REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCUELA BÁSICA EL PORVENIR

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1 REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCUELA BÁSICA DECRETO COOPERADOR DE LA FUNCIÓN EDUCACIONAL DEL ESTADO N 579/86 R.B.D.: 2018

2 REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCUELA BÁSICA DECRETO COOPERADOR DE LA FUNCIÓN EDUCACIONAL DEL ESTADO N 579/86 R.B.D.: I.- INTRODUCCIÓN:Este Reglamento está basado en la normativa vigente, el de Evaluación N 511/97 que reafirma lo expuesto por decreto N 40/96, modificado por el 240/99 y es componente inseparable del proceso de Enseñanza-Aprendizaje. Visto: Ø de Educación N 755, Ley de Jornada Escolar Completa Diurna. Ø Ley General de Educación N /2009 Ø Ley N /2015 de Inclusión Escolar Ø Ley N /2016 referida al Plan de Formación Ciudadana Ø Ley N /2011 referida a Calidad y Equidad en Educación Ø 107/2003 que modifica decreto 511/97 autorizando repitencia en 1 y 3 año básico en situaciones justificadas. Ø 481/2017 que modifica 289/2001 de Educación Parvularia Bases Curriculares y sus respectivos programas pedagógicos Ø Ley de 1994, Proyecto de Integración Escolar, 1/98 modificado por 170/2011, 83/2015 sobre adecuaciones curriculares. Ø 158/1999 referido a la eximición de una asignatura. Ø 924/1983 clases de Religión. Ø Este reglamento se basa en los documentos curriculares vigentes en Educación Pre-Básica y Básica: Ø Asignaturas 1 a 6 Lenguaje y Comunicación Matemática Hist., Geograf. Y Cs. Sociales Cs. Naturales Id. Extranjero: Inglés Bases Curriculares N 439/2012 Programas De Estudio N 2960/ 2012 Ø Ø Ø Ø Ø Artes Visuales Música Ed. Física y Salud Tecnología Orientación N 433/2012 N 2960/2012 Página2 DIRECCIÓN: S/N TELÉFONO: MAIL: escuelabasica.elporvenir@gmail.com

3 Asignaturas 7 y 8 año básico Lengua y Literatura Matemática Id. Extranjero: Inglés Ed. Física y Salud Hist., Geograf. y Cs Sociales Cs. Naturales Artes Visuales Música Tecnología Orientación Bases Curriculares N 614/2013 N 369/2015 Programa de Estudio N 628/2016 N 628/2016 II.- OBJETIVOS: 1.- Optimizar la calidad y equidad, entendidas ambas dimensiones como: 1.a.- La mejora sistemática en amplitud, profundización y relevancia de los aprendizajes, logrando generar el desarrollo de habilidades y destrezas llegando a las competencias. 1.b.- La orientación de igualdad de oportunidades para todos los niños y niñas. 2.- Favorecer el desarrollo de actividades encaminadas a lograr en los, las estudiantes un autoconcepto que le permita superar limitaciones, afianzar cualidades, cultivar valores personales, sociales y morales que le lleven a la búsqueda de su vocación que son esenciales en y para el desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje. 3.- Involucrar a Padres, Apoderados y Comunidad Escolar en el proceso educacional de los y las estudiantes. 4.- Proporcionar a los y las estudiantes instancias de participación efectiva en el proceso educativo, estimulando una mayor permanencia en el sistema educativo formal, apoyándolos en la definición de su proyecto de vida. 5.- Contribuir y crear las condiciones que permitan que todos los y las estudiantes sin excepción obtengan éxito en sus experiencias de aprendizaje. 6.- El objetivo de este reglamento es determinar los criterios y regular los procesos de evaluación y calificación de los aprendizajes en su sentido pedagógico más amplio. 7.- El proceso de evaluación debe tener como única finalidad que los estudiantes desarrollen capacidades, destrezas, habilidades, valores, actitudes y competencias mediante diversos medios y estrategias. Página3 DIRECCIÓN: S/N TELÉFONO: MAIL: escuelabasica.elporvenir@gmail.com

4 En este proceso los y las estudiantes son autores de su aprendizaje, de sus logros y de sus avances. Otros protagonistas de este proceso son los profesores, asistentes de la educación profesionales y no profesionales, sus padres y/o apoderados, constituyendo un pilar fundamental para alcanzar los objetivos educativos institucionales. El presente reglamento ha sido consultado y aprobado por: Consejo de Profesores, Centro General de Padres y/o Apoderados, Centro de Alumnos. DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1 : NORMAS GENERALES DE INDOLE PEDAGÓGICO. Escuela Básica aplicará las disposiciones del presente Reglamento sobre evaluación, calificación y promoción escolar de niños y niñas, en los niveles impartidos. ARTÍCULO 2 : La Directora del Establecimiento, Unidad Técnica Pedagógica, equipo E.G.E y Consejo de Profesores establecen este reglamento de evaluación basándose en las disposiciones legales que rigen, mencionadas en la introducción Este reglamento se dará a conocer a todos los estudiantes, padres y apoderados en el momento de la matrícula y durante la primera reunión de sub-centro del año en curso. Además estará escrita en la agenda escolar respectiva de cada año El año escolar comprenderá dos semestres lectivos. DE LA EVALUACIÓN Como parte inherente al proceso de enseñanza aprendizaje, los profesores, deberán realizar actividades de evaluación permanentes, variadas y que contemplen diversas estrategias y procedimientos, con el fin, de evaluar no solamente los logros finales, sino que principalmente el desarrollo de todo el proceso, para realizar las correcciones y reordenaciones que el proceso demande. ARTÍCULO 3 : Los estudiantes durante el año lectivo serán evaluados en los ámbitos y núcleos (Educación Parvularia), asignaturas del Plan de Estudio y talleres de libre disposición que contempla la JEC. Además serán evaluados en períodos semestrales, informando de estas evaluaciones en reunión de apoderados y/o mediante comunicación escrita con antelación de a lo menos 5 días hábiles. Las formas de evaluar y/o calificar el proceso educativo en los y las estudiantes pueden incluir: evaluación diagnóstica, formativa y sumativa. Página4 DIRECCIÓN: S/N TELÉFONO: MAIL: escuelabasica.elporvenir@gmail.com

5 A.- ESTRATEGIAS DE EVALUACIÓN A.1.- Evaluación Diagnóstica: Apunta a determinar las habilidades, destrezas y conocimientos específicos con que los niños y niñas inician un proceso de aprendizaje. Sirviendo para tomar decisiones pertinentes y eficaces evitando procedimientos inadecuados. Con el fin de tener una base para iniciar la entrega de nuevos contenidos, al comenzar el año escolar se realizará una evaluación inicial de carácter diagnóstico. La confección, aplicación, corrección y refuerzo de los objetivos no alcanzados en el diagnóstico, no deberá exceder a la primera quincena, iniciado el año escolar. Los resultados del diagnóstico deberán expresarse a través de objetivos Logrados (L) corresponderá a una calificación de 5.5 a 7.0, Parcialmente Logrado (P/L) corresponderá a una calificación de 4.0 a 5.4, No Logrados (NL) corresponderá a una calificación de 2.0 a 3.9. El diagnóstico se registrará en el primer casillero del libro de clase para calificaciones. La planificación y programación de las actividades curriculares de los niveles, cursos y asignaturas, deberá considerar los resultados de este diagnóstico. A.2.- Evaluación Formativa: Se utilizará para verificar si los objetivos de aprendizajes están siendo alcanzados y lo que es preciso hacer para mejorar el desempeño de los estudiantes. Servirá para tomar decisiones y re-direccionar las actividades de aprendizajes para el logro de los objetivos (dosificar y regular adecuadamente de acuerdo a la individualidad del ritmo de aprendizaje, retroalimentar, enfatizar en ciertos contenidos, dirigir el aprendizaje sobre las vías de procedimientos que demuestran mayor eficacia e informar a cada estudiante acerca de su nivel de logro). Este tipo de evaluación es permanente durante el proceso de enseñanza aprendizaje; los padres y apoderados deberán ser informados de éstas. A.3.- Evaluación Sumativa: Proceso mediante el cual se integran y miden los aprendizajes con el fin de certificarlos, asignar calificaciones, determinar promociones entre otros. Para comprobar, en forma total o parcial, el logro de algunas habilidades, destrezas y/o competencias de las unidades de aprendizaje, se procederá a aplicar permanentemente este tipo de evaluación durante cada semestre lectivo. El objetivo de este tipo de evaluación es calificar e informar el logro de estos. La evaluación sumativa se dará a través de: Página5 DIRECCIÓN: S/N TELÉFONO: MAIL: escuelabasica.elporvenir@gmail.com

6 A Calificaciones Parciales: corresponderán a las calificaciones coeficiente 1 que el estudiante obtenga en el semestre en las respectivas asignaturas o actividades de aprendizaje. Se aplicarán en todas las asignaturas del plan de estudio. Instrumentos Evaluativos: Estos podrán ser pruebas escritas, interrogaciones orales, desarrollo de tareas y/o ejercicios en clases, disertaciones, revisión de cuaderno, carpeta de trabajos, bitácoras, creación en lenguaje diverso (visual, auditivo, corporal), producción de textos, desarrollo de guías, registro y observación de cómo trabajan los niños y niñas en las diferentes actividades, y cualquier otro instrumento educativo acordado previamente con los alumnos y alumnas. También se dará la auto-evaluación, co-evaluación, evaluación entre pares, escala de apreciación, lista de cotejo, rúbricas, evaluación individual y/o grupal, observación directa, apreciación global. A Independiente del procedimiento utilizado para evaluar, el profesor deberá comunicar al estudiante, al apoderado y enviar a correo UTP (web) las características de éste y particularmente los criterios de evaluación que se utilizarán para la calificación. ( ejemplo: puntajes, rúbricas, lista de cotejo, etc.) A.3.3.-Los estudiantes podrán rendir un máximo de dos evaluaciones por día en el 2 ciclo (5 a 8 año básico). En 1 ciclo (1 a 4 año básico) no podrá exceder de 1 evaluación diaria. Excepcionalmente podrán ser más de dos evaluaciones por día, cuando se califiquen cuadernos y trabajos en clases. A En ningún caso se utilizará la escala de evaluación para los aspectos conductuales. Solo se evaluarán los aprendizajes. A Como una instancia más del proceso evaluativo, los profesores deben realizar en conjunto con sus alumnos, un análisis de los resultados de cada evaluación. A Todo estudiante tiene derecho a conocer el resultado de su prueba o instrumento de evaluación aplicado, en un período no superior a 10 días hábiles, la que podrá quedar en su poder si el profesor así lo estima necesario. A El alumno que sea sorprendido copiando en una prueba, además de recibir las sanciones administrativas que corresponda, deberá rendir al término de la clase la misma prueba, la calificación máxima en este caso será de 5,0. ANEXO: El o la docente podrá dar trabajos de investigación, desarrollo de guías para ser entregadas por el o los estudiantes hasta 2 semanas desde la fecha inicial. La lectura mensual seguirá con las normas estipuladas. Nuestro establecimiento NO da tareas diarias, lo que el estudiante podría llevar a su hogar, serían trabajos, ejercicios, contenidos, etc. no terminados en sala. El o la docente escribirá en el cuaderno del o la estudiante incompleto u otra frase que explique lo no trabajado. Página6 DIRECCIÓN: S/N TELÉFONO: MAIL: escuelabasica.elporvenir@gmail.com

7 B.- FORMAS DE CALIFICAR Y COMUNICAR RESULTADOS: B.1.- De 1 a 8 año básico el promedio semestral corresponderá en cada asignatura al promedio aritmético de las calificaciones parciales obtenidas durante el semestre. En el cálculo del promedio final de la asignatura y del promedio general final de cada semestre se realizará aproximando desde la centésima 0,05 a la décima superior. Se usará la escala del 2 al 7 con un decimal. El promedio final en cada asignatura corresponderá al promedio aritmético de ambos semestres, contemplando la escala del 2,0 al 7,0 expresándola con un decimal cuando corresponda. Para la obtención de una calificación mínima de 4.0 en los instrumentos evaluativos el estudiante deberá obtener un 60% de aprobación en dicho instrumento. En NT1 y NT2 las evaluaciones serán de acuerdo a niveles de logros, según las Bases Curriculares. El (la) profesor(a) dispondrá de un máximo de 10 días hábiles, después de aplicada la evaluación para consignar las calificaciones en el libro de clases y no podrá aplicar una nueva prueba sin antes haber entregado el resultado de la anterior. Si podrá aplicar otro instrumento evaluativo. B.2.- De la inasistencia a evaluaciones Con justificativo: El(la) apoderado(a) o apoderado(a) suplente deberá justificar personalmente o por escrito la inasistencia de un estudiante a una evaluación por causas de fuerza mayor, tales como, siniestros, accidentes o defunción de un familiar, o enviar el certificado médico pertinente. El Profesor afectado por la ausencia del alumno a la evaluación, en el plazo de una semana, fijará una nueva fecha para la evaluación pendiente. Sin Justificación: No cumpliéndose los requisitos del inciso anterior, se aplicará el instrumento evaluativo al momento en que éste se reintegre a clases, teniendo la evaluación señalada un mayor grado de complejidad. Esto incluye al estudiante que es retirado por su apoderado durante el día de la evaluación. Si un(a) estudiante es retirado por su apoderado, el día que tenga una evaluación(oral y/o escrita), deberá rendirla la clase siguiente, siendo su calificación máxima de 5.0. La entrega de trabajos prácticos u otros procedimientos evaluativos (carpetas, informes escritos, guías, etc.), fuera del plazo fijado por el profesor, tendrá una calificación con nota máxima de 5,0 y deberá ser entregado en la clase siguiente. De persistir la tardanza en la entrega del trabajo, de no realizar el instrumento evaluativo y no habiendo registro de ninguna justificación (ante mencionada), el alumno será evaluado con nota mínima 2,0. Página7 DIRECCIÓN: S/N TELÉFONO: MAIL: escuelabasica.elporvenir@gmail.com

8 En caso de negarse uno o varios estudiantes a rendir una evaluación previamente establecida, la Unidad Técnica procederá a citar a los apoderados del o los estudiantes involucrados. En dicha entrevista se comunicará al apoderado de las medidas administrativas que el establecimiento adopte y se fijará una última instancia de evaluación. La reiteración en segunda instancia de la negativa a rendir la evaluación, permitirá colocar la calificación mínima, entendiéndose esta medida, en el efecto que el o la estudiante no evidencia ningún logro de objetivo académico. Los o las estudiantes que por inasistencias debida y oportunamente justificadas, no tuviesen en algún semestre el número mínimo reglamentario de calificaciones parciales, podrán rendir sus evaluaciones pendientes en un período especial que la Unidad Técnica junto al profesor(a) de la asignatura determine. Esta Unidad podrá contemplar algún procedimiento alternativo para finalizar el semestre, incluida la posibilidad de cerrar este con un número inferior de notas. B.3.- Las calificaciones y otras evaluaciones obtenidas por los estudiantes serán informadas por escrito y/u oral en reuniones de sub-centro o durante las entrevistas con el apoderado (a). Al finalizar cada semestre se entregará un informe escrito con las calificaciones obtenidas durante éste. Durante el año escolar en curso los estudiantes serán informados constantemente de sus progresos y calificaciones obtenidas. C.- PROCEDIMIENTOS EN LA SITUACIÓN FINAL: Los procedimientos para determinar la situación final del estudiante serán la aplicación de los diversos instrumentos evaluativos con calificaciones. Estas darán un promedio semestral en cada asignatura, ambos semestres darán un promedio anual. Para determinar la situación final del estudiante deberá obtener una calificación mínima final de 4.0 en la asignatura y promedio general final 4.0 en todas las asignaturas. Si el estudiante obtuviese una nota final anual de 3,9; es decir, promedio de reprobación anual 3,9 que incida en la promoción, en una asignatura, se le aplicará un instrumento evaluativo. Para ser promovido deberá obtener una nota mínima de 4,0. Independiente de cualquier valor obtenido en la calificación del instrumento, la nota final en la asignatura será igual a 4,0; si obtuviese una nota inferior a 4,0, el promedio final de la asignatura seguirá siendo con la nota que tenía, o sea 3,9. Esta situación deberá ser informada al apoderado con antelación firmando la toma de conocimiento. La Directora del Establecimiento previo informe técnico-pedagógico, del profesor(a) del curso, profesor(a) de la asignatura, especialista del P.I.E., certificado médico de un especialista (si fuese necesario), certificado de nacimiento original y solicitud del padre y/o apoderado podrá eximir de una asignatura o actividad contemplada en el plan de estudio, que no sea Lenguaje y Comunicación, Lengua y Literatura, Matemática, Cs. Naturales, Cs. Sociales, Historia y Geografía, a Página8 DIRECCIÓN: S/N TELÉFONO: MAIL: escuelabasica.elporvenir@gmail.com

9 los estudiantes que acrediten tener dificultades de aprendizaje, problemas de salud u otros motivos. La Dirección Provincial de Educación respectiva podrá conceder la exención de una segunda asignatura o actividad de aprendizaje. D.- EVALUACIÓN DIFERENCIADA Para otorgar una educación pertinente con equidad y atendiendo a la diversidad, se aplicarán procedimientos evaluativos adecuados a las necesidades educativas especiales por respeto a las diferencias individuales que presenta el estudiante, favoreciendo con esto al desarrollo de procesos de todos los educandos. La evaluación diferenciada no se refiere al cambio de objetivos planteados, tiene relación con los procedimientos que se emplearán para cumplir los mismos objetivos, o sea una readecuación de los instrumentos evaluativos de acuerdo a las características del estudiante y el tiempo de aplicación de éstos. Se realizarán adecuaciones curriculares priorizando objetivos y contenidos de aprendizaje en función de las necesidades educativas del o los educandos de acuerdo a sus características. Estas adecuaciones serán determinadas previa coordinación de profesor de asignatura con profesor especialista y UTP. Con un informe previo del (la) profesor especialista (D.I., T.E.L., etc.) y presentada la adecuación curricular individual oportunamente, además de las coordinaciones con el profesor (a) de la asignatura y U.T.P se podrá aplicar instrumentos evaluativos con objetivos de aprendizajes indicados para cada caso. La Directora del establecimiento podrá eximir de la asignatura de Inglés a los y las estudiantes que pertenecen al Programa de Integración del Establecimiento, previo informe del profesor (a) especialista y profesor(a) de la asignatura. ARTÍCULO 4 : Número de calificaciones por asignatura y semestre, según plan de estudio. N horas semanales N calificaciones Total Calificaciones semestral 5 o más horas 6 6 como mínimo. 1 a 4 horas 4 4 como mínimo. Las actividades que corresponden a las horas de libre disposición, de acuerdo a la normativa vigente y según el proyecto de Jornada Escolar Completa del establecimiento. No incidirán directamente en la promoción final del alumno. Sin embargo, cada una de ellas, será calificada con notas parciales, cuyo promedio pasará a formar parte de las calificaciones parciales del semestre en una asignatura. Corresponderá a la UTP junto al Consejo de Profesores, determinar al inicio de cada Página9 DIRECCIÓN: S/N TELÉFONO: MAIL: escuelabasica.elporvenir@gmail.com

10 año escolar, en que asignatura específica se integra la nota de cada uno de los talleres o laboratorio. Talleres Cantidad de Calificaciones Promedio en la Asignatura de: Inglés 2 mínimo Lenguaje Técnico-Artístico 2 mínimo Técnico-Artística Computación 2 mínimo Acuerdo entre profesores del taller, asignatura y UTP. Relacionados con el área de: 2 mínimo Asignatura respectiva Cs, Lenguaje, Matemática ARTÍCULO 5 : A los estudiantes que tengan impedimentos para cursar en forma regular una asignatura o actividad de aprendizaje se les aplicarán procedimientos de evaluación especiales, y/o serán eximidos si fuese necesario de acuerdo al artículo C y D. ARTÍCULO 6 : Durante el año escolar se aplicarán pruebas PME (proyecto mejoramiento educativo), diagnósticas, intermedias y finales; ésta no llevará evaluación, siendo de carácter formativo. ARTÍCULO 7 : Las calificaciones serán en todas las asignaturas o actividades de aprendizajes del plan de estudio, utilizando la escala numérica de 2,0 a 7,0 hasta con un decimal. La calificación mínima de aprobación será 4,0 (cuatro coma cero). En el caso específico de que un estudiante obtenga en una de las asignaturas promedio 3,9 y ésta incida en su repitencia se aplicará la letra C, referida a procedimientos en la situación final. Las calificaciones obtenidas deberán referirse solamente al rendimiento escolar, entendiéndose por rendimiento escolar la demostración del logro de objetivos en el aspecto cognoscitivo y psicomotor. Previo a las evaluaciones, el o la estudiante deberá conocer la pauta de corrección, rúbricas, listas de cotejo, etc y la manera cómo se obtendrá la nota. Todas las calificaciones corresponderán a notas coeficiente uno. El profesor sólo consignará en el libro de clases las calificaciones de una prueba u otro procedimiento de evaluación, cuando el resultado NO exceda el 50 % del curso con notas inferiores a 4,0. En este caso, deberá informar a la Unidad Técnica Pedagógica respectiva, con quien en conjunto determinarán las remediales a aplicar. ANEXO: Si el curso en una asignatura hubiera obtenido más del 50% con notas inferiores a 4.0 se aplicarán los siguientes procedimientos: Página10 DIRECCIÓN: S/N TELÉFONO: MAIL: escuelabasica.elporvenir@gmail.com

11 Reforzar en forma adicional aquellos objetivos no logrados. Aplicar otro procedimiento evaluativo a los y las estudiantes con calificaciones deficientes después de la jornada regular, siendo su calificación máxima de 4,0. Independiente del o los procedimientos que se apliquen en esta circunstancia, todos éstos deberán velar para aquellos alumnos que no alcanzaron los objetivos, puedan hacerlo en otra instancia evaluativa. El procedimiento a seguir será: Informar por escrito a los apoderados sobre la situación. Analizar el instrumento de evaluación aplicado con los y las estudiantes Reforzar o retomar el o los contenidos evaluados con estrategias o metodologías diferentes a las trabajadas con anterioridad. Aplicar un nuevo instrumento de evaluación en fecha informada con anterioridad a alumnos y apoderados. 7 A Si un alumno(a) obtuviese promedios inferiores a 4,0 durante el primer semestre, luego de un monitoreo constante en el semestre deberá, bajo firma de su apoderado(a) (quien deberá venir a buscarlo), quedarse desde las 16:15 horas a 17:00 realizando trabajos con fines pedagógicos y de reforzamiento (plan remedial). Esto será en el año escolar respectivo. 7 B En el caso de los alumnos de 7 y 8 básico que estén en situación académica de repitencia y como una forma de apoyar sus procesos de enseñanza aprendizaje evitando así una posible deserción escolar se aplicará el siguiente procedimiento : UTP y docente de asignatura crearán un plan remedial. Citación a apoderado y alumno para dar a conocer situación académica y plan remedial. Firma de compromiso de asistencia y cumplimiento del plan remedial por parte del o la alumna y su apoderado. En el caso del o la estudiante, que a pesar de los planes remediales y todo lo que se realizó con ellos y ellas, durante el año escolar correspondiente, más tomando en cuenta su hoja de vida, compromisos firmados y no cumplidos (tanto por apoderado como estudiante), tendrá que buscar matrícula en otro establecimiento escolar donde el p.e.i. de esta se ajuste a sus necesidades, ya que el nuestro, y el p.m.e. no es suficiente a sus requerimientos. Asumir las sanciones correspondientes estipuladas en manual de convivencia artículo 4: medidas disciplinarias de menor u mayor graduación. ARTÍCULO 8 : Página11 DIRECCIÓN: S/N TELÉFONO: MAIL: escuelabasica.elporvenir@gmail.com

12 El logro de los Objetivos Transversales se registrará en el informe entregado cada final de semestre, entregándose a los padres y/o apoderados. Además en forma constante y oportuna se informará a los padres y/o apoderados en forma individual de estos logros. El informe utilizará una escala de apreciación que contemple los siguientes rangos: (S) Siempre (G) Generalmente, (O) Ocasionalmente, (N) Nunca Siempre: el rasgo se manifiesta siempre. Generalmente : el rasgo se manifiesta con frecuencia. Ocasionalmente: el rasgo se manifiesta sólo en algunas oportunidades. Nunca: el rasgo jamás está presente. ARTÍCULO 9 : La calificación obtenida por los estudiantes en la asignatura de Religión, no incidirá en su promoción. La calificación final de los semestres será el resultado aritmético expresado en cifras para luego traspasarla a conceptos. La calificación anual será el promedio aritmético de ambos semestres traspasados a concepto. Los conceptos serán: Insuficiente: 2,0 a 3,9 Bueno: 5,0 a 5,9 Suficiente: 4,0 a 4,9 Muy Bueno: 6,0 a 7. DE LA PROMOCIÓN ARTÍCULO 10 : Serán promovidos todos los alumnos de 1 a 8 año de Enseñanza Básica, que hayan asistido, a lo menos, al 85% de las clases y que sus promedios anuales de calificaciones estén de acuerdo a este reglamento. No obstante, la Directora del Establecimiento junto a U.T.P y el Profesor(a) Jefe podrán autorizar la promoción de estudiantes con porcentajes inferiores de asistencia, llegando hasta el 79% de asistencia, fundados en razones de salud u otras causas debidamente justificadas. La Directora, junto a U.T.P podrán decidir excepcionalmente, previo informe fundado en variadas evidencias del Profesor(a) Jefe del curso, del profesor(a) de la asignatura, del profesor(a) especialista del programa de integración de los alumnos, alumnas afectados(as), no promover de 1 a 2 año básico o de 3 a 4 año básico a aquellos que presenten un retraso significativo en lectura, escritura y/o matemática, en relación a los objetivos de aprendizajes (aprendizajes esperados) en los programas de estudio y que pueda afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior. Además, para adoptar esta medida, la Directora y UTP tendrán una relación de las actividades de reforzamiento realizadas al estudiante y la constancia de haber informado Página12 DIRECCIÓN: S/N TELÉFONO: MAIL: escuelabasica.elporvenir@gmail.com

13 oportunamente de la situación a los padres y/o apoderados, de manera tal de posibilitar una labor en conjunto. Asimismo, los estudiantes con necesidades educativas especiales integrados(as) a la educación regular, considerando las adecuaciones curriculares realizadas en cada caso, estarán sujetos a las mismas normas antes señaladas, agregándose en su caso, la exigencia de un informe fundado del profesor(a) especialista. ARTÍCULO 11 : Para la promoción de los alumnos de 1 a 8 año de Enseñanza Básica se considerarán conjuntamente el logro de los objetivos de las asignaturas o actividades de aprendizaje del plan de estudio y la asistencia a clases. 1.- Respecto del logro de los objetivos: 1.a.- Serán promovidos los y las estudiantes que hubieren aprobado todas las asignaturas o actividades de aprendizaje del respectivo plan de estudio. 1.b.- Serán promovidos los y las estudiantes de 1 a 8 año de enseñanza básica que no hubieren aprobado una asignatura o actividad de aprendizaje, siempre que su nivel de logro corresponda a un promedio 4,5 o superior, incluido el no aprobado. 1.c.- Serán promovidos los y las estudiantes de 1 a 8 año de enseñanza básica que no hubieren aprobado dos asignaturas o actividad de aprendizaje siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5,0 o superior, incluidos los no aprobados. 2.- Respecto de la asistencia: Para ser promovidos los alumnos, alumnas deberán asistir, a lo menos, al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual. No obstante, por razones de salud u otras debidamente justificadas, por ejemplo incorporación del alumno (a) al establecimiento en una fecha posterior al inicio del año escolar, término anticipado del año escolar por parte del alumno(a); la Directora del Establecimiento, U.T.P., Profesor(a) Jefe y el Consejo de Profesores podrán autorizar la promoción de alumnos, alumnas de 1 a 8 año de enseñanza básica con porcentajes menores de asistencia, llegando sólo hasta el 79%. Los y las estudiantes que no cumplan con los requisitos de promoción indicados en los puntos 1 y 2 de este artículo, deberán repetir, según corresponda. ARTÍCULO 12: Página13 DIRECCIÓN: S/N TELÉFONO: MAIL: escuelabasica.elporvenir@gmail.com

14 La Directora del Establecimiento, junto a U.T.P. y Profesor(a) Jefe respectivo deberán resolver las situaciones especiales de evaluación y promoción de los alumnos, alumnas; todo esto refrendado por el Consejo de Profesores. Entre otros se resolverán los casos de alumnos, alumnas que por motivos justificados y con documentación si fuese el caso, requieran ingresar tardíamente a clases, ausentarse por un período determinado, finalizar el año escolar anticipadamente u otros. Todas las situaciones de evaluación de los alumnos, alumnas de 1 a 8 año básico, deberán quedar resueltas dentro del período escolar correspondiente. CASOS ESPECIALES Ø En el caso de alumnos trasladados a esta escuela desde otro establecimiento educacional con sistema trimestral o semestral, se adoptará la siguiente modalidad: Ø Consignar en el libro de clases las notas del establecimiento de procedencia durante el año respectivo. Ø La nota final del semestre, considerará tanto las notas del establecimiento de procedencia como las del propio establecimiento. La ponderación de cada una de las notas para establecer el promedio semestral, será una facultad del profesor de asignatura correspondiente y la Unidad Técnica Pedagógica. Ø Si por algún motivo justificado el alumno debe finalizar anticipadamente el año escolar, su promedio final se obtendrá con las notas parciales que tenga en la fecha de retiro. En caso de falta de notas en alguna asignatura, se le repetirá la calificación del semestre anterior. Le corresponderá a la Dirección del establecimiento determinar cuándo se han cumplido los requisitos para aplicar esta medida. Ø Si por algún motivo justificado el o la estudiante trasladada a este establecimiento durante el primer semestre del año escolar (junio) no presenta calificaciones, se evaluará el caso para no poner promedios final del primer semestre. Pudiendo ser promovido(a) sólo con el promedio del segundo semestre del año lectivo. Ø Frente a una alumna embarazada se procede a tomar las medidas estipuladas en el Manual de Convivencia en relación por asistencia. Se darán todas las facilidades para su continuidad de estudio. En caso de retiro anticipado se le aplicará el mismo procedimiento del inciso anterior. Página14 DIRECCIÓN: S/N TELÉFONO: MAIL: escuelabasica.elporvenir@gmail.com

15 ARTÍCULO 13 : La situación final de promoción de los y las estudiantes, deberá quedar resuelta al término de cada año escolar. Una vez finalizado el proceso, el Establecimiento Educacional entregará a todo el alumnado un certificado anual de estudios que indique las asignaturas o actividades de aprendizaje, con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente. El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por ningún motivo. ARTÍCULO 14 : Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán, en cada curso, las calificaciones finales en cada asignatura, la situación final de los(as) estudiantes, rol único nacional, fecha de nacimiento y género, además de cualquier información que se requiera. Las actas se subirán a la plataforma del SIGE del Ministerio de Educación quedando una copia en el establecimiento. ARTÍCULO 15 : Las situaciones de evaluación y promoción escolar no previstas en el presente decreto, serán resueltas por la Secretaría Regional Ministerial de Educación respectiva dentro de la esfera de su competencia. Página15 DIRECCIÓN: S/N TELÉFONO: MAIL: escuelabasica.elporvenir@gmail.com

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