INTRODUCCION 3 IDENTIFICACIÓN.. 3 DISPOSICIONES GENERALES 4-5 DE LAS ESTRATEGIAS DE EVALUACIÓN 5 DE LA EVALUACIÓN 6-7 DE LA CALIFICACIÓN.

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Transcripción:

CONTENIDO INTRODUCCION 3 IDENTIFICACIÓN.. 3 DISPOSICIONES GENERALES 4-5 DE LAS ESTRATEGIAS DE EVALUACIÓN 5 DE LA EVALUACIÓN 6-7 DE LA CALIFICACIÓN. 8-9-10-11 DE LA PROMOCIÓN. 11-12 DEL SEGUIMIENTO DEL PROCESO DE LOS ESTUDIANTES.. 13 DEL REFORZAMIENTO EDUCATIVO 13 DE LA INFORMACIÓN A APODERADOS.. 14 DE LAS SITUACIONES EXTRAORDINARIAS.. 14-15 2

IDENTIFICACION Escuela Municipal Roberto White Gesell Comuna de Director : Jorge Fuentes Canales. Inspectoría General: Edita Navarrete. U.T.P. Básica: Yessica Delgado U.T.P. Media: Christopher Zúñiga INTRODUCCION La escuela Municipal Roberto White Gesell, establece el Reglamento de Evaluación Escolar para asegurar la gradualidad de los aprendizajes, en base a disposiciones vigentes, que determinan los logros y establecen las condiciones de promoción. La evaluación de los aprendizajes debe ser un proceso continuo, permanente y sistemático aplicando distintos instrumentos en busca de obtener, procesar, analizar y proveer información útil para ver alternativas y tomar decisiones de mejoramiento. La responsabilidad del fiel cumplimiento de las normas de este reglamento es del cuerpo docente y supervisado por los encargados técnicos de planificación, evaluación, seguimiento y la dirección del establecimiento. 3

DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1 El Director del establecimiento, de acuerdo a las normas del MINEDUC y con conocimiento y aprobación del Consejo de Profesores, aprobará el Reglamento de Evaluación y Promoción el cual se comunicará a los padres y apoderados en las reuniones de subcentros, entregando copias a cada directiva para ser conversado en reuniones de este último. De igual forma se informará al sostenedor Consejo escolar y Centro de alumnos. ARTICULO 2 El presente Reglamento se aplicará a contar del año 2016 con sus modificaciones del 2017. ARTICULO3 La correcta aplicación del reglamento será responsabilidad de cada docente, supervisado por el equipo técnico y la responsabilidad general será del Director del establecimiento. ARTICULO 4 Las situaciones de Evaluación, Calificación y Promoción Escolar de alumnos (as) de Educación General Básica y Educación Media serán las normadas por el MINEDUC. Según decretos: 1) 1 a 8 Básico, Decreto 511/1997 y sus modificaciones (D.E. 158/99 y 107/03) 1 y 2 Medio, Decreto 112/1999 3 y 4 Medio, Decreto 83/2001. 2)Constitución Política de la Republica, articulo 19 N 10 3)Decreto 0289/2001 que establece las Bases Curriculares de Educación Parvularia. 4).Decretos N 439/2012 y N 433/2012 que aprueban las bases curriculares de 1 a 6 año. 5).Decreto N 2960/2012 que establecen los programas de estudio de 1 a 6 año. 6). Decretos N 256/2009 y N 232/2002 que establecen las bases curriculares de 7 y 8 básico. 7). Decretos N 1363/2011, 7 básico: Decreto N 481/2000 7.8 básico: Decreto N 92/2002 que establece los programas de estudio de 7 y 8 básico. 4

8).Decreto Supremo N 40/96 y su modificación N 232/02 que establece los OF/CMO (7 y 8 ). 9). Decreto Supremo N 924/83 regula las clases de Religión. 10). Decreto N 170 que dispone las formas de evaluar a estudiantes con NEE 11).Decreto Nº 87 Aprueba planes y programas de estudio para personas con deficiencia mental. 12). Decreto Nº83 Aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con NEE de educación Básica y Parvularia. ARTICULO 5 El docente una vez aplicado el instrumento evaluativo tendrá 6 días hábiles para poner la calificación en el libro de clases. ARTICULO 6 Se realizarán reuniones de sub-centros mensuales donde se informará y planificará acciones de apoyo al proceso educativo. DE LAS ESTRATEGIAS Y TIEMPOS DE EVALUACION ARTICULO 7.- Cumplirán, según el momento y la intención con que se realice, una función diagnóstica, formativa y sumativa. ARTICULO 8.- Utilizarán diversos medios e instrumentos pedagógicos, acordes a las teorías educativas más coherentes con nuestro Proyecto Educativo tales como; interrogaciones, trabajos y participación en clases, disertaciones, trabajos individuales (en cuadernos textos escolar o guías de trabajo), ioros, debates, Investigaciones, pruebas escritas y trabajos prácticos. ARTICULO 9.- De las pruebas escritas se realizaran mensualmente evaluaciones de unidad de trabajo que será en formato selección múltiple, contando con 30 preguntas para todos los cursos, la cual debe ser revisada en primera instancia por el especialista correspondiente y posteriormente por U.T.P. para ser impresa. ARTICULO 10.- El profesor debe informar a los alumnos el contenido de la prueba con un de mínimo una semana de anticipación. ARTICULO 11.- no se aplicaran más de dos pruebas escritas por día a los cursos. 5

DE LA EVALUACION ARTICULO 12.- El año escolar se dividirá en dos semestres. A su vez cada semestre se dividirá en tres periodos evaluativos y se entregarán por periodo un informe a los apoderados, siendo dos parciales y uno de final de semestre en los siguientes semanas: PRIMER SEMESTRE periodo 1 marzo- mitad de abril periodo 2 abril- final de mayo periodo 3 junio julio SEGUNDO SEMESTRE agosto- mitad de septiembre Septiembre- octubre noviembre - diciembre ARTICULO 13.- Los alumnos de educación parvularia serán evaluados teniendo como referente una serie de indicadores que den cuenta de los aprendizajes esperados según las bases curriculares de la educación parvularia y el proyecto educativo institucional. La serie de indicadores estarán definidos en l pauta de evaluación para los aprendizajes esperados de los programas pedagógicos primer y segundo nivel de transición y serán comunicados mediante un informe del rendimiento escolar, en el que se registraran apreciaciones en términos cualitativos. Cada uno de los indicadores de logro de los alumnos de educación parvularia será observado, medido o apreciado en tres momentos durante el año. ARTICULO 14.- Los alumnos y las alumnas de enseñanza general básica y enseñanza media, serán evaluados(as) en todos los sectores o subsectores o asignaturas o actividades de aprendizaje del plan de estudios como así también en las diversas experiencias formativas ofrecidas por el establecimiento, conforme al propósito de formar integralmente a sus educandos, en períodos semestrales, con un número determinado de calificaciones por períodos evaluativos durante cada semestre. 6

ARTICULO 15.- Para observar el avance y monitorear el rendimiento los estudiantes de enseñanza básica y media se fijarán pruebas obligatorias para las siguientes asignaturas; Lenguaje, Matemática, Historia y Ciencias Naturales por periodos evaluativos o mensuales según sea la carga horaria semanal dispuesta por el plan de estudio. Para el resto de las asignaturas deberán evaluar con mínimo una nota por periodo de acuerdo a la carga horaria de la asignatura. ARTICULO 16.- Los docentes también tendrán otras opciones de libre disposición para evaluar durante cada periodo como ; pruebas de desarrollo, pruebas de lectura domiciliaria, disertaciones, trabajos entre otros. ARTICULO 17.- Tercera nota por periodo, el profesor deberá llevar una planilla en la que evaluará durante el período evaluativo el proceso de enseñanza de los estudiantes, cada indicador de la planilla tendrá una nota, esta será dividida por el total de ellas y el promedio será la tercera nota para el informe del apoderado: Esta planilla podrá incluir: Participación en clases, cumplimiento con las tareas. Responsabilidad en responder ensayos, interrogaciones orales, investigaciones foros o debates, responsabilidad con traer sus útiles y libros cuando corresponda. ARTICULO 18.- Cuarto medio termina su año lectivo en el mes de Noviembre según disposición del ministerio de educación. ARTICULO 19.- EVALUACION DIFERENCIADA Los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales transitorias deben ser evaluados con mismo grado de dificultad, no obstante puede hacerse una adecuación a en relación a los tiempos para completar su prueba. Las evaluaciones de alumnos con N.E.E. transitorias en cuanto a su contenido debe ser preparadas sin perder los programas de estudio del curso correspondiente y manteniendo el mismo nivel de exigencia. Las pruebas deberán llevar la misma cantidad de preguntas. Los estudiantes con Necesidades Educativas Permanentes deben tener una diferenciación del resto en cuanto a los instrumentos y exigencias serán evaluados según su plan de adecuación curricular individual (PACI) elaborado por el equipo PIE para cada alumno y alumna. 7

Estrategias para evaluación diferenciada Priorizar ciertos objetivos y o contenidos. El profesor(a) deberá guiarse por las orientaciones entregadas en los respectivos informes del programa de Integración de la escuela y deberá adecuar las actividades necesarias. El Director previo estudio e informes del caso y debidamente fundados podrá eximir al o los alumnos (as) de uno de los subsectores del Plan de Estudio. (inglés) DE LA CALIFICACION ARTICULO 20.- Para los Alumnos de Enseñanza Básica, las calificaciones serán expresadas en una escala de uno (1.0) a siete (7.0) y hasta con un decimal. La calificación uno (1.0) será la mínima y corresponderá a un 0% de evidencia o demostración de logros de aprendizajes o dominio de contenidos. La calificación siete (7.0) será la máxima y corresponderá a un 100% de logros de aprendizajes o dominio de contenidos. La centésima 0.5 subirá a la décima superior, entendiendo que todos los promedios son aritméticos. MINIMO DE NOTAS POR ASIGNATURA SEMESTRAL BÁSICA ASIGNATURA Mínimo de notas Por período evaluativo Lenguaje Comunicación y 9 3 Máximo de notas por cada período evaluativo 3, 3 y 4 Educación Matemática 9 3 3, 3 y 4 Historia 9 3 3, 3 y 4 Ciencias Naturales 9 3 3, 3 y 4 Otros sectores 6 2 3, 3 y 4 Religión Conceptos 8

MINIMO DE NOTAS POR ASIGNATURA SEMESTRAL 1º y 2º MEDIO ASIGNATURA Mínimo de notas Por período evaluativo Lenguaje Comunicación y 9 3 Máximo de notas por cada período evaluativo 3, 3 y 4 Educación Matemática 9 3 3, 3 y 4 Historia 9 3 3, 3 y 4 Ciencias 9 3 3, 3 y 4 Otros sectores 6 2 3, 3 y 4 Religión Conceptos MINIMO DE NOTAS POR ASIGNATURA SEMESTRAL 3º y 4º MEDIO ASIGNATURA Mínimo de notas Por período evaluativo Lenguaje Comunicación y 6 2 o 3 Máximo de notas por cada período evaluativo 3 y 4 Educación Matemática 6 2 o 3 3 y 4 Historia 6 2 o 3 3 y 4 Ciencias 6 2 o 3 3 y 4 Otros sectores 6 2 3 y 4 Religión Conceptos 9

ARTICULO 21.- Obligatoriamente se debe realizar una prueba parcial en cada período evaluativo que evalué el trabajo mensual y una que el profesor de la asignatura le diseñe según sus necesidades educativas. Al final del período. ARTICULO 22.- Todas las calificaciones deben registradas en el libro de clases, con 6 días hábiles máximo de plazo y debe poner la fecha y el contenido. ARTICULO 23.- El Director y la U.T.P. podrá ocasionalmente aplicar una prueba con las materias tratadas, dándole el aviso al profesor de la asignatura cuando será. Esta nota reemplazará una prueba parcial. ARTICULO 24.- La escala a usar será 60 %. ARTICULO 25.- La calificación mínima de aprobación es 4,0. ARTICULO 26.- El logro de los Objetivos Fundamentales Transversales se registrará en el Informe de Desarrollo Personal y Social del o la alumno(a), el que se entregará al término de cada semestre a los padres o madres o apoderados(as) junto con el Informe de Calificaciones. ARTICULO 27.- Los OFT no serán calificados y no incidirán en la promoción escolar de los y las alumnos(as). ARTICULO 28.- El subsector Consejo de Curso y Orientación no será calificado y no incidirán en la promoción de los y las alumnos(as). ARTICULO 29.- La evaluación de la asignatura de Religión es en conceptos y no incide en su promoción. ARTICULO 30.- La participación de alumnos(as) en experiencias formativas de libre elección (JEC) será evaluada con una nota al semestre y esta ira puesta en la asignatura que tenga mas vinculación al taller. 10

ARTICULO 31.- En todos los sectores, los conceptos mínimos a tomar en cuenta cuando sean trabajos de investigación o asignaturas técnicas serán: a. Objetivo del trabajo (Aplicación de técnicas, creación) b. Puntualidad ( El tiempo destinado y la fecha dada para la entrega, fuera de plazo baja la nota, bajar un punto por clase y hasta dos clases como máximo para la entrega final ) c. Forma (Limpieza, trabajo en la sala, uso de materiales). d. Las alternativas se sumarán según la prioridad del docente y se divide siendo esta la nota final del trabajo. ARTICULO 32.- DE LAS INASISTENCIAS A EVALAUCIONES Los alumnos serán justificados a través de un certificado medico, posteriormente el docente programara una nueva fecha con el alumno(a) u apoderado. En caso de no tener justificación, se le tomara la evaluación en la siguiente clase de la asignatura correspondiente. DE LA PROMOCION ARTICULO 33.- Serán promovidos todos los alumnos y alumnas que hayan asistido a lo menos el 85 % de las clases. ARTICULO 34.- El Director del establecimiento podrá decidir excepcionalmente, previo informe fundado en variadas evidencias del profesor (a) jefe de curso de los alumnos y alumnas afectadas, no promover de primero a segundo y de tercero a cuarto aquellos alumnos (as) que presenten un retraso significativo en lectura y escritura y o matemática, en relación a los aprendizajes esperados en los programas de estudio que aplica el establecimiento y que pueda afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior. Además, para adoptar tal medida, el establecimiento Para aplicar la medida, el establecimiento deberá tener una relación de las actividades de reforzamiento realizadas al o los alumnos que presenten este retraso. Deberá haber una constancia de haber informado oportunamente de la situación a los padres y apoderados. 11

ARTICULO 35.- SERAN PROMOVIDOS: (Enseñanza básica) a )Todos los alumnos y alumnas de los cursos de Segundo a Tercero, de cuarto a octavo año de la enseñanza básica que hubieran aprobado todos los sectores con un promedio 4.0. b )Todos los alumnos y alumnas de Segundo a tercero y de cuarto a octavo año de enseñanza básica que reprobaron un sector y que tengan un promedio general 4.5 o superior incluido el no aprobado. c )Todos los alumnos y alumnas de Segundo a tercero y de cuarto a octavo año de enseñanza básica que reprobaron dos sectores y que tengan un promedio general 5.0 o superior incluido los no aprobado. ARTICULO 36.- ENSEÑANZA MEDIA a) Serán promovidos los/as estudiantes que hayan aprobado todas las asignaturas y/o módulos, de sus respectivos planes de estudio. b)serán promovidos los/as estudiantes que no hayan aprobado una asignatura o módulo, siempre que su promedio final corresponda a un 4.5 o superior. Para calcular este promedio se considerará la calificación de la asignatura o módulo no aprobado. c)serán promovidos los/as estudiantes que no hubieren aprobado dos asignaturas o módulos, siempre que su promedio general corresponda a un promedio 5.0 o superior, incluidos los no aprobados. ARTICULO 37.- EL RENDIMIENTO PARA 3 Y 4 MEDIO a)en el caso de no aprobar dos asignaturas y si dentro de éstas se encuentran las asignaturas de Lenguaje y Comunicación y/o Matemática, los/as estudiantes serán promovidos siempre y cuando su promedio sea de 5.5 o superior, incluidos los no aprobados. b)serán promovidos los/as estudiantes que hayan asistido, a lo menos, al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual. 12

DEL SEGUIMIENTO DEL PROCESO DE LOS ESTUDIANTES. ARTICULO 38.- Una vez finalizado cada uno de los periodos evaluativos se realizará un seguimiento de cada grupo de estudiantes de sus calificaciones, y luego de un estudio, nos dará el informe final para que cada docente elabore un pequeño plan de acción de mejoramiento y que debe quedar adjunto a la planificación mensual, el seguimiento es informado de los estudiantes; a)prioritarios b)integrados c)régimen común. El seguimiento de toda la información y la entrega de datos estará a cargo de una docente de apoyo técnico o dirección DEL REFORZAMIENTO EDUCATIVO. ARTICULO 39.- De ser considerado necesario por los docentes de asignaturas en común acuerdo con la unidad técnica y docentes del PIE, se se realzará un plan de reforzamiento en Lenguaje y/ o Matemática, dirigido a los alumnos y alumnos que lo requieran de cada del curso, el cual debe ser entregado a las U.T.P. ARTICULO 40.- se evaluará constantemente los avances de los alumnos, siendo responsabilidad de los docentes hacer cumplir los acuerdos tomados en su plan de acción. El indicador de avance general será el promedio de notas finales de cada uno de los 5 primeros períodos evaluativo durante el año, el que será analizado por cada profesor de la asignatura en el curso, quien elaborará pequeños planes de acciones para reforzar los contenidos no alcanzados. 13

DE LA INFORMACION A PADRES Y APODERADOS ARTICULO 41.- La información sobre evaluaciones, calificaciones y promoción de los y las alumnos(as), se hará a través de los siguientes documentos: a) Informe de Rendimiento Académico: al término de cada período evaluativo y al término de cada semestre. b) Informe de Desarrollo Personal Social(incluido en el rendimiento académico): al término de cada semestre c) Certificado Anual de Estudios: al término del año lectivo. ARTICULO 42.- Será obligación de los padres, y apoderados(as) concurrir al establecimiento en las ocasiones que se le cite para la recibir los documentos detallados anteriormente o a entrevistas con los docentes para informarse del avance académico de sus hijos(as). ARTICULO 43.- Al término de cada año escolar el establecimiento confeccionará un Acta Registro de Calificaciones y Promoción Escolar, de acuerdo con las normas establecidas en los Decretos No511/1997 para Enseñanza Básica y No 112/1999 y 83/2001 para Enseñanza Media. DE LAS SITUACIONES EXTRAORDINARIAS ARTICULO 44.- En caso de que una evaluación ya sea parcial o sumativa arroje sobre un 50% de notas insuficientes el profesor deberá : 1.- Informar a U.T.P. los resultados en forma inmediata. 2.Se revisa en conjunto la planificación, leccionario, evaluación, cuaderno y texto de un alumno(a) con mejor rendimiento y el alumno(a) con más bajo rendimiento. 3.- Una vez revisado estos antecedentes y NO exista coherencia se repetirá la evaluación, de lo contrario los alumnos(as) mantendrán sus calificaciones. 14

En caso de repetir la evaluación U.T.P. deberá aplicar un plan de trabajo con el docente durante la realización y planificación de sus clases. ARTICULO 45.- Los alumnos y alumnas podrán eximirse de religión previa autorización por escrito de sus padres. ARTICULO 46.- Los alumnos y alumnas que falten por un tiempo prolongado por problemas de salud u otros justificados, serán evaluados y o calificados una vez que se incorporen al establecimiento, previa certificación médica, en este caso el alumno (a) podrá tener menos calificaciones parciales. Si el caso fuera al final de un período evaluativo el alumno(a) iniciará sus calificaciones al inicio del siguiente. ARTICULO 47.- Si algún alumno le sucede lo señalado en el articulo anterior, al final del año, se enferma y no puede cumplir con las exigencias finales, se le dará por finalizado el año escolar con el promedio de notas que tenga hasta ese momento. ARTICULO 48.- Si algún alumno y o alumna que por diferentes circunstancias,( salud, disciplina u otra),le sucede esos inconvenientes durante los últimos 20 días del año escolar, en común acuerdo podrá dar sus pruebas libres. ARTICULO 49.- En caso de sorprender a una alumno copiando durante una evaluación escrita, se le solicitara la prueba y posteriormente en forma inmediata será evaluado con otro instrumento escrito u oral. ARTICULO 50.- Si un alumno o alumna tiene UNA nota 3.9 en cualquier asignatura que incida directamente en su promoción del año, esta será promediado a 4.0. ARTICULO 51.- Será responsabilidad del alumno que falte a clases ponerse al día en la materia tratada, solicitando a sus compañeros los contenidos y tareas que debe realizar, acción que el apoderado(a) debe fiscalizar. 15