REGLAMENTO DE EVALUACIÓN SYDNEY COLLEGE Sección del Reglamento Interno TITULO XXV NORMAS TECNICO-PEDAGÓGICAS
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- Adolfo Velázquez Blázquez
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1 TITULO XXV NORMAS TECNICO-PEDAGÓGICAS Artículo Las normativas técnico-pedagógica son aquellas normas que tienen por finalidad diagnosticar, clasificar, ejecutar, orientar, conducir, evaluar, y supervisar el proceso de enseñanza aprendizaje. PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO a. Los colegios que imparten educación pre-básicas se rigen por el Decreto Supremo 187/74, modificado por Decreto Exento 25/83. b. El colegio se ciñe a lo dispuesto en el Decreto 4002/80 y sus modificaciones: Exento 60/81, Decreto 201, Exento 22/82, y Exento 6/84. c. En el caso de los Colegios de Enseñanza Media rigen los Decretos 300/81 y el 3/84. d. Considerando que Sydney College basa su Proyecto Educacional en una filosofía Cristiana, la asignatura de Religión se impartirá en los niveles de Pre-básica, Básica y Enseñanza Media, en conformidad al Decreto Exento 190, del 3 de Noviembre de 1983, publicado en el Diario Oficial del 8 de Febrero de e. Cada profesor, haciendo uso de la flexibilidad u adaptabilidad de los planes y programas, entregará la metodología necesaria para lograr una buena calidad de aprendizaje cuyas directrices serán entregadas por la U.T.P. f. Cada profesor debe planificar las unidades de estudios, indicaciones estipuladas por la U.T.P. Artículo REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR, El establecimiento se ciñe al Decreto 146/88 en el que se basa el Reglamento del Colegio que ha sido presentado al Departamento Provincial de Educación.
2 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN MANUAL DE PROCEDIMIENTOS 1 Disposiciones Generales: ARTICULO 1: En el presente reglamento se entenderá la evaluación como: 1.1 La recolección de información para la toma de decisiones que dicen en relación con el desarrollo integral y armónico de las potencialidades de cada alumno como persona. 1.2 La medición del proceso enseñanza-aprendizaje expresado a través de un sistema de calificaciones. ARTICULO 2: El régimen de evaluación es semestral y comprende tres instancias: 2.1 Evaluación diagnóstica, la que se llevará a cabo principalmente durante las dos primeras semanas del año lectivo a través de un panorama integral del alumno y del curso incluyendo las tres áreas fundamentales (biológica, pedagógica y socio-económica). En el aspecto pedagógico sus mediciones se expresarán en términos de porcentaje de logro por conductas de entrada y no representarán calificaciones. Tendrán por objeto medir si el alumno ha logrado o no los objetivos del curso anterior, detectar alumnos con dificultades de aprendizaje o determinar quienes necesitan ayuda especializada. El profesor jefe reúne información y comunica a los profesores de asignatura en conformidad con los siguientes procedimientos: A. Aplicación de un diagnóstico general con miras a medir conductas de entrada. B. Aplicación de un diagnóstico diferenciado a aquellos alumnos que sean detectados con posibles dificultades o trastornos de aprendizaje. Este diagnóstico comprenderá las siguientes áreas: a. Escritura b. Cálculo c. Comprensión lectora d. Emocional afectiva Dentro de cada área se aplicará el instrumento pertinente a la dificultad detectada, incluyendo también pautas de observación y entrevistas, si es posible. 2.2 Evaluación formativa: Esta se llevará a cabo durante el desarrollo de cada semestre a través de todo el proceso educativo. Se hará mediante observaciones directas, guías, documentos para analizar, salidas a terreno, etc. De la evaluación formativa se espera que el profesor obtenga la retroalimentación necesaria para modificar el plan de acción cuando sea pertinente. 2.3 Existirá una confrontación constante del alumno con el logro de los objetivos a través de la observación directa y evaluación formativa. 2.4 Evaluación Sumativa: Se hará a través de instrumentos, observaciones, laboratorios, trabajos prácticos individuales y grupales, investigaciones, autoevaluación, co-evaluación y evaluación participativa, la que se llevará a cabo durante cada semestre y a su término. La calendarización de las evaluaciones serán entregadas por cada profesor a los apoderados en cada
3 reunión de microcentro. Las evaluaciones se expresarán porcentajes, siendo la calificación mínima de aprobación un 60%. Los porcentajes serán traducidos al numeral 1 7 correspondiente para efectos de informar sobre el rendimiento académico del alumno al Ministerio de Educación. Ejemplo: 100% = 7, % = 4, % = 2,0, etc. 2.5 Cada categoría de aprendizaje debe ser evaluado (Conocimiento, Habilidad y Actitud). El número de calificaciones por asignatura debe obedecer el siguiente descripción: En asignaturas con: 1 hora = 4 evaluaciones (2 conocimiento, 2 actitud) 2 horas = 7 evaluaciones (2 conocimiento, 2 habilidades, 3 actitud) 3 horas = 9 evaluaciones (2 conocimiento, 4 habilidades, 3 actitud) 4 horas = 11 evaluaciones (3 conocimiento, 5 habilidades, 3 actitud) 5 horas = 13 evaluaciones (3 conocimiento, 7 habilidades, 3 actitud) 6 o más horas = 15 evaluaciones (3 conocimiento, 9 habilidades, 3 actitud) 2.6 La nota mínima de calificación será 2,0 asignado únicamente en los siguientes casos: El alumno se presenta a la evaluación y sus respuestas están completamente incorrectas El alumno se presenta a la evaluación y se niega a contestar El alumno se presenta a la evaluación, registra su nombre y deja la evaluación en blanco. 2.7 Estas calificaciones sólo tomarán en cuenta el rendimiento escolar, entendiendo éste como el nivel de logro de los objetivos de CONOCIMIENTO, HABILIDAD Y ACTITUD. 2.8 Si un alumno falta a una evaluación avisada con anterioridad, su inasistencia debe ser justificada personalmente por el apoderado a UTP o con un certificado médico. La evaluación atrasada deberá ser rendida con las exigencias normales en el plazo que el profesor y alumno acuerden cuando se cumplan los pasos mencionados anteriormente. En caso contrario la evaluación atrasada tendrá una escala diferente (máxima calificación 60%) 2.9 Se entregará la información evaluativa en forma individual y escrita Los alumnos que presenten necesidades educativas especiales (NEE) serán derivados por el profesor jefe para una evaluación por el equipo multidisciplinario del establecimiento compuesto por profesor diferencial, fonoaudiólogo, psicólogo y psicopedagogo. El equipo multidisciplinario podrá derivar al alumno a un neurólogo si se considerare necesario. El equipo multidisciplinario determina los candidatos para ser incorporados al proyecto de integración escolar (PIE) La evaluación diferenciada consistirá en lo siguiente: En Contenido: de acuerdo a los logros de nivelación y/o a objetivos personalizados. En la Forma: de manera oral o escrita y también con trabajo de ejecución.
4 En la Situación: Individualmente, de preferencia privado y en conjunto con el resto del curso pero con mayor asignación de tiempo. La Evaluación diferenciada no es exclusiva para alumnos del PIE sino que también se incluirá en este tipo de evaluación a aquellos alumnos que presenten un notorio déficit de logros de objetivos correspondientes a su nivel. ARTICULO 3: ARTICULO 4: ARTICULO 5: ARTICULO 6: En aquellos casos en que el diagnóstico diferenciado ratifique la presencia de dificultades de aprendizaje, tales alumnos serán atendidos por sus propios profesores con el asesoramiento de la Unidad Técnico Pedagógica. Los alumnos del PIE serán evaluados de forma diferenciada por el profesor del subsector integrado al proyecto y por el docente diferencial, en concordancia con las adecuaciones curriculares pertinentes para cada uno y según la normativa vigente del MINEDUC. El total de calificaciones a consignar en cada subsector, asignatura o actividad de aprendizaje para los alumnos del PIE, serán las mismas estipuladas en el artículo 2.5 del presente reglamento, al igual que los ámbitos evaluativos. En el transcurso de cada semestre los alumnos de Pre-kinder y Kinder serán evaluados en los ámbitos de experiencias de: Formación personal y social Comunicación Relación con el medio natural y cultural ARTICULO 7: Ningún alumno quedará eximido del cumplimiento de los requisitos generales para cada asignatura/ámbito, llámese éstos ASISTENCIA, PUNTUALIDAD, PARTICIPACIÓN DE LOS PROCESOS EVALUATIVOS, ETC. 2. De las calificaciones: ARTÍCULO 5: La calificación final del año lectivo se obtendrá promediando los porcentajes finales de cada asignatura en ambos semestres. ARTÍCULO 6: Aquellos alumnos que por traslado se incorporen tardíamente durante el transcurso de un semestre deberán presentar un certificado de notas parciales y de asistencia extendido por el establecimiento de donde proviene, a fin de poder ser evaluado en dicho semestre. De lo contrario, no podrán incorporarse como alumnos regulares. 6.1 Si un alumno proviene de un establecimiento con régimen trimestral, durante el transcurso del primer semestre o del segundo semestre, sus calificaciones trimestrales serán incorporadas al régimen semestral. ARTÍCULO 7: En ningún caso podrá obtener nota final un alumno que haya sido calificado solamente en un semestre.
5 ARTÍCULO 8: Todas las calificaciones deberán ser coeficiente uno en todos y cada uno de los semestres. 8.1 Todo alumno que no tenga el mínimo de notas exigido para la evaluación semestral, deberá completar dicho mínimo, pues de lo contrario no podrá continuar el semestre siguiente. ARTÍCULO 9: Las evaluaciones de los niveles NB1 a NM4 serán ponderadas de la siguiente manera: Evaluaciones de Conocimiento tienen una ponderación del 40% Evaluaciones de Habilidades y Actitud tienen una ponderación del 60% ARTÍCULO 10: La calificación final semestral corresponderá al promedio aritmético ponderado de las evaluaciones parciales y será expresada en porcentaje o concepto (I, S, B, MB). ARTÍCULO 11: Los alumnos de séptimo básico hasta 3º medio deberán rendir un examen final en todas las asignaturas. Este examen final consistirá en una prueba escrita y/o una obra basada en los objetivos fundamentales de cada semestre. Previamente cada profesor realizará una revisión de los contenidos correspondientes durante una semana y entregará el temario respectivo a los alumnos y/o apoderados Podrán eximirse todos los alumnos que cumplan con: a) un promedio igual o superior a 93%(6,5) por asignatura. b) una inasistencia máxima de un 5% (con certificación médica oportuna o situaciones de fuerza mayor previamente justificadas por el apoderado). c) un comportamiento disciplinario óptimo demostrado al no acumular 2 o mas anotaciones graves o una (1) anotación gravísima en el sistema Los alumnos de 4º medio quedarán eximidos de dar examen a pesar de no cumplir con los parámetros de rendimiento y asistencia exigidos. Sin embargo estos alumnos rendirán examen si acumulan 2 o más anotaciones de carácter grave o su equivalente, sin considerar notas o asistencia. ARTÍCULO 12: Las calificaciones de Religión no incidirán en la promoción de los alumnos, pero serán incluidos en los informes semestrales, los certificados y actas finales. No obstante lo anterior, todos los alumnos deberán aprobar la asignatura semestral y anual. Si no lo lograra en la primera oportunidad, se le dará una segunda oportunidad. De no lograr este objetivo no podrán renovar su matrícula, o sólo lo harán en forma condicional, si así lo aprobare el Consejo de Profesores. ARTÍCULO 13: El promedio de ambos semestres se ponderará con un 80% y los exámenes con un 20% de la nota final La nota final se calculará de acuerdo al siguiente procedimiento: a. Cada promedio semestral se multiplicará por 0.8 (ponderación del 80%). Se multiplicará la calificación de los exámenes por 0.2 (ponderación del 20%). b. Para calcular el Promedio Semestral se sumarán las dos notas así ponderadas para obtener la nota final Semestral.
6 13.2 El promedio anual de cada asignatura se calculará promediando las dos calificaciones semestrales. ARTICULO 14: Los alumnos que no se presenten a rendir un examen, excepto que la ausencia sea justificada por la UTP y/o certificado médico, podrán rendir el examen en fecha posterior que determinará la UTP. 3. De la Promoción: ARTÍCULO 15: Para la promoción al curso superior, se considerarán juntamente la asistencia y el rendimiento escolar. ARTÍCULO 16: Asistencia. Para ser promovidos, los alumnos deberán asistir, a lo menos, al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual. Sin embargo, si existieran razones justificadas y debidamente certificadas, la Dirección, en consulta con el Jefe Técnico, podrá autorizar la promoción de un alumno que presente porcentajes inferiores al mínimo ya señalado La certificación de las ausencias deberá hacerse mediante la presentación oportuna del certificado médico, judicial u otro que corresponda y que acredite la razón de dichas ausencias. ARTÍCULO 17: Rendimiento: Para ser promovidos los alumnos deberán: 16.1 Haber aprobado la totalidad de las asignaturas del Plan de Estudio correspondiente Haber obtenido, a lo menos, un promedio igual a 66% (4,5), si hubiera reprobado una asignatura Serán promovidos los alumnos que hubieran reprobado dos asignaturas y su promedio sea 73% (5,0) o superior Serán promovidos los alumnos de 3º y 4º medio que habiendo reprobado 2 asignaturas, su promedio sea 73%(5,0) o superior y que además entre las asignaturas no se encuentre Lenguaje ni Matemática. En el caso de que las asignaturas reprobadas sean Lenguaje y/o Matemática el promedio general deberá ser 80% (5,5). ARTÍCULO 18: Todo alumno que repruebe más de dos asignaturas deberá repetir el curso. Si un alumno repite dos años consecutivos un curso quedará sin matrícula para el año siguiente. ARTÍCULO 19: La situación final de promoción de los alumnos deberá quedar resuelta, a más tardar, al término del año escolar correspondiente. Las situaciones especiales de evaluación y promoción, tales como las de los alumnos que deben cumplir con el Servicio Militar Obligatorio, o la de aquellos que deban ausentarse al extranjero, u otras serán resueltas por la Dirección de Sydney College, en consulta con la U.T.P. y con el Profesor Jefe respectivo. ARTÍCULO 20: Al término del año escolar, Sydney College extenderá un certificado anual de estudios que indique las asignaturas estudiadas, las calificaciones obtenidas, la asistencia alcanzada y la situación final correspondiente.
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