CAP. 5. I.SOCIEDADES, IVA E I.ESPECIALES 5.2.3.2. IVA de créditos incobrbles y en concurso BOICAC 62, junio 2005. Consult 3. Sobre el trtmiento contble que corresponde otorgr en ciertos csos de reducción de l bse imponible del IVA previstos en l legislción tributri. RESPUESTA En l consult se suscit l dud cerc del trtmiento contble de ls situciones descrits en el rtículo 80, prtdos tres y cutro, de l Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Vlor Añdido (en l redcción dd por Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medids fiscles, dministrtivs y del orden socil), en cuy virtud se podrá reducir l bse imponible de este impuesto en ciertos csos (uto de declrción de concurso y créditos incobrbles), siempre que no se hy hecho efectivo por prte de los clientes el pgo de ls cuots repercutids y concurrn un serie de circunstncis. Al respecto cbe indicr que en l medid que se produzcn ls circunstncis que de cuerdo con l legislción tributri hgn efectiv l reducción de l bse imponible de este impuesto, l empres deberá registrr l disminución de l prtid de deuds con l Hciend Públic por el IVA devengdo con motivo de l entreg de bienes o de l prestción de servicios, pr lo que podrá empler l cuent 477. Hciend Públic, IVA repercutido, recogid en l segund prte del Pln Generl de Contbilidd, que en culquier cso supondrá un menor deud con l Administrción Públic. L contrprtid será un ingreso que se registrrá como un juste de l imposición indirect. 1366 CISS
5.2. Impuesto sobre el Vlor Añdido COMENTARIO IVA Créditos incobrbles y en Concurso Reducción Bse Imponible (Art. 80 LIVA) Registro? (477) HP IVA repercutido (639) Ajustes positivos en l imposición indirect EJEMPLO L sociedd MILLONES, vende el 2/1/X0 SUSPENSA un máquin por importe de 50.000 cobrr los 3 meses. IVA de l operción 16%. En l fech de vencimiento (2/4/X0), se logr el cobro de 12.000. Meses más trde, el 1/7/X0, se dict un uto de declrción de concurso, procediendo l sociedd MILLONES l modificción de l bse imponible del IVA. Con posterioridd, se lleg l siguiente convenio 1/1/X1: - Se cuerd un quit de 19.655. - El nuevo vencimiento se retrs l 31/12/X2 (2 ños después). - L nuev deud, generrá unos intereses del 5% sobre l cuntí pctd en el convenio (20.000 ), los cules serán bondos cd 31 de diciembre. - El tipo de interés legl vigente es del 4% nul. SE PIDE: Contbilizr ls operciones descrits en mbs socieddes. CISS CONSULTAS AL ICAC (1990-2010). COMENTARIOS Y CASOS PRÁCTICOS 1367
CAP. 5. I.SOCIEDADES, IVA E I.ESPECIALES SOLUCIÓN: MILLONES Por l vent con pgo plzdo de l máquin, l empres not: 58.000 Créditos c/p por enjención del inmovilizdo (543) 2/1/X0 Mquinri (223) 50.000 HP IVA repercutido (477) 8.000 Llegdo el vencimiento de l operción, tres meses después, SUSPENSA sólo hce efectiv prte de su deud: 12.000 Bncos c/c (572) 2/4/X0 Créditos c/p por enjención del inmovilizdo (543) 12.000 En julio se dict uto de declrción de concurso por lo que MILLONES, y en bse lo estblecido en el rt. 80. Tres de l Ley del IVA, modific l bse imponible, reduciéndol, por el importe que correspond l que SUSPENSA no h hecho efectiv. Así: Importe pendiente = Totl deuddo Pgo efectudo en bril = = 58.000 12.000 = 46.000 De éste, hemos de diferencir l prte correspondiente l cuot del IVA. Según el rt. 80.Cinco, prtdo 3º): (...) se entenderá que el impuesto sobre el vlor ñdido está incluido en ls cntiddes percibids y en l mism proporción que l prte de contrprestción stisfech. Es decir: Principl: 46.000 = 39655 Importe pendiente: 46.00 1,16 Cuot IVA: 46.000-39.655 = 6.345 De tl mner que dremos de bj, por el importe de l cuot, el crédito reconocido con SUSPENSA: { 1368 CISS
5.2. Impuesto sobre el Vlor Añdido 6.345 Pérdids de créditos (667) 1/7/X0 Créditos c/p por enjención del inmovilizdo (543) 6.345 Y, l mismo tiempo, siguiendo ls directrices de l presente Consult, justremos el IVA devengdo del periodo: 6.345 HP IVA repercutido (477) 1/7/X0 Ajustes positivos en l imposición indirect (639) 6.345 Inmersos en el proceso concursl, podemos tener duds de que el crédito nuestro fvor se llegue relizr, por lo que dotmos un provisión: 39.655 Dotción l provisión pr insolvencis de créditos c/p (699) x Provisión pr insolvencis de créditos c/p (598) 39.655 A enero del ño siguiente, se h llegdo un cuerdo reltivo l deud de SUSPENSA. Un de ls consecuencis del convenio concursl, es un quit de 19.655 : 19.655 Provisión pr insolvencis de créditos c/p (598) 1/1/X1 Créditos c/p por enjención del inmovilizdo (543) 19.655 Anotción relizd en bse lo estblecido en l definición de l cuent 598, nálog l 595 de l tercer prte del PGC, donde nos señl que: CISS CONSULTAS AL ICAC (1990-2010). COMENTARIOS Y CASOS PRÁCTICOS 1369
CAP. 5. I.SOCIEDADES, IVA E I.ESPECIALES crgremos l 595 (...) por l prte del crédito que resulte incobrble, con bono cuents del subgrupo 53. En cunto l resto de l provisión, y como prece que ls cuss que originron su dotción hn desprecido, l plicremos con bono l 799: 20.000 Provisión pr insolvencis de créditos c/p (598) 1/1/X1 Exceso de provisión pr insolvencis de créditos c/p (799) 20.000 Otr de ls consecuencis, es el plzmiento del resto del crédito dos ños, por lo que notremos l reclsificción oportun: 20.000 Créditos l/p por enjención del inmovilizdo (253) 1/1/X1 Créditos c/p por enjención del inmovilizdo (543) 20.000 El plzmiento, originrá el cobro de intereses estipuldos l 5% nul. Así finles del primer ño, registrremos: 1.000 Bncos c/c (572) Ingresos de créditos (76x) 1.000 (5% 20.000) En l mism fech y ddo que el crédito vence l ño siguiente, reclsificremos éste en el corto plzo: 20.000 Créditos c/p por enjención del inmovilizdo (543) Créditos l/p por enjención del inmovilizdo (253) 20.000 1370 CISS
5.2. Impuesto sobre el Vlor Añdido A finles del X2, cobrremos el principl y los intereses devengdos en el ejercicio: 21.000 Bncos c/c (572) Créditos c/p por enjención del inmovilizdo (543) 20.000 Ingresos de créditos (76x) 1.000 Al cobrr prte del importe deuddo por SUSPENSA, modificrímos l lz l bse imponible?. El rt. 80 en su prtdo Tres, nos d l respuest, diciéndonos: (...) sólo cundo se cuerde l conclusión del concurso por ls cuss expresds en el rtículo 176.1 prtdos 1º,3º y 5º de l Ley Concursl, el creedor que hubiese modificdo l bse imponible deberá modificrl nuevmente l lz medinte l emisión (...) de un fctur rectifictiv (...). Los menciondos prtdos que recoge el rtículo 176, señln: 1º Un vez firme el uto de l Audienci Provincil que revoque en pelción el uto de declrción de concurso. (...) 3º En culquier estdo del procedimiento cundo se produzc o compruebe el pgo o l consignción de l totlidd de los créditos reconocidos o l íntegr stisfcción de los creedores por culquier otro medio. (...) 5º En culquier estdo del procedimiento, un vez termind l fse común del concurso, cundo quede firme l resolución que cepte el desistimiento o l renunci de l totlidd de los creedores reconocidos. Al considerr que nuestro cso no está recogido en los tres citdos, no modificremos l lz l bse imponible. SUSPENSA Por l compr de mquinri, notrá: 50.000 Mquinri (223) 8.000 HP IVA soportdo (472) 2/1/X0 Proveedores del inmovilizdo c/p (523) 58.000 CISS CONSULTAS AL ICAC (1990-2010). COMENTARIOS Y CASOS PRÁCTICOS 1371
CAP. 5. I.SOCIEDADES, IVA E I.ESPECIALES A l hor de hcer efectiv su deud, SUSPENSA sólo cncel prte de ést: 12.000 Proveedores del inmovilizdo c/p (523) 2/4/X0 Bncos c/c (572) 12.000 Ante l declrción del concurso, y por l rectificción relizd por MILLONES, SUSPENSA disminuirá l cuot del IVA deducible en el periodo: 6.345 Proveedores del inmovilizdo c/p (523) 2/1/X0 HP IVA soportdo (472) 6.345 Qué consecuencis contbles tendrá en SUSPENSA, el convenio lcnzdo con su creedor?. Seguiremos lo estblecido en el Anteproyecto de Norm sobre informción de empress en suspensión de pgos (BOICAC 13), que en su Norm Segund nos dice: 1. Si Cundo por consecuenci del convenio con los creedores se produzc un reducción de ls deuds de l empres, bien en el importe de l deud, o en el de sus intereses, ó un prorrog en el vencimiento de l mism, se procederá clculr el vlor finnciero ctul del importe reembolsr más, en su cso, el de los pgos futuros por intereses que resulten de l plicción del citdo convenio, conforme l ts intern de retorno de dich deud. A estos efectos, se considerrá que l ts intern de retorno de un deud, es l que corresponde l mism ntes de l plicción del convenio con los creedores Por tnto, y de form gráfic, estbleceremos ls bses pr clculr ese vlor finnciero ctul : 39.655 19.655 = 20.000 Importe reembolsr nuev deud Intereses: 20.000x5%=1.000 20.000x5%=1.000 1/1/X1 31/12/X2 Interés Legl: i. = 4% Vlor finnciero ctul = 1.000 (1+0,04) -1 + (20.000 + 1.000) (1+0,04) -2 = 20.377,22 1372 CISS
5.2. Impuesto sobre el Vlor Añdido Not: En l solución propuest hemos optdo, pr ctulizr los importes, por el interés legl (4%) frente el TIR citdo en el Anteproyecto, en consonnci con l ctul Ley Concursl. Ést en su rt. 88, estblece que los créditos que tuviern por objeto prestciones dinerris futurs, se computrán por su vlor l fech de l declrción del concurso efectuándose l ctulizción conforme l tipo de interés legl vigente en ese momento. 2. L diferenci entre el vlor ctul de l deud, determindo conforme l número nterior (sigue diciéndonos l Norm 2ª) y su vlor de reembolso ntes del convenio, minordo en los gstos distribuir en vrios ejercicios, que pudiern existir ntes de l plicción del convenio, se clificrá como Ingresos distribuir en vrios ejercicios, que figurrá en el psivo del Blnce (...) El Anteproyecto, propone l cuent (139) Ingresos diferidos por convenio de suspensión de pgos (Norm 3ª). (...) L imputción resultdos de est prtid se relizrá proporcionlmente l mortizción de l deud socid los mismos. Así, en nuestro cso, l (139) estrá cuntificd en: Vlor de reembolso ntes convenio : 39.655 - Gstos distribuir en vrios ejercicios : ( 0 ) TOTAL... 39.655 Vlor Finnciero Actul... 20.377,22 (139)... 19.277,78 3 En todo cso, l deud figurrá por el vlor de reembolso que resulte de l plicción del convenio y, en su cso, reclsificd tendiendo l nuevo vencimiento de l mism Por tnto, SUSPENSA, reflejrá l nuev deud en: (173) Proveedores del inmovilizdo l/p... 20.000 Se pueden plnter diverss circunstncis, dentro de l vlorción de ls consecuencis derivds de l probción del convenio con los creedores, tl y como recoge l Norm 2ª del Anteproyecto: 4. b) Si se produce un disminución del vlor de reembolso myor que el importe de los ingresos distribuir en vrios ejercicios que se refiere el número 2 nterior, se reducirán por el importe de es diferenci los gstos distribuir en vrios ejercicios que pudiern existir. Si el importe de l diferenci es superior l de los gstos distribuir en vrios ejercicios se crerá por el exceso un prtid del psivo del blnce por intereses pgr no vencidos. CISS CONSULTAS AL ICAC (1990-2010). COMENTARIOS Y CASOS PRÁCTICOS 1373
CAP. 5. I.SOCIEDADES, IVA E I.ESPECIALES Luego comprmos: Vlor de reembolso ntes convenio :... 39.655 Vlor reembolso que result plicr el convenio:... 20.000 Diferenci... 19.655 Con: Importe (139)... 19.277,78 Como 19.655 > 19.277,78 y no existe prtid lgun de gstos distribuir en vrios ejercicios se crerá por l diferenci un prtid en el psivo del blnce correspondiente intereses pgr no vencidos [= 19.655 19.277,78 = 377,22]. Por todo ello, SUSPENSA notrá: 39.655 Proveedores del inmovilizdo c/p (523) 1/1/X1 Proveedores del inmovilizdo l/p (173) 20.000 Ingresos diferidos por convenio (139) 19.277,78 Intereses pgr no vencidos (52x) 377,22 A finl de ño, tendrá que efectur el pgo de los intereses pctdos (1.000 ). L menciond Norm estblece en su punto 5, reltivo l imputción de intereses que: 5. L imputción resultdos del conjunto de los intereses explícitos e implícitos de l deud resultnte del convenio con los creedores, se relizrá con un criterio finnciero, por plicción de l ts intern de retorno l vlor ctul de l deud. A estos efectos, se plicrán los intereses pgr no vencidos cundo el importe de los intereses explícitos se superior l de los gstos finncieros determindos conforme lo indicdo nteriormente. 1374 CISS
5.2. Impuesto sobre el Vlor Añdido Así, comprremos: - Importe de los intereses pctdos... 1.000 - Gstos finncieros clculdos 1 según Norm segund, punto 5: 815,09 4% 20.377,22 = 815,09 Diferenci: Aplicción intereses pgr no vencidos... 184,91 Registrndo: 815,09 Otros gstos finncieros (669) 184,91 Intereses pgr no vencidos (52x) Bncos c/c (572) 1.000 Por l reclsificción de l deud y de los ingresos distribuir en el corto plzo 2, l cncelrse el siguiente ño: 20.000 Proveedores del inmovilizdo l/p (173) Proveedores del inmovilizdo c/p (523) 20.000 19.277,78 Ingresos diferidos por convenio (139) Ingresos diferidos por convenio c/p (58x) 19.277,78 A finles del X2 l reembolsr l nuev deud, puntrá: 20.000 Proveedores del inmovilizdo c/p (523) 31/12/X2 Bncos c/c (572) 20.000 1 Relizremos el cálculo, según hemos comentdo nteriormente, plicndo el interés legl y no el TIR. 2 En bse lo estblecido en l Consult Nº 5, BOICAC 32 (diciembre, 1997) CISS CONSULTAS AL ICAC (1990-2010). COMENTARIOS Y CASOS PRÁCTICOS 1375
CAP. 5. I.SOCIEDADES, IVA E I.ESPECIALES Y por l imputción resultdos de los ingresos distribuir l mortizrse l deud socid (Norm Segund. 2 del Anteproyecto) 19.277,78 Ingresos diferidos por convenio c/p (58x) 31/12/X2 Ingresos procedentes convenio (7782) 19.277,78 En cunto los intereses l notción será similr l efectud en el ejercicio precedente, teniendo en cuent que el interés lo clculremos sobre los importes ctulizdos. Comprremos: - Importe de los intereses pctdos... 1.000 - Gstos finncieros clculdos según Norm segund, punto 5: 807,69 20.192,31 x 4% = 807,69. Siendo: Vlor finnciero ctul = (20.000 + 1.000) (1+0,04) -1 = 20.192,31 Diferenci: Aplicción intereses pgr no vencidos... 192,31 Registrndo: 807,69 Otros gstos finncieros (669) 192,31 Intereses pgr no vencidos (52x) 31/12/X2 Bncos c/c (572) 1.000 COMENTARIO PGC 07 En relción con l problemátic del IVA, los contenidos de l presente consult resultn íntegrmente plicbles en el ámbito del PGC07; No obstnte, en cunto l trtmiento de l deud, los criterios contenidos en l presente se prtn de l nuev normtiv. Se propone l dptción del ejercicio l nuev legislción pero sólo en el supuesto de l empres que entr en el procedimiento concursl. 1376 CISS
5.2. Impuesto sobre el Vlor Añdido EJEMPLO L sociedd MILLONES, vende el 2/1/X0 SUSPENSA un máquin por importe de 50.000 cobrr los 3 meses. IVA de l operción 16%. En l fech de vencimiento (2/4/X0), se logr el cobro de 12.000. Meses más trde, el 1/7/X0, se dict un uto de declrción de concurso, procediendo l sociedd MILLONES l modificción de l bse imponible del IVA. Con posterioridd, se lleg l siguiente convenio 1/1/X1: - Se cuerd un quit de 19.655. - El nuevo vencimiento se retrs l 31/12/X2 (2 ños después). - L nuev deud, generrá unos intereses del 5% sobre l cuntí pctd en el convenio (20.000 ), los cules serán bondos cd 31 de diciembre. - El tipo de interés legl vigente es del 4% nul. SE PIDE: Contbilizr ls operciones descrits en sociedd SUSPENSA. SOLUCIÓN: Por l compr con pgo plzdo de l máquin, l empres not: 50.000 Mquinri (213) 8.000 HP IVA soportdo (472) 2/1/X0 Proveedores de inmovilizdo corto plzo (525) 58.000 Llegdo el vencimiento de l deud, SUSPENSA solo cncel prte de ést: 12.000 Proveedores de inmovilizdo corto plzo (525) 2/4/X0 Bncos (572) 12.000 En julio se dict uto de declrción de concurso por lo que MILLONES, y en bse lo estblecido en el rt. 80. Tres de l Ley del IVA, modific l bse imponible, reduciéndol, por el importe que correspond l que SUSPENSA no h hecho efectiv. Así: CISS CONSULTAS AL ICAC (1990-2010). COMENTARIOS Y CASOS PRÁCTICOS 1377
CAP. 5. I.SOCIEDADES, IVA E I.ESPECIALES Importe pendiente = Totl deuddo Pgo efectudo en bril = 58.000 12.000 = 46.000 De éste, hemos de diferencir l prte correspondiente l cuot del IVA. Según el rt. 80.Cinco, prtdo 3º): (...) se entenderá que el impuesto sobre el vlor ñdido está incluido en ls cntiddes percibids y en l mism proporción que l prte de contrprestción stisfech. Es decir: { Principl: 46.000 = 39.655 Importe pendiente: 46.000 1,16 Cuot IVA: 46.000-39.655 = 6.345 Ante l declrción del concurso, y por l rectificción relizd por MILLONES, SUSPENSA disminuirá l cuot del IVA deducible en el periodo: 6.345 Proveedores de inmovilizdo corto plzo (525) 1/7/X0 HP IVA soportdo (472) 6.345 Qué consecuencis contbles tendrá en SUSPENSA, el convenio lcnzdo con su creedor?. Seguiremos lo estblecido en Norm 9ª. 3.5, que nos dice: ( ) Si se produjese un intercmbio de instrumentos de deud entre un prestmist y un presttrio, siempre que éstos tengn condiciones sustncilmente diferentes, se registrrá l bj del psivo finnciero originl y se reconocerá el nuevo psivo finnciero que surj (...). Comprobemos si los préstmos tienen condiciones sustncilmente diferentes: Siguiendo o estblecido en l citd Norm de vlorción: ( ) ls condiciones de los contrtos se considerrán sustncilmente diferentes cundo el vlor ctul de los flujos de efectivo del nuevo psivo finnciero, incluyendo ls comisiones nets cobrds o pgds, se diferente, l menos en un diez por ciento del vlor ctul de los flujos de efectivo remnentes del psivo finnciero originl, ctulizdos mbos l tipo de interés efectivo de éste.. Vlor ctul del Psivo finnciero originl: (58.000-12.000-6.345)=... 39.655 Vlor ctul del nuevo psivo finnciero (*)... 22.000 DIFERENCIA:... 17.655 > 10% 39.655 Ls deuds tienen condiciones sustncilmente diferentes. (*) Vlor ctul del nuevo psivo finnciero vlordo l tipo de interés del ntiguo (Gráfico): 1378 CISS
5.2. Impuesto sobre el Vlor Añdido Intereses: 20.000x5%=1.000 39.655 19.655 (**) = 20.000 20.000 x 5% = 1.000 Importe reembolsr nuev deud 1/1/X1 31/12/X2 Vlor ctul del nuevo psivo = 1.000 (1 + 0,00) -1 + (20.000 + 1.000) (1 + 0,00) -2 = 22.000 (**) Importe de l quit. Not: Siguiendo con ls directrices de l NRV 9ª.3.5., l deud nuev h sido ctulizd l tipo de interés del psivo finnciero originl (tipo de interés 0%). Por tnto, SUSPENSA, reflejrá l nuev deud en: (173) Proveedores del inmovilizdo l/p 20.000 Registro del cuerdo 39.655 Proveedores de inmovilizdo corto plzo (deud ntigu) 1/1/X1 Proveedores de inmovilizdo lrgo plzo (deud nuev) (*) 20.377,22 Ingresos finncieros derivdos del concurso de creedores (76X) (**) 19.277,78 (*) Vlorción rzonble del nuevo psivo finnciero l 4% Vlor rzonble =1.000 (1+0,04) -1 +(20.000+1.000) (1+0,04) -2 =20.377,22 (**) Si ls condiciones son sustncilmente diferentes: se drá de bj el psivo finnciero originl y se reconocerá el nuevo psivo por su vlor rzonble. L diferenci se contbilizrá como un ingreso en l cuent de pérdids y gnncis del ejercicio, minordo, en su cso, en el importe de los costes de trnscción tribuibles. Dicho resultdo se mostrrá en el mrgen finnciero debiendo crer l empres un prtid específic con decud denominción si su importe es significtivo. A tl efecto, se propone l siguiente denominción: Ingresos finncieros derivdos de convenios de creedores. Consult nº 1 del BOICAC 76. CISS CONSULTAS AL ICAC (1990-2010). COMENTARIOS Y CASOS PRÁCTICOS 1379