PLIEGO DEFINITIVO DE CONDICIONES Contrato de Suministro Contratación Selección Abreviada Subasta Inversa Presencial No. 77 de 2011

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1 PLIEGO DEFINITIVO DE CONDICIONES Contrato de Suministro Contratación Selección Abreviada Subasta Inversa Presencial No. 77 de 2011 Código FBS 049 Versión 03 Fecha GENERALIDADES 1.1. OBJETO. El INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO, está interesado en recibir propuestas para la adquisición de Equipos de Cómputo para la Facultad de Artes y Humanidades; programas de Artes Visuales y Tecnología en Informática Musical y el Centro de Investigación del ITM, de conformidad con las especificaciones técnicas para cada uno de los grupos LEGISLACIÓN APLICABLE. A la presente contratación le son aplicables la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y sus Decretos Reglamentarios y demás normas legales, vigentes y concordantes sobre la materia PRESUPUESTO OFICIAL EL INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO ha estimado el presupuesto oficial para esta contratación de selección abreviada por subasta inversa en la suma de Ciento Cuarenta y Siete Millones Ciento Treinta y Seis Mil Doscientos Cincuenta y Seis Pesos ($ ) Iva Incluido, respaldados en las disponibilidades presupuestales No. 938, 973, 341, 1030, 380 y 340 de 2011, expedidas por la Jefe del Departamento Financiero. Según la siguiente distribución para cada uno de los grupos: GRUPOS PRESUPUESTO OFICIAL PARA CADA GRUPO IVA CDP INCLUIDO Grupo 1 Computadores para la Facultad de Artes y Humanidades. $ y 973 Grupo 2 Equipo de cómputo para el proyecto: Metodología Dinámica de Detección de Soplos Cardiacos Basado en Hidden Markov Models, registrado en el Centro de $ Investigación, con el código P Grupo 3 Equipo de cómputo (3 Módulos para Rack) para el proyecto: Aproximaciones de campo medio y efectos de radiación láser en puntos cuánticos, registrado en $ el Centro de Investigación, con el código P Grupo 4 Equipo de cómputo para el proyecto Diseño de Herramientas libres para el procesamiento de audio de instrumentos tradicionales en tiempo real, registrado $ en el Centro de Investigación, con el código P Hardware para el proyecto de investigación: Maximización de extracción de energía en Grupo 5 aerogeneradores para cogeneración urbana en el Valle $ de Aburrá, registrado en el Centro de Investigación, con el código P TOTAL $

2 Propuesta que supere el presupuesto oficial, para el grupo o grupos a los que presentó oferta quedará automáticamente eliminada, del proceso de selección PARTICIPANTES En esta contratación podrán participar individualmente, en consorcio o unión temporal todas las personas naturales o jurídicas consideradas legalmente capaces en las disposiciones vigentes, que no tengan incompatibilidades o inhabilidades de que trata el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, sus decretos reglamentarios y demás normas concordantes CALIDADES Para poder contratar, las Personas Jurídicas, deberán haber sido constituidas antes de la fecha de apertura de la presente contratación, con una antelación no menor de un (1) año y acreditar que su duración no será inferior a la del plazo del contrato y un (1) año más. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, podrán constituirse como tales, antes del cierre de la contratación o fecha límite de recibo de propuestas y como mínimo por el tiempo de duración del contrato y un (1) año más y estarán sujetos a lo siguiente: El Representante Legal de la Persona Jurídica, Consorcio o Unión Temporal, debe estar facultado cualitativa y cuantitativamente para presentar la propuesta y firmar el contrato, bien por los respectivos estatutos o por manifestación expresa y escrita del órgano societario competente, antes de la presentación de la propuesta. Los proponentes indicarán si su participación es a título de consorcio o unión temporal, y en el caso de Uniones Temporales, señalarán los términos y extensión de la participación en la oferta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo del Instituto, y en caso de no especificarse el porcentaje de participación se entenderá que se hace a través de consorcio. Los miembros de consorcio o de la unión temporal deberán presentar el documento de constitución, el cual deberá expresar claramente su conformación, las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos, su responsabilidad y el porcentaje de participación en el consorcio REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP) Para poder contratar, los proponentes deberán estar inscritos, clasificados y calificados en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio de su jurisdicción. El Registro Único de proponentes presentado con la propuesta deberá estar actualizado con una expedición no superior a un (1) mes anterior a la fecha de cierre del proceso establecida en el Pliego de Condiciones. Si el valor del presupuesto oficial para el grupo o grupos, a los cuales presentó oferta es igual o superior a Veinticuatro millones ciento dos mil pesos ($ ), deberá anexarse el respectivo registro con las condiciones antes señaladas. La clasificación en el RUP, deberá realizarse en cualquiera de los siguientes grupos: La clasificación en el RUP, deberá realizarse en los siguientes grupos: ACTIVIDAD ESPECIALIDAD GRUPO

3 3 Proveedor 33 Sistemas de Información y Tecnología de Información. 01 Equipos de cómputo y procesamiento de datos. 03 Software. Para los proponentes que presentaron propuesta para un grupo o grupos cuyo presupuesto oficial, sea inferior a Veinticuatro millones ciento dos mil pesos ($ ), no será necesaria la presentación del RUP, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 1150 de Si la propuesta se presenta en Consorcio o Unión Temporal cada uno de los miembros deberá aportar el certificado de inscripción en el RUP, de acuerdo con las condiciones antes señaladas CRONOGRAMA La siguiente es la cronología del proceso a llevar por el Instituto Tecnológico Metropolitano: FECHA Y HORA ACTIVIDADES LUGAR Desde el 1 hasta el 08 de noviembre de 2011 Desde el 1 hasta el 08 de noviembre de de noviembre de 2011 Desde el 11 de noviembre de 2011, desde las 8:00 horas y hasta las 12:00 horas y desde las 14:00 horas las 17:00 horas, hasta el día 18 de noviembre de 2011 desde las 8:00 horas y hasta las 12:00 horas, esta última fecha y hora de cierre de la presente contratación. Hasta el 23 de noviembre de 2011 Desde el 25 hasta el 29 de noviembre de de diciembre de 2011 a las 15:00 horas. PUBLICIDAD PROYECTO DE PLIEGOS DE CONDICIONES PRESENTACIÓN DE OBSERVACIONES AL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES APERTURA DE LA CONTRATACION Y PUBLICACIÓN PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO Y RESPUESTA A OBSERVACIONES RECEPCIÓN DE PROPUESTAS EVALUACION DE PROPUESTAS REQUISITOS HABILITANTES PUBLICACION INFORME DE EVALUACION DE REQUISITOS HABILITANTES AUDIENCIA SUBASTA INVERSA 01 de diciembre de 2011 ADJUDICACION y PUBLICACION Portal Único de Contratación: y Página web: Correo electrónico: itm@itm.edu.co Portal Único de Contratación: y Página web: Archivo General calle 73 Nº 76 A Medellín. Oficina Asesoría Jurídica y Departamento Comercial Portal Único de Contratación: y Página web: Calle 73 N 76 A 354 Sala de reuniones Bloque A, tercer piso Portal Único de Contratación: y Página web: INTERPRETACIÓN, ACLARACIÓN Y MODIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN.

4 La información contenida en el Pliego de Condiciones, sustituye cualquier otra clase de información que la Entidad y/o sus funcionarios pudieron haber suministrado a los proponentes o terceros interesados en el proceso de selección. Por consiguiente, todas las informaciones preliminares, concomitantes o posteriores que los interesados hayan obtenido en forma diferente a la oficial, quedan sin valor y la Entidad, no se hace responsable por su utilización. El proponente deberá examinar, analizar y estudiar cuidadosamente todos los documentos tales como anexos, condiciones, especificaciones, e informarse oportunamente de todas las circunstancias que puedan afectar el objeto, su costo y tiempo de ejecución, además de los anexos y adendas que se expidan durante el proceso; se entenderá que los documentos, incluidas las especificaciones, se complementan mutuamente de manera que lo consignado en uno de ellos se tomará como consignado en todos. El medio oficial de publicidad para comunicar cambios, ajustes, observaciones, aclaraciones o en general, cualquier situación en el proceso, es a través de adendas, oficios y Resoluciones, que a su vez se publicarán en el Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP) a través del Portal Único de Contratación, El Pliego de Condiciones conservará plena validez, mientras no sean modificados expresamente por el Instituto Tecnológico Metropolitano y solo a través de adendas debidamente publicadas en el Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP) a través del Portal Único de Contratación Las interpretaciones o deducciones que el proponente hiciere del contenido del pliego de condiciones, así como de los documentos que hacen parte integrante del proceso, serán de su exclusiva responsabilidad. 2. PROCEDIMIENTO 2.1. APERTURA La presente contratación se abrirá el día 10 de noviembre de 2011 a partir de esta fecha podrán ser consultados los pliegos de condiciones en la Oficina Jurídica del ITM y estarán disponibles en el Portal Único de Contratación y en la página web de la institución Se reciben las observaciones frente a los pliegos y/o especificaciones técnicas hasta el día señalado en el cronograma, a partir de esa fecha, de ser necesario, se publicarán las observaciones respectivas para la elaboración final de la propuesta PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA Presentación de propuesta completa (Oferta inicial de precio y documentación de requisitos habilitantes). La propuesta deberá entregarse en el Archivo General del Instituto Tecnológico Metropolitano bloque I primer piso en sobre cerrado, calle 73 Nº 76 A Medellín, en la fecha y horas dispuesta en el cronograma. Si de acuerdo con los pliegos de condiciones, las propuestas hubieren sido enviadas por correo, se entenderá por fecha y hora de presentación las que aparezcan en el sello o escrito puesto sobre la oferta por el encargado de recibirla, en el momento de su llegada al sitio de entrega de las mismas que se haya fijado en los pliegos de condiciones. El ITM, no se responsabilizará de las propuestas enviadas por correo. Las propuestas se conformarán por dos sobres que se presentarán cerrados, separados y marcados como Sobre No. 1 y Sobre No. 2 así: SOBRE 1. Correspondiente a Documentación para verificación de requisitos habilitantes, y deberá

5 contener: Documentos habilitantes (que se entregarán en Original y Copia) de acuerdo con el numeral 5. SOBRE 2. Correspondiente a la Propuesta inicial de precio. Este sobre sólo será abierto al momento de la iniciación de la puja. Los precios ofrecidos serán fijos no reajustables y deberán ser en cifras enteras sin decimales, en moneda colombiana 2.3. PÚBLICACIÓN PLIEGOS DE CONDICIONES El proyecto de pliegos de condiciones se publicara en la fecha señalada en el cronograma, términos durante el cual los interesados podrán presentar sus observaciones al proyecto de pliegos conforme lo dispuesto por el artículo 9 del Decreto 2474 de 2008 en la dirección de correo electrónico itm@itm.edu.co, los pliegos de condiciones definitivos se publicarán en el Portal Único de Contratación y en el sitio web institucional y podrán ser consultados a partir de la fecha de apertura según el cronograma propuesto, fecha a partir de la cual, conforme a lo prescrito por el Decreto 2474 de 2008 se entiende formalmente abierta la presente contratación. NOTA: La publicación del proyecto de pliegos de condiciones no genera obligación para el Instituto Tecnológico Metropolitano de dar apertura al proceso de selección. 3. CAUSALES DE RECHAZO O INADMISIBILIDAD DE PROPUESTAS Las propuestas se eliminarán, sin que haya lugar a su evaluación, en cualquiera de los siguientes casos: a) Cuando el proponente esté incurso en alguna de las prohibiciones, causales de inhabilidad o incompatibilidad, establecidas en la Ley 80 de 1993, sus decretos reglamentarios y demás normas concordantes. b) Cuando la propuesta se presente extemporáneamente, o en oficina o lugar diferente a la indicada en estos pliegos. c) Cuando el valor de la propuesta supere el presupuesto oficial asignado para esta invitación o cuando efectuada la corrección aritmética de la propuesta económica esta sobrepase el presupuesto oficial o cuando no coincida el valor de la oferta con el indicado en los demás documentos que conforman la oferta económica. d) Cuando el plazo ofrecido por el proponente, supere el plazo oficial establecido en los pliegos de condiciones. e) Cuando el objeto social de la empresa no corresponda al objeto de la contratación. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, la propuesta será eliminada si respecto de cada miembro, no se cumple con el objeto de la contratación. f) Cuando la propuesta sea presentada por un Consorcio o Unión Temporal y no determinen los términos y extensión de la participación de sus integrantes en la constitución de la misma. g) Cuando existan varias propuestas presentadas por la misma persona, natural o jurídica, individualmente o formando parte de un consorcio o unión temporal. h) Cuando para la preparación y presentación de la propuesta no se hayan tenido en cuenta las adendas, si a ello hubo lugar. i) Cuando no se cotice uno o varios ítems del formulario de propuesta, o cuando se modifique una cantidad o unidad del mismo formulario o cuando se modifique alguno de los ítems o su especificación. j) Cuando no se cumpla con la totalidad de los requisitos de Verificación establecidos en los pliegos de condiciones. k) Cuando no cumpla con alguno de los requisitos solicitados en el ítem "Participantes" l) Cuando la propuesta contenga defectos insubsanables, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10 del Decreto 2474 de m) Cuando el valor de la oferta se presente en moneda extranjera. El Instituto Tecnológico Metropolitano sólo admite ofertas en pesos colombianos.

6 n) Cuando el proponente no presente los requisitos subsanables en el término otorgado para ello. o) Cuando el proponente no cumpla con la capacidad jurídica y técnica exigida en los pliegos. p) Cuando lo ofertado no cumpla la totalidad de las especificaciones técnicas mínimas exigidas en este pliego. q) Cuando no se presente la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta, cuando se requiera de conformidad con lo dispuesto en el numeral del pliego de condiciones. r) Cuando se compruebe que la información suministrada es contradictoria o no corresponda en algún aspecto a la verdad o sea artificiosamente incompleta. s) Cuando se presente la propuesta sometida al cumplimiento de cualquier condición o modalidad que represente un condicionamiento para la Entidad. t) Cuando se presenten en forma incompleta o no cumplan con las disposiciones legales y las reglas del presente Pliego de Condiciones, las aclaraciones y/o subsanaciones solicitadas. u) Cuando el registro en el SICE, como proveedor se haya llevado a cabo con posterioridad a la fecha de cierre del presente proceso de selección. v) De conformidad con lo lo dispuesto en el artículo 21 del decreto 2474 de el cual precisa que la oferta inicial de precio sólo será abierta al momento de inicio de la puja. en concordancia con el literal h) del artículo 25 del mencionado decreto que indica que Una vez adjudicado el contrato, la entidad hará público el resultado del certamen incluyendo la identidad de los proponentes, Se rechazarán las ofertas en las que por causa exclusiva del proponente, se revele la oferta económica con antelación al certamen de pública subasta. Ello ocurre cuando en el sobre correspondiente a la documentación para verificación de requisitos habilitantes se incluye la oferta inicial de precio. Nota Cuando la propuesta se presente fuera de la hora estipulada para el cierre de la contratación y apertura de propuestas, será devuelta sin abrir al proponente. 4. PROPUESTA Los proponentes presentarán una propuesta completa, incluyendo la información sobre la capacidad jurídica, las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes y una propuesta inicial de precio, la cual sólo será abierta al momento de inicio de la puja. El Instituto Tecnológico Metropolitano no asumirá ninguna responsabilidad por no tener en cuenta cualquier propuesta que haya sido incorrectamente entregada o identificada, o las propuestas que se pretendan entregar después de la hora señalada. Las propuestas se conformarán por dos sobres que se presentarán cerrados, separados y marcados como Sobre No. 1 y Sobre No. 2 así: SOBRE 1. Correspondiente a Documentación para verificación de requisitos habilitantes, y deberá contener: Documentos habilitantes (que se entregarán en Original y Copia) de acuerdo con el numeral 5. SOBRE 2. Correspondiente a la Propuesta inicial de precio. Este sobre sólo será abierto al momento de la iniciación de la puja. La información contenida en este sobre, deberá ser vertida en el formato N 2 (formulario de propuesta) establecido por el Instituto. Los precios ofrecidos serán fijos no reajustables y deberán ser en cifras enteras sin decimales, en moneda colombiana Nota: El Instituto Tecnológico Metropolitano no se hará responsable por no abrir, o por abrir prematuramente los sobres mal identificados o incorrectamente dirigidos. En la propuesta no podrán señalarse condicionamientos al cumplimiento de la oferta, distintos a los establecidos en el presente documento; en caso de hacerlo, se generará el rechazo de la misma. No se aceptarán propuestas complementarias o modificaciones a la propuesta. Se entenderán por fecha y hora de presentación las que aparezcan en el sello o escrito puesto sobre la oferta por el encargado de recibirla, en el momento de su llegada al sitio de entrega de la misma. No se aceptarán propuestas que sean

7 entregadas en una oficina diferente a la indicada anteriormente, así sea recepcionada dentro del plazo señalado para la entrega de propuestas. Si de acuerdo con los pliegos de condiciones, las propuestas hubieren sido enviadas por correo, se entenderá por fecha y hora de presentación las que aparezcan en el sello o escrito puesto sobre la oferta por el encargado de recibirla, en el momento de su llegada al sitio de entrega de las mismas que se haya fijado en los pliegos de condiciones. El ITM, no se responsabilizará de las propuestas enviadas por correo. 4.1 Impuestos, Tasas Y Contribuciones Al formular la oferta, el proponente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos, gravámenes, tasas, contribuciones y/o similares establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales, y dentro de estos mismos niveles territoriales, los impuestos, tasas, contribuciones y/o similares establecidos por las diferentes autoridades ambientales, que afecten el contrato y las actividades que de él se deriven, que sean imputables y comprobables para el objeto y alcance del presente proceso. Por lo tanto, al preparar su oferta el proponente deberá comprender todos los tributos que puedan afectar su propuesta y hayan de causarse tanto en la presentación de la propuesta, así como con la suscripción, legalización y ejecución del contrato, en caso de resultar favorecido con la adjudicación. Igualmente, todos los gastos directos e indirectos, tales como el valor de las primas, la constitución de pólizas y demás emolumentos que impliquen el perfeccionamiento del contrato. Es entendido que el Instituto Tecnológico Metropolitano no está obligada a expedir ningún certificado o a suscribir cualquier otro documento destinado a que el contratista obtenga exención del pago de impuesto o derechos a su cargo y derivados del contrato. 4.2 Legalización De Documentos Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia. 4.3 Documentos Otorgados En El Exterior Los documentos otorgados en el exterior, que no estén en idioma castellano, deberán presentarse legalizados y acompañados de una traducción oficial a dicho idioma. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 65 y 259 del Código de Procedimiento Civil, artículo 480 del Código de Comercio, en el inciso 2º, numeral 22.4, del artículo 22 de la Ley 80 de y en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia 4.4 Consularización Según lo previsto por el Artículo 480 del Código de Comercio, los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes. Tratándose de sociedades, al autenticar los documentos a que se refiere el Artículo 480, antes citado, los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. Surtido el trámite señalado en el numeral anterior, los documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones, Transversal 17 No , Bogotá, D. C.) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes.

8 4.5 Apostilla Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de consularización señalado, siempre que provengan de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros. En este caso, sólo será exigible la apostilla, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título en que actúa la persona firmante del documento; trámite que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Si la apostilla está dada en idioma distinto del castellano, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes. 5. INFORMACIÓN PARA EVALUACIÓN DE LA OFERTA - REQUISITOS HABILITANTES La propuesta debe venir acompañada de los documentos que se relacionan a continuación necesarios para la verificación jurídica, técnica y económica DOCUMENTOS DE CARÁCTER LEGAL Carta de Presentación Si el proponente es una persona jurídica, la carta de presentación deberá ser firmada por su representante legal quien debe estar debidamente facultado, indicando al pie de la firma el nombre, cargo y documento de identidad. En el caso de consorcios o uniones temporales, deberá estar firmada por el representante designado. El contenido de la carta de presentación, corresponderá con el texto del modelo que se anexa (Formato 1 Carta de presentación de la propuesta presentada) Certificado de Existencia y Representación Legal El proponente deberá presentar con su propuesta, el certificado sobre su existencia y representación legal cuando se trate de persona jurídica. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes deberá presentar su respectivo certificado. La expedición de dicho certificado no podrá tener una anterioridad superior a tres (3) meses, contado a partir de la fecha de cierre de la contratación Autorización de la Junta o Asamblea de Socios Cuando el Representante Legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, en razón a la cuantía, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano competente de la sociedad, de acuerdo con el certificado de existencia y representación legal, o el documento donde acredite su autorización para participar en la contratación, firmar la propuesta y suscribir el contrato en el evento de salir favorecido. Esta observación también es válida para los miembros del consorcio o unión temporal Certificado de Registro Mercantil Las personas naturales deberán presentar su certificado de registro mercantil. La expedición de dicho certificado no

9 podrá tener una anterioridad superior a tres (3) meses contados a partir de la fecha de cierre de la contratación Certificado de registro en el SICE De conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto 2474 de 2008, el cual señala: Las obligaciones contenidas en el artículo 13 del Decreto 3512 de 2003 deberán ser cumplidas por las entidades que contratan con sujeción al Estatuto de Contratación de la Administración Pública, en los procesos de contratación, siempre y cuando el valor del contrato no sea inferior al 10% de la menor cuantía. Cuando el presupuesto oficial para el grupo o grupos a los que presentó oferta sea igual o superior al 10% de la menor cuantía del ITM, es decir, sea igual o superior a VEINTICUATRO MILLONES CIENTO DOS MIL PESOS ($ ), deberá suministrar certificado de constancia de estar inscrito en el Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal SICE. Para los ítems con código CUBS se deberá suministrar el número de certificado de registro de precio de referencia y, para aquellos ítems con código a nivel de subclase y grupo se debe suministrar el certificado temporal. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los integrantes deberá cumplir con este requisito. No es necesaria la inscripción en el SICE cuando el presupuesto oficial para el grupo o los grupos a los que presentó oferta, sea inferior al 10% de la menor cuantía del ITM, es decir, sea inferior a Veinticuatro Millones Ciento Dos Mil Pesos ($ ) Relación de Multas o Sanciones del Proponente El proponente deberá diligenciar y firmar el formato establecido por el Instituto, formato N 3 (Multas o Sanciones), donde se indicarán las multas y las sanciones que le hayan sido ejecutoriadas durante los últimos dos (2) años por incumplimiento en el desarrollo de otros contratos, contados a partir de la apertura de la presente contratación. Este documento es indispensable aportarlo, así el proponente no registre multas y sanciones Certificación de pago de los aportes a sus empleados Deberá certificarse que está a paz y salvo en el pago de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, de conformidad con la Ley, de la siguiente manera: Para personas jurídicas: Expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de ley. Por el Representante Legal, cuando de conformidad con la Ley no requiera Revisor Fiscal. La certificación requerida deberá tener una expedición no superior a un (1) mes y en todo caso deberá suscribirse por la Revisoría fiscal, cuando se cuente con ella, aun sin estar obligado por la Ley. Para el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma asociativa que se presente, cada uno de sus integrantes deberá aportar la respectiva certificación. Para personas naturales: Las personas naturales deberán acreditar el pago de los aportes a la Seguridad Social Integral conforme a la Ley 100 de 1993, Artículo 4, Ley 797 de 2003 y el Decreto Ley 2150 de 1995; esto es, aportes para la seguridad social en salud y pensiones. Si tienen trabajadores a su servicio deberán acreditar, el pago de los aportes al sistema integral de seguridad social y los parafiscales en los casos que se requiera de conformidad con la normatividad

10 vigente Documento de conformación del consorcio o unión temporal Si la oferta es presentada por un Consorcio o Unión Temporal, se debe anexar el documento suscrito por sus integrantes, en el cual se demuestre el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 7º de la Ley 80 de 1993, tales como: Indicar en forma expresa si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal. Designar para todos los efectos el representante del Consorcio o la Unión Temporal. Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del Consorcio o la Unión Temporal y sus respectivas responsabilidades. Señalar en forma clara y precisa, en el caso de la Unión Temporal, los términos y extensión de la participación en la propuesta y en su ejecución y las obligaciones y responsabilidades de cada uno en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo del Instituto. Señalar la duración del Consorcio o la Unión Temporal, la cual no podrá ser inferior a la duración del contrato y un año más. Si los miembros del Consorcio o la Unión Temporal o alguno de ellos, es persona jurídica, debe adjuntar a la propuesta el certificado de existencia y representación legal, atendiendo lo exigido para estos documentos en el presente pliego de condiciones Registro Único de Proponentes (R.U.P.) Los proponentes deberán presentar el certificado de registro único de proponentes con su correspondiente clasificación y calificación, de acuerdo con lo establecido en el numeral La expedición de dicho certificado no podrá tener una anterioridad superior a un (1) mes, contados a partir de la fecha de cierre del proceso de selección. El proponente deberá diligenciar y firmar el formato establecido por el Instituto, formato N 6 (RUP) Garantía de seriedad de la propuesta El proponente deberá constituir una garantía de seriedad, consistente en póliza de seguro, fiducia mercantil en garantía, garantía bancaria a primer requerimiento, endoso en garantía de títulos valores o depósito de dinero en garantía, con los requisitos exigidos a continuación: Expedición de la Garantía: La Garantía de Seriedad podrá ser expedida por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia o podrá constar en una garantía bancaria expedida por entidades bancarias legalmente establecidas en Colombia y deberá ser expedida con fecha anterior a la presentación de la oferta. Beneficiario de la Garantía: La Garantía de Seriedad debe estar debidamente firmada y establecer como beneficiario al Instituto Tecnológico Metropolitano, y al proponente como tomador y afianzado de la misma. Cuando el ofrecimiento sea presentado por un proponente plural bajo la figura de Unión Temporal, Consorcio o Contrato de Asociación Futura, la garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes del proponente plural. Monto de la Garantía: El valor de la garantía será del valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del presupuesto oficial estimado para la presente contratación, incluido el impuesto al valor agregado IVA, si se causa, de acuerdo al grupo o grupos a los que presentó oferta. Vigencia de la Garantía: La Garantía de Seriedad deberá tener una vigencia de Tres (3) meses, que como mínimo, cubra desde la fecha y hora del cierre del presente proceso y hasta la aprobación de la garantía que ampara los riegos propios de la etapa contractual. El Proponente deberá ampliar la vigencia de la póliza en el caso de presentarse prórrogas en los plazos de la Selección, de la adjudicación, o de la suscripción del contrato según sea el caso, no cubiertas con la vigencia inicial. La no aceptación de prorrogar la garantía por el término señalado, o el no hacerlo oportunamente, es signo evidente

11 de la voluntad de abandonar el proceso y en consecuencia se rechazará la propuesta. Recibo de pago de la garantía: Se deberá anexar a la póliza de seriedad el recibo de pago de la prima o su constancia de que no expira por falta de pago. La no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta será causal de rechazo de esta última. Riesgos derivados del incumplimiento del ofrecimiento: La garantía de seriedad de la oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos: La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en el Pliego para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres (3) meses. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato. El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas. La falta de pago de los derechos de publicación en el Diario Único de Contratación previstos como requisitos de legalización del contrato Registro Único Tributario Los proponentes deberán presentar el Certificado de Registro Único Tributario. Para los Consorcios y/o Uniones Temporales, deberá presentarse el correspondiente a cada uno de sus integrantes Certificación de Responsabilidad Fiscal Quien aspira a contratar con el ITM no podrá estar reportado en el Boletín de Responsables Fiscales, como consecuencia debe disponerse de la constancia de la Contraloría que de cuenta de dicha situación, tanto para la persona jurídica como para su representante legal y la persona natural. Si la oferta es presentada por un consorcio o unión temporal, cada uno de sus miembros deberá presentar de manera independiente la anterior certificación y los documentos que acrediten la cancelación de las obligaciones contraídas o la vigencia de un acuerdo de pagos. Para obtener dicha constancia deberá consultar la página Fotocopia de la Cédula. Deberá aportarse fotocopia de la cédula para la persona natural y del representante legal para las personas jurídicas DOCUMENTOS DE CONTENIDO FINANCIERO OBJETO DE VERIFICACIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN. Cuando el presupuesto oficial para el grupo o grupos a los que presentó oferta sea igual o superior a VEINTICUATRO MILLONES CIENTO DOS MIL PESOS ($ ), el ITM verificará la siguiente información financiera: Capacidad Financiera. La verificación de este requisito se establecerá a partir del análisis de los siguientes indicadores financieros, los cuales se calcularán, con base en la información suministrada por el proponente en el certificado de registro único de proponentes, verificada por la Cámara de Comercio, para lo cual deberá contar el R.U.P. renovado a la fecha de

12 presentación de la propuesta. La información financiera deberá ser presentada en moneda legal colombiana, por ser ésta la unidad contable por expresa disposición legal, expresada en miles de pesos. La capacidad financiera del proponente se calculará a partir de la verificación de los siguientes factores: Índice de Liquidez. Se calcula con la siguiente fórmula: IL = Activo Corriente / Pasivo Corriente Indica la capacidad de la empresa para cubrir pasivos a corto plazo. Por cada peso que tiene que cubrir en el corto plazo (pasivo corriente), con cuánto cuenta para cubrirlo (activo corriente). Para poder participar el proponente deberá tener un Índice de Liquidez igual o superior a uno (1.5). Para consorcios o uniones temporales, la calificación por Índice de Liquidez se obtendrá para cada uno de sus integrantes, debiendo cada uno cumplir con el requisito mínimo. NOTA: En el caso de decimales en el valor consolidado final del criterio, el valor obtenido se aproximará por exceso o por defecto a la unidad entera más cercana. Así las cosas, cuando el primer decimal sea inferior o igual a 5, se reducirá a la unidad entera más cercana y si el primer decimal es superior a 5, se incrementará a la unidad entera más cercana Índice de Endeudamiento. Se calcula con la siguiente fórmula: IE = Pasivo Total / Activo Total. Indica el grado de apalancamiento que corresponde a la participación de los acreedores en los activos de la empresa. Mientras más alto sea este índice, mayor será el apalancamiento financiero de la empresa. El proponente deberá contar con un Índice de Endeudamiento igual o inferior al Sesenta por ciento (60%). Para el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma de asociación, la calificación por Índice de Endeudamiento se obtendrá para cada uno de sus integrantes, debiendo cada uno cumplir con el requisito mínimo. NOTA: En el caso de decimales en el valor consolidado final del criterio, el valor obtenido se aproximará por exceso o por defecto a la unidad entera más cercana. Así las cosas, cuando el primer decimal sea inferior o igual a 5, se reducirá a la unidad entera más cercana y si el primer decimal es superior a 5, se incrementará a la unidad entera más cercana Patrimonio. Patrimonio = Activo total - Pasivo total Representa la solidez económica de la empresa. Para participar se requiere que el proponente tenga un patrimonio igual o superior al 20% del presupuesto oficial del presente proceso de selección, según la información financiera reportada en el Registro Único de Proponentes Capital de Trabajo. Capital de Trabajo= Activo Corriente- Pasivo Corriente Representa la solidez económica de la empresa. Para participar se requiere que el proponente tenga un capital de trabajo igual o superior al 20% del presupuesto

13 oficial del presente proceso de selección, según la información financiera reportada en el Registro Único de Proponentes Capacidad de contratación. El proponente deberá acreditar que a la fecha de cierre del plazo de presentación de propuestas del presente proceso, tiene una capacidad de contratación (K) igual o superior a 550 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) como Proveedor. Para Consorcios, Uniones Temporales u otra forma de asociación la capacidad de contratación (K) exigida, será la suma de las capacidades de cada uno de sus integrantes, proporcional a su porcentaje de participación en el mismo. Para verificar el cumplimiento de este requisito, el proponente deberá aportar el certificado de inscripción en el RUP, expedido con una antelación no mayor un mes, previo a la fecha de cierre de la Selección Abreviada Capacidad residual de contratación. El proponente deberá acreditar que a la fecha de cierre del plazo de presentación de propuestas del presente proceso, tiene una capacidad residual de Contratación (Kr) igual o superior a 410 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV). Para determinar el Kr se tomara la sumatoria de las capacidades de contratación que tenga el proponente y se procederá a restar la totalidad de los contratos en ejecución reportados en el RUP y en el Formato 8 Contratos en ejecución. Para Consorcios, Uniones Temporales u otra forma de asociación la capacidad residual de contratación (Kr) exigida, será la suma del kr de cada uno de sus integrantes, proporcional a su porcentaje de participación en el mismo. Para el cálculo del Kr se tendrá en cuenta la siguiente información del Formato No.8 y del RUP: a) El saldo, a la fecha de cierre de la Selección Abreviada, del valor total de los contratos en ejecución o suspendidos, incluidas las adiciones. En el caso de contratos en Consorcio o Unión Temporal, se informará únicamente el valor que corresponde al proponente, según su porcentaje de participación en los mismos. b) El valor total de los contratos adjudicados y que aún no tienen orden de iniciación. En el caso de contratos en Consorcio o Unión Temporal, se informará únicamente el valor que corresponde al proponente, según su porcentaje de participación en los mismos. El Kr del proponente, sea persona natural o jurídica, y de cada uno de los integrantes de un Consorcio o Unión Temporal, se determinará con la siguiente fórmula: Kr = Ki Kc Donde, Kr = Capacidad residual de contratación, a la fecha de cierre de la Selección Abreviada, en SMMLV. Ki = Capacidad de contratación inscrita como Proveedor, según el Certificado de Inscripción en el RUP, en SMMLV. Kc = Capacidad de contratación comprometida, que corresponde a la sumatoria de los valores obtenidos en los literales a) y b), expresada en SMMLV.

14 Los proponentes que no cumplan con los requisitos y capacidades mínimas arriba anotados en relación con el Registro Único de Proponentes (R.U.P.), se entenderán no habilitados en el proceso Relación de Contratos en ejecución. Formato 8. Para efectos de determinar la capacidad residual de contratación del proponente, se deberá diligenciar el Formato No. 8 en el cual se relaciona el listado de contratos en ejecución. 5.3 DOCUMENTOS DE CONTENIDO ECONÓMICO, TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO El Instituto Tecnológico Metropolitano verificará el cumplimiento de los requisitos jurídicos, técnicos y los establecidos en el Decreto 2474 de 2008 y los contenidos en los presentes pliegos de condiciones, así: Experiencia Específica del proponente Los proponentes deberán acreditar experiencia en contratos en ejecución o ejecutados en los últimos tres (3) años contados a partir de la fecha de cierre de esta contratación, cuyo objeto corresponda al de la presente contratación. La(s) certificación(es) deberá(n) indicar con claridad los siguientes aspectos: Nombre de la entidad contratante Objeto del contrato Vigencia de los contratos indicando fecha de iniciación y terminación (últimos tres (3) años) Valor total del contrato (con sus adiciones, si las hay) Indicación de la Cobertura del Servicio (nombre de cada una de las ciudades en las cuales se prestó el servicio) Dirección y Teléfonos de LA ENTIDAD o empresa contratante Indicación del cumplimiento, calidad, tipo de trabajo, cumplimiento, asesoría, servicio Calificación dada al servicio prestado por el contratista que debe haber sido excelente, buena, satisfactoria o expresiones positivas similares. Se verificará la experiencia especifica relacionada por el proponente (Tiempo y cuantía de contratos), quien deberá acreditarla mediante la presentación de certificaciones de contratos celebrados con entidades públicas o privadas que se encuentren vigentes o ejecutados, cuyo valor de la suma de las tres (3) primeras certificaciones válidamente aportadas sea igual o superior al 100% del presupuesto oficial establecido para el grupo o grupos a los que presentó oferta, indicando su objeto, valor y plazo de ejecución. En el evento de que la certificación sea expedida por personas de derecho privado, naturales o jurídicas, el proponente deberá anexar a la misma, copia del respectivo contrato o factura cambiaria. La experiencia a tener en cuenta será en contratos ejecutados y terminados a satisfacción y contratos en ejecución, entendiéndose por ésta aquella en la cual el contratista no haya sido objeto de multas, declaratorias de incumplimiento o declaratoria de caducidad. En el evento en que alguna de dichas circunstancias se presente frente a la experiencia acreditada no se tendrá en cuenta la respectiva certificación. Para contratos ejecutados o en ejecución, en consorcio o unión temporal, la certificación debe indicar claramente el porcentaje de participación; sin este requisito No se tomará en cuenta como experiencia. En ningún caso se tendrán en cuenta los subcontratos.

15 Cuando el contrato haya sido desarrollado por un Consorcio o Unión Temporal, la certificación deberá indicar el porcentaje de participación de cada uno de ellos, pero bastará con que uno de sus integrantes sea NO ADMISIBLE para que el Consorcio o la Unión Temporal también lo sea.en caso contrario se calificará ADMISIBLE Verificación de Especificaciones Técnicas El proponente deberá aportar en el sobre N 1 la ficha técnica de las especificaciones de lo ofertado, debidamente firmada, de acuerdo con lo establecido en el formato N 5 de los pliegos de condiciones. 5.4 VERIFICACIÓN DE REQUISITOS El Instituto Tecnológico Metropolitano verificará el cumplimiento de los requisitos jurídicos, técnicos y los establecidos en el Decreto 2474 de 2008 y los contenidos en los presentes pliegos de condiciones, así: Experiencia Se verificará a partir de la información que suministre el proponente con sus respectivas certificaciones y el RUP Cumplimiento Se verificará de acuerdo con la información que presente el proponente en el cuadro anexo y en el RUP, sobre las multas y/o sanciones que le hubieren sido ejecutoriadas, dentro de los dos (2) últimos años contados a partir del día, mes y año de cierre del presente proceso de selección. Para el caso de consorcios o uniones temporales, se procederá según los criterios anteriores, pero bastará con que uno de sus integrantes sea NO ADMISIBLE para que el consorcio o la unión temporal también lo sea. En caso contrario se calificará ADMISIBLE Verificación Técnica Se verificará los elementos cotizados y aportados para la verificación en el sub numeral ESPECIFICACIONES TECNICAS Las especificaciones técnicas mínimas pueden ser consultadas en los Estudios Previos del Proceso de Contratación o en la ficha técnicas de especificaciones, formato N 5 (FICHA TECNICA DE ESPECIFICACIONES). 7 SUBASTA INVERSA PRESENCIAL METODOLOGÍA Subasta Inversa Presencial. Se entiende como la puja dinámica efectuada presencialmente, mediante la reducción sucesiva de precios durante un tiempo determinado, de conformidad con las reglas previstas en el presente pliego de condiciones y el Decreto 2474 de AUDIENCIA DE SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Y DE ADJUDICACION Los proponentes habilitados deberán presentarse en el sitio lugar y hora indicados en el cronograma del pliego de condiciones para dar inicio a la subasta inversa presencial. El certamen de subasta se realizará por Grupos. El ITM adjudicará el presente proceso de selección por grupos a los proponentes que oferten el precio más bajo para cada uno de los grupos.

16 7.2 PROCEDIMIENTO Antes de dar inicio al certamen se pondrá a disposición de los participantes el acta de asistencia que una vez suscrita por los proponentes implicará el inicio del certamen. Antes del inicio de cada lance se les distribuirán sobres y formularios a cada proponente para la presentación de sus lances. En dichos formularios se deberá consignar únicamente el precio ofertado por el proponente o la expresión clara e inequívoca de que no se hará ningún lance de mejora de precios. Un funcionario del Departamento Comercial, abrirá los sobres con las ofertas iniciales de precio y comunicará a los participantes en la audiencia cuál fue la menor de ella y se procederá a efectuar las correcciones de tipo aritmético. La entidad otorgará a los proponentes un término tres minutos (3) para hacer un lance válido que mejore la menor de las ofertas iniciales de precio. Los proponentes harán su lance utilizando los sobres y los formularios suministrados. Un funcionario del Departamento Comercial, recogerá los sobres cerrados de todos los participantes. El funcionario designado registrará los lances válidos y los ordenará descendentemente. Con base en este orden, dará a conocer únicamente el menor precio ofertado. Los proponentes que no presentaron un lance válido no podrán seguir presentándolos durante la subasta. La entidad repetirá el procedimiento descrito en los anteriores literales, en tantas rondas como sea necesario, hasta que no se reciba ningún lance que mejore el menor precio ofertado en la ronda anterior. En caso de existir empate, se adjudicará el contrato al que presentó la menor propuesta inicial, De persistir el empate, se desempatará por medio de sorteo, por tirilla al que saque el mayor número. Conocido el mejor precio ofertado, el Instituto hará público el resultado del certamen incluyendo la identidad de los proponentes y procederá a la adjudicación del contrato mediante acto administrativo, el cual quedará notificado por estrados. Para constancia del desarrollo del certamen, se levantará un acta, la cual será firmada por todos los intervinientes. Nota: Para los efectos en la audiencia, una ronda empieza desde el momento en que se reciben simultáneamente los lances en sobre cerrado y termina cuando se da a conocer el menor precio ponderado ofertado Comunicación entre proponentes y acompañantes El proponente autorizado para realizar la subasta inversa será el representante legal o su delegado, debidamente autorizado por escrito y conforme lo señala la Ley Errores en el diligenciamiento del formulario de la propuesta de precio En caso de presentarse cifras ilegibles o lances por estar por debajo del margen mínimo establecido, de conformidad con el art. 24 del Decreto 2474 de 2008; no será válido y el oferente no podrá seguir presentando lances durante la subasta, solo se le tendrá en cuenta el primer lance, solo si este es legible. Si el proponente presenta el formulario en blanco, o un sobre sin formulario o cualquier notación adicional, anulará el lance, lo cual implicará la no presentación de un lance y no podrá seguir haciendo lances durante la subasta. Se le tendrá en cuenta el lance inmediatamente anterior Lances sin mejora de precios En caso de que el proponente no haga ningún lance de mejora de precios, deberá consignarlo expresa e

17 inequívocamente en formulario de propuesta de precio, en el campo destinado para el efecto y no podrá seguir haciendo lances durante la subasta. Por lo tanto, se considerará válido el primer lance o el lance inmediatamente anterior Oferta con valor artificialmente bajo Cuando de conformidad con la información a su alcance, el Instituto estime que el valor de una oferta resulta artificialmente bajo, requerirá al oferente para que explique las razones que sustenten el valor por él ofertado. Oídas las explicaciones, el comité evaluador recomendará al Representante Legal o su delegado, el rechazo o la continuidad de la oferta en el proceso. Procederá la recomendación de continuidad de la oferta en el proceso de selección, cuando el valor de la misma responde a circunstancias objetivas del proponente y su oferta, que no ponen en riesgo el proceso, ni el cumplimiento de las obligaciones contractuales en caso que se adjudique el contrato a dicho proponente. Cuando en el desarrollo de la subasta inversa presencial, se presente la situación descrita anteriormente, se suspenderá el certamen, dejando constancia del hecho mediante un acta, el cual será reanudado después de la verificación Precio de la puja Dentro del procedimiento para realizar la subasta inversa presencial, el certamen se hará mediante una puja dinámica efectuada presencialmente en donde el precio de puja será el valor total de la propuesta antes de IVA. Abierto los sobres con las propuestas iníciales de precio en el certamen de la subasta, el Instituto verificará y realizará las correcciones de errores aritméticos si hay lugar a ello y dará a conocer el menor precio ofrecido en las ofertas iníciales de precio antes de IVA. Con el fin de garantizar el principio de igualdad, el valor de las ofertas iniciales de precio se dará a conocer sin el Impuesto a las Ventas (IVA), las cuales no podrán superar el valor del presupuesto oficial con el IVA incluido, so pena de ser eliminadas del proceso de selección. 7.3 MARGEN MINIMO DE MEJORA DE OFERTAS La unidad de mejora de precio es la siguiente para cada uno de los grupos: MARGEN MÍNIMO DE MEOJRA PARA CADA UNO DE LOS GRUPOS Grupo 1 Computadores para la Facultad de Artes y Humanidades. $ Grupo 2 Equipo de cómputo para el proyecto: Metodología Dinámica de Detección de Soplos Cardiacos Basado en Hidden Markov Models, registrado en el $ Centro de Investigación, con el código P Equipo de cómputo (3 Módulos para Rack) para el proyecto: Grupo 3 Aproximaciones de campo medio y efectos de radiación láser en puntos $ cuánticos, registrado en el Centro de Investigación, con el código P Grupo 4 Equipo de cómputo para el proyecto Diseño de Herramientas libres para el procesamiento de audio de instrumentos tradicionales en tiempo real, $ registrado en el Centro de Investigación, con el código P Grupo 5 Hardware para el proyecto de investigación: Maximización de extracción de energía en aerogeneradores para cogeneración urbana en el Valle de Aburrá, registrado en el Centro de Investigación, con el código P $

18 Por cada lance los proponentes mejorarán el menor precio ofertado en el lance anterior en la unidad de mejora antes indicada. El lance inferior a las sumas anteriores para cada uno de los grupos, se considerará no válido y en consecuencia el proponente que lo haga no podrá continuar participando en el certamen. Por cada ronda el oferente no podrá presentar un lance igual o inferior al inmediatamente anterior, so pena de que el mismo sea considerado como no válido, situación que implica que no podrá seguir participando en el certamen de subasta inversa. 8 CRITERIO DE CALIFICACIÓN El único criterio de calificación será el menor precio consolidado para cada uno de los grupos. 9 CONDICIONES ECONÓMICAS 9.1 Forma de pago Se hará un pago único a 30 días, previo recibo a satisfacción de la entrega de los productos objeto del contrato y presentación de la factura o cuenta de cobro, adjuntando el comprobante de pago de aportes al sistema de seguridad social y parafiscal. No habrá lugar a anticipos. El ITM tomará como base de liquidación los valores unitarios cotizados. De presentarse diferencia en los valores totales, se tomará el menor precio, sin derecho a reclamo por el proponente. Si hubiere lugar a otros pagos, los proponentes deberán consignarlos en su oferta, indicando claramente el concepto, valor y forma que propone. En tal caso, dicho costo será tenido en cuenta en la evaluación económica de la propuesta y será consignado en el contrato respectivo, si resultase favorecido. Así mismo, se elaborará la orden de pago teniendo en cuenta las retenciones de ley. Igualmente debe tener presente que el pago final se realizará una vez que el ITM expida un acta de recibo a satisfacción de los trabajos realizados. El ITM podrá retener total o parcialmente cualquiera de los pagos pendientes a favor del Contratista, hasta donde sea necesario, para protegerse de pérdidas debidas a trabajos defectuosos no corregidos, a garantías no cumplidas, al pago de multas, pleitos, acciones legales o perjuicios imputables al Contratista. Cuando el motivo que originó la retención sea subsanado por el Contratista, El ITM hará la devolución de los pagos retenidos. 9.2 Duración del contrato Será de Un (1) mes, contado a partir de la legalización del contrato entendido este con la aprobación de las garantías por parte de la Oficina Asesoría Jurídica, así como de la suscripción de la respectiva acta de inicio. 10 CONTRATACIÓN El Instituto Tecnológico Metropolitano celebrará con el proponente o favorecido en la presente invitación, el contrato para la ejecución del objeto de la invitación, fundamentándose en la ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007 sus decretos reglamentarios y pliegos de condiciones.

19 10.1 Documentos para la suscripción y legalización del contrato El proponente favorecido con la adjudicación, deberá presentar para la suscripción y legalización del contrato los siguientes documentos: Copia del documento de identificación personal del Representante Legal o persona natural. Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio Garantías exigidas: Se deberán otorgar las garantías exigidas en la minuta del contrato, de conformidad con lo establecido en el numeral 10.3, en el Decreto 4828 de 2008 y en el Decreto 2493 de Publicación en Gaceta Municipal. (cuando aplique). Certificado de paz y salvo de los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y de Aportes Parafiscales expedido por el Revisor Fiscal y en su defecto por el Representante Legal. Fotocopia del registro único tributario (RUT), en caso de Consorcio o Uniones Temporales deberán traer el RUT consorcial Domicilio del contrato De conformidad con las normas legales colombianas, el lugar del cumplimiento de los contratos que se llegaren a celebrar, es la ciudad de Medellín, por lo tanto, todas las actividades judiciales a que hubiere lugar, deberán adelantarse en esta ciudad Garantías. El contratista seleccionado para la ejecución del contrato constituirá, a favor del ITM, como mecanismo de cobertura del riesgo derivado del incumplimiento de las obligaciones legales o contractuales, cualquiera de las garantías autorizadas por el Decreto 4828 del 2008 a saber: (1) Pólizas de seguros, (2) Fiducia mercantil en garantía, (3) Garantía bancaria a primer requerimiento; (4) Endoso en garantía de títulos valores y depósito de dinero en garantía, otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia o por una entidad bancaria, o una sociedad fiduciaria, o una entidad financiera sometida a vigilancia y control de la Superintendencia Financiera, legalmente establecida en Colombia, con el fin de cubrir los perjuicios derivados de las obligaciones, así: De Cumplimiento del Contrato: Cubrirá al ITM de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato así como de su cumplimiento tardío o su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Este amparo comprende además siempre el pago de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con una vigencia igual a su plazo y Seis (6) meses más. De calidad y correcto funcionamiento de los bienes: Cubrirá al ITM por los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia de los perjuicios imputables al contratista garantizado que se deriven de la mala calidad o deficiencias técnicas de los bienes o equipos objeto del contrato de acuerdo con las especificaciones técnicas o por el incumplimiento de los parámetros o normas técnicas establecidas para el respectivo bien o equipo, por el equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con una vigencia igual a su plazo y seis (6) meses más. La garantía se constituirá en la misma moneda del contrato. El pago de la prima respectiva correrá por cuenta del contratista, así como el de las ampliaciones a que haya lugar. El contratista deberá restablecer el valor de la garantía cuando éste se haya visto reducido por razón de las

20 reclamaciones efectuadas por la entidad contratante y/o terceros afectados De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el contratista deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. El incumplimiento de la obligación del contratista de mantener la suficiencia de la garantía, facultará al ITM para declarar la caducidad del contrato. La garantía deberá acompañarse del correspondiente recibo de pago, estar firmada por el contratista, deberá ser constituida en forma tal que cubra única y exclusivamente los riesgos contemplados para la ejecución del contrato. La garantía deberá estar vigente durante toda la vida del contrato, su liquidación, y la prolongación de sus efectos. Tratándose de póliza no expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral Estimación, tipificación y asignación de Riesgos Atendiendo a lo previsto por el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, y lo pretendido por las partes es suscribir un contrato de suministro, se observa que los riesgos que se pueden presentar son los siguientes. CLASE Administrativos. 1 Jurídicos y/o legales y/o documentales y/o regulatorios. TIPIFICACION DEL RIESGO No. DESCRIPCION OBSERVACIONES ITM No firma del contrato por parte del proponente y/o CONTRATISTA. 2 Cambios normativos y/o tributarios 3 Hurto 4 Incumplimiento del contrato por parte del CONTRATISTA. Porque el CONTRATISTA se rehusó a firmarlo, no estuvo de acuerdo con el clausulado. En consecuencia se procede a la aplicación de la póliza de seriedad de la oferta. Riesgo que asume el CONTRATISTA. Ocurre en aquellos casos, cuando las condiciones inicialmente estipuladas en el Contrato ha sufrido una modificación sustancial, tal y como es el caso de una norma que modifique o exija la inclusión de un nuevo componente técnico que implique la destinación de mayores recursos, o cuando a consecuencia de una norma con efectos tributarios varia las condiciones económicas inicialmente establecidas. Riesgo que asume el ITM o el CONTRATISTA dependiendo quien es la parte afectada con el cambio. Ocurre en los eventos de que trata el Capítulo I del Título VII de la Ley 599 de 2000 (Código Penal). La ocurrencia de los eventuales riesgos por Hurto serán asumidos por quien es víctima de ellos, y en el caso en que este sea el CONTRATISTA, el ITM no asumirá ningún sobrecosto por la pérdida de materiales o cualquier otro implemento. Hace referencia a cualquier clase de incumplimiento por parte del CONTRATISTA, antes, durante y posterior a la órden de iniciación del contrato. Riesgo que asume el CONTRATISTA. Incumplimiento en la calidad de los bienes 5 objeto del servicio por parte del Riesgo que asume el CONTRATISTA. CONTRATISTA. No pago oportuno, por parte del CONTRATISTA o subcontratistas, a los trabajadores y personal en relación con 6 salarios, prestaciones sociales y demás Riesgo que asume el CONTRATISTA. beneficios a que tengan derecho, a pesar de que la entidad haya dispuesto los recursos de forma eficiente. Paros ocasionados por los trabajadores y personal del contratista por la no 7 cancelación oportuna de salarios y Riesgo que asume el CONTRATISTA. prestaciones sociales y demás beneficios a que tengan derecho. 8 Errores involuntarios que hayan quedado en Hace referencia a cualquier error que se X ASIGNACION DEL RIESGO X X PROPONENTE Y/O CONTRATISTA X X X X X X X

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