COLEGIO EL LLANO CORPORACIÓN MUNICIPAL DE PIRQUE

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NORMAS COMPLEMENTARIAS DEL REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR, DECRETO EXENTO N 112 DE PRIMEROS Y SEGUNDOS AÑOS DE ENSEÑANZA MEDIA.

Transcripción:

COLEGIO EL LLANO CORPORACIÓN MUNICIPAL DE PIRQUE REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ALUMNOS DE 1º Y 2º AÑO DE ENSEÑANZA MEDIA COMPLEMENTARIO AL DECRETO 112 DE 1999 TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES 1.1 Ámbito de Aplicación - El presente Reglamento de Evaluación se aplicará a los alumnos de 1º y 2º año medio en el COLEGIO EL LLANO DE PIRQUE. - El Consejo de Profesores revisará y modificará este reglamento en marzo de cada año de acuerdo a las necesidades detectadas respetando el espíritu de su Proyecto Educativo y los Planes y Programas de Estudio correspondientes. - El Reglamento de Evaluación del establecimiento será comunicado a los padres y apoderados en la matricula o a comienzo del año escolar mediante una ficha descriptiva. - El año escolar será de régimen semestral. 1.2 Procedimiento de Evaluación a) Se entenderá por evaluación, el proceso de medición del nivel de logros de aprendizajes de las destrezas, sus contenidos y sus avances, así como de sus actividades, con el objetivo de aportar información válida para la toma de desiciones y retroalimentación del proceso de aprendizaje-enseñanza. b) El enfoque evaluativo será edumétrico, entendiéndose como tal, la comprobación del logro de los Aprendizajes Esperados o/y destrezas programadas y la situación de cada alumno (a). c) En este enfoque, para determinar el logro de los aprendizajes de las destrezas, se utilizarán las evaluaciones realizadas por el profesor, la coevaluación realizada por los alumnos respecto a otro de sus pares y la autoevaluación que cada alumno (a) hace de su propio aprendizaje. d) Los procedimientos evaluativos pueden ser tipo Prueba o Test, de observación y/o de informe y permiten al alumno (a) demostrar el logro de los aprendizajes de las destrezas. Todos los procedimientos constan de instrumentos de evaluación, entre los cuales se pueden señalar, entre otros, los siguientes: listas de cotejo, pautas de observación, escalas de apreciación, mapas conceptuales, pruebas de desarrollo, pruebas de alternativas, informes escritos, informes de recopilación y/o investigación, planos, dibujos, exposiciones, conferencias, ponencias, relatos, explicaciones, obras teatrales, poemas, coreografías, presentaciones musicales o deportivas, maquetas, resolución de casos, etc. e) Los procedimientos e instrumentos de evaluación deben ser isomórficos con las habilidades, entendiéndose por tal, la congruencia que debe existir entre las estrategias de aprendizaje-enseñanza y sus formas de evaluación. TÍTULO II. EVALUACIONES a) El responsable directo del proceso evaluativo es el docente de aula quien, en trabajo de departamento de Subsector, deberá planificar y diseñar los procedimientos e instrumentos que aplicará, de acuerdo con las políticas y criterios definidos en este reglamento. Los instrumentos de evaluación de producto serán revisadas por la Coordinación Técnica. b) Una vez aplicado un procedimiento o instrumento evaluativo, el profesor registrará y entregará los resultados a los (las) alumnos (as) EN UN PLAZO MÁXIMO DE 10 DÍAS. c) Para determinar el nivel de logro de un aprendizaje, el (la) profesor (a) considerará un estándar mínimo de un 60%, que corresponderá a la nota 4.0. d) El (la) profesor (a) deberá analizar los resultados arrojados por la evaluación y propondrá un plan remedial para las calificaciones resultantes de la evaluación de prueba coeficiente 2 será considerada producto con mas de un 30% de los (las) alumnos (as) de un curso que no haya logrado nota

aprobatoria (mínimo un 4.0). El PREMA para el nuevo instrumento corresponderá a un 60% de exigencia. e) El Coordinador Técnico, considerando su función técnico-pedagógica, asesorará, sugerirá, revisará, aprobará o solicitará cambios en los procedimientos o instrumentos de evaluación de cada subsector, así como en los procedimientos remediales que estime pertinente. f) En forma bimensual, se realizará un Consejo Técnico de Evaluación para analizar el rendimiento escolar, cuyo objetivo será proponer acciones remediales en aquellos subsectores que así lo requieran. 2.1 Tipos de Evaluación a) Durante el proceso de aprendizaje-enseñanza se aplicarán los siguientes tipos de evaluación: Inicial: Se aplicará, después de la Unidad Inicial (nivelación), un procedimiento evaluativo que tendrá por finalidad establecer si los alumnos poseen los conceptos previos y las destrezas fundamentales necesarias para iniciar un nuevo proceso de aprendizaje, lo anterior para obtener información suficiente y necesaria a fin de planificar las actividades pedagógicas, en función de las particulares necesidades de los (las) alumnos (as). Además proporcionará información acerca de cómo aprenden los (las) alumnos (as). El resultado de esta evaluación inicial deberá ser registrado en el libro de clases en la hoja de registro de contenidos, donde se especifique claramente los resultados de este proceso y su Plan de Mejora. De proceso o trayecto: Se aplicará durante el desarrollo de las estrategias de aprendizaje con el fin de proveer de insumos que permitan al profesor regular su acción pedagógica; y a los alumnos, orientar sus esfuerzos de aprendizaje, haciéndoles tomar conciencia de sus logros y debilidades. La autoevaluación y la coevaluación contribuyen a este propósito. Estas evaluaciones de proceso o trayecto serán calificadas en una escala de 1 a 7, dado que nos informan acerca del desempeño de los estudiantes Serán consideradas de esta forma todas las evaluaciones parciales del semestre. Final de un proceso o producto: Es aquella que expresa en nota de 1.0 a 7.0, el nivel de logro del aprendizaje esperad o y/o habilidades. Serán consideradas final de proceso o producto las evaluaciones coeficiente 2 semetsral. Los alumnos tendrán la opción de eximirse de la prueba coeficiente 2 cumpliendo 2 requisitos: una nota promedio 5.5 y no tener nota pendiente durante el proceso. b) Todos los procedimientos evaluativos, como forma de recoger la información referente al logro de aprendizajes, debe estar en conocimiento de los estudiantes al inicio de cada Unidad de Aprendizaje. 2.2 Calificaciones a) Habrá dos tipos de calificaciones: 1. Conceptual, referida a logro de los aprendizajes, en los subsectores de religión con los conceptos: Insuficiente (I), Suficiente (S), Bueno (B) y Muy bueno (MB). 2. Numérica, referida al logro de los aprendizajes de los (las) alumnos (as), en los demás sectores y que utilizará una escala de 1.0 a 7.0, hasta con un decimal y aproximación. b) El número de calificaciones en cada subsector debe ser indicado en el siguiente cuadro: Número de horas semanales en el subsector Número mínimo de calificaciones semestrales 2 4 3 5 4 6

5 o más 6 Sin la coeficiente 2 con un máximo de las notas parciales. c) Durante el año escolar, el (la) profesor (a) de cada subsector, apoyado por el Coordinador Técnico, velará porque los Padres, Apoderados (as) y alumnos (as) cuenten con información pertinente y oportuna del logro o no logro de los aprendizajes de las destrezas en cada subsector. d) Como una forma de considerar los distintos ritmos de aprendizaje de los (las) alumnos (as), en el caso que uno (una) de ellos (as) obtenga una calificación final anual de 3,9 en algún subsector de aprendizaje, se le aplicará un procedimiento evaluativo sobre los aprendizajes mas relevantes del subsector, con el fin de decidir en conjunto con el Coordinador Técnico su calificación final. La calificación obtenida en este proceso, permitirá que el (la) alumno (a) apruebe el subsector solo con nota mínima 4.0 o mantenga la nota de presentación. (Decreto exento 112/99, Título I, Articulo 4º, Parrafo 4). Dos semanas antes de la fecha de término del semestre. e) Para evaluaciones de coeficiente 1 y 2, sumativas o de proceso, se deberá usar instrumentos como: pruebas objetivas y de desarrollo, interrogaciones, trabajos prácticos, proyectos, carpetas, informes, investigaciones, disertaciones, trabajos grupales, entrevistas, exposiciones, foros, etc. Al menos una de las calificaciones deberá corresponder a un instrumento distinto de la prueba escrita. En estos casos se debe resguardar la profundidad en el tratamiento de los temas, utilizando instrumentos que consideren todos los aspectos para asegurar el logro de los objetivos, Asimismo se debe considerar el trabajo individual y el grupal, dar los porcentajes adecuados a la complejidad y la extensión de los objetivos. Todos los trabajos prácticos deben tener asociado un instrumento de evaluación que debe ser previamente conocido. f) Las evaluaciones podrán tener carácter individual (de cada alumno con respecto al mínimo establecido por el Profesor) o normativa (en relación con los logros del curso). Se evaluarán capacidades, habilidades, contenidos, métodos, procedimientos, valores y actitudes. Pero no se calificarán actitudes ni valores. g) La calificación obtenida por el (la) alumno (a) en el subsector de religión, no incidirá en su promoción escolar, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo de Educación Nº 924/83. h) Las notas obtenidas por los alumnos podrán ser modificadas o anuladas por el Profesor de asignatura informándole de ello al Coordinador Técnico, cualquier situación especial de evaluación debe ser estudiada por la Coordinación Técnica. Ante cualquier duda o reclamo por parte del alumno(a) o apoderado se sigue el conducto regular (Profesor de Asignatura, Profesor Jefe y Coordinación Técnica). i) En todo trabajo de investigación además de los aspectos propios del subsector, el Profesor deberá considerar los siguientes criterios: - Establecer previamente objetivos claros y precisos. - Presentar a los alumnos la pauta de evaluación. - Proporcionar bibliografía suficiente y adecuada. - Exigir elaboración personal del alumno y no aceptar transcripciones, fotocopias del contenido de textos o copias textuales de páginas de Internet, con las direcciones o bibliografía consultada. - Para calificarlos se sugiere agregar la defensa oral del tema. Cada criterio es parte de la Pauta de Evaluación: 1. El trabajo cumple con los objetivos dados? 2. El trabajo presenta un mínimo de tres fuentes bibliográficas diferentes? 3. En el trabajo se observa elaboración personal? 4. El alumno es capaz de hacer una defensa oral del tema? j) Los alumnos llevarán una calificación mensual como mínimo en cada subsector las que serán informadas por el Profesor Jefe en la reunión mensual de apoderados, mediante el Informe de Notas.

k) Los alumnos obtendrán las siguientes calificaciones: Acumulativas y/o Sumativas: son calificaciones de proceso que se realizan en la clase por tareas, desarrollo de guía, laboratorios, interrogaciones u otros trabajos de menor complejidad que dan lugar a una nota de coeficiente 1. Del mismo modo se podrán calificar con nota acumulativa las interrogaciones orales o escritas basadas en contenidos de la clase anterior. Pruebas Parciales: corresponderán a las calificaciones coeficiente 1 que el alumno obtenga durante el semestre Prueba Coeficiente 2: global de síntesis semestral. Se puede eximir con nota final 5.5 Pruebas Finales: serán el resultado del promedio aritmético de los dos semestres con aproximación al decimal superior. Promedio General: corresponderá al promedio aritmético, con aproximación, de las calificaciones finales de cada asignatura, en ambos semestres. l) Se podrá calificar la revisión de cuadernos, tareas, carpetas y otros trabajos de menor complejidad con nota acumulativa o porcentaje que se traducirá en calificación parcial. m) Los alumnos deberán ser informados previamente sobre la fecha, los contenidos y el tipo de instrumento de evaluación que se utilizará. Una vez acordada la fecha no habrá postergación. Será registrada por el Profesor de asignatura en el calendario del curso en Libro de Clases. Ante situaciones de excepción resolverá la Coordinación Técnica. n) Sólo podrá aplicarse una evaluación de coeficiente dos en un día. Se calendarizarán con anticipación las fechas de aplicación. o) Los alumnos que no se presenten a rendir prueba en la fecha fijada, deberán realizarla en cuanto asistan a clases, lo anterior siempre y cuando el apoderado haya justificado su inasistencia en Inspectoría, mientras no ocurra lo último el alumno registrará una nota minina en el libro equivalente a un 1,0. Se excluyen de esta disposición los alumnos cuyos apoderados hayan presentado en Inspectoría el certificado médico u otro documento que acredite que la inasistencia obedeció a causa justificada, que le impedía estudiar, en cuyo caso los alumnos deben acudir a la Coordinación Técnica para recibir un calendario especial de pruebas que los profesores de asignatura deben aplicar en la fecha fijada. Los alumnos que deban concurrir a eventos para representar al Colegio, deberán informar al Coordinador Técnico y así realizar la postergación de la evaluación. Se debe salvaguardar el cumplimiento del proceso escolar y favorecer la participación de los jóvenes. Primer jueves de cada mes, se tomarán las pruebas atrasadas fuera del horario de clases y debidamente justificadas. p) El alumno que sea sorprendido copiando en prueba o adultere maliciosamente la evaluación, será sometido a una prueba o interrogación en el momento que el profesor de la asignatura lo determine y en este caso no rige el párrafo I. (con un 70% de exigencia). q) En el caso de que los alumnos se presenten sin el material de trabajo correspondiente a los subsectores diferentes o falten a clases, deberán realizar una actividad alternativa que el Profesor del Subsector entregará. r) Los Talleres de Apoyo Pedagógico (Lenguaje y/o Matemática) que se definen por la JEC serán de apoyo a los sectores asociados. Las calificaciones que se obtengan en estos talleres serán promediadas y el resultado irá como una nota parcial coeficiente 1 en el subsector correspondiente. 2.3 Registros e Informes a) Los resultados de cada una de las calificaciones de los aprendizajes serán registrados en el Libro de Clases respectivo, indicándose al pie de la columna de calificaciones el tipo de evaluación, esto debe ser congruente con la consignación en registro de contenidos del libro de clases. Esto debe ser supervisado mensualmente por jefe UTP. b) El profesor jefe y de asignatura de cada curso velará por la actualización periódica de las calificaciones en el sistema de registro digital de calificaciones. c) Los Padres y Apoderados deben ser informados acerca del estado de avance de los aprendizajes de sus pupilos o pupilas, en períodos bimensuales, mediante el informe de calificaciones parciales.

2.4 Ausencias a Procedimientos y/o Actividades de Evaluación a) La ausencia de un (a) alumno (a) a procedimientos y/o actividades de evaluación previamente avisadas, deberá ser justificada hasta 48 horas después de cada evaluación, con certificado médico o con concurrencia del Apoderado (a) al establecimiento. Si esto no ocurriera, el estudiante registrará una nota minina en el libro equivalente a un 1,0 hasta que el apoderado asista y justifique la ausencia. b) El (la) alumno (a) que justifique su ausencia en la fecha de la evaluación se le aplicará un instrumento de evaluación con la misma exigencia con la cual fue medido el curso. La fecha en que el (la) estudiante deberá rendir la evaluación será la indicada por UTP (1 jueves o viernes del mes siguiente). TÍTULO III. CALIFICACIONES FINALES a) La calificación final en cada subsector se determinará como promedio aritmético de las calificaciones obtenidas en cada semestre, en una escala de 1.0 a 7.0 con un decimal y aproximación. El mismo criterio se aplicará para la calificación denominada promedio general. (Decreto Exento 112/99, Título I, Artículo 5º).Una vez realizados los procesos remediales de la prueba coeficiente 2 en cada uno de los semestres. b) La nota de aprobación es el 4.0 (Decreto exento 112/99, Título I, Artículo 4º, Parrafo 6). 3.1 Procedimiento de calificación final a) La calificación final es el resultado de un proceso. 3.2 Evaluación Diferenciada y Eximiciones a) En casos debidamente justificados, el Director del Establecimiento, podrá eximir de hasta un subsector de aprendizaje a los (las) alumnos (as) que acrediten tener dificultades de aprendizaje o problemas de salud, debida y oportunamente fundamentados, con certificado de un médico, de un psicólogo, de un psiquiatra o de un psicopedagogo. b) La alumna que, durante el transcurso del año lectivo, adquiera la situación de embarazada, podrá eximirse del requisito de asistencia regular a clases. Sin embargo, deberá presentarse a todas las evaluaciones correspondientes a su curso, en fechas y condiciones acordadas previamente con el Coordinación Técnico, de acuerdo a un calendario concensuado entre los profesores de asignatura, profesor jefe y UTP.que consideren un plan de evaluación que contemple al nivel correspondiente. c) Se entenderá por evaluación diferenciada la adecuación del procedimiento evaluativo a las condiciones solicitadas por el especialista, de modo tal que sea acorde con la dificultad que presenta el (la) alumno (a). (Decreto Exento 112/99, Título I, Articulo 4º, Párrafo 9). Los alumnos que tengan impedimentos y que no sean eximidos, se les aplicarán procedimientos de evaluación diferenciada adecuados a las características del trastorno, dificultad, diferencia o impedimento que presentan y a su relación con la asignatura o actividad (motores, visuales, de audición y lenguaje). La variación requerida debe estar en la evaluación, como también en los métodos y recursos empleados, pero los objetivos y contenidos serán los mismos. Para diseñar la evaluación diferenciada se debe tener presente que es sinónimo de diferenciar: variar; diversificar, distinguir, desigualar, desemparejar y diferir. El instrumento será diseñado por el Profesor de Asignatura y aprobado por la Coordinación Técnica del Colegio. TÍTULO IV. PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN a) Para la promoción de los (las) alumnos (as) de 1º y 2º Año Medio se considerará conjuntamente la calificación anual de los subsectores de aprendizaje y la asistencia a clases. (Decreto Exento 112/99, Título II, Artículo 8º). b) Serán promovidos los (las) alumnos (as) que:

1. Las alumnas que no puedan asistir regularmente antes de la fecha pre-natal o posterior al post-natal sin justificativo médico. La alumna que no presente los trabajos y/o pruebas en la fecha estipulada será calificada con nota mínima. 2. Hubieran aprobado todos los subsectores de aprendizaje de su respectivo plan de estudios. 3. No hubieran aprobado un subsector, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4.5 o superior. Para efectos del cálculo del promedio se considerará la calificación obtenida en el subsector de aprendizaje no aprobado. 4. No hubieran aprobado dos subsectores, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5.0 o superior. Para efectos del cálculo del promedio se considerará la calificación obtenida en los subsectores de aprendizaje no aprobados. 5. Aún en el caso de haberse aplicado pruebas especiales, existen alumnos o alumnas con las siguientes situaciones de promedios anuales: a) 4.4 con un subsector reprobado b) 4.9 con dos subsectores reprobados El Coordinador Técnico en conjunto con el Director del Establecimiento, el profesor jefe y el departamento de orientación, resolverán estas situaciones limítrofes, con el fin de decidir su calificación final y su promoción. c) Para ser promovidos (as) los (las) alumnos (as) deberán asistir, a lo menos, al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual, hubiese sido o no justificada la inasistencia. No obstante, previa autorización del Director y consultado al Consejo de Profesores, podrán ser promovidos aquellos (as) alumnos (as) que no hayan alcanzado el porcentaje mínimo de asistencia y que hubieran justificado debida y oportunamente las ausencias. Con todo, el porcentaje de inasistencia en ningún caso podrá ser inferior al 75%. (Decreto Exento 112/99, Título I, Artículo 4º, Párrafo 10). d) Igualmente, serán promovidos (as) los (las) alumnos (as) que por situaciones especiales tales como: ingreso tardío a clases, finalización anticipada del año escolar, servicio militar, certámenes nacionales e internacionales, no hayan cumplido con los porcentajes de asistencias indicados en el artículo anterior, pero que han dado cumplimiento en forma satisfactoria a los procedimientos evaluativos programados por la unidad educativa especialmente para estos caso (siempre que no excedan el 25% de inasistencia). e) La situación final de promoción de los (las) alumnos (as) deberá quedar resuelta al término de cada año escolar. Una vez finalizado el proceso, el establecimiento educacional entregará a todos los (las) alumnos (as) un certificado anual de estudio que indique los subsectores de aprendizajes, las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente. f) Solo podrán solicitar finalizar anticipadamente el año escolar, los alumnos que cumplan con los siguientes requisitos: Tener un porcentaje de asistencia superior al 85% hasta la fecha o bien tener justificativos médicos en la fecha establecida. Presentar notas aprobatorias del 1 semestre. Presentar antecedentes socioeconómicos, médicos, psicológicos que justifiquen su solicitud. Cumplan con calendario previamente establecido de entrega de trabajos y/ o pruebas. El certificado anual de estudio no podrá ser retenido por ningún motivo. Pirque, diciembre 2012.

COORDINADOR TÉCNICO