o Educación Matemática el promedio exigido será igual o superior a 5.0 incluido el subsector reprobado.
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- Pablo Macías Toledo
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1 . LICEO POLIVALENTE DE ADULTOS ALBERTO GALLEGUILLOS JAQUE SAN LUIS N FONO liceoagj@yahoo.com LICEO POLIVALENTE DE ADULTOS ALBERTO GALLEGUILLOS JAQUE R.B.D REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN PARA EDUCACIÓN BÁSICA MEDIA Y TÉCNICO PROFESIONAL INTRODUCCIÓN. La evaluación es un proceso continuo, planificado y cooperativo, ya que forma parte consustancial e integra la totalidad de la dinámica del acto educativo, por lo que asume un carácter formativo y de retroalimentación para mejorar la calidad de las acciones emprendidas, en lo posible pertinente y en contextos reales y cercanos al mundo adulto, otorgando de esta forma significado al aprendizaje esperado. Además forma parte de una planificación racionalmente elaborada que otorga sentido a la acción del docente, ya que permite establecer los momentos en que se recogen información, los propósitos que se lograrán, los instrumentos que se utilizarán y e! uso que se dará a los resultados obtenidos y,siempre considerando como centro de la evaluación al alumno, es decir, la evaluación también informa respecto a dos preguntas básicas establecidas en cualquier currículo, a saber Cómo aprenden los alumnos? y Cómo deberían enseñar los docentes? Las siguientes disposiciones reglamentarías de evaluación complementan las del Decreto Exento Nº 2169 del 07 de Noviembre de 2007, Decreto 2272 de 2007, están de acuerdo al Proyecto Educativo Institucional del Liceo y fueron acordadas previo análisis del Consejo de Profesores, las cuales serán comunicadas a todos los estudiantes al momento de la matrícula y/o al inicio del año escolar y a los padres y/o apoderados cuando lo soliciten. Disposiciones respecto a estrategias de evaluación de los aprendizajes de las y los estudiantes Del proceso de evaluación Artículo N 4 - Los y las alumnas serán evaluados en todos los ámbitos de formación y subsectores de aprendizaje del plan de estudio. - El primer semestre tendrán un mínimo 6 calificaciones en las asignaturas que tengan 4 horas a la semana. En las asignaturas con 3 horas a la semana tendrán un mínimo de 5 calificaciones. En las asignaturas con 2 horas semanales tendrán un mínimo de 4 calificaciones - El segundo semestre tendrán un mínimo de 6 calificaciones Del periodo de evaluación - Este será Semestral Del criterio para aplicar calificaciones en los distintos subsectores de aprendizaje y módulos. - 4 calificaciones mínimas semestrales en cada subsector o modulo de aprendizaje. Artículo N 5 Del procedimiento de evaluación final en cada subsector: Las calificaciones del 1º semestre y 2º semestre se promediaran aproximando la centésima a la
2 decima Artículo N 6 De la escala de calificaciones al 7.0 con un decimal. Estas calificaciones deberán referirse solamente al nivel de logros de los objetivos fundamentales y contenidos mínimos obligatorios. La calificación mínima de aprobación será 4.0 De los instrumentos de evaluación y estrategias evaluativas - Se aplicarán 4 pruebas escritas, obligatorias, más trabajos colaborativos, investigaciones, mapas conceptuales, diálogos analítico o disertaciones, pruebas de ensayo. - En el ámbito de la formación instrumental, se desarrollarán proyectos, talleres aplicados, disertaciones, trabajos colaborativos e investigaciones, pruebas escritas. - En el ámbito de la formación diferenciada TP., se desarrollarán proyectos según el sector de la especialidad tales como: ferias expositivas, talleres prácticos, investigaciones, salidas pedagógicas, presentaciones audiovisuales, pruebas escritas, disertaciones. De la comunicación de los resultados - Certificado anual de estudios - Informe de rendimiento por curso entregado al Consejo de Evaluación, a cargo del jefe de Departamento de cada subsector (Julio y Diciembre), para desarrollar un análisis Técnico Pedagógico. - Los resultados de las evaluaciones se darán a conocer a los alumnos en plazo máximo de dos semanas desde la fecha de aplicación del instrumento evaluativo - El docente debe informar a cada alumno los resultados obtenidos en las evaluaciones y retroalimentar el proceso con aquellos estudiantes que no hubieren logrado los aprendizajes esperados. De los procedimientos para resolver la situación de quienes cursaron los sectores curriculares en un orden distinto al señalado en su malla curricular - Deben traer un informe de notas. - El profesor del subsector o módulo debe evaluar los aprendizajes de los y las estudiantes y determinar los contenidos y/o objetivos no vistos, con el propósito de proponer actividades de nivelación. De la promoción y situación final de los y las estudiantes - Los promedios finales de cada subsector serán calculados entre las calificaciones del 1 y 2 semestre, aproximando la centésima a la decima - Son promovidos los alumnos de Tercer Nivel Básico, Primer Nivel de Enseñanza Media, Segundo Nivel de Enseñanza Media, Primer Nivel Técnico Profesional, Segundo Nivel Técnico Profesional y Tercer Nivel Técnico Profesional que hubieren aprobado todos los sectores de aprendizaje de sus respectivos planes de estudios.
3 Art. N 7 De las disposiciones para resolver situaciones de evaluación de aquellos estudiantes que tengan porcentajes menores de asistencia que los establecidos en el Decreto 2169/2007 Los alumnos que solicitan egreso anticipado del establecimiento educacional deberán: - Entregar documento debidamente acreditado de su situado personal - Rendir pruebas o exámenes - Llenar formulario en inspectoría con timbre y firma de Director, inspector, profesor jefe y alumno. - El docente de cada subsector o módulo deberá evaluarlos antes de su retiro para tal efecto deberá entregar temarios y fechas a evaluar Los y las estudiantes que debido a razones de licencias médicas prolongadas, embarazo, trabajo, debidamente justificadas y certificadas, hasta con un 40% de inasistencia deberán: - Emitir una solicitud escrita a la Dirección. - Entregar todos los documentos que avalen dicha solicitud, (certificado médico, control prenatal en caso de alumnas embarazadas, certificado médico de hijos de alumnos y alumnas, certificado del empleador, etc.) al Orientador, Jefe de UTP e Inspectoría General. - En el caso de las alumnas embarazadas deben designar un compañero(a) de curso que sea el nexo con la jefa de UTP. para el envío y recepción de las actividades académicas, (en el caso que tengan acceso desde el hogar a Internet, deben dejar el correo electrónico en UTP. para el envío de trabajos a través de esta vía. - La jefa de UTP. recibirá las derivaciones de estudiantes que envíe el Depto. de Orientación. - La jefa de UTP. se coordinará con los docentes y solicitará calendario de trabajos y pruebas para los alumnos con inasistencias justificadas Respecto del logro de los objetivos fundamentales y contenidos mínimos obligatorios serán promovidos: a) Hubieren aprobado todos los subsectores de aprendizaje considerados en los respectivos planes y programas b) Los alumnos de los Niveles de Enseñanza Media (1 y 2 ) Científico Humanista que reprueben un subsector de aprendizaje, que no sea Lengua Castellana y Comunicación o Educación Matemática, siempre que su promedio, incluido el subsector reprobado sea igual o superior a 4.5. Si el subsector reprobado corresponde Lengua Castellana y comunicación o Educación Matemática el promedio exigido será igual o superior a 5.0 incluido el subsector reprobado. c) Los alumnos de Tercer Nivel Básica de Adultos que reprueben un subsector de aprendizaje, que no sea Lengua Castellana y Comunicación o Educación Matemática, siempre que su promedio, incluido el subsector reprobado sea igual o superior a 4.5. Si el subsector reprobado corresponde Lengua Castellana y comunicación
4 o Educación Matemática el promedio exigido será igual o superior a 5.0 incluido el subsector reprobado. En la modalidad de Educación Técnico- Profesional serán promovido los alumnos y alumnas que: a) Hubieren aprobado todos los subsectores de aprendizaje considerados en los respectivos planes y programas b) Los alumnos de los Niveles de Enseñanza Media Técnica Profesional (1-2 y 3 ) que reprueben un subsector de aprendizaje, que no sea Lengua Castellana y Comunicación o Educación Matemática, siempre que su promedio, incluido el subsector reprobado sea igual o superior a 4.5. Si el subsector reprobado corresponde Lengua Castellana y comunicación o Educación Matemática el promedio exigido será igual o superior a 5.0 incluido el subsector reprobado. c) Si el subsector de aprendizaje, modulo o asignatura reprobada corresponde a la especialidad técnica, la promoción del alumno se realizara previa autorización del director, de acuerdo con el informe del profesor del subsector de aprendizaje, modulo o asignatura respectiva. En este caso, las competencias no logradas por el alumno serán incorporadas al Plan de Práctica Profesional, conforme a lo señalado en los procedimientos de titulación. Art. N 8 De los y las estudiantes que hubieren reprobado hasta un máximo de dos subsectores de aprendizaje - Se entregará temario de contenidos y objetivos del examen especial, - El docente reforzará y retroalimentará contenidos mínimos de los subsectores reprobados. - El examen especial se administrará al término del proceso de apoyo complementario. - El examen especial se aplicara 15 días hábiles después de que los y las estudiantes hayan sido informados de la situación, siendo la nota máxima 4.0 De las disposiciones acerca de los tipos de evaluaciones - Todas las evaluaciones deben ser planificadas y calendarizadas por los docentes. Los docentes deben informar a los y las estudiantes 10 días antes de su aplicación, los objetivos a medir y la ponderación que se aplicará. Evaluación Diagnóstica - La evaluación diagnóstica se administrará al inicio del año escolar y/o al comienzo de una unidad de aprendizaje para constatar aprendizajes previos de los alumnos. - El uso pedagógico que se dará a los resultados obtenidos tanto a nivel de alumnos como de docentes será contar con una base para el comienzo de los contenidos. - La forma de registro en el libro de clases, de los resultados del diagnóstico en los distintos subsectores por alumnos será mediante la nomenclatura L NL.
5 Evaluación Formativa - El docente debe administrar una evaluación formativa a todos los estudiantes antes de una evaluación sumativa con el propósito de medir el estado de avance, nivelar y reforzar aprendizajes esperados. No logrados. - Los ámbitos que serán evaluados, en los alumnos con fines formativos son relativos habilidades, destrezas y cognitivo. - Los instrumentos y formas pueden ser variadas pero deben ser coherentes con los objetivos y contenidos de Planes y Programas - Las actividades y procedimientos evaluativos deben quedar registrados en el leccionario del libro de clases. Evaluación Sumativa - Proporciona información acerca de la efectividad de todo el proceso pedagógico y permite al docente tomar decisiones respecto de su propio desempeño. Como las estrategias para mejorar los aprendizajes no logrados. - Se aplicará al término de la unidad tratada. - Las actividades y procedimientos evaluativos deben quedar registrados en el leccionario del libro de clases. - Cuando los resultados de una evaluación supere el 50% con notas inferior a 4.0, el profesor a cargo del subsector deberá reforzar el o los contenidos considerados y repetir la evaluación sumativa. Evaluación Diferenciada - La evaluación diferenciada debe ser aplicada por el docente de cada subsector o módulo en virtud de las características y necesidades especiales que observe en los y las estudiantes previamente diagnosticados. - Las necesidades educativas especiales deben ser atendidas por el profesor de cada subsector o módulo, como también por los especialistas con que cuente el establecimiento. - El profesor deberá considerar alternativas pedagógicas para su atención educativa a partir de las necesidades de las y los estudiantes - Contemplar procedimientos evaluativos acordes con la naturaleza de la atención proporcionada. - El profesor puede modificar los tiempos previstos para el logro de objetivos propuestos, realizar adaptaciones curriculares, ya sea modificando o readecuando los objetivos y/o contenidos y proponer a quienes
6 lo requieran actividades pedagógicas alternativas. De las situaciones especiales Los alumnos provenientes de otros establecimientos educacionales que se incorporen y que se incorporan tardíamente al establecimiento educacional deben: - Rendir prueba de diagnóstico. - Todos deben traer informe de notas y asistencia a la fecha del traslado. - El profesor del subsector o módulo debe evaluar los aprendizajes de los estudiantes que se incorporan durante el año escolar y determinar los contenidos y/o objetivos no logrados, con el propósito de proponer actividades de nivelación. - Todos los estudiantes que se incorporen al Liceo, en cualquier época del año, deben ponerse al día en los contenidos tratados en el curso de destino. - No serán eximidos de ningún subsector de aprendizaje. De los procedimientos de práctica y titulación Articulo N 9 Las y los estudiantes deberán matricularse en el establecimiento. Las y los estudiantes deberán asistir a un periodo de actualización, de 350 horas en los distintos módulos del ámbito de la Formación Diferenciada TP. Posterior al periodo de actualización, deberán rendir un examen de competencias que será efectuado por el profesor de la especialidad. Las y los estudiantes deberán presentar una solicitud al Director a partir de los 2 años de egreso del establecimiento. Del reglamento de práctica profesional REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL 1. El proceso de Práctica Profesional se inicia cuando el/la estudiante ha egresado de 3 Nivel de Enseñanza Media Técnico Profesional y cuenta con cupo en la empresa donde realizará la Práctica. 2. Para iniciar su práctica profesional, el Director, envía una carta a la empresa solicitando un puesto de práctica, relacionado con las áreas de competencia asociadas a la especialidad estudiada. A su vez, la empresa formaliza la aceptación mediante una carta convenio dirigida al Director del Liceo. Con estos dos antecedentes el estudiante en práctica puede matricularse e iniciar la elaboración del Plan de Práctica. 3. El Plan de práctica es un documento que entrega información del Liceo y de la empresa en que se realizará la práctica. Además define las áreas de competencia y las tareas que desarrollará el estudiante en práctica, las que deberán estar relacionadas con el Perfil de Egreso de la especialidad estudiada en el Liceo. Este documento deberá ser firmado y consensuado por el maestro guía de la empresa, el profesor tutor del Liceo y por el estudiante en práctica.
7 4. El Plan de práctica será elaborado en conjunto por el profesor tutor del Liceo y el estudiante y consensuado con el maestro guía de la empresa. Este Plan deberá incluir los procedimientos de supervisión, de registro y evaluación de la práctica profesional, así como los plazos y procedimientos para la elaboración, presentación y evaluación del Informe de Práctica Profesional.. 5. De manera complementaría al plan de práctica, el estudiante que realiza la práctica debe tener una "Bitácora". Este es un instrumento de seguimiento de la práctica, en el que se registran los avances logrados en relación con las actividades o tareas realizadas en la empresa. 6. La matrícula le otorga la calidad de alumno regular del liceo y da derecho a todos los beneficios de un estudiante; seguro escolar, pase escolar, becas, biblioteca, seguro de accidente, etc. 7. En el mes de Diciembre todos los/las estudiantes de 3 Nivel de Enseñanza Media Técnico Profesional deben dejar su currículo vitae actualizado con fotografía en la Unidad Técnico Pedagógica, para incorporarlo a su expediente de Titulación. En el cual deberá anotar dos o más teléfonos de contacto. 8. El alumno o alumna debe buscar un Centro de Práctica de su conveniencia, es decir, que cancelen algún tipo de honorario, que esté cerca de su domicilio, que otorgue bonos de movilización y/o colación, tenga posibilidad de contrato de trabajo, pueda adquirir una experiencia para su futuro laboral, u otros beneficios adicionales. 9. El establecimiento, dispondrá de una base de datos de Centros de Práctica para ofrecer los egresados 10. Los Centros de Práctica serán seleccionados de acuerdo a las posibilidades de crecimiento profesional y oportunidades de inserción laboral que ofrezcan a nuestros alumnos. 11. Si el egresado(a) no encuentra un Centro para realizar su práctica profesional el Liceo lo(a) enviará a uno de los que tenga disponible, para ello debe presentarse en la Unidad Técnico Pedagógica del Liceo para solicitar información al respecto. 12. La duración del período de práctica profesional no podrá ser inferior a 350 horas cronológicas ni mayor a 720 horas. 13) Excepcionalmente la dirección del establecimiento podrá eximir de la práctica profesional a quienes por razones debidamente fundamentadas y calificadas, requieren un procedimiento alternativo al desarrollo de la práctica profesional. El procedimiento alternativo podrá aplicarse a quienes demuestren poseer las competencias especificadas en el respectivo perfil profesional producto del desempeño en actividades propias de su especialidad por 720 horas cronológicas o más, presentando certificados laborales y cotizaciones previsionales por ese periodo laboral a reconocer como práctica profesional o a quienes se vean impedidos de desarrollar el plan de práctica. 13. Para aprobar la práctica profesional el alumno deberá: Profesional, a) Acreditar que ha cumplido con las 350 horas programadas en el respectivo Plan de Práctica b) Haber ejecutado satisfactoriamente las tareas y exigencias consideradas en el Plan, de acuerdo con
8 los informes emitidos por el tutor de su práctica y la evaluación entregada por el Maestro Guía de la empresa, y c) Tener aprobado el informe de práctica profesional por parte del profesor tutor. 14. Una vez aprobada la práctica profesional los alumnos obtendrán el título de Técnico de Nivel Medio correspondiente, otorgado por el Ministerio de Educación, a través de la Secretaría Regional Ministerial de Educación, para lo cual, el Liceo deberá presentar los antecedentes que forman parte del Expediente de Título; certificado de nacimiento, certificado de Concentración de Calificaciones, Plan de Práctica profesional, Informe de Práctica del profesor tutor y diploma de Título, según diseño oficial. 15. Si el alumno se retira antes de terminar sus 350 horas, deberá iniciar nuevamente el proceso de práctica lo mismo ocurre cuando no aprueba el Plan de Práctica Profesional. 16. La Práctica Profesional deberá concluir en un plazo máximo de 3 años a partir de la aprobación del respectivo plan de estudios. Si por razones debidamente justificadas el alumno no pudiera titularse en ese periodo deberá acordar con el Liceo un proceso de convalidación en el ámbito de la especialidad, acorde con las modificaciones que el Liceo haya introducido en su malla curricular. 17. Todos los certificados de estudios, certificado de práctica, certificado de nacimiento son enviados al Ministerio de Educación para su revisión y posterior Titulación del alumno o alumna. 18. Los alumnos pueden retirar todos sus certificados de estudio y de título después de la ceremonia de Titulación. 19. Las notas de titulación corresponden al promedio de la Práctica Profesional y las notas de las Asignaturas profesionales.
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