COMPLEJO EDUCACIONAL SAN ALFONSO Eyzaguirre 2879 Fono-Fax 2852 1092 www.colegiosanalfonso.cl planificacionessanalfonso@gmail.com Puente Alto REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 2018
Complejo Educacional San Alfonso Eyzaguirre 2879 Fono-Fax 2852 1092 planificacionessanalfonso@gmail.com El presente reglamento de evaluación ha sido establecido por el Director a propuesta del Consejo de Profesores, como lo establecen los decretos respectivos, (Art 2 del 511 y Art 3 del 112) En cumplimiento a lo establecido en los decretos de evaluación Nº 511 de 1999 para la Enseñanza Básica de 1º a 8º año; Nº 112 de 1999 para Iº y IIº año de Enseñanza Media y Nº 83 de 2001 para IIIº y IVº año de Enseñanza Media Técnico Profesional, el Complejo Educacional San Alfonso, aplicará las siguientes normas de evaluación y promoción escolar en materias delegadas al establecimiento. El presente reglamento se comunicará a los estudiantes, padres y apoderados mediante una reunión general al inicio del año escolar correspondiente, donde se entregará una copia del mismo y se analizará en el primer consejo de curso con su profesor/a jefe. También, una copia del documento se remitirá, para su conocimiento e información, al Departamento Provincial de Educación Cordillera. En diciembre de cada año se revisará el Reglamento de Evaluación en un Consejo de Profesores, para realizarle las adecuaciones pertinentes, en caso de necesitarlas. I. DISPOSICIONES GENERALES: a) Los estudiantes serán evaluados en todas las asignaturas, módulos o actividades de aprendizaje aprobadas en el Plan de Estudio del colegio. b) Ningún estudiante será eximido totalmente de alguna asignatura, módulo o actividad de aprendizaje. Si dado el caso, un estudiante tuviese algún impedimento físico, psíquico, u otro trastorno leve y remediable, se procederá con él o ella de modo especial, según su dificultad, haciendo uso de la evaluación diferenciada. El equipo multidisciplinario del Establecimiento, en conjunto con el profesor de la asignatura, diseñará el instrumento de evaluación. El plazo para entregar el informe médico al colegio vence el 30 de abril del año lectivo. De incorporarse el estudiante ya iniciado el año escolar, el documento debe presentarse al momento de la matrícula. c) El colegio tendrá régimen semestral. II. DE LAS EVALUACIONES Disposiciones respecto a estrategias para evaluar los aprendizajes de los estudiantes: a) La evaluación debe ser considerada como un medio para tomar decisiones oportunas, ya sea medidas de apoyo complementario, adecuación de estrategias o ajustes a los programas de estudio. b) El centro de la evaluación debe ser lo que los estudiantes realizan en el proceso y al término de este. Se determinarán mensualmente la relación entre las áreas transversales y asignaturas. c) En cada uno de los niveles se tendrá en cuenta el alcance de los contenidos y su secuencia, respetando el desarrollo evolutivo de los estudiantes.
d) Los estudiantes serán evaluados en forma permanente. Dichas evaluaciones se clasificarán en: Diagnóstica al inicio del año escolar, con el fin de establecer el nivel de logros con que se presenta el estudiante; Formativa cuando la evaluación corresponda al proceso de enseñanza-aprendizaje, en la medida en que se avance en el logro de los objetivos; y Sumativa cuando la evaluación permita medir cuantitativamente el logro de los aprendizajes al término de cada unidad. e) Se usarán todos los instrumentos evaluativos acorde a los aprendizajes de los estudiantes, como: Pruebas escritas estructuradas Rúbricas Investigaciones Portafolios Interrogaciones Salidas pedagógicas Observación directa Mapas conceptuales Disertaciones / Exposiciones Listas de cotejo Interpretaciones musicales Maquetas de proyectos Elaboración y construcción de material Pautas de evaluación didáctico y / o concreto f) Se aplicará semestralmente una Evaluación Coeficiente Dos, escrita y estructurada, en todas las asignaturas y módulos TP, impartidos por el Establecimiento, con un número de contenidos determinados, midiendo así los avances pedagógicos de cada asignatura y/o módulo. III. SISTEMA DE REGISTRO DE CALIFICACIONES a) El Complejo Educacional San Alfonso utilizará la escala de notas de 1,0 a 7,0 que dispone el Ministerio de Educación; siendo la nota mínima de aprobación 4,0 que corresponde al 60% de nivel exigencia para los logros requeridos. b) Con el propósito de privilegiar la calidad de los instrumentos evaluativos versus la cantidad de notas, en cada asignatura del Plan general y en los módulos de las especialidades se consignará la siguiente cantidad de notas mínimas por semestre, que tienen relación con el número de horas de clases semanales: Horas Semanales Evaluaciones Coeficiente 1 Evaluación Coeficiente 2 Cantidad de Notas para: 30% 60% Total de Notas 100% 2 y 3 2 1 1 2 4 4 y 5 3 1 1 3 5 6 o más 4 1 2 4 6 Los instrumentos para, al menos una de las evaluaciones coeficiente uno, pueden ser cualquiera de los detallados en el punto II. e). Además, en los módulos de las especialidades, se evaluará y/o calificará en función de las diferentes actividades prácticas realizadas durante el semestre. Todo instrumento de evaluación deberá ser conocido y aprobado por la Unidad Técnico Pedagógica. Las evaluaciones coeficiente dos se construirán en una forma, con un mínimo de 30 preguntas y un máximo de 35 preguntas, considerando una pregunta de desarrollo que apunte a evaluar la habilidad de argumentación o resolución de problemas. Dichos instrumentos deberán ser entregados a UTP con dos semanas de anticipación, para su revisión y multicopiado. En cuanto a las evaluaciones coeficiente uno, estas se deben entregar con una semana de anticipación.
Si en alguna asignatura o módulo se presenta un resultado deficiente superior o igual a un 30% de estudiantes reprobados en el curso, la situación deberá ser informada al Coordinador Académico respectivo para su análisis y procedimiento remedial único, antes de registrar las notas al Libro de Clases y al Sistema Informático SSL. c) Más allá de la calificación, el profesor deberá buscar las estrategias necesarias para que los estudiantes presenten siempre los trabajos en los plazos convenidos. El plazo máximo para entrega de trabajos, posterior a la fecha indicada por el profesor, será de 24 horas y con nota máxima 5,0; 48 horas con nota máxima 4,0. Posterior a eso, se evaluará con nota mínima, a excepción de los estudiantes que presenten certificado médico, el cual debe ser entregado al profesor de asignatura o módulo que corresponda, en un plazo de 24 horas posteriores a la evaluación. d) Siendo las pruebas y/o trabajos una instancia de aprendizaje deben ser revisados y analizados con los estudiantes dentro de un plazo no superior a 10 días seguidos. Estos trabajos deben ser evaluados utilizando una pauta de cotejo que debe ser conocida por los estudiantes. e) En el caso que una evaluación se extravíe el estudiante podrá recurrir a UTP en busca de solución en caso de que el profesor no lo resuelva, sólo después de esta instancia el docente podrá consignar la nota en el libro de clases. f) Las evaluaciones coeficiente uno deben ser informadas con anticipación a los estudiantes, cuando correspondan a una prueba estructurada. Las evaluaciones coeficiente dos deben ser informadas a los estudiantes y a los padres-apoderados con su respectivo temario de los contenidos que se evaluarán. g) Serán calificados con nota mínima aquellos estudiantes que: - Entreguen pruebas en blanco, solo con su nombre. - A la tercera oportunidad no presenten sus trabajos. - Los que no justifiquen, con sus apoderados la inasistencia a pruebas y/o entregas de trabajos, en un plazo de 24 horas posteriores a la evaluación. - Se nieguen a participar en las evaluaciones, cualquiera que sea esta, dejando constancia en Libro de Clases con firma del estudiante. Si este se niega a firmar, se requerirá la presencia de un apoyo de convivencia escolar para certificar el procedimiento. IV. PROCEDIMIENTO PARA ESTABLECER LA CALIFICACIÓN FINAL a) CALIFICACION SEMESTRAL Se obtendrá calificación semestral de la sumatoria de las notas consignadas en cada asignatura o modulo. Durante cada semestre se aplicará una evaluación coeficiente 2, en la cual se considerarán los contenidos más relevantes del semestre. La inasistencia a las pruebas se deben justificar con licencia médica o presencia personal del apoderado, citación judicial o certificado de defunción de familiar directo, hasta 24 horas después de realizada la actividad evaluativa y será recepcionado en secretaría. De no justificar la inasistencia a dicha evaluación, se le otorgará una nueva y final oportunidad, siendo esta con un nivel de dificultad del 70%. El registro de las
justificaciones será llevado por Convivencia Escolar. En cualquiera de los casos, la aplicación del instrumento no debe exceder las 72 horas. Independiente de lo anterior, el Profesor deberá dejar constancia en la hoja de vida del estudiante la no presentación a rendir las evaluaciones, con firma del estudiante testificando el hecho. En casos excepcionales la Dirección del establecimiento podrá aceptar tomar exámenes libres a algún alumno o alumna, previa consulta al Consejo de Profesores. Estas evaluaciones serán calendarizadas por UTP y entregadas o aplicadas en el mismo Establecimiento. Todo este proceso se realizará con el estudiante y el apoderado. b) CALIFICACION ANUAL Se obtendrá la calificación anual de la sumatoria de los promedios del primer y segundo semestre de cada asignatura y/o módulo de especialidad. c) PRUEBA ESPECIAL Al no alcanzar la nota mínima de aprobación de final de año en cualquier asignatura, con un máximo de dos asignaturas insuficientes, el estudiante tendrá derecho a rendir una prueba especial de acuerdo a temario entregado, la que tendrá como nota máxima cuatro coma cero (4,0); que corresponderá al valor de la nota final. Si la nota obtenida es inferior a la que el estudiante obtuvo como término de año, se considerará como nota final la de término de año. El estudiante que obtenga calificación Insuficiente en los módulos de especialidad (TP) como promedio anual, no tendrá derecho a rendir prueba especial, en las mismas condiciones señaladas en el párrafo anterior. De no aprobar el módulo de especialidad, el estudiante repite nivel. Si el estudiante no se presenta a rendir la prueba especial, se aplicará el mismo criterio que en la evaluación coeficiente 2. d) CRITERIO DE APROXIMACION Tanto en la calificación semestral y anual, la centésima igual o superior a 0,05 se aproximará a la décima inmediatamente superior. El promedio semestral y/o anual que dé como resultado 3,9 solo será elevado a 4,0 cuando corresponda a 3,95, es decir, cumpliendo con el criterio de aproximación antes señalado. Si el estudiante obtiene un 3,9 como promedio anual en una asignatura o módulo, tendrá derecho a rendir una prueba para conseguir la nota 4,0 y aprobar dicho módulo o asignatura, antes de someterse a la prueba especial. V. MODALIDAD ENTREGA DE INFORME DEL AVANCE DE LOGROS A LOS APODERADOS El Complejo Educacional San Alfonso entregará informes de notas parciales, semestrales y finales en reunión de apoderados. A aquellos estudiantes que obtengan tres promedios inferior a 4,0 en el primer y segundo semestre, en cualquier asignatura, se le hará entrega del informe de notas al apoderado en forma individual en una entrevista personal con el profesor jefe. El apoderado deberá firmar un documento que acredite que está informado de la situación de su pupilo y en donde se compromete a prestar su apoyo
para revertir la situación. Asimismo, aquellos estudiantes que tengan menos del 85% de asistencia al finalizar el primer semestre, deberán firmar una carta de compromiso junto a sus apoderados, en entrevista con el profesor jefe, para subsanar la situación, pues el exceso de inasistencia es causal de repitencia y es exclusiva responsabilidad del estudiante y su apoderado. Los informes de personalidad se entregarán semestralmente a todos los apoderados. VI. EVALUACIÓN DIFERENCIADA Se evaluará diferencialmente a aquellos estudiantes que Necesidades Educativas Especiales (NEE), de carácter temporal o permanente, las cuales serán realizadas por el profesor de asignatura y el profesor diferencial a cargo del curso respectivo. Los requisitos y procedimientos para evaluar situaciones especiales dentro del año escolar se resolverán, previa solicitud del afectado a UTP, con el mérito de los antecedentes presentados por la familia y el estudiante. VII. DE LA PROMOCIÓN a) La nota mínima de aprobación será cuatro coma cero (4,0) b) La calificación obtenida en el subsector de Religión no incidirá en la promoción escolar de los estudiantes. c) En los cursos de 7 a 8º año de Enseñanza Básica y de Iº a IVº año de Enseñanza Media se considerarán en conjunto el logro de los objetivos de los asignaturas y la asistencia a clases. VIII. LOGROS DE LOS OBJETIVOS a) Serán promovidos todos los estudiantes de 7º básico a IVº año medio que hubieren aprobado todos las asignaturas o módulos de sus respectivos planes de estudio. b) Serán promovidos los estudiantes que no hubieren aprobado una asignatura siempre que su nivel general de logros corresponda a un promedio de cuatro coma cinco (4,5) o superior, siempre y cuando esta asignatura no sea Lengua y Literatura, Lenguaje y Comunicación y/o Matemática, de ser así el promedio general deberá ser 5,0 o superior. Para efecto del promedio se considerará la asignatura no aprobada. Si el estudiante obtuvo un promedio de 3,9 en una de las asignaturas del Plan de Estudios y su nivel de logro no alcanza el promedio 4,5 o 5,0 podrá rendir una Prueba Especial que le permita alcanzar un promedio 4,0 en la asignatura o módulo reprobado. De no ser así, el promedio 3,9 bajará automáticamente a 3,8 lo que será causal de reprobación del curso. c) Igualmente, serán promovidos los estudiantes que no hubieren aprobado dos asignaturas siempre que su nivel general de logros corresponda a un promedio de cinco coma cero (5,0) o superior. Para efecto de cálculo del promedio se considerarán las asignaturas no aprobadas. No obstante lo establecido en el párrafo anterior, si entre las asignaturas no aprobadas se encuentran las asignaturas de Lengua y Literatura, Lenguaje y Comunicación y/o Matemática, los estudiantes de 7º año básico a IVº año medio, serán promovidos siempre que su nivel de logro corresponda a un promedio 5,5 o superior. Para efecto de cálculo del promedio se considerarán las asignaturas no aprobadas.
De igual manera, si el estudiante obtuvo un promedio de 3,9 en una o dos de las asignaturas del Plan de Estudios y su nivel de logro no alcanza el promedio 5,0 según lo señalado anteriormente, podrá rendir una Prueba Especial que le permita alcanzar un promedio 4,0 en la asignatura o módulo reprobado. De no ser así, el promedio 3,9 bajará automáticamente a 3,8 lo que será causal de reprobación del curso. IX. ASISTENCIA Para ser promovidos los estudiantes deberán haber aprobado los objetivos de las asignaturas y haber asistido a los menos el 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual. No obstante, en casos como embarazos, servicio militar obligatorio, becas, certámenes nacionales o internacionales, entre otros y sólo por razones plenamente justificadas y de modo oportuno por el apoderado, la Dirección del Establecimiento podrá rebajar dicho porcentaje. Los estudiantes, en todos los eventos deberán tener a lo menos un semestre aprobado. En el caso de las estudiantes embarazadas, el establecimiento otorgará todas las facilidades para concluir el año escolar, si es que se acredita mediante certificados, algún problema médico durante la gestación, dando un calendario de evaluaciones y de entrega de trabajos a través de la Unidad Técnico Pedagógica. Del mismo modo, si la estudiante o el recién nacido presentan problemas de salud posteriores al parto y que imposibiliten su retorno para concluir el año escolar, previa presentación de la documentación correspondiente, el Establecimiento entregará a la estudiante, en compañía de su apoderado dicho calendario de evaluaciones, cumpliendo con al menos un 50% de asistencia. Esta información se canalizará a través del Profesor Jefe. X. SITUACION FINAL Todas las situaciones de los estudiantes del Complejo Educacional San Alfonso, quedarán resueltas durante el transcurso del año lectivo. Al término del proceso, el Establecimiento entregará un Certificado Anual de Estudio que indicará las asignaturas y módulos de aprendizaje con las calificaciones y la situación final del estudiante. NATALI AGUILAR MONTOYA