1 Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción Escuela Hermanos Carrera 2018
2 Angol Reglamento de evaluación, Calificación y Promoción Índice I. Objetivos... 3 II. Normas Generales... 3 III. De la Evaluación... 4 IV. De las calificaciones... 6 V. De la Promoción...8 VI. Del uso y Cuidado de útiles escolares... 8
3 Título I: Objetivos Artículo 1: El presente reglamento de evaluación, calificación y promoción tiene por objetivos: 1.1 Favorecer los aprendizajes de todos los alumnos, atendiendo las diferencias individuales. 1.2 Servir de referencia, tanto para los alumnos como para los profesores. 1.3 Favorecer la aplicación de procedimientos evaluativos, en sus múltiples enfoques, herramientas e intencionalidad. 1.4 Optimizar la atención de alumnos con necesidades educativas especiales, desde una perspectiva de evaluación, calificación y promoción. Título II: Normas Generales Artículo 2: El presente reglamento de Evaluación, calificación y promoción de los alumnos de la Escuela Hermanos Carrera de Angol, de la enseñanza Parvularia y Básica se formula de acuerdo a las normas promulgadas por el Ministerio de Educación contenidas en los Decretos Nº83 del 06 de Marzo del 2001, Nº112 exento del 20 de Abril de 1999 (Modificado por el decreto Nº158 del 21 de Junio de 1999) y Nº511exento del 11 de Mayo de 1997 (modificado por el decreto Nº 158 del 21 de Junio de 1999 y por el decreto 107 exento, del 20 de febrero de 2003, decreto exento N 83, del 30 de enero del 2015.- Artículo 3: La Escuela informará por escrito, sobre el presente Reglamento a cada Alumno, Apoderado y Profesor, a objeto que se tome debido conocimiento de él.
4 Título III: De la Evaluación El Establecimiento aplicará procedimientos evaluativos de tipo Diagnóstico, Formativo y Sumativo, en todos los niveles de enseñanza. La Evaluación Diagnóstica se realiza previamente al desarrollo de un proceso educativo, y tiene un doble objetivo; por un lado, pretende reconocer si los alumnos poseen, al iniciar el proceso educativo, una serie de conocimientos, necesarios para poder asimilar y comprender en forma significativa los nuevos conocimientos, y permite además valorar los conocimientos previos de los alumnos. La Evaluación Formativa es aquella que se realiza constantemente durante el proceso educativo y que por lo tanto, debe considerarse una parte reguladora y consustancial del proceso. Este tipo de evaluación favorece la retroalimentación del proceso de enseñanza-aprendizaje, permitiendo identificar como está ocurriendo el proceso de construcción de aprendizajes por parte de los alumnos. La Evaluación Sumativa es aquella que se realiza al finalizar una etapa del proceso educativo, y tiene por objetivo determinar el valor de ese producto final, de una manera cuantitativa. Permite la certificación o calificación de los alumnos al término de una unidad o de un tiempo determinado. Dentro de este tipo de evaluación se podrán contemplar procedimientos de evaluación diferenciada para ser aplicadas a alumnos o alumnas con NEE de aprendizaje; los que serán diseñados de acuerdo a los informes emitidos por los profesionales pertinentes. Esta evaluación se aplica con el fin de medir los aprendizajes en el contexto de adecuación curricular implementada.
5 Artículo 5: El Calendario anual de Evaluación se dividirá en dos Semestres. Artículo 6: En el establecimiento, los alumnos desde el nivel NT1 hasta 8º año de enseñanza básica serán evaluados en forma periódica con diversos procedimientos o instrumentos, coherentes con el aprendizaje de contenidos conceptuales, procedimentales y actitudinales. Artículo 7: El logro de los Objetivos Fundamentales Transversales se registrará en el informe de Desarrollo personal y social del alumno, el que se entregará anualmente a los padres y apoderados. Artículo 8: Los resultados académicos de los alumnos se informarán a los padres y apoderados, por escrito, en las reuniones mensuales de Mayo, Junio, Octubre y Noviembre. Cada informe deberá consignar calificaciones en cantidad proporcional al tiempo transcurrido, mas Anotaciones en la Hoja de Vida y Asistencia. Artículo 9: Las Evaluaciones deberán ser informadas a los alumnos con una semana de antelación y ser registradas en su diario escolar. Toda Evaluación deberá contener los contenidos a evaluar. Artículo 10: El Docente tendrá un tiempo máximo de ocho días para hacer entrega de las calificaciones a los alumnos. Dicha entrega será acompañada de un análisis de la respectiva evaluación, la cual será firmada por cada alumno y posteriormente entregada al Equipo de Gestión. Junto con la evaluación se debe adjuntar una planilla con los niveles de logro alcanzados (expresados en porcentajes); entiéndase por niveles de logro los siguientes: a) Insuficiente: notas inferiores a 4.0 b) Suficiente : notas entre 4.0 y 4.9 c) Elemental: notas entre 5.0 y 5.9 d) Adecuado: Notas entre 6.0 y 7.0 Artículo 11: Los talleres de Libre Elección deberán registrar dos calificaciones semestrales. Los instrumentos de evaluación utilizados deberán ser
6 informados, revisados y visados por el Equipo de Gestión antes de su aplicación y deberán seguir el mismo conducto del artículo 10. El promedio obtenido en el Taller de libre elección se agregará al subsector con el que tenga mayor relación. Artículo 12: Los alumnos tendrán derecho a rendir dos evaluaciones diarias como máximo. Artículo 13: Los alumnos que no hayan rendido una evaluación por inasistencia, deberán rendirla al primer día de asistencia al subsector correspondiente, previa justificación del apoderado. Título IV: De las Calificaciones Del mismo modo en que existen distintas estrategias para evaluar, podemos definir diversas modalidades para expresar a los alumnos y apoderados los resultados de dichas evaluaciones. Estas pueden ser en términos cualitativos (apreciación narrativa) o cuantitativos (notas). Artículo 14: Los alumnos de NT1 y NT2 (Educación Parvularia) serán evaluados con conceptos de: a) TL= Totalmente Logrado b) PL= Parcialmente Logrado c) NL= No Logrado d) NE= No Evaluado Los resultados serán comunicados a través de un informe escrito, elaborado por la Educadora del Nivel, a fines de cada Semestre. Artículo 15: Para calificar a los alumnos de 1º a 8º básico, se utilizará en todos los subsectores el plan de estudios del Ministerio de Educación. Se utilizará una escala numérica de 2.0 a 7.0, con un decimal. Estas
7 calificaciones deberán referirse solamente a los objetivos y contenidos conceptuales y procedimentales. La Calificación mínima de aprobación es un 4.0, considerando que ésta representa el 60% de logro de los objetivos evaluados y calificados. La asignatura de Religión será calificada semestral y anualmente en Conceptos, de acuerdo a la siguiente Tabla de Conversión: 1,0 a 3,9 : Insuficiente (I) 4,0 a 4,9: Suficiente (S) 5,0 a 5,9: Bueno (B) 6,0 a 7,0: Muy Bueno (MB) Artículo 16: La Escuela utilizará los siguientes promedios de calificaciones semestrales: A. Promedios Semestrales: Es el promedio aritmético de las calificaciones en asignaturas de aprendizaje, obtenidas durante un semestre. B. Promedios de Calificaciones Finales y/o Anuales: Es el promedio aritmético de los promedios de calificaciones semestrales de cada subsector de aprendizaje. En este promedio no se considera el subsector de Religión. C. Promedio General: corresponde a la suma de los promedios finales de cada subsector de aprendizaje, dividido por el número de subsectores del plan de estudio correspondiente, excluido el subsector de Religión.
8 D. Artículo 17 E. En 1º y 4º básico las calificaciones mínimas y máximas semestrales en cada subsector serán las siguientes: Subsector Nº de horas semanal es Nº de Notas Lenguaje y 8 9 Comunicación Inglés 2 4 Matemáticas 8 9 Cs. Naturales 3 4 Historia, Geog. y Cs. 3 4 Sociales Ed. Tecnológica 1 4 Artes Visuales 2 4 Música 2 4 Ed. Física 4 6 Taller JEC 2 1 Religión 2 4
9 Artículo 18 En 5º y 6º básico las calificaciones mínimas y máximas semestrales en cada subsector serán las siguientes: Subsector Nº de horas semanal es Nº de Notas Lenguaje y 7 8 Comunicación Inglés 4 6 Matemáticas 7 8 Cs. Naturales 5 6 Historia, Geog. y Cs. 5 6 Sociales Ed. Tecnológica 1 4 Artes Visuales 1 4 Música 1 4 Ed. Física 2 4 Taller JEC 2 1 Religión 2 4
10 Artículo 19 En 7º y 8º básico las calificaciones mínimas y máximas semestrales en cada subsector serán las siguientes: Subsector Nº de horas semanal es Nº de Notas Lenguaje y 7 8 Comunicación Inglés 3 5 Matemáticas 7 8 Cs. Naturales 5 6 Historia, Geog. y Cs. 5 6 Sociales Ed. Tecnológica 1 4 Ed. Artística 1 4 Ed. Física 2 4 Taller JEC 2 1 Religión 2 4 Artículo 20: Todo procedimiento evaluativo (disertación, informes de investigación y otros) deberá ser acompañado con un instrumento de evaluación (Tabla de especificaciones, lista de cotejo, etc.) que será estandarizada para todos s procedimientos, subsectores y niveles. Artículo 21: Si en una evaluación el 50% más uno del curso obtiene calificaciones inferiores a 4.0, el profesor realizará una retroalimentación y se aplicará una nueva evaluación, cuya nota será promediada con la evaluación anterior. Artículo 22: Los alumnos con Necesidades Educativas Especiales serán evaluados en todos las asignaturas considerando las adecuaciones
11 curriculares según lo requieran, con evaluaciones diferenciadas construidas por el profesor de Integración en conjunto con el docente de la asignatura. Para tener presente: Decreto 511. Artículo 5 : a los alumnos que tengan impedimentos para cursar en forma regular una asignatura o actividad de aprendizaje deberá aplicárseles procedimientos de evaluación diferenciada. Para los alumnos que tengan impedimentos, o problemas de aprendizaje, se adecuará la evaluación el déficit evidenciado por el alumno, previo informe de especialista. Se debe considerar los siguientes aspectos: Ampliar el tiempo de Aprendizaje para lo OFT. Reducir los OF y CMO. Priorizar objetivos y contenidos. Actividades pedagógicas alternativas. Reducir escala de evaluación. Los alumnos con NEE serán evaluados en Lenguaje y Matemática según la adecuación curricular individual establecida entre docente de asignatura y Educador Diferencial.
12 Título V: De la Promoción Artículo 23: Serán promovidos todos los alumnos de 1º a 2º y de 3º a 4º año de Enseñanza Básica que hayan asistido, a lo menos, al 85% de las clases, considerando que se dispone de dos años completos para el cumplimientos de los objetivos fundamentales y contenidos mínimos obligatorios correspondientes a estos cursos. El Director del Establecimiento junto al profesor jefe del respectivo curso podrán autorizar la promoción del alumno con porcentajes menores de asistencia, fundados en razones de salud u otras causas debidamente justificadas. No obstante lo señalado en el inciso anterior, el Director del Establecimiento podrá decidir excepcionalmente, previo informe fundado en variadas evidencias del profesor (a) jefe del curso de los alumnos (as) afectados (as) no promover de 1º a 2º año básico o de 3º a 4º año básico a aquellos (as) alumnas que presentan un retraso significativo en lectura, escritura y/o matemáticas en relación a los aprendizajes esperados en los programas de Estudio y que pueda afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior. Artículo 24 Para la promoción de los alumnos de 2º a 3º y de 4º a 8º año se considerarán los logros de los objetivos de los subsectores y la asistencia a clases.
13 a) Serán promovidos los alumnos que hubieren aprobado todos los subsectores de aprendizaje de los respectivos planes de estudio. b) Serán promovidos los alumnos de 2º a 3º año y de 4º a 8º de enseñanza básica que no hubieren aprobado un subsector, siempre que su promedio general corresponda a 4.5 o superior, incluido el no aprobado. c) Igualmente, serán promovidos los alumnos de los cursos de 2º a 3º y de 4º a 8º año básico que no hubieren aprobado 2 subsectores, siempre que su promedio general corresponda a un promedio 5.0 o superior, incluyendo los no aprobados. Artículo 25: Los alumnos con NEE integrados a la educación regular, considerando las adecuaciones curriculares realizadas en cada caso, estarán sujetos a las mismas normas antes señaladas agregándose en su caso, la exigencias de un informe fundado del profesor especialista. Artículo 26: Los alumnos de 2º a 4º año y de 5º a 8º año de enseñanza básica que no cumplen con los requisitos de Logro y de Asistencia deberán repetir el Curso. Título VI: Del Uso y Cuidado de útiles Escolares Artículo 27: Todo alumno deberá tener un cuaderno por cada subsector de aprendizaje. Dicho cuaderno deberá presentan la siguiente estructura: a) Cuaderno forrado de acuerdo a los colores determinados por el Establecimiento. - Lenguaje y Comunicación: Azul - Matemáticas: Rojo - Ciencias Naturales: Verde - Historia, Geografía y Cs. Sociales: Lila
14 - Inglés: Celeste - Ed. Tecnológica: Café - Ed. Artística: Amarrillo - Religión: Blanco - Diario Escolar: Anaranjado b) En la primera hoja el cuaderno deberá tener la identificación y datos personales del alumno. c) Todos los cuadernos deben estar foliados. NOTA: Toda Situación no contemplada en el presente reglamento o los ajustes que requiera el mismo, será evaluada y resuelta en su momento por la Dirección del Establecimiento y agregada en Anexos.