QUINTA PARTE: CONTABILIZACIÓN DE OPERACIONES GENERALES

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1 QUINTA PARTE: CONTABILIZACIÓN DE OPERACIONES GENERALES Negocios y Dirección 1

2 Cpítulo 15 IMPUESTOS PRINCIPALES 2 Negocios y Dirección

3 Cpítulo 15 IMPUESTOS PRINCIPALES 15.1 Impuesto sobre el Vlor Añdido Introducción En Espñ fue introducido por plicción de l ley 30/1985 de 2 de gosto del impuesto sobre el vlor ñdido, consecuenci de l pertenenci l, por entonces, Comunidd Económic Europe y con l finlidd de intentr rmonizr el sistem fiscl europeo. El IVA es un tributo de nturlez indirect que rece sobre el consumo y grv ls entregs de bienes y prestciones de servicios relizds por profesionles y empress, ls dquisiciones intrcomunitris y ls importciones de bienes. Debemos tener muy presente que el IVA rece sobre el consumo finl y no sobre ls empress, es decir, rece sobre los consumidores finles de bienes y servicios que, por lo generl, serán ls persons físics individules. Por tnto, ls empress son neutrs frente l IVA porque cundo dquieren medios de producción están soportndo y pgndo un IVA respecto sus proveedores, pero por otro ldo cundo venden sus productos y servicios plicn un IVA repercutido que les deberá de ser bondo por sus clientes. En consecuenci, l diferenci entre los IVA repercutido y soportdo será el importe que estrán obligds pgr l Hciend Públic, no siendo en ningún momento un ingreso ni un gsto por estos conceptos. En todo cso, de form temporl, tendrán un deud si l liquidción result pgr Hciend, o un derecho de cobro en cso contrrio. L ley 37/1992 de 28 de diciembre del impuesto sobre el vlor ñdido contempl su regulción básic. Los tipos de IVA plicbles en ls trnscciones dependerán del sector de ctividd de que se trte. Así, desde el 1 de septiembre de 2012 se encuentrn en vigor los siguientes: 21%, 10% y 4%. Aunque l csuístic y desrrollo fiscl del IVA es, obvimente, mucho más complejo del mostrdo en est obr se hrá referenci el Régimen Generl únicmente y se expondrá de form esquemátic ls implicciones contbles principles que, comúnmente, se ponen de mnifiesto Funcionmiento contble Como hemos nticipdo en l introducción, el IVA es un impuesto neutro pr ls empress por lo que no será en ningún momento ni un gsto ni un ingreso por tl concepto, y tmpoco será un myor coste del precio de dquisición de existencis o elementos de inmovilizdo. Cundo l empres compr reconocerá el correspondiente elemento de ctivo o gsto por su importe bruto, conforme ls Norms de Registro y Vlorción que le se de plicción, y el Negocios y Dirección 3

4 IVA se reconocerá en el debe, modo de derecho de cobro posterior, en l cuent (472) Hciend Públic IVA Soportdo. A l invers, cundo l empres efectú un vent de productos o servicios no reconocerá un ingreso por el IVA cobrdo (o pendiente de cobro), del cliente si no que será reconocido en el hber, modo de obligción de pgo posterior, en l cuent (477) Hciend Públic IVA Repercutido. Dependiendo del tipo de empres, l liquidción se efecturá bien mensul o trimestrlmente, y consistirá en l comprción del IVA repercutido frente l soportdo, de tl mner que si: - El IVA repercutido es myor que el IVA soportdo: surgirá l obligción de ingresr en l Hciend Públic l diferenci, y quedrá recogido en l cuent (4750) Hciend Públic Acreedor por IVA. - El IVA soportdo es myor que el IVA repercutido: existirá un derecho recuperr es diferenci de l Hciend Públic, quedndo recogido en l cuent (4700) Hciend Públic Deudor por IVA. Hemos de mtizr que cundo l liquidción result ingresr en cd uno de los periodos durnte el ño, efectivmente ese importe h de ser bondo l Hciend Públic en los plzos que se estblezcn, sin embrgo, cundo l liquidción sle positiv fvor de l empres, los importes no son bondos por Hciend hst que no finliz el conjunto del periodo nul. No obstnte, cundo surge un diferenci fvor de l empres, ést debe ser compensd en periodos subsiguientes donde l liquidción se negtiv y si finlmente l cierre de ño existiese sldo, todví, pendiente de compensr, entonces se recibirá el cobro de Hciend por el sldo restnte. EJEMPLO: Liquidción trimestrl del IVA Un empres comercil comienz sus operciones con fech 12 de myo de 201X encontrándose cogid l régimen generl de IVA con un tipo del 21% y plicándosele liquidciones trimestrles. Durnte el ño reliz ls siguientes trnscciones: - El 12 de myo dquiere mobilirio diverso por euros más IVA que dej deber 9 meses. - El 20 de myo dquiere crédito un lote de mercncís por euros plicándole el proveedor un descuento comercil en fctur de euros (importes sin IVA). - El 5 de junio devuelve prte de ls mercncís nteriores por un totl de euros (IVA incluido). 4 Negocios y Dirección

5 - El 23 de junio efectú un vent por importe de euros más IVA que cobr l contdo. - El 15 de julio dquiere un prtid l contdo por importe de euros más IVA. - 5 dís más trde el proveedor nos concede un descuento por volumen de 240 euros que nos ingres en cuent corriente. - Efectú diverss vents el 25 de septiembre por vlor de euros más IVA que cobr l contdo. - El 23 de octubre entreg un nticipo l proveedor cuent de futurs comprs por importe de euros (IVA incluido). - El 30 de noviembre vender existencis crédito por importe de euros más IVA. Solución: Según l Norm de Registro y Vlorción número 2 del Pln Generl de Contbilidd los impuestos indirectos que grvn los elementos de inmovilizdo mteril sólo se incluirán en el precio de dquisición cundo no sen recuperbles directmente de l Hciend Públic. En este cso, l estr sometid l empres l régimen generl y trtrse de un elemento destindo, y necesrio pr, l ctividd podrá deducirse el IVA del mismo de Hciend, por lo que no es un myor coste de dquisición. 12/05/201X ,00 Mobilirio (216) Proveedores de inmovilizdo corto plzo (523) , ,00 Hciend Públic, IVA soportdo (472) De form prlel l Norm de Registro y Vlorción número 10 del Pln Generl Contble estblece el mismo funcionmiento pr el cso de ls existencis, de mner que vlormos l compr sin incluir el importe del IVA l ser recuperble de Hciend. El importe bruto son euros l que tenemos que restr el descuento en fctur de euros, por tnto l cuntí sin IVA es de euros. IVA = x 21% = Negocios y Dirección 5

6 20/05/201X ,00 Comprs de mercderís (600) Proveedores (400) , ,00 Hciend Públic, IVA soportdo (472) El importe de l devolución de ls mercncís incluye tmbién el IVA de tl form que l ser un menor coste que l empres v tener porque no tiene que pgr l totlidd de ls mercncís dquirids, si no tn sólo ls que relmente h comprdo, tmpoco v tener derecho l deducción del IVA socido ls que se retornn. Pr islr el efecto del IVA plicmos l siguiente fórmul: X = importe sin IVA X + 21% X = X = 8.099,17 05/06/201X 9.800,00 Bncos e instituciones de crédito c/c vist, euros (572) Devoluciones de comprs y operciones similres (608) 8.099,17 Hciend Públic, IVA soportdo (472) 1.700,83 De cuerdo con l Norm de Registro y Vlorción número 14 del Pln Generl de Contbilidd, los impuestos que grvn ls operciones de vent de bienes y prestción de servicios que l empres debe repercutir terceros, tles como el IVA, no formrá prte de los ingresos. Y por otro ldo, los ingresos se vlorn según el vlor rzonble de l contrprtid recibid o recibir, en este cso euros. 23/06/201X ,00 Bncos e instituciones de crédito c/c vist, euros (572) Vents de mercderís (700) ,00 Hciend Públic, IVA repercutido (477) 5.880,00 6 Negocios y Dirección

7 Cundo finliz el segundo trimestre hy que proceder liquidr el IVA que h tenido los siguientes movimientos: Hciend Públic IVA soportdo 2.520, , , ,17 Hciend Públic IVA repercutido 5.880, ,00 Al ser el IVA soportdo myor que el IVA repercutido l empres tendrá derecho que Hciend le bone l diferenci. Sin embrgo, l ser un liquidción trimestrl que no es l últim del ño, entonces quedrá como un prtid compensr en futurs liquidciones de IVA que le resulten negtivs l empres. Liquidción de IVA ( recuperr de Hciend): 9.555, ,00 = 3.675,17 30/06/201X 5.880,00 Hciend Públic, IVA repercutido (477) Hciend Públic, IVA soportdo (472) 9.555, ,17 Hciend Públic, deudor por IVA (4700) Psmos contbilizr ls operciones del tercer trimestre. Por l compr de l nuev prtid de existencis. 15/07/201X ,00 Comprs de mercderís (600) Bncos e instituciones de crédito c/c vist, euros (572) , ,00 Hciend Públic, IVA soportdo (472) Negocios y Dirección 7

8 Por el descuento que le conceden l empres l filosofí es l mism que un devolución, es decir, es un menor importe que nos cobrn por tnto un menor gsto y en consecuenci un menor IVA soportdo que tendremos que pgr. X: importe de l devolución (sin IVA) X + 21% X = 240 X = 198,35 20/07/201X 240,00 Bncos e instituciones de crédito c/c vist, euros (572) "Rppels" por comprs (609) 198,35 Hciend Públic, IVA soportdo (472) 41,65 Por ls vents del mes de septiembre: 25/09/201X ,00 Bncos e instituciones de crédito c/c vist, euros (572) Vents de mercderís (700) ,00 Hciend Públic, IVA repercutido (477) ,00 Cundo lleg el 30 de septiembre es el momento de liquidr el IVA del tercer trimestre motivo por el cul tenemos que conocer el sldo de ls cuents de IVA repercutido y soportdo del periodo y tener en cuent si existe lgún importe de l nterior liquidción pendiente de compensr que en nuestro cso es de 3.675,17. Hciend Públic IVA soportdo 6.930,00 41, ,35 Hciend Públic IVA repercutido , ,00 Liquidción de IVA del tercer trimestre: ,35 = ,65 8 Negocios y Dirección

9 IVA ingresr correspondiente l tercer trimestre: , ,17 = 9.596,48 30/09/201X ,00 Hciend Públic, IVA repercutido (477) Hciend Públic, IVA soportdo (472) 6.888,35 Hciend Públic, deudor por IVA (4700) 3.675,17 Hciend Públic, creedor por IVA (4750) 9.596,48 Psmos contbilizr ls operciones del curto trimestre. Cundo se efectú el pgo l Hciend Públic del IVA del tercer trimestre. 20/10/201X 9.596,48 Hciend Públic, creedor por IVA (4750) Bncos e instituciones de crédito c/c vist, euros (572) 9.496,48 En el cso de que se entregue un nticipo cuent de futurs comprs un proveedor el IVA se deveng en el momento del pgo y no de l compr. X: importe del nticipo sin IVA X + 21% X = X = ,36 23/10/201X ,36 Anticipos proveedores (407) Bncos e instituciones de crédito c/c vist, euros (572) , ,64 Hciend Públic, IVA soportdo (472) 30/11/201X ,00 Clientes (430) Vents de mercderís (700) ,00 Hciend Públic, IVA repercutido (477) 8.610,00 Negocios y Dirección 9

10 Nuevmente l cierre del curto trimestre volvemos clculr l cuot de IVA ingresr o solicitr su devolución. IVA soportdo: ,64 (-) IVA repercutido: (=) Cuot diferencil ( solicitr su devolución Hciend): 4.753,64 31/12/201X 8.610,00 Hciend Públic, IVA repercutido (477) Hciend Públic, IVA soportdo (472) , ,64 Hciend Públic, deudor por IVA (4700) Y cundo Hciend nos hce el ingreso del IVA nuestro fvor: 20/01/201X ,64 Bncos e instituciones de crédito c/c vist, euros (572) Hciend Públic, deudor por IVA (4700) 4.753, Regl de l prorrt L regl de l prorrt es un mecnismo utilizdo en fisclidd pr discriminr en cunto IVA soportdo se refiere l cuntí de éste que será dmitido como deducible en ls liquidciones periódics que se relicen. Se plic quells empress que relizn simultánemente ctividdes sujets y no exents, sí como sujets y exents. El problem que motiv l existenci de l prorrt como y se puntó nteriormente consiste en determinr que prte del IVA soportdo puede considerrse deducible en un empres que desrroll ctividdes con derecho deducción y sin él. L regulción legl se encuentr recogido en l ley del IVA estbleciéndose dos tipos de prorrts. - Prorrt generl: Consiste en un porcentje clculdo como el resultdo de dividir el totl de ls entregs y prestciones de servicios con derecho deducción entre el totl de operciones relizds tnto ls que dn derecho deducción como ls que no. Así, durnte el ejercicio se plic l prorrt clculd según los dtos del ejercicio cerrdo inmeditmente nterior, y cundo cierre del ejercicio corriente se conocen 10 Negocios y Dirección

11 los dtos finlmente fcturdos por los distintos tipos de ctividdes que desrroll l empres se clcul l prorrt definitiv. Por diferenci entre l prorrt temporl y l definitiv cbrá relizr un juste por IVA. Es nuev prorrt será l prorrt temporl plicr durnte el ejercicio siguiente. - Prorrt especil: Como excepción l plicción de l prorrt generl, se puede solicitr l plicción de l prorrt especil, es decir, result opttiv. Sin embrgo, es obligtori cundo l plicción de l prorrt generl represente un 20% más de deducción de l que resultrí de plicr l prorrt especil. De est mner se distinguirán tres tipos de IVA: o El IVA soportdo socido con ls ctividdes sujets y no exents o o El IVA soportdo socido con ls ctividdes sujets y exents El IVA soportdo por operciones relcionds con mbos tipos de ctividdes ls cules se les h de plicr l prorrt. EJEMPLO: Prorrt generl Un empres reliz dos ctividdes, un de ell sujet y no exent de IVA y otr sujet pero exent. Ls operciones relizds durnte el ejercicio 201X+1 pr cd un de ells hn sido ls siguientes: - Actividd sujet y no exent de IVA: El 20 de mrzo dquiere productos por importe de euros más IVA. El 30 de bril vende mercncís por importe de euros más IVA. El 23 de septiembre vende mercderís por importe de euros más IVA. - Actividd sujet y exent de IVA: El 12 de junio dquiere mercncís por importe de más IVA. El 15 de gosto vende mercncís por importe de El 30 de septiembre se dquiere mobilirio diverso de oficin por importe euros más IVA. L prorrt del ño nterior fue del 60%. El IVA considerr es del 21% Negocios y Dirección 11

12 Solución: Contbilizmos ls operciones de IVA repercutido plicndo el 21% que crgremos nuestros clientes y seprndo el importe que se corresponde con l vent de l prte que es impuesto. En ls operciones de compr, como l empres se encuentr sometid l regl de l prorrt generl, plicremos un 60% del IVA soportdo en tods ls trnscciones. Por l compr del 20 de mrzo: IVA soportdo = x 21% = IVA soportdo conforme prorrt = x 21% x 60% = Vlorción de l compr = ( ) = /03/201X ,00 Comprs de mercderís (600) Proveedores (400) , ,00 Hciend Públic, IVA soportdo (472) Por l vent del 30 de bril: IVA repercutido = x 21% = /04/201X ,00 Clientes (430) Vents de mercderís (700) ,00 Hciend Públic, IVA repercutido (477) 9.450,00 Por l compr del 12 de junio: IVA soportdo = x 21% = IVA soportdo conforme prorrt = x 21% x 60% = Vlorción de l compr = ( ) = /06/201X ,00 Comprs de mercderís (600) Proveedores (400) , ,00 Hciend Públic, IVA soportdo (472) 12 Negocios y Dirección

13 Por l vent del 15 de gosto como se trt de un ctividd sujet y exent de IVA no procede contbilizr IVA repercutido. 15/08/201X ,00 Clientes (430) Vents de mercderís (700) ,00 Por l vent del 23 de septiembre: IVA repercutido = x 21% = /09/201X ,00 Clientes (430) Vents de mercderís (700) ,00 Hciend Públic, IVA repercutido (477) ,00 Por l compr del mobilirio de oficin el 30 de septiembre: IVA soportdo = x 21% = IVA soportdo conforme prorrt = x 21% x 60% = Vlorción de l compr = ( ) = /09/201X ,00 Mobilirio (216) Proveedores (400) , ,00 Hciend Públic, IVA soportdo (472) A finl de ño tenemos que clculr l prorrt definitiv del ejercicio conforme ls operciones de vent hbids en él. Vents sujets y no exents de IVA = = Vents sujets y exents de IVA = Prorrt definitiv ño 201X+1 = / ( ) = 86,78% Como l prorrt definitiv pr el ño 201X+1 es diferente l plicd de mner temporl procede relizr un juste, que en este cso supondrá un myor IVA soportdo deducirse. Operciones sujets IVA soportdo = = IVA soportdo durnte el ejercicio = x 21% x 60% = Negocios y Dirección 13

14 IVA soportr conforme prorrt definitiv del ño 201X+1 = x 21% x 86,78% = , 42 Diferenci IVA soportdo = , = 5.061,42 31/12/201X ,42 Hciend Públic, IVA soportdo (472) Ajustes positivos en l imposición indirect (639) 5.061,42 EJEMPLO: Prorrt especil Vmos suponer los mismos dtos del ejemplo nterior pero en este cso l diferenci entre l prorrt especil y l generl es superior l 20%. Solución: En cunto IVA soportdo se refiere ls operciones relcionds con l ctividd sujet y no exent se contbilizrán íntegrmente por el IVA soportdo, mientrs que ls correspondientes ctividdes sujets y exents no se contbilizrá ningún importe por tl concepto, siendo entonces un myor vlor de l compr. Pr operciones de elementos en común de mbs ctividdes se plicrá l prorrt generl. Por l compr del 20 de mrzo: IVA soportdo = x 21% = /03/201X ,00 Comprs de mercderís (600) Proveedores (400) ,00 Hciend Públic, IVA soportdo (472) Por l vent del 30 de bril: IVA repercutido = x 21% = /04/201X ,00 Clientes (430) Vents de mercderís (700) ,00 Hciend Públic, IVA repercutido (477) 9.450,00 14 Negocios y Dirección

15 Por l compr del 12 de junio: 12/06/201X Comprs de mercderís (600) Proveedores (400) ,00 Por l vent del 15 de gosto como se trt de un ctividd sujet y exent de IVA no procede contbilizr IVA repercutido. 15/08/201X ,00 Clientes (430) Vents de mercderís (700) ,00 Por l vent del 23 de septiembre: IVA repercutido = x 21% = /09/201X ,00 Clientes (430) Vents de mercderís (700) ,00 Hciend Públic, IVA repercutido (477) ,00 Por l compr del mobilirio de oficin el 30 de septiembre como se trt de un elemento común plicremos l prorrt generl. IVA soportdo = x 21% = IVA soportdo conforme prorrt = x 21% x 60% = Vlorción de l compr = ( ) = /09/201X ,00 Mobilirio (216) Proveedores (400) , ,00 Hciend Públic, IVA soportdo (472) Negocios y Dirección 15

16 15.2 Impuesto sobre beneficios Introducción El impuesto sobre beneficios es un impuesto directo que grv l riquez rel obtenid por ls empress en un periodo de tiempo determindo. Es hbitul que tods ls leyes que reguln el funcionmiento de los impuestos sufrn modificciones con ciert regulridd tomndo, siempre, como bse l ley originl que motivo su prición o sus sucesivs reforms de importnci. En el cso del impuesto de socieddes el principl documento mencionr es l Ley 27/2014 del 27 de Noviembre por el cul se prueb l Ley del Impuesto de Socieddes. Ls empress en el desrrollo de su ctividd incurren en un serie de gstos que les permite orgnizr sus medios de producción de los cules obtienen bienes y servicios que venden l mercdo y obtienen unos ingresos. Por diferenci surgen los beneficios que se encuentrn sometidos tributción. Por tnto, l bse de prtid pr el cálculo del impuesto de socieddes siempre será el resultdo contble que recogemos en l cuent (129). El periodo impositivo l cul se refiere l declrción del impuesto sobre socieddes coincide con el ejercicio económico de cd empres y su devengo se produce el último dí del periodo impositivo. Se expone continución el esquem básico de funcionmiento del impuesto: Resultdo de l cuent de pérdids y gnncis (-) Diferencis permnentes (+)(-) Diferencis temporris (-) Reserv de cpitlizción (-) Bses imponibles negtivs de ejercicios nteriores (=) Bse imponible x Tipo de grvmen (=) Cuot íntegr previ (-) Bonificciones y deducciones (=) Cuot líquid (-) Retenciones cuent del impuesto (-) Pgos frcciondos cuent del impuesto (=) Cuot diferencil De form similr lo que ocurre en el impuesto sobre l rent de ls persons físics se prte de un bse imponible l cul se le prcticn un serie de justes ntes de obtener l bse fiscl l cul se le plicrá un tipo impositivo. Se obtiene l cuot íntegr que deberí pgr l empres de l que se restn un serie de deducciones y bonificciones pr obtener l cuot líquid que deberí ser ingresd en Hciend. Sin embrgo, como es hbitul que se efectúen pgos cuent del impuesto durnte el ño y l empres esté sujet retenciones, debemos tener en cuent ests prtids 16 Negocios y Dirección

17 y minorr l nterior cuot pr obtener finlmente l cuot ingresr, que se denomin cuot diferencil. El gsto que l empres tiene por impuesto de socieddes es precismente l cuot líquid y no l cuot diferencil, porque tl y como se puntó, ést es resultnte de hber relizdo pgos nteriores cuent del impuesto Funcionmiento contble L Norm de Registro y Vlorción número 13 del Pln Generl de Contbilidd regul el registro contble del impuesto sobre socieddes. Como se h visto en el esquem plntedo se prte del resultdo contbilizdo en l cuent de pérdids y gnncis de l empres l cul hy que prcticr un serie de justes ntes de obtener l bse imponible l cul se le plicrá el tipo impositivo. Uno de esos justes se refiere un serie de gstos contbilizdos en el cálculo del resultdo del ejercicio que no tienen tl considerción desde el punto de vist fiscl, es decir, se trt de gstos contbles pero no deducibles efectos del impuesto. Se trt de diferencis permnentes entre el criterio contble y el criterio fiscl. Por otro ldo, se encuentrs ls diferencis temporris que se derivn de l diferente vlorción contble y fiscl tribuid los ctivos y psivos, sí como determindos instrumentos de ptrimonio del empres en l medid que tengn incidenci fiscl futur. L vlorción fiscl de un ctivo, psivo o instrumento de ptrimonio se denomin bse fiscl del mismo y se corresponde con el importe tribuido por l legislción fiscl. L diferente vlorción contble y fiscl puede tener su origen en ls siguientes cuss: - Empleo de criterios temporles de imputción distintos pr determinr ls nteriores mgnitudes de form que ls diferencis revierten en periodos futuros. - En los ingresos y gstos registrdos directmente en el ptrimonio neto que no se computn en l bse imponible, incluids ls vriciones de vlor de los ctivos y psivos, siempre que dichs vriciones difiern de ls tribuids efectos fiscles. - En un combinción de negocios, cundo los elementos ptrimoniles se registrn por un vlor contble que difiere del vlor tribuido efectos fiscles. - En el reconocimiento inicil de un elemento, que no proced de un combinción de negocios, si su vlor contble difiere del tribuido efectos fiscles. Negocios y Dirección 17

18 Así, por ejemplo, l legislción permite en determindos csos, considerr un gsto fiscl myor que el reconocido contblemente, de tl mner que el impuesto pgr será inferior del que resultrí en condiciones normles. Sin embrgo, en los periodos subsiguientes, l empres reconocerá un gsto contble que no será dmitido como deducible fisclmente por lo que pgrá un impuesto myor del que le corresponderí. Al finl del periodo de tiempo l cul se refiere est operción, el conjunto del impuesto de socieddes pgdo serí el mismo tnto desde el punto de vist contble como el fiscl. L ventj pr l empres es mermente temporl, horrándose de pgr en un primer momento un impuesto que posteriormente será myor cundo reviert l diferenci. El beneficio estrib en el vlor temporl del dinero y de l liquidez de que se dispong en cd momento. Estmos hblndo de diferencis temporris imponibles, es decir, quells que dn lugr myores cntiddes pgr o menores cntiddes devolver por impuestos en ejercicios futuros, normlmente medid que se recuperen los ctivos o se liquiden los psivos de los que se derivn. Aunque tmbién puede plnterse el cso l invers trvés de ls diferencis temporris deducibles, que son quells que drán lugr menores cntiddes pgr o myores cntiddes devolver por impuestos en ejercicios futuros, normlmente medid que se recuperen los ctivos o se liquiden los psivos de los que se derivn. El reconocimiento contble de ests diferencis temporris se reliz trvés de los psivos y ctivos por impuesto diferido. En generl, se reconocerá un psivo por impuesto diferido por tods ls diferencis temporris imponibles, menos que ésts hubiesen surgido de: - El reconocimiento inicil de un fondo de comercio. Sin embrgo, los psivos por impuesto diferido relciondos con un fondo de comercio, se registrrán siempre que no hyn surgido de su reconocimiento inicil. - El reconocimiento inicil de un ctivo o psivo en un trnscción que no es un combinción de negocios y demás no fectó ni l resultdo contble ni l bse imponible del impuesto. - Inversiones en empress dependientes, socids y negocios conjuntos, si l inversor puede controlr el momento de l reversión de l diferenci y demás es probble que tl diferenci no reviert en un futuro previsible. 18 Negocios y Dirección

19 Al contrrio que ocurre con los psivos, en el cso de los ctivos por impuesto diferido sólo se reconocerán en l medid en que resulte probble que l empres dispong de gnncis fiscles futurs que permitn l plicción de estos ctivos. Siempre que se cumpl l condición nterior, se reconocerá un ctivo por impuesto diferido en los supuestos siguientes: - Por ls diferencis temporris deducibles. - Por el derecho compensr en ejercicios posteriores ls pérdids fiscles. - Por ls deducciones y otrs ventjs fiscles no utilizds, que queden pendientes de plicr fisclmente. Sin perjuicio de lo nterior, se tendrán en cuent ls siguientes excepciones: - Cundo l diferenci temporri deducible hy surgido por el reconocimiento inicil de un ctivo o psivo en un trnscción que no se un combinción de negocios y demás no fectó ni l resultdo contble ni l bse imponible del impuesto, no se reconocerá un ctivo por impuesto diferido. - Cundo l diferenci temporri deducible hy surgido por inversiones en empress dependientes, socids o negocios conjuntos, sólo se reconocerá un ctivo por impuesto diferido si se esper que dich diferenci reviert en un futuro previsible y se probble que l empres dispong de gnncis fiscles futurs en cuntí suficiente. En l fech de cierre de cd ejercicio, l empres reconsiderrá los ctivos por impuesto diferido reconocidos y quéllos que no hy reconocido nteriormente. En ese momento, drá de bj un ctivo reconocido nteriormente si y no result probble su recuperción, o registrrá culquier ctivo de est nturlez no reconocido nteriormente, siempre que resulte probble que l empres dispong de gnncis fiscles futurs en cuntí suficiente que permitn su plicción. En cundo l vlorción de los ctivos y psivos por impuesto corriente y diferido se refiere, l Norm de Registro y Vlorción número 13 del Pln Generl de Contbilidd estblece que se vlorrán por ls cntiddes que se esper pgr o recuperr de ls utoriddes fiscles, de cuerdo con l normtiv vigente o probd y pendiente de publicción en l fech de cierre del ejercicio. Se vlorrán plicndo los tipos de grvmen esperdos en el momento de su reversión, según l normtiv que esté vigente o probd y pendiente de publicción en l fech de cierre del ejercicio, y de cuerdo con l form en que rcionlmente se preve recuperr o pgr el ctivo o el psivo. En su cso, l modificción de l legislción tributri en especil l modificción de los tipos de grvmen y l evolución de l situción económic de l empres drá lugr l correspondiente vrición en el importe de los psivos y ctivos por impuesto diferido. Los ctivos y psivos por impuesto diferido no deben ser descontdos. Negocios y Dirección 19

20 El gsto/ingreso por impuesto sobre beneficios del ejercicio comprenderá l prte reltiv l gsto/ingreso por el impuesto corriente y l prte correspondiente l gsto/ingreso por el impuesto diferido. Mtizmos que el impuesto de socieddes no es un ingreso pr l empres, y unque hblemos que se gener un gsto, en relidd nos estmos refiriendo l contrprtid contble que surge cundo se gener un ctivo fiscl fvor de l empres, que en un momento posterior revertirá. El gsto o el ingreso por impuesto corriente se corresponderán con l cncelción de ls retenciones y pgos cuent sí como con el reconocimiento de los psivos y ctivos por impuesto corriente. El gsto o el ingreso por impuesto diferido se corresponderá con el reconocimiento y l cncelción de los psivos y ctivos por impuesto diferido, sí como, en su cso, por el reconocimiento e imputción l cuent de pérdids y gnncis del ingreso directmente imputdo l ptrimonio neto que pued resultr de l contbilizción de quells deducciones y otrs ventjs fiscles que tengn l nturlez económic de subvención. Tnto el gsto o el ingreso por impuesto corriente como diferido, se inscribirán en l cuent de pérdids y gnncis. No obstnte, en los siguientes csos los ctivos y psivos por impuesto corriente y diferido tendrán como contrprtid ls que continución se indicn: - Si se relcionsen con un trnscción o suceso que se hubiese reconocido directmente en un prtid del ptrimonio neto, se reconocerán con crgo o bono dich prtid. - Si hubiesen surgido cus de un combinción de negocios, se reconocerán con crgo o bono l fondo de comercio o como juste l exceso que supong l prticipción de l empres dquirente en el vlor rzonble neto de los ctivos y psivos identificbles de l empres dquirid, sobre el coste de l combinción. EJEMPLO: Esquem del impuesto sobre socieddes Un empres h obtenido un resultdo contble ntes de beneficios de euros y procede l cálculo y contbilizción del impuesto sobre beneficios sbiendo los siguientes dtos: - Retenciones efectuds cuent: Pgos frcciondos efectudos durnte el ño: Deducciones del impuesto: Pérdids no compensds de ejercicios nteriores: Negocios y Dirección

21 - Ls mults de tráfico de los conductores de los vehículos de l empres hn scendido en el conjunto del ño - Tipo impositivo: 25% Solución: En primer lugr vmos clculr l cuot del impuesto de socieddes y posteriormente su contbilizción. Resultdo de l cuent de pérdids y gnncis ,00 (-) Diferencis permnentes 1.921,00 (+)(-) Diferencis temporris 0,00 (-) Bses imponibles negtivs de ejercicios nteriores ,00 (=) Bse imponible ,00 x Tipo de grvmen 0,25 (=) Cuot íntegr previ ,75 (-) Bonificciones y deducciones ,00 (=) Cuot líquid 8.936,75 (-) Retenciones cuent del impuesto -900,00 (-) Pgos frcciondos cuent del impuesto ,00 (=) Cuot diferencil 3.686,75 Ls mults de tráfico unque son un gsto pr l empres desde el punto de vist contble, no tienen l mism considerción de cuerdo los criterios fiscles, es decir, no son deducibles en el impuesto de socieddes, por lo que hcemos es umentr l bse imponible justo en ese importe porque en el resultdo contble se hbrán incorporndo restndo y pr nulr el efecto, es decir, pr que no sen gsto fiscl, tenemos que sumrls l sldo de l (129). El resto de mgnitudes no present ningun dificultd en cunto cálculo del impuesto. Contblemente tendremos el siguiente siento que psmos comentr seguidmente. 31/12/201X 8.936,75 Impuesto sobre beneficios (630) Hciend Públic, creedor por impuesto sobre 3.686,75 socieddes (4752) Hciend Públic, retenciones y pgos cuent 5.250,00 (473) Negocios y Dirección 21

22 Reversión del crédito fiscl por l pérdid compensr = x 25% = 5.273, ,50 Impuesto diferido (6301) Crédito por pérdids compensr del ejercicio (4745) 5.273,50 L empres tiene un gsto por el impuesto de socieddes que recogemos en l cuent (630) Impuesto sobre beneficios y que en un pso posterior tendremos que llevr l cuent de resultdos. De ese gsto que l empres tiene, un prte h sido pgd durnte el ño consecuenci que tercers prtes le retienen cus del impuesto, y otr prte serán pgos cuent que se relizn durnte el ño l cul se refiere el tributo. Los recogemos en l cuent (473) Hciend Públic, retenciones y pgos cuent. Estos importes cundo ncen son un ctivo pr l empres, un derecho de cobro, que se recuper medinte un menor pgo Hciend en l liquidción del impuesto, por eso los notmos en el siento en el hber. Finlmente, por diferenci, tenemos l deud tributri que surge y que qued pendiente de pgo en l cuent (4752) Hciend Públic, creedor por impuesto sobre socieddes. Por el trsldo del gsto por impuesto de socieddes l resultdo del ejercicio: ,75 Resultdos del ejercicio (129) Impuesto sobre beneficios (630) ,75 El resultdo después de impuestos o beneficio reprtible sciende : ,75= ,25. Por el pgo del impuesto en el momento de su exigibilidd: 30/06/201X ,75 Hciend Públic, creedor por impuesto sobre socieddes (4752) Bncos e instituciones de crédito c/c vist, euros (572) 3.686,75 22 Negocios y Dirección

23 EJEMPLO: Concilición del resultdo del ejercicio y l bse fiscl Un empres se enfrent l confección de su impuesto de socieddes correspondiente l ejercicio 201X+1 sbiendo l siguiente informción: ) En 201X dquirió el ptrimonio de otr empres correspondiente un rm de ctividd, reconociendo en blnce un fondo de comercio por euros. A dí de hoy, ese negocio present un clr evolución desfvorble y en pérdids. b) En junio de 201X+1 se comprron cciones en Bols pgndo un totl de euros que cierre de ejercicio cotizn por un montnte globl de euros. L inversión hbí sido clificd de disponible pr l vent. c) En noviembre de 201X+1 se comprron títulos de otr empres cotizd en Bols con l intención de especulr corto plzo por importe de euros. A cierre de ejercicio los títulos hn subido hst euros. d) Un prtid de existencis dquirid por euros tiene un vlor de vent en el mercdo de euros. e) Dentro de l crter de créditos se encuentr el sldo de un cliente por importe de euros que trnscurridos 3 meses desde l vent (el 30/08/201X+1), se empezó sospechr de su solvenci con l dotción del oportuno deterioro. Solución: ) El fondo de comercio reconocido es muy probble que l empres lo hy ddo de bj puesto que no tiene sentido contble porque el propio concepto de su existir no se corresponde con l relidd del negocio y por tnto llevdo resultdos como un pérdid. En este momento el vlor contble del fondo de comercio serí cero mientrs que su bse fiscl serí de euros. b) Al hberse incrementdo el vlor rzonble de ls cciones figurn en contbilidd por euros trs el juste que debió relizrse cierre de ño. Sin embrgo, efectos fiscles su vlor sigue siendo de , ddo que en plicción de l ley del impuesto de socieddes se estblece que cundo existn vriciones de vlor originds por plicción del vlor rzonble no se tendrá en cuent el efecto fiscl mientrs no se impute pérdids y gnncis. c) En este cso tmbién vlormos ls cciones plicndo el vlor rzonble pero l ser un título clsificdo como mntenido pr negocir, l diferenci es llevd directmente resultdos y por tnto l vlorción fiscl del elemento psrí tmbién de ser coincidiendo con l contble. d) El vlor por el cul se encuentrn contbilizds ls existencis es de y no procede ningún tipo de juste vlortivo por lo que coincide con su bse fiscl. Negocios y Dirección 23

24 e) L dotción l deterioro del cliente que puede resultr en morosidd no es fisclmente deducible puesto que no hn trnscurrido los 6 meses que mrc l ley pr l ceptción del tl concepto como deducible, por lo que existe un discrepnci entre el importe de los créditos desde el punto de vist contble y fiscl por vlor de euros. EJEMPLO: L mortizción como diferenci temporri Un empres dquiere el 01/01/201X+1 un elemento de trnsporte que le h costdo euros pgándolo l contdo. A pesr de que ls tbls fiscles pr ctivos de est nturlez se les permiten un mortizción mínim relizr en 8 ños, l empres h tomdo l decisión de mortizrlo contblemente en 5 ños. El tipo de tributción es el 25%. Solución: Contbilizción de l compr: 01/01/201X ,00 Elementos de trnsporte (218) Bncos e instituciones de crédito c/c vist, euros (572) ,00 Cundo lleg el cierre del ejercicio tenemos que mortizr el elemento según su vid útil. Amortizción contble = / 5 = /12/201X ,00 Amortizción del inmovilizdo mteril (681) Amortizción cumuld del inmovilizdo mteril (281) 8.000,00 Sin embrgo, l mortizción que se encuentr dmitid desde el punto de vist fiscl sciende / 8 = Por tnto, est circunstnci es motivo de un diferenci temporri que v cusr que l vlorción contble y fiscl del ctivo no coincidn. Teniendo en cuent mbos importes podemos elborr el siguiente cudro: 24 Negocios y Dirección

25 Fech Vlor contble Vlor fiscl Diferenci temporri Vrición de diferenci Activo diferido 31/12/201X /12/201X /12/201X /12/201X /12/201X /12/201X /12/201X /12/201X Totl Como hemos dicho nteriormente l diferenci temporri surge de l distint vlorción contble y fiscl pr el ctivo. A consecuenci de plicr el tipo de grvmen surge un ctivo diferido. Sin embrgo, como l diferenci recoge vlores cumuldos tendremos que tener en cuent l hbid en ños nteriores de form que pr clculr el ctivo diferido de cd ño nos fijmos en l vrición de l diferenci temporri. Lleg un momento en el que comienzn revertir tles diferencis y se comienz plicr el ctivo diferido. Por el reconocimiento de l diferenci temporri imponible: 750 Activos por diferencis temporris deducibles (4740) Impuesto diferido (6301) 750 Y sí sucesivmente reconocerímos l mortizción contble durnte su vid útil hst el ño 201X+5 y prtir de entonces comienz revertir el ctivo diferido. En ese momento, y ddo el esquem de vlorción del cudro nterior, el ctivo sigue teniendo vlor desde el punto de vist fiscl y no desde el contble. Procedemos reconocer el reverseo del ctivo diferido hst el ño 201X+8. 31/12/201X ,00 Impuesto diferido (6301) Activos por diferencis temporris deducibles (4740) 1.250,00 Negocios y Dirección 25

26 EJEMPLO: Compensción de perdids Un empres h obtenido uns pérdids de euros en el ejercicio 201X+1 mientrs que en el ño 201X+2 h conseguido retornr los beneficios, scendiendo éstos euros. El tipo impositivo es del 25%. Solución: En el ño 201X se debe reconocer un ctivo por impuesto diferido debido que en l ley del impuesto de socieddes se permiten compensr pérdids de ejercicio nteriores hst 18 ños según el Rel Decreto Ley 9/2011 de 19 de gosto. Importe del ctivo diferido = x 25% = 8.500,00 31/12/201X ,00 Crédito por pérdids compensr del ejercicio (4745) Impuesto diferido (6301) 8.500,00 Al ño siguiente, y suponiendo que no existe ningun otr discrepnci entre l bse fiscl y el resultdo del ejercicio relizmos los siguientes cálculos: Impuesto pgr: ( ) x 25% = 8.250,00 31/12/201X ,00 Impuesto sobre beneficios (630) Hciend Públic, creedor por impuesto sobre socieddes (4752) 8.250,00 Y por l reversión del ctivo fiscl: 8.250,00 Impuesto diferido (6301) Crédito por pérdids compensr del ejercicio (4745) 8.250,00 26 Negocios y Dirección

27 Referencis normtivs y documentles en bse de dtos Memento contble/sumrio/prte segund: Actividd hbitul de l empres / Cpítulo 14: Contbilizción de impuestos/ Sección 1: Impuesto de socieddes Memento contble/sumrio/prte segund: Actividd hbitul de l empres / Cpítulo 14: Contbilizción de impuestos/ Sección 2: IVA Correspondenci con supuestos prácticos de l bse de dtos Memento contble/ QMemento contble/ Ejemplos/Contbilidd Generl/ Impuesto de socieddes: - Buscr: - QCE 2007/384886Resultdo contble ntes de impuestos positivo y coincidente con l bse imponible - QCE 2007/384887Cálculo del gsto por el impuesto. Contbilizción del Impuesto - QCE 2008/391579Gstos de constitución. Diferencis permnentes - QCE 2007/384874Resultdo contble ntes de impuestos negtivo y diferencis permnentes - QCE 2007/384875Resultdo contble ntes de impuestos negtivo y coincidente con l bse imponible - QCE 2007/384885Resultdo contble ntes de impuestos positivo y diferencis permnentes - QCE 2007/384876Resultdo contble ntes de impuestos positivo y diferencis temporles positivs - QCE 2007/384877Contbilizción del crédito por pérdids compensr - QCE 2007/384878Deducciones de l cuot por incentivos fiscles y bonificciones del Impuesto sobre Socieddes - QCE 2007/384872Resultdo contble ntes de impuestos negtivos y diferencis temporles negtivs - QCE 2007/384873Resultdo contble ntes de impuestos negtivos y diferencis temporles positivs - QCE 2007/384880Contbilizción de los psivos por impuesto diferido - QCE 2009/415594Alt de ctivos fiscles Negocios y Dirección 27

28 Memento contble/ QMemento contble/ejemplos/contbilidd generl/ IVA: - Buscr: - QCE 2007/384942Devoluciones de vents. - QCE 2007/384943Vents de bienes y servicios. - QCE 2007/384970Rppels sobre vents. - QCE 2007/384971Descuentos sobre vents por pronto pgo - QCE 2007/384972Anticipos de clientes - QCE 2007/384974IVA soportdo no deducible - QCE 2007/384976Devoluciones de comprs - QCE 2007/384977Rppels sobre comprs - QCE 2007/384978Descuentos sobre comprs por pronto pgo - QCE 2007/384979Anticipos proveedores - Q CE 2007/384967Adquisiciones intrcomunitris. - QCE 2007/384968Intereses por plzmiento - QCE 2007/384969Envses devolver por clientes - QCE 2014/251800Imposibilidd de portr justificntes de ingresos y de gstos pr devolución del IVA 28 Negocios y Dirección

29 Cpítulo 16 GASTOS DE PERSONAL Negocios y Dirección 29

30 Cpítulo 16 GASTOS DE PERSONAL 16.1 Nómins Los sueldos y slrios son l remunerción que relizn ls empress sus trbjdores y se recogen en un documento llmdo nómin en el cul se detlln todos los conceptos retributivos devengdos fvor de los empledos sí como todos los descuentos que hn relizrse por prte del empresrio pr cumplir con l legislción fiscl y lborl. De form muy esquemátic en un nómin podemos encontrr los siguientes conceptos: Sueldo bruto (-) Seguridd socil crgo del trbjdor (-) Otrs deducciones sociles (-) Retención cuent del IRPF (=) Líquido percibir El sueldo bruto está formdo por el slrio bse más todos los complementos retributivos los que teng derecho por convenio y contrto el trbjdor, sí como ls hors extrs trbjds y culquier otro concepto retributivo que se considere, como puedn ser ls remunerciones en especie. Todos los trbjdores están obligdos, l igul que los empresrios, relizr portciones l Seguridd Socil, por tnto en l nómin se efectú un descuento por este concepto. Otro tipo de deducciones sociles que se plicn, igulmente, en l nómin son ls portciones desempleo y formción profesionl. Como hemos puntdo, ls empress tmbién están obligds relizr sus propis portciones l Seguridd Socil, de tl mner que esto les supone un gsto su propi cuent y no lo es pr el trbjdor. Por último, existe obligción por prte del empresrio de efectur retenciones cuent del IRPF de los slrios pgdos los empledos, y que éstos se deducirán cundo liquiden este impuesto Anticipos Por regl generl, el cobro de los slrios se reliz con periodicidd mensul y mes vencido, es decir, un vez que h trnscurrido el periodo de tiempo que gener el derecho cobrr el slrio pctdo. Sin embrgo, en ocsiones ls empress pueden relizr nticipos cuent de slrios futuros que se irán compensndo con un menor importe cobrr en futurs nómins. Aunque en relidd equivle un préstmo sin tipo de interés, no debemos confundirlo con éste último ddo que en l práctic su instrumentción jurídic se reliz con un simple 30 Negocios y Dirección

31 solicitud y probción, y no con un documento contrctul prte como requerirí un préstmo. Este punto es importnte desde el punto de vist contble en cunto su vlorción porque, slvo csos excepcionles, los nticipos los considermos corto plzo y por tnto su vlorción se relizrá por el nominl. Por otr prte, no son un gsto pr l empres hst que no se produce el devengo del slrio, considerándose hst entonces un derecho de cobro frente l trbjdor, y que si éste cusse bj por culquier motivo tendrí que restituir l empres los slrios cobrdos por nticipdo y los cules no hbrí tenido derecho cobrr por no hber prestdo sus servicios en el periodo de tiempo en cul quellos se hubiesen devengdo. EJEMPLO: Nómin Un trbjdor solicit el 10 de junio un nticipo de nómin por importe de 500 euros l empres pr l cul trbj. El 30 de junio l empres contbiliz el gsto por nómins, que se pgrán 3 dís más trde, sbiendo los siguientes dtos: - Sueldos brutos: Seguridd Socil crgo del trbjdor: Seguridd Socil crgo de l empres: Retenciones cuent del IRPF de los trbjdores: Anticipos cuent entregdos: 500 Además se reliz el bono correspondiente l despido de un trbjdor por importe de y uns retenciones de 400 euros. Solución: Primermente contbilizmos el nticipo l trbjdor: 10/06/201X 500,00 Anticipos de remunerciones (460) Bncos e instituciones de crédito c/c vist, euros (572) 500,00 Negocios y Dirección 31

32 Vmos clculr de form gregd l nómin que de form globl cobrrín l totlidd de los trbjdores: Sueldo bruto (-) Seguridd socil crgo del trbjdor (-) Otrs deducciones sociles 0 (-) Retención cuent del IRPF (=) Líquido percibir (-) Anticipos cuent -500 (=) Líquido cobrr /06/201X ,00 Sueldos y slrios (640) Orgnismos de l Seguridd Socil, creedores (476) , ,00 Seguridd Socil crgo de l empres (642) Hciend Públic, creedor por retenciones prcticds (4751) Anticipos de remunerciones (460) Remunerciones pendientes de pgo (465) ,00 500, ,00 Contbilizmos como gsto pr l empres tnto los sueldos brutos como l Seguridd Socil que es su crgo, pero no l que es crgo del trbjdor. No obstnte, sí que está obligd recudr l Seguridd Socil que se les descuent los trbjdores y relizr un bono por est institución por dicho concepto. Por un ldo, compensmos el nticipo que se l h entregdo uno de los trbjdores y el montnte restnte será el importe pgr; y por otr prte, puesto que ls nómins serán bonds tres dís más trde, tenemos que reconocer el gsto de ésts l término del mes l cul se refiere su devengo. El plzmiento en el pgo de ls nómins respecto l momento de su reconocimiento qued recogido en l cuent (465) Remunerciones pendientes de pgo. 03/07/201X ,00 Remunerciones pendientes de pgo (465) Bncos e instituciones de crédito c/c vist, euros (572) ,00 32 Negocios y Dirección

33 Por el pgo de l indemnizción: 5.000,00 Indemnizciones (641) Bncos e instituciones de crédito c/c vist, euros (572) Hciend Públic, creedor por retenciones prcticds (4751) 4.600,00 400, Remunerciones en especie Hy diverss forms de contbilizr ls remunerciones en especie según el tipo de elemento del cul estemos hblndo y de l form en l que es entregdo l trbjdor. EJEMPLO: Vehículo de empres pr fines prticulres Un empres dquiere un vehículo comienzos de enero de 201X por importe de euros y sbiendo que tiene un vid útil de 6 ños. Este coche v ser utilizdo con fines prticulres por el responsble de vents según decisión del director de l compñí. Solución: Según estblece l consult número 7 del Boletín Oficil del Instituto de Contbilidd y Auditorí de Cuents número 48 de diciembre de 2001, l retribución en especie de l cesión de vehículos de empres estrá formd por l mortizción de éstos más l retención por IRPF efectur l trbjdor. Coste originl: Amortizción nul: / 6 = Devengo de l retención cuent del IRPF del trbjdor: x 15% = 750 Retribución en especie: = En primer lugr contbilizmos l dquisición del vehículo. 02/01/201X ,00 Elementos de trnsporte (218) Bncos e instituciones de crédito c/c vist, euros (572) ,00 Negocios y Dirección 33

34 Cundo lleg el cierre de ño reconocemos el gsto por mortizción. 31/12/201X 5.000,00 Amortizción del inmovilizdo mteril (681) Amortizción cumuld del inmovilizdo mteril (281) 5.000,00 Y por el reconocimiento de l remunerción en especie: 5.000,00 Sueldos y slrios (640) Ingresos por servicios l personl (755) Hciend Públic, creedor por retenciones prcticds (4751) 5.000,00 750,00 EJEMPLO: Reglo de vehículo Suponemos un cso similr l nterior, pero hor l empres dquiere el vehículo con l intención de reglárselo l empledo por l buen tryectori en l empres. Solución: Por l dquisición del vehículo: ,00 Anticipos remunerciones (460) de Bncos e instituciones de crédito c/c vist, euros (572) ,00 Cundo es entregdo l trbjdor reconocemos el gsto en concepto de remunerción en l (640) Sueldos y slrios ,00 Sueldos y slrios (640) Anticipos de remunerciones (460) Hciend Públic, creedor por retenciones prcticds (4751) , ,00 Se deveng l retención cuent del IRPF crgo del trbjdor que por importe de x 15% = (suponemos un tipo del 15%). 34 Negocios y Dirección

35 EJEMPLO: Entreg de bienes fbricdos por l propi empres Un empres dedicd l fbricción de muebles reliz en el mes de junio un entreg de diversos de sus productos los empledos por vlor de euros. Solución: L empres hbrá contbilizdo un gsto por el coste que le supone l fbricción de sus productos cundo hy contbilizdo l totlidd de sus costes industriles y procedido l regulción de existencis. En el momento de l entreg de los bienes los trbjdores en concepto de remunerción en especie contbilizrá el siento mostrdo continución con un devengo de retenciones cuent de su IRPF por importe de x 15% = (suponemos un tipo de retención del 15%). 30/06/201X ,00 Sueldos y slrios (640) Vents de mercderís (700) ,00 Hciend Públic, creedor por retenciones prcticds (4751) 1.800, Otros gstos sociles En ocsiones ls empress no necesrimente remunern sus trbjdores con pgos en efectivo o con entreg de otros ctivos distintos del dinero, sino que les proporcionn un serie de servicios como puedn ser economtos o trnsporte pgdo. Estos gstos tienen l considerción de socil, y unque l trbjdor no le compute como ingreso, sí que son un gsto pr l empres relciondo con el personl. Incluimos en este prtdo tmbién, el gsto en formción que se cuent de l empres. EJEMPLO: Otros gstos sociles Un empres ofrece sus empledos un servicio de comedor subvenciondo. En el conjunto del ño l empres de ctering que se encrg del suministro le h fcturdo un totl de euros más IVA (10%). Por otr prte, los empledos hn relizdo gsto en l cntin de ls instlciones de trbjo por importe de euros más IVA (10%). Negocios y Dirección 35

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