SJA !V Versión: DECRETO No Julio 21 de 2015
|
|
- Luis Ayala Robles
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 SECRETARIA JURIDCA Y ASUNTOS ADMINiSTRATNOS 1!V Versión: EL ALCADE MUNICIPAL DE SAN ANTERO, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES Y ESPECIALMENTE LAS SEÑALADAS EN LA LEY 130 DE MARZO 23 DE 1994, LEY 1475 de 2011 Y LA RESOLUCIÓN 0236 DEL 03 DE MARZO DE 2015 PROMULGADA POR EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL. CONSIDERANDO: 1. Que en todo el territorio nacional se realizarán las elecciones para Gobernadores, Alcaldes, Diputados y Concejales, el día 25 de octubre de Que de conformidad con el Artículo 22 de la Ley 130 de 1994, los partidos, movimientos y candidatos a cargos de elección popular podrán hacer divulgación política y propaganda electoral a través de los medios de comunicación. 3. Que de acuerdo al artículo 24 de la ley 130 de 1994, la propaganda electoral debe entenderse como "... la que realicen los partidos, fnovlmientos pomicos y los candidatos a carqos de elección popular y las personas que los apoyen, con el fin de obtener apoyo electoi -a/'. 4. Que de acuerdo a con el artículo 35 de la ley 1475 de 2011, la Propaganda electoral debe entenderse como: "toda forma de publicidad realizada con el fin de obtener el voto de los ciudadanos a ta vor de partidos o movimientos pollvc o.5. listas o candidatos a cargos o corporaciones públicas de elección popular; del voto en blanco o de una opción en los mecanismos de participación ciudadana ' S. Que la misma norma establece que la propaganda electoral.,na través de los medios de comunicación social y del espacio público, únicamente podn-y realizarse dentro de los sesenta (60) diis anteriores a la tcha de la respectiva votación y la que se realice empleando el espacio público podrá reaiiarse dentro de los tres (3) meses anteriores a la fec/7a de la respectiva votación 6. Que el Consejo Nacional Electoral de acuerdo al artículo 37 de la ley 1475 de 2011 le compete Señalar:./ "Hagamos de San Anforo el Mejor Lugar de Colombia" PALACIO MUNICIPAL "FEUCIANO PEREZ GARCIA", Carrera 14 N 12D-1 3 Tel. (094) Fax San Afiero - Córdcba. Correo electrónico: s/uridicairitema(wsanantero-cordoba.qov. co
2 SECRETARIA JURIDICA Y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS - Versión: "el número y duración de emisiones en radio y televisión, el número y tamaño de avisos en publicaciones escritas y de vallas, que puedan tener en cada campe/ya os partidos, movimientos y grupos sí'n ificati vos de ciudadanos que hayan inscrito candidatas " 7. Que el artículo 29 de la ley 130 dispone: "Corresponde a los Alcaldes y los Registradores Mun/cfoa/es regular la forma, característica, lugares y condiciones para la fijación de carteles, pasacalles, afiches y val/as destinadas a difundir propaganda electoral, a fin de garantizar el acceso equitativo de os partidos y movimientos, agrupaciones y candidatos a la uti/iación de estos medios, en armonía con el derecho de la c /dad a disfrutar del uso del espacio público y a la preservación de a estética. También podrán, con los mismos fines, limitar el número de val/as, af:hes y elementos publicitarios destinados a difundir propaganda elector;/' "Los 7/ca/des 5eiYaLJrárl los sitios públicos para fiar esta clase de propaganda, previa consulta con un comité integrado por representantes de os diferentes partidos, movimientos ogrupos políticos que particlaen en la elección a fin de ase qefar una equitativa distribución." 8. Que es prohibido i os partidos, movimientos o grupos políticos utilizar bienes privados para publicidad electoral sin autorización de sus propietarios. 9. Que para efectos de señalar el número de cuñas radiales, de avisos en publicaciones y d :.as publicitarias, el Consejo Nacional Electoral tendrá en cuenta la Clasicición de los Municipios de Colombia establecida en el artículo 6 de la L 1' C.17 de Que la resolución 0236 de 2015 promulgada por el Consejo Nacional Electoral regula todo lo referente al uso de la publicidad electoral visual y auditiva a que deben someterse los partidos, movimientos c grupos políticos que par: :i:---n en el desarrollo del proceso electoral del presente ai ij. 11. Que el Alcalde Münicül de San Antero, en armonía con lo expuesto.... PALACIO MUNICIPAL "FELICI,-.J.Z GARCIA", Carrera 14 N Te. (094) Fax San Antero - Córdouc c. 'co electrónico: si urídica/nternasanantero-cordoba, govco
3 14,y 5 el, SECRETARIA JURIDICA Y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS 1 Versión: 1.0 DECRETA: ARTICULO PRIMERO: Prohíbase toda publicidad política visual en los Postes de alumbrado público, Instituciones educativas, edificios públicos, Camus, Centros de Salud, puentes, árboles y plantas ornamentales ubicadas en espacio público, así como en cualquier otra estructura de propiedad del municipio de San Antero o del estado. ARTICULO SEGUNDO: Los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos, tiene derecho a difundir en las elecciones para gobernador, diputados, alcalde y concejales que se llevarán a cabo el domingo 25 de octubre de 2015 hasta treinta (30) cuñas radiales diarias con una duración de hasta 15 segundos, por ser este municipio de categoría sexta (Resolución 0236 de 2015 CM). PARÁGRAFO. Las cuñas radiales diarias previstas en este artículo, podrán ser contratadas en una o varias emisoras regionales o municipales sin exceder el número determinado. Las que no se emitan no podrán acumularse para el siguiente día. ARTÍCULO TERCERO: Los partidos y movimientos políticos con personería jurídica y los grupos significativos y movimientos sociales tendrán derecho en las publicaciones escritas para las elecciones de Gobernador, Alcalde, Concejales y Diputados de octubre 25 de 2015 a cuatro (4) avisos hasta del tamaño de una página por cada edición (Resolución 0236 de 2015 CNE). ARTÍCULO CUARTO: Los movimientos y partidos políticos con personería jurídica y los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales tendrán derecho en las elecciones del 25 de octubre de 2015 para gobernador, alcalde, concejales y diputados a instalar hasta ocho (8) vallas en el municipio. PARÁGRAFO PRIMERO. Las vallas a que se refiere el presente artículo tendrán un área hasta de cuarenta y ocho metros cuadrados (48 mts4). PARÁGRAFO SEGUNDO. Toda publicidad política exterior visual deberá contener el nombre del partido, movimiento o grupo político, la sigla con que se identifiquen y sus colores distintivos, el nombre o nombres de los canc$datos o las corporaciones públicas y el número que le corresponde en el tarjetón. PALACIO MUNICIPAL "FELICIANO PEREZ GARCIA", Carrera 14 N 12D-13 TeL (094) Fax San Antero - Córdoba. Correo electrónico: s/uridicaintarna(ósanante,o-cordobaqov.co
4 CALD - SECRETARIA JURIDICA Y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS -- Versión: PARÁGRAFO TERCERO.Para la fijación de la publicidad política exterior visual indicada en este Decreto en el Artículo 4, requerirá del permiso escrito otorgado por el Secretario de Planeación Municipal o del propietario del inmueble cuando este sea privado. ARTÍCULO QUINTO: Los partidos y movimientos políticos con personería jurídica y los grupos significativos y movimientos sociales que fijen su publicidad en la jurisdicción municipal de San Antero, deberán cumplir estrictamente con lo aquí establecido y adquieren el compromiso de dejar los espacios utilizados en las mismas condiciones en que los hayan encontrado, dentro de los Diez (10) días calendario siguientes a la elección, con el fin de evitar la contaminación visual y ambiental. ARTÍCULO SEXTO: La propaganda electoral de que trata el presente decreto, únicamente podrá realizarse durante los tres (3) meses anteriores a la fecha de elecciones, de conformidad con la Resolución 0236 de 2015 del CNE. ARTÍCULO SEPTIMO: De conformidad con el artículo 10 de la ley 163 de 1994, durante el día de elecciones, está prohibido toda clase de propaganda política y electoral; por tanto, no se podrá portar camisetas o cualquier prenda de vestir alusiva a propaganda política, afiches, volantes, gacetas o documentos similares que inviten a votar por determinado candidato o simplemente le hagan propaganda. Las autoridades podrán decomisar la propaganda respectiva, sin retener a la persona que la porte. ARTÍCULO OCTAVO: Los mismos límites fijados en el presente Decreto se aplicarán para los comités de promotores del voto en blanco, dependiendo del tipo de elecciones de que se trate. ARTÍCULO NOVENO. Facultar al Comandante de la Estación de Policía de San Antero - Córdoba, para hacer cumplir estrictamente el presente Decreto. ARTÍCULO DECIMO: Independientemente de las sanciones que le corresponden imponer al Consejo Nacional Electoral, a los infractores de la resolución 0236 de 2015, la Alcaldía Municipal de San Antero, sancionará a los infractores de la presente resolución con multas entre 15 y 20 salarios mínimos legal diarios vigentes, atendiendo a la gravedad de la falta. PARAGRAFO: La sanción de que trata el presente artículo será impuesta por el Secretario de Planeación y la Secretaría Jurídica y de Asuntos Administrativos del PALACIO MUNICIPAL FELICIANO PEREZ GARCIA. Carrera 14 N 12D-1 3 TeL (094) Fax San Antero - Córdoba. Correo electrónico: sjuridicaínterna(5sanantero-cordoba.govco
5 CALb SECRETARIA JURIDICA Y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS - Versión: municipio de San Antero, mediante resolución motivada y se hará efectiva a favor del Tesorero Municipal, a través del proceso de jurisdicción coactiva, y los dineros serán destinados al ornato y embellecimiento de los parques y monumentos del municipio. ARTÍCULO UNDECIMO: Fíjese el presente Decreto en lugar público y remitir copia del Decreto al Señor Comandante de Policía de la Estación de San Antero, Personera Municipal y registrador Municipal. ARTÍCULO DUODECIMO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. PIBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CU PLASE Dado en San Antero, en la alcaldíunicipa) Julio del año / Veintiún (21) días del mes de NALDO MARTINEZ TORRES Alcalde Municipal eviso y Aprobó. Diana Padrón Santamaría. Secretaria Jurídica y de Asuntos Adm. PALACIO MUNICIPAL "FELIC!ANO PEREZ GARCIA', Carrera 14 N Tel. (094) Fax San Arilero - Córdoba. Correo electrónico: sjuriciicainternsanantero-cordobagov.co
RESOLUCIÓN No. 0117 DE 2007. ( 21 de febrero )
RESOLUCIÓN No. 0117 DE 2007 ( 21 de febrero ) Por la cual se señala el número de cuñas radiales, de avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias de que pueden hacer uso los Partidos y Movimientos
Más detallesDecreto N 050 (6 de agosto de 2011) "POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA INSTALACiÓN DE PUBLICIDAD ELECTORA~ EN EL MUNICIPIO DE HELlCONIA"
Decreto N 050 (6 de agosto de 2011) "POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA INSTALACiÓN DE PUBLICIDAD ELECTORA~ EN EL MUNICIPIO DE EL ALCALDE DE HELlCONIA ANTIOQUIA, en uso de sus facultades constitucionales y legales,
Más detallesDECRETO N 60 (09 de julio de 2015)
DECRETO N 60 (09 de julio de 2015) Por el cual se señala el número máximo de cuñas radiales, televisivas, avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias de que pueden hacer uso los Partidos
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL TOLIMA MUNICIPIO PALOCABILDO NIT: 800,002.637-5. RESOLUCIÓN N 342 (Julio 24 de 2015)
NIT: 800,002.637-5 RESOLUCIÓN N 342 (Julio 24 de 2015) "POR MEDIO DEL CUAL SE REGULA LA PUBLICIDAD POLÍTICA O PROPAGANDA ELECTORAL AUTORIZADA PARA LAS ELECCIONES DE GOBERNADORES, DIPUTADOS, ALCALDES Y
Más detallesCONSIDERANDO: e el Artículo 29 de la Ley 130 de 1994, señala: W Carrera 12 No 10-36!,,,..,.. PBXT392333 Fax 6384303
DECRETO No. U U U ^ 1 4 ENF 2014 "POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL, RADIAL Y ESCRITA O PROPAGANDA ELECTORAL PARA LAS ELECCIONES AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, A REALIZARSE
Más detallesDECRETO No. 047 JULIO 01 DE 2.015 EL ALCALDE MUNICIPAL DE CHAGUANÍ - CUNDINAMARCA
DECRETO No. 047 JULIO 01 DE 2.015 Por la cual se señala el número de vallas publicitarias, cuñas radiales, publicaciones escritas, pasacalles y avisos impresos de que pueden hacer uso los Partidos y Movimientos
Más detallesALCALDÍA MUNICIPAL GUADALAJARA DE BUGA SECRETARÍA DE GOBIERNOY CONVIVENCIA CIUDADANA. RESOLUCION DAM No 1125-2011 16 de Junio de 2011
RESOLUCION DAM No 1125-2011 16 de Junio de 2011 POR MEDIO DE LA CUAL SE SEÑALA EL NUMERO DE CUÑAS RADIALES, DE AVISOS EN PUBLICACIONES ESCRITAS Y DE VALLAS QUE PUEDEN HACER USO LOS PARTIDOS Y MOVIMIENTOS
Más detallesDEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA MUNICIPIO DE CAICEDONIA VALLE SECRETARIA DE GOBIERNO MUNICIPAL
POR MEDIO DEL CUAL SE REGULA LA PROPAGANDA ELECTORAL PARA LAS ELECCIONES PARA CONGRESO, PARLAMENTO ANDINO Y PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, EN EL DEL CAUCA. El Alcalde del Municipio de Caicedonia Valle del
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA Departamento de Cundinamarca Municipio de Gachancipá
DECRETO No. 136 DE 2015 (JULIO 21) POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTAN NORMAS REGLAMENTARIAS SOBRE PUBLICIDAD POLÍTICA ELECTORAL EN EL MUNICIPIO DE GACHANCIPÁ, PARA ELECCIONES QUE SE LLEVARÁN A CABO EL DÍA 25
Más detallesDEPARTAMENTO DE NARIÑO ALCALDIA MUNICIPAL DE PASTO. DECRETO No. 0867 DE 2009 ( 22 DE DIC 2009 )
EL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE PASTO En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el articulo 29 de la Ley 130 de 1994, La Resolución 001142 de 2009 proferida por
Más detallesQue los incisos primero y segundo del artículo 29 de la Ley 130 de 1994 señalan lo siguiente:
RESOLUCIÓN NÚMERO 0236 DE 2015 (marzo 3) por la cual se señala el número máximo de cuñas radiales, de avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias de que pueden hacer uso los partidos y movimientos
Más detallesDECRETO No. 013 MARZO 24 DE 2015
DECRETO No. 013 MARZO 24 DE 2015 "POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA EN EL MUNICIPIO DE CUMARAL META LA PROPAGANDA ELECTORAL PARA LAS ELECCIONES DE GOBERNADOR, ALCALDES, CONCEJALES, DIPUTADOS DE COLOMBIA
Más detallesDepartamento de La Guajira Municipio de Barrancas Alcaldía Municipal
DECRETO No. 039 DE 2011 JULIO...27 Por Medio del cual se establecen el número de cuñas radiales, avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias, utilización de perifoneo y otros medios de reproducción
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL CAQÜETÁ MUNICIPIO DE SAN VICENTE DEL CAGUÁN. DECRETO MUNICIPAL No.099 (Julio 29 de 2015)
DECRETO MUNICIPAL No.099 (Julio 29 de 2015) "POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICAN PARCIALMENTE LOS ARTICULOS 3" y 4' DEL DECRETO MUNICIPAL 085 DE JULIO 03 DE 2015". EL SUSCRITO ALCALDE DEL CAGUETA, en ejercicio
Más detallesALCALDÍA MUNICIPAL REGISTRADURÍA MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL RETIRO ANTIOQUIA RESOLUCIÓN 001. (12 de noviembre de 2005)
ALCALDÍA MUNICIPAL REGISTRADURÍA MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL RETIRO ANTIOQUIA RESOLUCIÓN 001 (12 de noviembre de 2005) Por medio de la cual se establece la reglamentación municipal para la fijación de publicidad
Más detallesALCALDIA DE LANDAZURI SANTANDER PARQUE PRINCIPAL
DECRETO No. 024 DE 2.014 21 DE ABRIL POR EL CUAL SE REGULA LA PUBLICIDAD POLÍTICA O PROPAGANDA ELECTORAL AUTORIZADA PARA LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES DEL 25 DE MAYO DE 2014, Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES
Más detallesDECRETO N 063 (06 de julio de 2015)
DECRETO N 063 (06 de julio de 2015) "POR EL CUAL SE REGULA LA FORMA, CARACTERÍSTICAS, LUGARES Y CONDICIONES PARA LA FIJACIÓN DE ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL DESTINADAS A DIFUNDIR PROPAGANDA
Más detallesRepública de Colombia / Departamento de Cundinamarca Alcaldía de La Calera. RESOLUCIÓN No 279 Fecha: 24 de julio de 2015
RESOLUCIÓN No 279 Fecha: 24 de julio de 2015 POR MEDIO DE LA CUAL SE REGULA LA FORMA, CARACTERÍSTICAS, LUGARES Y CONDICIONES PARA LA FIJACIÓN DE VALLAS, PASACALLES, PENDÓN, AFICHE O CARTEL, PERIFONEO Y
Más detallesDECRETO No 046. 24 de Julio de 2015)
DECRETO No 046 24 de Julio de 2015) POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD Y10 PROPAGANDA ELECTORAL PARA LAS ELECCiONES LJ GOBERNADORES, DIPUTADOS, ALCALDES, CONCEJALES Y JUNTAS ADMINISTRADORAS
Más detallesDECRETO NÚMERO 193 22 DE JULIO DE 2015
..11~11.31~ MUNICIPIO DE ALEJANDRÍA NIT: 890.983.701-1 DECRETO NÚMERO 193 22 DE JULIO DE 2015 Código: PDO Versión: 01 Página 1 de 8 "POR EL CUAL SE REGULA LA FORMA, CARACTERÍSTICA, LUGARES Y CONDICIONES
Más detallesCONSIDERANDO: Que el artículo 35 de la Ley estatutaria 1475 de 2011, define la propaganda electoral así:
- ' PITAILOM. ; t. CODIGO: F-GD-00-02 VERSION: 1 LE No. 5 5 1 21 JiJI 2015 "POR MEDIO DEL CUAL SE REGULA LA FORMA, CARACTERÍSTICAS, LUGARES Y CONDICIONES PARA LA FIJACIÓN DE CARTELES, PASACALLES, PENDONES,
Más detallesMUNICIPIO DE EBÉJICO DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
DECRETO NÚMERO 017 (Febrero 05 de 2.011) POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD DE CARÁCTER POLÍTICO. El Alcalde Municipal de Ebéjico Antioquia, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas
Más detallesMunicipio de Tipacoque Alcaidía Municipal Nit. 800.099.187-6. DECRETO NÚMERO 037 (06 de Agosto de 2015)
Alcaidía Municipal Nit. 800.099.187-6 DECRETO NÚMERO 037 (06 de Agosto de 2015) Por el cual se regula la Publicidad Política o Propaganda electoral autorizada para las elecciones del 25 de octubre de 2015,
Más detallesDepartamento del Valle del Cauca Alcaldía Municipal de Ginebra Despacho NIT 800.100.520-1
El suscrito Alcalde Municipal de Ginebra - Valle, en uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el Artículo 40 de la Constitución Política, Ley 130 de 1994, Ley 140 de 1994, Ley 1475
Más detallesDECRETO. DECRETO NÚMERO 049 DE 2015 (Julio 22 de 2015)
NÚMERO 049 DE 2015 (Julio 22 de 2015) POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTAN DISPOSICIONES PERTINENTES PARA EL MUNICIPIO DE GÉNOVA QUINDÍO, SE REGLAMENTE EL USO DE PROPAGANDA ELECTORAL, PARA LAS ELECCIONES DE ALCALDE,
Más detallesDECRETO No. 029 de 2015 ( 17 de abril )
DECRETO No. 029 de 2015 ( 17 de abril ) POR EL CUAL SE REGULA LA PUBLICIDAD POLÍTICA O PROPAGANDA ELECTORAL AUTORIZADA PARA ELECCIONES, Y SE DICTAN OTRAS DETERMINACIONES EL ALCALDE MUNICIPAL DE CAPARRAPÍ
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CAREPA NIT N 890.985.316-8 DESPACHO ALCALDE
ille la 1111C011 el RESOLUCION Nro 4 6 8o1 1 1 DIC 2013 Por medio del cual se regula la publicidad exterior visual en las jornadas electorales programadas para elecciones al congreso de la Republica en
Más detallesDECRETO No. 035 -----
DECRETO No. 035 ----- 2 5 "Por medio del cual se toman disposiciones en materia de Publicidad Política o Propaganda electoral autorizada para las elecciones del 2015." EL ALCALDE MUNICIPAL DE HONDA TOLIMA
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CALDAS MUNICIPIO DE VITERBO
REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CALDAS MUNICIPIO DE VITERBO DECRETO No. 025 DE JUNIO 10 DE 2015 "POR MEDIO DEL CUAL SE FIJAN LOS PARAMETROS PARA EL MANEJO DE LA PUBLICIDAD POLITICA EN LAS CONTIENDAS
Más detallesDECRETO No. 007 CONSIDERANDO:
DECRETO No. 007 Por el cual se regula la forma, características, lugares y condiciones para la fijación de elementos de publicidad exterior visual en el municipio de San Marcos, Sucre, destinados a difundir
Más detallesCONSIDERANDO: Que los incisos primero y segundo del Artículo 29 de la Ley 130 de 1994, sobre Propaganda en espacios públicos señalan lo siguiente:
SINCELEJO DECRETO N 2015 LLEVARAN A CABO EL 25 DE OCTUBRE DE 2015 EL ALCALDE DE SINCELEJO, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en artículo 315 Constitución Política, la Ley 136
Más detallesDECRETO No. ^ 7 2 2 JUL 2015
DEPARTAMENTO DE BOYACA A L C A L D I A MUNICIPAL DE T I B A S O S A PROCESO D E LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN Código; A-03-01-F1 Versión: 1 Pág. 1 DECRETO No. ^ 7 8 ~ 2 2 JUL 2015 "POR EL CUAL SE REGLAMENTA
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL VAUPÉS ALCALDÍA DE MITÚ. DECRETO No. 038 DE 2015 (23 DE JULIO) EL ALCALDE ENCARGADO DE MITÚ, CONSIDERANDO:
DECRETO No. 038 DE 2015 (23 DE JULIO) Por el cual se regula la Publicidad Política o Propaganda electoral de que pueden hacer uso los partidos y movimientos políticos, los movimientos sociales y grupos
Más detallesValledupar 0 0 0 26 I 1 6
Valledupar A L C A L D IA E n tre to do s la e s ta m o s tra n s fo rm a n d o 0 0 0 26 I 1 6 EL Alcalde del Municipio de Valledupar, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las
Más detallesC O N S I D E R A N D O:
200.18.57 DECRETO No. 057 (24 de Julio de 2015) POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD Y LA OCUPACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO EN EL MUNICIPIO DE PULÍ CUNDINAMARCA DURANTE EL PERIODO DE LA CAMPAÑA ELECTORAL
Más detallesDECRETO No 112 (03 de diciembre de 2013)
DECRETO No 112 (03 de diciembre de 2013) POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD POLITICA, ELECTORAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES PARA LA ELECCION DE DIGNATARIOS. El Alcalde del Municipio de
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL PUTUMAYO MUNICIPIO DE ORITO DESPACHO ALCALDE NIT 800102896-2. DECRETO No. 061 (23 de julio de 2015)
REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL PUTUMAYO MUNICIPIO DE ORITO DESPACHO ALCALDE NIT 800102896-2 DECRETO No. 061 (23 de julio de 2015) Por medio del cual se reglamenta el número máximo de cuñas radiales,
Más detallesMUNICIPIO DE BOAVITA
DECRETO 009 Enero 20 de 2014. POR EL CUAL SE SEÑALA EL NUMERO DE VALLAS PUBLICITARIAS Y DE AVISOS EN PUBLICACIONES ESCRITAS DE QUE PUEDEN HACER USO LOS PARTIDOS Y MOVIMIENTOS POLÍTICOS CON PERSONERÍA JURÍDICA
Más detallesRESOLUCIÓN No.029. Bogotá, D.C., 01 de Septiembre de 2011
RESOLUCIÓN No.029 Bogotá, D.C., 01 de Septiembre de 2011 "Por la cual se regula la divulgación política y propaganda electoral en el Partido Social de Unidad Nacional, Partido de la U con ocasión de las
Más detallesDECRETO No. 037 DE 2015 (Julio 22 de 2015) POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD POLÍTICA EN EL MUNICIPIO DE SIMACOTA - SANTANDER
NIT. 890.208.807-0 Página 1 de 6 DECRETO No. 037 DE 2015 (Julio 22 de 2015) POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD POLÍTICA EN EL MUNICIPIO DE SIMACOTA - SANTANDER La Alcaldesa Municipal de Simacota
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACA MUNICIPIO DE SOTAQUIRA
DECRETO No.052 (Diciembre 12 de 2013) "POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD POLÍTICA EXTERIOR, PARA LAS ELECCIONES DE CONGRESO DE LA REPÚBLICA Y PARLAMENTO ANDINO PARA EL PERIODO CONSTITUCIONAL 2014-2018,
Más detallesMUNICIPIO DE BELTRAN Departamento de Cundinamarca
DECRETO N 110-05-060-2015 (23 de Julio de 2015) POR EL CUAL SE REGULA EL USO DE LA PUBLICIDAD POLÍTICA O PROPAGANDA ELECTORAL EN EL MUNICIPIO DE BELTRÁN CUNDINAMARCA, PARA LAS ELECCIONES DEL 25 DE OCTUBRE
Más detallesDECRETO NUMERO. Q_48 de_2015 (24 de; Julio de 2015)
DEPARTAMENTO /)/ / SANTANDl-R ALCALDÍA MUNICIPAL DE VELEZ DECRETO NUMERO. Q_48 de_2015 (24 de; Julio de 2015) POR MEDIO DEL CUAL SE REGULA LA FORMA, CARACTERÍSTICAS, LUGARES Y CONDICIONES PARA LA FIJACIÓN
Más detallesDEPARTAMENTO DE SANTANDER MUNICIPIO DE PINCHOIE. Fecha: 2009 NIT. 890204265-0
DEPARTAMENTO DE SANTANDER MUNICIPIO DE PINCHOIE Fecha: 2009 Version: 1 Pag. 1 de 6 NUMERO N 027 (17 de Julio de 2015) "Por el cual se regula la Publicidad Politica o Propaganda electoral autorizada para
Más detallesDECRETO MUNICIPAL No CONSIDERANDO
DECRETO MUNICIPAL No ( 12SEP. 2011 ) o300 "Por medio de la cual se adoptan normas reglamentarias sobre publicidad política electoral en el Municipiode Tunja, para las elecciones que se llevaran a cabo
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA. DEPARTAMENTO DE BOLIVAR ALCALDÍA MUNICIPAL DE ACHI Nit: 800037371-1 DECRETO N 012. ENERO 28 DE 2013.
DECRETO N 012. ENERO 28 DE 2013. Por medio del cual se adoptan las disposiciones pertinentes para el Municipio contenidas en la Resolución N 00832 del 05 del mes de marzo de 2013 del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL,
Más detallesDepartamento del Cesar República de Colombia ''Oportunidad para Todos"...
Que de conformidad con el artículo 22 de la ley 130 de 1994, los partidos, movimientos políticos y candidatos a cargos de elección popular, podrán hacer divulgación política y propaganda electoral a tiavés
Más detallesInstituto Electoral del Estado de Guanajuato
Instituto Electoral del Estado de Guanajuato Modelo único de estatutos que deberán seguir los ciudadanos que pretendan postularse como candidatos independientes a un cargo de elección popular, al crear
Más detallesDE LA MANO CON LA COMUNIDAD Edificio CAM, Calle Principal Teléfono (092)8466709-8466766 contactenos@buenosaires-cauca.gov.co
(8 de Enero de 2014) POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD POLÍTICA EXTERIOR, PARA LAS ELECCIONES DE CONGRESO DE LA REPÚBLICA Y PARLAMENTO ANDINO PARA EL PERIODO CONSTITUCIONAL 2014-2018, A CELEBRARSE
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA. Municipio de Aguachica. Alfredo Vega Quintero
DECRETO No. 519 (9 DE DICIEMBRE DE 2013) por el cual se reglamenta la publicidad política exterior, para las elecciones de congreso de la república y parlamento andino, a celebrarse en año 2014 y se adoptan
Más detallesPÚBLICA DE COLOMBIA - DEPARTAMENTO DE BO MUNICIPIO DE RAMIRIQUÍ ESPACHO. DECRETO 040 (12 de Junio de 2015)
PÚBLICA DE COLOMBIA - DEPARTAMENTO DE BO FR- 1000-05-V1 VIGENCIA: 2015 DECRETO 040 (12 de Junio de 2015) Por el cual se regula la Publicidad Política o Propaganda electoral autorizada para las elecciones
Más detallesRESOLUCIÓN No. 0126 de 2015. (30 de enero) EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL CONSIDERANDO
011,,,inuoNnicioni RRPUP,.ICAP COLOMMA RESOLUCIÓN No. 0126 de 2015 (30 de enero) Por la cual se fijan los montos máximos de dinero privado que se pueden invertir en las campañas de los mecanismos de participación
Más detallesREGLAMENTO DE LOS PROCESOS INTERNOS DE SELECCIÓN DE CANDIDATOS Y PRECAMPAÑAS DEL INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE
REGLAMENTO DE LOS PROCESOS INTERNOS DE SELECCIÓN DE CANDIDATOS Y PRECAMPAÑAS DEL INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE JALISCO. 1 REGLAMENTO DE LOS PROCESOS INTERNOS DE SELECCIÓN
Más detallesGobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pujilí GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PUJILÍ EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pujilí GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PUJILÍ EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Al ser función del gobierno autónomo descentralizado municipal
Más detallesDirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica
Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica Lic. Rutilio Rosas Peralta Director Ejecutivo de Capacitación Electoral y Educación Cívica REFORMA CONSTITUCIONAL ELECTORAL 1. Reforma Constitucional
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76 Miércoles 30 de marzo de 2011 Sec. I. Pág. 33041 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA 5714 Real Decreto 422/2011, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre las
Más detallesACUERDO N 10 (AGOSTO 31 DE 2014)
_ "*""*"" La v/utad del PueM ACUERDO N 10 (AGOSTO 31 DE 2014) POR EL CUAL SE AUTORIZA LA CONDONACIÓN DE INTERESES Y LA CONDONACIÓN PARCIAL DE LA DEUDA A LOS ESTUDIANTES BENEFICIARIOS DE CRÉDITOS PARA REALIZAR
Más detallesACUERDO No POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL DEL MUNICIPIO DE ITAGUI.
ACUERDO NO. 24 ITAGUÍ, 21 DE AGOSTO DE 1998 POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL DEL MUNICIPIO DE ITAGUI. EL HONORABLE CONOCEJO MUNICIPAL DE ITAGUI, en USO de SUS atribuciones
Más detallesDECRETO NÚMERO 024 O 2 MAY 2014
Municipio de La Unión POR EL CUAL SE REGULA LA FORMA. CARACTERÍSTICAS, LUGARES Y CONDICIONES PARA LA FIJACIÓN DE ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL EN EL MUNICIPIO DE LA UNION ANTIOOUIA, DESTINADOS
Más detallesSISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN PROCESO GESTIÓN DOCUMENTAL DECRETO
Página 1 de 11 100.24 No. 134 DE (20 15 POR EL CUAL SE ADOPTAN NORMAS REGLAMENTARIAS SOBRE PUBLICIDAD POLÍTICA ELECTORAL EN EL MUNICIPIO DE YOPAL, PARA LAS ELECCIONES QUE SE LLEVARAN A CABO EL DÍA VEINTICINCO
Más detallesRESOLUCIÓN 167-04 SOBRE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS RELATIVAS A LA PROMOCIÓN Y PUBLICIDAD DE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES.
RESOLUCIÓN 167-04 SOBRE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS RELATIVAS A LA PROMOCIÓN Y PUBLICIDAD DE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES. CONSIDERANDO: Que de conformidad con los artículos
Más detallesDirección Local de Salud
210-060-001 CONCEJO REPUBLICA MUNICIPAL DE COLOMBIA DE TRUJILLO Dirección Local de Salud ACUERDO N 001 (Febrero 22 del 2015) POR MEDIO DEL CUAL SE DEROGA EL ACUERDO NO 015 DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y
Más detallesMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTIN Jr. Gregorio Delgado Nº 260, Tarapoto Telf. 52-2351
ORDENANZA N 015-2010-A/MPSM Tarapoto, 22 de Junio de 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTIN: POR CUANTO El Concejo Municipal Provincial de San Martín, en Sesión de fecha 22 de Junio
Más detallesModelo de Estatutos para candidaturas independiente al cargo de Presidente Municipal y Síndico FCI/IMPEPAC/04/EA
MODELO DE ESTATUTOS PARA CANDIDATURAS INDEPENDIENTE AL CARGO DE PRESIDENTE MUNICIPAL Y SÍNDICO FCI/IMPEPAC/04/EA OBSERVACIONES GENERALES.- Modelo de Estatutos para candidaturas independiente al cargo de
Más detallesREGLAMENTO DE LA PROPAGANDA POLITICA Y ELECTORAL EN EL DISTRITO DE SAN ANTONIO CAÑETE ORDENANZA Nº 02-2006 - MDSA
REGLAMENTO DE LA PROPAGANDA POLITICA Y ELECTORAL EN EL DISTRITO DE SAN ANTONIO CAÑETE ORDENANZA Nº 02-2006 - MDSA San Antonio 14 de Febrero de 2006 POR CUANTO: El Concejo Municipal de San Antonio de Cañete,
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL META MUNICIPIO DE MAPIRIPAN CONCEJO MUNICIPAL
ACUERDO No. 015 (Agosto 15 de 2008) POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDEN FACULTADES A LA ALCALDESA MUNICIPAL PARA TRANSFERIR EL DOMINIO DE PREDIOS FISCALES OCUPADOS CON VIVIENDAS DE INTERÉS SOCIAL Y SE DICTAN
Más detallesRepública de Colombia Departamento de Bolívar Alcaldía Santa Cruz de Mompox 'Alianza por el Rescate de Mompox' NIT 890480643-3
'Alianza por el Rescate de Mompox' DECRETO No 09122013-01 (09 DE DICIEMBRE DE 2013) "POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD RADIAL, DE AVISOS EN PUBLICACIONES ESCRITAS Y DE VALLAS PUBLICITARIAS DE QUE
Más detallesAlcaldía Municipal La Palma
RESOLUCION ADMINISTRATIVA No. 0190 de (Septiembre 21) "POR MEDIO DE LA CUAL SE CREA EL COMITÉ TÉCNICO DE SOSTENIBILIDAD CONTABLE DEL MUNICIPIO DE LA PALMA CUNDINAMARCA EL ALCALDE MUNICIPAL DE LA PALMA
Más detallesC O N S I D E R A C I O N E S:
PROCESO ELECTORAL LOCAL 2011-2012 ACUERDO NÚMERO 12 26/ENERO/2012 ACUERDO RELATIVO A LA DETERMINACIÓN DE LOS TOPES DE GASTOS DE CAMPAÑA DE LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS LOCALES Y AYUNTAMIENTOS DE LA ENTIDAD,
Más detallesACUERDO No. 512 (13 DE NOVIEMBRE DE 2015)
Página 1 de 6 ACUERDO No. 512 (13 DE NOVIEMBRE DE 2015) POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA EL ARTÍCULO VEINTINUEVE ATRIBUCIONES DEL CONCEJO PLENO, 29.1 FUNCIONES Y/O ATRIBUCIONES DE NATURALEZA ELECTORAL;
Más detallesTÍTULO PRIMERO DE LAS APORTACIONES OBLIGATORIAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO PARA LA RECAUDACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS CUOTAS DE APORTACIÓN ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE AFILIADOS, SERVIDORES PÚBLICOS Y REPRESENTANTES DE ELECCIÓN POPULAR DE NUEVA ALIANZA. TÍTULO PRIMERO
Más detallesAnexo único. Título Primero Disposiciones Preliminares CAPITULO I Disposiciones Generales
Anexo único Lineamientos del Instituto Nacional Electoral para la Promoción del Voto y la Participación Ciudadana por parte de Organizaciones Ciudadanas durante el Proceso Electoral 2014-2015 Título Primero
Más detallesCONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO PRIMERA PROMOCIÓN 2016 CONTINUIDAD
CONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO PRIMERA PROMOCIÓN 2016 CONTINUIDAD El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECyT) con fundamento
Más detallesGACETA OFICIAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA. Caracas, 6 de septiembre de 1944 Número 21.503 EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA
GACETA OFICIAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA Caracas, 6 de septiembre de 1944 Número 21.503 EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA Decreta: la siguiente, LEY SOBRE PROPAGANDA COMERCIAL Artículo
Más detallesEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
. RESOLUCIÓN No. 0078 DE 2011 (22 de febrero) Por la cual se fijan las sumas máximas que pueden invertir por los candidatos en las campañas electorales a gobernaciones, alcaldías distritales y municipales,
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE
REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE RESOLUCIÓN 1122 DE 2005 ( 26 de Mayo de 2005 ) Por la cual se establecen medidas especiales para la prevención de la accidentalidad de los vehículos de transporte
Más detallesRESOLUCIÓN 0930 DE 2008 ( )
RESOLUCIÓN 0930 DE 2008 ( ) Por la cual se fijan las tarifas para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento del registro de publicidad exterior visual en el Distrito Capital, se modifica el
Más detallesPROPAGANDA ELECTORAL. JUSTIFICACIÓN: La necesidad de que los partidos políticos
PROPAGANDA ELECTORAL Ponente: Lic. Rubén Morales González. Domicilio: Salvador Díaz Mirón # 35, Zona Centro, La Estancuela, Mpio. de Emiliano Zapata, Ver. JUSTIFICACIÓN: La necesidad de que los partidos
Más detallesLEY 14343 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY TÍTULO I CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
LEY 14343 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º.- OBJETO. La presente Ley tiene por objeto regular la
Más detallesFOGACOOP FONDO DE GARANTIAS DE ENTIDADES COOPERATIVAS NIT 830.053.319-2
RESOLUCIÓN 0018 DE 2002 ( 12 DICIEMBRE DE 2002 ) Publicada Diario Oficial No. 45.038 el 18 de diciembre de 2002 Por la cual se determinan las condiciones de compra de acreencias de ahorradores y depositantes
Más detallesEl ABC de la revisión periódica de las instalaciones internas de gas
El ABC de la revisión periódica de las instalaciones internas de gas Ante las constantes inconformidades de los usuarios de gas natural con respecto a las revisiones periódicas de las instalaciones internas,
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL Aprobado por el Comité Directivo en la sesión N 08-10, del 10 de febrero de 2010 ÍNDICE I.CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LAS PRÁCTICAS
Más detallesInscripción de una fundación
Inscripción de una fundación Las fundaciones son personas jurídicas sin ánimo de lucro creadas por iniciativa privada o pública, para atender una finalidad altruista o de interés social determinada en
Más detallesPROCEDIMIENTOS INSTRUCTIVO
I-SICA-70-0-02 INDICE CAPITULO I DEFINICIONES ARTICULO PRIMERO. De los Afiliados.......3 ARTICULO SEGUNDO. Cliente preferencial....3 ARTICULO TERCERO. Cuota de Afiliación...3 ARTICULO CUARTO. Libro de
Más detallesACUERDO No. 043 DE 2009
ACUERDO No. 043 DE 2009 (noviembre 30) POR MEDIO DEL CUAL SE FORMALIZA LA CREACION Y SE ORGANIZA LA ESTRUCTURA DEL COMITÉ DE DISCAPACIDAD EN EL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES EN VIRTUD DE LA LEY 1145
Más detallesLiceo Campestre Cafam
No. de la matrícula Nombre del estudiante: Teléfonos: Nombre del padre: Teléfonos: Nombre de la madre: Teléfonos: Nombre de la persona responsable económicamente del pago de las pensiones diferentes al
Más detallesRESOLUCIÓN No. DE 2015 ( ) EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL CONSIDERANDO
RESOLUCIÓN No. DE 2015 ( ) Por la cual se señala el procedimiento de verificación de la autenticidad de los apoyos ciudadanos a una propuesta de EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de sus atribuciones
Más detallesDECRETO No.100.01-2013-058 (Septiembre 09 de 2013)
DECRETO No.100.01-2013-058 (Septiembre 09 de 2013) POR EL CUAL SE FIJA EL INCREMENTO SALARIAL DE LAS ASIGNACIONES DE LA PLANTA DE PERSONAL DE LA ADMINISTRACION CENTRAL VIGENCIA 2013 EL ALCALDE MUNICIPAL
Más detallesCOMPARATIVA de AGRUPACIÓN DE ELECTORES y COALICIÓN DE PARTIDOS
COMPARATIVA de AGRUPACIÓN DE ELECTORES y COALICIÓN DE PARTIDOS DEFINICIÓN CÓMO SE CREAN CUÁNDO SE PRESENTAN LAS CANDIDATURAS AGRUPACIÓN DE ELECTORES COALICIÓN DE PARTIDOS PARTIDO POLÍTICO Las Agrupaciones
Más detallesACUERDO Nº 007 (MAYO 31 DE 2013)
ACUERDO Nº 007 (MAYO 31 DE 2013) POR MEDIO DEL CUAL SE DEROGA EL ACUERDO No. 003 de 1999 Y SE MODIFICA PARCIALMENTE EL ACUERDO 044 DE 2009 EN EL CAPITULO X, EN SUS ARTÍCULOS 136 AL 144 Y SE ESTABLECEN
Más detallesConsejo Dominicano del Café
LEY No. 79-00, DE FECHA 25 DE SEPTIMBRE DE 2000, QUE RATIFICA LA CREACION DEL CONSEJO DOMINICANO DEL CAFE 3 Ley No. 79-00 EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República CONSIDERANDO: Que nuestro país dispone
Más detallesEl presente documento contiene los términos y condiciones aplicables a la campaña Pide Ya tu tarjeta de crédito de los Bancos Aval (en adelante La
El presente documento contiene los términos y condiciones aplicables a la campaña Pide Ya tu tarjeta de crédito de los Bancos Aval (en adelante La Campaña ), los cuales se entienden expresamente aceptados
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO Artículo 1º. Para la celebración del seguro del Grupo, en los términos del artículo 191 de la Ley sobre el Contrato
Más detalles, Morelos a de de 201
Formato para manifestar la intención de postularse como Candidatos Independientes al cargo de Diputados de Mayoría Relativa FCI/IMPEPAC/01/D, Morelos a de de 201 Consejo Distrital Electoral Presente Los
Más detallesCOMISION NACIONAL PARA LA PROTECCION Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS
86 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 9 de julio de 2014 COMISION NACIONAL PARA LA PROTECCION Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS DISPOSICIONES de carácter general para la organización
Más detallesRegulación del Financiamiento Electoral en Panamá
Regulación del Financiamiento Electoral en Panamá Foro Ciudadano Pro Reformas Electorales 9 de julio de 2015 Objetivo de las Reformas 2015 Empoderar a la ciudadanía para profundizar la democracia. Hacer
Más detallesREGLAMENTO COMISION ELECTORAL Y DE LAS ELECCIONES CAPITULO I. DE LA COMISIÓN ELECTORAL
REGLAMENTO COMISION ELECTORAL Y DE LAS ELECCIONES CAPITULO I. DE LA COMISIÓN ELECTORAL Artículo 1. La Comisión Electoral es el órgano encargado de conducir con plena autonomía el proceso electoral. Artículo
Más detallesBASES DE LA PROMOCIÓN WEEKEND MASTERCARD DE CADA MES EN TIENDAS ADHERIDAS DE PARQUE ARAUCO DE MASTERCARD INTERNATIONAL INC.
BASES DE LA PROMOCIÓN WEEKEND MASTERCARD DE CADA MES EN TIENDAS ADHERIDAS DE PARQUE ARAUCO DE MASTERCARD INTERNATIONAL INC. En Santiago de Chile, a 21 de Diciembre de 2015, MasterCard International Incorporated,
Más detallesI. Requisitos para ser miembro de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO Bogotá D.C. RAD: 10-52261- -2-0 FECHA: 2010-07-07 16:37:16 DEP: 10 OFICINA ASESORA JURIDICA EVE: SIN EVENTO TRA: 113 CONSULCONCEP FOLIOS: 4 ACT: 440 RESPUESTA 10
Más detallesREGLAMENTO PARA LA DISTRIBUCION DE HONORARIOS, GASTOS DE EJECUCION Y COBRANZA.
REGLAMENTO PARA LA DISTRIBUCION DE HONORARIOS, GASTOS DE EJECUCION Y COBRANZA. EUGENIO HERNANDEZ FLORES, Gobernador Constitucional del Estado de Tamaulipas, con las atribuciones que me confieren los artículos
Más detalles