REGLAMENTO DE EVALUACIÓN ENSEÑANZA PREESCOLAR ESCUELA DE LENGUAJE Y PARVULOS LA VILLETTE 2013
INTRODUCCION La Escuela Especial de Lenguaje y Párvulos N 177 La Villette que atiende, por una parte, en su área de Educación Especial, a los niveles Medio Mayor, Primer Nivel de Transición y Segundo Nivel de Transición con Necesidades Educativas Especiales de tipo transitoria (T.E.L.) se rige por la Ley 20.101, Decreto Supremo Nº 170/2009, y el Decreto Exento Nº 1300 de 2002 Planes y Programas de Estudios para alumnos con necesidades educativas especiales de carácter transitorio, siendo éstos Trastornos del lenguaje de tipo expresivo o mixto, los cuales estipulan que se atenderán menores cuyas edades oscilan entre los tres años y cinco años once meses, según Decreto N 332/2011. Y en el área de Párvulos, que atiende a Primer y Segundo Nivel de Transición, regidos según Decreto Nº 289 del 29 de Octubre de 2001; se concibe la evaluación como un proceso permanente, continuo, sistemático y flexible, mediante el cual se obtiene y analiza información relevante sobre todo el proceso de enseñanza-aprendizaje, fundamentado en la Bases Curriculares de la Educación Parvularia.
Art. 1 Objetivo de la Evaluación Se asume la evaluación como un proceso continuo de observación, monitoreo y establecimiento de juicios profesionales sobre el estado del aprendizaje de los estudiantes, inferido a partir de lo observado en sus trabajos, desempeños, actuaciones e interacciones en clase. Por tal razón, la recolección de información, dará cuenta de los aprendizajes de los estudiantes a través de diversas instancias de evaluación, actividad que facilitará al docente argumentar y fundamentar los juicios evaluativos respecto de cuanto conocen, cuanto hacen y cuanto valoran lo que hacen sus estudiantes. De lo anterior se desprende el objetivo del presente reglamento de evaluación, que consiste básicamente en especificar y describir los procedimientos, instrumentos, normativas e instancias de evaluación utilizados en la Escuela de Lenguaje y Párvulos N 177 La Villette Art. 2 Referente a las edades de ingreso: Decreto N 332/2011 En el área de Educación especial de Lenguaje, las edades de ingreso son las siguientes según el nivel al que asistan: o Nivel Medio Mayor: 3 años o Primer Nivel de Transición: 4 años o Segundo Nivel de Transición: 5 años En el área de Educación Parvularia, las edades de ingreso son las siguientes según el nivel al que asistan: Art. 3 o Primer Nivel de Transición: 4 años o Segundo Nivel de Transición: 5 años
Referente a los requisitos de ingreso: Para el área Especial de Lenguaje, los estudiantes deben cumplir los siguientes requisitos de ingreso: a. Edad acorde al nivel y cumplida al 31 de marzo del año lectivo correspondiente. b. Diagnóstico de Trastorno Específico del Lenguaje (mixto o expresivo), realizado por profesional idóneo c. Certificado médico que descarte el Trastorno de Lenguaje como secundario a algún síndrome o enfermedad. d. Evaluación pedagógica y psicopedagógica inicial Para el área de Educación Parvularia, los estudiantes deben cumplir los siguientes requisitos de ingreso: a. Edad acorde al nivel y cumplida al 31 de marzo del año lectivo correspondiente. El Director/a del establecimiento Educacional está facultado para ingresar niños/as hasta el 30 de junio, previa evaluación e informando al Departamento de Educación Provincial correspondiente. Art. 4 Referente a los momentos de evaluación del proceso educativo I De la Escuela Especial de Lenguaje a) Evaluación Inicial: Se entenderá como aquella evaluación que se aplicará al inicio del año escolar del alumno/a, donde se evaluarán todos los ámbitos con el objetivo de explorar los conocimientos previos o conductas de entrada que tiene el niño/a para enfrentar nuevos aprendizajes; se considerarán además las siguientes evaluaciones: - Evaluación fonoaudiológica - Evaluación pedagógica de ingreso - Evaluación Sicopedagógica - Evaluación diagnóstica
Evaluación Fonoaudiológica: Es la evaluación que realiza el fonoaudiólogo del establecimiento con la finalidad de determinar si existe o no trastorno de lenguaje y proceder con el ingreso del niño/a a la escuela. De acuerdo a esta evaluación existen dos tipos de trastornos: - Trastorno Específico del Lenguaje de tipo Expresivo - Trastorno Específico de Lenguaje de tipo Mixto Evaluación Pedagógica de Ingreso: Es una prueba que aplica la docente especialista a todos los alumnos que ingresan a la escuela y la cual permitirá conocer las conductas de entrada y los conocimientos previos de nuestros niños/as. Esta prueba se presenta en diferentes formatos para los distintos niveles de enseñanza: Medio Mayor; Primer Nivel de Transición y Segundo Nivel de Transición. Evaluación sicopedagógica: Esta evaluación se realizará durante la primera semana de marzo aplicándosele a todos los alumnos en cada uno de los deferentes niveles, realizando actividades integradoras con el fin de evaluar los distintos ámbitos y núcleos del aprendizaje utilizando como instrumento una prueba objetiva. b) Evaluación Formativa: Proceso permanente y constante, entrega información sobre cómo se desarrolla el proceso de enseñanza aprendizaje de cada alumno. Permite recoger información, analizarla y tomar las mejores decisiones que aseguren el aprendizaje de nuestros niños/as y el buen desarrollo del proceso pedagógico. - Plan Pedagógico: Se evaluará semestralmente cada uno de los ámbitos de aprendizaje, con entrega de informes pedagógicos en los meses de julio y diciembre. La evaluación del mes de julio se realiza mediante pautas de evaluación y en el mes de diciembre se realiza mediante una prueba de nivel. Además de estos tipos de evaluación, en forma diaria, cada docente evalúa sus actividades a través de la observación directa, pautas de cotejo, etc. lo que le permite a cada educadora conocer el logro de los aprendizajes de cada uno de sus alumnos/as. - Plan Específico: Se evaluará el tratamiento que realiza el fonoaudiólogo/a y la profesora especialista a todos los niños que presentan TEL, se trabajan todos los niveles del Lenguaje y las dificultades específicas que presenten cada uno de los
niños/as. Este tratamiento es evaluado mediante la observación directa y la aplicación de instrumentos de evaluación standarizados y exigidos por el Mineduc, el registro de éste se realizará en una hoja individual para cada alumno. La evaluación del plan específico se realiza de forma trimestral entregando los estados de avance en los meses de junio, septiembre y diciembre. 1. De los instrumentos de evaluación utilizados: - Evaluación fonoaudiológica: a) Test para la comprensión auditiva del lenguaje (TECAL) b) Screening test of Spanish grammar (S.T.S.G) c) TREPOSIF R d) Pauta de Observación de Habilidades pragmáticas e) Pauta de observación directa f) Anamnesis g) Otros.. - Evaluación pedagógica: a) Prueba pedagógicas (medio mayor, primer nivel de transición y segundo nivel de transición) b) Pauta de evaluación por nivel c) Observación directa 2. De los criterios de evaluación: Los resultados de los informes pedagógicos realizados se expresan de acuerdo a los siguientes criterios de evaluación: L : Logrado. Alcanza el objetivo propuesto permanente y en forma continua O/D : Objetivo en desarrollo. Alcanza medianamente el objetivo propuesto N/L : No logrado. No se logra el objetivo propuesto N/E : No evaluado. No se evaluó el objetivo propuesto II DE LA ESCUELA DE PARVULOS 1. De la evaluación: - Régimen semestral
2. Consideramos diversas formas de evaluar a) Evaluación Inicial: Se entenderá como aquella evaluación que se aplicará al inicio del año escolar en todos los ámbitos con el objetivo de explorar los conocimientos previos o conductas de entrada que debe tener el alumno para enfrentar nuevos aprendizajes considerándose las siguientes evaluaciones: - Evaluación pedagógica de ingreso - Evaluación Evaluación pedagógica de ingreso: prueba que realiza la docente especialista y es aplicada a todos los alumnos al momento de ingresar a la escuela de Párvulos en sus respectivos niveles: primer nivel de transición y segundo nivel de transición. Esta prueba permitirá conocer las conductas de entrada y los conocimientos previos de nuestros alumnos. Evaluación diagnóstica: durante las primeras semanas de marzo se realizará la evaluación para todos los alumnos de cada nivel realizando actividades integradoras con el fin de evaluar los distintos ámbitos y núcleos del aprendizaje utilizando como instrumento las pautas de evaluación. b) Evaluación Formativa: Proceso permanente y constante, entrega información sobre cómo se desarrolla el proceso de enseñanza aprendizaje de cada alumno. Permite recoger información, analizarla y tomar las decisiones que aseguren el buen desarrollo del proceso pedagógico. - Plan pedagógico: la evaluación se realizará semestralmente, con entrega de informes pedagógicos en los meses de julio y diciembre. La evaluación del mes de julio se realiza mediante pautas de evaluación y en el mes de diciembre la evaluación se realiza mediante una prueba de contenidos. Además de estos tipos de evaluación, en forma diaria cada docente evalúa sus actividades a través de la observación directa lo que le permite conocer el logro de los aprendizajes de cada alumno.
c) De los instrumentos de evaluación utilizados: - Evaluación pedagógica: d) Prueba pedagógicas (medio mayor, primer nivel de transición y segundo nivel de transición) e) Pauta de evaluación f) Observación directa g) De los criterios de evaluación: Los resultados de los informes pedagógicos realizados se expresan de acuerdo a los siguientes criterios de evaluación: L : Logrado. Alcanza el objetivo propuesto permanente y continuo O/D : Objetivo en desarrollo. Alcanza medianamente el objetivo propuesto N : No logrado. No se logra el objetivo propuesto N/E : No evaluado. No se evaluó el objetivo propuesto Art. 5 Referente a los instrumentos de evaluación Pruebas formales: Pedagógica, psicopedagógica y Pautas de nivel. Lista de Cotejo: Instrumento estructurado que incluye listado de indicadores o conductas específicas que se consideran como fundamentales en función al logro de un objetivo determinado. Por tanto, en relación con una situación previamente definida, se registra la presencia o ausencia de esas conductas. Escala de Apreciación: Instrumento que sirve para destacar aspectos importantes del ajuste cognitivo y socio-emocional del niño y niña y constituye una modalidad más de registrar observaciones. En relación con los objetivos planteados, se registra el grado en que se han cumplido. Registro Anecdótico: Se utiliza en situaciones previamente definidas, anecdóticas o de comportamiento, que puede ayudar en un seguimiento de caso o de especial interés.
Art 6 Referente a la evaluación diferenciada (Proyecto de Integración Escolar, PIE) Los estudiantes con NEE (trastorno motor, alteraciones del Lenguaje, déficit auditivo, entre otros) que pertenecen al Proyecto de Integración, tienen las siguientes disposiciones técnicas, según Decreto 490/90 que establece normas pedagógicas y evaluativas para la integración de alumnos: ~ Flexibilidad y adecuación curricular ~ Evaluación diferenciada ~ Apoyo pedagógico especializado Será el Equipo de Apoyo e integración, en conjunto con el Supervisor(a) del Departamento Provincial quienes dispongan la modalidad de opción de integración para el estudiante con NEE. Art 6 Referente a la entrega de información y/o resultados del proceso de evaluación a) Al finalizar cada trimestre se entregará a los padres y apoderados un informe cualitativo Fonoaudiológico (Plan Especifico), que consigna los aspectos del Lenguaje trabajados y la evolución de ellos durante el trimestre.- También indicará sugerencias para el apoderado que permitan mejorar su compromiso con el tratamiento. b) Al finalizar cada semestre se entregará a los padres y apoderados un informe Pedagógico (Plan General), que consignará en cada ámbito y Núcleo de Aprendizaje la evolución del estudiante, emitido en términos cualitativos y conceptuales. El primer informe se realizará en el mes de Julio y el segundo en el mes de Diciembre. c) Durante cada semestre y en reunión mensual de Apoderados se entregará una apreciación cualitativa general de la evolución alcanzada por el estudiante. Art 8 Referente a la promoción de estudiantes Para la promoción de los alumnos al nivel superior será considerado el logro de los objetivos Pedagógicos (Plan general) y de los objetivos específicos (Plan específico fonoaudiológico y pedagógico)-
a) El egreso de los alumnos de la Escuela de Lenguaje, deberá ser consensuado por el Gabinete Técnico y se egresarán a los niños y niñas sólo anualmente (diciembre). b) Los alumnos serán dados de alta previa reevaluación fonoaudiológica y pedagógica según corresponda, finalizando el año escolar en esta escuela de lenguaje. c) Serán promovidos los alumnos que hayan aprobado todos los Ámbitos Núcleos y Aprendizajes Esperados del Plan de Estudio en vigencia., y su asistencia sea acorde a la normativa. d) Todas las situaciones de evaluación y promoción de los alumnos quedarán resueltas antes de terminar el año escolar correspondiente. e) La Situación Final de promoción de los alumnos quedará resuelta al término de cada año escolar, esta será informada junto con el Informe Pedagógico y Fonoaudiológico Semestral.