La coadyuvancia se rige por lo establecido en la Ley General de la Administración Pública y en el Código Procesal Civil ( ). En este sentido, las asociaciones indicadas, tendrán la facultad de participar como parte en un procedimiento administrativo ante esta 4

5 Comisión y además es importante indicar, que el Estado debe garantizar la participación de estas Organizaciones en los procesos de desición y reclamo, en torno a cuestiones que afectan su intereses, sean en el caso particular cuestiones de consumo y derechos del consumidor, lo anterior en base a lo regulado en el artículo 32 inciso g) de la Ley de cita. Una vez establecido lo anterior, es dable indicar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, No. 7472, es potestad de la Comisión Nacional del Consumidor conocer y sancionar las infracciones administrativas, los incumplimientos de las obligaciones establecidas en el Capítulo V de la referida Ley. Asimismo, en casos como el presente se debe tomar en cuenta lo dispuesto por el ordinal 32 de la ley en comentario, que estatuye como un derecho fundamental e irrenunciable del consumidor, la protección de sus legítimos intereses económicos y sociales, y una vía para lograr este derecho es procurando que el consumidor (sea en forma individual o a través de Organizaciones de Consumidores) tenga acceso a una información veraz y oportuna, especialmente en lo que se refiere a los precios y advertencias de seguridad bajo los cuales se ofrecen bienes y servicios. En tal línea de ideas, la Constitución Política consagra como un derecho fundamental el acceso a esta información, derecho que viene a ser ampliado por la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, No. 7472, y su Reglamento en los términos descritos; y desde este punto de vista es viable y totalmente procedente la denuncia interpuesta por la Asociación Consumidores de Costa Rica, en procura de una protección administrativa contra los riesgos que puedan afectar la salud o la seguridad de la población consumidora. SEXTO. Establecido lo anterior, corresponde declarar con lugar la presente denuncia pues, como se indicara líneas atrás no se ha podido acreditar a los autos que al momento de los hechos, la denunciada había incluido en el juguete Fire Heroes (Rescue Team), la información real y suficiente al consumidor, esto en idioma español, y por ende, se le impone de conformidad con el artículo 34 incisos b) y d) en relación con los artículos 57 incisos a) y b) y 59 de la misma Ley, la sanción correspondiente, que se gradúa aquí en consideración tanto de la gravedad del incumplimiento como la participación del infractor en el mercado en la comercialización de juguetes y el grado de intencionalidad, por lo que se fija en el monto de UN MILLÓN DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS COLONES ( ,00), correspondientes a diez veces el salario mínimo establecido en la Ley de Presupuesto Ordinario de la República, el cual al momento de los hechos fue de ciento veinticuatro mil ochocientos cincuenta colones exactos ( ,00). POR TANTO 1- Se declara con lugar la denuncia interpuesta por la ASOCIACIÓN CONSUMIDORES DE COSTA RICA contra ARDECA INTERNACIONAL DE GUANACASTE SOCIEDAD ANÓNIMA por falta de información, según lo establecido en el artículo 34 incisos b) y d) de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, y, por lo tanto: a) Se previene a la empresa sancionada, para que suministre a los consumidores, en idioma español, las instrucciones e información suficiente sobre las medidas de seguridad que se deben tomar en los artículos que se venden en su local comercial y que entrañen eventuales riesgos para la salud de los consumidores en general. b) Se le impone la sanción de pagar la suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS COLONES ( ,00), mediante entero de gobierno en un banco estatal autorizado y deberá aportar a esta instancia el recibo original o copia debidamente certificada que acredite el pago de la multa. c) Asimismo, se previene a la ASOCIACIÓN CONSUMIDORES DE COSTA RICA para que dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del recibo de esta notificación, proceda a retirar el juguete Fire Heroes (Rescue Team) que fue aportado como muestra en el presente procedimiento y que se encuentra resguardado en el Departamento de Archivo de la Dirección de Apoyo al Consumidor. 5

6 2- En este acto y con fundamento en el artículo 68 del referido cuerpo lega, así como el 150 de la Ley General de la Administración Pública, se efectúa primera intimación al señor DENNIS ULATE ACHIO, cédula de identidad seis- doscientos tres- cero cuarenta y cinco, a EDGAR ARTAVIA JIMÉNEZ, cédula de identidad uno- quinientos veintitrés- seicientos veinticinco y al señor CARLOS BOLAÑOS VILLALOBOS, cédula de identidad dos- trescientos cincuentaseiscientos dos, representantes legales de ARDECA INTERNACIONAL DE GUANACASTE SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres- ciento uno- trescientos veintidós mil cuatrocientos sesenta y ocho; para que dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del recibo de esta notificación, cumplan con lo aquí dispuesto o POR TANTO, esto es: (...)a) Se previene a la empresa sancionada, para que suministre a los consumidores, en idioma español, las instrucciones e información suficiente sobre las medidas de seguridad que se deben tomar en los artículos que se venden en su local comercial y que entrañen eventuales riesgos para la salud de los consumidores en general. b) Se le impone la sanción de pagar la suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS COLONES ( ,00) (...). Cumplido lo ordenado, remítase documento que acredite este hecho a la Unidad Técnica de Apoyo de la Comisión Nacional del Consumidor, ubicada en la ciudad de San José, del costado noroeste de la Escuela Juan Rafael Mora, trescientos cincuenta metros al oeste, para que proceda al archivo del expediente. De no cumplir en tiempo y forma con lo dispuesto en este Voto (pago de la multa), certifíquese el adeudo y proceda la Unidad Técnica de Apoyo de esta Comisión de conformidad con lo establecido en el artículo citado de la Ley General de la Administración Pública, de previo a enviar el expediente a la Procuraduría General de la República para su ejecución a nombre del Estado. Contra esta resolución puede formularse recurso de revocatoria, que deberá plantearse ante la Comisión Nacional del Consumidor para su conocimiento y resolución, dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de su notificación. Lo anterior de conformidad con los artículos 343, 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública. Archívese el expediente en el momento procesal oportuno. NOTIFÍQUESE. EXPEDIENTE

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2004 Voto Nº 509-04 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las trece horas y quince minutos del veinte de octubre

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2008 Voto Nº 544-08 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas del veinte de octubre del dos mil ocho Recurso

Más detalles

COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2005 Voto Nº 136-05 Comisión Nacional del Consumidor, a las trece horas cinco minutos del nueve de marzo del dos mil cinco. Denuncia interpuesta por ANA CECILIA CARBALLO

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2007 Voto Nº 629-07 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas treinta minutos del veintiocho de noviembre

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012 Voto Nº 1172-12 Comisión Nacional del Consumidor a las doce horas treinta minutos del veintidós de noviembre del dos

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2010 Voto Nº 093-10 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas treinta y cinco minutos del once de febrero

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2010 Voto Nº 684-10 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas cuarenta minutos del veinte de septiembre del

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2008 Voto Nº 332-08 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas cuarenta minutos del catorce de julio del dos

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2004 Voto Nº 608-04 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las doce horas, cuarenta y cinco minutos del ocho de diciembre

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013 Voto Nº 673-13 Comisión Nacional del Consumidor a las trece horas quince minutos del veintisiete de mayo del dos mil

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2004 Voto Nº 482-04 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las trece horas y treinta y cinco minutos del cuatro de

Más detalles

AÑO Voto Nº Comisión Nacional del Consumidor a las trece horas del diecisiete de marzo del dos mil catorce.

AÑO Voto Nº Comisión Nacional del Consumidor a las trece horas del diecisiete de marzo del dos mil catorce. AÑO 2014 Voto Nº 294-14 Comisión Nacional del Consumidor a las trece horas del diecisiete de marzo del dos mil catorce. Denuncia interpuesta por Carlos Sibaja Ferraro, cédula de identidad uno- cinco siete

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2014 Voto Nº 1234-14 Comisión Nacional del Consumidor a las catorce horas cinco minutos del veintinueve de setiembre del

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2011 Voto Nº 375-11 Denuncia interpuesta por DEPARTAMENTO DE POLITICAS Y ANALISIS DE CONSUMO, contra 1. SUPERMERCADO SUPER

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2007 Voto Nº 617-07 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas veinticinco minutos del veintiséis de noviembre

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2010 Voto Nº 246-10 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas veinticinco minutos del doce de abril del dos

Más detalles

COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto # Comisión Nacional del Consumidor, San José a las diecisiete horas y cincuenta y cinco minutos del trece

COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto # Comisión Nacional del Consumidor, San José a las diecisiete horas y cincuenta y cinco minutos del trece COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto #742-01 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las diecisiete horas y cincuenta y cinco minutos del trece de junio del año dos mil uno. Denuncia de la JUNTA

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013 Voto Nº 735-13 Comisión Nacional del Consumidor a las doce horas cuarenta minutos del veinte de junio del dos mil

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2014 Voto Nº 088-14 Comisión Nacional del Consumidor a las doce horas cincuenta y cinco minutos del tres de febrero del

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2009 Voto Nº 801-09 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas diez minutos del doce de noviembre del dos mil

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2006 Voto Nº 400-06 Comisión Nacional del Consumidor, a las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del diez de julio

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2004 Voto Nº 183-04 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las doce horas y veinte minutos del cinco de mayo del

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2008 Voto Nº 712-08 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de diciembre

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2002 Voto Nº 176-02 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las diecinueve horas y veinte minutos del veinticuatro

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2014 Voto Nº 1265-14 Comisión Nacional del Consumidor a las catorce horas cuarenta minutos del dos de octubre del dos mil

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013 Voto Nº 841-13 Comisión Nacional del Consumidor a las doce horas veinticinco minutos del veintidós de julio del dos

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2008 Voto Nº 608-08 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas cinco minutos del trece de noviembre del dos

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2010 Voto Nº 226-10 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas quince minutos del cinco de abril del dos mil

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2009 Voto Nº 547-09 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del seis de agosto

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2014 Voto Nº 1093-14 Comisión Nacional del Consumidor a las trece horas quince minutos del cuatro de setiembre de dos mil

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2004 Voto Nº 513-04 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las doce horas y treinta minutos del veinticinco de octubre

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012 Voto Nº 187-12 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas cincuenta minutos del doce de marzo del dos

Más detalles

COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2005 Voto Nº 023-05 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las doce horas y cincuenta y cinco minutos del diecisiete de enero del dos mil cinco. Denuncia interpuesta

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2008 Voto Nº 135-08 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas del doce de marzo del dos mil ocho Denuncia

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2008 Voto Nº 193-08 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas treinta y cinco minutos del siete de mayo del

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2011 Voto Nº 530-11 Comisión Nacional del Consumidor a las diecinueve horas y cinco minutos del diecinueve de setiembre

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2004 Voto Nº 633-04 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las doce horas y cincuenta minutos del trece de diciembre

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2010 Voto Nº 024-10 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas quince minutos del once de enero del dos mil

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012 Voto Nº 846-12 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas treinta y cinco minutos del diecisiete de setiembre

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2007 Voto Nº 656-07 Comisión Nacional del Consumidor a las diecinueve horas del tres de diciembre del dos mil siete. Denuncia

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2005

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2005 MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2005 Voto Nº 209-05 Comisión Nacional del Consumidor, a las doce horas siete minutos del nueve de mayo del dos mil cinco

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2004 Voto Nº 617-04 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las trece horas, treinta minutos del ocho de diciembre

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013 Voto Nº 1469-13 Comisión Nacional del Consumidor a las doce horas cincuenta minutos del doce de Noviembre del dos

Más detalles

COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto #139-01

COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto #139-01 COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto #139-01 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las diecisiete horas y treinta minutos del diecinueve de febrero del año dos mil uno. Procedimiento administrativo

Más detalles

COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2005 Voto Nº 108-05 Comisión Nacional del Consumidor, a las doce horas cuarenta minutos del veintiuno de febrero del dos mil cinco. Procedimiento ordinario administrativo

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012 Voto Nº 793-12 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas cinco minutos del seis de setiembre del dos

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2014 Voto Nº 627-14 Comisión Nacional del Consumidor a las trece horas treinta minutos del once de junio de dos mil catorce

Más detalles

COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto # Comisión Nacional del Consumidor, San José a las diecisiete horas y cincuenta y cinco minutos del

COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto # Comisión Nacional del Consumidor, San José a las diecisiete horas y cincuenta y cinco minutos del COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto #831-01 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las diecisiete horas y cincuenta y cinco minutos del dieciocho de julio del año dos mil uno. Denuncia interpuesta

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2004 Voto Nº 522-04 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las doce horas treinta minutos del veintisiete de octubre

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2002 Voto Nº 441-02 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las doce horas y cincuenta y cinco minutos del veintitrés

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012. Voto Nº 726-12

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012. Voto Nº 726-12 MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012 Voto Nº 726-12 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas cinco minutos del veintitrés de agosto del dos

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2008 Voto Nº 710-08 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas veinticinco minutos del dieciocho de diciembre

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2010 Voto Nº 669-10 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas treinta y cinco minutos del trece de septiembre

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013 Voto Nº 772-13 Comisión Nacional del Consumidor a las trece horas veinte minutos del veintiséis de junio del dos mil

Más detalles

COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto #027-01

COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto #027-01 COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto #027-01 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las dieciséis horas y cincuenta y cinco minutos del quince de enero del año dos mil uno. Denuncia interpuesta

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2014 Voto Nº 1066-14 Comisión Nacional del Consumidor a las doce horas treinta minutos del primero de setiembre de dos

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2003 Voto Nº 079-03 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las trece horas y veinticinco minutos del veinte de febrero

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2015 Voto Nº 029-15 Comisión Nacional del Consumidor a las trece horas cuarenta y cinco minutos del ocho de enero del dos

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2008 Voto Nº 291-08 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas del treinta de junio del dos mil ocho. Denuncia

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2014 Voto Nº 1423-14 Comisión Nacional del Consumidor a las trece horas veinticinco minutos del seis de noviembre del dos

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto N

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto N MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2007 Voto N 266-07 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas quince minutos del veinte de junio del dos mil

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2006 VOTO Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2006 VOTO Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2006 VOTO Nº 455-06 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas cincuenta minutos del catorce de agosto del

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2009 Voto Nº 751-09 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas cuarenta minutos del veintiséis de octubre

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013 Voto Nº 338-13 Comisión Nacional del Consumidor a las trece horas cuarenta minutos del veinticinco de febrero del

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2006 Voto Nº 435-06 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas cincuenta y cinco minutos del veintisiete de

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2010 Voto Nº 282-10 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas treinta minutos del tres de mayo del dos mil

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2010 Voto Nº 716-10 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas treinta minutos del siete de octubre del dos

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013 Voto Nº 719-13 Comisión Nacional del Consumidor a las doce horas veinte minutos del trece de junio del dos mil trece

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2003

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2003 MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2003 Voto Nº 503-03 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las doce horas y treinta y cinco minutos del diecisiete

Más detalles

COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2005 Voto Nº 069-05 Comisión Nacional del Consumidor, a las trece horas diez minutos del siete de febrero del dos mil cinco. Procedimiento ordinario administrativo

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2008 Voto Nº 025-08 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas cincuenta minutos del catorce de enero del

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2008 Voto Nº 474-08 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas treinta y cinco minutos del veinticinco de

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2010 Voto Nº 659-10 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas treinta minutos del nueve de septiembre del

Más detalles

Comisión Nacional del Consumidor, San José a las trece horas y quince minutos del diecinueve de mayo del año dos mil tres.

Comisión Nacional del Consumidor, San José a las trece horas y quince minutos del diecinueve de mayo del año dos mil tres. MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2006 Voto Nº 255-03 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las trece horas y quince minutos del diecinueve de mayo

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012 Voto Nº 185-12 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas cuarenta minutos del doce de marzo del dos

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2006 VOTO Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2006 VOTO Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2006 VOTO Nº 194-06 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas veinticinco minutos del quince de marzo del

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2014 Voto Nº 1163-14 Comisión Nacional del Consumidor a las trece horas treinta y cinco minutos del once de setiembre del

Más detalles

COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR VOTO Nº

COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR VOTO Nº COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR VOTO Nº 486-00 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las dieciocho horas treinta minutos del dieciocho de setiembre del dos mil. Denuncia de Carlos Arturo Carrillo

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2009 Voto Nº 809-09 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas del dieciséis de noviembre del dos mil nueve.

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2009 Voto Nº 155-09 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas veinticinco minutos del dieciséis de marzo

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2011 Voto Nº 033-11 Denuncia interpuesta por Henry Humberto Jiménez Castro, cédula de identidad dos- quinientos cincuenta

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2010 Voto Nº 311-10 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas treinta minutos del veinticuatro de mayo del

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012 Voto Nº 651-12 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas del veintiséis de julio del dos mil doce Denuncia

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2004 Voto Nº 020-04 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las trece horas y cinco minutos del catorce de enero del

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2014 Voto Nº 649-14 Comisión Nacional del Consumidor a las trece horas cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012 Voto Nº 1009-12 Comisión Nacional del Consumidor a las doce horas cincuenta minutos del veintinueve de octubre del

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2010 Voto Nº 257-10 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2004 Voto Nº 640-04 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las trece horas treinta y cinco minutos del trece de diciembre

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013 Voto Nº 864-13 Comisión Nacional del Consumidor a las doce horas cincuenta y cinco minutos del veinticuatro de julio

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2003 Voto Nº 162-03 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las trece horas y cinco minutos del treinta y uno de marzo

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2013 Voto Nº 712-13 Comisión Nacional del Consumidor a las doce horas cuarenta y cinco minutos del once de junio del dos

Más detalles

Voto Nº Comisión Nacional del Consumidor, San José a las doce horas y veinte minutos del veintiuno de abril del dos mil cuatro

Voto Nº Comisión Nacional del Consumidor, San José a las doce horas y veinte minutos del veintiuno de abril del dos mil cuatro MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2004 Voto Nº 157-04 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las doce horas y veinte minutos del veintiuno de abril

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2009 Voto Nº 803-09 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas veinte minutos del dieciséis de noviembre del

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2015 Voto Nº 744-15 Comisión Nacional del Consumidor a las trece horas cincuenta minutos del veinticinco de junio del dos

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2011 Voto Nº 812-11 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas del cinco de diciembre del dos mil once Denuncia

Más detalles

COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR

COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto 309-13 Comisión Nacional del Consumidor a las trece horas diez minutos del veintiuno de febrero del dos mil trece Denuncia interpuesta por Frederick Fonseca Rojas,

Más detalles

COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto

COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto 057-14 Comisión Nacional del Consumidor a las trece horas cinco minutos del veinte de enero del dos mil catorce. Denuncia interpuesta por JOSÉ ALBERTO ROSALES OBANDO,

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2014 Voto Nº 189-14 Comisión Nacional del Consumidor a las catorce horas veinte minutos del veinte de febrero del dos mil

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2007 Voto Nº 182-07 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas treinta y cinco minutos del dos de mayo del

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2006 Voto Nº 445-06 Comisión Nacional del Consumidor a las diecisiete horas cuarenta minutos del siete de agosto del dos

Más detalles