1. Promover un proceso de aprendizaje que estimule en los alumnos el espíritu crítico y reflexivo.

Documentos relacionados
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR PARA LA ENSEÑANZA MEDIA DEL COLEGIO ALEMÁN DE SANTIAGO

Título I De los objetivos del Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar para la Enseñanza Básica del Colegio Alemán de Santiago

Objetivos del Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar para los niveles de Iº a IVº año de Educación Media del Colegio Alemán de Santiago

Título I Objetivos del Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar para la Enseñanza Básica del Colegio Alemán Chicureo

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR PARA LA ENSEÑANZA GENERAL BÁSICA DEL COLEGIO DOCTORA VICTORIA GARCÍA

República de Chile Municipalidad de Paine Senderos de Culitrin

Lycée Antoine de Saint - Exupéry

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

Reglamento Interno de Evaluación y Promoción Escolar 2012

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCION ESCOLAR ENSEÑANZA BÁSICA ESCUELA LOS ROBLES RETIRO

COLEGIO. Leonardo Da Vinci REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR. COLEGIO Leonardo Da Vinci Cerro Navia

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR Colegio Arauco. Quillota

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIONES Y PROMOCIÓN.

REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION COLEGIO PARTICULAR CEDI

REGLAMENTO DE EVALUACION Y

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR RBD: Página 1 de 10

DTO 107 EXENTO, EDUCACION

ESCUELA NIEVES DEL SUR Unidad Técnico Pedagógica REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN. DECRETO Nº 511 / 1997.

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACION SEGÚN DS 511/97 ENSEÑANZA BASICA

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN ESCUELA EL TOTORAL

Reglamento de evaluación

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR DE LOS NIÑOS Y NIÑAS DE LA ESCUELA BÁSICA POZO ALMONTE

ESCUELA SUSANA MONTES VELASCO TENO

Dos Norte 770 Fonos: Viña del Mar REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR

EVALUACIÓN DE LOS ALUMNOS A.- EDUCACIÓN PARVULARIA

REGLAMENTO INTERNO Y DE EVALUACIÓN Y V 2.0 PROMOCIÓN

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN QUE RIGE EN LOS DIFERENTES CURSOS (Decreto 511/97 que rige para 1 A 8 AÑO).

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN DECRETOS 511/97, 158/99, 107/2003 REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION AÑO 2012

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR LICEO DOMINGO SANTA MARÍA

Reglamento de Evaluación Escuela Nº 8, Vilcún. Vilcún, Marzo 2015

Reglamento de Evaluación y Promoción

Reglamento interno de Evaluación y Promoción Escolar de Adultos de Enseñanza Básica y Media del Centro de Educación Integrada de Adultos Las Américas.

REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION AÑO ESCOLAR 2015 DEL LICEO POLITECNICO A-1 DE PUERTO AYSEN, SEGUN FACULTADES ENTREGADAS POR LOS DECRETOS

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN

EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

COLEGIO PARTICULAR SANTA INES REGLAMENTO DE EVALUACION CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR DE ALUMNAS Y ALUMNOS DE ENSEÑANZA BÁSICA Y MEDIA 2012

1.3 El aniversario de la Escuela se celebrará en el mes de noviembre de cada año.

NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN, (DECRETO EXENTO 511/97)

MUNICIPALIDAD DE ALTO BIOBIO DEPARTAMENTO DE EDUCACIÒN MUNICIPAL ESCUELA G-1181 RALCO LEPOY

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR

ESCUELA RURAL CHADMO CENTRAL REGLAMENTO

MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES SISTEMA COMUNAL DE EDUCACION COLEGIO MANUEL BLANCO ENCALADA REGLAMENTO DE EVALUACION COLEGIO D-928

ESCUELA RURAL SANTA ROSA

ESCUELA SELVA OSCURA

LICEO INDUSTRIAL INSTITUTO INDUSTRIAL SUPERIOR CHILLÁN. REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 1º a 4 º AÑO MEDIO

Reglamento Interno de Evaluación y Promoción 5º a 8º año de Educación Básica 2015 Colegio Británico St. Margaret's Concón (Decreto 511/97)

REGLAMENTO EVALUACIÓN. Escuela. Paul Harris 2016.

REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION 1º Y 2º AÑO MEDIO LICEO CLAUDIO ARRAU LEON DOÑIHUE

Reglamento Interno de Evaluación y Promoción

Reglamento de Evaluación y promoción de Enseñanza Básica y Media. I.- De la evaluación.

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN

Reglamento de Evaluación

Colegio Bio Bío F-528

ESCUELA ALCALDE MANUEL SALVADOR DEL CAMPO REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACION ESCUELA "ARTURO PEREZ CANTO" Resolución Exenta de Educación N 1/90. Rol Base Datos N 458-8

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCUELA DARÍO SALAS DÍAZ

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR ESCUELA SANTIAGO URRUTIA BENAVENTE

República de Chile Provincia de Talca Comuna de Río Claro Escuela Maitenes

C OLEGIO PA T RONA S EÑ O RA DE L O URDES

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR PARA NIÑOS Y NIÑAS DE ENSEÑANZA BÁSICA. Decreto Exento Nº /05/97 TITULO I

LICEO GREGORIO URRUTIA REGLAMENTOS DE EVALUACION

ESCUELA ANAHUAC - PUERTO MONTT COMPLEJO DEPORTIVO CHINQUIHUE S/N FONO

REPUBLICA DE CHILE I. MUNICIPALIDAD DE ANGOL COLEGIO MARIA SYLVESTER RASCH REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR 2016

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ENSEÑANZA MEDIA DEL LICEO POLIVALENTE PADRE JOSÉ HERDE POHLER (ACTUALIZADO 2018) DECRETO

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 2018 ESCUELA FRANCISCO MAUREIRA

COLEGIO ESPAÑOL DE VIÑA DEL MAR REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN AÑO ESCOLAR 2018

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR COLEGIO ENRIQUE CÁRDENAS RIVERA E REÑACA ALTO DECRETO N 511 DEL 08 DE MAYO DE 1997

REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR AÑO 2017

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN AÑO ESCOLAR 2012

Escuela "Julia Herrera Varas" F-99 Mejillones 2013

R E G L A M E N T O DE EVALUCIÓN Y PROMOCIÓN

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR (DECRET. N 511/97). ESCUELA BÁSICA RURAL FORRAHUE

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR DE NIÑOS Y NIÑAS DE ENSEÑANZA BASICA

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN INSTITUTO LINARES

Hansel y Gretel Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar 2013

REGLAMENTO EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y MATRÍCULA.

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN COLEGIO MANQUECURA CIDUDAD DE LOS VALLES

LICEO SAN LUIS DE ALBA

I.MUNICIPALIDAD DE LEBU DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN ESCUELA REBECA CASTRO ARANEDA REGLAMENTO DE EVALUACIÓN

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR ESCUELA F-565 COPIHUE.

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR DE ENSEÑANZA MEDIA

REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR DE NIÑOS Y NIÑAS DE ENSEÑANZA BASICA

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN PROMOCIÓN ESCOLAR COLEGIO BOSQUES DE ALERCE

ESCUELA AGRÍCOLA CRISTO OBRERO UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR LICEO LOS ALMENDROS EDUCACIÓN GENERAL BASICA; EDUCACIÓN MEDIA.

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACION ESCUELA CARLOS CONDELL OSORNO

REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR DE NIÑOS Y NIÑAS DE 1 Y 2 AÑO MEDIO

REGLAMENTO ÚNICO DE EVALUACIÓN AÑO 2018 Escuela Industrial Superior de Valparaíso

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACION Y PROMOCION PARA PRIMEROS, SEGUNDOS, TERCEROS Y CUARTOS AÑOS DE ENSEÑANZA MEDIA

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

COLEGIO DIEGO PORTALES REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

COLEGIO POLIVALENTE YORK

Transcripción:

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR PARA LA ENSEÑANZA MEDIA DEL COLEGIO ALEMÁN DE SANTIAGO Decreto de Evaluación y Promoción Nº112/1999 (con sus modificaciones N 158/1999, N 157/2000 y N 1223/2002) y Nº83/2001 Res. Exenta de Planes y Programas N 2244/2014 De acuerdo a las disposiciones del decreto Nº112/1999 de Evaluación y Promoción Escolar del Ministerio de Educación para alumnos de Primero y Segundo año de Educación Media, del Decreto Nº83/2001 de Evaluación y Promoción Escolar del Ministerio de Educación para alumnos de Tercero y Cuarto año de Educación Media; de la Res. Exenta N 2244/2014 de Planes y Programas de Estudio para la Enseñanza Bilingüe de los Colegios Alemanes de Chile y en relación a los Objetivos Fundamentales de nuestro Colegio, se presenta el siguiente Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar para los niveles de Iº a IVº año de Educación Media del Colegio Alemán de Santiago: Título I De los objetivos del Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar para los niveles de Iº a IVº año de Educación Media del Colegio Alemán de Santiago Los objetivos educacionales de este Reglamento son: 1. Promover un proceso de aprendizaje que estimule en los alumnos el espíritu crítico y reflexivo. 2. Realizar todos los esfuerzos posibles para preparar de la mejor forma a los alumnos. 3. Entregar los valores y herramientas necesarias que permitan a los alumnos el logro de rendimientos destacados, para culminar exitosamente su formación. 4. Otorgar a los alumnos, en el marco de una educación integral, valores que les permitan hacer frente a las exigencias profesionales, sociales y personales de su época. Título II De las evaluaciones Artículo 1º El personal docente, directivo y toda la comunidad escolar del establecimiento, entenderán por evaluación la actividad permanente y constante que permita, por una parte, estimar los progresos de los alumnos y, por otra, evaluar permanentemente la programación de los aprendizajes, realizando los ajustes necesarios a ella, para alcanzar los objetivos propuestos en los programas de la Educación Media de nuestro Colegio. Artículo 2º Para la gestión del proceso evaluativo se aplicarán evaluaciones diagnósticas, formativas, sumativas y acumulativas. 1/6

Artículo 3º Se entenderá por evaluación diagnóstica, aquella tendiente a percibir las conductas de entrada y/o requisitos necesarios para alcanzar el logro de los objetivos en cada nivel educacional. Artículo 4º La evaluación formativa es una evaluación sin calificación y que no incide en la promoción del alumno. Su propósito es verificar el grado en que se están logrando los aprendizajes propuestos, detectando los aspectos específicos en que éstos no se están logrando. Artículo 5º La evaluación sumativa consiste en calificaciones parciales, que se entienden como una forma de verificación y determinación de objetivos específicos de una unidad de aprendizaje general, la que incidirá en la promoción. Artículo 6º La evaluación acumulativa es aquel proceso de verificación y determinación de los niveles de calidad con que se han logrado los objetivos generales propuestos en los programas de estudio, con el fin de registrar una calificación del alumno, la que incidirá en su promoción escolar. No se colocarán notas coeficiente 2. Artículo 7º Los alumnos deberán ser evaluados, en todas las asignaturas del Plan de Estudio, en períodos semestrales. Artículo 8º La asignatura de Religión será evaluada en conceptos, de acuerdo a la normativa vigente y no incidirá en la promoción. La asignatura de Orientación y/o Consejo de Curso no se evalúa. Artículo 9º Se aplicarán diferentes estrategias metodológicas y evaluativas en las distintas asignaturas, entre otras, informes, pautas de observación, listas de cotejo, evaluaciones escritas y orales, trabajos de investigación, realización de proyectos, etc. Su aplicación será en cualquier momento o instancia del proceso educativo determinado por el Profesor de Asignatura. Los procedimientos de evaluación se referirán a los contenidos que se establecen en la planificación para lograr los objetivos de aprendizaje del nivel respectivo. Artículo 10 Los objetivos transversales se evaluarán utilizando una escala de conceptos. 2/6

Título III De las Calificaciones Artículo 11º Los alumnos deberán ser calificados en las asignaturas del Plan de Estudio correspondiente, utilizando una escala numérica de 1,0 a 7,0 con un decimal. Artículo 12º Para el cálculo del promedio semestral, cada asignatura del Plan de Estudio deberá tener, de acuerdo al número de horas asignadas, por lo menos, la siguiente cantidad de notas: Con 1 hora semanal 1 nota, con 2 horas semanales 2 notas, con 3 horas semanales 3 notas, con 4 horas semanales 3 notas, con 5 o más horas semanales 4 notas. La relación número de horas semanales y cantidad de notas semestrales podrá ser modificada, teniendo como base la propuesta del Departamento respectivo. Esta petición, debidamente fundamentada, deberá ser dirigida a la Dirección Pedagógica correspondiente en CBG o al Director DBG. En el CBG se tomará la decisión entre Dirección Pedagógica y Directora CBG. Toda modificación debe ser informada oportunamente al Depto. ADE. Artículo 13º La nota semestral de cada asignatura es la resultante del promedio aritmético con un decimal de las evaluaciones coeficiente 1 realizadas durante el semestre. Artículo 14º Promedios La calificación anual final de cada asignatura es el promedio de las dos calificaciones semestrales obtenidas por el alumno en la correspondiente asignatura, expresado con un decimal. El promedio general es el promedio de todas las asignaturas del Plan de Estudio, que inciden en la promoción, expresados con un decimal. La calificación mínima de aprobación es de 4.0. Si el promedio aritmético anual final de una asignatura es de 3,9, el Profesor de la asignatura y/o el Jefe de Departamento podrá solicitar al Consejo de Profesores proceder con criterio pedagógico y aproximar la nota a 4,0. Este procedimiento se podrá realizar por alumno sólo en una asignatura del Plan de Estudio en cada año. 3/6

Artículo 15º Eximición El Rector del Colegio podrá, sólo en casos excepcionales y por un período determinado, autorizar la eximición de un alumno de una asignatura. Para tal efecto, los apoderados deberán elevar una solicitud debidamente fundamentada con certificados e informes médicos. Teniendo en consideración el proyecto educativo, el Rector determinará si procede la eximición. En ese caso, el alumno no obtiene calificación en esa asignatura. Las eximiciones sólo se pueden otorgar por semestre o año escolar completo. Título IV De la Promoción Artículo 16º 1. Respecto del logro de objetivos: a) Serán promovidos todos los alumnos de I a IV año de Enseñanza Media, que hubieren aprobado todas las asignaturas de sus respectivos Planes de Estudio. b) Serán promovidos los alumnos de los cursos de I a IV año de Educación Media, que no hubieren aprobado una asignatura de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4,5 o superior. Para efecto del cálculo, se considerará la calificación del subsector de aprendizaje no aprobado. c) Igualmente, serán promovidos los alumnos que no hubieron aprobado dos asignaturas, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5,0 o superior. Para efecto del cálculo, se considerará la calificación de las dos asignaturas no aprobadas. No obstante lo establecido en el párrafo anterior para los niveles III y IV E.M., si entre las dos asignaturas no aprobadas se encuentran las asignaturas de Lengua Castellana y Comunicación y/o Matemática del Plan Común, los alumnos(as) serán promovidos siempre que su nivel de logro corresponda a un promedio 5,5 o superior. Para efecto del cálculo de este promedio, se considerará la calificación de las dos asignaturas no aprobadas. 2. Respecto de la Asistencia: Para ser promovidos, los alumnos deberán asistir, a lo menos, al 85 % de las clases establecidas en el calendario escolar anual. Toda inasistencia deberá ser debidamente justificada. Por razones de salud u otras causas debidamente justificadas, el Rector del establecimiento, consultado el Consejo de Profesores de Curso, podrá autorizar la promoción de los alumnos con porcentajes menores de asistencia. 4/6

Artículo 17º Al término de cada semestre, el Consejo de Notas que se realiza para cada curso, determinará la situación final de cada alumno. Situaciones especiales deberán ser presentadas al Rector para su aprobación. El Rector del Colegio deberá resolver, previo informe elaborado por el Director de Sede, según el acuerdo tomado por el Consejo de Profesores, los casos de alumnos y alumnas que, por diferentes motivos justificados, deban finalizar el año escolar anticipadamente u otras situaciones semejantes. Para el reconocimiento de un año escolar iniciado tardíamente o finalizado en forma anticipada, se requiere, a lo menos, la asistencia del alumno durante un semestre. Artículo 18º a) Considerando que nuestro Colegio está abocado a la formación integral de los alumnos y conscientes de que se puede presentar, en nuestros educandos, algún tipo de impedimento físico o psicológico y/o de aprendizaje, permanente o temporal, se aplicarán sistemas de evaluación diferenciada, entendiendo por ella todos aquellos procedimientos metodológicos y evaluativos alternativos que permitan a estos alumnos superar sus limitaciones y lograr el cumplimiento de los objetivos propuestos y/o metas educativas del Colegio según el reglamento Evaluación Diferenciada para Rama Chilena desde 1 básico a IV medio (junio 2015) y el Reglamento para el Deutscher Bildungsgang (DBG), punto 2.5, Medidas de apoyo (Nachteilsausgleich) (febrero 2015). b) Dado que nuestro establecimiento es un Colegio de encuentro, lo cual implica un flujo permanente de alumnos provenientes de otros países o colegios que no presentan dominio de la lengua española, se procederá, en las asignaturas impartidas exclusivamente en idioma castellano, de acuerdo al Reglamento Disposiciones para la evaluación diferenciada de alumnos y alumnas que ingresan al Colegio sin conocimiento o con dificultad para la comprensión del castellano. (ELE/Dic. 2014). Artículo 19º Las evaluaciones en cada asignatura serán informadas a través de la página web del colegio durante el semestre. No obstante, al término de cada semestre los alumnos y apoderados recibirán un informe de sus calificaciones y la evaluación de los objetivos transversales por escrito. Al término del año escolar, los alumnos y alumnas recibirán un Certificado Anual de Estudios que indicará las asignaturas con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente. Artículo 20 La renovación de la matrícula para el siguiente año escolar, deberá ser solicitada en el periodo consignado por el Colegio para estos efectos. La decisión en cuanto a la renovación o cancelación de matrícula se basa en el Reglamento Interno de Matrícula. 5/6

Artículo 21º Todas las situaciones de evaluación y promoción de los alumnos y alumnas quedarán resueltas dentro del período escolar correspondiente, consignándose en las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar de la plataforma Información General de Estudiantes (SIGE) del Ministerio de Educación. Artículo 22º La responsabilidad de la organización de instancias de revisión y presentación de posibles modificaciones al presente Reglamento a las autoridades pertinentes, será del Director CBG. Santiago, septiembre de 2015 Dr. Markus Stobrawe Rector 6/6